Diplomado en Gobierno Electrónico para la competitividad y el desarrollo
4.4 Marco legal y reformas nacionales Existe una constitución o normativa nacional establecida por instancias competentes que señala las formas de hacer los procesos, de integrar datos y de presentar la información. Así también, se pueden tener directrices legales del los perfiles humanos (colaboradores) que pueden participar o autorizar servicios donde se emite información pública y se influye en la transparencia. La normativa pública debe considerarse en cualquier iniciativa de gobierno electrónico. No será posible de manera operativa cualquier actividad o función que no sea constitucionalmente válida y transparente. Hay funciones que son deseables en un proyecto de gobierno electrónico, sin embargo la ley aún no esta preparada para soportarlas. Por ejemplo, el hecho de saber manejar con eficiencia los fondos de ciertas cuentas o partidas financieras, su transparencia simplemente no opera por que son cuentas privadas o que carecen de criterios para tomar decisiones. En este sentido las necesidades del cliente pueden rebasar a lo que se puede hacer. Las reformas sería el mejor camino para su conformación. Es importante señalar que una dependencia que promueva una iniciativa integral de gobierno electrónico, debe atender a una normativa sectorial además de la Constitución Política Nacional. Por ejemplo, un gobierno electrónico Municipal atenderá a la normativa de la Secretaría o Comisión de Gobernación en materia de uso de recursos, petición de fondos federales, normatividad especial, etcétera.
D.R. Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, México, 2006