TEORÍA DE LA INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA: EL FOMENTO
Resumen:
La Intervención Administrativa es una importante herramienta para el Estado, por medio de la cual busca cumplir con sus fines de manera directa o indirecta. Esta la realiza a través de la rama ejecutiva, y se puede enfocar tanto en entidades públicas como privadas. Es de tres tipos, policiva, prestacional o de fomento. El fomento como tipo de intervención busca estimular al sector privado que produce beneficios públicos, en este caso el sector del medio ambiente, siendo una forma de intervención indirecta del Estado en cuanto a beneficios a la sociedad. El fomento en cuanto al medio ambiente se presenta a través de políticas estatales que buscan la transferencia de tecnologías, sobre todo el cambio en los diferentes tipos de energía tradicionales hacia diversas energías alternativas, ofreciendo financiación y otorgando concesiones especiales para la producción de biocombustibles que remplacen a la gasolina y al diésel. Palabras claves: medio ambiente, fomento, intervención, Estado
Abstract: The Administrative Intervention is an important tool for the State, by means of which it seeks to fulfill its aims directly or indirectly. This is done through the executive branch and can focus on both public and private entities. It is of three types, policiva, prestacional or of promotion. The promotion as a type of intervention seeks to stimulate the private sector that
produces public benefits, in this case the environmental sector, being a form of indirect intervention by the State in terms of benefits to society. The promotion of the environment is presented through state policies that seek the transfer of technologies, especially the change in the different types of traditional energy to various alternative energies, offering financing and granting special concessions for the production of biofuels that replace to gasoline and diesel. Keywords: environment, promotion, intervention, State Aspectos Generales de la Teoría de la Intervención Administrativa
Siendo la Administración Pública el instrumento político y técnico estatal para alcanzar los fines del Estado, su herramienta se constituye en la intervención, por lo cual debe tomar parte activa en los asuntos que competen al interés público, aunque su accionar se produzca en medios tanto públicos como privados. Por ser de orden administrativo, la intervención se produce a través de la Rama Ejecutiva, para que pueda ser realizada y no se convierta en simples propósitos. Se puede definir entonces que, la Intervención Administrativa es un mecanismo estatal, diseñada con el propósito de ejercer una acción efectiva por parte del Estado sobre los entes públicos y privados, con el propósito de conseguir los fines del Estado mismo, siendo una forma de ejercer el derecho administrativo general. Esta acción debe ser justificada jurídicamente, teniendo en cuenta la potestad y competencia del órgano interventor, de acuerdo con el ente intervenido. Así mismo, se presentan diversos tipos de intervención, siendo estos la actividad de limitación o coacción, la actividad prestacional o de servicio público y la actividad estimulativa o de fomento. La actividad de limitación o
coacción es mejor conocida como Policía Administrativa, la cual busca garantizar el orden público. La actividad prestacional o de servicio público se enfoca en la satisfacción directa de una necesidad de orden general. La actividad de fomento o estimulativa se dirige hacia la satisfacción indirecta de las necesidades generales a través de la iniciativa privada. Vigilar, satisfacer las necesidades generales y estimular a los distintos entes encargados de satisfacer las necesidades comunitarias, se convierten en los verdaderos fines de la Intervención Administrativa. De acuerdo con Carla Huerta (2005), siendo la actual de forma de Estado el social, su principal finalidad es la de establecer la igualdad dentro de los individuos de la sociedad que lo conforman, necesidad que busca satisfacer mediante prestaciones, bienes mínimos que son indispensables, en determinados grupos sociales que carecen de estos bienes, para que su nivel de vida se eleve favoreciendo sus condiciones. La Intervención administrativa es la herramienta que puede cumplir con este fin, con las actividades policivas, otorgando servicios y fomentando a los entes que conforman al Estado y a la iniciativa privada. Se constituye el Estado en una especie de ambiente en el cual se desarrollan las diferentes actividades de la sociedad, las cuales regula y favorece a través de este tipo de intervención. Es por ello el Estado un ente que no sólo otorga a sus habitantes e instituciones beneficios a través de servicios públicos y mediante el estímulo, sino que además regula sus actividades mediante la acción policiva. Desde un punto de vista muy particular, se observa en la Intervención Administrativa, una acción de tipo paternalista por parte del órgano ejecutivo estatal, que busca proteger al ciudadano no sólo mediante la satisfacción de sus necesidades mínimas pero vitales, sino a través del control de cualquier ente que directa o indirectamente pueda afectar dichas
necesidades y cualquier derecho que compete a estos ciudadanos. En este sentido, puede llegar a ser limitante no sólo de las instituciones que vigila, regula y estimula, sino de los habitantes nacionales que buscan superar su situación social individual e incluso familiar, al coartar el desarrollo total social, porque se admite que este ciudadano no puede desarrollarse por sí sólo sin la ayuda del Estado.
Formas de Intervención: Fomento
Existen tres formas principales de intervención, la policiva, la de servicios públicos y la de estimulación. A esta última también se le conoce como “Fomento”. Carla Huerta (2005) afirma que el fomento tiene por función lograr que las entidades privadas busquen su propio orden, lo cual se logra a través de medios directos o indirectos y no imperativos, persiguiendo fine de interés público. Por ello, anota la autora, el fomento se observa como una forma indirecta de intervención del Estado, ya que se realiza a través de entidades de orden privado. Por no ser imperativo, el fomento se considera potestativo, es decir, puede o no darse de acuerdo con la voluntad del ejecutivo. Huerta considera que el fomento se puede ejercer por medio de políticas que tienden a favorecer el desarrollo económico de sectores en desventaja tecnológica, o ayudar a desarrollar la autosuficiencia de estos sectores y su competitividad. Ser observa la intervención administrativa en el fomento como una forma de estimulación al aparato productivo nacional, buscando fortalecerlo y motivándolo a su desarrollo. Jordana de Pozas (en Baena del Alcázar, 2003), define el fomento como: “La acción encaminada a proteger o promover las actividades, establecimientos o riquezas
debidas a los particulares y que satisfacen necesidades públicas o se estiman de utilidad general, sin usar de la coacción ni crear servicios públicos” (p. 46). Se observan características particulares dentro de esta definición. En primera medida, el fomento no está encaminado a proteger o ayudar a desarrollar a cualquier tipo de ente u organización privada, sino específicamente a las que realizan actividades que satisfacen necesidades públicas o que son de utilidad general. Es decir, para que el fomento realmente sea visto como una forma de intervención administrativa, es necesario que la actividad de la entidad privada se enfoque en un beneficio de orden público. En segundo lugar, son las entidades privadas las que desarrollan estas actividades, no el Estado ni el Gobierno, por lo cual la acción del Estado mismo sobre el beneficio general se conforma indirectamente sobre la sociedad. En tercer lugar, el fomento no sólo se dirige hacia las actividades económicas, sino que también puede dirigirse hacia establecimientos o riquezas, por lo cual la protección se extiende más allá de la simple actividad permitiendo la inclusión de quien la realiza y de la riqueza que se produce a través de estas actividades. Por último, el fomento se puede presentar no sólo como una forma de promoción de la actividad económica, sino también a través de la protección, presentándose políticas que permitan dicha protección y que entreguen incentivos económicos o no económicos a las entidades privadas que realizan actividades encaminadas a la satisfacción de necesidades públicas. También es importante observar que el Estado no crea entidades que compitan con las actividades que realizan los entes privados, así mismo como no fuerza a las entidades privadas a realizar sus actividades, lo que evita los conflictos de interés entre las entidades públicas y privadas. Baena del Alcázar destaca que existe consenso entre varios autores, en clasificar el fomento en tres tipos distintos principales. Como primero está el honorífico, que corresponde
a un reconocimiento generalmente público, menciones de honor, condecoraciones, títulos, calificaciones especiales, entre otros, que buscan resaltar la labor y eficiencia de la entidad privada condecorada. En segundo lugar, pero quizás el más importante, es el de tipo económico, a su vez pueden ser reales o financieros, siendo los primeros objetos de dominio público y los segundos pueden ser auxilios o subvenciones estatales. Los fomentos jurídicos, en tercer lugar, son los privilegios legales que se otorgan a las entidades privadas que prestan beneficios públicos.
Ámbito de Intervención del Fomento en el Medio Ambiente: Análisis Normativo y Jurisprudencial
De acuerdo con la Agenda 21 del Ministerio del Medio Ambiente, la capacidad nacional para la gestión de productos químicos de forma sostenible, con el menor impacto al medio ambiente, existen medidas como (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 2012): -
CONPES 3344 de 2005 que establece los lineamientos para la formulación y control de la contaminación del aire
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CONPES 3446 de 2006 que incluye la expedición de reglamentos técnicos y acreditación para los laboratorios
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CONPES 3550 de 2008 que permitió la creación de la Comisión Técnica Nacional Intersectorial para la Salud Ambiental, a través del Decreto 2972 de agosto 6 de 2010
También existe un marco político y legal resaltado por la misma Agenda 21, el cual contempla las siguientes medidas:
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Ley 99 de 1993 que crea el Ministerio del Medio Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental
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Política Nacional de Investigación Ambiental de 2002
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Política Nacional de Fomento a la Investigación y la Innovación “Colombia Construye y Siembra Futuro” de 2008
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Ley 1286 de 2009 que transforma a Colciencias en Departamento Administrativo, además fortalece el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
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Política de Colciencias “apoyo al fortalecimiento y consolidación de los grupos y centros de investigación del país”
Con estas leyes y normas el porcentaje de PIB invertido en ciencia, tecnología e innovación subió de 0.41% en 2004 a 0.51% en 2009 (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 2012). Con la transferencia tecnológica ecológicamente racional se logró: -
incluir incentivos tributarios para empresas en proyectos de ciencia, tecnología e innovación
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crear criterios de desarrollo ambiental para proyectos de grandes infraestructuras
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desarrollo de la industria de biocombustibles que sustituyan la gasolina o el diésel
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fomento para el uso racional y eficiente de la energía y usos de energías alternativas
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fomento del uso de la energía en el sector productivo
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promoción de la reconversión de tecnologías que disminuyan o eliminen el uso del mercurio y cianuro en la minería
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fomento de proyectos de recuperación ambiental y compensación de zonas afectadas
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instrumentos financieros para crear tecnologías ecológicas de dominio público que favorezcan poblaciones rurales y vulnerables
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financiación de proyectos de reconversión tecnológica enfocadas en pequeñas y medianas empresas
Se puede observar que la instrumentación del fomento en Colombia para el sector del Medio Ambiente tiene grandes proyectos y realiza inversiones de fomento importantes, sin embargo, un cambio de un porcentaje de inversión en el PIB que permanezca por debajo del 1% indica que el país todavía tiene mucho por hacer en materia del medio ambiente, sobre todo en el fomento de la creación y desarrollo de empresas dedicadas al medio ambiente. Este tipo de empresas no suelen ser comunes, ya que su actividad es de tipo mucho más social que las de las empresas que ordinariamente se dedican al sector productivo, pero hay que destacar que las compañías de biocombustibles son las de mayor desarrollo en el país, con importantes contribuciones al ecosistema y a la sociedad. Si bien estas medidas no son las únicas, en cuanto a fomento son las más importantes, en cuanto se enfoca en la transferencia de tecnología en la mejora de las condiciones que favorecen el desarrollo sostenible del país.
Conclusión La intervención Administrativa del Estado es importante para el desarrollo del país, el fomento como instrumento de intervención presta una gran labor al estimular a los sectores
productivos y sociales en cuanto al cumplimiento de políticas ambientales que se dirijan al favorecimiento de la sostenibilidad. Se presentan estímulos económicos importantes, especialmente en el desarrollo de biocombustibles, sin embargo, la inversión del PIB es ínfima del 0.5% a 2017 (El Espectador, septiembre 18 de 2017) si se observa que la inversión en defensa en Colombia a 2015 es de 3.1%, alcanzando hasta el 3.8% en 2009 (Banco Mundial, 2018). Si Colombia está en transición hacia la paz, el medio ambiente debería ser uno de los rubros en los cuales la inversión debería ser mucho mayor, teniendo en cuenta la sostenibilidad. Se requiere que las políticas del Estado en cuanto a fomento como intervención administrativa sean de mayor alcance y monto, para que el país tengo un futuro sostenible y para que las empresas tengan una mayor motivación hacia el cuidado de los ecosistemas.
Referencias: Baena del Alcázar, Mariano. (2003). Sobre el concepto de fomento. Recuperado de https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/2116837.pdf Banco
Mundial.
(2018).
Gasto
militar
del
PIB.
Colombia.
Recuperado
de
https://datos.bancomundial.org/indicador/MS.MIL.XPND.GD.ZS El Espectador. (Septiembre 18 de 2017). El 25% de la inversión ambiental en Colombia es de
cooperación
internacional.
Recuperado
de
https://www.elespectador.com/noticias/medio-ambiente/el-25-de-la-inversionambiental-en-colombia-es-de-cooperacion-internacional-articulo-713724 Huerta, Carla. (2005). La intervención administrativa en el Estado contemporáneo. Recuperado de https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1594/10.pdf
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. (2012). Agenda 21. Recuperado de http://www.minambiente.gov.co/images/asuntos-internacionales/pdf/colombia-20a%C3%B1os-siguiendo-la-agenda-21/040512_balance_agenda_21.pdf