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INTRODUCCION

La carta magna de Juan sin tierra es una serie de concesiones otorgadas el 15 de junio de 1215 a los nobles ingleses en el cual se comprometía a respetar los fueros e inmunidades de los mismos.

¿Qué es la carta magna del 5 de junio de 1215? Es una serie de concesiones involuntarias del rey Juan sin tierra a sus rebeldes Barones en 1215 “en la que se comprometía a respetar los fueros e inmunidades de la nobleza y a no disponer la muerte ni la prisión de los nobles y la confiscación de sus bienes, mientras aquello no fuesen juzgados por “sus iguales” (Valencia Vega, Alipio, Desarrollo del constitucionalismo, la Paz, Bolivia, Juventud, 2a, 1988, página 81). Plasma la primera definición detallada de las relaciones entre el rey y la nobleza.

Aunque se piensa a menudo que la Carta Magna de Juan sin Tierra de 15 de junio de 1215 como la piedra angular de libertad y la principal defensa contra la ley arbitraria e injusta de Inglaterra. De hecho, contiene pocas declaraciones terminantes: 25 cláusulas de 63.

Los antecedentes están en la sociedad feudal, los barones del rey tenía sus tierras “en feudo” que es un contrato por el cual los soberanos y los grandes Señores concedían en la Edad Media tierras o rentas en usufructo, obligándose quien la recibía a guardar fidelidad de vasallo al donante, prestando el servicio militar y acudir a las asambleas políticas y judiciales que el señor convocaba del rey, con la obligación para proporcionarle un número fijo de caballeros siempre que éstos de requiriera para el servicio del ejército.

Al principio los barones proporcionaron a los caballeros dividiendo sus propiedades de que los más grandes y más importantes estaba conocidos como “honorarios”.

Pero en el tiempo del Rey Juan se había vuelto usual la conmutación de la obligación: en vez de servir como caballero se pagaba en dinero el “scutage”. Este rédito se destinaba al pago del ejército.

Además del servicio militar, la costumbre feudal le permitió al rey hacer ciertas, otras exacciones de sus barones.

En tiempos de emergencia, y en ocasiones especiales como el matrimonio de su hija mayor, él podría exigir de ellos una leva financiera como un ”aid” el auxilium.

Cuando un varón moría, el rico y exigir un deber de sucesión o “relief” (el relevium) del heredero. Si no había ningún heredero, o si la sucesión fuera disputada, las tierras del barón podrían comisarse o “escheated” a la Corona.

Si el heredero era menor de edad, el rey podría asumir la curatela de las propiedades, y disfrutar todas las ganancias vea la magnitud de expoliación hasta que pero fuese mayor edad.

El rey tenía el derecho, si quisiera, de vender al mejor postor tal curatela. Podía, inclusive, vender al heredero mismo el matrimonio, por el Valor de las propiedades del heredero.

También podrían vender a las viudas e hijas en matrimonio.

El alcance para la extorsión y abuso en este sistema, sino fue aplicado benignamente, era evidente y había sido asunto de que ha hecho antes que el Rey Juan subida al trono.

Para lo peor los infructuosos esfuerzos del Rey Juan por defender sus dominios en Normandía y casi toda la Francia occidental llevar una demanda sorpresiva sobre sus súbditos.

Los fracasos militares de Juan en Francia, los elevados impuestos y el abuso que hizo de sus privilegios reales y feudales provocaron la rebelión de los barones. Algunas de sus reclamaciones eran de índole personal, pero otra se basaban en el deseo de protegerse de los abusos de la autoridad del rey.

Los impuestos eran extorsivos; las represalias contra los que no pagaban eran crueles, y la administración de justicia de Juan se volvió considerablemente arbitraria.

En enero de 1215 tras una considerable discusión un grupo de varones exigió una carta de libertades como un resguardo contra la conducta abusiva del Rey. Los barones redactaron un documento (artículo de los varones) enviaron al monarca para que lo sancionará con el sello real. Cuando Juan rehusó hacerlo, los nobles se negaron a mantener su fidelidad, se levantaron en armas contra Juan y marcharon a Londres. Asaltaron y tomaron la ciudad en mayo de 1215.

El Rey, comprendió que debía llegar a un acuerdo se encontró con sus contrincantes en Runnymede prado del Rio Támesis el 10 de junio y se reunieron el 15 de junio para negociar.

Las concesiones hechas por el rey Juan se pulieron en el documento que había enviado a los nobles Artículos de los barones el cual fue estampado con gran sello del rey Juan.

El 19 junio los varones renovaron sus juramentos de obediencia al Rey.

Entre tanto a la cancillería real elaboró una concesión real formal, basada en los acuerdos alcanzados a Runnymede el cual se conoció como la Carta Magna.

Importancia

La importancia de la carta magna está en que estableció por primera vez un principio constitucional muy significante, a saber, que el poder del rey puede ser limitado por una concesión escrita. Y está considerada como la base de las libertades constitucionales en Inglaterra.

Los abusos fueron agravados por la dificultad de obtener la reparación para ellos. La Carta Magna provee los medios para que las quejas fuesen ampliamente escuchadas, no sólo contra el rey y sus agentes sino contra los Señores feudales menores.

Juan sin tierra. Hijo de Enrique II, pertenecía a la casa de Anjou. Mientras el Rey Ricardo "Corazón de león". Era el quinto hijo, quien le dejo sin tierra en el reparto de herencia (de ahí procede el sobrenombre que le puso su propio padre Ricardo II).

Sin embargo, pronto se hace con un patrimonio y se convirtió en un importante señor de vasallos.

A continuación se describe el origen de la Carta Magna y la encrucijada que causan los conflictos del Reinado de Juan Sin Tierra, su múltiple contenido de derechos y obligaciones de carácter feudal, caracterizándose siempre por su personalidad sin escrúpulos y que fue el ejemplo extremo del Maquiavelismo, dispuesto a todo con tal de conservar el poder y que parece que el poder de Juan estuvo constantemente desafiado por tres poderes rivales; el del Rey de Francia, el de la Iglesia Católica y el de los barones ingleses, de hecho en el origen de la Carta Magna está su lucha contra esos tres poderes.

Juan "sin tierra" (Lakeland), Nació en Oxford el 24 de Diciembre de 1167, hijo menor de Enrique II y Eleonora de Aquitania, dotado de una compleja y criticada personalidad.

Su padre había establecido su herencia de sus tierras a los mayores de sus hijos antes de nacer Juan, no obstante solo podían aspirar al trono su hermano Ricardo (Corazón de León) y él como hijos de Enrique.

Siendo el hijo favorito de su Padre por ser el menor, no esperaba heredar, su vida familiar fue tumultuosa con todos sus hermanos involucrados en rebeliones en contra de Enrique en 1173. Leonor fue encarcelada cuando Juan era un niño pequeño. Gerardo de Gales relata que el Rey Enrique tenía una curiosa pintura en una cámara del castillo de Winchester que mostraba una águila atacada por uno de sus tres polluelos, mientras el cuarto se agazapaba esperando su oportunidad de atacar, cuando se le preguntó por el significado de ella, el rey respondió: los cuatro jóvenes del águila son mis cuatro hijos, que no cesarán de perseguirme incluso hasta la muerte, incluso el más pequeño al que ahora me abrazo con tierno afecto, un día me afligirá en forma más grave y peligrosa incluso que todos los otros.

Juan disfrutaba de la lectura y creó una biblioteca móvil, algo inusual para la época. También le gustaba apostar y era entusiasta de la caza, incluso según el estándar medieval le gustaba la música. Juan se convertiría en un conocedor de joyas amasando una gran colección, y era bien conocido por vestirse con ropa muy opulenta y según los cronistas franceses su gusto por el vino malo. A medida de que Juan se hacia mayor, se le conocía por ser a veces "simpático, agudo, generoso y hospitalario" mientras que en otros momentos podría ser " envidioso, hipersensible, y propenso a ataques de rabia".

Desde muy joven intrigó para perjudicar a su hermano Ricardo (Corazón de león) antes de su ascensión al trono Juan ya había adquirido reputación de traidor por haber conspirado con y en contra de sus hermanos mayores, Enrique, Ricardo y Godofredo.

En 1189 se unió a su hermano Ricardo contra Enrique II, por ello cuando aquél fue coronado Rey le otorgó numerosas tierras y títulos, sin embargo Juan intento usurpar la Corona mientras su hermano luchaba en la tercera Cruzada, cuando murió su hermano Ricardo I en 1119, Juan fue nombrado Rey.

Su sobrino Arturo (hijo de su hermano Geoffrey) que se había sublevado con los partidos en Bretaña. En el marco de la guerra Arturo intentó secuestrar a su abuela Leonor de Aquitania, pero fue derrotado y capturado por las fuerzas de Juan, lo encarcelaron primero y luego no se supo a ciencia cierta que sucedió con Arturo, según los anales de margan el 03 de abril de 1203; luego de que el Rey Juan capturara a Arturo y lo mantuviera vivo en prisión durante algún en el Castillo de Ruan... [Cuando Juan estaba borracho y poseído por el demonio, mato a su sobrino Arturo con sus propias manos, y atando el cuerpo a una piedra pesada, lo arrojó al Sena].

Sin embargo; el oficial que comandaba el Ruan, declaró haber entregado a Arturo a los agentes del Rey para ser castrado y que Arturo murió de una conmoción. Pero nadie volvió a ver ese último día de su vida.

Y la suposición del asesinato causo una rebelión contra el Rey Juan en Bretaña y después en Normandía. (Este acontecimiento marca la imagen pública de Juan como una persona cruel y traicionera)

Parece ser que Juan tuvo un carácter sin escrúpulos y que fue un ejemplo extremo del Maquiavelismo, dispuesto a todo con tal de obtener y conservar el poder.

Durante la ausencia de su hermano Ricardo, que habría partido a la tercera cruzada entre 1190 y 1194, Juan intentó derrocar a Guillermo Longchamp obispo de Ely y designado regente por Ricardo.

Este fue uno de los sucesos que inspiraron a muchos escritores a convertir a Juan en villano de las leyendas de Robin Hood, localizadas un siglo antes de la época de Juan.

Por otra parte, trató de arrebatarle el trono mediante un acuerdo con el Rey Felipe II de Francia.

Mientras retornaba de la Tercera Cruzad, Ricardo fue capturado y encarcelado por el emperador Enrique VI de l Sacro Imperio Romano Germánico; se dice que Juan envío una carta a Enrique pidiéndole que mantuviera a Ricardo lejos de Inglaterra el mayor tiempo posible, pero los partidarios de Ricardo pagaron el rescate para si liberación, porque pensaban que Juan seria un pésimo rey.

Al regresar a Inglaterra Ricardo asumió el trono, perdono a Juan y lo nombro heredero.

En 1189 Juan se casó con Isabel de Gloucester, hija y heredera de Guillermo Fritz Robert. No tuvieron hijos y Juan pidió la anulación de su matrimonio alegando consanguinidad.

Tras haber conseguido la anulación de su primer matrimonio, Juan Sin Tierra volvió a casarse en ciudad francesa de Burdeos el 24 de Junio de 1200 con Isabel de Angulema, niña de apenas 12 años de edad que había raptado el mismo día de su boda. Isabel le dio cinco hijos, entre ellos dos varones.

El Rey Felipe II (Augusto) de Francia continúo la guerra contra Juan hasta que éste rindió casi todas sus posesiones en Bretaña, Anjou, Normandía, y Turena, en 1204.

No satisfecho con esta derrota, tres años más tarde, en 1207, Juan desató un conflicto con el poderoso Papa Inocencio III, que resultó desastroso para su reinado, ya que se negó a aceptar la elección de Stephen Langton uno de los principales Cardenales Ingleses como arzobispo de Canterbury Inocencio III quien comenzó a negociar con Felipe II de Francia para llevar a cabo la invasión de Inglaterra, y en un acto desesperado Juan rindió Inglaterra al Papa, el cual la devolvería en 1213 en calidad de feudo.

A su regreso a Inglaterra Juan quiso exigir a aquellos barones que no habían participado en su desafortunada aventura francesa.

La inquietud entre la feudalidad inglesa creció y la facción más belicosa marchó hacia el sur, con animo de ajustar las cuentas al Rey.

Juan intentó nuevamente recuperar sus posesiones francesas pero fue derrocado definitivamente por Felipe en 1214 en la Batalla de Bouvines.

Su reinado se volvió cada día más tiránico, pues para financiar sus guerras habría recaudado dinero por la fuerza, elevado los impuestos y confiscado propiedades.

En perspectiva parece que el poder de Juan estuvo constantemente desafiado por tres poderes rivales; el del Rey de Francia, el de la Iglesia Católica y el de los barones ingleses. Y en situaciones de debilidad, Juan no dudo en hacer de cada uno de ellos importantes concesiones que luego no respetó.

De hecho en el origen de la magna carta esta su constante lucha contra estos tres poderes.

El conflicto con Francia, la nueva guerra de Juan contra Felipe Augusto, con ella el Rey Inglés que contaba con sus aliados el Conde de Flandes y el Emperador Otto de Alemania, pretendía recuperar Normandía, pero la victoria francesa sobre las fuerzas aliadas de Bouvines.

En 1214, no sólo termino con las perspectivas de un imperio continental de los Reyes Ingleses de la casa de Ajou, si no que al debilitar a Juan posibilitó la limitación de su poder y un año después de Bouvines. Juan tuvo que aceptar la Magna Carta.

El conflicto de Juan con la Iglesia también fue muy relevante para la Magna Carta, que surgió como un pleito por la designación del sucesor Hubert Walter en el Arzobispado de Canterbury, sede primada de Inglaterra.

Los monjes eligieron dos candidatos, uno de ellos patrocinado por el Rey Juan y el pleito sucesorio quedó sometido al Papa Inocencio III que rechazo a los dos candidatos electos y nombró Arzobispo a Stephen Langton Inglés, formado en la Universidad de Paris y de gran reputación intelectual, misma que Juan se negó terminantemente a reconocer.

Inocencio III respondió decretando el interdicto de Inglaterra, que suponía la prohibición de administrar los sacramentos en todo el Reino (excepto el bautismo) y la presión papal aumento hasta el punto de decretar la excomunión del Rey Juan y una cruzada contra el mismo, encomendando a Felipe Augusto la tarea de destituirle por la fuerza.

En 1213 en vísperas de la temida invasión francesa, Juan aceptó los términos de reconciliación con la Iglesia, sugeridos por el legado papal Pndulpho de Milán y se proclamo vasallo feudal del Papa, aceptando también a Stephen Lagnton como Arzobispo de Canterbury y en solemne ceremonia de arrepentimiento.

Habiendo tenido éxito en sofocar el levantamiento galés de 1211 y cerrado su disputa con el papado, Juan llevo su atención a sus intereses de ultramar.

Poco tiempo después Langton consiguió agrupar a los barones en torno a un programa de reformas que quedaría plasmado en la Magna Carta.

Gran parte de los barones compartía un espíritu de rebelión contra Juan (tres años antes se había frustrado una conspiración con intento de regicidio, y su descontento venia provocado por el aumento y la arbitrariedad y exigencias de los pagos exagerados de los impuestos por Juan, en ejercicio de sus derechos feudales, para financiar sus campañas de Francia.

Langton logró encauzar ese malestar, patente en la negativa de algunos barones a prestar homenaje al Rey 5 de Mayo de 1215, convirtiéndolo en apoyo a un documento, denominado como "los artículos de los Barones", que es básicamente la plantilla de la Magna Carta.

Ante esta situación Juan no se resignó a la humillación de la Magna Carta, ante la presión de un potente ejército nobiliario, fortalecido además por el apoyo que la ciudad de Londres brindó a los barones, a quienes había abierto sus puertas. Sólo entonces de sometió el Rey.

En una breve ceremonia en los prados de Runnymede, entre Windsor y Staines, junto al Támesis, en presencia de ejercito de los barones y acompañado por Langton, Juan estampó su sello real en documento originario del constitucionalismo inglés, el 15 de junio de 1215. De alguna manera con ello pagaba las consecuencias de múltiples errores, de algunos, desde luego el no era el responsable exclusivo.

Posteriormente se retiró a Windsor, sin ninguna intención de cumplir el acuerdo que le fue impuesto y de hecho para justificar el incumplimiento contó con la inestimable ayuda de Inocencio III que, como supremo señor feudal de Inglaterra, condenó la Magna Carta como una usurpación del poder del Rey y la declaró para siempre nula e inaplicable, bajo amenaza de excomunión.

Se reinicio entonces la Guerra Civil y los barones se aliaron con Felipe Augusto de Francia, proclamando Rey a su hijo Luis, que invadió Inglaterra. Y en eso falleció Juan, el 18 de Octubre de 1216, después de haber perdido el tesoro real que le acompañaba como equipaje en su campaña militar.

Juan había tomado una ruta segura por el área del Wash para evitar el área rebelde de Anglia Oriental, la lentitud de su caravana con el equipaje (incluyendo las Joyas de la Corona) no obstante, tomo una ruta directa y se perdieron en una marejada inesperada. Esto significó un golpe para Juan, que afectó su salud y su estado mental, sucumbió a la disentería, y viajó de lugar en lugar, estuvo una noche en el castillo de Sleaford antes de su muerte.

Su hijo de nueve años le sucedió en el trono y se convirtió en Enrique III, la Magna Carta fue de nuevo promulgada aunque con algunas diferencias con el texto original por Enrique III.

Y aunque Luis continuo reclamando su derecho a dicho reinado, los consejeros reales cortaron la hierba bajo los pies a las pretensiones de Luis, forzándolo a renuncia a su reclamo y firmar el Tratado de Lambeth en 1217.

LA CARTA MAGNA: La carta magna es el título que se le da al documento que representa todos los derechos y deberes que una sociedad constituida como nación debe gozar y cumplir respetivamente. La etimología del término nos lleva a la época de la monarquía cuando Rey Juan I de Inglaterra se vio obligado a realizar un ordenamiento jurídico prácticamente a solicitud del pueblo, en vista de todas las problemáticas que se suscitaban en la sociedad. En esta época se le conoció con el latín “Magna carta libertatum”. La carta magna puedes ser comparada con la ley de las XII tablas en la que se escribieron todas las normas y condiciones por los que se usan a ordenar al público todo lo que se debe hacer para seguir con el curso de la evolución.

Históricamente todos los países han escrito su ordenamiento jurídico para el recto proceder de la sociedad, sin embargo, en vista de que el espíritu de una carta magna es la democracia, la libertad y la pluralidad del pensamiento, basándose en los mejores principios éticos, muchos países han realizado libros o escritos para basar sus leyes en torno a las creencias religiosas y a estos comprendidos de leyes no se les puede llamar Carta Magna, porque no poseen los fundamentos básicos de la concepción de esta. Muchos países como México, Venezuela y los países libertados por Simón Bolívar obtuvieron su documento de constitución y representación ante el mundo después de la independencia que les dio la autonomía del yugo español u otro.

CARTA: Como acepción principal, entendemos por carta aquel pedazo de papel escrito que una persona entrega a otro con la finalidad de comunicarle algo. La palabra carta viene del latín Charta que significa papel, que alude a la hoja de papiro preparada para escribir sobre ella, El diccionario de la real academia española expone la voz como papel escrito, y ordinariamente cerrado, que una persona envía a otra para poder comunicarse con ella. Entonces se puede decir que una carta es un medio de comunicación escrita por un emisor que sería remitente, para luego así ser enviada a un receptor denominado destinatario.

La carta magna de Juan sin tierra: la carta magna es una cedula que el rey Juan sin Tierra de Inglaterra otorgo a los nobles el 15 de junio de 1215 en la que se prometía a respetar los fueros e inmunidades de la nobleza y a no disponer de sus bienes, mientras aquellos no fuesen juzgados por sus iguales.

Por os siglos XII-XIII estaba regido por la sociedad feudal los barones del rey tenían sus tierras (feudas). Contrato por el cual los soberanos y los grandes señores concedían en la edad media tierras o rentas en usufructo, otorgándose quien las reciba a guardar febrilidad, prestarle servicio militar y acudir a las asambleas políticas y judiciales que el señor convocaba, por un juramento de lealtad y obediencia, y con la obligación de proporcionarle un número fijo de caballeros siempre que estos se requieran para el servicio en el ejército.

Esta obligación tenía un reciprocidad, la del rey de proteger a sus barones pero este se degenero no fue un problema que creo JUAN sin tierra sino que le era propio al sistema, hubo cambios en la computación como de la obligación en vez de servir como caballero se pagaba en dinero este se destinaba al pago del ejército. También en tiempos de emergencia y en ocasiones especiales como el matrimonio de su hija mayor él podía de exigir de ellos un eleva financiera conocido como un (aid) el auxilium.

En caso de que muriera un barón, el rey podría exigir un deber de sucesión o refile (relevium), sino había algún heredero, o si la sucesión fuera disputada, las tierras del barón podrían comisarse o (Eschaated) a la corona.

Si el heredero era menor de edad, el rey podría asumir la curatela de las propiedades, y disfrutar toda la ganancia hasta que el heredero fuese mayor de edad.

El rey tenía el derecho, si quisiera, de vender el mejor portor tal curatela. Podía, inclusive, vender al heredero mismo en matrimonio, por el valor de las propiedades del heredero.

La extorsión y abuso en este sistema, si no fue aplicado benignamente, era evidente y había sido asunto de queja mucho antes que el rey Juan subiera al trono.

Al morir Enrique II en 1189 fue sucedido por su hijo Ricardo “Corazón de León” quien paso la mayor parte de su reinado combatiendo fuera de Inglaterra, principalmente en Francia, este fue sucedido por su hermano menor Juan sin tierra en 1199.

En sus primeros años Juan se enfrentó al rey Felipe II y perdió todos sus dominios franceses incluida Normandía, con lo cual finalizo el imperio ANGEVINO formada por Enrique II al unirse con Leonor de Aquitania, divorciada del Rey Luis VII de Francia. Además se enfrentó al papa Inocencio III siendo excomulgado en 1209 tras lo cual se vio obligado a gobernar como vasallo pontifico.

Trato de recuperar Normandía y fue definitivamente derrotado por el Rey Felipe en la célebre batalla de Bouvines en 1214.

Su impopularidad aumento internamente no solo frente a los barones, sino frente al pueblo raso, por su política fiscal.

Los impuestos altísimos y las represalias contra los que no pagaban eran crueles, y la administración de justicia de Juan se volvió considerablemente arbitraria.

En enero de 1215 tras una considerable discusión un grupo de barones exigió una carta de libertades como un resguardo contra la conducta abusiva del rey. Los barones redactaron un documento (Artículos de los Barones) que enviaron al monarca para que lo sancionaran con el sello real. Cuando Juan rehusó a hacerlo, los nobles se negaron a mantener su fidelidad, se levantaron en armas contra Juan y marcharon a Londres. Asaltaron y tomaron la ciudad en mayo del 1215.

El rey, comprendo que debía llegar a un acuerdo se encontró con sus contrincantes en Runnymede prado del rio Támesis el 10 de junio y se reunieron el 15 de junio para negociar.

El 19 de junio los barones renovaron sus juramentos de obediencia al rey, Mientras tanto la cancillería real elaboro una Concesión Real formal, basados en los acuerdos alcanzados a Runnymede el cual se conoció como la carta magna.

Como podría esperarse, el texto de la carta magna de 1215 muestra muchos rastros de apuro, y es claramente el producto de mucha negociación y de muchas manos en su elaboración.

Cuatro copias de esta concesión original sobreviven. Dos están en la Britis Library mientras los otros pueden verse en los archivos catedráticos de Lincoln y de Salisbury.

Las cuatro copias se declaran haber sido “dado por nuestra mano en el prado que se llama Runnymede entre Winsdsor y Staines” en el 15 día de junio en el 17 año de nuestro reinado o sea el año 1215.

Cada uno difiere ligeramente en el tamaño, forma y texto.

Según las crónicas contemporáneas, copias de las cartas se distribuyeron a obispos, alguaciles y otros a lo largo del reinado, pero el número exacto de copias que mando la cancillería real en 1215 es desconocido.

El contenido de la carta magna: El contenido hace referencia a una iglesia “libre”; la ley feudal; los pueblos, el comercio y los comerciantes; la reforma de la ley y la justicia; el comportamiento de los oficiales reales; y los bosques reales.

La primera clausula, concedió la libertad de la iglesia, y confirmado su derecho para elegir a sus propios dignatarios sin la interferencia real en particular, refleja la disputa de Juan con el Papa sobre la elección de Stephen Langton como arzobispo de Canterbury.   

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Hubo garantías en cuanto a os derechos comerciales feudales tales como a continuación se nombran. -Cobro de tasas siempre con el consentimiento del consejo del reino. -Protección del comercio: Libertad de comercial en Londres, municipios y puertos de Inglaterra, inclusive para los extranjeros. Claramente representa concesiones a intereses especiales. -Establecía un sistema regularizado de pesos y medidas. -Aquellos que se tratan de las deudas, reflejan problemas administrativos creados por la escasez crónica de dinero en efectivo entre las clases superiores y medias, y su necesidad de acudir a los prestamistas cuando se requiere. -La cláusula que promete el levantamiento de empalizadas de pesca estaba pensada para la facilitación de la navegación de los ríos.

Los puntos más sobresalientes sobre la justicia fueron redactados.   

El tribunal de justicia quedo fijado permanentemente en Westminster El desarrollo de los procesos se simplifico al tenerse estos a estrictas normas procesales. Se regularon las penas por felonía (traición o acto desleal contra alguien)

Las libertades personales fueron de mucha importancia algunos dicen que aquí es donde se da origen al principio de legalidad nadie podrá ser arrestado, aprisionado sino en virtud de un juicio, según la ley del país.

También para otros autores hacen partir de este artículo principio de legalidad, esto no es así, esta cláusula solo es el principio de legalidad jurisdiccional que es solo una especia del principio de legalidad. Como se ve no hay coordinación en cuanto a la operación por parte de los autores, personal mente creo que el artículo 48 de la carta magna es quien da origen al principio de legalidad.

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Derecho a la justicia No se podrá condenar a nadie por un rumor o una mara sospecha, sino solo por el testimonio de pruebas fidedigno. Ningún hombre libre podrá ser detenido, encarcelado o privado de sus derechos, de sus bienes, ni puesto fuera de la ley ni desterrado o privado de su rango de cualquier otra forma, ni usaremos de la fuerza contra él, ni enviaremos a otros a que lo hagan, sino en virtud de sentencia judicial de sus pares y con arreglo a la ley del reino.

También el Habeas Corpus fue reconocido por primera vez, en la Carta Magna Inglesa de 1215 como una garantía contra la prisión indebida y arbitraria.

En relación a los impuestos se promovió el poder político por parte de los barones frente al rey.



No se podía exigir el pago de ayudas monetarias antes estas debían ser aprobadas por la reunión a los arzobispos, obispos, abades, duques y barones principales; commune consilum regni.

Importancia: La Carta Magna estableció por primera vez un principio constitucional muy signifícate dando paso al (habeas corpus, principio de legalidad), y al que el poder del rey puede ser limitado por una concesión escrita. Y está considerada como la base de las libertades constitucionales en Inglaterra.

La importancia de la Carta Magna en la historia constitucional Inglesa ha sido objeto de controversia entre los historia dores. Hoy se considera exagerada la calificación de piedra angular de las libertades Inglesas que llego a otorgársele, aunque no deje de reconocerse su gran influencia.

Se dice que la carta magna más de establecer unos principios totalmente nuevos, suponía una vuelta a ciertas libertades antiguas. Concretamente, a las concedidas en una carta otorgada por Enrique I el día de su coronación, comprometiéndose a no pedir impuestos feudales ilegales. La carta magna provee los medios para que las quejas fuesen ampliamente escuchadas, no solo contra el rey y sus agentes sino contra los señores feudales menores.

Constitución Política de los Estados Unidos México. La constitución política de los Estados Unidos de México de 1917 es la norma fundamental o carta magna, establecida para regir jurídicamente al país, la cual fija os límites y define las relaciones entre los poderes de la federación: poder legislativo, ejecutivo y judicial, entre los tres niveles diferenciados del gobierno: el federal, estatal y municipal, y entre todos aquellos y los ciudadanos. Asimismo, fija las bases para el gobierno y para la organización de las instituciones en que el poder se asienta y establece, en tanto que pacto social supremo de las sociedades mexicanas, lo derechos y los deberes del pueblo mexicano.

En total, el texto constitucional cuanta nueve Títulos que contiene 136 artículos y 19 transitorios. El texto sigue los lineamientos clásicos de las doctrinas políticas al contar con una parte dogmática, que abarca los primeros 38 artículos y establece derechos y obligaciones, y una parte orgánica, contenida en .os 98 artículos restantes y que define la organización de los poderes públicos.

Entre los cambios con respecto a la constitución de 1857, se encuentran la eliminación de la reelección del presidente de la república y del cargo de vicepresidente, así como la creación del municipio libre. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 es una aportación de la tradición jurídica mexicana al constitucionalismo universal, dado que fue la primera constitución de la historia que incluye derechos sociales.

Antecedentes: El 7 de agosto de 1910, Flores Magón y su hermano fundaron el periódico jurídico de México regeneración, desde el cual criticaban la corrupción del sistema judicial del régimen del general Porfirio Díaz, lo que los llevo a la cárcel. En 1902, los Flores Magón y un grupo de liberales arrendaron el periódico El Hijo del Ahuizote... En 1903, en el cuadragésimo sexto aniversario de la constitución de 1857, el personal del periódico realizo una propuesta con lema “La Constitución he muerto”. Ese mismo día, Flores Magón público en el mismo periodo una nota que decía: “todo aquel que esté libre de pecado que arroje la primera piedra acerca de la Constitución”, y parte el texto decía: “Cuando ha llegado un 5 de febrero más y la justicia ha sido arrojada de su templo por infames mercaderes y sobre la timba de la constitución se alza con cinismo una teocracia inaudita ¿para qué recibir esta fecha, digna de mejor pueblo, con hipócritas muestras de alegría? La constitución ha muerto, y al enlutarnos hoy con esa frase fatídica protestamos solemnemente contra los asesinos de ella, que con escarnio sangriento al pueblo que han vejado, celebren este día con muestras de regocijo y satisfacción” Al paso del tiempo, las críticas y las condiciones del país desataron diversos conflictos que, junto el resultado de las elecciones de 1910, dieron como resultado el inicio el 20 de noviembre de ese año, del conflicto armado conocida como Revolución Mexicana de 1910.

Según los tratados de la Ciudad de Juárez, tras la renuncia de Porfirio Días, Francisco León de la Barca ocupo la presidencia internamente hasta que pudieran llevarse a cabo elecciones.

León de la Barca entrego la presidencia a Francisco I. Madero, ganador de las elecciones extraordinarias de México de 1911. En 1913, Madero y el vicepresidente José María Pino Suarez fueron asesinados tras el conflicto de la denominada década trágica, y la presidencia la usurpo Victoriano Huerta.

Venustiano Carranza, por entonces gobernador del Estado de Coahuila, formo el ejército constitucional y desconoció a Huerta, a quien derroco en 1914. El nuevo encargado del poder ejecutivo expidió el 14 de septiembre de 1916 el decreto para convocar a un congreso Constitucionalista que sería en cargado de reformar la Constitución vigente y elevar a rango constitucional las demás exigidas durante la revolución, y que dejo en claro que no se cambiaría la organización y funcionamiento de los poderes públicos del país.

El 1 de diciembre del mismo año, el congreso constituyente abrió sesiones en el teatro Iturbide, en la ciudad de Santiago de Querétaro. El constituyente conto con diputados de todos los estados y territorios federales del país, con excepción de Quintana Roo. Estuvieron representadas ahí diversas fuerzas políticas: los Carrancistas o “renovadores”, como Luis Manuel Rojas, José Natividad Macías, Alfonso Cravioto y Félix F. Palavicino; los protagonistas o “radicales”, como Heriberto Jara, francisco J. Munguía, Luis G: Mozón,

Promulgación de la constitución. El 31 de enero de 1917, tras dos meses de debates, el constituyente cerró sesión. El 5 de febrero se promulgo la nueva Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la del 5 de febrero de 1857, que entraría en vigor el 1 de mayo del mismo año. Este mismo día se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

Debido a que inicialmente la intención fue reformar La constitución vigente, la nueva Constitución tomo como base fundamental los ordenamientos de la de 1857, especialmente lo referente a los derechos humanos, aunque ya no los menciona como tales, sino que alude a las llamadas garantías individuales; también agrego varios puntos del programa del Partido Libre Mexicano de 1906 y muchos más cambios para ajustarse a la nueva realidad social del país. Finalmente, el proyecto de reformar la Constitución del 57 derivo una nueva Constitución.

SUB BIBLIOGRAFIA

SCHMITT, Carl, Teoría de la Constitución Diccionario National Biography Edit. 2004 http://www.historiaconstitucional.com, págs. 243-262 http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=259027582009 www.artehistoria.com http://www.ilustrados.com JORGE MACHICADO, Carta Magna de Juan sin tierra. Copyright c 2008 by CED CENTRO DE ESTUDIOS DE DERECHO.

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