Legislacion Informatica.docx

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Instituto Tecnológico de Tijuana Ingeniería en Sistemas Computacionales

Legislación Informática Cultura Empresarial Profesora: Marvelis Dimas Gomez García Peraza Alexis D. Herrera González Jessica Lazos Torres Diego A. López Hernández Arim D. Morales Bueno Damaris E. Núñez Harper Iván R.

Contenido 5.1 Estructura del marco jurídico de México ...................................................................................... 3 5.2 Derecho de Autor .......................................................................................................................... 6 5.3 Propiedad Industrial y prácticas desleales .................................................................................... 8 5.4 Privacidad y protección de datos personales .............................................................................. 11 5.5 PROTECCION AL CONSUMIDOR .................................................................................................. 14 5.6 Gobierno en internet y tendencias regulatorias globales ........................................................... 16 Referencias Bibliográficas ................................................................................................................. 17

5.1 Estructura del marco jurídico de México El marco jurídico es una organización de acciones, leyes, reglas y opciones aceptadas que se tienen que apegar con una dependencia o entidad en el esfuerzo de las reacciones que tienen en conjunto. En México hay muchas legislaciones que se ponen en acuerdo con el gobierno y con la sociedad que tienen el cumplimiento de una aplicación de las normas, que se enfoca a una conclusión en la labor de organismos en situación que van hacia la quiebra. Lo concentrado es lleva a cavo si introducción y que permanezca en el nivel laboral sin discriminarlos junto al mismo rango de las condiciones, con un deber de que tengan un mayor desarrollo sobre valorado de estas organizaciones. El marco jurídico es la que conforma todas las normativas de un país en general, que se regula en una actividad, después el marco jurídico se limpia, ósea, se puede platicar del marco jurídico penal que son todas las leyes que te llevan a la cárcel, luego el marco jurídico civil, el código civil y finalmente un procedimiento civil. El organismo de opciones jurídica que observan en un momento en general y que su postura respecto al mismo. Consiguientemente la Secretaria de Economía regirá las leyes concretamente, normas y decretos que podrán en claro y se tendrán en cuenta en el hecho en la forma por meno rizadamente. Estas leyes, últimamente son el derecho más positivo vigente y teniendo en cuenta que lo debes hacer en cambio con el marco jurídico, que solo es un dicho no aprobado si no que tendrán acción en las leyes de referencia. El marco jurídico de México tienen en su ayuda o régimen, la constitución política de los estados unidos mexicanos, conjuntamente, unos tratados internacionales de los que en México forma parte con sus leyes, consecuentemente, las normas secunvecinas como la ley federan del trabajo y siguiendo con los reglamentos y como ultimo las leyes oficiales de México. Estas ejercen los siguientes poderes: Instituto del Poder Ejecutivo Está depositado en una sola persona, el presidente de la república, quien es electo en forma popular, directa, secreta y mayoritaria. Dura 6 años en su cargo y jamás puede volver a desempeñarlo. Su función principal es ejecutar las leyes aprobadas por los órganos legislativos, es decir, está facultado para organizar la administración pública de acuerdo con las leyes constitucionales. Para realizar las funciones que le competen, el presidente de la república recibe apoyo de los secretarios de Estado y de otros funcionarios. Que se integra en: República, Estado, Organismos Autónomos, Descentralizados y Desconcentrados, Organismos Autónomos Constitucionales, Otros Sitios gubernamentales de interés y Embajadas y Consulados

Instituto del Poder Legislativo

Se denomina poder legislativo a una de las tres facultades consistente en la aprobación de normas con rango de ley. Es una de las tres ramas en que tradicionalmente se divide el poder de un Estado. El Poder Legislativo tiene por su parte principalmente la función de establecer el Derecho, al dictar las reglas generales, abstractas e impersonales de observancia obligatoria, es decir, elaborar leyes En una democracia, el poder legislativo elabora y modifica las leyes existentes de acuerdo a la opinión de los ciudadanos. Su función específica es la aprobación de las leyes y, generalmente, está a cargo de un cuerpo deliberativo (congreso, parlamento o asamblea de representantes). Es uno de los 3 principales organismos funcionales del Estado, que consiste en la aceptación de las leyes con un rango normal. Es uno de los 3 objetivos generales que simplemente se divide el poder de un estado. En la que se Conforman: Cámara de Diputados del H, Senado de la República y Canal del Congreso. Instituto del Poder Judicial El Poder Judicial es aquel poder del Estado que, de conformidad al ordenamiento jurídico, es el encargado de administrar justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas, en la resolución de conflictos. Por "Poder", en el sentido de poder público, se entiende a la organización, institución o conjunto de órganos del Estado, que en el caso del Poder Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad y autonomía. Al Poder Judicial le corresponde administrar la justicia y decir el Derecho, con lo que realiza la función jurisdiccional y garantiza el respecto al Estado de Derecho al interpretar la ley. Que se compone en: Suprema Corte de Justicia de la Nación Historia, Consejo de la Judicatura Federal (CJF) Historia y Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) Antecedentes Históricos. Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles (IFECOM) fue creado por disposición de la Ley de Concursos Mercantiles, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo del año 2000. El IFECOM es un Órgano Auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal con autonomía

técnica y operativa, cuya principal finalidad es la de autorizar el registro de las personas que acrediten cubrir los requisitos necesarios para realizar las funciones de Visitador, Conciliador o Síndico, quienes apoyarán a la justicia en Materia Concursal en los aspectos técnicos involucrados en los procedimientos de concurso mercantil.

Funciones El IFECOM tiene las funciones siguientes: 



Autorizar la inscripción en el Registro de Especialistas a su cargo, de las personas que acrediten cubrir, conforme a los procedimientos de selección y actualización que elabore, los requisitos necesarios para realizar las funciones de Visitador, Conciliador y Síndico en los procedimientos de concurso mercantil; revocarla en los casos que proceda; designar a través de procedimientos aleatorios que establezca, a los Especialistas que deben desempeñarse en cada concurso mercantil; supervisar el ejercicio de éstos; establecer el régimen de honorarios que les es aplicable; y, promover su capacitación y actualización permanente en materia concursal. Expedir las Reglas de Carácter General que ordena la Ley; estadísticas relativas a los concursos mercantiles; análisis, estudios e investigaciones relacionados con sus propias funciones; y, difundir los aspectos anteriores así como sus funciones, objetivos y procedimientos.

5.2 Derecho de Autor Conjunto de Normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores, por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica didáctica, este publicada o inédita. Derecho informático de Autor Es una rama del derecho que especializado en el tema de la informática, sus usos, sus aplicaciones y sus implicaciones legales. ¿Qué abarca el derecho de autor? Existe una gran variedad de obras que comprende el derecho de autor, tales como: poemas, dibujos, novelas, composiciones musicales, obras de teatro, mapas ,documentos de referencia, periódicos y programas informáticos; bases de datos; películas, pinturas, fotografías y escultura; obras arquitectónicas; publicidad. ¿Qué derechos confiere el derecho de autor? Los creadores originales de obras protegidas por el derecho de autor y sus herederos gozan de ciertos derechos básicos. 

    

Detectan el derecho exclusivo de utilizar o autorizar a terceros a que utilicen la obra en condiciones convenidas de común acuerdo. El creador de una obra puede prohibir u autorizar: Su reproducción bajo distintas formas, tales como la publicación impresa y la grabación sonora; Su interpretación o ejecución pública, por ejemplo, en una obra de teatro o musical; Su grabación, por ejemplo, en discos compactos, casetes o cintas de vídeo; Su transmisión, por radio, cable o satélite; Su traducción a otros idiomas, o su adaptación, como en el caso de una novela adaptada para un guión.

La protección por derecho de autor también incluye derechos morales los cuales son: el reivindicar la autoría de una obra y al derecho de oponerse a modificaciones de la misma que pueden atentar contra la reputación del creador.

Muchas obras creativas protegidas por el derecho de autor requieren una gran distribución, comunicación e inversión financiera para ser divulgadas (por ejemplo, las publicaciones, las grabaciones sonoras y las películas); por consiguiente, los creadores suelen vender los derechos sobre sus obras a particulares o empresas más capaces de comercializar sus obras, por el pago de un importe. Estos importes suelen depender del uso real que se haga de las obras y por ello se denominan regalías.

Estos derechos patrimoniales tienen una duración, estipulada en los tratados pertinentes de la OMPI, de 50 años tras la muerte del autor. Las distintas legislaciones nacionales pueden fijar plazos más largos. Este plazo de protección permite tanto a los creadores como a sus herederos sacar provecho financiero de la obra durante un período de tiempo razonable. La protección por derecho de autor también incluye derechos morales que equivalen al derecho de reivindicar la autoría de una obra y al derecho de oponerse a modificaciones de la misma que pueden atentar contra la reputación del creador.

5.3 Propiedad Industrial y prácticas desleales La propiedad industrial es un conjunto de derechos que puede poseer una persona física o jurídica sobre una invención (patente, modelo de utilidad, topografía de productos semiconductores, certificados complementarios de protección de medicamentos y productos fitosanitarios), un diseño industrial, un signo distintivo (marca o nombre comercial), etc. Otorga dos tipos de derechos: en primer lugar el derecho a utilizar la invención, diseño o signo distintivo, y en segundo lugar el derecho a prohibir que un tercero lo haga. El derecho de prohibir es la parte más destacada de la propiedad industrial y permite al titular del derecho el solicitar el pago de una licencia, también llamada regalía. Posee límites temporales, pues casi todos los derechos de propiedad industrial tienen una duración máxima, y territoriales pues sólo tienen validez en el territorio donde se han concedido. Otros límites al derecho de prohibir son el agotamiento del derecho, por el cual una vez comercializado con permiso del titular o habiendo cobrado la indemnización no se puede impedir la posterior venta; el uso con fines experimentales y no comerciales, la entrada temporal en el país de un medio de locomoción matriculado en el extranjero, etc. La propiedad Intelectual se puede considerar como la unión de derechos patrimoniales de carácter único, que es otorgado por medio del estado, para darle uso en un tiempo determinado, ya sean personas morales o físicas que llevan a cabo invenciones o innovaciones que pueden ser productos y creaciones objetos de comercio. En México las instituciones gubernamentales encargadas de administrar el sistema son:  

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) Secretaría de Educación Pública, a través del Instituto Nacional de Derechos de Autor.

23“A la propiedad industrial se le conoce como el derecho exclusivo que otorga el estado para usar o explotar en forma industrial y comercial las invenciones o innovaciones de aplicación industrial o indicaciones comerciales que realizan individuos o empresas para distinguir sus productos o servicios en el mercado. Este derecho permite a su titular la facultad de excluir a otros del uso o explotación comercial del mismo si no cuenta con su autorización. La protección en nuestro país solo es válida en el territorio nacional; su duración depende de la figura jurídica para la cual se solicita su protección. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial es el encargado de proteger la propiedad industrial mediante patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas y avisos comerciales; la publicación de nombres comerciales, denominaciones de origen, y regulación de secretos industriales así como prevenir cualquier acto en contra de ellos. Principales atribuciones de IMPI.

Orientar y asesorar en el registro y otorgamiento de los derechos de propiedad industrial. Prevenir y combatir los actos que atenten contra la Propiedad Industrial o que constituyan competencia desleal, así como aplicar las sanciones correspondientes. Promover la actividad inventiva de aplicación industrial, las mejoras técnicas y la difusión de los conocimientos tecnológicos dentro de los sectores productivos, fomentando la transferencia de tecnología para contribuir a la actualización tecnológica de las empresas, mediante la divulgación de acervos documentales de información tecnológica. Practicas desleales. De acuerdo al artículo 28 de la ley de comercio exterior, se considera práctica desleal de comercio internacional la importación de mercancías en condiciones de discriminación de precios o subvenciones en el país exportador, ya sea el origen o el de procedencia, que causen daño a una rama de la producción nacional de mercancías idénticas o similares. Las prácticas desleales son un sistema de defensa. En la Secretaría de Economía existe un departamento encargado a este tipo de prácticas. Incluye la jefatura de unidad técnica jurídica de investigación de dumping y subvenciones, investigación de daño y salvaguarda, procesos jurídicos internacionales. Son dos las principales prácticas desleales, el Dumping y la Subvención de Precios, hay un acuerdo sobre subvenciones y Medidas de compensatorias todo esto te lo detallamos a continuación. Acuerdo antidumping: Este acuerdo no emite juicios sobre los países que incurran en estas prácticas, se centra en regular la manera en que los gobiernos que se sientan afectados pueden reaccionar ante el dumping, en el se establecen medidas para la determinación de la existencia de dicha práctica desleal. Art. 131 de la constitución política:“Es faculta privativa de la federación reglamentar en todo tiempo y aun prohibir por motivos de seguridad, la circulación en el interior de la República toda clase de efectos cualquiera que sea su procedencia” también advierte que se podrán restringir y prohibir las importaciones, exportaciones y el tránsito de productos de artículos y efectos para regular el comercio exterior, proteger la economía del país, la estabilidad de la producción nacional o tomar cualquier otra medida en beneficio del país. Los incentivos para incurrir en prácticas desleales son varios y significativos, como por ejemplo penetrar a mercados difíciles, maximizar utilidades o fulminar a la competencia. Algunos empresarios acrecientan los costos fijos para aumentar la producción o reducir costos fijos, por lo que tratan de colocar los productos fuera; algunos mediante los comportamientos mencionados. Medidas de Salvaguardas Estas medidas regulan temporalmente las importaciones de mercancías idénticas, similares o las que son competidoras directas a las mercancías o efectos de la producción nacional, de manera

que se proteja o corrija un daño a la producción nacional; Estas medidas pueden consistir en Aranceles Específicos, Permisos Previos de Importación, Aranceles Cupos o Licencias de importación. Un efecto de la apertura comercial es el que las importaciones de productos aumenten en tal medida que afecten de manera grave a una rama de la producción nacional, esto es un resultado del comercio internacional, pero no podemos tener una economía proteccionista, y cerrarnos a los mercados internacionales ya que esto no es sano para ningún país, por eso el gobierno debe garantizar la protección a nuestros productos, mediante tratados comerciales y medidas de salvaguarda, evitando irregularidades comerciales para que el comercio en nuestro país se lleve de manera sana y equitativa.

5.4 Privacidad y protección de datos personales La protección de datos personales se ubica dentro del campo de estudio del Derecho Informático. Se trata de la garantía o la facultad de control de la propia información frente a su tratamiento automatizado o no, es decir, no sólo a aquella información albergada en sistemas computacionales, sino en cualquier soporte que permita su utilización: almacenamiento, organización y acceso. La privacidad se compone por un sinfín de facetas del individuo, que tratadas de manera conjunta, máxime por medios informáticos, pueden llegar a constituir un perfil que el mismo individuo, titular de esos datos aislados, desconoce, y, por tanto, no controla. La protección de datos, que es un derecho fundamental, inevitable, para que la información se encuentre, resguardada, y no pueda ser robada o extraída, para usos ilegales. A nivel federal la primera referencia que se encuentra en el ordenamiento jurídico está en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: “nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones”. La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) “garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal”. El principio del consentimiento, por el que el titular de los datos es el único que tiene derecho a decidir quién, cómo cuándo y para qué se tratan sus datos, se articula también en el capítulo cuarto, artículos 21 y 22, de la LFTAIPG. Este principio no se encuentra detallado, sino que se define sólo en relación con la fase en la que los datos se transfieren a un tercero, es decir, cuando se produce la cesión o comunicación de datos a terceros, en la que el titular pierde, en su caso, aún más el control sobre su información personal. De acuerdo al artículo 21 de la (LFTAIPG) del reglamento de la ley federal de transparencia y acceso a la información pública gubernamental, que prevé: “Los sujetos obligados no podrán difundir, distribuir o comercializar los datos personales contenidos en los sistemas de información, desarrollados en el ejercicio de sus funciones, salvo que haya mediado el consentimiento expreso, por escrito o por un medio de autenticación similar, de los individuos a que haga referencia la información.” La información, o los datos que se recaban o que se registran en un sistema de datos personales, deben ser exactos, mantenida al día, apropiada para el fin para el que fue almacenado y obtenida por medios legales, y así se dispone en el artículo 20 de la LFTAIPG. Seguridad en el tratamiento de datos personales

Para evitar el desvío de la información, mal intencionadamente o no, hacia sitios no previstos, además de para garantizar el tratamiento de datos dentro de los límites permitidos por la norma y con respeto a los derechos del afectado, asegurando la confidencialidad y la integridad de los datos personales evitando su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado. •

Derechos.

La normativa prevé la existencia de unos derechos de los titulares de dichos datos en los que se concretan los mencionados principios, como instrumento propicio para controlar el tratamiento que, de sus datos personales, haga el responsable del sistema de datos personales, y, en su caso, instarle a modificar o suprimir aquellos datos cuyo tratamiento no resulte procedente, así como a conocer qué información se está tratando sobre su persona. Cómo ejercer tu derecho a la protección de datos personales Un dato personal es cualquier información relacionada contigo Constituyen datos personales tu nombre, teléfono, domicilio, fotografía, o huellas dactilares, así como cualquier otro dato que pueda identificarte. Con la nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales, tu derecho será protegido Esta nueva legislación coloca a las personas en el centro de la tutela del Estado. Los mexicanos contamos hoy con una legislación que protege la información personal que pueda encontrarse en las bases de datos de cualquier persona física, o empresa como, aseguradoras, bancos, tiendas departamentales, telefónicas, hospitales, laboratorios, universidades. Esta legislación contiene una serie de reglas claras y respetuosas de la privacidad, dignidad e información de las personas, derivadas de principios internacionalmente observados por otros países del mundo. La Ley regula la forma y condiciones en que las empresas deben utilizar tus datos personales. Tú eres dueño de tus datos personales y sólo tú decides cómo, cuándo, a quién y para qué entregas tu información personal, salvo las excepciones que marquen las leyes Es muy importante que cuides estos datos por razones de seguridad y porque es tu derecho. Tus datos deben ser protegidos contra el mal uso como robo de identidad, transmisiones indebidas o ilícitas o accesos no autorizados. En la protección de tus datos personales, cuentas con el IFAI El IFAI es la autoridad garante en materia de protección de datos. El IFAI garantizará la no injerencia arbitraria o ilegal a tu vida privada, provocada por el mal uso de tus datos. El IFAI estará facultado para imponer infracciones y sanciones a quienes hagan mal uso de tus datos. Todos somos corresponsables: la persona que exige sus derechos; quienes posean datos deberán cumplir con la ley, y el IFAI garantiza tu derecho

El IFAI capacita, establece estándares de seguridad, ayuda a las empresas a cumplir con la ley, atiende quejas, concilia, inspecciona y en su caso sanciona. Quienes manejan datos deberán prever medidas de seguridad y establecer mecanismos para que puedas Acceder, Rectificar, Cancelar u Oponerte al manejo de tu información personal. Privacidad En México, la privacidad y los datos de las personas en las relaciones entre empresas y consumidores ya se encuentra regulada en la Ley Federal de Protección al Consumidor. Asimismo, existen otras disposiciones sobre privacidad que se encuentran contenidas en otros ordenamientos jurídicos a nivel federal. En la medida en la que exista una mayor penetración y uso del Internet en México, se deberá evaluar la posibilidad de crear un marco jurídico más amplio y eficiente que proteja los datos e información que proporcionen los ciudadanos no sólo a los sitios web de las empresas, sino sobre todo a los órganos gubernamentales cuyos servicios se ofrecerán completamente en línea en un futuro no muy lejano. Resulta conveniente que en sectores altamente sensibles en donde la información de las personas es considerada primordial, como son el sector salud o el laboral, se contemple la posibilidad de incluir aspectos de privacidad y protección de datos en el ámbito de sus respectivas leyes y reglamentos, esto por supuesto, en la medida en que se vaya incrementando el uso del Internet en México y de acuerdo a las necesidades específicas que la sociedad vaya requiriendo.

5.5 PROTECCION AL CONSUMIDOR ¿Qué es la comisión de protección al consumidor? Es el órgano administrativo competente y especializado para conocer las presuntas infracciones a las disposiciones contenidas en la Ley de Protección al Consumidor, así como para imponer las sanciones administrativas y medidas correctivas establecidas en dicha norma, salvo que su competencia sea negada por norma expresa con rango de ley. En el caso que un consumidor considere que sus derechos se han visto vulnerados, cuenta con dos vías para poder ver amparados sus derechos y así dar solución a su reclamo. La primera consiste en un servicio de atención gratuita de reclamos, a cargo del Servicio de Atención al Ciudadano, en el cual las partes, consumidor y proveedor, pueden llegar a un acuerdo conciliatorio, procurando, mediante procedimientos sencillos y rápidos, atender y resolver con carácter vinculante y definitivo para ambas partes los reclamos de los consumidores. La segunda vía corresponde al procedimiento formal de denuncias por presuntas infracciones a las normas de protección al consumidor, para cuyo inicio debe cumplirse con los requisitos establecidos por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del INDECOPI.

Los siete derechos básicos del consumidor Los siete derechos básicos del consumidor resumen facultades y obligaciones que otorga la ley federal de protección al consumidor. 1. Derecho a la información La publicidad, las etiquetas, los precios, los instructivos, las garantías y, en general, toda la información de los bienes y servicios que te ofrezcan debe ser oportuna, completa, clara y veraz, de manera que puedas elegir qué comprar, con pleno conocimiento. 2. Derecho a la educación Puedes recibir instrucción en materia de consumo, conocer tus derechos y la forma en que te protege la ley, así como organizarte con familiares o vecinos para aprender a consumir mejor y de manera más inteligente. 3. Derecho a elegir Al escoger un producto o servicio, nadie te puede presionar, condicionar la venta a cambio de comprar algo que no quieras o exigir pagos o anticipos sin que se haya firmado un contrato. 4. Derecho a la seguridad y calidad Los bienes y servicios que se ofrecen en el mercado deben cumplir con las normas y las disposiciones en materia de seguridad y calidad. Además, los instructivos deben incluir las advertencias necesarias y explicar claramente el uso adecuado de los productos.

5. Derecho a no ser discriminados

Al comprar un producto o contratar un servicio, no te lo pueden negar, tampoco discriminar o tratar mal por tu sexo, raza, religión, condición económica, nacionalidad, orientación sexual, ni por tener alguna discapacidad. 6. Derecho a la compensación Si un proveedor te vende un producto de mala calidad o que no cumple con las normas, tienes derecho a que se te reponga o a que te devuelvan tu dinero y, en su caso, a una bonificación no menor a 20% del precio pagado. También te deberán bonificar cuando no te proporcionen un servicio o te lo otorguen de forma deficiente. Asimismo, tienes derecho a que te indemnicen por los daños y perjuicios que te haya ocasionado. 7. Derecho a la protección Puedes ser defendido por las autoridades, exigir la aplicación de las leyes y también organizarte con otros consumidores para defender sus intereses comunes. Cuando algún proveedor no respete tus derechos o cometa abusos en contra de los consumidores, profeco pone a tu disposición el teléfono del consumidor(5568 8722 en el df y zona metropolitana, y 01 800 468 8722, larga distancia sin costo desde el resto del país). ¿Quiénes son consumidores? un consumidor es una persona u organización que demanda bienes o servicios proporcionados por el productor o el proveedor de bienes o servicios. Es decir, es un agente económico con una serie de necesidades. También se define como aquél que consume o compra productos para el consumo. Es por tanto el actor final de diversas transacciones productivas. En el ámbito de los negocios o la administración, cuando se habla de consumidor en realidad se hace referencia a la persona como consumidor. El consumidor es la persona u organización a la que el marketing dirige sus acciones para orientar e incitar a la compra, estudiando el proceso de toma de decisiones del comprador. El Derecho del consumo es la denominación que se da al conjunto de normas emanadas de los poderes públicos destinada a la protección del consumidor o usuario en el mercado de bienes y servicios, otorgándole y regulando ciertos derechos y obligaciones. ¿Quiénes son proveedores? Aquellas personas naturales o jurídicas que realizan operaciones de venta de bienes o prestación de servicios de manera habitual o en establecimientos abiertos al público. Proveedor es la persona o empresa que abastece con algo a otra empresa o a una comunidad. El término procede del verbo proveer, que hace referencia a suministrar lo necesario para un fin. ¿Qué productos o servicios? Productos o servicios colocados en el mercado con la expectativa de una retribución económica

5.6 Gobierno en internet y tendencias regulatorias globales No existe un ente como gobierno en si en el internet, pero se hace valer como tal en cada país por medio de cada gobierno del mismo. Cada gobierno tiene sus políticas y normas para controlar el flujo de información y no siempre se puede intervenir internacionalmente, ya que el internet es un servicio a nivel mundial, el cual no se puede monopolizar, pero cada país independiente mente puede restringir el flujo de información dentro de el mismo, así como el que entra y sale aun que en la mayoría de los países no es muy practicado. El país que más quiere avalarse como un gobierno en internet es Estados Unidos, que ha desarrollado leyes para proteger compañías, por medio de evitar la propagación de información a través de clausurar sitios que infringen las leyes de derechos de autor, o cuando el recurso es mal utilizado. Aunque Estados Unidos sea el mayor aportador a esto, no es el único, y no forzosamente intervienen países también se puede evitar este flujo individualmente, cambiando el punto de vista a uno más moral donde depende más de quien trate con el problema, hasta ahora existe una cantidad limitada de delitos globales en internet que pueden ser detenidos libre mente. Tendencias regulatorias: Ya que la mayoría de información que procede se encuentra de internet está regulada por normas establecidas por el autor que otorgo la información, el cual puede solucionarlo por su cuenta sin la intervención de otros entes si es capaz, avalarse con sus leyes gubernamentales, o un ente completamente externo puede apoyarse. Delitos de internet:      

Spam: Envió masivo de información no solicitada o deseada. Phishing: El intento de obtener información privada de usuarios por medios ilícitos, como engaño y robo de información. Fraude. Pornografía ilegal. Robo de identidad. Difamación.

Privacidad y protección de información: Moralmente las compañías se comprometen a obedecer lo que son las leyes de derecho de autor y las leyes de consumidor. Con el propósito de no ser clausurados o demandados por otras empresas o instituciones, y por el hecho de apelar al público como una compañía consiente y moral en la cual pueden confiar.

Referencias Bibliográficas http://mitecnologico.com/sistemas/Main/EstructuraDelMarcoJuridicoEnMexico http://aprendiendoderecho.bloges.org/1260945060/divisi-n-de-poderes-ejecutivo-legislativo-yjudicial/

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