Universidad Nacional de Costa Rica Facultad de Ciencias Sociales Escuela de Administración Curso: Género y Trabajo
III Informe de lectura Profesora: Dra. Nalda Arias Cascante Estudiante: Sharon Rodríguez Avellán
II Ciclo, 2019
El Protocolo Facultativo de la CEDAW Desde el año 1948, con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, se han empezado a gestar esfuerzos para lograr la creación de convenios y acuerdos, que complementen y apoyen la protección de los derechos generales consagrados en el acta. Es así, como han surgido diferentes instrumentos, a través de los cuales, y mediante su ratificación en cada país, se pretende lograr un ámbito de cobertura más amplio. Siguiendo el punto anterior, desde 1948 —con la declaración de la igualdad entre hombres y mujeres— y después, con la aprobación de diferentes acuerdos y convenios, se tenía por supuesto que los derechos de las mujeres, estaban asegurados. Se habían cubierto temas como: la trata de blancas, trata de mujeres y niños, protección de la maternidad, empleo y condiciones de pago, el matrimonio, entre otros. Sin embargo, ninguno de los anteriores, lograron eliminar por completo la discriminación, la violencia y la desigualdad de las mujeres en el mundo, sino que fueron considerados meramente como letra muerta; como un intento de los políticos por quedar bien frente a la sociedad, sin importarles que, en la práctica, la situación desfavorable para las mujeres continuara. Y así fue como se hizo necesario, un instrumento especial que garantizara a ellas, sus derechos de igualdad y reconocimiento, con lo que surge la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer [CEDAW, por sus siglas en inglés], de 1979. El CEDAW se concibió como una estructura política, jurídica y administrativa que permite erradicar la discriminación contra la mujer y que, mediante su aplicación, esta se desenvuelva en igualdad de condiciones que el hombre. Además, es de gran importancia, debido a que fue el primer instrumento de carácter global para la protección de los derechos de las mujeres, que
implementó un sistema de regulación y control; por lo que lo diferenciaba de instrumentos anteriores, que solo reflejaban una voluntad política y no el deseo real de proteger a las mujeres. No obstante, es necesario que haya una entidad encargada de que los convenios internacionales se cumplan a lo interno de los Estados; es por ello, que, en el caso de los derechos de la mujer, el encargado de velar y vigilar porque el CEDAW no quede solo en la teoría, es el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Sin embargo, el último no puede ejercer sus funciones completamente, sin la facultad de comunicación. Se dice de la comunicación, un mecanismo mediante el cual, un comité que vela porque un determinado acuerdo se cumpla efectivamente, puede escuchar las denuncias de parte de los Estados y de parte de las personas, en caso de incumplimiento o violación de los derechos, que se encuentran consagrados en esos convenios y/o acuerdos. El Comité de CEDAW, no contaba con esta facultad, por lo que las quejas y acusaciones, eran puestas a la orden de comités para la defensa de otros instrumentos de derechos humanos, que no consideraban el enfoque de género y muchas veces, esto ocasionaba que se siguiera poniendo a la mujer en situaciones de vulnerabilidad. Es por esa razón, que surge, en 1999, un Protocolo Facultativo de la Convención, que permite, ahora sí, el proceso de denuncia por parte de las personas, es decir, la comunicación e investigación confidenciales, a fin de garantizar el cumplimiento de lo establecido en CEDAW.
Conclusiones del autor En torno al CEDAW, a su ratificación en los Estados, a las funciones del Comité y a lo establecido mediante el Protocolo Facultativo, se crearon una serie de mitos; ya sea por desconocimiento, mala intención o por cualesquiera fueran las razones, en su momento, se satanizó
lo que pretendía lograr el acuerdo. El Convenio para la Eliminación total de la Discriminación contra la Mujer, fue concebido como un instrumento cuyo propósito era destruir la familia tradicional, acabar con el papel de madre de las mujeres, con la heterosexualidad y muchas otras cosas, que obviamente, fueron tomadas fuera de contexto de los artículos y malentendidas. En todo caso, debe de quedar clara la importancia del Convenio, del Comité y del Protocolo Facultativo, en el avance en materia de género de los Estados Latinoamericanos y, asimismo, debe de procurarse, mediante las estrategias que menciona y explica el autor, que todos ratifiquen dicho acuerdo, en conjunto con el protocolo facultativo, para que las mujeres puedan gozar de un respaldo para sus derechos más real y que con el esfuerzo de los actores sociales de diversas esferas, se logre eliminar la discriminación contra la mujer y que la igualdad entre esta y el hombre, no esté tan lejos de ser un hecho.
Opinión personal Es poco lo que se sabe acerca de los organismos internacionales y los acuerdos para la protección y garantía de los derechos de la mujer. Y normalmente, cuando el tema es relacionado con el feminismo, al igual que mencionaba el autor, siempre se busca malinterpretar lo establecido en los acuerdos, tachándolos de destructores de la familia y los buenos valores, por lo que es poco lo que llega al público y eso provoca, que la información y el conocimiento, sea mínimo. Se necesita más concientización no solo con respecto al tema de género, sino también a lo relacionado con los organismos internacionales, para que en los países en los que aún no se ratifican estos acuerdos y convenios, se pueda lograr y la protección de las mujeres, tenga un respaldo más allá de los estados, y que estos, tengan una regulación y supervisión efectiva.
La IV Conferencia Mundial sobre la Mujer: Interrogantes, nudos y desafíos sobre el adelanto de las mujeres en un contexto de cambio Las mujeres han estado presentes en la constitución de las Naciones Unidas desde sus inicios, y esto, en parte, ha servido para que sus derechos les sean reconocidos. Sin embargo, dada la invisibilización de sus aportes en los acuerdos de dicha entidad, es necesario —según el autor-, que se estudien los antecedentes de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, para poder entender de qué manera es que se ha llegado hasta ese punto y la importancia de la lucha que las mujeres han librado, desde 1945 por el reconocimiento de sus derechos y la igualdad. En 1946, después de muchos esfuerzos y de la necesidad de tomar especial atención sobre la situación del gremio, se creó la Comisión sobre la Condición de la Mujer; esto previo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. De la misma, es importante recalcar que fue gracias a algunas delegadas latinoamericanas y a Eleonor Roosevelt, que se logró que el título citara “derechos humanos”, y no “derechos del hombre”, incluyendo a las mujeres. Seguidamente, según el autor, los años posteriores se caracterizaron porque hubo muchas iniciativas para aprobar acuerdos y convenios para tratar de eliminar la discriminación contra las mujeres; sin embargo, y a pesar de los múltiples esfuerzos que se gestaron, la situación desfavorable para las mujeres continuaba. Debido a ello, en 1967 se crea una declaración para asegurar el reconocimiento universal, tanto en la legislación como en los hechos, del principio de igualdad entre hombres y mujeres. Además, durante la primera conferencia internacional de la ONU sobre derechos humanos, se fomentó que en todos y cada uno de los países, se respetara y velara por el cumplimiento efectivo de los derechos de las personas, que vendría a
complementarse, en 1979 con la adopción de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer [CEDAW, por sus siglas en inglés]. El concepto de discriminación, que sienta las bases de la CEDAW, se define como todas aquellas acciones, cuyo resultado, independientemente de la intención, conduzca la desigualdad en detrimento de la mujer. Es decir, que si, por ejemplo, una ley trata de manera igualitaria a hombres y mujeres, y ello pone en vulnerabilidad a la mujer, es considerada como discriminación. Esto es muy importante, pues exige una responsabilidad mayor de cada uno de los accionares. Por otro lado, los años noventa estuvieron marcados por diversos cambios. Con la finalización de la Guerra Fría, además de la decadencia de los estados de carácter benefactor de mediados del siglo XX, la situación de los habitantes latinoamericanos, y en especial, de las mujeres, dio un giro y en la mayor parte de casos, su situación empeoró. Los llamados Programas de Ajuste Estructural, los conflictos internos de los países y las dictaduras, son algunos de los factores que contribuyeron a que ello fuera un hecho. En ese contexto, la celebración de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer de 1995 en Beijing, República Popular de China; trae consigo, la necesidad de abordar la problemática de las mujeres acorde con lo anterior. Se menciona en la lectura que “permitió revitalizar el tema y formular una plataforma de acción que tomara en cuenta la multiplicidad de demandas que surgen de la realidad que viven las mujeres en un nuevo orden internacional” (pág. 74).
Conclusiones del autor El reto que tuvo la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, es el entablar un diálogo con los sectores organizados de la sociedad civil y el Estado. Temas relacionados con la sexualidad de las mujeres, los derechos reproductivos y la interrupción del embarazo, son solo algunos de los que se buscó discutir. No obstante, a pesar de los fortalecimientos evidentes que se han dado con cada una de las conferencias de la mujer, de los instrumentos internacionales y de los múltiples esfuerzos realizados, los riesgos no se pueden tomar por eliminados. Es por ello, que “debe mantenerse una actitud vigilante en todos los frentes para garantizar que lo avanzado con la Plataforma de Acción Mundial, no se quede en palabras” (pág. 79). Ese es el reto.
Opinión personal Es impresionante la historia y toda la lucha que se ha librado por dotar a las mujeres del reconocimiento de sus derechos. Y es increíble, además, la cantidad de conferencias, convenios, acuerdos y otros que se han realizado, con el fin único de lograrlo. Es mucho lo que se ha obtenido hasta ahora, sin embargo, falta muchísimo más. La desigualdad persiste, no solo en los países del otro lado del mundo, en los que a las mujeres ni siquiera se les reconoce como seres humanos, sino en nuestro propio contexto americano, en el que la violencia intrafamiliar, la violencia sexual y doméstica, están a la orden del día y también es importante, que se proteja, se informe y se concientice a todas nuestras mujeres, para que tengan los instrumentos y el conocimiento, a fin de poder actuar en caso de que estén frente a una de estas situaciones de discriminación y violencia.