Manual para Crear un Blog o sitio Web Municipalidad de Centenario
Por el Lic. Enrique Dalla Villa 12/07/2009
Manual para crear un Blog o sitio Web
Índice 1. Introducción .............................................................................................................................. 3 2. Crear un blog ............................................................................................................................. 4 2.1.
Obtención de una cuenta de correo de Gmail .............................................................. 4
3.2.
Crear un Blog en BLOGGER ........................................................................................... 6
4.
Publicar un artículo ............................................................................................................... 9
5.
Escribir un Artículo Básico ................................................................................................... 12 5.1. Incorporar una imagen ..................................................................................................... 12
6.
5.2.
Incorporar un video ..................................................................................................... 13
5.3.
Incorporar un Enlace ................................................................................................... 13
Escribir un Artículo Avanzado ............................................................................................. 15 6.1. Incorporar vídeos ............................................................................................................. 15 6.1.1. Registrarse en YouTube............................................................................................. 15 6.1.2. Guardar un Vídeo en YouTube .................................................................................. 17 6.1.3. Publicar un Vídeo en el sitio web Municipal ............................................................. 18 6.2.
Incorporar fotografías ................................................................................................. 19
6.2.1.
Registrarse en Yahoo! Correo ............................................................................. 19
6.2.2.
Registrarse en Flickr ............................................................................................ 20
6.2.3.
Guardar fotos en Flick ......................................................................................... 21
6.2.4.
Publicar el álbum de fotos en el sitio web Municipal. ........................................ 23
6.3.
Incorporar Documentos .............................................................................................. 24
6.3.1. Registrarse en Scribd ................................................................................................. 24 6.3.2. Guardar un Documento en Scrib............................................................................... 25 6.3.3. Publicar un Documento en el sitio web Municipal ................................................... 26 6.4. Video en vivo .................................................................................................................... 27 6.4.1. Registrarse en livestream .......................................................................................... 27 6.4.2. Trasmitir un video en vivo ......................................................................................... 28
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Dirección General de Planificación y Desarrollo
1. Introducción Bienvenido al manual que le permitirá aprender a crear y usar su propio sitio Web. La Municipalidad de Centenario (en la provincia de Neuquén, República Argentina) desarrollo e implemento su propio sitio web oficial (www.centenario.gov.ar) con el objeto de difundir los actos de gobierno e información pública tanto para mejorar la calidad democrática al facilitar el acceso de esta información a la ciudadanía como para mejorar la capacidad de gestión del propio gobierno al facilitarle a las diferentes jurisdicciones municipales consultar información generada por las restantes. En el desarrollo y gestión de este sitio web se siguieron seis principios: 1) accesibilidad desde viejas computadoras, navegadores de personas con capacidades diferentes y teléfonos celulares con capacidad de Internet; 2) apego a estándares de Internet incluyendo los conceptos conocidos como “Web 2.0” y “nube”; 3) descentralización de la capacidad de publicar información, requiriéndose la máxima facilidad de uso para todo el personal Municipal; 4) estabilidad, seguridad y simplicidad de gestión parte los administración del sitio, que también es personal del propio municipio; 5) Mínimo costo para el tesoro Municipal; y 6), obviamente, facilitar la rápida difusión de la mayor cantidad y calidad de información pública disponible para la ciudadanía y el propio personal Municipal”. Todos estos principios se alcanzaron implementando la tecnología conocida como “Blog” o “bitácora”, una metodología simple de crear sitios de Internet. Rápidamente comenzamos a ver una consecuencia inesperada. Su insignificante costo y gran simplicidad está haciendo que varias personas, al conocer esta tecnología, quieran utilizarla en sus proyectos individuales. Nunca imaginamos que un proyecto público pudiera tener tal efecto multiplicador en la sociedad civil, el tercer sector, PyMEs, etc. Para todas aquellas personas, organizaciones, instituciones, empresas, grupo de amigos, docentes y estudiantes de todas las edades, etc. que quieran tener presencia en Internet hemos elaborado este manual y puesto a disposición en forma gratuita para toda la comunidad de Centenario, la provincia, el país y el mundo de habla castellana. Somos tierra de pioneros e Internet es una nueva tierra que podremos colonizar con trabajo y compromiso. El mismo comienza con lo más básico para ir avanzando, lentamente, hacia los aspectos de mayor complejidad. No es necesaria la lectura de la totalidad para comenzar a crear y usar el un sitio Web. Por el contrario, se puede leer a medida que se utiliza. El documento está dividido esencialmente en cuatro partes. La primera, crear un sitio web bajo la modalidad de Blog. La segunda, explicación de cómo publicar un artículo simple. La tercera, explicación de cómo publicar un artículo complejo. La cuarta y última, solución a problemas comunes. Tres aclaraciones. La primera, es posible que el presente manual reciba actualizaciones periódicas, podrá estar al tanto de dicho cambios revisando la fecha de publicación del mismo. La segunda, para la elaboración de este manual se utilizo como base el manual interno del municipio por lo que muchos ejemplos pueden tener referencias al mismo. La tercera y última, el presente manual cubre aspectos básicos, para proyectos más complejos o considera que necesita asistencia personalizada puede ser recomendable la contratación de los servicios de un profesional o técnico en la temática.
Lic. Enrique Dalla Villa Director General de Planificación y Desarrollo Municipalidad de Centenario Provincia de Neuquén República Argentina
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2. Crear un blog Para crear un sitio Web bajo la modalidad de Blog se utilizan los servicios provistos por la empresa Blogger.com. Por tanto, para publicar información es necesario cumplir con los siguientes requisitos: 1) Contar con una cuenta de correo de gmail.com. 2) Crear un blog en Blogger.com.
2.1. Obtención de una cuenta de correo de Gmail Gmail es un servicio de correo electrónico de la empresa Google muy similar a Hotmail o Yahoo! Correo. Es propiedad de la empresa Google Inc. Obtener una cuenta de correo electrónico de Gmail no lo obliga a abandonar su actual servicio de correo, el cual lo podrá continuar usando como siempre. Para obtener una cuenta de correo electrónico de Gmail siga los siguientes pasos: 1) Entrar en www.gmail.com. 2) Crear una nueva cuenta haciendo clic en el botón “Crear una cuenta”.
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Dirección General de Planificación y Desarrollo 3) En la nueva ventana llenar: a) Nombre: puede ser el nombre del funcionario o empleado que escribirá y publicara los artículos o el nombre de la dirección o área o jurisdicción (por ejemplo, Dir.Gral.Prensa). b) Apellido: apellido del funcionario o empleado correspondiente. O “Municipalidad de Centenario”. c) Nombre de registro: nombre del correo electrónico. Se sugiere “nombreyapellidodelfuncionarioempleado” o “nombredelarea”. Se sugiere sumar las letras “mc” (Municipalidad Centenario) adelante o detrás. Debe ser todo junto y en minúscula. Puede que al crear la cuenta no esté disponible por lo que habrá que probar combinaciones hasta que funcione. d) Contraseña: elija una contraseña de varias letras y números. e) Si teme olvidar su contraseña, puede elegir o crear una “pregunta de seguridad” y la correspondiente respuesta que le facilitarán recuperar su contraseña en el futuro. f) Verificación de palabra: escribir las letras y/o números de gran tamaño y extrañas formas en el recuadro que aparece debajo de las mismas. g) Cllic en el botón “Acepto, crear mi cuenta”.
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3.2. Crear un Blog en BLOGGER 1) Ir a www.blogger.com 2) Clic en “Crear un Blog”.
3) Llene el formulario. a) Dirección de correo electrónico: su correo de Gmail.com. Tendrá que volver a escribirlo en el cuadro siguiente. b) Introducir una contraseña: introduzca una contraseña. Tendrá que volver a escribirla en el cuadro siguiente. c) Mostrar nombre: Elija el nombre que desea mostrar a la comunidad. Por ejemplo: “Don Lopez”, “empresa Pirulo”, etc. Es el nombre público, el nombre del autor. Obviamente, también puede utilizar un nombre imaginario. d) Verificación de palabra: introduzca la palabra rara que aparece en la imagen. e) Marque con tilde la opción “Acepto las Condiciones de Servicio”. f) Clic en Continuar.
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Manual para crear un Blog o sitio Web 4) Un nuevo formulario le permitirá crear su blog propiamente dicho. a) Título del blog. Introducir el título que desea para su sitio Web de Internet. Por ejemplo, “Empresa Pirulo”, “Fundación Manos”, “La Pagina de Don Pepe”, etc. b) Dirección del blog: debe introducir una dirección. En general, es el nombre del sitio todo junto y en minúscula, sin acentos, comas, espacios, etc. Por ejemplo, “empresapirulo”, “fundacionmanos”, “lapaginadedonpepe”, etc. c) Verificación de la palabra: Introduzca la palabra de formas raras. d) Clic en Siguiente.
5) Debe elegir una plantilla. Esta se utiliza para el aspecto estético del sitio que está creando. Debe elegir la que más le gusta o considera que mejor expresa el motivo de su sitio (por ejemplo, si se dedicará a ecología probablemente deseé una plantilla en tonalidades verdes). 6) Clic en Continuar. Fin del proceso. Ya creo su blog o sitio Web.
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4. Publicar un artículo Cada vez que se deseé publicar un artículo, sea de una noticia u otra información pública, es necesario seguir los siguientes pasos: 1) Entrar en www.blogger.com. 2) Introducir su nombre de usuario. 3) Introducir su contraseña. 4) Presionar el botón “Acceder”.
5) En el panel de figurará un blog llamado Municipalidad de Centenario. Clic en el botón azul “nueva entrada”.
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Manual para crear un Blog o sitio Web 6) En la ventana podrá comenzar a escribir un artículo. El mismo deberá contener: a) Título: Descripción la información que se desea publicar. b) Cuerpo: Es el recuadro más grande. Aquí se escribirse el contenido del artículo que se desea difundir, con toda la información que se considere importante. En el próximo capítulo conocerá cómo darle formato a un artículo básico, incluir algunas fotografías y breves vídeos. También podrá encontrar instrucciones para artículos más complejos. ATENCIÓN 1: es muy importante ser cuidadoso con la ortografía y gramática. Existen varias herramientas (Word o Firefox, por ejemplo) que le ayudaran a escribir el artículo libre de errores ortográficos. ATENCIÓN 2: puede intentar copiar y pegar un artículo escrito previamente en Word. Lamentablemente, no siempre funciona. Consulte “Solución de problemas”, para resolver este problema. c) Al final aparece un pequeño recuadro llamado “Etiquetas”. Allí deberán escribirse varias palabras o frases breves separadas por comas. Las mismas deben ser: i) Área: por ejemplo, Direc.Gral. Turismo. ii) Jurisdicción: por ejemplo, Sec. Gobierno. iii) Tema: unas pocas palabras que describan el contenido del artículo, idealmente una única palabra. Por ejemplo: “Evento”, “decreto”, etc. Se pueden escribir todos los que se deseen, separados por comas. iv) De este modo, el ejemplo quedaría así: Dir.Gral. Turismo, Sec. Gobierno, Evento. ATENCIÓN: si lo que se desea publicar es producto de un trabajo coordinado entre dos o más áreas y/o jurisdicciones, deberán escribirse todas las necesarias, separadas por comas. d) Al terminar, presione el botón naranja “Publicar Entrada”.
Título
Este es el Cuerpo. Escriba el artículo aquí.
Etiquetas
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Dirección General de Planificación y Desarrollo 7) Una nueva ventana le permitirá: 1) Editar Entrada: modificar el artículo que acaba de escribir, ya sea para corregir algún error o incorporar más información. 2) Crear una entrada nueva. Escribir y publicar un nuevo artículo 3) Ver blog. Ver el resultado en el sitio Web www.misitio.weblog.com.
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5. Escribir un Artículo Básico Ante todo, es importante atenerse a las políticas de publicación de información mencionadas en el capítulo 3 (pag.) del presente documento. El sistema elije automáticamente el tipo de letra, colores, alineación, etc. No deben modificarse estas opciones. Por lo anterior, se escribe como en cualquier procesador de texto, sin tener que pensar en el tamaño de las letras, colores, justificado, etc. Sobre el cuerpo del artículo se encuentra una barra de iconos con las opciones típicas de cualquier procesador de texto (negritas, subrayado, cursiva, lista numerada, comprobar ortografía, etc.). Se sugiere utilizar la menor cantidad posible de opciones de formato, limitándose a las estrictamente necesarias. El sistema elije automáticamente el tipo de letra, colores, alineación, etc. No deben modificarse estas opciones. Por lo anterior, se escribe como en cualquier procesador de texto, sin tener que pensar en el tamaño de las letras, colores, justificado, etc.
Letras más grandes serán interpretadas por el sistema como títulos y subtítulos, por lo que deben utilizarse con propiedad. Se prohíbe modificar la fuente (Arial, New Time, etc.). Deben utilizarse predeterminada. Se sugiere no utilizar “centrar, justificado, etc.” pues es automático. Entre los botones se encuentran tres que pueden ser muy útiles: “añadir imagen”, “añadir vídeo” y “enlace”. A continuación se explicara cada uno.
5.1. Incorporar una imagen Esta opción le permite incorporar una o más fotografías o dibujos al artículo. Los pasos son: 1) Clic en el icono “añadir imagen”.
2) Clic en el botón “Seleccionar archivo” o “examinar”. Aparecerá una ventana para buscar la fotografía o dibujo en su computadora. Selecciónelo y clic en “aceptar”. 3) Marque con un tile la opción “Acepto las Condiciones de servicio”. 4) Clic en el botón naranja “Subir imagen”. Luego de unos minutos la fotografía o dibujo aparecerán en el cuerpo del artículo.
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5.2. Incorporar un video Esta opción le permite incorporar un breve video al artículo. Los pasos son: 1) Clic en el icono “añadir vídeo”.
2) Clic en el botón “Seleccionar archivo” o “examinar”. Aparecerá una ventana para buscar el vídeo en su computadora. Selecciónelo y clic en “aceptar”. 3) Título del vídeo: Le permite ponerle un título al video. 4) Marque con un tile la opción “Acepto los Términos y condiciones de subida de archivos”. 5) Clic en el botón naranja “Subir vídeo”. Luego de varios minutos el vídeo aparecerán en el cuerpo del artículo.
5.3. Incorporar un Enlace Un “enlace” es una palabra u oración que, al hacer clic sobre el mismo, nos permite llegar a otra página o sitio web. Por ejemplo, www.centenario.gov.ar es un enlace. Los enlaces pueden remitir a otra página del mismo sitio Municipal. Por ejemplo, en un artículo referente a una campaña de prevención se puede hacer un enlace hacia noticias referentes a otras campañas de prevención. Los pasos son:
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Manual para crear un Blog o sitio Web 1) En el cuerpo escriba el texto que desea transformar en enlace. Por ejemplo, “clic aquí para….” o “vea las anteriores campañas”. 2) Seleccione el texto. 3) Clic en el icono “Enlace”.
4) Escriba o pegar la dirección web (por ejemplo: www.centenario.gov.ar) y clic en “Aceptar”.
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6. Escribir un Artículo Avanzado Un artículo se considera avanzado cuando incorpora: 1) Uno o más videos de media y larga duración. 2) Una importante cantidad de fotografías. 3) Documentos (Word, Excel, PowerPoint y PDF). 4) Video en vivo. Trasmisión de un programa de video en vivo (televisión por internet). 5) Podscat. Programa de radio semanal por internet. Cada una de estas características implican, por un lado, una nueva aplicación o servicio Web suministrado por diversas compañías y, por otro lado, manejar un poco de código HTML. Se recomienda, por tanto, avanzar paso a paso. ATENCIÓN: se supone que quienes desean abordar esta parte del manual ya posen los conocimientos básicos abordados en los capítulos precedentes. Por ello, no se explicaran los mismos nuevamente paso a paso. Por ejemplo, inscribirse en un servicio de Internet o escribir un artículo nuevo.
6.1. Incorporar vídeos Aunque se puede incorporar un vídeo al publicar un artículo básico Se recomienda este segundo procedimiento por la calidad de los resultados obtenidos. Este segundo procedimiento para incorporar fotografías se basa en la utilización de los servicios de YouTube de la corporación Google Inc., el servicio líder en video gratuito. Para ello hay que seguir tres grandes pasos: 1) Registrarse en YouTube. 2) Guardar un vídeo en YouTube. 3) Incluir los vídeos de YouTube en un artículo que se esté escribiendo para el sitio Web. 6.1.1. Registrarse en YouTube 1) Ingresar en www.youtube.com. 2) Clic en “Acceder”.
3) Introducir el nombre de usuario y contraseña de Gmail (consulte pág. 6) y clic en Acceder. 4) Vuelva a introducir su nombre de usuario y contraseña de Gmail y clic en “Añadir”.
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Manual para crear un Blog o sitio Web 5) A la derecha de la página aparece un nuevo cuadro de dialogo. Completar los datos que correspondan y presionar el botón “Crear mi cuenta”.
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Dirección General de Planificación y Desarrollo 6.1.2. Guardar un Vídeo en YouTube 1) Ir a www.youtube.com. 2) Clic en “Subir”.
3) Clic en “subir video”.
4) Buscar y seleccionar el vídeo en su computadora. Clic en “aceptar” o “abrir”. Tras varios minutos una nueva ventana le permitirá cambiar el título del vídeo, agregar una descripción, etiquetas separadas por comas, una categoría, subir más videos, etc. Al finalizar presionar el botón “Guardar Cambios”.
ATENCIÓN: Aunque ya se ha almacenado el vídeo pueden pasar varias horas hasta que esté disponible en YouTube. Aún así, ya es posible usarlo en cualquier artículo que se desee escribir en el sitio Municipal.
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Manual para crear un Blog o sitio Web 6.1.3. Publicar un Vídeo en el sitio web Municipal 5) Clic en “Opciones para compartir e insertar vídeos”.
6) Clic en el recuadro debajo de “Insertar” para seleccionar todo el texto. Luego copiar el texto seleccionado (Clic derecho y copiar, o las teclas CTRL + C).
7) Iniciar un Nuevo Artículo (pág. 10). 8) En el Cuerpo del artículo pegar (clic derecho y pegar, o CTRL+V). Al terminar, clic en “Publicar entrada”. El cuerpo tendrá un aspecto similar al siguiente:
ATENCIÓN 1: Toda la simbología extraña se denomina HTML y no debe modificarse. Aún así, se puede escribir normalmente tanto antes como después de dicha simbología. Por ejemplo, para explicar el contexto dentro del cual se gravo el vídeo o destacar algún punto en particular. Puede escribir un artículo y, luego, pegar el video donde desee, o puede comenzar por pegar el video antes de comenzar a escribir. ATENCIÓN 2: Pueden pasar varias horas desde el momento en que se guarda un video en YouTube hasta que esté pasa a estar disponible para el público. Mientras tanto se exhibirá un video publicitario.
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6.2. Incorporar fotografías Aunque se pueden incorporar una o más fotografías al publicar un artículo básico. Se recomienda este segundo procedimiento por la calidad de los resultados obtenidos. Este último utiliza los servicios de Flickr de la corporación Yahoo! Inc., el servicio líder en distribución de fotografías. Para ello hay que seguir cuatro grandes pasos: 1) Registrarse en Yahoo! Correo. 2) Registrarse en Flickr. 3) Crear un álbum y guardar en el mismo todas las fotografías de interés. 4) Incluir las fotografías de Flickr en un artículo que se esté escribiendo para el sitio Web. 6.2.1. Registrarse en Yahoo! Correo 1) Entrar en www.mail.yahoo.com.ar. 2) Clic en “Registrarme”. Acto seguido seguirá los procedimientos para crear una cuenta de Yahoo!. En el proceso, obtendrá una nueva cuenta de correo electrónico gratuito.
ATENCIÓN: Debido a su similitud con el procedimiento de registrarse en servicios como GMail (pág. 6) o Hotmial, no se describirán aquí todos los pasos en forma detallada.
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Manual para crear un Blog o sitio Web 6.2.2. Registrarse en Flickr 1) Entrar en www.flickr.com. 2) Clic en “Crear tu cuenta”
3) Introduzca su nombre de usuario y contraseña de Yahoo! en los recuadros correspondientes y presione el botón “Entrar”.
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Dirección General de Planificación y Desarrollo 6.2.3. Guardar fotos en Flick 1) Entrar en www.flickr.com 2) Clic en “Cargar fotos & videos”.
3) Clic en “Elegir fotos y videos”. Buscar y seleccionar en su computadora todas las fotos que desea incluir. Puede elegir tantas como desee. Al terminar se seleccionar clic en “Aceptar”.
4) Clic en “Cargar fotos y videos”
5) Tras unos minutos. Clic en “agregar una descripción”:
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Manual para crear un Blog o sitio Web 6) Pude comentar cada fotografía individual o realizar una descripción general de todas las fotografías incorporando “etiquetas” separadas por comas.
7) Clic en “Crear un álbum nuevo”. Tras introducir el título, clic en “crear álbum”.
8) Descender al final de la página y clic en “Guardar”.
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Dirección General de Planificación y Desarrollo 6.2.4. Publicar el álbum de fotos en el sitio web Municipal. 9) Clic en “Presentación”.
10) Clic en “Compartir”.
11) Clic en el SEGUNDO botón “Copiar en el portapapeles”.
12) Iniciar la publicación de un Nuevo Artículo (pág. 10). 13) En el Cuerpo del artículo pegar (clic derecho y pegar, o CTRL+V). Al finalizar, clic en “Publicar Entrada”. El resultado será similar a:
ATENCIÓN: Toda la simbología extraña se denomina HTML y no debe modificarse. Aún así, se puede escribir normalmente tanto antes como después de dicha simbología. 23
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6.3. Incorporar Documentos Si es necesario difundir documentos, libros de cálculos, presentaciones, PDF, etc. creados con aplicaciones como Word, Excel, PowerPoint, Acrobat, entre otros. Incluyendo documentos escaneados (por ejemplo, con una impresora multifunción), debe recurrirse a los servicios prestados por Scribd, líder en distribución de documentos por Internet. Las personas podrán ver los documentos, guardarlos en sus computadoras e imprimirlos. Pero no podrán modificarlos. Para utilizar este servicio es necesario: 1) Registrarse en Scribd. 2) Guardar uno o más documentos en Scribd. 3) Incluir los documentos en un artículo que se esté escribiendo para el sitio Web. 6.3.1. Registrarse en Scribd 1) Ingresar en www.pdfcoke.com. 2) Clic en “Log In”.
3) Introducir su e-mail, nombre de usuario y contraseña. Luego, clic en el botón “Sign Up”.
4) Se enviará a su correo electrónico una carta de confirmación. Clic en “Verify Your Email” o en el enlace debajo del mismo para finalizar.
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Dirección General de Planificación y Desarrollo 6.3.2. Guardar un Documento en Scrib 1) Ir a www.pdfcoke.com. 2) Clic en el botón “Upload”.
3) Clic en el botón “Clic to Choose Files”.
4) Buscar y seleccionar el documento en su computadora. Clic en “Aceptar” o “abrir”. Tilde en el texto “By checking this box, ….”. Clic en “Upload Docs”.
5) Podrá modificar el título, asignar una categoría, incorporar etiquetas separadas por comas llamadas Tags e incorporar una descripción. Finalmente, clic en “Save Changes”.
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Manual para crear un Blog o sitio Web 6.3.3. Publicar un Documento en el sitio web Municipal 6) Clic en el botón “Copy” correspondiente al cuadro “Embed Code”.
7) Iniciar la publicación de un Nuevo Artículo (pág. 10). 8) En el Cuerpo del artículo pegar (clic derecho y pegar, o CTRL+V). Al finalizar, clic en “Publicar Entrada”. El resultado será similar a:
ATENCIÓN: Toda la simbología extraña se denomina HTML y no debe modificarse. Aún así, se puede escribir normalmente tanto antes como después de dicha simbología.
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6.4. Video en vivo El títulos 5 (Escribir un Artículo Básico) y 6.1. (Incorporar vídeos) permite grabar un video para su emisión posterior por Internet. La población puede verlos en cualquier momento. Pero para algunas actividades puede ser de interés trasmitir video en vivo, en forma similar a un canal de televisión. Una vez terminada la trasmisión, la gente también puede volver a ver el video en forma diferida. El servicio es provisto por la empresa Livestream Inc. Se necesita: 1) Un una computadora con cámara de video, micrófono y conexión a Internet de banda ancha. Estos vienen incorporados en algunas computadoras o deberán añadirse aparte. 2) Registrarse en Livestream. 3) Iniciar la trasmisión de video en vivo a través del sitio web Municipal. 6.4.1. Registrarse en livestream 1) Ingresar en www.livestream.com. 2) Clic en “Broadcas now”.
3) Descender hasta el final de la página y clic en “Launch a channel”.
4) Escriba el “Channel Name” (Título del canal de video) y, luego, en el botón azul “Launch Free Channel”.
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Manual para crear un Blog o sitio Web 5) Completar el registro: nombre y apellido, correo electrónico, nombre de usuario, contraseña, etc. Tildar la opción “I agree with…” y clic en el botón “Sign Up”.
6.4.2. Trasmitir un video en vivo 6) Clic en “Launch Webcaster”.
7) Se abrirá una nueva ventana. Clic en “Permitir”
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Dirección General de Planificación y Desarrollo 8) Clic en “Remote” para ver la imagen que ve el público. Clic en “Go Live” para comenzar a trasmitir en vivo. Clic en “Copy” para obtener el código que necesita publicar el sitio Municipal. Clic en “Stop” (Ex Go Live) para detener la transmisión.
9) Iniciar la publicación de un Nuevo Artículo (pág. 10). 10) En el Cuerpo del artículo pegar (clic derecho y pegar, o CTRL+V). Al finalizar, clic en “Publicar Entrada”. Ya estará trasmitiendo en vivo al público. El resultado será similar a:
ATENCIÓN 1: Se recomienda comenzar a trasmitir después de qué el canal este publicado en el sitio Municipal. La transmisión está limitada a un máximo de 50 televidentes. ATENCIÓN 2: La trasmisión quedará guardada por lo que la gente podrán verla en diferido. ATENCIÓN 3: Los televidentes que estén viendo en vivo la trasmisión pueden escribirle a usted mediante el servicio de chat incorporado. Usted puede responderles de igual modo.
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