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“AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL”.

Asignatura

: Derecho Administrativo.

Docente

: Abg. Bertha Zelmith De Souza Canayo.

Facultad

: Derecho y Ciencias Políticas.

Alumno

: William Alberto Tecocha Lao. Jeyko Jonatan Pezo Guevara.

Marlon Richel Rojas Tuanama. Manuel Vin Valderrama. Alexis Mego Dominguez. Ciclo

: IV.

Tarapoto – Perú 2018

INDICE:

Introducción…………………………………………………………………………………………………………………………….1 Dedicatoria………………………………………………………………………………………………………………………………3

Descentralización……………………………………………………………………………………………………………4 Historia…………………………………………………………………………………………………………………………………5 Un gobierno descentralizado/Características………………………………………………………………………..6 Ventajas y desventajas de la descentralización………………………………………………………………………7 Tipos de descentralización…………………………………………………………………………………………………….8 Finalidad de la descentralización…………………………………………………………………………………………..9

Regionalización……………………………………………………………………………………………………………..11 Antecedentes/ Gobiernos Regionales……………………………………………………………………………….…12 La Regionalización en el Perú/Ventajas y Desventajas de la Regionalización………………………...14 Objetivos de la Regionalización……………………………………………………………………………………………15

Servidor Público……………………………………………………………………………………………………………..16 Clasificación de los servidores públicos/ Funcionario Público………………………………………….17 Clasificación de los funcionarios púbicos……………………………………………………………………………..18 Diferencias entre funcionario y servidor público………………………………………………………………….19 Conclusiones………………………………………………………………………………………………………….…………..21 Linkografía.…………………………………………………………………………………………………………………………22

INTRODUCCION Una característica estructural de la sociedad peruana es la concentración del poder político y económico, lo que ha generado un profundo desequilibrio entre Lima y las regiones. Se pone así en evidencia que la exclusión social y económica tiene también una dimensión territorial. Las regiones tienen el rol de periferia subordinada a un bloque dominante, nacional y transnacional, que ha sido incapaz de construir un proyecto de desarrollo inclusivo durante nuestra historia republicana. La forma centralizada y autoritaria de ejercicio del poder ha facilitado la imposición de una estructura social con profundas inequidades y desequilibrios sociales. La exigencia por transformar esta realidad está presente desde nuestra primera Constitución, en la cual se planteó el debate entre centralismo y federalismo. Desde entonces, los sectores dominantes han tenido la capacidad y, sobre todo, la fuerza para bloquear y frustrar los diversos intentos descentralistas, en el marco de la preservación de una sociedad muy excluyente. Los desequilibrios territoriales se profundizaron en los años noventa, durante los cuales el fujimorismo aplicó el modelo neoliberal mediante un régimen político autoritario, que encontró las condiciones adecuadas para su desenvolvimiento luego del fracaso del gobierno aprista y la crisis general del sistema de partidos. Para imponerse, el régimen impulsó una estrategia orientada a debilitar el rol del Estado, de las instituciones básicas de la democracia, del sistema de partidos y de las diversas formas de organización de la sociedad. La hiperconcentración del poder fue un aspecto sustancial del modelo autoritario. La descentralización junto con la participación ciudadana– es la única reforma significativa que se ha logrado instalar en este período. Ha enfrentado grandes problemas y errores en su implementación, pero está avanzando y estamos iniciando una nueva fase: la regionalización. En este artículo presentamos un rápido recuento de la descentralización en las últimas décadas, así como un análisis del actual proceso descentralista, para terminar con una descripción y un balance de la recién iniciada regionalización. Desde las civilizaciones antiguas las sociedades humanas han debido suministrar los recursos con los cuales hacían y hacen frente a sus constantes necesidades. Inicialmente el grupo que controlaba el poder en la comunidad era el mismo que determinaba cuál era la mejor forma de satisfacer los requerimientos comunales. Hoy la mayor parte de los Estados del orbe han conformado su estructura gubernamental según las pautas de la división de poderes; que fue la respuesta que Montesquieu encontró para ofrecer una solución al absolutismo despótico que privó en Europa hasta el fin de la edad Media.

DEDICATORIA

Primeramente a Dios por habernos permitido llegar hasta este punto, brindarnos salud, ser el manantial de vida y darnos lo necesario para seguir adelante día a día para lograr nuestros objetivos, además de su infinita bondad y amor. A nuestros padres por habernos apoyado en todo momento, por sus consejos, sus valores, por la motivación constante que nos ha permitido ser personas de bien, pero más que nada, por su amor. Por los ejemplos de perseverancia y constancia que los caracterizan y que nos ha infundado siempre, por el valor mostrado para salir adelante y por su amor. A nuestros hermano por ser el ejemplo de un hermano mayor y de la cual aprendí aciertos y de momentos difíciles y a todos aquellos que ayudaron directa o indirectamente a realizar este documento. A nuestro catedrático por su gran apoyo y motivación para la culminación de este trabajo de investigación, por su apoyo ofrecido en este proyecto, por habernos transmitidos los conocimientos obtenidos y habernos llevado pasó a paso en el aprendizaje.

DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN

Capítulo I 1.1.

DESCENTRALIZACIÓN:

La descentralización es el proceso de distribuir o dispersar funciones, poderes, personas o cosas fuera de una ubicación o autoridad central. Si bien la centralización, especialmente en el ámbito gubernamental, es ampliamente estudiada y practicada, no existe una definición o comprensión común de la descentralización. El significado de la descentralización puede variar en parte debido a las diferentes formas en que se aplica. Los conceptos de descentralización se han aplicado a dinámica de grupos y administración empresas y organizaciones privadas, ciencia política, derecho y administración pública, economía y tecnología. La descentralización es el acto y la consecuencia de descentralizar: delegar parte del poder que ejercía un organismo central a diferentes entidades o corporaciones. La descentralización implica una división o un reparto de la autoridad. En el terreno de la política, la descentralización consiste en una transferencia de poder desde el gobierno central hacia diversas autoridades que no se encuentran subordinadas a nivel jerárquico. Esto quiere decir que, en su ámbito de injerencia, estas autoridades pueden tomar decisiones autónomas. Si el Estado está organizado de manera centralizada, los gobernantes locales son agentes del gobierno nacional. En cambio, en un Estado descentralizado, los gobernantes locales pueden decidir de manera independiente según sus competencias. A través de la descentralización, de este modo, la autoridad central transfiere competencias y recursos a las autoridades descentralizadas que llevan a cabo una gestión independiente y autárquica La descentralización política, por ejemplo, establece órganos de gobierno de acuerdo a una base territorial. Puede haber, en este marco, municipios con sus propios cuerpos legislativos que dictan ordenanzas; estos municipios forman parte de provincias que disponen de legisladores provinciales; las provincias, a su vez, integran un país organizado como república federal con diputados y senadores nacionales. Los concejales de un municipio, por lo tanto, pueden dictar ordenanzas que solo rigen en la comuna en cuestión. Estas ordenanzas no pueden contradecir los principios de las normas provinciales, que a su vez están sujetas al ordenamiento de las leyes nacionales. La idea de descentralización también puede aplicarse a otros contextos. La educación descentralizada, por citar un caso, contempla que el conocimiento puede ser generado y transmitido de manera vertical pero también horizontal, sin dependencia de una única fuente de saber que se ubica en un nivel superior.

1.2.

UN GOBIERNO DESCENTRALIZADO

Un estado centralizado es aquel en el cual su poder es atribuido a un gobierno central, de manera que los gobiernos locales actúan como sus agentes. En el caso de un Estado descentralizado aún no centralizado, se otorga mayor poder a los gobiernos locales, que les permite tomar decisiones propias sobre su esfera de competencias. La orientación política y gubernamental que plantea que los diversos organismos de la administración estatal debe gozar autonomía regional. Al hacer la transferencia de la tarea hay que elegir un responsable, que tendrá la autoridad sobre la organización para tomar decisiones sobre aquello que se le ha encomendado. Exigen tres tipos de autoridad: 

 

1.3.     

General: el responsable asignado tiene total libertad para configurar la organización y las tareas sin que el superior le de unas instrucciones sobre cómo hacerlo. Específica: la persona responsable solamente puede desarrollar unas tareas en concreto, no todas. Limitada: el trabajador escogido no tiene total libertad de elección sobre el desarrollo de la responsabilidad, sino que el superior le ha marcado unas líneas de actuación determinadas. CARACTERÍSTICAS

Transferencia de competencias desde la administración central a nuevos entes morales o jurídicos. El Estado dota de entidad jurídica al órgano descentralizado. Se le asigna un patrimonio propio y una gestión independiente de la administración central. El Estado solo ejerce sobre estos. Se basa en un principio de autarquía (organización política y económica de un Estado fundada en el autoabastecimiento).

La descentralización refuerza el carácter democrático de un Estado y el principio de participación colaborativo consagrado en numerosas constituciones de la tradición jurídica hispanoamericana.

Formas de descentralización del Estado

Con respecto a las formas y niveles de descentralización, en base a diversos estudios políticos, sociales y jurídicos, se determinó, las siguientes:  

  

Desconcentración.- Delegación a Agencias Autónomas (agencias públicas o casi públicas). La provisión de ciertos bienes o servicios se traspasa a ese tipo de entidades. Delegación.- Es decir emitir la delegación a organizaciones paralelas (desburocratización). Funciones, regulación y control, comúnmente en manos del sector público se encargan a organizaciones no gubernamentales. Descentralización.- Se refiere a la devolución o traslado de competencias a niveles inferiores, descentralización del poder. Privatización.- Vendría a ser el traspaso de actividades públicas de producción de bienes y servicios a sector privado. Autogestión y Co-gestión.- Esta implica participación de trabajadores y/o usuarios, en los procesos de decisión en el ámbito de una firma, empresa o servicio público.

Si bien la descentralización permite un acercamiento rápido y oportuno a la toma de decisiones, al tiempo que descongestiona un grupo de funciones en el nivel central, también da pie a un desarrollo territorial desproporcionado, imposibilita el verdadero papel del Estado en la sociedad y sienta las bases para la conformación de élites locales con intereses particulares, que pueden atentar contra el bienestar de la sociedad. El tema de la descentralización sigue siendo muy polémico y de gran complejidad, por lo que en un modelo de desarrollo puede ser permisible en algunos aspectos e inadmisible en otros. Es menester tomar en cuenta y analizar las condiciones concretas de cada país, sin olvidar su identidad, su historia y sus costumbres.

1.5 VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LA DESCENTRALIZACIÓN Ventajas: Se considera la descentralización como una forma de aumentar la participación democrática de la población en la solución de sus problemas más cercanos y mecanismo útil para racionalizar la gestión pública. Entre los beneficios está la mayor congruencia entre las demandas por servicios regionalmente y hasta localmente diferenciados y la oferta realizada a través del gasto público. Al decidir sobre alternativas de gastos más cerca de los beneficiarios y en correspondencia con las necesidades de la población, se estima que los servicios públicos son usados con mayor eficiencia.

Sin embargo para que este vínculo directo entre demanda y oferta pública se de en la práctica deben existir dos condiciones básicas:  Comunicación directa entre población y autoridades para que las sugerencias puedan traducirse en decisiones sobre el gasto, de ahí la importancia de la elección popular de autoridades regionales y municipales y de los mecanismos de participación y control ciudadano.  Fuentes de financiamiento y la autonomía de decisión sobre el uso de los recursos; de ahí la importancia de delimitar claramente las competencias funcionales y fiscales de los distintos niveles territoriales. La descentralización apunta a mejorar la gobernabilidad y el desarrollo local, el alivio y reducción de la pobreza. Desventajas: Más que desventajas nos referiremos a obstáculos y riesgos implícitos en la descentralización. En primer lugar la descentralización es un concepto usado con poca precisión en el debate político, sin mayor reflexión sobre sus implicancias políticas y técnicas para el conjunto de la función pública, por lo que se carece de un consenso político. El peligro del ejercicio privado del poder municipal con procedimientos clientelares entre autoridades locales y población y entre niveles de gobierno caracterizados como formas patrimoniales de ejercicio del poder que acaba por debilitar los aspectos democratizantes de la descentralización. Las garantías de democracia del gobierno local no se encuentran inscritas en la Constitución, de tal forma que la relación entre democracia y descentralización de la gestión municipal radica en la suerte de los resultados electorales. No se observa en general la elaboración de propuestas específicas de gestión municipal por parte de los partidos políticos. La precariedad de las respuestas que en buena medida dan los municipios respecto a las posibilidades que ofrecen sus competencias y funciones, especialmente en lo referido a la satisfacción de las demandas de los sectores de más bajos ingresos. 1.6.

TIPOS DE DESCENTRALIZACIÓN

A.- Descentralización por Región Consiste en el establecimiento de una organización administrativa destinada a manejar los intereses colectivos que correspondan a la población radicada en una determinada circunscripción territorial. Esta modalidad de la descentralización se adapta de una manera más efectiva a las aspiraciones democráticas, y además, desde el punto de vista de la administración, significa la posibilidad de una gestión más eficaz de los servidores públicos, y por lo mismo, una realización más adecuada de las atribuciones que al Estado corresponden. Los organismos descentralizados por región son aquellos que atienden y satisfacen las necesidades públicas de una región, como es el caso de los Gobiernos Regionales.

B.- Descentralización por servicio El Estado tiene encomendada la satisfacción de necesidades de orden general, que requiere procedimientos técnicos sólo al alcance de funcionarios que tengan una preparación especial. La forma de conseguir ese propósito es dar independencia al servicio y constituirle un patrimonio que sirva de base a su economía. Los organismos descentralizados por servicio son aquellos que prestan determinados servicios públicos (ESSALUD, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Instituto Especializado Materno Perinatal, Hospital Edgardo Rebagliati, etc.) C.- Descentralización por colaboración Constituye una modalidad particular del ejercicio de la función administrativa con caracteres específicos que la separan notablemente de los otros dos tipos anteriores de descentralización. La descentralización por colaboración se origina cuando el Estado adquiere mayor influencia en la vida privada y cuando, como consecuencia, se le presentan problemas para cuya resolución se requiere una preparación técnica por parte de funcionarios políticos y los empleados administrativos de carrera. Para tal evento, se impone o autoriza a organizaciones privadas su colaboración, haciéndolas participar en el ejercicio de la función administrativa. De esta manera, la descentralización por colaboración es una de las formas del ejercicio privado de las funciones públicas.

1.7.

FINALIDAD DE LA DESCENTRALIZACIÓN

La modernización del Estado y del sistema político administrativo ha sido un imperativo para el desarrollo. En ello ha estado implícita la gobernabilidad. En este proceso la descentralización ha sido planteada como un objetivo en el que convergen dos posiciones: la de quienes pretenden disgregar las demandas y conflictos sociales y reducir mecánicamente los gastos de la administración central y la de quienes promueven el relanzamiento económico y la democratización política del Estado, que posibilitaría las integración y la participación de los sectores más amplios de la población.

La relación estrecha entre descentralización del Estado y Democracia ha sido defendida desde puntos de vistas diferentes. En el análisis de experiencias históricas concretas se presentan serias tensiones y ambigüedades en ese vínculo. A partir de los años 80 ante la debilidad de los Estados centralizados para resolver la demanda de la población, irrumpe en toda la región un movimiento a favor de la descentralización territorial, transfiriendo competencias y servicios al nivel local, lo cual implica una reforma de la administración del Estado y un intento por democratizar y legitimar la decisión, acercando los servicios a la sociedad civil.

Posteriormente, surge como respuesta al modelo de Estado interventor y desarrollista un nuevo enfoque que plantea una redefinición de las relaciones Estado Sociedad civil. Se incorpora el principio de subsidiariedad que se interpreta como que el Estado no debe intervenir en aquello que la sociedad civil por sí misma es capaz de ejecutar. Sin embargo la subsidiariedad del Estado en materia social (es decir intervenir solo por defecto del sistema de mercado y de la interacción de las fuerzas productivas) no ha solucionado los problemas más sensibles del subdesarrollo. La experiencia demuestra que la orientación del Estado a la satisfacción de las necesidades sociales es un hecho inamovible y que sin legitimidad la estabilidad del sistema político se ve amenazada. El modelo emergente entonces plantea un estado eficaz en lo económico pero con equidad y solidaridad social. En tal sentido, la descentralización, trasciende el enfoque político administrativo tradicional y deviene en una estrategia más equitativa y territorial del desarrollo y de respuestas a las oportunidades pero también a los riesgos de la globalización, que tiende a privilegiar al sector exportador o transnacional en detrimento de la pequeña y mediana empresa, que es en última instancia la mayor generadora de ingresos a importantes sectores de la población. CAPITULO II 2.1 REGIONALIZACIÓN La regionalización es un componente estratégico de la descentralización. Se propone crear en el país unidades territoriales de carácter intermedio –vale decir, regiones- en las cuales tienen autoridad o jurisdicción gobiernos regionales dotados de autonomía, competencias y rentas, las mismas que deben ser creadas por mandato constitucional y legal. En el caso peruano, los fundamentos de la regionalización hacen referencia a que nuestro país, por su base geográfica y por su proceso histórico, tiene una clara diferenciación regional. Los factores determinantes de la existencia de regiones en el Perú y la naturaleza de éstas han sido materia de diversos estudios y debates en los que se subraya el carácter económico del proceso de formación de estas regiones en nuestro territorio. Por ello se argumenta que cualquier intento de llevar a cabo un proyecto de descentralización sin tomar en cuenta el nivel intermedio o regional, y apoyándose solamente en el nivel municipal, resultaría incompleto, dejaría sin resolver cuestiones clave para el desarrollo y estaría seriamente amenazado por el fracaso. Las actuales tendencias económicas, políticas y sociales a nivel mundial y nacional apuntan a mostrar que la construcción de un nuevo modelo de crecimiento y desarrollo requiere de una escala apropiada para ejecutar políticas, proyectos y programas. Esta escala es la regional o intermedia, con capacidad de articular el nivel local con la 2.2. ANTECEDENTES La regionalización en el Perú con fines de desarrollo se inició en 1987 después de la publicación de la ley de Bases de la Regionalización del Perú. Hasta 1990 ya se habían organizado 12 regiones quedando solamente por decidir la de Lima Metropolitana. Posteriormente se fueron juntando una serie de dificultades político-económicas que crearon descontento entre los habitantes de cada

región. Las nuevas sedes regionales se convirtieron en los lugares privilegiados mientras que sus periferias siguieron abandonadas como antes. Además la burocracia se extendió absorbiendo una buena porción de los magros presupuestos. También la historia de la división política del territorio peruano está llena de creaciones, desmembraciones, re categorizaciones y re denominaciones, hechas sobre la base de la división político administrativa existente a fines de la colonia. Los criterios para dichos cambios no siempre han sido uniformes y de alguna manera han sido impulsados ya sea por intereses políticos o económicos regionales o no, por movimientos reivindicativos regionales, por razones geopolíticas o por razones de índole administrativa y fiscal. Sin embargo, tal como se afirma: hay que considerar que los cuadros demarcatorios de carácter político que el país ha tenido en las diversas épocas de su existencia, no siempre han correspondido a las reales exigencias de su geografía y desarrollo social.

2.3. GOBIERNOS REGIONALES Instituciones autónomas encargadas de la gestión pública de las regiones y departamentos del país. *) Finalidad: Fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. *) Las regiones y sus Tareas: En una perspectiva de desarrollo, el nivel regional tiene como funciones principales: 







Generar cambios significativos en las economías territoriales, mediante la articulación multisectorial, la cooperación público-privada y el manejo de recursos cuya escala y complejidad excede el ámbito local (provincial y distrital). Proveer infraestructura productiva y el acondicionamiento del territorio, el fomento a complejos competitivos de producción en torno a recursos naturales, grandes ejes turísticos, la gestión de macro cuencas, entre otras. Articular de modo equilibrado y complementario la dinámica urbana con las formas de vida rural, permitiendo que las características socioeconómicas y culturales y las potencialidades de estos territorios se conviertan en una base de competitividad para proyectarlos al conjunto del país y al mundo. La gestión de grandes cuencas para un uso racional de los recursos hídricos, tierras y bosques.

 

La modernización del aparato productivo y la promoción del desarrollo de complejos o cadenas productivas y grandes ejes turísticos, basados en las potencialidades territoriales. El encauzamiento de las demandas de la población y el desarrollo de nuevas élites políticas y empresariales.

Queda claro que todas ellas son tareas de alcance regional y su cumplimiento puede verse facilitado si desde las regiones se aplica de modo consistente un enfoque territorial para el desarrollo. En efecto, la regionalización acompañada del enfoque territorial posibilita profundizar la descentralización porque favorece principalmente la viabilidad y competitividad de los espacios territoriales del interior del país.

2.5. VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LA REGIONALIZACION Ventajas:

• • • •

Se produciría un desarrollo armonioso y equilibrado de las diversas zonas del Perú. Mayor eficiencia en la Gestión Regional. Facilita un desarrollo social y económico más equilibrado del Perú. Por otro lado, el Gobierno Regional no puede limitarse a administrar la pobreza ni ser sólo ventanilla de pagos, se debe preocupar también de atraer capitales y financiar su déficit.

Desventajas de las Regionalización •





Las profundas raíces que se originan en los usos y costumbres en la población y el grado de pertenencia a un determinado estado provincial, donde esta visión, quizás redunde en una férrea oposición a considerar pertenecer a una nueva región, aunque aquí se debe informar a la ciudadanía el verdadero sentido de la regionalización y el objetivo que se persigue con ello. La resistencia de las propias dirigencias que vería n producirse cambios en la realidad de cada parte regional, que ya no tendrían el manejo fluido de ciertos conceptos tales como ingresos, gastos, etc. ) La creencia de que se perdería la potestad tributaria, el manejo íntegro de los ingresos y también que se podría perder la jurisdicción judicial y legislativa de cada Estado.

2.6. OBJETIVOS DE LA REGIONALIZACIÓN



• •



Una organización admnistrativa descentralizada, con adecuados niveles de capacidad de decisión y en función de unidades territoriales definidas. Una jerarquización de las unidades territoriales Una dotación de autoridades y organismos en cada unidad territorial con igual nivel entre si y facultades decisorias equivalentes, de modo que sea posible su efectiva complementación La integración de todos los sectores, mediante instituciones que los obliguen a proceder en conjunto y no aislados.

Dicho esto podemos afirmar que el proceso de regionalización busca la descentralización político-administrativa del país transfiriendo competencias de administración central hacia las administraciones regionales, provinciales comunales, de modo de aumentar la participación de la población en proceso de

CAPITULO III: 3.1. SERVIDOR PÚBLICO Un servidor público es una persona que brinda un servicio de utilidad social. Esto quiere decir que aquello que realiza beneficia a otras personas y no genera ganancias privadas (más allá del salario que pueda percibir el sujeto por este trabajo). Los servidores públicos, por lo general, prestan servicios al Estado. Las instituciones estatales (como hospitales, escuelas o fuerzas de seguridad) son las encargadas de hacer llegar el servicio público a toda la comunidad. El servidor público suele administrar recursos que son estatales y, por lo tanto, pertenecen a la sociedad. Cuando una persona con un puesto de esta naturaleza comete delitos tales como la malversación de fondos o incurre en la corrupción de alguna forma, atenta contra la riqueza de la comunidad. El hecho de manejar recursos públicos confiere una responsabilidad particular a la labor de los servidores públicos. Su comportamiento debería ser intachable, ya que la sociedad confía en su honestidad, lealtad y transparencia. La actuación de un servidor público está sujeta a diversos reglamentos y normativas. Cabe mencionar que en la Constitución nacional se detallan sus obligaciones. En cuanto al régimen laboral de los servidores públicos, estos trabajadores suelen contar con mejores condiciones que los empleados privados, para brindarles independencia frente a las autoridades de turno (se impide que las nuevas autoridades despidan a los empleados públicos y contraten a gente de su entorno) y evitar que los más valiosos se vayan al sector privado. Es

importante señalar que los servidores públicos tienen la posibilidad de desarrollarse a nivel profesional de un modo que no conseguirían en la mayoría de las empresas privadas. Un servidor público es aquella persona que se encarga de realizar una tarea con el fin de generar un bienestar entre la sociedad. Con esto no afirmamos que su trabajo sea ad honorem, sino que independientemente del salario percibido, su principal característica es que su tarea no está destinada a la actividad privada sino al servicio de la sociedad. Los servidores públicos se encuentran trabajando al servicio del Estado, generalmente en la administración pública. Como vemos, los funcionarios son una variante de servidores públicos pero no todo servidor público es funcionario. Por ejemplo, un bombero es un servidor público, ya que su trabajo implica un gran aporte para el bienestar de la sociedad. Uno de los rasgos que más deben sobresalir de un servidor público es su ética, ya que las consecuencias de sus acciones suelen llegar a un conjunto mayor de la sociedad. A esto se le suma el prestigio social con el que cuentan, ya que en muchos casos suelen manejar fondos económicos estatales (por ende son el resultado del aporte de todos los ciudadanos), además del hecho que suelen representar instituciones con una larga tradición.

3.2. CLASIFICACION DE LOS SERVIDORES PUBLICOS: a) Directivo superior.- El que desarrolla funciones administrativas relativas a la dirección de un órgano programa o proyecto, la supervisión de empleados públicos, la elaboración de políticas de actuación administrativa y la colaboración en la formulación de políticas de gobierno. A este grupo se ingresa por concurso de méritos y capacidades de los servidores ejecutivos y especialistas, su porcentaje no excederá del 10% del total de empleados de la entidad. La ineficiencia en este cargo da lugar al regreso a su grupo ocupacional. Una quinta parte del porcentaje referido en el párrafo anterior puede ser designada o removida libremente por el titular de la entidad. No podrán ser contratados como servidores ejecutivos o especialistas salvo que cumplan las normas de acceso reguladas en la presente Ley. b) Ejecutivo.- El que desarrolla funciones administrativas, entiéndase por ellas al ejercicio de autoridad, de atribuciones resolutivas, las de fe pública, asesoría legal preceptiva, supervisión, fiscalización, auditoría y, en general, aquellas que requieren la garantía de actuación administrativa objetiva, imparcial e independiente a las personas. Conforman un grupo ocupacional. c) Especialista.- El que desempeña labores de ejecución de servicios públicos. No ejerce función administrativa. Conforman un grupo ocupacional. d) De apoyo.- El que desarrolla labores auxiliares de apoyo y/o complemento. Conforman un grupo ocupacional.

CAPITULO IV: 4.1. FUNCIONARIO PÚBLICO Funcionario público es aquel desarrolla funciones de preeminencia política, reconocida por norma expresa, que representan al Estado o a un sector de la población, desarrollan políticas del Estado y/o dirigen organismos o entidades públicas. Funcionario es quien desempeña profesionalmente un empleo público. También es denominado burócrata (por pertenecer a la burocracia o conjunto de los servidores públicos). Los funcionarios participan en la administración pública o de gobierno; y acceden a su condición a través de elección, nombramiento, selección o empleo. Funcionario electo es el que accede a su cargo en virtud de una elección (cargo político). Los funcionarios también pueden ser nombrados "de oficio" (en virtud de otra oficina, a menudo en una capacidad específica, como presidente, asesor, secretario). Algunas posiciones oficiales pueden ser hereditarias; y en algunas formaciones históricas, ciertos cargos eran venales, es decir, podían ser objeto de compra. Los cargos públicos son los que se desempeñan en las Administraciones públicas o en los órganos constitucionales4 y que, a diferencia de los ocupados por funcionarios profesionales, tienen carácter electivo o de confianza. Max Weber fue el primer autor en respaldar la idea del servicio público como una característica necesaria de la modernidad. El sector público emplea actualmente más del 5% de la fuerza laboral en muchos países occidentales. El Funcionario Público puede ser: a) De elección popular directa y universal o confianza política originaria. (Presidente, Congresistas, alcaldes, etc.) b) De nombramiento y remoción regulados. (Jefes de reguladores por ejemplo) c) De libre nombramiento y remoción. (Típico caso de ministros de Estado)

4.2. CLASIFICACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS PUBICOS: Sólo a manera de referencia se precisa la clasificación doctrinal de los funcionarios públicos. Así tenemos: Según la finalidad de su labor: funcionarios de Procuración y de Administración, siendo los primeros los que poseen facultades de “imperium” o mando sobre los demás. Según su modalidad de contratación: funcionarios de carrera y de contratación, donde los primeros tiene una vinculación estatutaria con la Administración pública y gozan de los derechos y privilegios legales (titulación, permanencia, retribución a cargo del presupuesto estatal, ascensos, previsión social ), mientras que los segundos (generalmente eventuales o suplentes), en

constante incremento, son contratados por tiempo determinado, no gozan (por lo general) de vacaciones, previsión social, etc. Según su ámbito territorial: central, regional, comunal.

funcionarios nacionales o locales, de gobierno

Según el régimen jurídico administrativo de carrera al que pertenecen: pueden ser funcionarios de régimen general, y de regímenes especiales (por ejemplo, el personal militar y policial, los Magistrados judiciales y fiscales, los funcionarios de los organismos autónomos, los funcionarios municipales, entre otros). 4.3. DIFERENCIAS ENTRE FUNCIONARIO Y SERVIDOR PÚBLICO Como hemos podido observar anteriormente en términos generales el Funcionario realiza sus funciones en nombre del Estado y el Servidor realizar sus funciones para el Estado. Funcionario Público: 

 

Presta sus servicios o realiza el ejercicio de sus funciones para el Estado o a nombre del Estado, que pueden participación en la formación o ejecución de la voluntad estatal-, en cualquier nivel o jerarquía, en forma permanente, transitoria o accidental, remunerada u honoraria, enderezada al cumplimiento de fines públicos, sea cual fuere la forma o el procedimiento de designación del funcionario. Forman parte de la estructura del estado, de su administración central y descentralizada, de todas las instituciones de derecho público y/o privada. El servidor público suele administrar recursos que son estatales y, por lo tanto, pertenecen a la sociedad. La malversación de fondos y la corrupción son delitos graves que, cometidos por un servidor público, atentan contra la riqueza de la comunidad.

Servidor Público: 

  

Presta sus servicios para él Estado y no expresa su voluntad, presta sus servicios en las instituciones estatales como hospitales, escuelas o fuerzas de seguridad. Brindan al Estado sus datos técnicos o profesionales para tareas o misiones de integración y facilitación de la de los funcionarios públicos. Según muchos autores los servidores no ejercen función pública y se halla en situación de subordinación en relación a los funcionarios. Realiza actividades de Utilidad social, son las encargadas de hacer llegar el servicio público a toda la comunidad.

LA CARRERA ADMINISTRATIVA La Constitución Política del Estado promulgada en 1979 en sus artículos 59º y 60º estableció por primera vez al mas alto nivel jurídico la Carrera Administrativa. Este criterio esta ratificado por la Constitución vigente de 1993. El régimen laboral al que se sujeta el personal de una entidad estatal es normalmente el público, regulado en términos generales por la Ley del Servicio Civil y la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público – Decreto Legislativo Nº 276. Por excepción, el personal de un organismo público puede ser contratado bajo el régimen laboral de la actividad privada, para lo que debe haber norma legal que así lo defina o autorice. REGIMEN LABORAL PÚBLICO a) Nombrado b) Designado c) CSP Carácter Temporal o Accidental: (No requiere concurso, no genera derechos). d) CSP Labores de Naturaleza Permanente: (Máxima necesidad fundamentada, no renovación más de 3 años, de haber plaza puede ser nombrado al año, previo buen desempeño. Vencido los 3 años se considera derecho reconocido, se gestionará la cobertura). ESTRUCTURA DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA  Grupos Ocupacionales y Niveles. Los cargos no forman parte de la Carrera Administrativa.  Los grupos ocupacionales son: Profesional: Con título profesional o grado académico reconocido por Ley Universitaria. Técnico: Con formación superior o universitario incompleto o capacitación tecnológica o experiencia técnica reconocida Auxiliar: Con instrucción secundaria y experiencia o calificación para realizar labores de apoyo. La sola tenencia de título u otro, no implica pertenecer al Grupo Profesional o Técnico, si no se ha postulado expresamente para ingresar en él.

ORGANIZACIÓN DE LA CARRERA Los grupos ocupacionales y los niveles son los elementos básicos que ordenan el desarrollo de la carrera administrativa, cuya estructura se encuentra regulada en el Título I de la Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público (ver Gráfico 6). Los cargos no forman parte de la carrera administrativa, por lo que no existen los cargos de carrera.

DESIGNACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS EN PUESTOS DE DIRECCIÓN EN LA PRÁCTICA Debido a que la Ley Marco del empleo público no ha sido reglamentada, no se ha establecido hasta qué nivel los cargos de funcionarios pueden ser ocupados por servidores públicos, ni se ha regulado los concursos de mérito. Por ese motivo, en la práctica, los puestos de dirección están siendo ocupados por servidores de carrera a través de designaciones discrecionales realizadas por la autoridad competente, aplicándose de forma exclusiva la normatividad de la Ley de bases de la carrera administrativa. De acuerdo con el reglamento de esta Ley, mientras dure la designación en un cargo de funcionario, político o de confianza, el servidor de carrera tiene derecho a la remuneración y a los demás derechos del puesto directivo. Así mismo, tienen derecho a retornar a su grupo ocupacional y nivel de carrera alcanzado al término de la encargadura. INGRESO A LA CARRERA ADMINISTRATIVA  Ciudadano peruano.  Acreditar buena conducta y salud comprobada.  Reunir los atributos del grupo ocupacional.  Otros. El ingreso a la Carrera Administrativa será por el nivel inicial de cada grupo ocupacional. La contratación de un servidor “no puede” renovarse por mas de tres años consecutivos.

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL El Decreto Ley sobre el Estatuto de la Función Pública se dicta para desarrollar los principios establecidos en los artículos 144 al 149, ambos inclusive, de la Sección tercera de la función pública del Título IV Del Poder Público, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las demás normas constitucionales correspondientes y corregir las principales debilidades de la Ley de Carrera Administrativa. OBJETIVOS DE LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA 1.

Crear el marco regulador que conforme un sistema de incentivos definidos para el funcionario público, con reglas claras de actuación, para que su gestión se oriente a garantizar que la Administración Pública Nacional esté al servicio de los ciudadanos, fundamentada en los principios de honestidad, participación, solidaridad, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con pleno sometimiento a la ley y el derecho.

2.

Promover que el funcionario público se identifique como servidor público, que actúa en función de la acción del Estado para llevar a cabo sus fines esenciales y forma parte de una Administración Pública al servicio de la ciudadanía.

3.

Crear un régimen que oriente la actuación de los funcionarios públicos hacia una conducta intachable, regida por los códigos de ética y moral administrativa, con el más alto sentido de dedicación y compromiso para la realización de los principios y normas de la Constitución.

4.

Crear las condiciones para que los funcionarios que ingresen y permanezcan en la Administración Pública, respondan a los más altos niveles de capacitación y experiencia técnica y profesional.

5.

Establecer las normas que garanticen que el acceso y ascenso en la Función Pública, sólo se realice en el más estricto respeto a la igualdad efectiva y real, con base en la selección objetiva del más apto, mediante la competencia pública sobre conocimientos, méritos y experiencia. Obligaciones de los Servidores Públicos      

Salvaguardar los intereses del Estado. Concurrir puntualmente Conocer las labores del cargo y capacitarse para tal. Tener buen trato( usuarios, superiores y compañeros de trabajo). Guardar reservar en los casos que ameriten Informar al superior sobre actos delictivos o de inmoralidad.

Derechos del Servidor Público              

Hacer carrera pública en base a mérito. Gozar de estabilidad Percibir la remuneración que le corresponde a su nivel. Gozar de sus vacaciones (30 días remunerados) Hacer uso de Permisos o Licencias por causas justas Obtener préstamos, acorde a normas. Reincorporarse al término de desempeño de cargos. Ejercer docencia universitaria (no más de 6 hrs/sem.) Recibir menciones, distinciones, entre otros. Reclamar cuando se ve afectado sus derechos. No ser trasladado sin su consentimiento Ser parte de un sindicato acorde a Ley. Uso de huelga, acorde a lo que determine la Ley. Gozar de la pensión que le corresponde.

REGIMEN DISCIPLINARIO  Los servidores públicos son responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio público.  Las sanciones pueden ser: - Amonestación verbal o escrita. - Suspensión sin goce de remuneraciones hasta por treinta (30) días. - Cese Temporal sin goce de remuneraciones hasta por doce (12) meses. - Destitución. Faltas de Carácter Disciplinario  Incumplimiento de normas establecidas.  Resistencia al cumplimiento de las órdenes de sus superiores (relacionada con la labor).  Incurrir en actos de violencia contra sus superiores y compañeros de trabajo.  Negligencia en el desempeño de las funciones.  Impedir el funcionamiento del servicio público  Utilización o disposición de bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros.  Concurrencia reiterada en estado de embriaguez u otro.  Abuso de autoridad, prevaricato o usar la función para fines de lucro.  Causar daños materiales a locales u otros de propiedad del Estado.  Los actos de inmoralidad.  Ausencias injustificadas.

CONCLUSIONES •

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Lo que la regionalización pretende es generar progreso y desarrollo para el país por ello la autonomía social y cultural que permita la participación activa y coordinada de diversos actores (sociedad civil, sector público, empresas, organizaciones, universidades, mundo financiero, etc.), es importante para incrementar su potencial. Las regiones gozan de autonomía e independencia política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La regionalización es uno de los grandes objetivos de la política nacional, habida cuenta que trae consigo el desarrollo integral y armónico de la nación. La descentralización es una dinámica social y política de gran complejidad, en la cual confluyen diversos factores económicos, fiscales, políticos, institucionales y culturales. La descentralización desde el punto de vista político se centra, en el inherente derecho democrático a la autonomía tanto de los gobiernos regionales como de las municipalidades y el costo fiscal del gobierno central para asegurarlo. Son considerados como trabajadores de confianza y sus funciones implican la voluntad estatal. Realizan actos de autoridad con investidura especial. Pueden ser revocados del cargo en cualquier tiempo, por lo que el ejercicio de sus funciones no es permanente.

LINKOGRAFIA: •

http://www.monografias.com/trabajos88/introduccion-administracionpublica/introduccion-administracion-publica.shtml#ixzz5DEQ6Rs9N



http://www.monografias.com/trabajos66/descentralizacionperu/descentralizacion-peru4.shtml#ixzz5DWqx0GbH



https://es.pdfcoke.com/doc/60169742/REGIONALIZACION-Y-SU-IMPORTANCIA



https://elcomercio.pe/opinion/columnistas/regionalizacion-peru-francisco-miroquesada-c-319840



https://es.wikipedia.org/wiki/Regionalizaci%C3%B3n_del_Per%C3%BA



http://concepto.de/servidor-publico/#ixzz5Dbfi1Ldf



https://es.slideshare.net/ElenaVasquezVargas/trabajo-ii-fasefuncionariopublico-y-la-ley

VIII. BIBLIOGRAFÍA. (1) Edgardo Alberto DONNA, “El concepto dogmático del funcionario público en el Código penal peruano”, en Revista Peruana de Ciencias Penales, Año VII-VIII, N° 11, Lima, 2002. (2) BACACORZO, Gustavo, Tratado de Derecho Administrativo, Lima, Gaceta Jurídica, 1997. (3) BACACORZO, Gustavo, Tratado de Derecho Administrativo, Lima, Gaceta Jurídica, 1997. (4) Ejecutoria Suprema, Exp Nro. 1888-1994 del 23 de septiembre de 1997; Lima ROJAS VARGAS, Fidel, Jurisprudencia Penal T I, Gaceta Jurídica 1999.

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