Plan Nacional De Emergencia Essalud.pdf

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EsSalud

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº

Lima,

733

GG-ESSALU D-2008

16 de Junio del 2008

VISTA:

La Carta Nº

197

-ODN-PE-ESSALUD-2008, de la Oficina de Defensa Nacional , y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 722-PE-ESSALUD-2005 de fecha 02 de diciembre de 2005, se aprobó la Política de Defensa Institucional ESSALUD 2006-201 O, cuya finalidad es dar cumplimiento a la Constitución Política del Perú y las leyes, contribuyendo a garantizar la seguridad de la nación dentro de las competencias jurisdiccionales de la seguridad social de salud; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 108-PE-ESSALUD-2007 de fecha 07 de ebrero de 2007, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y wÉ _ unciones de la Oficina de Defensa Nacional, en cuyo artículo 1º se establece que es el O ~'"bDr Ag ~ ~~ rgano responsable de planificar, organizar, coordinar, conducir y controlar las actividades fssaiu~ de respuesta institucional en casos de emergencia, desastres y conflictos; .1

•t

Que, por Decreto Supremo Nº 098-PCM-2007 se aprobó el Plan Nacional de Emergencia y se establece que los sectores involucrados y los Gobiernos Regionales formulen y aprueben sus planes subsidiarios en el marco del Plan Nacional de Operaciones de Emergencia (PNOE); ue, mediante documento de la Vista , la Oficina de Defensa Nacional remite el proyecto de irectiva "Normas para la Formulación , Ejecución y Supervisión del Plan Nacional de peraciones de Emergencia por Desastre Natural y/o Tecnológico"; Que, resulta necesario establecer los procedimientos para el planeamiento, preparación y supervisión de la ejecución de las operaciones de emergencia por desastre natural y/o -A L tecnológico , a fin de garantizar la ejecución de los planes de operaciones de emergencia de '\i,ºó la Institución, con el propósito de controlar los daños ocasionados por desastres naturales .JsAs s. _: lo tecnológicos, contribuyendo al logro de los objetivos institucionales y el apoyo al Sistema " ,,f Nacional de Defensa Civil; '"' e~>

Que, el inciso b) del artículo 9° de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), establece que al Gerente General le compete dirigir el funcionamiento de la Institución, emitir las Directivas y los procedimientos internos necesarios, en concordancia con las políticas, lineamientos y demás disposiciones del Consejo Directivo y del Presidente Ejecutivo; Estando a lo propuesto y en uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE:

1. APROBAR la Directiva Nº 015 -GG-ESSALUD-2008, "Normas para la Formulación , Ejecución y Supervisión del Plan Nacional de Operaciones de Emergencia por Desastre Natural y/o Tecnológ ico". 2. ENCARGAR a la Oficina de Defensa Nacional la difusión , implementación y supervisión de lo dispuesto en la presente Resolución.

EsSalud RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 733

GG-ESSALUD-2008

oponga a la Directiva aprobada con la

------- ER -ROSAS SANTILLANA erente General

ESSALUO

/

DIRECTIVA DE GERENCIA GENERAL Nº

015

-GG-ESSALUD-2008

NORMAS PARA LA FORMULACIÓN, EJECUCION Y SUPERVISION DEL PLAN NACIONAL DE OPERACIONES DE EMERGENCIA POR DESASTRE NATURAL Y/O TECNOLÓGICO

OFICINA DE DEFENSA NACIONAL

1

DIRECTIVA DE GERENCIA GENERAL Nº

015

-GG-ESSALUD-2008

NORMAS PARA LA FORMULACIÓN , EJECUCIÓN Y SUPERVISIÓN DEL PLAN NACIONAL DE OPERACIONES DE EMERGENCIA POR DESASTRE NATURAL Y/O TECNOLOGICO

INDICE

Pág. 1.

OBJETIVO

03

2.

FINALIDAD

03

3.

BASE LEGAL

03

4.

ALCANCE

04

5.

RESPONSABI L1 DAD

04

CONCEPTOS DE REFERENCIA

04

DISPOSICIONES

05

7 .1 Disposiciones Generales

05

a) Del planeamiento

05

b) De la organización

05

c) De las operaciones

05

d) De los recursos

06

e) De las coordinaciones

06

2

NORMAS PARA LA FORMULACIÓN, EJECUCIÓN Y SUPERVISIÓN DEL PLAN NACIONAL DE OPERACIONES DE EMERGENCIA POR DESASTRE NATURAL Y/O TECNOLOGICO

1. OBJETIVO

Normar los procedimientos para el planeamiento, preparación y supervIsIon de la ejecución de las operaciones de emergencia por desastre natural y/o tecnológico . 2. FINALIDAD

~



Proporcionar al Órgano Central y Órganos Desconcentrados el Plan Nacional de Operaciones de Emergencia por desastre natural y/o tecnológico, como instrumento de gestión institucional en seguridad y defensa.



Establecer las responsabilidades del Órgano Central y Órganos Desconcentrados ante la emergencia de un desastre natural.



Garantizar la ejecución de los planes de operaciones de emergencia del Órgano Central y Órganos Desconcentrados, para controlar los daños ocasionados por desastres naturales y/o tecnológicos, contribuyendo al logro de los objetivos institucionales y el apoyo al Sistema Nacional de Defensa Civil.

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~

35 BASE LEGAL 'i.J~¡¡jTp~ •

Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 012-PE-ESSALUD-2007 que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ESSALUD,



Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD) modificada por Ley Nº 28651 ; y su Reglamento el Decreto Supremo 002-99-TR modificado por los Decretos Supremos Nros. 002-2004-TR y 025-2007-TR, Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud modificada por Leyes Nros. 28791 , 27056, 27866, 28239, 27177 y por Decreto de Urgencia Nº 008-2000; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-97-SA, modificado por Decretos Supremos Nros. 020-2006-TR, 004-2000-TR, 039-2001EF y 003-98-SA,



Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 108-PE-ESSALUD-2007, mediante la cual se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Defensa Nacional ,



Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 722-PE-ESSALUD-2005, mediante la cual se aprobó la Política de Defensa Institucional ESSALUD 2006-201 O,



Ley Nº 28478, Ley del Sistema Nacional de Seguridad y Defensa Nacional; y su Reglamento el Decreto Supremo 016-2006-DE-SG,



Decreto Ley Nº 19338, Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil modificada por Decretos Legislativos Nros. 442, 735, 905 y Leyes Nros. 25414 y 28929; y su

3

Reglamento aprobado por Decreto Supremo 005-88-SGMD, modificado por los Decretos Supremos Nros. 031-99-PCM, 058-2001-PCM y 069-2005-PCM, •

Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 083-2004-PCM modificado por Ley Nº 28267; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,



Decreto Supremo Nº 001-A-2004-DE/SG mediante el cual se aprueba el Plan Nacional de Prevención y Atención de Desastres,



Ley Nº 28101 , Ley de Movilización Nacional ; y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 005-2006-DE-SG,



Decreto Supremo Nº 098-2007-PCM mediante el cual se aprueba el Plan Nacional de Operaciones de Emergencia (INDECI) .

4. ALCANCE

El cumplim iento de la presente Directiva es obligatorio para todos los Órganos Centrales y Desconcentrados de ESSALUD. 5. RESPONSABILIDAD

• • • • •

El Jefe de la Oficina de Defensa Nacional. Los Comités de Seguridad y Defensa en los diferentes niveles. Jefe de la Oficina General de Administración. El Gerente de Patrimonio y Servicios de la Gerencia Central de Logística . El Gerente y/o Director de los Órganos Desconcentrados.

CONCEPTOS DE REFERENCIA

Para efecto de la aplicación de esta Directiva , se deben de tener en cuenta los sigu ientes conceptos : Defensa Civil: Conjunto de medidas permanentes destinadas a: prevenir, reducir, atender y reparar los daños a las personas y bienes, que pudieran causar o causen los desastres o calamidades. Emergencia: Estado de daños sobre la vida , el patrimonio y el medio ambiente ocasionados por la ocurrencia de un fenómeno natural o inducido por el hombre que altera el normal desenvolvimiento de las actividades de la zona afectada. •

Emergencia Masiva: Situación de daño a la salud de las personas, que sin exceder la capacidad de respuesta del Establecimiento de Salud , requiere para su atención la movilización de todos los recursos del Establecimiento de Salud.



Desastre Natural: Interrupción grave en el funcionamiento de una comunidad causando grandes pérdidas a nivel humano, material o ambiental, suficientes para que la comunidad afectada no pueda salir adelante por sus propios medios, necesitando apoyo externo.

4



Desastre Tecnológico: Alteraciones intensas en las personas, los bienes, los servicios y el medio ambiente, inducidas por el hombre.



Plan De Operaciones de Emergencia: Es un Plan Operativo que contiene los criterios para la reparación y la respuesta a la emergencia , considerando los riesgos del área bajo su responsabilidad y los medios disponibles en el momento.



Comité de Seguridad y Defensa Institucional: El Com ité de Seguridad y Defensa Institucional es el equipo integrado por funcionarios y profesionales de la Sede Central , y Órganos Desconcentrados, organizados para coordinar, planificar, preparar, ejecutar y controlar las acciones de defensa destinadas a eliminar y/o neutralizar las amenazas y a controlar daños en situaciones de emergencia orig inadas por desastres y conflictos .

7. DISPOSICIONES 7.1 Disposiciones Generales a) De la Formulación del Plan de Operaciones •

La Oficina de Defensa Nacional es la encargada de elaborar, formular y elevar para su aprobación por la Alta Dirección el Plan Nacional de Operaciones de Emergencia del Seguro Social de Salud - ESSALUD.



La Alta Dirección, aprueba el plan y asigna los recursos para la preparación y ejecución del mismo.



En la Sede Central , Edificio Lima y Complejo Arenales , el Gerente de Patrimonio y Servicios se encarga de formular, preparar y supervisar la ejecución del plan operativo de emergencia en su jurisdicción .



En los Órganos Desconcentrados, el Gerente y/o Director se encarga de formular, preparar y supervisar la ejecución del plan operativo de emergencia en su jurisdicción .

b) De la Ejecución del Plan de Operaciones •

El Presidente Ejecutivo activa el Comité de Seguridad y Defensa Institucional.



En la Sede Central, Edificio Lima y Complejo Arenales, el Gerente de Patrimonio y Servicios se encarga de organizar territorialmente en uno o más teatros de operaciones según corresponda , así como organizar y activar el Puesto de Comando y su Comité de Seguridad y Defensa de la Sede Central.



En los Órganos Desconcentrados (Redes Asistenciales , Institutos Especializados y Oferta Flexible), el Gerente y/o Director se encarga de organizar territorialmente a la Red en uno o más teatros de operaciones, así como organizar y activar el puesto de comando y su Comité de Seguridad y Defensa.



El Jefe de la Oficina de Defensa Nacional , organiza, implementa y pone en funcionamiento permanente el puesto de comando nacional.

5

c) De las Operaciones •

El Presidente Ejecutivo, o la persona a quien delegue como Presidente del Comité de Seguridad y Defensa Institucional declara la situación de emergencia (alerta roja) , así como convoca y activa dicho Comité.



El Comité de Seguridad y Defensa Institucional, presidido por el Presidente Ejecutivo, gestiona la emergencia originada por el desastre.



El Jefe de la Oficina de Defensa Nacional activa el sistema de emergencia institucional , así como la coordinación , organización, dirección y supervisión de las actividades de emergencia.



La Gerencia de Patrimonio y Servicios activa el Comité de Seguridad y Defensa de la Sede Central , así como dirige y supervisa la ejecución del plan operativo de emergencia de la Sede Central. (anexo 01)



El Gerente y/o Director de los Órganos Desconcentrados activa el Comité de Seguridad y Defensa correspondiente , así como dirige y supervisa la ejecución del plan operativo de emergencia de su jurisdicción. (anexo 01)

d) De los Recursos •

Los gastos que demanden las operaciones de planeamiento y preparación de los planes operativos de emergencia, serán asumidos por el Órgano Central y Órganos Desconcentrados, solicitando sus requerimientos a la Alta Dirección, tal como lo establece el Decreto Supremo Nº 098-PCM-2007.



Los gastos efectuados en las operaciones de emergencia así como los de asistencia medica especializada, serán asignados y/o rembolsados de acuerdo a lo establecido en la declaratoria de estado de situación de emergencia.

e) De las Coordinaciones •

La Oficina de Defensa Nacional , es el principal Órgano de coordinación en el nivel Institucional.



El Jefe de la Oficina de Defensa Civil y Movilización , de la Oficina de Defensa Nacional de EsSalud, integra y realiza las coordinaciones de emergencia con el Comando Nacional de Operaciones de Emergencia, COEN - INDECI.



Los Gerentes y /o Directores del Órgano Central y Desconcentrados, designan a un representante para integrar la comisión de salud del Comité de Defensa Civil de su jurisdicción.



El Centro de Evaluación y Control para la Defensa, CECID, el cuál se encuentra en la Oficina de Defensa Nacional , es el principal centro de coordinación a Nivel Nacional.



El Comando de Operaciones Sanitarias (Hospital Perú) brinda asistencia médica a las víctimas, heridos y damnificados, asímismo evacua a las víctimas según codificación y clasificación de pacientes de emergencia.

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