Constitución-política-de-colombia.docx

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Constitución política de Colombia

Titulo 1 

Los principios fundamentales

-artículo 1°: este a artículo de la constitución política, infiere que Colombia es un estado social de derecho, donde resalta como raíces, el resguardo de los derechos fundamentales, el trabajo, la solidaridad, el respeto a la dignidad humana y la prevalencia del interés general. También declara que Colombia es un estado democrático, participativo y pluralista, lo que significa que Colombia es un estado que se interesa por los derechos de cada individuo y su cumplimiento. -artículo 2°: este artículo de la constitución política, deduce la participación de todos, en las decisiones que les afectan, y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación, preservar la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la eficacia de un orden. Además de eso cuenta con la protección de las autoridades para todas las personas que residen en Colombia en todos los aspectos. - artículo 3°: en este artículo se puede inferir, que el poder recae sobre el pueblo colombiano, el cual lo puede ejercer de forma directa o en su defecto por un representante, conforme a sus directrices. - artículo 4°: la constitución política son normas que deben ser acatadas tanto los nacionales como los extranjeros, de la misma manera respetar a las autoridades y las leyes. - artículo 5°: en este artículo de la constitución política de Colombia, está reconociendo el sometimiento a la Declaración Universal de Derechos, y ampara a las familias como institución b asica de la sociedad. - artículo 6°: Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones. - artículo 7°: en este artículo no solo se reconoce la diversidad étnica y cultural de la nación sino que también se protege, es decir, no debe existir discriminación alguna entre su población y cultura (música, bailes, creencia, folclore), cualquiera que sea su procedencia y el estado debe garantizarlo a través de leyes y su aplicación. - artículo 8°: Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación, es decir, que no se permita la innovación

de otras en relación a la impotencia de otras culturas y el robo de las riquezas propias de la nación. - artículo 9°: Las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia, es decir, El derecho a la libre determinación de los pueblos significa que nadie puede ser privado indebidamente de sus medios de vida. Esto debe ser interpretado no sólo, sino también desde una perspectiva política, sino económica, social y cultural. - artículo 10°: El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe.

Titulo 2 

De los derechos fundamentales: las garantías y los deberes. -artículo 11°: El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte, independientemente de cual sea el crimen que se haya cometido, no se le puede arrebatar la vida a una persona, por lo tanto no habrá pena de muerte, pero si a cadena perpetua. -artículo 12°: Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, es decir, se prohíbe todo acto que tenga que ver con estos crímenes, ningún juez podrá en su sentencia condenar a nadie a ser torturado, ni tampoco podrán los agentes de la fuerza pública torturar a persona alguna bajo ninguna circunstancia; además de esto implica que en el código penal estará tipificada la tortura como conducta punible. -artículo 13°: evidentemente existe una internacionalidad por proteger a todo ser nacido, y sin ninguna refuta debe cumplirse. -artículo 14°: ciertamente Estado deberá garantizar que todos los ciudadanos, gocen del reconocimiento que las Leyes les otorgan, para realizar actos jurídicos.

-artículo 15°: Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. -artículo 16°: el estado garantiza, respeta y defiende el libre desarrollo de la personalidad frente a la sociedad, lo cual eso no es impedimento para trabajar en una entidad estatal o estudiar en cualquier institución del estado siempre y cuando no vallan contra las leyes. -articulo17°: Se prohíben la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en todas sus formas, es decir todo ser humano tiene el derecho de ser autónomo y vivir una vida dignamente según sus criterios y derechos que le corresponde sin ningún tipo de maltrato ya sea físico y psicológicamente. -artículo 18°: Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia, es decir, no está obligado a seguir ordenes que vayan en contra de creencias religiosas, social, étnica, o personal. -artículo 19°: cada una de las personas son libre de formar parte de un grupo religioso sin ninguna prohibición de parte del estado ni de la sociedad, cada quien es libre de expresar sus creencias de manera libre ante la ley. -artículo 20°: Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura. -artículo 21°: los delitos penales ya sea robo, difamación, homicidio será investigados unicamente por el ministerio público para después ponerlos a disposición del juez. -artículo 22°: todos los seres humanos tenemos derecho a la paz, cualquiera que viole este derecho, causando violencia o disturbios puede ser penalizado.

-artículo 23°: su objetivo primordial es lograr una comunicación fluida y eficaz entre las autoridades del estado y los particulares, este derecho de petición implica el deber que tienen las autoridades de responder, prontamente las solicitudes que hagan sus ciudadanos, ya sean quejas, manifestaciones, reclamos o consultas. -artículo 24°: podemos inferir que en este artículo nos conceden la libertad de tránsito. El ámbito territorial en el cual el ciudadano puede transitar sin ningún problema, y conocer más a fondo el territorio cultural y el patrimonio colombiano. -artículo 25°: el estado debe garantizar a la mayoría de sus ciudadanos un empleo formal, intervenir en la economía si es necesario para que se hagan cumplir los derechos del proletariado y cumplir el derecho de trabajar en condiciones dignas y justas. -artículo 26°: Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social. Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de éstos deberán ser democráticos. La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles. -artículo 27°: El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. Cada individuo tiene el derecho de libertar sus formas de aprendizajes y demás investigaciones sin infringir la ley. -artículo 28°: no se puede retener a una persona haciendo referencia al secuestro, es decir, que no se puede retener a una persona por las autoridades colombianos, sino con orden judicial o por autoridad competente que sería la fiscalía, sin violar el principio de legalidad. -artículo 29°: cuando habla del debido proceso esta diciendo que todo aquel sindicado se debe someter a un debido proceso , es decir que se debe hacer un estudio mediante el cual se identifique si el acto es típico (matar, robar) luego si es antijurídico(contra la ley) y por ultimo si es culpable. -artículo 30°: En caso de que quien sea detenido considere que la detención que se le practicó fue hecha en forma ilegal, tiene el derecho a invocar ante cualquier autoridad judicial el habeas corpus para que en el

término máximo de 36 horas esta le resuelva si su detención ha sido practicada en forma ilegal o no. En caso de haber sido ilegal debe recobrar inmediatamente su libertad persona. -artículo 31°: Toda sentencia judicial podrá ser apelada o consultada, salvo las excepciones que consagre la ley. El superior no podrá agravar la pena impuesta cuando el condenado sea apelante único, es decir si lo declararon culpable tiene derecho a recurrir. -artículo 32°: El delincuente sorprendido en flagrancia podrá ser aprehendido y llevado ante el juez por cualquier persona. Si los agentes de la autoridad lo persiguieren y se refugiare en su propio domicilio, podrán penetrar en él, para el acto de la aprehensión; si se acogiere a domicilio ajeno, deberá preceder requerimiento al morador. -artículo 33°: ningún individuo está obligado a declarar en contra de su familia ni de su conyugue independientemente si halla estado o no en el acto del crimen. -artículo 34°: está prohibida totalmente la pena de destierro que sería la que se hace cuando se comete un delito y se expulsa al condenado del territorio nacional, la confiscación, era una pena en la cual se le quitaba los bienes a la persona que fuera encontrada culpable de un delito que tuviera como pena la confiscación, lo cual está prohibido también. -artículo 35°: se permite la extradición, la extradición es cuando una persona se encuentra en un país y otro país solicita al país en el que se encuentra la persona que lo arreste para que se lo entregue con el fin de que el país que lo solicita lo juzgue por un delito, esto tiene que ser mediante acuerdos internacionales y con arreglo de la ley, eso a lo que se refiere es que la extradición solo se puede hacer entre países que tengan firmado un acuerdo. -artículo 36°: Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero, en caso de persecución que no sea motivada por delitos de derecho común y de acuerdo con la legislación de cada país y con los convenios internacionales. -artículo 37°: El derecho de reunión está condicionado a la consecución de un fin concreto, por lo que una vez conseguidos sus objetivos deja de existir, ya que su fin no implica la permanencia. Como lo dice este artículo, la reunión debe ser con fines pacíficos.

-artículo 38°: Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad, se refiere al derecho de reunirnos y conformar grupos, asociaciones, empresas, etc. para desarrollar cualquier actividad lícita de cualquier orden. -artículo 39°: Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución. La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos. La cancelación o la suspensión de la personería jurídica sólo proceden por vía judicial. Se reconoce a los representantes sindicales el fuero y las demás garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión. No gozan del derecho de asociación sindical los miembros de la Fuerza Pública. -artículo 40°: Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede: 1. Elegir y ser elegido. 2. Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática. 3. Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas. 4. Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen la Constitución y la ley. 5. Tener iniciativa en las corporaciones públicas. 6. Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley. 7. Acceder al desempeño de funciones y cargos públicos, salvo los colombianos, por nacimiento o por adopción, que tengan doble nacionalidad. La ley reglamentará esta excepción y determinará los casos a los cuales ha de aplicarse. Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública. -artículo 41°: es un deber que en todas las instituciones educativas se dé a conocer la constitución política de Colombia, y tengan un aprendizaje de los principios y la participación ciudadana.

Universidad de san buenaventura

Constitución y democracia

Presentado por:

Saray Trejos Fernanda Dylan Castrellon

Doc. Wilfrido Ruiz

Año 2016

En américa latina el párrafo nos habla de la desigualdad que nos divide por ciertos escasos recursos económicos que limitan a muchas personas a tener un poco y limitada educación y por esa causa coexisten la pobreza , y el atraso y la marginación. Es un fenómeno que ocurre muy comúnmente en nuestro país las personas de escasos recursos no tienen las mismas oportunidades, desperdiciando muchas mentes brillantes y con ganas de superarse día a día , la universidad busca formar seres humanos para relaciones de plena equidad, sin importar su color ni raza ni su economía, es lo que debe faltar en nuestro país profesionales con construcción en integración social , regional y técnica, Colombia necesita y demanda una construcción de sociedades , sin exclusión es algo que necesitamos todo si queremos que este sea un país diferente con excelentes profesionales Esto no es algo que se soluciona con el crecimiento económico sino con la reconstrucción democrática, para esto necesitamos líderes, personas que sean responsables y que gestionen grandes proyectos para que sirva de voz hacia los más necesitados , la falta y la falla de gran parte a la educación en Colombia son las desigualdades socioeconómicas y que conllevan a conflictos y por eso nos tardaremos para un posible resultado, para que en Colombia ha ya úna buena educación primero tenemos que tratar de desaparecer la desigualdades que nos dividen y nos limitan en el mundo del estudio y conocimiento

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