ESTADO, GOBIERNO Y NACIÓN Nación, Estado y Gobierno son términos que se pueden confundir si no se tiene una conceptualización adecuada de cada uno de ellos. Por esto hay que definir cada uno de los conceptos y profundizar en ellos lo más que se pueda para poder conocer o establecer las diferencias que existen entre ellos. Conceptualización: El Estado: Es un concepto político que se refiere a una forma de organización social, económica, política soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado. Un "Estado" es la Nación organizada política y jurídica. Entre los elementos que componen el Estado se pueden mencionar:
Población: Habitantes que habitan el lugar. Territorio: Espacio físico sobre el cual se ejerce soberanía. Soberanía: Facultad que tiene la nación de tomar decisiones sobre los aspectos internos y externos que le conciernen a través del Estado. Poder: Capacidad de mandar y hacer cumplir las leyes. Bien Común: Fin u objetivo del Estado, que consiste en buscar el mayor desarrollo posible para sus miembros.
Las características del Estado son:
El territorio y su pueblo pueden agrandarse o reducirse Su constitución política puede permanecer, reformarse o cambiar totalmente Se modifican las distintas formas de organizar, distribuir y ejercer el poder político. Puede haber distintas formas de gobierno a lo largo de su historia. Todos pertenecen al Estado, en tanto haya integrantes de una comunidad o un pueblo que habita su territorio, y que acepta sus leyes e instituciones. El Estado y la nación duran largos periodos históricos, aun cuando su territorio, pueblo, leyes y gobierno vayan cambiando.
El Gobierno: Se refiere a las autoridades que dirigen, controlan y administran las instituciones del Estado el cual consiste en la conducción política general o ejercicio del poder del Estado. En ese sentido, habitualmente se entiende por tal al órgano al que la constitución o la norma fundamental de un estado atribuye la función o poder ejecutivo, y que ejerce el poder político sobre una sociedad.
Las características del Gobierno son:
Puede ser elegido por el pueblo. Los periodos del gobierno son cortos: Ejecutivo 4 a 6 años. Legislativo (diputados 3 a 4 años y senadores 6 a 8 años). Los periodos pueden variar dependiendo del país. Solo algunos habitantes forman parte del gobierno, pero todos forman parte del Estado y nación. El gobierno debe administrar las instituciones del Estado. Todo gobierno está limitado por la ley.
La Nación: Es un grupo humano unido por vínculos de homogeneidad étnica, cultural, histórica y lingüística, que habitan un territorio común y conforman un país. Su diferencia con el Estado es que la nación ser refiere sobre todo a las personas y su cultura, mientras que el Estado tiene que ver con la jurisdicción. Sin embargo, la soberanía del Estado reside en la nación, ya que el poder es entregado por el pueblo. Los elementos de la Nación son: Los elementos objetivos son:
La población El territorio Los vínculos que unen a los integrantes de la población (su origen, raza, idiosincrasia, cultura, lengua, religión)
El elemento subjetivo de una Nación es: La convicción y el deseo, de todos esos individuos, de vivir juntos, de perseguir un mismo objetivo y un mismo destino. Diferenciación entre los términos Estado, Gobierno y Nación El Estado se refiere a las instituciones permanentes que hacen que un país funcione, es el conjunto de instituciones durables que conforman al gobierno de un país. Gobierno se refiere al conjunto de personas que ejercen cargos dentro del Estado. Es decir, que el Gobierno está al servicio del Estado. El concepto de Nación se refiere al conjunto de los habitantes de un país que comparten un mismo origen, son regidos por un mismo gobierno y por lo general tienen una tradición común. Es la población que habita un determinado territorio la que se organiza; y lo hace designando gobernantes a los que les confiere poder, para ello es necesario que los gobernantes elaboren normas que organicen institucionalmente la Nación. A diferencia de los términos "Estado" y "Gobierno", la Nación está exento de toda connotación política, jurídica o institucional.
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EL ESTADO DOMINICANO Según la Constitución Dominicana, la República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma de República unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos. La función esencial del Estado, la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas. El Estado dominicano tiene 366 instituciones (contamos los ayuntamientos y distritos municipales, las bibliotecas, los distritos educativos, las escuelas, los hospitales públicos, los museos y las procuradurías fiscales como 1 institución respectivamente). Total Instituciones
366
Centralizadas
282
Descentralizadas
84
o
Ministerios
23
o
Viceministerios
42
o
Direcciones Generales y Oficinas Nacionales
o
Oficinas, Agencias, Consejos y Comisiones
Ministerios:
Ministerio de Administración Pública Ministerio de Agricultura Ministerio de Cultura Ministerio de Deportes y Recreación Ministerio de Educación Ministerio de Educación Superior Ciencia y Tecnología Misterio de Economía, Planificación y Desarrollo Ministerio de Defensa 2
Ministerio de Hacienda Ministerio de Industria y Comercio Ministerio de Interior y Policía Ministerio de la Juventud Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales Ministerio de la Mujer Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de la Presidencia Procuraduría General de la República Dominicana Ministerio Administrativo de la Presidencia Ministerio de Energía y Minas
Direcciones Generales e Institutos: Dirección General de Aduanas Dirección General de Política y Legislación Tributaria Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas Dirección General de Impuestos Internos Dirección General de Crédito Público Dirección General de Inversión Pública Dirección General de Contabilidad Gubernamental Dirección General de Presupuesto Instituto Agrario Dominicano (IAD) Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones Instituto Azucarero Dominicano (INAZUCAR) Instituto Cartográfico Militar (ICM) Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP) Instituto de Dignidad Humana de la Policía Nacional (IDIH) Instituto de Altos Estudios para la Defensa y Seguridad Nacional (INAESDESEN) Instituto de Formación Turística del Caribe (INFOTUCA) Instituto de Innovación en Biotecnología e Industrial (IIBI) Instituto Postal Dominicano Oficinas, Agencias, Consejos y Comisiones
Gabinete de Coordinación de Políticas Sociales Despacho de la Primera Dama Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación Consejo Nacional de Competitividad Consejo Nacional de la Empresa Privada Consejo Nacional de Drogas
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Oficina Nacional de la Propiedad Industrial Promoción a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana Universidad Autónoma de Santo Domingo FINJUS Fundación Global Democracia y Desarrollo
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EL GOBIERNO DOMINICANO La Constitución de la República Dominicana dictamina que el sistema político dominicano es la democracia republicana y su forma de gobierno es la república presidencialista con una división de poderes entre el poder legislativo, poder ejecutivo y el poder judicial El Presidente de la República es Jefe del Estado, ostentando la representación formal del país, pero también es parte activa del poder ejecutivo, como Jefe de Gobierno o Jefe de la Administración Pública, siendo elegido de forma directa por los votantes y no por el Congreso o Parlamento. Además, es la "autoridad suprema de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los demás cuerpos de seguridad del Estado" El Gobierno Dominicano está dividido en 3 poderes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Estos tres poderes son independientes en el ejercicio de sus respectivas funciones y sus encargados son responsables y no pueden delegar sus atribuciones, las cuales son únicamente las determinadas por esta Constitución y las leyes.
Poder Legislativo Dentro de la jerarquía constitucional, el Legislativo constituye el primer poder del Estado. Está representado por el Senado de la República o Cámara Alta y por la Cámara de Diputados o Cámara Baja. El Senado lo conforman 32 legisladores, que representan a las 31 provincias del país y al Distrito Nacional. Por su parte, la Cámara de Diputados está conformada por 150 congresistas. Lo primordial del organismo bicameral, que se denomina Congreso Nacional, es legislar a favor de los diferentes sectores de la nación. El Poder Legislativo tiene a su cargo proponer y elaborar las leyes, que luego de ser aprobadas las envía al Poder Ejecutivo, a los fines de promulgarlas. Asimismo, se encarga de nombrar a los jueces de la Junta Central Electoral y a los miembros de la Cámara de Cuentas. La ratificación de los acuerdos internacionales y contratos nacionales que el Poder Ejecutivo contrae con organismos extranjeros también corresponde al Poder Legislativo. En este Poder se encuentran representados los principales partidos políticos de la nación.
Poder Ejecutivo La Constitución establece que el Poder Ejecutivo se ejerce por el Presidente de la República, quien será elegido cada cuatro años por voto directo. El Presidente podrá optar por un segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo ni a la vicepresidencia de la República.
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El Presidente de la República es el jefe de la administración pública y el jefe supremo de todas las fuerzas armadas de la República y de los cuerpos policiales. El artículo 55 de la Constitución establece los deberes del Presidente, entre los que figuran la designación de funcionarios de Estado, la promulgación de leyes, la reglamentación de las aduanas y el velar por la buena recaudación y fiel inversión de las rentas nacionales.
Poder Judicial El tercer poder del Estado es, de acuerdo a la Constitución y las leyes, la institución encargada de administrar justicia, a través de sus órganos especiales y jerárquicos llamados tribunales. Su función es asegurar el amparo, protección o tutela de los derechos que se hallan establecidos en las normas o leyes. El conjunto de todos estos tribunales constituye el Poder Judicial. El Poder Judicial es independiente de los demás Poderes del Estado. Goza de autonomía administrativa y presupuestaria, pero el monto de su presupuesto es asignado anualmente por el Poder Legislativo mediante la Ley de Gastos Públicos. Los jueces de la Suprema Corte de Justicia son elegidos por el Consejo Nacional de la Magistratura, que se rige por la Ley 169 del 2 de agosto de 1997, y que está presidido por el Presidente de la República. En ausencia de éste, será presidido por el Vicepresidente de la República, y a falta de ambos, por el Procurador General de la República. Los jueces elegidos por el Consejo Nacional de la Magistratura son inamovibles.
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LA NACIÓN DOMINICANA República Dominicana es un país con una historia centenaria y muy interesante. Una nación con una cultura, tradición y costumbres que se remontan a varios siglos en el tiempo. Tanto sus preciosos paisajes, maravilloso clima, como su gastronomía y amables gentes, dejan enamorado a todo aquél que lo visita. Un territorio que ha sufrido varios períodos y etapas históricas a lo largo de los años que merecen ser conocidos. La conformación del pueblo dominicano ha sido un proceso paulatino, lento, integrador. El pueblo es una noción o categoría de análisis, que hace referencia a un sujeto con vocación política, que construye y articula valores igualitarios articulados a una nación. Nación y pueblo son nociones importantes como categorías analíticas, si el pueblo es el sujeto, la nación es el sentimiento, la conformación sentimental articulada a la cultura material y espiritual que se corresponden con un nicho ecológico determinado. La nación es pertenencia, identidad, configuración, territorio, lengua, vínculos económicos y de sobrevivencia. Diversos procesos sociales, políticos e históricos han fungido como condicionantes en la construcción de esa identidad. Despoblaciones, sensación de olvido y desamparo, desarraigo cultural de los orígenes. Históricamente ha existido una lucha sorda y excluyente entre quienes procuran explicar, analizar y exponer la conformación del pueblo dominicano. Como se ha dicho en entregas anteriores aquí se ha construido y articulado una ideología racial, un enfoque etno-antropologico en caminado a convertir en invisible el aporte de la población de origen africano a la conformación del pueblo dominicano. Después de la independencia nacional se ha perdido la soberanía varias veces y en cada ocasión el pueblo se ha erigido en sujeto histórico y político capaz de restaurar la soberanía y la preservación de la identidad.
1.1 Concepto de Gasto Público
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El gasto público es la cantidad de recursos financieros, materiales y humanos que el sector público representado por el gobierno emplea para el cumplimiento de sus funciones, entre las que se encuentran de manera primordial la de satisfacer los servicios públicos de la sociedad. Así mismo el gasto público es un instrumento importante de la política económica de cualquier país pues por medio de este, el gobierno influye en los niveles de consumo, inversión, empleo, etc. Así, el gasto público es considerado la devolución a la sociedad de algunos recursos económicos que el gobierno captó vía ingresos públicos, por medio de su sistema tributario principalmente. La forma de estructurar el gasto público es de gran importancia para la economía en general, pues siendo un instrumento poderoso que afecta la economía, su manejo causa u origina diversos fenómenos que algunas veces son positivos y otras veces son negativos para un país e incluso otros países que estén fuertemente correlacionados económicamente. Del análisis de la estructuración y aplicación del gasto público se pueden predecir ciertos comportamientos de la economía así como los fines que persigue el sector público.
A lo largo de la historia de los estados modernos, el entendimiento de las funciones del gobierno para intervenir en la economía a través del gasto público ha tendido a incrementarse o decrementarse paralelamente de acuerdo al pensamiento ideológico del gobierno en turno y/o de la influencia de las grandes potencias económicas que confluyen en sus respectivas economías. En nuestro siglo, el sector público aparte de realizar las funciones tradicionales de gobierno que eran salvaguardar a sus ciudadanos a través del orden interno y externo, y administrar la justicia; ha asumido otras funciones mucho más amplias valiéndose para ello del gasto público. En estas actividades el sector público ha venido utilizando al gasto para tratar de dar más empleo, estimular la actividad económica, crear la infraestructura productiva del país, dar vivienda a los trabajadores, elevar el nivel educativo proporcionando educación gratuita, proporcionar servicios de salud, etc.
1.2 El Gasto Público.
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Es el gasto que realizan los gobiernos a través de inversiones públicas. Un aumento en éste producirá un aumento en el nivel de renta nacional, y una reducción tendrá el efecto contrario. Representa un papel clave para dar cumplimiento a los objetivos de la política económica. Conforme se incrementan las funciones del Estado crece el gasto público, que se ha convertido en un importante instrumento de la política económica. El Estado devuelve a la comunidad, mediante el gasto, aquellas cantidades que obtuvo de ésta bajo la forma de bienes y servicios como: alumbrado público, vigilancia y seguridad, salud, educación comunicaciones y obras de infraestructura.
Las finalidades del gasto público son el desarrollo económico, la seguridad y protección social y la elevación del nivel de vida. A pesar de que la tendencia de este gasto es ascendente, nunca cubrirá todas las necesidades sociales, pues éstas se incrementan al aumentar la población. Además. El ser humana aspira a elevar su nivel y por ello las comunidades demandan del Estado una mayor cantidad y una mejor calidad de servicios como escuelas, hospitales, vías de comunicación etc., lo que implica un creciente gasto público, limitado por los recursos de que dispone el gobierno y que impone la necesidad de priorizar y jerarquizar el gasto público.
El gasto público se ejecuta a través de los Presupuestos establecidos por el gobierno, y se clasifica de distintas maneras pero básicamente se consideran: el Gasto Neto, que es la totalidad de las erogaciones del sector público menos las amortizaciones de deuda externa; y, el Gasto Primario, que mide la fortaleza de las finanzas públicas para cubrir con la operación e inversión gubernamental con los ingresos tributarios, los no tributarios y el producto de la venta de bienes y servicios, independientemente del saldo de la deuda y de su costo.
El Gasto Programable: es el agregado que más se relaciona con la estrategia para conservar la política fiscal, requerida para contribuir al logro de los objetivos de la política económica. Por otro lado, resume el uso de recursos públicos que se destinan a cumplir y atender funciones y responsabilidades 9
gubernamentales, así como a producir bienes y prestar servicios. Este se divide en gasto corriente y gasto de capital.
1. Gasto Corriente: Incluyen todas las erogaciones que los Poderes y Órganos Autónomos, la Administración Pública, así como las empresas del Estado, requieren para la operación de sus programas.
2. Gasto de Capital: Comprende aquellas erogaciones que contribuyen a ampliar la infraestructura social y productiva, así como a incrementar el patrimonio del sector público. Se considera que mediante el gasto público se deberían atender los siguientes campos: seguridad alimenticia; educación y capacitación; fomento de transferencia, difusión y adaptación de avances técnicos, mediante la asistencia técnica a cargo del Estado; fomento a la creación de empleos permanentes; elevación del nivel de productividad y de bienestar de los pobres; entre otros.
De acuerdo con las necesidades del análisis, el gasto público se clasifica en:
Gastos ordinarios: Su carácter es normar para administrarlos y por lo tanto se pueden prever y presupuestar oportunamente, mientras que los gastos extraordinarios son las erogaciones que se efectúan en situaciones especiales.
Gastos efectivos: Representan una erogación de los recursos monetario del Estado, es decir, implica desembolsar una cierta cantidad de dinero.
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Gastos virtuales: Sólo quedan generalmente registrados en los libros, sin que exista verdaderamente transferencia monetaria.
Gastos reales: Comprenden los egresos para adquirir bienes y servicios.
Gastos de transferencia: Otorgan poder de compra a un sector tomando de otro; la transferencia puede ser gratuita o un medio de pago por derechos de propiedad existente. Los gastos de transferencia se dividen por su importancia en: subsidios y pagos de interés. Gastos forzosos: Son todos los gastos imprescindibles e inaplazables. Los gastos optativos son por su propia naturaleza se pueden aplazar. Gastos de preservación: Están encaminados a mantener las condiciones de la vida ya existentes, y los gastos para el mejoramiento de la vida buscan elevar los actuales niveles de vida. Gastos directos: Son erogaciones del Estado efectuadas contraprestación a los bienes y servicios recibidos. Entre otros.
como
1.3 Objetivo y efectos del gasto público. A través del gasto público el estado puede influir par logra los propósitos de su política económica, de manera general este gasto tiende a incrementar la producción, porque significa un aumento en la corriente de la circulación de los medios adquisitivos. Mediante los subsidios, el Estado busca estimular la producción en aquellas áreas socialmente necesarias y que están descuidadas. Por su parte los empréstitos que financian el gasto público han sido duramente criticados, al afirmar que los pagos de las amortizaciones y de los intereses son una pesada 11
carga para los países deudores. Sin embargo, un empréstito externo adiciona realmente recursos para invertir, lo que permite un aumento potencial de la producción. Los efectos del gasto público en la distribución se determinan por la forma en que éste proporcionada a los individuos los ingresos monetarios y los bienes o servicios los cuales satisfacen sus necesidades. En virtud de que el Estado capta sus recursos mediante el sistema impositivo, puede contribuir a redistribuir la riqueza generada.
Política relacionada con la imposición y el gasto público. Cuando se reducen los impuestos o se aumenta el gasto público para estimular la demanda agregada, se dice que la política fiscal es expansiva. Cuando se aumentan los impuestos o se reduce el gasto público, se dice que la política fiscal es restrictiva. La política fiscal y la política monetaria (que se encarga de controlar la oferta monetaria) son las dos actividades más importantes de la política económica global de un gobierno. Para diseñar la política fiscal, el gobierno debe tomar una serie de decisiones sobre la cuantía de los impuestos directos, como el impuesto sobre la renta, y de los impuestos indirectos, (como el impuesto sobre el valor añadido). También debe determinar la suma de gastos corrientes de la administración, (como los salarios de los funcionarios públicos) y cuánto hay que gastar en los distintos bienes y servicios, como en construcción de hospitales o de carreteras.
1.5 Principios del gasto público Eckstein (1965) planteó la interrogante sobre ¿si pueden darse algunos principios que guíen el gasto público? Al respecto opina que es el proceso político en general el que determina los gastos gubernamentales, mientras que las decisiones específicas se adoptan en la elaboración del presupuesto, que es una exposición detallada de los gastos e ingresos previstos por el gobierno para un año.
Para establecer los principios que guíen el gasto público se debe tomar en cuenta los fines que se quieran alcanzar y que pueden ser, desde reducir el gasto público al mínimo posible para que interfiera lo menos posible con la 12
iniciativa privada, no importando las consecuencias negativas que ello pudiera causar y manteniendo una tendencia liberalista o desreguladora. El caso contrario sería procurar que el gasto público alcance el nivel más alto posible para tener el gobierno gran influencia en la economía, lo cual lleva a una tendencia intervencionista, reguladora e incluso estatista en la actividad económica del país. De acuerdo a estos dos postulados es como se tiende a establecer los principios del gasto público. Sin embargo, también existen ciertos principios de tipo general que pueden ser aplicados en ambas situaciones; estos principios no se excluyen mutuamente, pero en sí son diferentes.
En lo referente a los principios del gasto público, dos autores proponen algunos principios de tipo general y con una definición precisa y objetiva. El primero de ellos es Harold Sommers (1967) quien nos dice que son cuatro los principios que deben orientar el gasto público y con base a ello decidir acerca de la magnitud y naturaleza del gasto. Los principios son los siguientes:
Principio del Gasto Mínimo. Principio de Mínima Interferencia con la Iniciativa Privada.
Principio de la Máxima Ocupación. Principio del Máximo Beneficio.
El Principio del Gasto Mínimo afirma que el gobierno debe gastar lo menos que sea posible, pero sin poner en peligro la seguridad de los ciudadanos (como sería no gastar en la policía y el ejercito que representan la seguridad 13
interna y externa del país), así mismo sólo debe intervenir en algunos servicios esenciales como la administración de justicia, construcción de caminos o servicios postales, y enfatiza que cualquier servicio que pueda ser proporcionado por la iniciativa privada debe ser excluido de los gastos del gobierno.
El principio de Mínima Interferencia con la Iniciativa Privada, dice que los bienes y servicios que proporcionen las entidades públicas no deben competir con los que ya proporcionan la iniciativa privada y establece que el gobierno no debe crear comercios al menudeo ni de bienes, ni servicios, que no sean básicos a la población.
El Principio de Máxima Ocupación se refiere a la función como instrumento que tiene el gasto público en ocasiones, con la finalidad de elevar el nivel de empleo ante un déficit de oferta laboral por parte de la iniciativa privada como en épocas de depresión o falta de inversión para creación de empleos. Al tratar de basarse en este principio se debe tratar de respetar el principio de interferencia mínima con la iniciativa privada y cuando se rompe tal principio las consideraciones deben ser aplicables si la finalidad es lograr la máxima seguridad social, el mayor ingreso nacional o un mayor nivel de vida.
El Principio de Máximo Beneficio de todo Gasto Público, se refiere sobre el máximo beneficio colectivo, y dice que cada peso debe gastarse donde la utilidad marginal social sea mayor. La “desutilidad” marginal social de un peso obtenido por medio de impuestos debe ser igual a la utilidad marginal social de ese peso gastado en la mejor forma posible. El problema de este principio radica en cual es en la actualidad el mejor bienestar público. Este principio puede considerarse como un complemento útil de los tres principios primeros.
Si continuamos analizando los cuatro principios, se puede inferir que el principio de máxima ocupación obedece a una política estatista mientras que el principio del gasto mínimo es la otra cara de la moneda, pues su fundamento es liberalista o de mínima intervención gubernamental. Sin
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embargo, ambos comparten los principios de mínima interferencia con la iniciativa privada y de máximo beneficio. El otro autor que nos enuncia algunos principios sobre el gasto público es Eckstein (1965) y sus principios son los siguientes:
Principio de los Beneficios y los Costos Marginales. Principio del Menor Costo. Principio de Apreciación Monetaria de los Servicios Públicos. Principio de Contratos con Incentivo para las Adquisiciones Gubernamentales. Principio de Mejoras en el Curso de la Toma de Decisión.
El Principio del Menor Costo nos dice que los gastos de todo objetivo público se deben llevar a cabo hasta el punto en que la utilidad del último peso gastado sea mayor o por lo menos igual al peso del costo. Este principio sólo es aplicable a algunos gastos públicos, pues las situaciones reales están siempre sujetas a error. Además, si lo anterior no fuera suficiente, la propia definición de beneficio no supone acerca de quién reporta los costos. Así mismo no basta analizar simplemente valores monetarios de los beneficios o costos, sino se debe considerar los efectos de la redistribución de la riqueza en activos intangibles como el caso de la educación, la investigación, la administración de justicia, etc., en donde no es aplicable este principio, pues sus efectos directos no son medibles en el corto plazo o en términos económicos. Su aplicación puede llevarse a cabo en los casos de producción de energía, servicio de transporte y en su mayor parte en obras públicas en que los beneficios son ante todo económicos, tangibles y mensurables. El Principio de Buscar Soluciones al Menor Costo es más simple y pragmático que el anterior y a pesar de ello no se ha aplicado efectivamente 15
en grado creciente. Se basa en la idea de buscar la solución del problema a menor costo, pero no sólo económico sino también incluye el aspecto social. El Principio de Apreciación Monetaria de los Servicios Públicos establece que el gobierno puede proporcionar dicho servicios gratuitamente, subsidiarlos o cobrarlos a precio de mercado. Para algunos economistas la ausencia del cobro asegura un uso máximo pero puede conducir al despilfarro, mientras la fijación de precios es en gran medida una cuestión de eficiencia económica. La regla de la fijación de precios es que éste sea igual al costo marginal. En la práctica los gobiernos suelen proporcionan sus servicios a menor precio debido a consideraciones filosóficas o la influencia de ciertos grupos sociales.
El Principio sobre Contratos con Incentivos para las Adquisiciones Gubernamentales busca que el proveedor del gobierno ofrezca los planes más ventajosos de crédito, calidad y disponibilidad para beneficio general de la comunidad, y que los contratos gubernamentales otorgados no sólo sean por compromisos particulares. Si se considera al gobierno como el mayor cliente en muchos casos, el no establecer este principio puede degenerar en una distorsión de la función real de las compras gubernamentales.
Sobre el último Principio Relativo a las Mejoras en el Curso de la Toma de Decisiones se sugiere que la estructura del gobierno sea tal, que determinada secretaría, ministerio o institución gubernamental sea responsable en relación con un objetivo determinado, no existiendo competencia intergubernamental. Esto favorece a sus respectivas entidades o dependencias. Este principio nos indica que la información se debe de organizar de tal manera que los responsables de la política económica tengan a la vista las alternativas más importantes, incluyendo los costos estimados no sólo del año en curso, sino de sucesivos años. Hay que recordar que la acción gubernamental en materia de gasto público no se puede limitar a estimaciones de corto plazo.
Clasificación del gasto público Institucional Económica Por objeto de gasto Por funcionalidades y funciones 16
Por ubicación geográfica Clasificación institucional. Nos permite identificar qué unidad gubernamental es la que realiza el gasto. Responde a la pregunta ¿quién gasta? Las categorías concretas dependerán de la estructura orgánica del Estado que se estudie. A modo de ejemplo de las distintas categorías jerárquicas de la administración argentina a nivel nacional, la Constitución distingue tres poderes: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial. Dentro del Poder Ejecutivo, puede apreciarse la Presidencia de la Nación y los distintos Ministerios. A su vez, dentro de cada Ministerio existen distintas Secretarías, y dentro de éstas, Direcciones Generales o Direcciones que constituyen los niveles administrativos de menor jerarquía.
Clasificación económica. Esta clasificación intenta separar categorías de erogaciones con distintos efectos económicos, diferenciando los gastos corrientes de los gastos de capital. La utilidad de esta clasificación consiste en que permite analizar macroeconómicamente el impacto del gasto público, asociando los gastos corrientes al variable consumo y los gastos de capital a inversión.
Los gastos corrientes son aquellos que realiza el Estado para su funcionamiento diario, son repetitivos y se agotan en el primer uso, por ejemplo, los útiles de librería o los sueldos de los docentes universitarios o de los médicos pertenecientes al sistema de salud pública. Los gastos corrientes no incrementan el patrimonio del Estado, aparecen como una pérdida en el cuadro de resultados.
En cambio, los gastos de capital sí incrementan el patrimonio del sector público, no son repetitivos y no se agotan en el primer uso. Ejemplo de un gasto de capital lo constituye la construcción de un nuevo edificio para una facultad de una Universidad Pública.
Los gastos corrientes, a su vez, pueden diferenciarse en gastos de consumo o de transferencia según detraigan (consumo) o no (transferencia) recursos reales de la economía provenientes del sector privado. Por ejemplo, el sueldo 17
de un médico es un gasto corriente de consumo, ya que el Estado está detrayendo del sector privado recursos reales que no quedan a disposición del sector privado de la economía (ese mismo médico no podrá ofrecer sus servicios en una clínica privada o consultorio particular en el horario contratado por el sector público).
En cambio, la jubilación pagada a un médico retirado no provoca tal detracción al sector privado, no hay una contrapartida de recursos reales sino flujos financieros, constituyendo un gasto corriente de transferencia.
Los gastos de capital, a su vez, permiten distinguir dos categorías diferentes: la inversión real (o física) y otras inversiones (en bienes preexistentes o en inversiones financieras). Ambas categorías incrementan el patrimonio del Estado (Aparecen en el Activo de su Estado de Situación Patrimonial) pero solo las inversiones reales incrementan el patrimonio nacional.
Por ejemplo, si el Ministerio de Salud decide construir un hospital público nuevo, tal gasto de capital será una inversión real, incrementando no solo el patrimonio del Estado, sino de la Nación. En cambio sí, por ejemplo, compra un edificio donde funcionaba un hospital privado, el gasto de capital será considerado como otras inversiones (bienes pre-existentes) incrementando el patrimonio del Estado, pero no de la Nación.
Clasificación por objeto del gasto. Esta clasificación responde a la pregunta ¿en qué se gasta?, permitiendo diferenciar el tipo de bien o servicio que está comprando el Estado. Para ello, se utiliza la clasificación por incisos, en personal, bienes de consumo, servicios no personales, transferencias, bienes de capital, trabajos públicos, entre otros.
A diferencia de la clasificación económica, la utilidad de la clasificación por objeto del gasto reside en el análisis microeconómico del impacto del gasto 18
público sobre diferentes mercado. Esta clasificación permite una ordenación sistemática y homogénea de los bienes y servicios, las transferencias y las variaciones de activos y pasivos, que el sector público aplica en el desarrollo de sus actividades, facilitando su registro contable y control.
Por ejemplo, en una universidad pública los sueldos de los docentes serán clasificados dentro del inciso personal, la compra de útiles de librería como bienes de consumo, la contratación del servicio de limpieza o seguridad como servicios no personales, la adquisición de computadoras como bienes de capital, la ampliación de un aula como trabajos públicos y las becas otorgadas a sus estudiantes como transferencias.
Clasificación por finalidades y funciones. Esta clasificación responde a la pregunta ¿para qué se gasta? Permite determinar los objetivos generales y los medios a través de los cuales se estiman alcanzarlos. Las finalidades contempladas en el Presupuesto Nacional son las siguientes:
Administración Gubernamental. Servicios de Defensa y Seguridad. Servicios Sociales. Servicios Económicos. Deuda Pública.
Clasificación por ubicación geográfica. Esta clasificación responde a la pregunta ¿Dónde se gasta?
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2.1 Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público No. 423-06, del 17 de noviembre del 2006. Antes de hablar directamente del gasto público en nuestro país, se hara mención de la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público, No. 423-06, la cual está estrechamente relacionada con el mismo.
La ley 423-06 es la que hace aplicar el presupuesto, esta es presentada al Poder Ejecutivo a la aprobación del Congreso Nacional. Los Presupuesto aprobado por el congreso serán prorrateadas o repartidas por las instituciones, principalmente por los ayuntamientos de los sietes municipios de Santo Domingo por un 10% cada una. Ley núm. 176-07 deroga como deben se repartido los fondos: En 25, 35, 40 porciento, El presupuesto de la Administración Pública Nacional abarca a las instituciones de los tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, a los organismos descentralizados y a las instituciones de seguridad social. Los elementos que utilizan la cámara de cuenta para la auditoria de las instituciones son tres controles internos, externos, judiciales y 20
sociales usadas con el objetivo de no se hagan actos fraudulentos los servicios públicos del Estado
¿Qué es un Presupuesto? Se le llama presupuesto al cálculo anticipado de los ingresos y gastos de una actividad económica (personal, familiar, un negocio, una empresa, una oficina, un gobierno) durante un período, por lo general en forma anual. Es un plan de acción dirigido a cumplir una meta prevista, expresada en valores y términos financieros que, debe cumplirse en determinado tiempo y bajo ciertas condiciones previstas, este concepto se aplica a cada centro de responsabilidad de la organización. El presupuesto es el instrumento de desarrollo anual de las empresas o instituciones cuyos planes y programas se formulan por término de un año.
¿Qué es un Presupuesto Público o del Estado? Presupuesto público, presupuestos del Estado o presupuestos generales de los poderes públicos, constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones (gastos) que, como máximo, pueden reconocer y los derechos (ingresos) que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio (anual).
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Tipos de Presupuestos Existen dos tipos de presupuestos estos son:
1. Presupuestos de Ingresos
2. Presupuestos de Gastos.
1. Presupuesto de Ingresos:
Comprenderán las entradas estimadas originadas en los impuestos, tasa, venta de bienes y servicios, donaciones en efectivo o en especie, venta ocasional de activos físicos así como cualquier otro producto de las actividades que realicen los organismos que originen una modificación cuantitativa y/o cualitativa del patrimonio. Estos se clasifican en ordinarios y extraordinarios.
2. Presupuesto de Gastos:
Los presupuestos de gastos comprenderán todas las transacciones económicas, financieras imputadas a gastos corrientes y de capital que origine una modificación cuantitativa y/o cualitativa de patrimonio. 22
¿Cuál es la Ley Orgánica de presupuesto? Es la ley 423-06 decreto 492-07. Esta ley fue creada el 22 de noviembre de 2006, Gaceta Oficial No. 10393.
Institución responsable del presupuesto en la República Dominicana La promulgación de la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público No. 423-06, del 17 de noviembre del 2006, dispone que la Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES), sea el Órgano Rector del Sistema Presupuestario, sin olvidar mencionar que este primero es aprobado por el Poder Ejecutivo, Legislativo, así como la Secretaría de Finanzas.
Dentro de las principales transformaciones que ha experimentado el Sistema Presupuestario Dominicano, establecidas en la nueva ley, se pueden enumerar los siguientes aspectos:
a. Enmarca el Presupuesto en un escenario plurianual.
b. Establece la cuota periódica de compromisos como única aprobación de la Dirección General de Presupuesto para que las Instituciones puedan ejecutar gastos.
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c. Elimina los excedentes presupuestarios para uso exclusivo del Presidente de la República (originados de los excedentes de ingresos y de la sub-ejecución del gasto), sustituyéndolo por una apropiación de gasto, equivalente al 5% de los Ingresos Corrientes estimados. Asimismo establece un monto equivalente al 1% sobre la misma base, para cubrir imprevistos generados por calamidades públicas. d. Responsabiliza a la Dirección General de Presupuesto de la formulación de la Política Presupuestaria, la elaboración del Marco Financiero y del Presupuesto Plurianual. e. Incorpora dentro del Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos, además del Gobierno Central, a las instituciones Descentralizadas no Financieras y a las entidades Públicas de la Seguridad Social. f. Dispone que la Dirección General de Presupuesto, es la institución responsable de elaborar el Presupuesto consolidado del Sector Público. g. Crea un régimen de incentivos Institucionales y Personales mediante contratos de desempeño. Durante los últimos 27 años, el gasto público del Gobierno central de República Dominicana experimentó un notable crecimiento, superior, en términos reales, al crecimiento de la economía del país.
En particular, desde el año 2000 a la fecha, el comportamiento del gasto público refleja una política fiscal que prioriza su crecimiento por encima del de los ingresos públicos. Como consecuencia, en los últimos 17 años se han registrado déficits fiscales todos los años, con excepción del 2007.
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3. Gasto Público en la República Dominica y su comportamiento. Durante los últimos 27 años, el gasto público del Gobierno central de República Dominicana experimentó un notable crecimiento, superior, en términos reales, al crecimiento de la economía del país.
En particular, desde el año 2000 a la fecha, el comportamiento del gasto público refleja una política fiscal que prioriza su crecimiento por encima del de los ingresos públicos. Como consecuencia, en los últimos 17 años se han registrado déficits fiscales todos los años, con excepción del 2007.
Gasto público crece más En comparación a la economía dominicana, el gasto público creció, en términos reales, 2.4 veces más rápido que la economía dominicana entre los años 1991 y 2017. Mientras el producto interno bruto (PIB) real se incrementó en 3.96 veces su valor durante el período analizado, el gasto real del gobierno central se incrementó en 9.53 veces. Como consecuencia de su acelerado crecimiento, el gasto público más que duplicó su participación en el PIB de República Dominicana: de representar el 7.3% del PIB en el año 1991, pasó al 18.2% del PIB en el año 2017. Crecimiento del gasto Durante los 27 años analizados, los ingresos del gobierno también se han incrementado significativamente, pero más lento que el gasto público. Expresados en dólares, los ingresos del Gobierno central de República Dominicana se incrementaron 14.2 veces su valor del año 1990. Por otro lado, los gastos, también expresados en dólares, crecieron 17.9 veces su valor del año 1990. Esta diferencia entre ingresos y gastos, la cual se hace más significativa a partir del 2008, ha sido la principal causa de los déficits fiscales que se registran cada año. Entre el 2000 y el 2017, se han registrado déficits fiscales todos los años con la excepción del año 2007.
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Gastos del Gobierno Según la clasificación económica del gasto, éste se clasifica en dos: gastos corrientes, que cubren las operaciones del gobierno; y gastos de capital, que comprenden las inversiones de éste.
Durante los últimos años, el gasto de capital del gobierno dominicano se ha incrementado más lentamente que el gasto corriente. Durante los últimos 27 años, el gasto corriente se incrementó en 26.4 veces su monto de 1990, mientras que el gasto de capital se incrementó 7.8 veces su monto. Es decir, cada vez es más costoso el mantenimiento del sector público dominicano en detrimento del gasto destinado al mantenimiento y expansión de las infraestructuras públicas.
Nómina pública El gasto en remuneraciones a empleados públicos, que representa el 29.6% del gasto total del gobierno central y el 36.9% del gasto corriente, se ha incrementado significativamente en los últimos 27 años. En dicho período, el gasto en remuneraciones y contribuciones se ha incrementado en 21.3 veces respecto al año 1990. Es importante resaltar como en los últimos 7 años (2010-2017) el gasto en remuneraciones y contribuciones se duplicó, pasando de US$1,963.2 millones a US$4,048.9 millones.
Mayores déficits fiscales Debido a los constantes déficits fiscales, la deuda pública se incrementa año tras año. Junto a la amortización de la deuda, el gobierno también debe pagar intereses a sus acreedores. Durante los últimos 27 años, el pago de intereses de la deuda del Gobierno central se ha incrementado, de manera exponencial, en 70.9 veces respecto al año 1990, evidenciando los crecientes compromisos que tiene el Gobierno central con sus acreedores.
La deuda pública se mantuvo relativamente estable por los primero diez años del período analizado, siendo el 2001 el punto de partida del crecimiento significativo de la deuda pública tras la emisión de bonos soberanos del mismo año, y es también el punto cuando los intereses de la deuda empiezan a incrementarse de forma exponencial. 26
MARCO TEORICO La inversión pública es la utilización del dinero recaudado en impuestos, por parte del Gobierno, los Estados y Demarcaciones Territoriales, para reinvertirlo en beneficios dirigidos a la población que atiende, representada en obras, infraestructura, servicios, desarrollo de proyectos productivos, incentivo en la creación y desarrollo de empresas, promoción de las actividades comerciales, generación de empleo, protección de derechos fundamentales, y mejoramiento de la calidad de vida en general. La inversión pública se encuentra regulada por leyes, normas y procedimientos, que definen lo que es viable y lo que está prohibido, los responsables y montos autorizados, actividades permitidas y requisitos que deben cumplir. La Dirección General de Inversión Pública es responsable de establecer políticas, normas y procedimientos para la formulación y la ejecución de los planes, programas y proyectos de Inversión Pública para todo el Sector Público; de priorizar, a partir del Plan Nacional Plurianual de Inversión del Sector Público, los planes, programas y proyectos de inversión pública a ser incluidos en el Presupuesto Plurianual y en los presupuestos anuales del Sector Público; del financiamiento de la pre-inversión pública y de la administración y actualización del Sistema de Información y Seguimiento de la Cartera de Proyectos, independientemente de su fuente de financiamiento. Generar y suministrar a la Secretaría de Estado de Hacienda la información de la incidencia de los gastos recurrentes que generarán los proyectos de inversión priorizados para la elaboración de los presupuestos anuales. Inversión pública es todo gasto público destinado a ampliar, mejorar o reponer la capacidad productiva del país con el objeto de incrementar la producción de bienes y la prestación de servicios. Incluye todas las actividades de pre inversión e inversión de las instituciones del sector público, y se corresponde con el concepto de inversión bruta de capital fijo definida en el Manual del Sistema de Cuentas Nacionales. de la Organización de las Naciones Unidas. En la Republica Dominicana unas de las leyes que regula la inversión del estado es la Ley de Planeación e Inversión Publica No. 498-06. Esta con el objetivo de tener un mejor control de como planear que se haga un buen manejo con el dinero que recauda el estado para el buen funcionamiento del mismo en la ciudadanía, es necesario fortalecer el proceso de inversión a través del cumplimiento riguroso, por parte de los organismos públicos, y de requisitos técnicos que posibiliten verificar la pre factibilidad y factibilidad de la ejecución de proyectos de inversión que cuantifiquen la incidencia de la inversión pública en el gasto corriente futuro, tanto en lo que se refiere a la operación y mantenimiento de la misma, como a su financiamiento, con el propósito de lograr una efectiva evaluación y priorización de los mismos. Un Sistema de Planificación e Inversión Pública requiere de un eficaz y coordinado funcionamiento de un conjunto de instrumentos que de una buena imagen-objetivo del país formalizada en una estrategia de desarrollo a largo plazo esta es una herramienta
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fundamental para definir el modelo de país y que, para ello, se requiere la participación y consenso de los diversos actores sociales dominicanos, por esto los gobiernos deben definir en el marco general una estrategia de desarrollo, y las políticas específicas a lograrse a través de los planes que deben guiar su período de gestión. Es necesario contar con una base de información y seguimiento de proyectos de inversión que posibilite su inclusión en los planes y, por ende, en los presupuestos públicos, en la medida que se cuente con el financiamiento disponible y reúnan los requisitos. Es importante tomar en cuenta un marco legal moderno que regule en forma integral el proceso de planificación e inversión pública y que defina: el órgano técnico político rector de dicho proceso y de las funciones asignadas al mismo, las unidades institucionales responsables de la planificación e inversión pública y de la reforma administrativa, en el ámbito de su competencia; y las instancias donde los diversos sectores representativos de las comunidades, estos puedan identificar las prioridades de desarrollo económico y social en el respectivo ámbito territorial. El Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública está integrado por el conjunto de principios, normas, órganos y procesos a través de los cuales se fijan las políticas, objetivos, metas y prioridades del desarrollo económico y social evaluando su cumplimiento. Este Sistema, es el marco de referencia que orienta la definición de los niveles de producción de bienes, prestación de servicios y ejecución de la inversión a cargo de las instituciones públicas. Este relacionado con los Sistemas de Presupuesto, Crédito Público, Tesorería, Contabilidad Gubernamental, Compras y Contrataciones, Administración de Recursos Humanos, Administración de Bienes Nacionales y Control Interno. El Proceso de Inversión Pública, comprende la formulación, priorización, seguimiento y evaluación de los proyectos de inversión del sector público. Este tiene como finalidad incrementar la capacidad productiva instalada del país en función de los objetivos y metas previstos en los planes, optimizando el uso de los recursos asignados. Proyecto de inversión es la creación, ampliación o rehabilitación de una determinada actividad productiva. Incluye, entre otras, las obras públicas en infraestructura, la construcción y modificación de inmuebles, las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles asociadas a estos proyectos, y las rehabilitaciones que impliquen un aumento en la capacidad y vida útil de los activos. El ciclo de los proyectos de inversión pública comprende las siguientes fases: Pre inversión. Comprende la elaboración del perfil y los estudios de pre factibilidad y de factibilidad que abarcan todos los análisis que se deben realizar sobre un proyecto desde que el mismo es identificado a nivel de idea y los estudios que se hagan hasta que se toma la
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decisión de su ejecución, postergación o abandono. Los estudios deben abarcar, como mínimo, tanto la pre factibilidad y factibilidad técnica, económica, social y ambiental, así como el incremento en la capacidad productiva que originará y el impacto que sobre los gastos corrientes tendrá el proyecto una vez puesto en funcionamiento, tanto en lo que respecta a los gastos de operación como a los de mantenimiento. Inversión. Comprende la inclusión en los presupuestos de los organismos del Sector Público, la decisión de la modalidad de ejecución y la ejecución física del proyecto. Esta fase culmina con la puesta en marcha del proyecto.
Evaluación Ex-post. Comprende el análisis de los impactos efectivos derivados de la puesta en ejecución del proyecto, con relación a los estimados en la fase de pre inversión. Ciclo de la Inversión Pública. El ciclo de la Inversión Pública comprende el conjunto de procesos e instancias requeridas por la administración pública a fin de planificar, formular, programar, ejecutar y operar los proyectos de inversión hasta el momento en que estos sean incorporados en la normal operación de las entidades y por ende en demandas de recursos que son asumidas por el gasto corriente. Comprende las fases de: Planificación, Formulación, Programación, Ejecución, Evaluación y Cierre.
Objetivos específicos del Proceso de Inversión Pública Lograr una eficiente asignación y uso de los recursos destinados a la inversión pública, maximizando sus beneficios socioeconómicos. Establecer los criterios, metodologías y parámetros para la formulación, ejecución y evaluación de proyectos que deben aplicar las instituciones comprendidas en el ámbito de esta ley. Establecer los criterios que se requerirán para que los proyectos de inversión pública puedan ser incorporados al Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos. Asegurar la disponibilidad de información oportuna y confiable sobre la inversión pública, a efectos de lograr transparencia en la gestión de la cartera de proyectos.
Los instrumentos del Proceso de Inversión Pública son: Plan Nacional Plurianual de Inversión Pública. Sistema de información y seguimiento de la cartera de proyectos.
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El Plan Nacional Plurianual de Inversión Pública, que forma parte del Plan Nacional Plurianual del Sector Público, contendrá los proyectos que reúnen las condiciones establecidas por esta ley, ordenados de acuerdo a las prioridades definidas por el Plan Nacional Plurianual del Sector Público y los Planes Estratégicos sectoriales e institucionales. El Plan Nacional Plurianual de Inversión Pública distinguirá los proyectos de inversión en ejecución y los que se estima iniciar, para cada uno de los años del plan. En el caso de los nuevos proyectos, establecerá el orden de prelación en que deberán ser incluidos en los presupuestos anuales por parte de la Secretaría de Estado de Finanzas. Dicha información será actualizada anualmente y será remitida a la Secretaría de Estado de Finanzas antes del 31 de mayo de cada año, de conformidad con lo previsto en el Artículo 28, Párrafo II de esta ley. Las Secretarías de Estado tendrán la responsabilidad de elaborar el proyecto del plan de inversiones públicas del área de su competencia y de los organismos adscritos a las mismas, el que contendrá los estudios de pre inversión que correspondan y su propuesta de priorización. Para la incorporación de los proyectos al Plan Nacional Plurianual de Inversión Pública, estos deberán estar registrados en el sistema de información y seguimiento de la cartera de proyectos y cumplir con los demás requisitos que establezca la reglamentación de la presente ley. Se establecerá un sistema de información y seguimiento de la cartera de proyectos. Sus objetivos son recopilar, almacenar, procesar y difundir la información de carácter físico, financiero y de gestión relativo al ciclo de vida de cada proyecto y su financiamiento. Principios del Sistema nacional de Planificación e Inversión Publica a) Programación de políticas y objetivos estratégicos. Las acciones públicas diarias y cotidianas que ejecuten las instituciones públicas deben sustentarse en políticas y objetivos para el largo y mediano plazo definidos a través del sistema de planificación. b) Consistencia y coherencia entre las políticas y acciones. Los objetivos, metas y acciones asociadas a las políticas sectoriales y globales incluidas en los planes de desarrollo, deben ser compatibles y guardar una relación lógicamente consistente entre sí dentro del contexto macroeconómico y el financiamiento disponible.
c) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos establecidos. Las políticas y objetivos contenidos en los planes deben procurar la satisfacción de las demandas de la sociedad y el logro de los impactos previstos sobre las necesidades insatisfechas. 30
d) Viabilidad. Las políticas, programas y proyectos contenidos en los planes deben ser factibles de realizar, teniendo en cuenta la capacidad en la administración de los recursos reales, técnicos y financieros a los que es posible acceder.
e) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. En la elaboración y ejecución de los planes debe optimizarse el uso de los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros necesarios, teniendo en cuenta que la relación entre los beneficios y los costos sea positiva. f) Objetividad y transparencia en la actuación administrativa. El proceso de formulación y ejecución de los planes, así como el proceso de contratación de los proyectos de inversión debe ser de pleno acceso al conocimiento de la ciudadanía. g) Responsabilidad por la gestión pública. La ejecución de las políticas y objetivos definidos en los planes debe estar claramente asignada a las instituciones públicas, quienes deben responder por la misma. h) Cooperación y coordinación con los diferentes poderes del Estado, órganos de gobierno y niveles de administración. Implica que las autoridades responsables de la planificación a nivel nacional y local deberán garantizar que exista la debida armonía, coherencia y coordinación en la definición y ejecución de los planes. El Gobierno Central a la parte del Sector Público que tiene por objeto la conducción político-administrativa, legislativa, judicial, electoral y fiscalizadora de la República, conformada por el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, la Junta Central Electoral y la Cámara de Cuentas. El Sistema de Planificación e Inversión Pública está integrado:
Consejo de Gobierno. Comisión Técnica Delegada. Secretaría de Estado de Planificación y Desarrollo. Consejo de Desarrollo Regional. Consejo de Desarrollo Provincial. Consejo de Desarrollo Municipal.
Consejo del Gobierno
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El Consejo de Gobierno es el Órgano Colegiado de Coordinación de los asuntos generales de gobierno y tiene como finalidad racionalizar el despacho de los aspectos de la administración pública en beneficio de los intereses generales y el servicio de los ciudadanos. El Consejo de Gobierno estará integrado por: Presidente de la República, quien lo presidirá. Vicepresidente de la República. Secretarios de Estado titulares de Secretarías de Estado creadas por ley.
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