LA CONTABILIDAD La contabilidad se define como la ciencia, la técnica y el arte de reconocer, valorar, presentar y analizar las operaciones económicas y financieras que realiza una empresa durante un período determinado, con el fin de conocer los resultados obtenidos y estructurar los estados financieros que servirán de base para la toma de decisiones gerenciales (Zapata Sánchez, 2017). Dentro de los objetivos generales de la contabilidad se encuentran: Llevar el registro sistematizado de todos los hechos económicos a partir del reconocimiento, la valoración y presentación de éstos, utilizando el proceso contable. Determinar los resultados económicos operativos e integrales obtenidos durante un ejercicio económico, identificando de manera clasificada los ingresos, los gastos y costos Establecer la situación financiera y patrimonial de la empresa en un momento dado, por la medición de los activos y pasivos empresariales. Informar sobre el flujo del efectivo u la repercusión en su posición financiera. Analizar e interpretar la situación económico-financiera.
PROCESO CONTABLE Se lo define como un conjunto de pasos lógicos y ordenados que el contador debe seguir desde el momento mismo en que se pone en marcha la empresa y durante toda su existencia, cuando reconocerá muchas transacciones que al menos en parte afectan la economía y las finanzas de la empresa. Este proceso permite reconocer, valorar y presentar la información contable por cada operación y de manera acumulada por cada cierto período de tiempo; también facilita la evaluación y el control de los recursos económicos y financieros, y proporciona a los usuarios un conocimiento permanente del flujo de la información contable.
JORNALIZACIÓN
MAYORIZACIÓN
COMPROBACIÓN Y AJUSTES
PRODUCTOS EEFF
Análisis
Imputación
Imputación a cuenta respectiva
Aplica técnicas de verificación
Estado de Resultados
Pertinencia
Valoración con base en NIIF
Clasificación adecuada
Registra ajustes
Estado de Situación Financiera
Exactitud
Imputación a subcuentas auxiliares
Asegura calidad de saldos
Estado de Flujo de Efectivo
Legalidad
Verificar los pases completos del libro mayor
RECONOCIMIENTO
Estado de cambios Patrimonio
Figura 1 El Proceso Contable
Reconocimiento. – Verifica la legalidad y pertinencia de la operación. El contador debe conocer la realidad económica de la empresa, las normas técnicas de la contabilidad y las leyes de comercio. Para reconocer el hecho económico debe:
Verificar que la operación sea producto de una autorización interna previa.
Constatar la presencia de un documento que evidencia el acto de comercio.
Identificar las cuentas contables que se afectan por el acto de comercio
Jornalización. – Es el registro inicial e inmediato de toda transacción que realiza una empresa en uno de los libros principales de la contabilidad, denominado libro diario. El registro debe hacerse bajo la fórmula de asiento contable, cuidando el cumplimiento del principio de partida doble. Mayorización. – Consiste en trasladar los valores de cada una de las cuentas que aparecen en el libro diario a otro, denominado libro mayor (Agrupa individualmente el movimiento debe o haber de cada una de las partidas) Comprobación y Ajustes. – Este paso se ha evidenciado en el denominado balance de comprobación, que puede ser de saldos o de sumas o de los dos a la vez. Puede ser considerado un informe preliminar de la
contabilidad, consultado por la gerencia. Se registran las sumas de los movimientos deudores u acreedores de las cuentas principales, para constatar que se ha cumplido con el principio de partida doble y comprobar la razonabilidad de sus saldos. Los ajustes son registros que deben hacerse necesariamente en el libro diario y luego llevarlos al libro mayor, con el fin de corregir o modificar los saldos de ciertas cuentas que, por una u otra razón, no presentan un valor razonable. Productos EEFF. – Los estados financieros son reportes que se elaboran al finalizar un período contable, con el objeto de proporcionar información sobre la situación económica y financiera de la empresa, la cual permite examinar los resultados obtenidos y evaluar el potencial económico de la entidad.
¿QUIÉNES ESTAN OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD? Están obligados a llevar contabilidad todas las sociedades, personas naturales y sucesiones indivisas, de acuerdo a las siguientes condiciones:
Capital propio superior a 9 fracciones básicas desgravadas del Impuesto a la Renta;
Ingresos brutos anuales superiores a 15 fracciones básicas desgravadas; o,
Costos y gastos anuales superiores a 12 fracciones básicas desgravadas.
Proveedores de Estado, cuya facturación en el ejercicio fiscal anterior sea igual o superior al duplo del valor de ingresos establecido para estar obligados a llevar contabilidad.
A partir del año 2018, según Resolución NAC-DGERCGC17-00000430 publicada en el 2017 por el SRI, entre los nuevos sujetos obligados se destacan:
Contribuyentes cuya facturación en el ejercicio fiscal anterior sea igual superior al duplo del valor de ingresos establecido para estar obligados a llevar contabilidad, y que al menos el 50% de la misma corresponda a transacciones efectuadas directamente con exportadores.
Sujetos pasivos del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).
Sujetos pasivos del Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no Retornables (IBPNR).
Contribuyentes que soliciten al Servicio de Rentas Internas la devolución del Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no Retornables IBPNR.
Productores y comercializadores de alcohol.
Titulares de concesiones mineras, contratos de explotación minera, licencias y permisos, así como de las autorizaciones para instalar y operar plantas de beneficio, fundición y refinación, y de licencias de comercialización; en general, todos los titulares de derechos mineros, excluidos los que se encuentran bajo el régimen de minería artesanal.
Contribuyentes que desarrollen la actividad económica de elaboración y refinado de azúcar de caña.
Las personas naturales que realicen actividades empresariales y que operen con un capital u obtengan ingresos inferiores a los previstos en el inciso anterior, así como los profesionales, comisionistas, artesanos, agentes, representantes y demás trabajadores autónomos deberán llevar una cuenta de ingresos y egresos para determinar su renta imponible (SERVICIO DE RENTAS INTERNAS SRI, s.f.).
FUENTES DE CONSULTA SERVICIO DE RENTAS INTERNAS SRI. (s.f.). SRI. Obtenido de SRI: http://www.sri.gob.ec/web/guest/impuesto-renta Zapata Sánchez, P. (2017). Contabilidad general. Colombia.