REGLAMENTO INTERNO 2018 al 2020 “Todo luzuriaguino es un señor, toda luzuriaguina es una dama”
PRESENTACIÓN En un momento bastante especial para la Institución Educativa GUE “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz, en la cual la comunidad educativa se ha propuesto mejorar la disciplina y convivencia escolar, así como la seguridad física, psicológica y moral que debemos brindar a nuestros estudiantes del nivel primario y secundario, la comunidad educativa ha construido el presente instrumento de gestión que, pretendemos, se convierta en un documento que responda a los intereses institucionales, que regule la interrelación entre los actores de nuestra institución, que regule las actividades administrativas e institucionales orientándolas al logro de las metas pedagógicas que asumimos como institución educativa. En la actualidad el Estado peruano ha emitido una serie de disposiciones legales regulando muchos aspectos referidos al funcionamiento de las instituciones educativas, a los derechos y deberes de los profesores, de los trabajadores administrativos, de los estudiantes y de los padres de familia. El presente reglamento busca articular dichas disposiciones de alcance nacional, adecuarlas a las necesidades internas de la institución, complementando y especificando dichas normas según la naturaleza, dimensión y organización de la institución. Concebimos el presente reglamento como un instrumento muy importante que, articulado con el Proyecto Educativo Institucional, el Proyecto Curricular de Institución Educativa y el Plan Anual de Trabajo, debe coinvertirse en una herramienta fundamental para la mejora de los aprendizajes de los estudiantes y su formación integral. LA COMUNIDAD EDUCATIVA LUZURIAGUINA
TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DE LA UBICACIÓN, DEPENDENCIA, MODALIDAD, NIVELES Y SERVICIOS EDUCATIVOS Art. 1º UBICACIÓN La Institución Educativa GUE “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz está ubicada en el distrito de Independencia, provincia de Huaraz y Región Ancash. Su Dirección es: avenida Centenario Nº 998. Art. 2º GESTIÓN/DEPENDENCIA Administrativamente, la Institución depende de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huaraz. Art. 3º MODALIDAD Y NIVELES La Institución atiende niños, niñas y adolescentes de Educación Básica Regular en los niveles/modalidad de educación primaria y secundaria, forma escolarizada, género mixto, tipo de gestión pública de gestión directa. Cuenta con: a) 02 Aulas de Innovación Pedagógica (01 para primaria y 01 para secundaria). b) 02 Centro de Recursos Tecnológicos (01 para primaria y 01 para secundaria). c) 03Laboratorio de Ciencias d) 02 Bibliotecas (01 para primaria y 01 para secundaria). e) 01 Coordinación de Tutoría (secundaria) f) 01 auditorio institucional. g) 01 biohuerto. h) Proyectos de innovación pedagógica.
CAPÍTULO II NATURALEZA, CONTENIDO, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO Art. 4°.-NATURALEZA a) El Reglamento Interno es un instrumento de gestión que regula la organización y funcionamiento de la Institución Educativa. Contiene los objetivos y la organización de la institución; así como las funciones, responsabilidades y obligaciones de sus miembros, el desarrollo de actividades pedagógicas,
institucionales y administrativas, el régimen económico, disciplinario y las relaciones con la comunidad. b)
Este Reglamento garantiza el buen funcionamiento de la Institución Educativa, informa al personal sobre sus derechos, obligaciones y responsabilidades y define ámbitos de competencia de los miembros de la comunidad educativa.
c)
El Reglamento Interno es elaborado en equipo por el Personal Directivo, docente, administrativo, padres de familia y alumnos. Es aprobado por el Director mediante Resolución Directoral previa opinión del Consejo Educativo Institucional.
Art. 5º.-CONTENIDO
autónomos, responsables, que autorregulan su comportamiento y que participan democráticamente de la vida institucional. e)
CAPÍTULO III PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACION PERUANA Art. 8º.- PRINCIPIOS DE LA EDUCACION PERUANA (Artículo 8° de la LGE N° 28044) d)
La ética, que inspira una educación promotora de los valores de la paz, solidaridad, justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia; que fortalece la conciencia moral individual y hace posible una sociedad basada en el ejercicio permanente de la responsabilidad ciudadana.
e)
La equidad, que garantiza a todos iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad.
f)
La inclusión, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables , especialmente en el ámbito rural, sin distinción de etnia, religión, sexo u otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las desigualdades.
g)
La calidad, que asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, flexible y permanente.
h)
La democracia, que promueve el respeto irrestricto a los derechos humanos, la libertad de conciencia, pensamiento y opinión, el ejercicio pleno de la ciudadanía y el reconocimiento de la voluntad popular, y que contribuye a la tolerancia mutua en las relaciones entre las personas y entre las mayorías y minorías así como al fortalecimiento del estado de derecho.
i)
La interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro sustento, para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo.
j)
La conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida.
Art. 6º.- PRINCIPIOS DEL REGLAMENTO INTERNO a)
Unidad y Coherencia: El Reglamento Interno debe guardar unidad y coherencia con la normatividad vigente.
b)
Revisión y Actualización: El RI debe revisarse y actualizarse periódicamente.
c)
Difusión: El Reglamento Interno debe ser difundido entre todo el personal, padres de familia, alumnos y ex-alumnos, para su conocimiento y cumplimiento.
d)
Obligatoriedad: El RI debe de ser cumplido por toda la Comunidad Educativa en lo que le corresponde.
Art. 7º.- OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO a) Regular la organización, la interacción entre actores educativos y el funcionamiento del plantel. b)
Establecer las funciones, derechos y responsabilidades de cada uno de los integrantes de la Institución Educativa GUE “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz.
c)
Propiciar un buen clima institucional, una convivencia armónica y respetuosa, garantizando los derechos y obligaciones de cada una de los actores educativos.
d)
Desarrollar en la Institución un ambiente adecuado para que los estudiantes logren aprendizajes y al mismo tiempo se formen como personas y ciudadanos
Lograr que directivos, jerarcas, docentes, auxiliares de educación, personal administrativo, personal de servicio, padres y madres de familia se involucren y comprometan con las metas institucionales y con el Proyecto Educativo Institucional.
k)
La creatividad y la innovación, que promueve la producción de nuevos conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura.
Art.9°.-FINES DE LA EDUCACIÓN PERUANA(Art. 9° de la LGE N° 28044). a) Formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual yreligiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento. b)
Contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado.
CAPÍTULO IV IDENTIDAD INSTITUCIONAL Art. 10°.-MISIÓN: Somos una institución educativa emblemática de la región Ancash, con una gran historia y tradición, con prestigio y gloria. Formamos integralmente a los estudiantes de primaria y secundaria, desarrollamos sus competencias, capacidades y habilidades utilizando las estrategias y materiales educativos acordes al avance científico, tecnológico y empresarial, con calidad académica; profundizando en la investigación e innovación, en el marco de la práctica de valores de justicia, identidad, solidaridad, honestidad, respeto y responsabilidad; promoviendo el compromiso y la participación activa de los actores educativos en defensa del ambiente y en la transformación de nuestra sociedad. Art. 11.- VISIÓN: Al 2020, la Gran Unidad Escolar “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz, es una institución líder, que en el marco de una convivencia democrática e intercultural forma integralmente estudiantes competentes, comprometidos con la investigación, el emprendimiento y el cuidado del ambiente, capaces de insertarse en el mundo globalizado y la mejora de la sociedad.
Art. 12.- VALORES: Practicamos los valores ético morales, con énfasis en: Respeto, Responsabilidad, Identidad, Honestidad, Justicia, Solidaridad. Art. 13°. -OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DE LA INSTITUCIÓN a. Formar personas competentes, armónicamente educadas, con una formación integral acorde con los avances científicos, tecnológicos y empresariales; que les permita saber actuar para resolver problemas o lograr propósitos en distintos escenarios haciendo uso reflexivo, autónomo y ético de todo lo que saben y poseen. b. Formar gradualmente personas que ejerzan plenamente su ciudadanía activa y consciente, convirtiendo a nuestra Institución en el espacio en donde desarrollamos prácticas y formas de organización democrática, intercultural y de respeto al medio ambiente en donde se pueda aprender a ser ciudadanos en todos los espacios y momentos que ofrece la escuela. c. Implementar una gestión Institucional basada en el cumplimiento de objetivos institucionales, con participación de todos los integrantes de la comunidad educativa, acorde a un estilo de Dirección horizontal, y de delegación de responsabilidades, que practique la transparencia y la rendición de cuentas, con diseño de políticas orientadas al logro y mejoramiento continuo de los servicios y procesos. d. Propiciar un ambiente laboral basado en la convivencia saludable, en la práctica del diálogo, la mediación de los conflictos, la práctica de la cortesía, del respeto, de las habilidades sociales y la ética profesional. Art. 14°. -ELEMENTOS DE LA IDENTIDAD LUZURIAGUINA Forman parte de la identidad luzuriaguina: A. El escudo de GUE “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz: En el transcurso de los 60 años de vida institucional se forjó, como parte importante de su identidad, el escudo de la Gran Unidad Escolar “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz. Elemento infaltable en los documentos y eventos oficiales.
ESTROFAS
B. El uniforme institucional: Constituye el distintivo oficial obligatorio del estudiante de la Gran Unidad Escolar “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz. Consta de camisa blanca, corbata negra, chompa roja y pantalón azul marino para varones. Para mujeres blusa blanca, corbata negra, chompa roja y falda azul marino. Es parte del distintivo el corte de cabello estilo escolar y el cabello sujetado para las mujeres. El buzo escolar es de color rojo con blanco y las zapatillas blancas. Se sanciona la deformación del uniforme escolar con suspensión hasta por tres días.
I Es el saber nuestro ideal, La justicia y la renovación, El patriotismo y el honor, Las enseñas del plantel. Es un Perú con gran poder, El que tenemos que formar, Luzuriaguino si te propones Con heroísmo y dignidad (bis) II Para triunfar hay que estudiar, Con tesón, voluntad y fervor. Hay que mirar el porvenir, Como a un norte inconfundible. A prestigiar nuestra unidad, Con un calor brillante y firme
C. El himno de la GUE “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz: Compuesta por su ex director, el doctor Víctor Valenzuela Guardia, constituye otro de los elementos históricos valiosísimos de la identidad luzuriaguina. Su entonación es obligatoria en el protocolo de las actividades oficiales de la institución. HIMNO DE LA G.U.E. “GRAN MARISAL TORIBIO DE LUZURIAGA”
Y responder con valentía, Arriba siempre nuestro plantel. (bis)
El uniforme del docente luzuriaguino debe usarse como identidad institucional: Damas: conjunto azul con blusa rojo vino, uniforme de gala conjunto saco y falda rojo. Varones: Terno azul con corbata roja y camisa blanco.
CORO
CAPÍTULO V PERFIL DEL TRABAJADOR
Gran Mariscal Luzuriaga Gran Unidad Escolar Nueva Luz que ilumina En el mundo del saber. Juventud consciente y justa En nuestras manos está el Perú. Juventud bizarra y noble Adelante con valor y fe.
Art. 15°.-PERFIL GENERAL DE TODO TRABAJADOR LUZURIAGUINO Todo trabajador, nombrado, contratado, designado, encargado e incluso practicante, que labore en esta institución educativa se sujeta obligatoriamente a guiar su actuar y su comportamiento al siguiente perfil: 1.
Desarrollar su capacidad de desaprender y reaprender(en la práctica) permanentemente, al ritmo de los avances, descubrimientos y nuevas corrientes de pensamiento que adopte la Institución, siempre con un sentido crítico e innovador.
2.
Todos los trabajadores de la Institución somos conscientes de que se enseña con el ejemplo y de que los estudiantes y la comunidad en general espera de nosotros que actuemos en todo aspecto y espacio como educadores.
3.
El trabajador luzuriaguino es puntual, responsable y tiene una presentación personal que refleja la dignidad de pertenecer a la Gran Unidad Escolar “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz.
4.
Practica ante todo el buen trato, el respeto, la tolerancia, la cortesía y pone en práctica las habilidades sociales. Resuelve conflictos a través del diálogo y la mediación.
5.
Trabaja primordialmente en equipo y coordina permanentemente con sus colegas, jerarcas y directivos. Muestra en todos sus actos la identidad luzuriaguina.
Art. 16°. -PERFIL DEL DIRECTIVO Y JERARCALUZURIAGUINO El directivo y jerarca luzuriaguino: o Da el ejemplo en cuanto a la puntualidad, a la responsabilidad, el buen trato, permanencia, buen uso del tiempo y de los recursos. o
Ejerce el cargo que ha asumido con entereza, profesionalismo y proactividad, se actualiza permanentemente.
o
Practica la escucha activa, la empatía y la asertividad.
o
Tiene como principio la transparencia y la rendición de cuentas en su actuar como directivo o jerarca.
o
Planifica con antelación las actividades a realizar y evalúa el proceso y los resultados de los procesos.
Art. 17°. -PERFIL DEL DOCENTELUZURIAGUINO El docente luzuriaguino: - Es puntual, responsable y tiene una presentación personal que refleja la dignidad de ser docente de la Gran Unidad Escolar “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz. -
Planifica debidamente el año académico, y con la debida anticipación prepara los aprendizajes que deben lograr sus estudiantes en sus sesiones de aprendizaje.
-
Practica el buen trato, la empatía y orienta positivamente el comportamiento de los estudiantes.
-
Practica el buen trato, la escucha activa y la asertividad en su interacción con todos los miembros de la comunidad educativa.
-
Es proactivo, innovador y hace uso de diversos recursos y materiales para potenciar los aprendizajes de los estudiantes.
Art. 18°.-PERFIL DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓNLUZURIAGUINO El o la auxiliar de educación luzuriaguino: Asume como propia la estrategia institucional para mejorar la disciplina en la institución educativa, poniendo en práctica las acciones y responsabilidades señaladas en los documentos de planificación correspondientes.
Es puntual, responsable y tiene una presentación personal que refleja la dignidad de ser auxiliar de educación de la Gran Unidad Escolar “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz.
Practica el buen trato, la empatía y orienta positivamente el comportamiento de los estudiantes.
Practica la escucha activa y la asertividad en su interacción con todos los miembros de la comunidad educativa, especialmente con los estudiantes y padres de familia.
Es proactivo y se encuentra presto a colaborar con los docentes, jerarcas y directivos en las tareas relacionadas al orden, la disciplina y el apoyo a las acciones pedagógicas que se realizan en la institución educativa.
Art. 19°. -PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO LUZURIAGUINO El trabajador administrativo y de servicio luzuriaguino: Practica el buen trato, la escucha activa y la asertividad en su interacción con todos los miembros de la comunidad educativa.
Es diligente con sus responsabilidades, busca soluciones y evita dar excusas respecto a problemas que le compete directa o indirectamente remediar.
Se preocupa por la presentación, la limpieza e higiene de la institución educativa, en el entendido que mejorar esos aspectos
beneficiará a todos, especialmente a los estudiantes, que son la razón de ser de nuestra institución.
Durante su jornada de trabajo busca hacer de su permanencia lo más provechoso para la institución, dedicando su trabajo a mejorar la institución educativa en los aspectos que le competen.
Art. 20°.- PERFIL DEL ESTUDIANTE La Resolución Ministerial Nº 281-2016-MINEDU aprueba el Currículo Nacional de la Educación Básica, en ella se plantea el perfil del egreso del estudiante: a)
El estudiante se reconoce como persona valiosa y se identifica con su cultura en diferentes contextos.
b)
El estudiante propicia la vida en democracia a partir del reconocimiento de sus derechos y responsabilidades y de la comprensión de los procesos históricos y sociales de nuestro país y del mundo.
c)
El estudiante comprende, aprecia y cultiva la dimensión espiritual y religiosa en la propia, en la vida de las demás personas y de las sociedades.
d)
El estudiante practica una vida activa y saludable para su bienestar, cuida su cuerpo e interactúa respetuosamente en la práctica de distintas actividades físicas, cotidianas o deportivas.
e)
El estudiante aprecia manifestaciones artístico-culturales para comprender el aporte del arte a la cultura y a la sociedad, y crea proyectos artísticos utilizando los diversos lenguajes del arte para comunicar sus ideas a otros.
f)
El estudiante se comunica en su lengua materna, en castellano como segunda lengua y en inglés como lengua extranjera de manera asertiva y responsable para interactuar con otras personas en diversos contextos socioculturales y con diversos propósitos.
g)
El estudiante indaga y comprende el mundo natural y artificial utilizando conocimientos científicos en diálogo con saberes locales para mejorar su calidad de vida y cuidando la naturaleza.
h)
El estudiante interpreta la realidad y toma decisiones a partir de conocimientos matemáticos que aporten a su contexto.
i)
El estudiante gestiona proyectos de emprendimiento económico o social de manera ética, que le permiten articularse con el mundo del trabajo y con el desarrollo socioeconómico de su comunidad.
j)
El estudiante aprovecha responsablemente las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) para interactuar con la información, gestionar su comunicación y aprendizaje.
k)
El estudiante desarrolla procesos autónomos de aprendizaje en forma permanente para la mejora continua de los mismos y sus resultados.
CAPÍTULO VI BASE NORMATIVA Y ALCANCES Art.21º.- BASE NORMATIVA a) Constitución Política del Perú b) Ley General de Educación Ley N° 28044 c) D. S. Nº 011-12-ED Reglamento de la LGE N° 28044 d) Ley Nº 29944, Ley de la Reforma Magisterial. e) D.S. Nº 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. f) Ley Nº 27815, Ley del código de ética de la función pública. g) Ley Nº 28628. Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las instituciones educativas públicas h) D. S. Nº 004-06-ED Reglamento de la ley que regula la participación de los padres de familia en las instituciones educativas públicas. i) ADMINISTRACION DE PERSONAL 1. Ley N° 29944. Ley de Reforma Magisterial. 2. D.S. N° 004-2013-ED Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. 3. D. L. N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público. 4. D.L. N° 1025 Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público. 5. D.S. N° 018-85-PCM. Reglamento Inicial del D. L. N° 276. 6. D.S. N° 05-90-PCM. Reglamento del D. L. N° 276. 7. D. S. N° 009-2010-PCM Reglamento del D.L. N° 1025. 8. R.S.G.Nº 1825-2014-MINEDU. Normas para el Proceso de Racionalización de Plazas de Personal Docente Directivo y Jerárquico en las instituciones educativas de educación básica y educación técnico productiva.. 9. D.S. N° 008-2006-ED. Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor Efectiva de Trabajo Docente en las I.E. Públicas. 10. R.S.G.Nº 326-2017-MINEDU, Normas para el registro y control de asistencia y su aplicación en la Planilla Única de Pagos de los profesores y auxiliares de educación, en el marco de la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento. 11. R.M. Nº 0571-94-ED. Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal.
12. R.S.G. Nº 360-2017-MINEDU, Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas pedagógicas en las II EE. 13. R.V.M. N° 052-2016-MINEDU Funciones del Auxiliar de Educación. j) TOE 1.
k)
l)
m) n)
Ley N° 29719. Ley que promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas. 2. D.S. N° 010-2012-ED. Reglamento de la Ley N° 29719 Convivencia sin Violencia 3. R.V.M. N° 002-2007-ED. Normas para el Fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, uso adecuado del tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los estudiantes de EB. 4. Ley N° 28119. Prohibición de acceso a menores a páginas pornográficas. 5. R.V.M. N° 0067-2011-ED. Normas y Orientaciones para la organización e Implementación de los Municipios Escolares. CURRICULAR 1. R.M. Nº 321-2017-MINEDU, modifican y derogan disposiciones. 2. R.M. Nº 281-2016-MINEDU, modificada por R.M. Nº 159-2017-MINEDU que aprueba el Currículo Nacional. 3. R.M. N° 0234-05-ED Aprueban Directiva sobre la evaluación de los Aprendizajes de los Estudiantes de Educación Básica Regular. 4. R.M. Nº 199-2015-ED: Modifican el Diseño Curricular Nacional 2009. 5. R.M. Nº 657-2017-MINEDU, Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2018 en instituciones educativas y programas educativos de la educación básica. EDUCACION AMBIENTAL 1. R.V.M. N° 0006-2012-ED. Normas Específicas para la planificación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de la aplicación del enfoque ambiental en la EB Y TP. 2. Ley Nº 29664, Ley del SINAGERD. PEI 2018. Plan Anual de Trabajo 2018.
Art. 22º.- ALCANCE l) Personal Directivo. m) Personal Jerárquico. n) Personal Docente. o) Personal Administrativo y de Servicio. p) Estudiantes. q) Ex-alumnos. r) Padres de Familia.
TÍTULO II ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
CAPITULO VII DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DEL TRABAJO INSTITUCIONAL Art. 23°.- LA ESTRUCTURA ORGÁNICA En concordancia con lo que dispone el artículo 134 del D. S. Nº 011- 2012-ED, la Institución Educativa GUE ”Mariscal Toribio de Luzuriaga” ha organizado su estructura orgánica de la siguiente manera: 1.- ÓRGANO DE DIRECCIÓN A. Dirección. B. Equipo Directivo. 2.- ÓRGANO DE CONCERTACIÓN Y VIGILANCIA a. CONEI. 3.- ÓRGANO PEDAGÓGICO a) Equipo de docentes del nivel primario y secundario. b) Subdirección de Formación General Sexto Ciclo. c) Subdirección de Formación General Séptimo Ciclo. d) Subdirección de Educación Para el trabajo. e) Subdirección Académica del nivel primario. f) Asesorías: Matemática, Comunicación y CTA. g) Jefaturas de Laboratorio: Física, Química y Biología. h) Jefatura de la Especialidad de Mecánica automotriz. i) Jefatura de la Especialidad de Mecánica de Producción j) Jefatura de la Especialidad de Electricidad. k) Jefatura de la Especialidad de Carpintería y ebanistería. l) Jefatura de la Especialidad de Contabilidad. m) Jefatura de la Especialidad de Confección Textil. n) Jefatura de la Especialidad de Turismo. o) Jefatura de la Especialidad de Construcción Civil. p) Jefatura de la Especialidad de Secretariado Comercial. q) Jefatura de la Especialidad de Cosmetología. r) Jefatura de la Especialidad de Computación e Informática s) Jefatura de la Especialidad de Electrónica. t) Jefatura de la Especialidad de Construcciones metálicas. 4.- ORGANO DE APOYO A LA GESTIÓN PEDAGÓGICA a) Coordinación deTOE. b) Coordinación dePEC. c) Equipo de auxiliares de educación. d) Comisión de Gestión de los Aprendizajes. e) Comisión Ambiental y de Gestión de Riesgos. f) Comité de Tutoría y Orientación Educativa. 5.- ORGANO DE ADMINISTRACIÓN a. Subdirección de Administración.
b. Subdirección Administrativa del nivel primario. c. Equipo de trabajadores administrativos de la institución. d. Equipo de personal de servicio de la institución. 6.- ÓRGANO DE APOYO A LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA a. Comité de ingresos propios y actividades productivas y empresariales. b. Comité de licitación de quioscos escolares. c. Comité de contratación de docentes. d. Comité de contratación de personal administrativo. e. Comité de contratación de auxiliares de educación. f. Comisión de gestión de recursos, espacios educativos y mantenimiento de infraestructura. 7.- ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN a) Municipio Escolar. b) APAFA. c) Comités de aula del nivel primario. d) Comités de aula del nivel secundario. e) Asamblea de docentes del nivel primario y secundario. Art. 24°.-ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA INSTITUCIÓN
DE LA MATRÍCULA, EVALUACIONES DE RECUPERACIÓN Y SUBSANACIÓN Y LA PLANIFICACIÓN ESCOLAR Art. 25°.-DE LA MATRÍCULA ESCOLAR El proceso de matrícula se realiza ordinariamente en los meses de diciembre, enero y febrero y adicionalmente en los siguientes meses, de acuerdo a lo que dispone el MINEDU en su norma técnica. Art. 26º.- DE LAS EVALUACIONES DE RECUPERACIÓN Y SUBSANACIÓN Las evaluaciones de recuperación se realizan en los meses de enero y febrero, siendo facultad de la Institución disponer la implementación de programas de recuperación académica o vacaciones útiles orientadas a reforzar los aprendizajes de los estudiantes que requieren recuperación. Las evaluaciones de subsanación se pueden programar en cualquier mes del año, siempre y cuando haya disponibilidad de docentes para evaluar. Art. 27º.- DE LA ELABORACIÓN DEL CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS Y HORARIO ESCOLAR Se elabora en el período que disponga la norma que al respecto se emita, y por la comisión que dicha normatividad establezca. El horario escolar lo elabora esta comisión usando el aplicativo informático y adecuando los casos que correspondan cuando son justificados. Dicho horario escolar debe estar listo y entregado a los docentes el primer día de clases. Art. 28º.- DE LA PLANIFICACIÓN ESCOLAR El planeamiento y organización de las actividades administrativas y técnico pedagógicas de la Institución Educativa se realizaprincipalmente durante la semana de la planificación que establece la norma técnica del MINEDU en los meses de diciembre y marzo. Está a cargo de toda la comunidad educativa estratégicamente organizada. Adicionalmente se complementa la tarea en los meses de enero y febrero, mayormente.
TÍTULO III GESTIÓN PEDAGÓGICA CAPÍTULO VIII
El proceso de planeamiento y organización comprende principalmente: a. Formulación del Proyecto Educativo Institucional (PEI) b. Formulación del Proyecto Curricular Institucional (PCI) c. Formulación del Plan Anual de Trabajo. d. Actualización del Reglamento Interno de la Institución. e. Programación curricular por áreas. f. Elaboración del Plan Tutorial Institucional. g. Elaboración del Plan de la Comisión de Ingresos Propios y Actividades Productivas y Empresariales. h) Elaboración de pre nominas y de la nómina de matriculados por sección. i) Otras actividades propias del planeamiento y organización educativa. Art. 29º.- DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN: PEI, PAT, PCI y RI Los instrumentos de gestión: Proyecto educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, Proyecto Curricular de Institución Educativa y Reglamento Interno son elaborados por
comisiones responsables, luego sometidas a validación mediante talleres dirigidas a docentes, padres de familia y estudiantes. El método de elaboración, contenido, esquema y demás detalles de los instrumentos de gestión son determinados por el MINEDU y complementado por las comisiones responsables.
CAPÍTULO IX DEL HORARIO DE CLASES, DE LA DISCIPLINA ESCOLAR, DE LOS HÁBITOS AMBIENTALES Y DE LA VIGILANCIA DE LA INTEGRIDAD DE LOS ESTUDIANTES Art. 30º.-DEL HORARIO DE CLASES Del horario de clases: 1.-. En primaria el horario de clases se inicia a las siete y treintade la mañanay culmina indefectiblemente a las doce y treinta de la tarde. Se establece un tiempo máximo de diez minutos para dejar el aula en buenas condiciones para la sección de secundaria que corresponde. Sobrepasar los diez minutos o dejar el aula sucia puede ser sancionado por la Dirección. 2.- En secundaria el horario de clases se inicia a las doce con cuarenta y cinco minutos de la tarde y culmina a las seis con quince minutos de la tarde. Se prohíbe que los estudiantes permanezcan en el aula fuera de ese horario, así como se prohíbe dejar sucia el aula, dicha transgresión puede ser sancionada por la Dirección. 3.- El horario establecido no incluye el desplazamiento del estudiante o del docente hacia su aula, tampoco el tiempo que toma llamar lista o revisar cuadernos. 4.- El docente de aula en primaria o el docente de la hora que corresponda en secundariaes responsable de la disciplina y de la limpieza del aula, cuando sea necesario pueden solicitar el apoyo de los auxiliares de educación. Asimismo informan al auxiliar de educación sobre algún daño ocasionado al mobiliario escolar o al aula. Los auxiliares de educación informan a la Subdirección Administrativa. Art. 31º.- DE LA DISCIPLINA Y CONVIVENCIA ESCOLAR El Comité de Tutoría y Orientación Educativa de cada nivel y la Coordinación de Tutoría y Orientación Educativa en secundaria gestionan la aprobación del Plan de Convivencia y Disciplina Escolar. Dicho plan debe abarcar estrategias para corregir malos hábitos relacionados a la puntualidad de los estudiantes, al uso del uniforme escolar luzuriaguino, al corte de cabello estilo escolar, a la correcta disposición de los residuos en el aula y en la Institución, al orden y respeto en las sesiones de aprendizaje, a la ordenada forma de acudir al quiosco escolar, entre otros aspectos. Art. 32º.- DE LA VIGILANCIA DE LA INTEGRIDAD DE LOS ESTUDIANTES En primaria el Subdirector Académico organiza una estrategia de vigilancia de la integridad de los estudiantes durante el ingreso a la Institución, durante el recreo y durante la salida. En secundaria de esta tarea se responsabiliza el Coordinador de Tutoría con el apoyo de los auxiliares de educación. En ambos niveles se debe coordinar con la APAFA para que apoyen con el Serenazgo escolar. La Subdirección Administrativa apoya mediante un observatorio con las cámaras de video vigilancia y el equipo de sonido.
Art. 33º.- DE LA FORMACIÓN AMBIENTAL DE LOS ESTUDIANTES El Comité Ambiental de la Institución implementa el Plan Ambiental, cuya principal finalidad es crear hábitos ambientalistas en los estudiantes, contando con el ejemplo de toda la comunidad educativa, centrándose en incentivar hábitos de higiene en las aulas, en los servicios higiénicos, en los pasadizos y espacios de la institución educativa.
CAPÍTULO X LA GESTIÓN DE LA GUE “MARISCAL TORIBIO DE LUZURIAGA” DE HUARAZ Art. 34°.- OBJETIVOS DE LA GESTIÓN En concordancia con lo que dispone la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en su artículo 64, son objetivos de la gestión: a) Desarrollar la Institución Educativa como comunidad de aprendizaje, encargada de lograr una excelente calidad educativa. b) Fortalecer la capacidad de decisión de las Instituciones Educativas para que actúen con autonomía pedagógica y administrativa. Las funciones de todas las instancias de gestión se rigen por los principios de subsidiariedad, solidaridad, complementariedad y concurrencia. c) Asegurar la coherencia de las disposiciones administrativas y la subordinación de éstas a las decisiones de carácter pedagógico. d) Lograr el manejo eficaz, eficiente e innovador de las instituciones educativas, que conduzca a la excelencia educativa. e) Desarrollar liderazgos democráticos. f) Colaborar en la articulación intersectorial, que asegure que los procesos de gestión se den en el marco de una política de desarrollo integral del país. g) Promover la activa participación de la comunidad. h) Articular las instituciones educativas para que desarrollen relaciones de cooperación y solidaridad. i) Fortalecer el ejercicio ético de las funciones administrativas para favorecer la transparencia y el libre acceso a la información. j) Participar en el efectivo funcionamiento de los mecanismos para prevenir y sancionar los actos de corrupción en la gestión. k) Incentivar la autoevaluación y evaluación permanentes que garanticen el logro de las metas y objetivos establecidos por la Institución Educativa.
CAPÍTULO XI DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO, JERÁRQUICO Y DOCENTE Art. 35°.-FUNCIONES DEL DIRECTOR(A)
Son funciones del director de la institución educativa las establecidas en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en su reglamento, en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, en la Resolución de Secretaría General Nº 3042014-MINEDU, Marco del Buen Desempeño Directivo y en las demás normas específicas .El Director de la GUE “Gran Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz, lidera la gestión escolar y lo encamina al logro de los objetivos propuestos en el Proyecto Educativo Institucional.
a.
Revisar, hacer observaciones y colocar el visto bueno a las programaciones anuales, unidades didácticas y sesiones de aprendizaje de la totalidad de los docentes del sexto ciclo, garantizando que todos los docentes cuentan con su planificación curricular antes del inicio de las sesiones de aprendizaje. Para ello puede conformar un equipo con jerarcas y docentes fortaleza.
b.
Acompañar, monitorear y asesorar al personal docente que tiene horas en las distintas secciones del primer y segundo grado de secundaria. Registrar documentadamente las acciones de asesoramiento pedagógico realizado.
c.
Sistematizar los resultados del monitoreo y realizar los análisis del caso, con la finalidad de identificar fortalezas y debilidades de los docentes. Con dicha información obtenida organizar acciones de interaprendizaje, co aprendizaje, talleres, capacitaciones u otras estrategias que permitan afrontar las debilidades identificadas.
d.
Informar mensualmente a la Dirección los resultados de su labor de acompañamiento, monitoreo y asesoramiento realizado, para que se pueda sistematizar, tener un diagnóstico institucional y organizar actividades para mejorar los aprendizajes de los estudiantes.
e.
Coordinar acciones de capacitación y académicas a nivel institucional, para atacar las debilidades detectadas tanto en la compleja labor del equipo docente, directivo, de los estudiantes, del personal administrativo o de la comunidad educativa en general.
f.
Garantizar que las libretas de notas cuenten con una adecuada calificación descriptiva de los avances de los aprendizajes de los estudiantes.
f) Llamar la atención mediante memorándum, como acción disciplinaria previa al proceso administrativo disciplinario interno que establecen las normas vigentes.
g.
g) Promover asambleas de informe económico de los fondos que manejan las distintas comisiones conformadas, en cumplimiento del PEI, para promover la cultura de transparencia y rendición de cuentas que establece dicho Proyecto Educativo Institucional.
Garantizar que los padres de familia reciban las libretas de notas y los informes que requieran sobre el avance de los aprendizajes de sus hijos en el plazo máximo de 15 días de culminado el bimestre.
h.
h) Liderar la estrategia de imagen institucional de la GUE “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz, haciendo uso de las redes sociales, la radio y la televisión a través de la difusión de las acciones resaltantes y positivas de nuestra Institución.
Realizar al menos una vez al mes reuniones colegiadas donde se reflexione sobre los avances de los aprendizajes de los estudiantes, contando con los insumos del caso (registros de notas, resultados del monitoreo, etc.), para elaborar los planes de mejora.
i.
i) El Director tiene iniciativa de gasto para atender necesidades prioritarias y/o urgentes de la institución educativa, obligándose a dar cuenta al CONEI de la justificación de la inversión realizada.
En coordinación con la Subdirección de Formación General del séptimo ciclo y la Subdirección de Educación Para el trabajo, organiza las jornadas de reflexión, que debe realizarse dos veces al año.
j.
En coordinación con la Subdirección de Formación General del séptimo ciclo y la Subdirección de Educación Para el trabajo, organiza el día del logro, que debe realizarse al menos una vez al año.
Art. 36°.-Adicionalmente, El Director de la GUE “Gran Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraztiene como funciones: a) Liderar las estrategias para la adecuada elaboración de los instrumentos de gestión, y de la planificación curricular, su correcta ejecución, monitoreo de su cumplimiento, evaluación de los avances y rendición de cuentas de los resultados de la misma. b) Promover que las distintas comisiones y comités conformados, elaboren oportunamente sus planes de trabajo, lo ejecuten, evalúen y rindan cuenta a la comunidad educativa. c) Velar por el buen clima institucional, por el cumplimiento de las normas de convivencia, del reglamento interno y demás estrategias. d) Servir de mediador o proponer mediadores para solucionar los conflictos que se presenten en la institución educativa. e) Emitir Resoluciones de reconocimiento y/o felicitación cuando corresponda, en casos de sobresaliente actuación o desempeño que coadyuve al logro de los objetivos institucionales establecidos en el PEI.
Art. 37°.-FUNCIONES DEL SUBDIRECTOR(A) DE FORMACIÓN GENERAL, SEXTO CICLO
k.
Asume la responsabilidad de organizar, coordinadamente con las demás subdirecciones, el trabajo a realizarse en la hora de trabajo colegiado con las distintas áreas, dedicando este tiempo a las actividades que recomiendan las autoridades del sector.
a.
Revisar, hacer observaciones y colocar el visto bueno a las programaciones anuales, unidades didácticas y sesiones de aprendizaje de la totalidad de los docentes del séptimo ciclo, garantizando que todos los docentes cuentan con su planificación curricular antes del inicio de las sesiones de aprendizaje. Para ello puede conformar un equipo con jerarcas y docentes fortaleza.
l.
Participa como equipo directivo en las reuniones de APAFA, dando a conocer las cuestiones académicas importantes y brindando recomendaciones a los padres de familia.
b.
Acompañar, monitorear y asesorar al personal docente que tiene horas en las distintas secciones del tercer, cuarto y quinto grado de secundaria. Registrar documentadamente las acciones de asesoramiento pedagógico realizado.
m. Orientan a los docentes tutores para que realicen asambleas de padres de familia de aula, para darles a conocer los avances en aprendizajes de sus hijos.
c.
Sistematizar los resultados del monitoreo y realizar los análisis del caso, con la finalidad de identificar fortalezas y debilidades de los docentes. Con dicha información obtenida organizar acciones de interaprendizaje, co aprendizaje, talleres, capacitaciones u otras estrategias que permitan afrontar las debilidades identificadas.
d.
Informar mensualmente a la Dirección los resultados de su labor de acompañamiento, monitoreo y asesoramiento realizado, para que se pueda sistematizar, tener un diagnóstico institucional y organizar actividades para mejorar los aprendizajes de los estudiantes.
e.
Coordinar acciones de capacitación y académicas a nivel institucional, para atacar las debilidades detectadas tanto en la compleja labor del equipo docente, directivo, de los estudiantes, del personal administrativo o de la comunidad educativa en general.
f.
Garantizar que las libretas de notas cuenten con una adecuada calificación descriptiva de los avances de los aprendizajes de los estudiantes.
g.
Emitir documento de llamada de atención a los docentes, personal administrativo o de servicio que incumpla sus deberes, bajo apercibimiento de informar a la Dirección para el proceso administrativo disciplinario interno que corresponda.
Garantizar que los padres de familia reciban las libretas de notas y los informes que requieran sobre el avance de los aprendizajes de sus hijos en el plazo máximo de 15 días de culminado el bimestre.
h.
Supervisar el cumplimiento de las tareas asignadas al personal de servicio, llamar la atención de estos mediante documento, bajo apercibimiento de informar a la Dirección para el proceso administrativo disciplinario correspondiente.
Realizar al menos una vez al mes reuniones colegiadas donde se reflexione sobre los avances de los aprendizajes de los estudiantes, contando con los insumos del caso (registros de notas, resultados del monitoreo, etc.), para elaborar los planes de mejora.
i.
En coordinación con la Subdirección de Formación General del sexto ciclo y la Subdirección de Educación Para el trabajo, organiza las jornadas de reflexión, que debe realizarse dos veces al año.
j.
En coordinación con la Subdirección de Formación General del sexto ciclo y la Subdirección de Educación Para el trabajo, organiza el día del logro, que debe realizarse al menos una vez al año.
n.
Como directivo, da el ejemplo de respeto, cortesía y buen trato a los padres de familia, profesores, estudiantes, personal administrativo y de servicio. Asimismo garantiza que su despacho brinde la atención al usuario en las horas de atención establecidas.
o.
Como parte del equipo directivo asume la responsabilidad de impulsar el cumplimiento de las normas de convivencia institucional y de aula, así también del plan ambiental y del plan de gestión de riesgos de desastres.
p.
Organizar y ejecuta las estrategias y planes para la recuperación y subsanación de notas del primer y segundo grado de secundaria, de acuerdo a las normas vigentes.
q.
Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal docente del primer y segundo grado de secundaria, monitorea el buen uso del tiempo pedagógico en el aula y eleva a la Dirección el parte mensual de inasistencias y horas efectivas, de acuerdo a la normatividad vigente, a más tardar al tercer día de cada mes.
r.
s.
t.
Otras inherentes a su cargo.
Art. 38º.FUNCIONES DEL SUBDIRECTOR(A) DE FORMACIÓN GENERAL, SÉPTIMO CICLO
k.
Asumir la responsabilidad de organizar, coordinadamente con las demás subdirecciones, el trabajo a realizarse en la hora de trabajo colegiado con las distintas áreas, dedicando este tiempo a las actividades que recomiendan las autoridades del sector.
a.
Revisar, hacer observaciones y colocar el visto bueno a las programaciones anuales, unidades didácticas y sesiones de aprendizaje de la totalidad de los docentes del área de EPT, garantizando que todos los docentes cuentan con su planificación curricular antes del inicio de las sesiones de aprendizaje. Para ello puede conformar un equipo con jerarcas y docentes fortaleza.
l.
Participa como equipo directivo en las reuniones de APAFA, dando a conocer las cuestiones académicas importantes y brindando recomendaciones a los padres de familia.
b.
Acompañar, monitorear y asesorar al personal docente que tiene horas en Educación Para el Trabajo. Registrar documentadamente las acciones de asesoramiento pedagógico realizado.
m. Orienta a los docentes tutores para que realicen asambleas de padres de familia de aula, para darles a conocer los avances en aprendizajes de sus hijos.
c.
Sistematizar los resultados del monitoreo y realizar los análisis del caso, con la finalidad de identificar fortalezas y debilidades de los docentes. Con dicha información obtenida organizar acciones de interaprendizaje, co aprendizaje, talleres, capacitaciones u otras estrategias que permitan afrontar las debilidades identificadas.
d.
Informar mensualmente a la Dirección los resultados de su labor de acompañamiento, monitoreo y asesoramiento realizado, para que se pueda sistematizar, tener un diagnóstico institucional y organizar actividades para mejorar los aprendizajes de los estudiantes.
e.
Coordinar acciones de capacitación y académicas a nivel institucional, para atacar las debilidades detectadas tanto en la compleja labor del equipo docente, directivo, de los estudiantes, del personal administrativo o de la comunidad educativa en general.
f.
Realizar al menos una vez al mes reuniones colegiadas con los docentes de EPT, donde se reflexione sobre los avances de los aprendizajes de los estudiantes, contando con los insumos del caso (registros de notas, resultados del monitoreo, etc.), para elaborar los planes de mejora.
g.
En coordinación con la Subdirección de Formación General del sexto ciclo y la Subdirección de Formación General del séptimo ciclo, organiza las jornadas de reflexión, que debe realizarse dos veces al año.
h.
En coordinación con la Subdirección de Formación General del sexto ciclo y la Subdirección de Formación General del séptimo ciclo, organiza el día del logro, que debe realizarse al menos una vez al año, en esta actividad EPT realiza una feria donde muestra los productos producidos por sus especialidades.
i.
Asumir la responsabilidad de organizar, coordinadamente con las demás subdirecciones, el trabajo a realizarse en la hora de trabajo colegiado con las distintas áreas, dedicando este tiempo a las actividades que recomiendan las autoridades del sector.
n.
Como directivo, da el ejemplo de respeto, cortesía y buen trato a los padres de familia, profesores, estudiantes, personal administrativo y de servicio. Asimismo garantiza que su despacho brinde la atención al usuario en las horas de atención establecidas.
o.
Como parte del equipo directivo asume la responsabilidad de impulsar el cumplimiento de las normas de convivencia institucional y de aula, así también del plan ambiental y del plan de gestión de riesgos de desastres.
p.
Organizar y ejecutar las estrategias y planes para la recuperación y subsanación de notas del primer y segundo grado de secundaria, de acuerdo a las normas vigentes.
q.
Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal docente del tercer, cuarto y quinto grado de secundaria, monitorea el buen uso del tiempo pedagógico en el aula y eleva a la Dirección el parte mensual de inasistencias y horas efectivas, de acuerdo a la normatividad vigente, a más tardar al tercer día de cada mes.
r.
Emitir documento de llamada de atención a los docentes, personal administrativo o de servicio que incumpla sus deberes, bajo apercibimiento de informar a la Dirección para el proceso administrativo disciplinario interno que corresponda.
s.
t.
Supervisar el cumplimiento de las tareas asignadas al personal de servicio, llamar la atención de estos mediante documento, bajo apercibimiento de informar a la Dirección para el proceso administrativo disciplinario correspondiente. Otras inherentes a su cargo.
Art. 39º.- FUNCIONES DEL SUBDIRECTOR(A) DE EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO
j.
Participar como equipo directivo en las reuniones de APAFA, dando a conocer las cuestiones académicas importantes y brindando recomendaciones a los padres de familia.
k. l.
u.
Emitir documento de llamada de atención a los docentes, personal administrativo o de servicio que incumpla sus deberes, bajo apercibimiento de informar a la Dirección para el proceso administrativo disciplinario interno que corresponda.
Orientar a los docentes tutores para que realicen asambleas de padres de familia de aula, para darles a conocer los avances en aprendizajes de sus hijos.
v.
Como directivo, da el ejemplo de respeto, cortesía y buen trato a los padres de familia, profesores, estudiantes, personal administrativo y de servicio. Asimismo garantiza que su despacho brinde la atención al usuario en las horas de atención establecidas.
Supervisar el cumplimiento de las tareas asignadas al personal de servicio, llamar la atención de estos mediante documento, bajo apercibimiento de informar a la Dirección para el proceso administrativo disciplinario correspondiente.
w. Otras inherentes a su cargo.
m. Como parte del equipo directivo asume la responsabilidad de impulsar el cumplimiento de las normas de convivencia institucional y de aula, así también del plan ambiental y del plan de gestión de riesgos de desastres. n.
Organizar y ejecutar las estrategias y planes para la recuperación y subsanación de notas de EPT, de acuerdo a las normas vigentes.
o.
Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal docente del área de EPT, monitorea el buen uso del tiempo pedagógico en el aula y eleva a la Dirección el parte mensual de inasistencias y horas efectivas, de acuerdo a la normatividad vigente, a más tardar al tercer día de cada mes.
p.
Verificar permanentemente todos los aspectos relacionados a la seguridad de los estudiantes y docentes que laboran en los talleres técnicos, emite disposiciones y supervisa la seguridad en el trabajo y la seguridad industrial, buscando proteger la vida y la integridad humana.
q.
Gestiona, en coordinación con la Dirección, acuerdos y convenios con otras entidades para favorecer la formación técnica de los estudiantes de las distintas especialidades.
r.
Realiza gestiones ante entidades nacionales y extranjeras para el equipamiento de los talleres de áreas técnicas, en coordinación con la Dirección.
s.
Realiza anualmente un estudio sobre la demanda que existe de las especialidades técnicas que se ofrece, con la finalidad de mejorar la oferta de especialidades técnicas.
t.
Moderniza la propuesta curricular del área de EPT, orientándola hacia el logro de las competencias del Currículo Nacional. En ese marco prioriza en la planificación curricular la realización de proyectos pedagógicos productivos de emprendimiento.
Art. 40º.- FUNCIONES DEL SUBDIRECTOR(A) DEL NIVEL PRIMARIO, TERCER CICLO a.
Revisar, hacer observaciones y colocar el visto bueno a las programaciones anuales, unidades didácticas y sesiones de aprendizaje de los docentes del tercer ciclo, garantizando que todos los docentes cuentan con su planificación curricular antes del inicio de las sesiones de aprendizaje. Para ello puede conformar un equipo con docentes fortaleza.
b.
Acompañar, monitorear y asesorar al personal docente que tiene horas en las distintas secciones del primer y segundo grado del nivel primario. Registrar documentadamente las acciones de asesoramiento pedagógico realizado.
c.
Sistematizar los resultados del monitoreo y realizar los análisis del caso, con la finalidad de identificar fortalezas y debilidades de los docentes. Con dicha información obtenida organizar acciones de interaprendizaje, co aprendizaje, talleres, capacitaciones u otras estrategias que permitan afrontar las debilidades identificadas.
d.
Informar mensualmente a la Dirección los resultados de su labor de acompañamiento, monitoreo y asesoramiento realizado, para que se pueda sistematizar, tener un diagnóstico institucional y organizar actividades para mejorar los aprendizajes de los estudiantes.
e.
Coordinar acciones de capacitación y académicas a nivel institucional, para atacar las debilidades detectadas tanto en la compleja labor del equipo docente, directivo, de los estudiantes, del personal administrativo o de la comunidad educativa en general.
f.
Garantizar que las libretas de notas cuenten con una adecuada calificación descriptiva de los avances de los aprendizajes de los estudiantes.
g.
Garantizar que los padres de familia reciban las libretas de notas y los informes que requieran sobre el avance de los aprendizajes de sus hijos en el plazo máximo de 15 días de culminado el bimestre.
h.
Realizar al menos una vez al mes reuniones colegiadas de docentes del primer y segundo grado de primaria, donde se reflexione sobre los avances de los aprendizajes de los estudiantes, contando con los insumos del caso (registros de notas, resultados del monitoreo, etc.), para elaborar los planes de mejora.
s.
Emitir documento de llamada de atención a los docentes, personal administrativo o de servicio que incumpla sus deberes, bajo apercibimiento de informar a la Dirección para el proceso administrativo disciplinario interno que corresponda.
i.
En coordinación con la Subdireccióndel nivel primario cuarto y quinto ciclo, organiza las jornadas de reflexión, que debe realizarse dos veces al año.
t.
Garantizar el cumplimiento de la tutoría en las aulas del nivel e impulsar, en coordinación con el Coordinador TOE, el cumplimiento del plan tutorial institucional.
j.
En coordinación con la Subdirección del nivel primario cuarto y quinto ciclo, organiza el día del logro, que debe realizarse al menos una vez al año.
u.
Supervisar el cumplimiento de las tareas asignadas al personal de servicio, llamar la atención de estos mediante documento, bajo apercibimiento de informar a la Dirección para el proceso administrativo disciplinario correspondiente.
v.
Encargarse del SISEVE en el nivel primario.
k.
Asumir la responsabilidad de organizar, coordinadamente con la Subdirección del nivel primario cuarto y quinto ciclo, el trabajo a realizarse en lasreuniones de trabajo colegiado.
l.
Participar como equipo directivo en las reuniones de APAFA, dando a conocer las cuestiones académicas importantes y brindando recomendaciones a los padres de familia.
m. Orientar a los docentes tutores para que realicen asambleas de padres de familia de aula, para darles a conocer los avances en aprendizajes de sus hijos. n.
Como directivo, da el ejemplo de respeto, cortesía y buen trato a los padres de familia, profesores, estudiantes, personal administrativo y de servicio. Asimismo garantiza que su despacho brinde la atención al usuario en las horas de atención establecidas.
o.
Como parte del equipo directivo asume la responsabilidad de impulsar el cumplimiento de las normas de convivencia institucional y de aula, así también del plan ambiental y del plan de gestión de riesgos de desastres.
p.
Organizar y ejecutar las estrategias y planes para la recuperación y subsanación de notas del primer y segundo grado de primaria, de acuerdo a las normas vigentes.
q.
Realizar el control de la asistencia de los docentes del nivel primario, monitorear el buen uso del tiempo pedagógico en el aula y elevar a la Dirección el parte mensual de inasistencias, de acuerdo a la normatividad vigente, a más tardar al tercer día de cada mes.
r.
Encargarse del proceso de matrícula escolar del nivel primario, de la recuperación y subsanación pedagógica, de la administración de los archivos y
del SIAGIE del nivel primario. También de la emisión de certificados y constancias, previo pago de las tasas establecidas por la institución educativa en la Subdirección administrativa.
w. Otras inherentes a su cargo. Art. 41º.- FUNCIONES DEL SUBDIRECTOR(A) ACADÉMICO DEL NIVEL PRIMARIO, CUARTO Y QUINTO CICLO a.
Revisar, hacer observaciones y colocar el visto bueno a las programaciones anuales, unidades didácticas y sesiones de aprendizaje de los docentes del 3º, 4º, 5º y 6º grados del nivel primario, garantizando que todos los docentes cuentan con su planificación curricular antes del inicio de las sesiones de aprendizaje. Para ello puede conformar un equipo con docentes fortaleza.
b.
Acompañar, monitorear y asesorar al personal docente del 3º, 4º, 5º y 6º grados del nivel primario. Registrar documentadamente las acciones de asesoramiento pedagógico realizado.
c.
Sistematizar los resultados del monitoreo y realizar los análisis del caso, con la finalidad de identificar fortalezas y debilidades de los docentes. Con dicha información obtenida organizar acciones de interaprendizaje, co aprendizaje, talleres, capacitaciones u otras estrategias que permitan afrontar las debilidades identificadas.
d.
Informar mensualmente a la Dirección los resultados de su labor de acompañamiento, monitoreo y asesoramiento realizado, para que se pueda sistematizar, tener un diagnóstico institucional y organizar actividades para mejorar los aprendizajes de los estudiantes.
e.
f.
Coordinar acciones de capacitación y académicas a nivel institucional, para atacar las debilidades detectadas tanto en la compleja labor del equipo docente, directivo, de los estudiantes, del personal administrativo o de la comunidad educativa en general. Garantizar que las libretas de notas cuenten con una adecuada calificación descriptiva de los avances de los aprendizajes de los estudiantes.
g.
Garantizar que los padres de familia reciban las libretas de notas y los informes que requieran sobre el avance de los aprendizajes de sus hijos en el plazo máximo de 15 días de culminado el bimestre.
h.
Realizar al menos una vez al mes reuniones colegiadas de docentes del nivel donde se reflexione sobre los avances de los aprendizajes de los estudiantes, contando con los insumos del caso (registros de notas, resultados del monitoreo, etc.), para elaborar los planes de mejora.
i.
En coordinación con la Subdirección del nivel primario tercer ciclo, organiza las jornadas de reflexión, que debe realizarse dos veces al año.
j.
En coordinación con la Subdirección del nivel primario tercer ciclo, organiza el día del logro, que debe realizarse al menos una vez al año.
k.
Asumir la responsabilidad de organizar, coordinadamente con la Subdirección del nivel primario tercer ciclo, el trabajo a realizarse en las reuniones de trabajo colegiado.
l.
Participar como equipo directivo en las reuniones de APAFA, dando a conocer las cuestiones académicas importantes y brindando recomendaciones a los padres de familia.
m. Orientar a los docentes tutores para que realicen asambleas de padres de familia de aula, para darles a conocer los avances en aprendizajes de sus hijos.
q.
Realizar el control de las horas efectivas de los docentes del nivel primario, monitorear el buen uso del tiempo pedagógico en el aula y elevar a la Dirección el parte mensual de horas efectivas, de acuerdo a la normatividad vigente, a más tardar al tercer día de cada mes.
r.
Emitir documento de llamada de atención a los docentes, personal administrativo o de servicio que incumpla sus deberes, bajo apercibimiento de informar a la Dirección para el proceso administrativo disciplinario interno que corresponda.
s.
Garantizar el cumplimiento de la tutoría en las aulas del nivel e impulsa, en coordinación con el Coordinador TOE, el cumplimiento del plan tutorial institucional.
t.
Encargarse de organizar y controlar el sistema de vigilancia de la integridad de los estudiantes en la entrada, el recreo y la salida, apoyándose en el trabajo por turnos de docentes de aula y en el Serenazgo escolar.
u.
Encargarse de organizar y supervisar la entrega de los desayunos escolares de Qali Warma.
v.
Supervisar el cumplimiento de las tareas asignadas al personal de servicio, llamar la atención de estos mediante documento, bajo apercibimiento de informar a la Dirección para el proceso administrativo disciplinario correspondiente.
w. Otras inherentes a su cargo. Art. 42º.- FUNCIONES DEL SUB DIRECTOR(A) ADMINISTRATIVO Son funciones del subdirector del área administrativa: a)
Dirigir el equipo administrativo y/o de soporte de la institución educativa, orientando su desempeño hacia el logro de los objetivos institucionales.
b)
Gestionar el uso óptimo de la infraestructura, equipamiento y material educativo disponible, en beneficio de una enseñanza de calidad y el logro de las metas de aprendizaje de los estudiantes.
n.
Como directivo, da el ejemplo de respeto, cortesía y buen trato a los padres de familia, profesores, estudiantes, personal administrativo y de servicio. Asimismo garantiza que su despacho brinde la atención al usuario en las horas de atención establecidas.
o.
Como parte del equipo directivo asume la responsabilidad de impulsar el cumplimiento de las normas de convivencia institucional y de aula, así también del plan ambiental y del plan de gestión de riesgos de desastres.
c)
Gestionar el uso óptimo de los recursos financieros en beneficio de las metas de aprendizaje trazadas por la institución educativa bajo un enfoque orientado a resultados.
p.
Organizar y ejecutar las estrategias y planes para la recuperación y subsanación de notas del primer y segundo grado de secundaria, de acuerdo a las normas vigentes.
d)
Gestionar el desarrollo de estrategias de prevención y manejo de situaciones de riesgo que aseguren la seguridad e integridad de los miembros de la comunidad educativa.
e)
Garantizar que la totalidad de ambientes, servicios higiénicos, talleres, laboratorios, pasadizos y áreas abiertas de la institución educativa permanezcan limpias, en concordancia con el plan ambiental de la institución.
q)
Administrar el manejo del SIAGIE, como parte del sistema de procesos de matrícula, recuperación y subsanación de notas, garantizando la confidencialidad de la contraseña.
f)
Controlar la asistencia del personal administrativo y de servicio, así como su permanencia en las horas de trabajo.
r)
Organizar y actualizar el inventario general de bienes de la Institución, codificando e informando a la UGEL Huaraz en los plazos establecidos.
g)
Verificar permanentemente el cumplimiento de funciones y de tareas del personal administrativo y de servicio, emitiendo memorándum de llamada de atención en caso de incumplimiento, con copia a la Dirección.
s)
En articulación con la Comisión de Ingresos Propios y Actividades Productivas y Empresariales, informar trimestralmente al CONEI ya los interesados los movimientos económicos realizados.
h)
Elevar informes de incumplimiento de funciones del personal administrativo y de servicio a la Dirección, para el proceso administrativo disciplinario que corresponde.
t)
Informar a la UGEL el movimiento contable de la Institución, debiendo obtener el visto bueno de este ente descentralizado de la Educación.
i)
Verificar si en los distintos ambientes de la institución existan elementos que pongan en peligro la integridad y la vida de los estudiantes, para tomar las acciones correctivas inmediatas.
u)
Elevar los informes de inasistencia del personal administrativo y de servicio a más tardar al tercer día de cada mes.
v)
Mantener actualizado el escalafón del personal docente, administrativo y de servicio de la Institución.
w)
Realizar pago de servicios, bienes y compromisos adquiridos por la institución.
x)
Mantener adecuadamente ordenado el archivo documentario de la Institución.
j)
k)
Administrar directamente los recursos económicos de la institución, en articulación con las comisiones respectivas y la Dirección, para atender las necesidades operativas y gestionar la inversión de los ingresos propios en beneficio de las metas de aprendizaje y los objetivos establecidos en el PEI. Implementar planes de capacitación sobre manejo de las habilidades sociales, buen trato, cordialidad y respeto, dirigido al personal administrativo y de servicio.
Art. 43º.-FUNCIONESDEL COORDINADOR(A) DE TUTORÍA, CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR
l)
Implementar planes de capacitación sobre computación e informática, trámite documentario, archivos y otros relacionados a la labor del personal administrativo.
Son funciones del coordinador(a) TOE, las establecidas en la Directiva Nº 0343-2010-ED, modificada por la R.M. Nº 321-2017-MINEDU y la Resolución de Secretaría General Nº 364-2014-MINEDU; además:
m)
Implementar planes de capacitación sobre seguridad ocupacional y técnicas de limpieza, electricidad, carpintería y otros relacionados a la labor del personal de servicio.
n)
a.
Responsabilizarse de organizar y ejecutar la estrategia de vigilancia de la integridad de los estudiantes en la entrada, el recreo y la salida de la institución educativa, en ambos niveles, organizando y delegando responsabilidades en el nivel primario.
Formular el requerimiento anual de materiales de oficina y de limpieza para elevarlo a la UGEL Huaraz.
b.
Elaborar y ejecutar el Plan Estratégico de Mejora de la Disciplina de la institución educativa.
o)
Administrar los trámites y la documentación del proceso de matrícula, de las actas promocionales, de las especies valoradas, de los certificados, constancias y otras propias de la institución educativa.
c.
Velar por la sana convivencia democrática en la escuela, debiendo para ello promover mecanismos de prevención, protección integral (incluyendo el SISEVE) y detección temprana.
p)
Administrar los archivos de los procesos de recuperación y subsanación pedagógica.
d.
Presidir el Comité de Tutoría y Convivencia Democrática del nivel secundario y organizar el Comité de Tutoría y Convivencia Democrática del nivel primario.
e.
Responsabilizarse del sistema SISEVE del nivel secundario.
f.
Por delegación de funciones hecha por la Dirección de la institución educativa, encargarse de controlar la asistencia, permanencia y cumplimiento de funciones del auxiliar de educación de la Institución.
g.
Asegurar que en el PAT se incorporen las actividades de TOE.
h.
Involucrar al Comité de TOE en la propuesta de actividades de tutoría.
i.
Convocar y dirigir las reuniones del Comité de TOE con la finalidad de promover el desarrollo de las actividades programadas.
j.
Acompañar el cumplimiento delas funciones del Comité de TOE y de los tutores.
k.
Acompañar, monitorear y asesorar a los docentes tutores en el cumplimiento de la tutoría y orientación educativa, en coordinación con el equipo directivo.
l. m.
s.
Capacitar a los docentes tutores en el desarrollo de las acciones de tutoría y en la planificación tutorial a nivel del aula.
t.
Presentar a la Dirección su propuesta de horario de trabajo de las 40 horas, flexibilizando su labor para asistir en horas de la mañana para coordinar la tutoría y convivencia democrática en primaria.
Art. 44°.- FUNCIONES DEL COORDINADOR DE EXTENSIÓN EDUCATIVA Y ACTIVIDADES: (PEC) a)
Coordinar con la Dirección la ejecución de las estrategias para la mejora de la imagen de la institución educativa, en el marco de los objetivos estratégicos establecidos en el PEI.
b)
Organizar en primaria y secundaria las actividades permanentes, las cuales se realizan una vez al mes, designando a un estudiante y/o docente para que dirija en calidad de maestro de ceremonias.
c)
Realizar la sistematización y análisis del cumplimiento de las actividades de tutoría programadas e informar bimestralmente a la Dirección.
Organizar y ejecutar la participación de la institución educativa en algunas actividades cívico - patrióticas siempre y cuando esté autorizado por la Dirección.
d)
Organizar y monitorear, en coordinación con las subdirecciones de Formación General de secundaria, el trabajo de tutoría en las horas adicionales del docente destinadas para ese fin.
Encargarse de coordinar y preparar la logística necesaria para la realización de eventos en el auditorio institucional o en otras áreas de la institución o fuera de ella.
e)
Monitorear la institución educativa verificando que se encuentren colocados adecuadamente los avisos y letreros, informando a la Subdirección Administrativa si se han colocado avisos sin autorización y sugiriendo la colocación de letreros que son necesarios.
f)
Otras funciones que la Dirección le asigne.
n.
Organizar, en coordinación con los tutores, la escuela de familias en secundaria.
o.
Promover y organizar el Serenazgo de padres de familia en ambos niveles.
p.
Promover la formación de los comités de aula y la realización de asambleas de aula, en coordinación con los tutores y docentes de Formación Ciudadana y Cívica.
q.
Orientar el trabajo de los auxiliares de educación, encaminándolo hacia el logro de las metas del Plan Estratégico de Mejora de la Disciplina en la Institución, en el marco del enfoque de formación ciudadana y buscando formar a los estudiantes en la autorregulación de su comportamiento.
r.
Elaborar y ejecutar con el Comité de Tutoría y Convivencia Democrática el Plan Tutorial y de Convivencia Democrática de la Institución.
Art. 49°.- FUNCIONES DE LOS(LAS) ASESORES DE ÁREA a.
En equipo con Subdirectores y docentes fortaleza: revisar, hacer observaciones y colocar el visto bueno a las programaciones anuales, unidades didácticas y sesiones de aprendizaje de la totalidad de los docentes a su cargo, garantizando que todos los docentes cuenten con su planificación curricular antes del inicio de las sesiones de aprendizaje.
b.
Acompañar, monitorear y asesorar al personal docente a su cargo. Registrar documentadamente las acciones de asesoramiento pedagógico realizado.
c.
d.
e. f.
g.
h. i. j.
Sistematizar los resultados del monitoreo y realizar los análisis del caso, con la finalidad de identificar fortalezas y debilidades de los docentes. Con dicha información obtenida organizar acciones de interaprendizaje, co aprendizaje, talleres, capacitaciones u otras estrategias que permitan afrontar las debilidades identificadas. Informar mensualmente a la Subdirección los resultados de su labor de acompañamiento, monitoreo y asesoramiento realizado, para que se pueda sistematizar, tener un diagnóstico institucional y organizar actividades para mejorar los aprendizajes de los estudiantes. Garantizar que las libretas de notas cuenten con una adecuada calificación descriptiva de los avances de los aprendizajes de los estudiantes. Garantizar que los padres de familia reciban las libretas de notas y los informes que requieran sobre el avance de los aprendizajes de sus hijos en el plazo máximo de 15 días de culminado el bimestre. Realizar al menos una vez al mes reuniones colegiadas donde se reflexione sobre los avances de los aprendizajes de los estudiantes, contando con los insumos del caso (registros de notas, resultados del monitoreo, etc.), para elaborar los planes de mejora. En coordinación con la Subdirección que corresponda, organizar las jornadas de reflexión, que debe realizarse dos veces al año. En coordinación con la Subdirección que corresponda, organizar el día del logro, que debe realizarse al menos una vez al año. Organizar, coordinadamente con las Subdirecciones, el trabajo a realizarse en la hora de trabajo colegiado con las distintas áreas, dedicando este tiempo a las actividades que recomiendan las autoridades del sector.
k.
Orientar a los docentes para que informen los avances de los aprendizajes de sus hijos en las asambleas de padres de familia de aula.
l.
Como jerarca, da el ejemplo de respeto, cortesía y buen trato a los padres de familia, profesores, estudiantes, personal administrativo y de servicio. Asimismo garantiza que su despacho brinde la atención al usuario en las horas de atención establecidas.
m. Impulsar el cumplimiento de las normas de convivencia institucional y de aula, así también del plan ambiental y del plan de gestión de riesgos de desastres. n.
Monitorear el buen uso del tiempo pedagógico en el aula, el cumplimiento del Plan Estratégico de Mejoramiento de la Disciplina, el cumplimiento del Plan
Ambiental y elevar a la Subdirección que corresponda los informes correspondientes. o.
Otras inherentes a su cargo.
Art. 50°.- FUNCIONES DE LOS JEFES DE LABORATORIO: a) Organizar y coordinar el uso de laboratorio con los docentes del área de CTA. b) Formular las guías de práctica de laboratorio, para el logro de los aprendizajes del área de CTA. c) Asesorar en los aspectos científicos, tecnológicos y pedagógicos a los docentes delárea. d) Responsabilizarse directamente del mantenimiento, funcionamiento y mejora de los laboratorios, gestionando la provisión de insumos, reparaciones y otras necesidades propias de los laboratorios. e) Elaborar en equipo con los docentes del área de Ciencia, Tecnología y Ambiente las programaciones curriculares, asegurándose de que se inserte en ellas de manera adecuada: proyectos, módulos o sesiones en las cuales se hará uso de los laboratorios. f) Organizar eventos de capacitación y/o actualización de para docentes y/o auxiliares de laboratorio. g) Organizar, en coordinación con los docentes de CTA, la participación en lasferias de ciencias y otros eventos de ese carácter. h) Garantizar la presentación de al menos 01 proyecto de innovación pedagógica en el área de CTA. i) Sustituir a los docentes en caso de ausencia. j) Asesoramiento diario en la formulación de las sesiones de aprendizaje y control del cumplimiento de la planificación curricular de los docentes de CTA. k) En equipo con Subdirectores y asesores: revisar, hacer observaciones y colocar el visto bueno a las programaciones anuales, unidades didácticas y sesiones de aprendizaje de la totalidad de los docentes a su cargo, garantizando que todos los docentes cuenten con su planificación curricular antes del inicio de las sesiones de aprendizaje.
l) Acompañar, monitorear y asesorar al personal docente asignado. Registrar documentadamente las acciones de asesoramiento pedagógico realizado.
e.
Sistematizar los resultados del monitoreo y realizar los análisis del caso, con la finalidad de identificar fortalezas y debilidades de los docentes. Con dicha información obtenida organizar acciones de interaprendizaje, co aprendizaje, talleres, capacitaciones u otras estrategias que permitan afrontar las debilidades identificadas.
f.
Informar mensualmente a la Subdirección los resultados de su labor de acompañamiento, monitoreo y asesoramiento realizado, para que se pueda sistematizar, tener un diagnóstico institucional y organizar actividades para mejorar los aprendizajes de los estudiantes.
g.
Realizar al menos una vez al mes reuniones colegiadas donde se reflexione sobre los avances de los aprendizajes de los estudiantes, contando con los insumos del caso (registros de notas, resultados del monitoreo, etc.), para elaborar los planes de mejora.
h.
En coordinación con la Subdirección de EPT, organizar las jornadas de reflexión, que debe realizarse dos veces al año.
p) Impulsar el cumplimiento de las normas de convivencia institucional y de aula, así también del plan ambiental y del plan de gestión de riesgos de desastres.
i.
En coordinación con la Subdirección de EPT, organizar el día del logro, que debe realizarse al menos una vez al año.
q) Monitorear el buen uso del tiempo pedagógico en el aula, el cumplimiento del Plan Estratégico de Mejora de la Disciplina, el cumplimiento del Plan Ambiental y elevar a la Subdirección que corresponda los informes correspondientes.
j.
Organizar, coordinadamente con la Subdirección de EPT, el trabajo a realizarse en la hora de trabajo colegiado en el área de EPT, dedicando este tiempo a las actividades que recomiendan las autoridades del sector.
r) Otras inherentes a su cargo.
k.
Orientar a los docentes para que informen los avances de los aprendizajes de sus hijos en las asambleas de padres de familia de aula.
l.
Como jerarca, da el ejemplo de respeto, cortesía y buen trato a los padres de familia, profesores, estudiantes, personal administrativo y de servicio. Asimismo garantiza que su despacho brinde la atención al usuario en las horas de atención establecidas.
m) Sistematizar los resultados del monitoreo y realizar los análisis del caso, con la finalidad de identificar fortalezas y debilidades de los docentes. Con dicha información obtenida organizar acciones de interaprendizaje, co aprendizaje, talleres, capacitaciones u otras estrategias que permitan afrontar las debilidades identificadas. n) Informar mensualmente a la Subdirección los resultados de su labor de acompañamiento, monitoreo y asesoramiento realizado, para que se pueda sistematizar, tener un diagnóstico institucional y organizar actividades para mejorar los aprendizajes de los estudiantes. o) Realizar al menos una vez al mes reuniones colegiadas donde se reflexione sobre los avances de los aprendizajes de los estudiantes, contando con los insumos del caso (registros de notas, resultados del monitoreo, etc.), para elaborar los planes de mejora.
Art. 51°.- FUNCIONES DE LOS JEFES DE TALLER a.
Responsabilizarse directamente del mantenimiento, funcionamiento y mejora de los talleres, gestionando la provisión de insumos, reparaciones y otras necesidades propias de los talleres de EPT.
b.
Garantizar la presentación de al menos 01 proyecto de innovación pedagógica en el área de EPT.
c.
En equipo con el Subdirector de EPT: revisar, hacer observaciones y colocar el visto bueno a las programaciones anuales, unidades didácticas y sesiones de aprendizaje de la totalidad de los docentes de EPT, garantizando que todos los docentes cuenten con su planificación curricular antes del inicio de las sesiones de aprendizaje.
d.
Acompañar, monitorear y asesorar al personal docente a su cargo. Registrar documentadamente las acciones de asesoramiento pedagógico realizado.
m. Impulsar el cumplimiento de las normas de convivencia institucional y de aula, así también del plan ambiental y del plan de gestión de riesgos de desastres. n.
Monitorear el buen uso del tiempo pedagógico en el aula, el cumplimiento del Plan Estratégico de Mejoramiento de la Disciplina, el cumplimiento del Plan Ambiental y elevar a la Subdirección de EPT los informes correspondientes.
o.
Garantizar que las secciones a donde no asistió el docente por horas realice actividades de aprendizaje.
p.
Otras inherentes a su cargo.
Art. 52º.- FUNCIONES DE LOS DOCENTES
i)
Las funciones de los docentes de la Gran Unidad Escolar “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz están establecidas en los 40 desempeños que contiene el Marco del Buen Desempeño Docente, aprobadamediante Resolución Ministerial N° 0547 2012 ED. Adicionalmente en esta institución educativa los docentes tienen como funciones:
Permanecer en su aula en la hora que corresponde. Queda terminantemente prohibido el uso de celulares en horas de clase, el mismo que debe permanecer apagado.
j)
Colaborar con los auxiliares de educación para lograr la ordenada y cívica participación de los estudiantes en toda actividad que se realice con la participación de los estudiantes.
k)
Velar por el buen estado de conservación de los bienes, instalaciones, infraestructura, mobiliario y material educativo de las aulas donde imparte aprendizajes y de la Institución Educativa.
a)
Asistir en forma obligatoria a las formaciones, actuaciones cívico - patrióticas y religiosas colaborando en el orden y la disciplina de los estudiantes. b)
c)
d)
e)
f)
Asistir en forma obligatoria a las asambleas y reuniones técnicopedagógicos que fueran convocadas por la Dirección u otros órganos educativos, hasta la culminación de la misma. Organizar el comité de aula como profesor tutor del nivel primario, con la finalidad de mantener la comunicación permanente con los padres de familia sobre la conducta y los aprendizajes logrados por sus hijos. En primaria el registro de la asistencia del docente es hasta las 7.25 a.m., para que la sesión de aprendizaje pueda iniciarse a las 7:30 a.m. De acuerdo a lo que establece la Resolución de Secretaría General Nº 326-2017MINEDU la tardanza es el ingreso al centro de trabajo después de la hora establecida, independientemente de los minutos que sean. El docente de primaria debe dejar expedito (y limpio) el aula para el uso del nivel secundario a más tardar a las 12.35 p.m. En secundaria el registro de la asistencia del docente es hasta las 12.40 p.m., para que la sesión de aprendizaje se inicie a las 12.45 p.m. El docente de secundaria debe dejar expedito (y limpio) el aula a más tardar a las 6.20 p.m., para que los auxiliares de educación vigilen la salida de los estudiantes. El docente que programe sesiones fuera de su horario, debe obtener la autorización escrita de la Subdirección que corresponda y se responsabiliza de la seguridad de los estudiantes a su ingreso y salida de la sesión realizada.
g)
Conformar las distintas comisiones para lo que son elegidos y asumir como propio el Plan Estratégico de Mejora de la Disciplina de la Institución, así como el Plan Ambiental. Del mismo modo los demás planes que se elaboren.
h)
Presentar un informe detallado de las actividades realizadas así como también un balance de los ingresos y egresos de la promoción a su cargo; del mismo modo los demás tutores que realizaron actividades.
Art. 53°.-FUNCIONES DE LOS DOCENTES DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA Y CENTRO DE RECURSOS TECNOLÓGICOS Las funciones del docente de AIP y CRT están establecidas en la DIRECTIVA 040-2010-VMGP-DIGETE, adicionalmente en esta institución educativa tiene las siguientes funciones: a.
Dar mantenimiento permanente a los equipos tecnológicos a su cargo, al sistema de redes, a las instalaciones eléctricas y al sistema de internet, garantizando que se le pueda dar uso en cualquier momento.
b.
Garantizar que los equipos tecnológicos cuenten con el filtro de protección contra pornografía e información dañina para los estudiantes y docentes.
c.
Gestionar la mejora en la implementación de las aulas de innovación pedagógica.
d.
Presentar al menos un proyecto de innovación pedagógica con el uso de las tecnologías de la información y la comunicación al año.
e.
Asegurar que en las reuniones colegiadas de planificación curricular de las áreas, se prevea el uso de las aulas AIP, de tal forma que para usar el aula AIP debe haberse previsto en la unidad didáctica.
f.
Contar, al inicio de cada bimestre, con copia de las unidades didácticas de los docentes donde se prevea el uso del aula AIP.
g.
Programar en coordinación con las subdirecciones y docentes, el cronograma de uso de aula de innovación pedagógica. Publicar en lugar visible dicho cronograma.
h.
Desarrollar al menos dos capacitacionesal año dirigidos a los docentes y/o administrativos, sobre en el uso de las TICspara mejorar los aprendizajes de los estudiantes.
b.
Gestionar con la debida anticipación la dotación de medicinas, instrumentos y los insumos necesarios para su labor.
i.
Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el aprovechamiento educativo de las TICs.
c.
Mantener el directorio actualizado del SAMU, de los bomberos, del Hospital Víctor Ramos Guardia” de Huaraz y del Hospital de ESSALUD, del Serenazgo y de otras entidades que atienden emergencias..
j.
Llevar el inventario de los equipos tecnológicos y los materiales del aula de innovación pedagógica a su cargo, dar cuenta periódicamente a la Subdirección Administrativa.
d.
Coordinar con ESSALUD y otras entidades las campañas preventivas de salud para todos los trabajadores de la Institución.
e.
Identificar y atender estudiantes o personal de la Institución con problemas de salud, brindándole los primeros auxilios o las primeras atenciones.
f.
Publicar en lugar visible su número telefónico para ubicársele en caso de emergencias.
g.
Gestionar convenios con otras entidades para estudios de salud que beneficien a los estudiantes y a los trabajadores, tales como los índices de desnutrición, enfermedades endémicas, etc.
Presentar a la Subdirección de Formación General del Séptimo Ciclo su Plan de Actividades a desarrollar el presente año.
h.
Mantener actualizadas las fichas de salud de cada estudiante, registrando los datos relevantes sobre su salud y su psicología.
Organizar y ensayar a los alumnos integrantes de la banda de músicos de la Institución.
i.
Controla de signos vitales y diuresis según la planificación de enfermería.
Art. 54°.- FUNCIONES DEL DOCENTE DEL TALLER DE BANDA DE MÚSICA: a)
b) c)
Presentar a la Subdirección de Formación General del Séptimo Ciclo su debida planificación curricular, en base a las competencias, estándares y desempeños del área de arte, que desarrollará con los estudiantes de su taller.
d)
Responsabilizarse de la conservación y mantenimiento de los instrumentos de la banda de músicos del colegio.
j.
Registra su asistencia, su permanencia y el cumplimiento de sus funciones en la Subdirección de Formación General Sexto Ciclo.
e)
Asistir con la banda de músicos a las ceremonias, ensayos y desfiles en que el colegio participe oficialmente, previa autorización de la Dirección.
k.
Su horario de trabajo es de 12.45 p.m. a 6.15 p.m., debiendo registrar su asistencia hasta antes de las 12.40 p.m.
f)
Elaborar el Reglamento de la Banda de Músicos de la Gran Unidad Escolar “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz.
l.
Establece un sistema de alerta de casos a atender con el Coordinador(a) de Tutoría y Convivencia Democrática, los auxiliares de educación y Subdirección de Formación General Sexto Ciclo.
g)
Mantener al día el inventario de su taller e informar dos veces al año a la Subdirección Administrativa.
h)
Participar en los Juegos Florales Nacionales Escolares con la banda de música de la Institución.
Art. 55°.- FUNCIONES DEL RESPONSABLE DE TÓPICO a. Presentar en la semana de la planificación el plan de trabajo del tópico de la Institución.
Art. 56°.- FUNCIONES DE LOS DOCENTES TUTORES Las funciones de los docentes tutores están establecidas en la Directiva Nº 03432010-ED. Adicionalmente en esta institución educativa son sus funciones: a)
Entregar al Subdirector del ciclo de la EBR que corresponda, su plan tutorial de aula.
b)
Conformar el Comité de Aula con padres de familia.
c)
Propiciar asambleas de aula con los estudiantes para trabajar competencias de ciudadanía y autorregulación de su comportamiento.
d) e)
f)
g)
h)
Establecer de manera colegiada las competencias a evaluar para la calificación de la nota de comportamiento. En secundaria responsabilizarse de colocar la nota de comportamiento de los estudiantes, solicitando informe al auxiliar de educación de la sección a calificar. Coordinar estrechamente con el Comité de Tutoría y Convivencia Democrática las acciones tutoriales a realizar, en base al plan tutorial institucional. Contar con un sistema de registro y seguimiento de los datos relevantes de los estudiantes, el cual deberán presentar ante el Coordinador de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar para su supervisión. Apoyar y controlar la participación de sus tutoriados en las actividades cívicas patrióticas (desfiles), deportivas, culturales, científicas y otros.
i)
Participar en las reuniones de tutores.
j)
Presidir y ser responsable de las reuniones que los comités de aula que se realicen y de las escuelas de familias que se concreten.
k)
Derivar casos a la Coordinación de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar y/o al SISEVE.
Art. 57°.-FUNCIONES DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN En la Gran Unidad Escolar “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz la labor del auxiliar de educación es esencialmente formativa, correspondiéndole realizar acciones de acompañamiento escolar y vigilancia de los estudiantes; reafirmando los valores morales y apoyando en consolidar la autoestima del estudiante; su formación y ejercicio de la ciudadanía, actuando en situaciones que vulneren los derechos humanos de los estudiantes (agresiones, maltrato, abuso sexual, acoso, maltrato entre alumnos, consumo de bebidas alcohólicas o de estupefacientes) y fortaleciendo la cultura de paz, a través de la solución pacífica de conflictos. En la parte disciplinaria, el Auxiliar de educación debe inculcar en los estudiantes la construcción de una comunidad democrática; el aprendizaje de las normas y pautas de convivencia social en armonía con los valores éticos. Además, de orientar el conocimiento y la práctica de las normas de convivencia escolar. Las funciones del auxiliar de educación están establecidas en el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, D.S. Nº 004-2013-MINEDU y en la Resolución Vice Ministerial
Nº 052-2016-MINEDU, complementada por el D.S. Nº 008-2014-MINEDU. Adicionalmente en esta institución educativa son funciones del auxiliar de educación: a.
Convertirse en el eje principal para concretar el Plan Estratégico de Mejora de la Disciplina de la Institución, así como para concretar el Plan Ambiental de la Institución.
b.
Inculcar en los estudiantes la práctica efectiva de hábitos de responsabilidad, disciplina, puntualidad, trabajo, estudio, higiene y solidaridad entre sus compañeros.
c.
Vigilar que los estudiantes causen deterioros en los muebles, carpetas, material didáctico y bienes de la institución educativa, informando a la Subdirección Administrativa para que realice el cobro a los padres de familia.
d.
Enseñar con el ejemplo, ser en todo momento referente de disciplina, orden y práctica de valores morales para los educandos.
e.
Comunicar oportunamente las directivas, citaciones y demás disposiciones a los estudiantes.
f.
Apoyar la estrategia para entrega de libreta de notas a los padres de familia y apoyar la realización de las escuelas de familias.
g.
En el marco de la estrategia de vigilancia de la seguridad de los estudiantes, no permitir que hayan estudiantes fuera de la formación o de sus aulas, cuando se trata de actividades permanentes o clases, asimismo asegurarse que ningún estudiante permanezca dentro de la institución una vez haya culminado la jornada, es decir después de las 6.15 de la tarde.
h.
Informar, bajo responsabilidad, al Coordinador de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolaro a la Dirección cualquier caso de afectación a los derechos de los estudiantes, o incidente serio relacionado a agresiones, abusos, consumo de bebidas alcohólicas o de estupefacientes.
i.
Llevar el registro de las agendas escolares, recogiendo y entregándolos a los estudiantes diariamente.
j.
Realizar la revisión de las normas de convivencia del aula en la sección donde ha inasistido el docente, brindando las recomendaciones orientadas a la formación ciudadana del estudiante y la autorregulación de su comportamiento.
TÍTULO IV GESTIÓN ADMINISTRATIVA CAPÍTULO XII DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
Art. 59°.-FUNCIONES DE LOS AUXILIARES DE LABORATORIO Dependen estructuralmente de la Subdirección Administrativa de la Institución. Sus funciones son: a.
Mantener el orden e higiene de materiales, instrumentos, equipos y mobiliario del laboratorio a su cargo.
b.
Apoyar en las prácticas con la preparación antelada de los materiales, instrumentos, equipos, muestras y registros de análisis en el laboratorio.
Art. 58°.- FUNCIONES DE LOS AUXILIARES DE BIBLIOTECA Depende estructuralmente de la Subdirección de Administración de la Institución Educativa, siendo sus funciones:
c.
Llevar actualizado el registro de fichas de práctica de laboratorio.
a)
Codificar, ordenar y mantener sistematizados los textos que existen en la biblioteca.
d.
Participar activamente en todas las acciones pendientes a garantizar el éxito de la Feria de Ciencias.
b)
Elaborar un sistema de atención al usuario de la biblioteca, que permita prestar ordenadamente los textos y controlar la salida y retorno de los mismos.
e.
Reemplazar al docente en caso de ausencia, cuando las prácticas de laboratorio estén programadas.
f.
Llevar el inventario actualizado de los materiales, instrumentos, equipos y demás enseres de laboratorio, así mismo de las altas y bajas, siendo en plenitud responsables de los enseres del laboratorio.
g.
Llevar el cuaderno de registros de prácticas del laboratorio, así como proporcionar las hojas de prácticas anticipadamente y debe ser visado diariamente por el sub director.
h.
Elaborar el cuadro de requerimientos de materiales, herramientas y reactivos.
i.
Recibir los equipos, materiales e insumos una vez concluida la práctica, verificando el estado en el que se encuentran y ubicarlos en su respectivo lugar, informar de alguna baja si la hubiere.
c)
d)
Elaborar un sistema que permita que el usuario de la biblioteca pueda tener conocimiento de la totalidad de textos con las que se cuenta y pueda elegir un texto de acuerdo a la codificación que tiene. Presentar un plan a la Dirección, fijando el plazo que le tomará organizar e implementar lo establecido en los literales anteriores.
e)
Llevar actualizado el inventario del material bibliográfico, muebles y demás enseres con que cuenta la biblioteca.
f)
Elaborar el reglamento de la Biblioteca Escolar y presentarlo a la Dirección para su aprobación.
g)
Participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro de materiales de lectura y otras que ingresen a la biblioteca. j.
h)
Prestar ordenada, documentada y diligentemente los textos que existen en la biblioteca, para el uso de docentes y estudiantes, registrando el retorno de los textos prestados.
Elaborar y difundir normas, cartillas y carteles de seguridad (acerca de los reactivos).
k.
Al término de su turno comprobar la existencia de materiales asegurando las llaves de servicios: agua, luz, gas y las puertas.
Brindar el apoyo a la recepción y entrega de textos a los estudiantes, la cual estará cargo de la comisión respectiva.
l.
Otras contempladas en las normas específicas.
i) j)
Recibir los textos usados por los estudiantes una vez culminado el año escolar.
k)
Otras funciones propias del cargo.
Art. 60°.-FUNCIONESDEL(A) RESPONSABLE DEL SIAGIE
Depende estructuralmente de la Dirección de la Institución Educativa, siendo sus funciones: a)
Administrar el sistema SIAGIE en todos los aspectos, guardando absoluta reserva de la contraseña y coordinando directamente con la Dirección.
b)
Realizar el cierre del año escolar, la matrícula de estudiantes, la matrícula extemporánea y otras a través del sistema SIAGIE.
c)
Atender los trámites administrativos referidos a actas de evaluación, certificados de estudios, preparación y elaboración de los mismos en forma oportuna.
d)
Elaborar las actas de recuperación, subsanación y finales de evaluación académica, en forma impecable y oportuna.
e)
Gestionar los formatos de título, certificados, Carnés de Estudiante y demás documentos.
f)
Brindar información a los padres de familia respecto a las notas registradas en el SIAGIE.
g)
Mantener el debido archivo de los documentos a su cargo.
Art 61°.-FUNCIONES DE LA UNIDAD DE TRÁMITE DOCUMENTARIO a.
Recibir expedientes, registrarlos debidamente y tramitarlos dentro del plazo de Ley, bajo responsabilidad.
b.
Atender y realizar el trámite administrativo interno y externo de la Institución, llevando el control de la documentación emitida, recibida y velar por el mantenimiento de los archivos tanto académicos como administrativos.
c.
Disponer el sistema de trámite documentario, así como el registro respectivo, efectuando posteriormente su seguimiento.
d.
Recibir, registrar, clasificar y distribuir toda la documentación recibida en el plazo establecido en la Ley.
e.
Apoyar, colaborar y reemplazar al responsable de la Unidad de Certificación y Actas.
f.
Elaborar y expedir certificados de estudio y otros documentos afines.
Art 62°.-FUNCIONES DE LA SECRETARIA DE DIRECCIÓN a)
Preparar la documentación para el despacho con el director.
b)
Controlar y orientar el adecuado funcionamiento del trámite documentario y del archivo.
c)
Llevar el registro y control de la documentación que recibe y emite el centro educativo.
d)
Atender y orientar al público.
e)
Elaborar las actas de reuniones y sesiones que convoque el director.
f)
Mantener en reserva y bajo extrema seguridad toda la documentación de la Dirección.
g)
Recibir, clasificar, registrar, distribuir y archivar la documentación que corresponde a la Dirección.
h)
Preparar y redactar la documentación oficial de la I.E. para fines correspondientes.
i)
Mantener actualizado el archivo de los documentos de la Dirección.
j)
Ser ejemplo de puntualidad, pulcritud, modestia y sinceridad, brindando un trato cordial y amable al usuario.
k)
Mantener actualizada la agenda de las acciones y tareas a cumplir por el Director.
l)
Mantener el archivo de actas promocionales de ambos niveles.
m)
No abandonar su oficina en horas de trabajo.
n)
Otras acciones inherentes al cargo o que le asigne el Director.
Art 63°.- FUNCIONES DE LAS SECRETARIAS DE SUBDIRECCIÓN a)
Preparar la documentación para el despacho de los subdirectores.
b)
Controlar y orientar el adecuado funcionamiento del trámite documentario y del archivo.
c)
Llevar el registro y control de la documentación que emite el centro educativo.
d)
Atender y orientar al público.
e)
Elaborar las actas de reuniones y sesiones que convoquenlossubdirectores.
f)
Mantener en reserva y bajo extrema seguridad toda la documentación de las subdirecciones.
g)
Recibir, clasificar, registrar, distribuir y archivar la documentación que corresponde a lassubdirecciones.
h)
Preparar y redactar la documentación oficial de la I.E. para fines correspondientes.
i)
Mantener actualizado el archivo de los documentos de las subdirecciones.
j) k)
Ser ejemplo de puntualidad, pulcritud, modestia y sinceridad, brindando un trato cordial y amable al usuario. Mantener actualizadala agenda de las acciones y tareas a cumplir por los subdirectores.
l)
No abandonar su oficina en horas de trabajo.
m)
Otras acciones inherentes al cargo que le asignenlos subdirectores.
Art 64°.- FUNCIONES DE LOS(LAS) OFICINISTAS a.
b.
Art 65°. FUNCIONES DEL CAJERO(A) a) Recabar, expender y registrar las especies valoradas debidamente numeradas de recursos propios de la Institución. b)
Remitir mensual y trimestralmente el informe de recaudación de los recursos propios y especies valoradas, dando cuenta a la Subdirección Administrativa y a la Dirección, para los fines contables y de rendición ante el CONEI.
c)
Remitir mensual y trimestralmente el informe de gastos incurridos, dando cuenta a la Subdirección Administrativa y a la Dirección, para los fines contables y de rendición ante el CONEI.
d)
Llevar debido archivo de los talonarios de recibos de ingreso, de los comprobantes de pago de egresos y otros documentos de ingresos propios.
Art 66°.-FUNCIONESDEL(A) INVENTARIO DE BIENES
ALMACENERO(A)
Y
RESPONSABLE
DEL
a.
Mantener actualizado y/o codificado el margesí de bienes patrimoniales y materiales pedagógicos anualmente.
muebles,
b.
Elevar a la UGEL los documentos referidos al inventario de bienes de la Institución.
c.
Elaborar los documentos tales como: Órdenes de Compra, Notas de Entrada, registro de salida de materiales y/o pedido de comprobante de salida (PECOSA) y llevar actualizado el control visible de los artículos almacenados e informar al Jefe inmediato, la existencia en Stock de los artículos necesarios para su adquisición.
d.
Elaborar certificados de estudios, constancias y certificados de comportamiento. El trabajador administrativo se responsabiliza de los informes que emite.
Velar por el mantenimiento y custodia de los inmuebles, instalaciones, mobiliario y enseres de la institución.
e.
Registrar y lleva el control de los alumnos que no han ratificado su matrícula y de los alumnos retirados.
Elaborar, actualizar y verificar el Inventario de bienes muebles y enseres de la institución anualmente y elevar a la superioridad.
f.
Verificar la conformidad de los artículos remitidos por los proveedores de acuerdo con las especificaciones de la orden de Compra y realizar el internamiento de las mismas, archivando la copia de las pecosas, en coordinación con la Comisión de Gestión de Recursos y Espacios Educativos y Mantenimiento de Infraestructura.
c.
Velar por el orden y conservación de los archivos de las actas.
d.
Otras funciones que le asigne el Subdirector Administrativo.
g.
Registrar y mantener al día los libros de altas y bajas, e inventario de las bienes en coordinación con el Subdirección Administrativa.
c.
Mantener permanentemente limpios los laboratorios, talleres y demás espacios de la Institución.
d.
Efectuar la limpieza una vez al día de las oficinas administrativas de la Institución.
e.
Controlar permanentemente el ingreso y salida de las personas por la puerta principal, siendo necesario identificar plenamente a la persona que ingresa o sale, anotando su número de DNI, el cual debe ser mostrado al trabajador y este debe haber verificado que dicho DNI le corresponde a la persona que ingresa o sale. Abandonar el control constituye falta sancionable.
f.
Cumplir con los turnos programados, registrando las incidencias y casos en el cuaderno de ocurrencias.
g.
Impedir el ingreso a personas ajenas a la institución en horas de clase, salvo autorización expresa de las autoridades correspondientes.
h.
Controlar el ingreso y salida del alumnado de acuerdo al horario establecido.
Art 67°.-FUNCIONES DE LOS TRABAJADORES DE SERVICIO II Y III Son funciones de los trabajadores de servicio II y III, los establecidos en la Resolución Ministerial Nº 0091-2012-ED: A.
B. C.
Controlar y custodiar el local escolar de la Gran Unidad Escolar “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz, sus equipos y materiales, bajo responsabilidad. Controlar y custodiar el ingreso y salida de las personas que asisten a este local escolar, bajo responsabilidad. Realizar labores de conserjería, guardianía y seguridad del local escolar y sus bienes.
D.
Emitir informes correspondientes a su función y llevar registros de documentos.
i.
Cumplir con las funciones que le asigne el Director, subdirectores, personal jerárquico y docente.
E.
Desarrollar actividades de limpieza, mantenimiento, seguridad y vigilancia de la infraestructura y equipamiento de esta institución educativa, bajo responsabilidad.
j.
Controlar que los muebles, enseres y otros bienes que salen de la Institución Educativa cuenten con la autorización oficial del Director.
F.
Ayudar en la confección e instalación requerida por la autoridad competente.
k.
Velar por el mantenimiento y conservación de los bienes, enseres, materiales, herramientas y/o implementos de trabajo del plantel.
G.
Operar equipos de seguridad de la institución educativa.
l.
Hacer trabajos de mantenimiento, conservación de instalaciones y mobiliario.
H.
Controlar y velar por el mantenimiento y la conservación del mobiliario escolar y los bienes de la institución educativa.
m.
Mantener y cuidar las áreas verdes en coordinación con el guardián, como también de los campos deportivos.
I.
Guardar reserva y confidencialidad en el desarrollo de sus funciones, así como en las gestiones y trámites encomendados.
n.
Elaborar informes por escrito de todos los incidentes e imprevistos que se dan dentro y fuera del plantel durante su jornada de trabajo, presentándolo por mesa de partes.
o.
Apoyar en las tareas de distribución de documentos dentro y fuera de la Institución Educativa.
p.
Realizar traslados de muebles, equipos y otros enseres.
q.
Mantener cerrada las aulas en las horas y días no laborales, garantizar que estén abiertas a tiempo cuando son horas de clase.
En ese marco, mediante este reglamento se establecen las siguientes funciones: a. b.
Mantener permanentemente limpios los servicios higiénicos de estudiantes y de docentes de esta institución educativa, bajo responsabilidad. Mantener permanentemente limpios las aulas de la institución educativa, bajo responsabilidad.
r.
Controlar que el padre o apoderado no interrumpa en las horas de dictado de clases.
s.
El ingreso de los padres o apoderados para la consulta y/o informes a los profesores se canaliza por la subdirección o Dirección del plantel.
t.
No permitir el ingreso a la Institución Educativa en los días no laborables y días de clases a ninguna persona extraña.
u.
Permitir el ingreso de vehículos a la institución, sólo con autorización.
v.
Portar un uniforme adecuado para su trabajo.
CAPÍTULO XIII PREMIOS, ESTÍMULOS Y SANCIONES Art 68°.- DEL RECONOCIMIENTO AL MÉRITO Y ESTÍMULOS A DOCENTES En concordancia con lo establecido por el artículo 76 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, D. S. Nº 004-2013-ED, corresponde otorgar premios y estímulos a los docentes cuando: a.
b.
Representa de manera destacada a la institución educativa o a la instancia correspondiente en certámenes culturales, científicos tecnológicos o deportivos a nivel provincial, regional, nacional o internacional. Resulte ubicado entre los tres (03) primeros puestos de cualquier concurso de alcance regional, nacional e internacional, organizado o patrocinado por el MINEDU o el Gobierno Regional.
c.
Asesore a estudiantes que resulten ubicados entre los tres (03) primeros puestos de cualquier concurso regional, nacional e internacional, organizado por instancias del MINEDU.
d.
Realiza acciones sobresalientes en beneficio de la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada o de la comunidad educativa a la que pertenece y dichas acciones sean respaldadas por el CONEI correspondiente o el que haga sus veces
En la Institución se otorga como premio o estímulo: a)
Resolución de reconocimiento.
b)
Diploma de honor.
c)
Mención honrosa.
d)
Otras que la Dirección de la Institución Educativa gestionará ante las autoridades superiores para el reconocimiento con Resolución de Felicitación al personal docente y administrativo.
Art. 69°.-RECONOCIMIENTO AL PERSONAL ADMINSITRATIVO Los trabajadores que se desempeñan sobresalientemente, identificándose con la Institución, serán reconocidos con estímulos otorgados por la Dirección de la Institución, por los siguientes criterios: a.
Por su record de puntualidad y asistencia, incrementada por labores realizadas fuera de su horario de trabajo.
b.
Por su aporte extraordinario a la Institución, verificable en construcciones, trabajos de mejora del colegio, o servicio fuera de sus funciones, realizado durante un tiempo meritorio.
c.
Otras que el Director o el equipo directivo considere que debe ser reconocido.
Art. 70°.-PREMIOS Y ESTÍMULOS PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO a)
Resolución de reconocimiento
b)
Diploma de honor.
Art. 71º.- SANCIONES El incumplimiento de las funciones asignadas en el presente reglamento será considerado incumplimiento de deberes establecidos en el artículo 40 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, y será sancionado por la Dirección de la institución educativa mediante memorándum de llamada de atención, en caso de reincidencia corresponderá la aplicación de lo dispuesto en el artículo 79 y siguientes del D. S. Nº 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. Art. 72º.- Para los auxiliares de educación y para el personal administrativo, en caso de reincidencia se aplica el Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil.
CAPÍTULO XIV LICENCIAS Y VACACIONES Art. 73°.-Las licencias a docentes se otorgan de acuerdo a lo establecido por el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, D. S. Nº 004-2013-MINEDU y al personal administrativo de acuerdo al D. L. 276, Ley de Bases de la Carrera
Administrativa y demás normas complementarias. En la institución educativa, excepcionalmente procederá justificar la asistencia a un hospital de ESSALUD en Lima con la constancia de atención, siempre y cuando dichas horas no laboradas sean compensadas en coordinación con el subdirector que corresponda. Art. 74°.-La Dirección del plantel emitirá oportunamente la Resolución Directoral Institucional aprobando el rol de vacaciones del personal administrativo y del equipo directivo. Las vacaciones del personal docente están normadas por su Ley.
CAPÍTULO XV PROHIBICIONES Art. 75°.-DE LAS PROHIBICIONES A LOS TRABAJADORES Queda totalmente prohibido a los trabajadores de la GUE “Mariscal Toribio de Luzuriaga” de Huaraz: a.
Asistir a trabajar en estado de ebriedad, ingerir bebidas alcohólicas dentro de la Institución o fumar dentro del plantel.
b.
Protagonizar escándalo, desordenes o peleas dentro de la institución.
c.
Realizar propaganda o actividades políticas partidarias de cualquier índole en la institución.
d.
Utilizar el nombre de la Institución sin autorización, para actividades particulares.
e.
Vender cualquier tipo de textos.
f.
Comercializar insignias, gorros, buzos, chalecos dentro de la Institución.
g.
Pedir a los estudiantes realizar mandados para satisfacer necesidades personales del trabajador de la Institución.
h.
Realizar actividades bulliciosas, que generen la distracción, en horas de clases.
i.
Consumir cualquier tipo de estupefacientes dentro de la Institución o ingresar al plantel intoxicado con ellas.
j.
Propiciar chismes, calumnias o incentivar el conflicto y el divisionismo en el plantel.
Art. 76°.- PROHIBICIONES A LOS TUTORES DE AMBOS NIVELES a) Programar reuniones fuera del plantel.
b)
Realizar paseos sábados, domingos y/o feriados, a excepción de los viajes de estudio debidamente autorizados.
Art. 77°.- PROHIBICIONES DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN Queda totalmente prohibido a los Auxiliares de Educación: a.
Castigar físicamente a los estudiantes por ningún motivo.
b.
Encubrir algunas faltas de los estudiantes por amistad o por otras razones.
c.
Permanecer en oficinas, sala de profesores, kioscos u otros lugares, conversando en horas de trabajo o haciendo cualquier otra actividad ajena a sus funciones.
d.
Recibir prebendas de los estudiantes, padres de familia o apoderados.
e.
Permitir el ingreso a las aulas de personas extrañas Educativa.
f.
Confiscar algún objeto de valor a los estudiantes, salvo que se trate de artefactos o sustancias prohibidas o que pongan en peligro al resto de estudiantes.
a la Institución
Art. 78°.- PROHIBICIONES AL PERSONAL DE SERVICIO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Queda totalmente prohibido a los trabajadores de servicio: a) Usar para beneficio propio, las instalaciones e implementos de la Institución. b)
Salir de la Institución en horas de trabajo sin permiso.
c)
Contratar la realización de trabajos extras para la Institución con la que tiene vínculo laboral.
d)
Sacar de la Institución los materiales, herramientas u otros objetos sin autorización.
e)
Realizar trabajos en la Institución para beneficio propio o de terceras personas.
CAPÍTULO XV HORARIO DE ENTRADA Y SALIDA DE LOS TRABAJADORES Art. 79°.-El horario de trabajo para los trabajadores es como sigue: 1.
2.
El horario de trabajo de los directivos es de ocho horas cronológicas diarias, cada directivo publicará su horario de trabajo en la puerta de su despacho. Su horario se fija en función de las responsabilidades que debe atender. El horario trabajo de los docentes, de acuerdo al nivel y turno es como sigue:
3.
Para el turno de mañana, nivel primario: se inicia a las 7.30 a.m. hasta las 12.30 p.m. Para el turno tarde, nivel secundario: se inicia a las 12.40 y culmina a las 6.15 p.m.
Art. 81º.- Los Subdirectores publicarán el informe de Inasistencias del personal a su cargo mensualmente, durante dos días, para luego elevar el informe a la Dirección. Art. 82º.- Constituye falta sancionable con llamada de atención no asistir o llegar con tardanza a las actuaciones centrales de la Institución.
CAPÍTULO XVI HORARIO DE ENTRADA Y SALIDA DE LOS ESTUDIANTES Art. 83º.- El horario de entrada y salida de los estudiantes es de la siguiente manera:
Para el turno de mañana, nivel primario: la entrada es hasta las 7.25 a.m. y la salida es a las 12.30 p.m. Está prohibido permanecer en el aula después de 05 minutos de la salida.
Para el turno de tarde, nivel secundario: la entrada es hasta las 12.35 p.m. y la salida es a las 6.15 p.m. Está prohibido permanecer en el aula y en la Institución después de la salida.
El registro de la asistencia debe hacerse hasta 5 minutos antes del inicio de la jornada, teniendo en cuenta el desplazamiento que debe hacer el docente hasta el aula.
CAPÍTULO XVII DE LOS ESTUDIANTES
El horario de trabajo para los auxiliares de educación se inicia a las 12.30 p.m. y concluye a las 18.30 p.m., debiendo registrar su asistencia hasta antes de las 12.25 p.m.
Art. 84°. – ASISTENCIA, PERMANENCIA Y TARDANZA
4.
Los trabajadores administrativos trabajan en horarios de acuerdo a la función que cumplen. El horario de trabajo de cada grupo de trabajadores administrativos será fijado mediante memorándum emitido por el Director. Se debe publicar su horario de trabajo en la puerta de la oficina donde laboran.
5.
Los trabajadores de servicios trabajan en horarios de acuerdo a la función que cumplen. El horario de trabajo de cada grupo de trabajadores de servicio es fijado por el Director mediante memorándum. Se debe publicar su horario de trabajo en la puerta de la oficina de la Subdirección Administrativa.
Art. 80º.- Constituye falta sancionable abandonar el puesto de trabajo sin la autorización escrita del jefe inmediato superior mediante la papeleta de salida, sin perjuicio del descuento que corresponde.
1) Los estudiantes tienen la obligación de asistir diariamente y puntualmente a todas las clases programadas, trayendo sus textos y útiles escolares. 2) La justificación de la inasistencia del estudiante deberá ser solicitada por escrito, por el padre o apoderado, con los documentos probatorios y en el plazo razonable. En los casos que amerite, se pueden admitir justificaciones mediante llamadas telefónicas o mediante algún medio virtual. 3) Pasados los primeros 05 minutos del inicio de las clases, el estudiante que asistió con tardanza deberá esperar que culmine la sesión de aprendizaje programada, para poder ingresar al aula, sometiéndose a las sanciones previstas en los acuerdos de convivencia de su aula. 4) El no ingreso a las clases a pesar de haber asistido, se considera como falta grave. Este caso deberá ser informado a sus padres/tutores/encargados legales y al Comité de Tutoría y Convivencia Democrática para que imponga la sanción que acuerde. La reincidencia remite automáticamente al estudiante a recibir sanción disciplinaria.
5) Se consideran tardanza el ingreso a la institución educativa después de la hora de entrada, en cuyo caso se aplica el numeral 3) del artículo 84 del presente reglamento.
c).- Recibir en forma gratuita los servicios educativos en la Institución de acuerdo a las normas de la Ley General de Educación y su reglamentación; Decreto Supremo 013, y el Código del niño y el adolescente. d).- Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes. e).- Gozar de todos los beneficios que ofrece el colegio. f).- Participar en certámenes internos y externos de carácter escolar. g).- Editar boletines, periódicos murales, revistas e informativos, bajo el asesoramiento de los profesores y de los asesores de orientación y bienestar del educando y actividades. h).- Efectuar reclamos respetuosamente a las autoridades de la Institución y por conducto regular. i).- Pedir clara información de los conceptos, emitidos por el profesor con respeto y sin ánimo de burla. j).- Consultar acerca de los temas tratados y de actualidad a los profesores. k).- Conocer permanentemente los resultados de las evaluaciones l).- Participa activamente en las comisiones cívico escolar. m).-No recibir castigos físicos y/o morales que dañen su autoestima. n).- Recibir apoyo de las organizaciones estudiantiles, a través de los Municipios Escolares, fiscalías escolares y brigadistas de Defensa Civil. o).- Publicar las notas de los alumnos trimestralmente en el periódico mural u otro medio de comunicación.
6) La inasistencia recurrente del estudiante o la tardanza frecuente amerita citación a sus padres/tutores/encargados legales y al Comité de Tutoría y Convivencia Democrática para que imponga la sanción que acuerde. 7) No está permitido salir de la Institución durante las horas de clase, recreos, receso y/o en caso de ausencia del docente. Hacerlo constituye falta grave, por lo que el caso deberá ser remitido al Comité de Tutoría y Convivencia Democrática. 8) No está permitido salir del aula durante las horas de clase. Hacerlo amerita aplicar la sanción prevista en los acuerdos de convivencia del aula. 9) En las horas educación física los estudiantes deben esperar al docente en su salón de clases, para el control y recomendaciones del caso y luego acompañados por el docente - se trasladarán al lugar que indique el profesor. 10) Si algún estudiante – por motivo justificado - tuviera que retirarse antes de la hora de salida, deberá hacer de conocimiento del docente y este deberá hacer conocer al Coordinador de Tutoría y convivencia Democrática o al Subdirector(a). 11) El estudiante tiene pleno derecho a solicitar permiso para ir a los servicios higiénicos, el docente puede disponer algún orden para este permiso, considerando siempre la urgencia de las necesidades fisiológicas. 12) No está permitido dar permiso al estudiante para sacar fotocopias u otras acciones similares. El estudiante y el docente deben prever estas situaciones antes de la sesión de aprendizaje.
CAPÍTULO XVIII DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Art. 85°.- TODO ESTUDIANTE LUZURIAGUINO TIENEN DERECHO A a. Ser formado integralmente y lograr desarrollar las competencias y estándares establecidos en el perfil del estudiante. b. Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado de las disposiciones que le conciernen como estudiantes. b).-
CAPITULO XIII DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. Art. 83°.-Deberes de carácter académico: 1. Asistir diariamente y con puntualidad a sus clases debidamente uniformados: chompa de color rojo característico de la institución, blusa o camisa blanca, falda o pantalón azul, portar la insignia. El uniforme de Educación Física será de color rojo característico de esta área. 2. Cumplir oportunamente con la presentación de las tareas asignadas por los profesores. 3. Mantener en buen estado el mobiliario responsabilizándose de cualquier daño o perjuicio ocasionado. 4. Rendir evaluaciones en la fecha señalada. 5. Conservar en buen estado las tarjetas de información (libreta). 6. Traer diariamente el cuaderno de control desde el primer día de clases. 7. Representar la Institución en certámenes internos y externos cuando la Dirección lo determine. 8. Posponer cualquier compromiso, para cumplir con sus obligaciones escolares. 9. Cumplir con el Reglamento del laboratorio y taller de trabajo. 10. Asistir a la Institución portando la insignia en el pecho. Art. 84°.- Deberes de carácter cívico: 1. 2.
Mostrar interés por el conocimiento de nuestra historia. Afianzar la conciencia cívica patriótica.
3.
Asistir con puntualidad, respeto y corrección a las actuaciones públicas y privadas de la Institución 4. Mostrar orden y disciplina en la formación así como en los desfiles programados esta actitud será considerada como uno de los criterios de evaluación del profesor(a) que enseña en la primera hora. 5. Entonar el Himno Nacional, Himno de Huaraz e himno Institucional con fervor patriótico, esta actitud será considerada como uno de los criterios de evaluación del profesor(a) que enseña en la primera hora y los docentes de arte.
Art. 85°.-Deberes de carácter social: 1. Ser cortés, decente y educado con los mayores, ancianos, mujeres y niños. 2. Discutir o cambiar ideas, respetando las opiniones de los demás. 3. Asistir a lugares sanos de esparcimiento cultural, deportivos, recreaciones y otros. Art. 86°.-Deberes de carácter Higiénico: 1. Asistir a la Institución con uniforme escolar, sin portar prendas de vestir ajenas al uniforme como son: brazaletes, sortijas, esclavas, radios, cosméticos, celulares y otras cosas de valor. 2. Mantener el cabello bien aseado, corto en los varones y recogido o bien amarrado en las mujeres. 3. Mantener las manos limpias, así como las uñas y lustrado los zapatos. 4. No hacer inscripciones ni ensuciar el mobiliario y paredes de las aulas. 5. Mantener el aseo en todo momento. 6. Las mujeres deberán asistir con la falda hasta la rodilla y el cabello sin pintar. Art. 87°.-Deberes de carácter Moral y urbanidad: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
Brindar amor y respeto a sus padres de familia Mostrar respeto y obediencia a sus profesores, personal administrativo y de servicio. Tener respeto y consideración a sus compañeros de aula y de todo el colegio. Velar y defender el prestigio de la Institución de sus profesores y del personal en general. Manifestar siempre la verdad sin temor al peligro. Utilizar un lenguaje decente, cortés y alturado en todo momento. Ser honrado consigo mismo y con los demás. Dar preferencia dentro de los vehículos y en las veredas a las personas mayores. Respetar y cuidar el mobiliario y ambientación del aula.
Art. 88°.-FUNCIONES DE LA POLICÍA Y BRIGADA ESCOLAR: 1. Cumplir permanentemente con las tareas propias de su cargo. 2. Trabajar en estrecha coordinación con la SDFG o con el órgano Correspondiente delegado por la misma SDFG (Comisión de Disciplina). Art. 89°.-FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA POLICÍA ESCOLAR:
a) Contribuye con el control de la disciplina dentro del aula y fuera de ella. b) Apoyan a los profesores de turno a la hora de ingreso, recreo y salida. c) Brindar ayuda y apoyo a sus compañeros en caso de accidentes o casos fortuitos, conduciendo al tópico de la I.E. d) Controlan el uniforme del alumnado, su aseo personal y su conducta. CAPITULO XIV DEL RECONOCIMIENTO AL MÉRITO. Art. 90°.- La Gran Unidad Escolar “Gran Mariscal Toribio de Luzuriaga”busca promover el saber por el saber, la investigación por el descubrimiento de la verdad, el trabajo armónico en el cual cada estudiante aporta lo mejor de sí y desarrolla los aspectos más positivos de su personalidad, por ello a efectos de estimular estos valores, la institución establecerá distinciones destinadas a poner de relieve el esfuerzo de los estudiantes destacados por su rendimiento académico y por su conducta, instituyendo premios: (diplomas de mérito, resoluciones, etc). Art. 91°. Asimismo, se habilitaran, mecanismos para que los propios alumnos puedan elegir libremente a los compañeros que, en opinión de la mayoría merezcan distinciones y reconocimiento. Art. 92°. El reconocimiento al mérito académico para integrar el cuadro de honor se ajustará a las disposiciones legales establecidas por el Ministerio de Educación y el RI institucional, se tiene en cuenta a los que destaquen en forma colectiva o individual en el deporte, rendimiento, comportamiento, colaboración y otros, se hacen acreedores a los siguientes estímulos. 1. Mención honrosa 2. Felicitaciones 3. Lectura en público del orden de mérito 4. Publicación de los cuadros de mérito. Art. 93°.Los premios consisten en: 1. Permiso de promoción, diploma de honor al estudiante que haya destacado en rendimiento y ocupado el primer puesto. 2. Premio de aprovechamiento, al alumno que haya destacado en cada grado de estudio. 3. Premios de comportamiento: diploma al alumno destacado en comportamiento durante todo el año. 4. Premio de colaboración: Diploma y otros. CAPITULO XV. DE LAS PROHIBICIONES A LOS ESTUDIANTES Art. 94°. Queda totalmente prohibido a los estudiantes de la IE los siguientes actos o hechos: 1. Faltar a clases sin justificación y llegar tarde con frecuencia. 2. No entregar esquelas o citaciones cursados por la Institución a los padres de familia o apoderados.
3. Concurrir a la Institución desaseado y sin uniforme completo. 4. Apropiarse de prendas de vestir y útiles escolares de sus compañeros. 5. Arrojar papeles y otros desperdicios en el aula, patio o pasadizo. 6. Usar el uniforme escolar en lugares inapropiados y/o circunstancias ajenas al horario escolar. 7. Adulterar notas o las firmas de los padres o apoderados. 8. Emplear un vocabulario soez reñido con las buenas costumbres. 9.Efectuar rifas, bailes u otras actividades sin la autorización y permiso respectivo. 10.Entrar y salir del plantel a cualquier hora sin el permiso respectivo. 11.Caminar por el patio u ocultarse en los baños, pasadizos, kioscos en horas de clases. 12.Ingresar al baño del sexo opuesto. 13.Quedarse en los espacios libres en horas de clase e las formaciones o en la salida. 14.Quedarse en las inmediaciones de la Institución en las horas de ingreso y salida, 15.Deteriorar el mobiliario escolar. 16. Mancillar los símbolos nacionales y/o de la IE. 17. Ingerir bebidas alcohólicas o fumar. 18. Consumir y/o distribuir cualquier sustancia tóxica prohibida por las leyes del país. 19. Traer a la IE material impreso (revistas, fotos, dibujos, etc.) o magnético que atenten contra la moral y las buenas costumbres. 20. Realizar dibujos obscenos en cuadernos, paredes o pizarras. 21. Proferir términos indecentes a compañeros o a educadores y funcionarios de la institución. 22. Protagonizar desordenes, peleas en la institución o fuera de ella con el uniforme. 23. Cometer actos delictivos que conlleven sanción en el fuero penal. 24i. Portar armas y/o usarlas y traer explosivos, petardos, material inflamable. 25. Exhibir actitudes indecorosas dentro y/o fuera del Colegio. 26. Ausentarse, sin autorización, individual o colectivamente de las clases y /o de la IE. 27. Levantar falso testimonio contra cualquier miembro de la comunidad educativa. 28. Calumniar, difamar y formular quejas o acusaciones infundadas. 29. Realizar propagandas o actividades políticas partidarias de cualquier índole en la institución. 30. Utilizar el nombre de la IE sin autorización para actividades particulares. 31. Plagiar trabajos, copiar en el examen, falsificar firma de los padres/madres/tutor/encargado, etc. 32. Utilizar por razones de seguridad e higiene aritos, piercing, cadenas, pulseras, o cualquier objeto de valor que ponga en riesgo la integridad del estudiante 33.- Usar inadecuadamente celulares, instrumentos de sonido, etc. Observación: Todas las prohibiciones procedentes rigen también fuera de la Institución, siempre y cuando se vista el uniforme de la IE. CAPITULO XVI. DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO Art. 95°. Las normas disciplinarias son fundamentalmente reglas que ayudan a preservar a las personas de sus debilidades, dándoles los elementos necesarios para una sana convivencia.
El deseo de los actores educativos es que la disciplina se convierta en una aptitud interna de cada estudiante, de tal forma que sea abrazada con convencimiento y conscientemente. Por ser la sanción un instrumento muy delicado, será siempre, objetiva, proporcionada y de intención educativa, atendiendo que la IE busca la formación integral del estudiante, por eso siempre se agotarán los recursos de persuasión, consejo, orientación y diálogo para que el alumno (a) se autodiscipline y pueda cumplir óptimamente las exigencias académicas y de convivencia. Art. 96°. Las faltas en que incurrieren los alumnos (as) serán sancionadas de acuerdo a su gravedad, atendiendo a las circunstancias y en función de los antecedentes. Se dará siempre al estudiante el derecho a la defensa, debiendo hacerlo en forma verbal o escrita con el acompañamiento de los responsables legales. Art. 97°. Podrán aplicarse las sanciones siguientes: 1. Amonestación verbal en privado 2. Citación a los padres o apoderados 3. Suspensión temporal de 02 días. 4. En caso de daño al mobiliario, el padre de familia se hace responsable de la reparación o reposición del mismo. 5. Traslado a otra institución educativa por recomendación del equipo técnico como medida terapéutica o recomendación de un profesional médico que solicite el cambio de ambiente. Art. 98°. En el caso de aplicación de la sanción disciplinaria de “traslado a otra institución educativa” se deberá contar con la aprobación del comité de Tutoría. Art. 99°. En el caso de aplicación de la sanción disciplinaria de “no matriculación al estudiante en la institución el año próximo” se deberá contar con la aprobación de la Dirección o la instancia superior. Art. 100°. Las sanciones previstas en el artículo precedente serán individualizadas en cada caso y aplicadas de acuerdo a la gravedad de la falta cometida. Art. 101°. Toda denuncia se deberá presentar por escrito, debiendo expresar la relación y circunstancia de los hechos que se denuncian. Si mediaren razones de urgencia, se podrá formular denuncia verbal ante la autoridad que corresponda, la que se deberá formalizar por escrito dentro de las cuarenta y ocho (48) horas. Art. 102°. Será sancionado con apercibimiento verbal o amonestación escrita o suspensión, siempre que el hecho no implicare una falta mayor, el alumno que: a. Falte respeto al personal directivo, docente, administrativo o de mantenimiento de la institución, a causa del ejercicio de sus funciones o al tiempo de practicarlas. b. Protagonizare desórdenes o cause ruidos molestos dentro y fuera del aula.
c. Incite a otros o a grupos de compañeros a desobedecer las resoluciones de la institución. d. Realice actividades político partidarias en actividades de la institución o dentro del de la misma. e. No justificare sus ausencias a clase o no llegue puntualmente a la hora de entrada, así como a los actos públicos programados por la IE. f. Se ausente sin autorización, de las clases, individual o colectivamente. g. Utilice el nombre de la institución individual o colectivamente en actividades no autorizadas. h. Viste indecorosamente o exhibiere actitudes indecorosas dentro de la institución o realice acciones inadecuadas. i. Editare, publicare o distribuyere revistas, dibujos, fotografías, tarjetas, vídeo cassettes, camisetas o calcomanías que atenten contra la moral y las buenas costumbres. j. Asiste a clases sin materiales ni trabajos asignados. k. Injurie, calumnie o amenace ya sea física o moralmente al personal directivo, docente, administrativo o de mantenimiento y alumnos de la institución, a causa del ejercicio de sus funciones o al tiempo de practicarlas. l. Comete un delito que lesione el patrimonio de la IE. m. Adultere o falsifique documentos de la institución. n. Agrede físicamente en la institución, a otro alumno, educador, funcionario u otro personal. o. Falsifique o adultere planillas de exámenes u otros instrumentos, con el propósito de acreditar haber aprobado el examen. p. Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones o realización de las prohibiciones. Observación: La aplicación de las sanciones disciplinarias podrá emplearse de acuerdo a la gravedad de los mismos. Art. 103°.-Si se hubieren cometido varias faltas, la sanción será la resultante de la acumulación de las sanciones correspondientes a los diversos hechos. Art. 104°. La sanción de suspensión importará la prohibición de acceder al predio de la institución y a todas sus dependencias. Art. 105°. La máxima autoridad de la institución será la responsable de aplicar la medida disciplinaria mediante resolución, después de un análisis de la situación con integrantes del Equipo Directivo, Comité de Tutoría, Docentes. La medida adoptada deberá ser comunicada al afectado y a los responsables legales si el estudiante es menor de edad. Art. 106°. El Director convocará al CONEI, cuando haya que resolver los casos de faltas graves que merezcan la separación temporal o definitiva de la Institución de acuerdo a la normatividad vigente a la fecha de comisión de la falta. CAPITULO XVII DE LA EVALUACIONESDEL APROVECHAMIENTO
Art. 107°.La IE considera la evaluación como un proceso permanente y continuo,destinado a lo verificación del aprendizaje y al desempeño general de cada alumno (a). Serápersonalizada y atendida como parte natural del proceso de enseñanza aprendizaje, teniendo en cuenta: 1. Las evaluaciones son permanentes (en todas las clases) de acuerdo a la organización realizada en las Unidades didácticas y las sesiones declasesde conformidad a las disposiciones legales vigentes. 2.- Las evaluaciones tendrán en todaslas áreas carácter criterial, diagnóstico, formativo y sumativo. 3.- La IE fijará los periodos de evaluaciones de recuperación y subsanación, de acuerdo con el calendario orientador de actividades establecido por el Ministerio de Educación y las necesidades Institucionales. 4.- La evaluación abarca el rendimiento académico por indicador, criterio y capacidad/competencia y se refiere allogro de los aprendizajes esperados. Estas se ajustarán a los lineamientosestablecidos por los órganos competentes del Ministerio de Educaciónen la Directiva 004-2005-ED. 5.- Los estudiantes que no ingresan a las clases de áreas o especializadas sin justificación, serán considerados insistentes, por tanto no tendrá opción a las evaluaciones y su calificación será cero o NP según los casos. 6.- Los estudiantes para tener derecho a la evaluación final no deben haber acumulado más del 30 % de inasistencias. 7.- Los estudiantes del quinto grado de educación secundaria que no hayan permanecido tercer, cuarto y quinto grados ( tres grados) en la misma especialidad de educación para el trabajo, no tendrán derecho a la certificación en ninguna especialidad ocupacional que oferta la IE. DEL COMPORTAMIENTO Art. 108°. Se Calificara en base a los siguientes lineamientos. a) En cada período el alumno tendrá un puntaje máximo, el cual irá disminuyendo paulatinamente y acumulativamente en relación directa a las actividades negativas al comportamiento del alumno, en forma similar serán concedidas bonificaciones de puntos por acciones sobresalientes. b) Las faltas graves consideradas en el Reglamento, serán sancionadas con suspensiones como castigo principal y desaprobación de conducta en el periodo como sanción accesoria. El listado de actitudes violatorias del presente Reglamento está especificadas de acuerdo a su gravedad en forma ascendente. 1. Tardanza no justificada. 2. Inasistencia no justificada. 3. Uso extemporáneo del kiosco escolar. 4. Uso extemporáneo de los servicios higiénicos. 5. Ingerir alimentos y/o bebidas en el aula 6. Uso de pelotas en ambientes y horas inapropiadas 7. Llevar el uniforme escolar incompleto
8. Vestir sin decoro y las normas de urbanidad recomendable. 9. Falta a las normas de higiene personal. 10. Presentar el cabello no acorde con su condición de alumno. 11.Hacer uso de maquillaje, joyas u otros aditamentos impropios de un estudiante. 12.Agresión o maltrato verbal y/o físico entre compañeros siempre que no revista gravedad. 13.Presentarse sin el uniforme único a ceremonias abiertas al público en fecha del calendario cívico escolar. 14.Poseer dinero u otros valores que excedan la satisfacción personal de las necesidades ponderadas de un estudiante, 15.Portar equipos audiovisuales no requeridos y autorizados para el proceso de enseñanza y aprendizaje o en actividades. 16.Evadir, interferir o retrasar las formaciones a nivel interno o en ceremonia pública. 17.Evasión directa o indirecta de la clase. 18.No asistir a las citaciones verbales o escritas dirigidas a los padres de familia. 19.Maltrato y deterioro de muebles, paredes, material didáctico y otros útiles escolares como son cuadernos, libros, lunas, ventanas, paredes, etc. 20.Ser excluido de clase por indisciplina. 21.Permanecer en la Institución bajo los efectos de algún estimulante (Droga Alcohol, tabaco u otros), constituyéndose en falta de suma gravedad, o que tuviera antecedentes de suspensiones. 22.Faltar el respecto a los profesores o personal de la Institución en forma escrita, verbal o física. CAPITULO XIX DEL UNIFORME ESTUDIANTIL Art. 109°. El uniforme oficial para estudiantes la Gran Unidad Escolar “Gran Mariscal Toribio de Luzuriaga” está establecido de la siguiente manera: Para los varones- uso diario a.- Pantalón de color azul marino. b.- Camisa blanca mangas larga o corta. c.- Chompa rojo con tiras azules en la manga y pecho con inscripción de insignia institucional al lado izquierdo d.- Medias azules. e.- Zapatos negros. f.- Corbata azul. Para las mujeres - uso diario. a.- Falda de color azul marino hasta la rodilla. b.- Blusa blanca mangas corta o larga. c.- Chompa rojo con tiras azules en la manga y pecho con inscripción de insignia institucional al lado izquierdo d.- Medias azules. e.- Zapatos negros.
f.- Corbata azul. f.- Cinto rojo. Para el uso en las horas de educación física y actividades deportivas o extracurriculares. a.- Buzo rojo con manchas blancas. b.-Medias blancas. c.-Zapatillas blancas. d.-Polos blanco. CAPITULO XVIII UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES, DISTINTIVOS Y DEL NOMBRE DELA IE. Art. 110°.- Los estudiantes son responsables del cuidado de sus pertenencias, material de trabajo y del buen estado y conservación de las instalaciones del Colegio, teniendo en cuenta: 1.- Aquel que realizaredaños en los bienes patrimoniales de la institución, deberá hacerse cargo de su reposición y/o reparación, independientemente de las sanciones disciplinarias de las que fuere pasible. Los padres deberán asumir la responsabilidad plena de los gastos materiales que sus hijos pudieran causar enla IE, cuando por mala conducta pintan, destruyeren, dañaren o sustraen cualquier bien de la institución o de las personas que concurren a esta. 2.- En caso de que tales daños fueren realizados en grupo, se considerará solidariamente responsables a todos los integrantes del mismo. 3.- La IE,no se hará responsable de las pérdidas, desapariciones o daños que sufran los objetos privados de los alumnos, por tanto se recomienda no traer ningún objetos de valor. 3- Cuando se requiera el uso de las instalaciones y/o del nombre de la IE, para la realización de actividades extraescolares, será necesario solicitar por escrito la autorización correspondiente a la Dirección con cinco días de anticipación. CAPITULO XIX ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES Art. 111°. Los eventos organizados por los estudiantes y padres con la finalidad de recaudarfondos para solventar gastos con fines académicos u otro proyecto educativo, deberán ser peticionados por escrito a la Dirección para su autorización correspondiente. Art. 112°. Para la preparación de actividades extracurriculares no podrán utilizarse el tiempo destinado a horas de clase. Art. 113°. No podrá utilizarse el nombre ni emblemas de la IE para promocionar fiestas, rifas y eventos semejantes no acordes con la finalidad educativa de la
institución. En otros casos deberá solicitarse por escrito la autorización con 05 días de antelación. Art. 114°. La implementación o cambio del algún emblema institucional será con aprobación del CONEI y conocimiento de todos los actores, en caso contario el responsable será sancionado. Art. 115°. Ningún actor tiene facultades para implementar insignias, gorros, buzos, chalecos a criterio personal con fines educativos o fines de lucro, por lo que los interesados antelada mente deben presentar proyectos para ser aprobado institucionalmente, en caso contrario los autores serán sancionados y denunciados ante las instancias competentes. Art. 116°. Si algún actor de la Institución faltare a las normas establecidas, será sancionado con la amonestación o sanción o los organizadores del evento, dependiendo de la situación. DE LOS AVISOS Art. 117°.- Los actores responsables darán avisos en forma oral y/o escrita a los estudiantes y/opadres/madres/encargados/tutores sobre hechos importantes de la IE o sucesos con sus hijos. Estos últimos estarán numerados y podrán ser con o sin talón de retorno según los casos. Art. 118°.- Es responsabilidad de los alumnos transmitirlos para que sus padres/madres/encargados/tutores puedan quedar debidamente informados. Art. 119°.- Los avisos que tengan talón de retorno deberán ser firmados por los padres/madres/encargados/tutores y devueltos el día hábil siguiente de su envío. La no devolución de estos informes será computada como incumplimiento. La suma de tres incumplimientos causará la restricción del ingreso en la institución, hasta que no vengan acompañados por sus representantes legales ante la institución.
La hora de ingreso y salida para las actuaciones conjuntas de ambos niveles en el presente año lectivo será de acuerdo a la cronogramación del caso, casos de incumplimiento de algún personal de la I.E., este será informado para el descuento correspondiente. EXCURSIONES Y VISITAS DE ESTUDIO Art. 122°.-Serán consideradas en el Plan Anual y en la cronograma ión de actividades del Docente de área, asesor o tutor. Los mismos que se realizarán, hasta fechas determinadas en el plan. Los paseos a nivel de Institución deben ser considerados en el Plan Anual y cronogramación de actividades del plantel. Art. 123°.-Las excursiones y paseos son actividades curriculares que se dan por y para el aprendizaje de los diferentes áreas, para lo cual deberán tener una preparación planificada en función a objetivos educacionales propios del área de desarrollo o área curricular y cumplir con los dispositivos vigentes de excursión. Art. 124°.- SON REQUISITOS PARA LOS PASEOS Y EXCURSIONES: a) Formulación y presentación del Plan de visitas o excursión. b) Relación nominal por duplicado de los alumnos participantes y profesores responsables de la actividad. c)Autorización escrita del padre o apoderado de los alumnos participantes. d) Certificado médico de cada participante. e) Contrato de movilidad y póliza de seguro. f) Autorización del CEM – Dirección de la IE. . CAPITULO XX DE LOS PADRES/MADRES/TUTORES Art. 125°.- DEBERESDE LOS PADRES/MADRES/TUTORES
CALENDARO CIVICO ESCOLAR Y ACTUACIONES Art. 120°.- Se realizará con la asistencia de todos los docentes en sus respectivos turnos, con el uniforme de reglamento, organizados o distribuidos en equipos o comisiones por designación interna, están obligados a participar en el desarrollo del Calendario Cívico Escolar, con la buena presentación del escenario (ambientación), periódicos murales, programa, entonación de los Himnos, números artísticos de carácter nacional y presentaciones históricas. Art. 121°. Las actividades de Actuación externa en concordancia con el Calendario Cívico Escolar durante el presente año lectivo serán en forma conjunta integradas con la presencia del Personal Directivo, Docente, alumnos y padres de familia de ambos niveles:
1.- Los padres, madres, tutoresde los estudiantes de la institución gozan de los deberes establecidos en las disposiciones legales vigentes y a lo estipulado en el presente reglamento interno. 2.- Los padres, madres, tutoresde los estudiantes tienen los siguientes deberes: a. Colaborar con las autoridades y demás miembros de la comunidad educativa para el mejor logro de la misión que se propone la institución. b. Respetar al educador en su dignidad y en su profesionalidad. c. Respetar a las autoridades y demás componentes de la comunidad educativa. d.- Observar el reglamento de la institución y hacer que sus hijos/as también se comprometan en su cumplimiento. e. Acompañar y ayudar a la labor que realiza la IE con su hijo/a. f. Interesarse e interiorizar la situación de su hijo/a en la IE.
g. Justificar las ausencias de su hijo o hija, dentro de las 48 horas si es menor de edad y Si el estudiante es mayor de edad podrá presentar su justificación siempre en el plazo establecido. h. Asistir a las reuniones informativas y formativas que le propone la Institución y vinculadas con la educación de su hijo/a. i. Colaborar con las autoridades y demás miembros de la comunidad educativa institucional para el mejor desarrollo de los planes, programas y actividades educativas, respetando la responsabilidad profesional del/la docente. j. Acompañar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos/as o menores en tutoría o psicopedagogía. k. Respetar y hacer respetar a sus hijos o menores en tutoría, las normas de convivencia de la institución educativa. l. Realizar el proceso de matrícula de sus hijos (as). Para el efecto deberán presentar los documentos requeridos y pagar el arancel correspondiente en los plazos establecidos por la IE, de conformidad con la carta-compromiso, firmada al inicio del año escolar. m. Brindar a sus hijos apoyo, asegurándose que los mismos tengan suficientes horas de sueños, nutrición adecuada e indumentaria apropiada para asistir a la IE, así proveer los materiales didácticos para el adecuado desarrollo de su tarea escolar. n. Mantener un acompañamiento constante a sus hijos y colaborar con la IE para que los mismos cumplan con las normativas institucionales. o. Cooperar con la IE en los esfuerzos que tiendan a mejorar y acrecentar el programa educacional ofrecido p. Conocer, acatar y cumplir las resoluciones tomadas por la Dirección. q. Asistir a todas las reuniones a las que son convocados por las autoridades de la IE. r. Firmar y devolver a la IE los documentos e informes que le sean remitidos para su conocimiento. s. Justificar personalmente o por escrito todas las ausencias y/o llegadas con atraso a las clases de sus hijos, cuando son menores de edad. t. Colaborar estrechamente con el cuerpo docente, a fin de lograr el máximo aprovechamiento académico y la mejor formación integral de sus hijos. u. Autorizar por escrito la participación de sus hijos en excursiones, campamentos y otras actividades, puestas a su consideración por los directivos o por los profesores. DE LOS DERECHOS DE LOS PADRES/MADRES/TUTORES. Art. 126°.- Son deberes de los padres/madres/tutores, los siguientes: 1.- Los padres, madres y tutores,de los estudiantes de la institución gozan de los derechos establecidos en las disposiciones legales vigentes y a lo estipulado en el presente reglamento interno. 2.- Los padres, madres, tutoresde los estudiantes tienen derechos a: a. Ser reconocidos/as como agentes naturales y primarios de la educación.
b. Que sus hijos o menores bajo su tutela reciban la educación de calidad. En caso de que se trate de hijos/as o menores bajo su tutela en situación excepcional, deberán recibir educación especial. c. Asociarse y organizarse como cuerpo de la IE, con el objeto de colaborar con la comunidad educativa en la mejor formación de los alumnos (as). d. Ser informados y orientados/as en forma periódica acerca de la evolución, evaluación y resultados del proceso educativo de sus hijos o menores bajo su tutela. e. Representar a sus hijos ante los demás componentes de la comunidad educativa. f. Conocer y comprometerse al cumplimiento del presente reglamento. g. Recibir información sobre la situación de su hijo así como los resultados de laevaluación al término de cada bimestre y al final del año. h. Solicitar aclaración de los criterios de evaluación de procesos y conductas en caso de dudas. i. Solicitar al equipo de orientación o profesores guías los registros de la conducta del hijo. j. Ser informados con una periodicidad acordada con el equipo técnico sobre la situación de su hijo, en el caso de estudiantes que manifiesten inconducta o presenten dificultades de aprendizaje. k. Asociarse y organizarse como cuerpo colegiado de padres/madres y tutores con el objeto de colaborar con la IE y con el resto de la comunidad en la mejor educación de sus hijos. l. Tener acceso dentro de la IE, a su requerimiento, y en lugar, fecha y hora convenidas con anterioridad, a los documentos que se relacionan con la actividad académica de su hijo/a, a saber pruebas escritas, trabajos prácticos evaluados, registros de calificaciones, anotaciones en carpetas, fichas, etc. m. Organizar actividades, previamente aprobadas por la Dirección con fines educativos. n. Recibir los documentos oficiales requeridos para el traslado de sus hijos. o. Hacer llegar a las autoridades de la IE por escrito, inquietudes, sugerencias, peticiones y reclamos. p) Como asociados, participar y contribuir económicamente en todas las actividades para la Institución así como en las aulas respectivas donde estudia sus hijos o pupilos. q) Dar cumplimiento a la Directiva. 004 -2006-ED r) Participar activamente en la escuela de Padres. CAPITULO XXI DE LAS PROHIBICIONES A LOS PADRES/MADRES/TUTORES. Art. 127°.- La Direcciónpodrá separar del colegio a los hijos cuyos padres/madres o encargados/as cometieren algunas de estas faltas señaladas: a. Predisponer personalmente o con colaboración de otros al estudiantado en contra de las resoluciones de la institución. b. Incitar a otros padres/madres/encargados al desacato de las decisiones de las autoridades de la IE.
c. Maltratar con palabras o hechos a estudiantes, educadores y funcionarios de la IE.. d. Protagonizar desórdenes, amedrentar, gritar, ofender, injuriar, calumniar o amenazar ya sea física o moralmente a estudiantes, educadores, funcionarios y personal de servicio. e) Desorganizar o desestabilizar a la asociación de padres de familia. f) Dar el mal ejemplo a sus hijos y demás alumnado dentro de la Institución Educativa de su comportamiento. CAPITULO XXII LOS EX ALUMNOS Art. 128°.- Están integrados en una institución libre y democráticamente eligieron su tipo de asociación y denominación, pero necesariamente llevaran el nombre de la Institución Educativa. Los fines de esta institución como miembros de la comunidad y ex educandos a su Alma Mater Progresista Luzuriaguina, deberá ser el apoyo para los logros de los fines y objetivos de la educación. Para su instalación y funcionamiento, deberá contar con la autorización de la Institución, mediante Resolución Directoral. La Institución de ex alumnos previa a su creación oficial deberá tener su estatuto y reglamento así como deberá elegir democráticamente su Junta Directiva. Art. 129°.- Los padres de familia u otras personas que realicen algún trámite en el plantel, sólo podrán ingresar a la sección de administración, y en el caso que soliciten hablar con los profesores tendrán que hacerlo de la siguiente manera: Para el nivel primaria : En las horas de recreo. En casos de emergencia en cualquier momento. Para el nivel secundaria : En hora de recreo. En casos de emergencia, en cualquier momento. CAPITULO XXV DE LOS ÓRGANOS DE APOYO DE LAS ATRIBUCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Art. 130°.- El Consejo Educativo Institucional es el órgano consultivo, de apoyo y vigilancia en la gestión y autonomía escolar. En la perspectiva de democratizar la gestión del sistema educativo, la gestión escolar descentralizada requiere de una efectiva participación de los diversos actores que construyen la comunidad educativa, en los procesos de discusión, puesta en marcha y vigilancia social de las discusiones y acciones educativas. Art. 131°.- El Consejo Educativo Institucional cumple las siguientes Funciones: a) Participar de la marcha de la Institución Educativa, emitiéndose opinión todos los asuntos que le sean consultados y promoviendo la práctica de la autoevaluación de la gestión.
b) Contribuir a la democratización de la gestión educativa, promoviendo mecanismos y experimentando modelos de participación efectiva de todos los actores educativos y de la sociedad civil. c) Participar en el proceso de planificación, ejecución y evaluación del proyecto educativo de la Institución Educativa. d) Vigilar la equidad en el acceso y permanencia de las niñas, niños y adolescentes, que forman parte de la Institución Educativa escolar. e) Promover la pertinencia de los procesos pedagógicos que se practican en la Institución educativa con relación a la realidad de la comunidad educativa. f) Impulsar la apertura de la Institución educativa estableciendo vínculos con las organizaciones e instituciones de la comunidad local a la que pertenece la Institución Educativa. g) Fomentar la articulación del trabajo educativo con las necesidades y potencialidades de la comunidad local a la que pertenece a la Institución Educativa. h) Contribuir al buen clima institucional, participando en la elaboración de las normas de convivencia (Reglamento Interno) y velando por su cumplimiento. i) Tomar conocimiento del presupuesto anual de la Institución educativa y de la asociación de padres de familia, emitiendo opinión sobre el manejo de los recursos, incluyendo los ingresos propios generados por la Institución educativa o la asociación. j) Prestar apoyo a la Dirección de la Institución en la resolución de conflictos que se susciten al interior de la Institución Educativa. k) Coordinar con la comisión especial de evaluación del personal docente y administrativo, y opinar sobre la gestión del Director de la Institución Educativa y del órgano intermedio. l) Brindar opinión favorable del plan de trabajo y de todas las comisiones que existiera en la institución educativa. DEL COMITÉ DE TUTORÍA Art. 134°.-El comité de Tutoría y Orientación del Educando (TOE), es el Órgano de Asesoramiento y apoyo de la Dirección y Subdirecciones, en sus niveles y turnos respectivos. Y está organizado de la siguiente manera: A.- EN EL NIVEL PRIMARIO.- El comité de TOE, está presidido por el Subdirector de Primaria y lo integran dos profesores de aula, y dos padres de familia. B.- EN EL NIVEL SECUNDARIO.- El comité de TOE, está presidido por el director del Plantel y está integrado por la coordinadora de TOE y Actividades, dos auxiliares de educación, dos profesores y dos padres de familia. Art. 135°.- Son funciones de TOE: a) Promover el cultivo de valores éticos y sociales que contribuyen a la formación personal y social del educando. b) Promover y fortalecer actitudes cívico-patrióticas y comunales para lograr conciencia de identidad nacional y democrática.
c) Explorar hábitos e intereses, orientándoles a utilizar mejor sus potencialidades y su tiempo libre. d) Promover y desarrollar TOE en áreas específicas: e) Motivar a los docentes a realizar una labor activa de TOE en las aulas, durante el desarrollo de sus clases. f) Promover y organizar la participación de los docentes, padres de familia y especialistas de la comunidad para la organización y ejecución de campañas y otras actividades conjuntas de TOE. g) Promover la actualización constante de los docentes para el mejor desempeño de su labor orientadora. h) Promover la actualización constante de los docentes para el mejor desempeño de su labor orientadora. i) Promover acciones y/o actividades de TOE : j) Resolver problemas de conducta del educando, que requieren una orientación personal o con la participación de sus padres, quienes también son los responsables del comportamiento de sus hijos directamente. k) Dar sugerencias a la Dirección del Plantel, alternativas de solución a problemas de conducta y mal comportamiento de los alumnos dentro o fuera de la Institución. l) Solicitar ante la APAFA, el apoyo económico para atender casos de emergencia que por enfermedad o accidentes que presenten los alumnos. CAPITULO XXVI DISPOSICIONES GENERALES 1. El Reglamento Interno podrá modificarse cuando sus disposiciones deban adecuarse a nuevas leyes y reglamentaciones del Ministerio de Educación, a propuesta de las autoridades de la IE o a solicitud de otro estamento de la comunidad educativa. 2.- La Direcciónse reserva el derecho a sugerir el cambio de ambiente al alumno o la alumna que no se adecue al presente reglamento, una vez agotado las actividades formativas y de orientación sustentadas en el marco legal. 3.- Los estudiantes con necesidades educativas especiales tienen el derecho a recibir cuidados y atención en las instituciones educativas especializadas. 4.- Los grupos de representación oficial de la IE como, clubes, talleres, equipo deportivo, representaciones institucionales, etc. deben estar integrados por alumnos y alumnas de amplio compromiso con los idearios institucionales. 5.- El reglamento interno será aplicado una vez aprobado por la autoridad correspondiente, estará vigente hasta que sea enmendado, ampliado, derogado y/o sustituido. 6.- Los representantes legales deben contar con un ejemplar del reglamento interno al matricular a sus hijos y firmar su acuerdo con las disposiciones contenidas. 7.- De acuerdo a la Ley General de Educación” todos los estamentos que coadyuven al logro de los objetivos educativos institucionales forman parte de la comunidad educativa y serán reconocidos en tal. Sindicatos de Profesores y Funcionarios, Asociación de Ex Alumnos, Instituciones, otras entidades siempre y cuando que su conformación y constitución se ajusten a las normas legales vigentes.
CAPITULO XXVII DISPOSICIONES TRANSITORIAS. 1.- El presente Reglamento Interno estará en vigencia a partir de su reconocimiento por la Dirección. 2.- Cualquier situación planteada en la IE que no estuviera contemplada en este Reglamento, será analizada y resuelta por las autoridades de la institución conforme a la naturaleza del caso. Independencia Marzo del año 2017.