Ensayo Unidad Iii.docx

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UNIVERSIDAD METROPOLITA DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA UMECIT

FACULTAD HUMANIDADES Y EDUCACIÓN MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN Y PLANIFICACIÓN EDUCATIVA MPE FEBRERO 2019 I

ENSAYO EXPLICATIVO CONTEXTO LEGAL DE LA EDUCACION SUPERIOR SEMANA 4 UNIDAD III

TUTOR: JAIME ANSELMO RUIZ DEAN FUNDAMENTOS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

KATHERINE GUERRA FERANDEZ

PANAMA 2019

Introducción El contexto legal o jurídico de la educación superior es importante porque fortalecer los sistemas de educación, delimita con claridad el ámbito de acción, define los lineamientos homogéneos y coherentes para la creación, desarrollo y operación de todas las IES en todo el país, garantizando la equidad, cobertura, calidad educativa y también porque permite defender la autonomía universitaria y la responsabilidad social, que son los principios que sustentan la Universidad colombiana. Si se reconoce la importancia de la educación en el desarrollo económico de los países y se considera que es a través de ella que se lucha contra la pobreza, resulta primordial que cada gobierno establezca lineamientos claros de acción que permitan regular y controlar las operaciones de la educación superior con el fin de garantizar que estas se mantengan y que permitan cumplir su fin fundamental, por lo que el marco normativo en términos educativos no solo garantiza la operación de la IES sino que también las protege, a continuación se hará un revisión del contexto legal de la educación, especialmente la educación superior, en Panamá y con mayor énfasis en Colombia, en el cual se muestra los cimientos sobre los que esta la educación superior y como estas leyes permiten la operación y delimitación de las IES.

CONTEXTO LEGAL DE LA EDUCACION SUPERIOR

Una norma es una regla que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas conductas o actividades. Existen diversos significados según el contexto de la palabra norma; sin embargo, en esta ocasión corresponde apegarse a una acepción jurídica, ya que al referir a la normatividad en materia de educación, indiscutiblemente se distingue una ubicación legal o jurídica. (2019, 17 de febrero). El contexto normativo en educación superior actúa sobre cada uno de los proceso formativos de docencia, investigación y extensión; y de manera más específica sobre los materiales didácticos, profesores, tutores, los criterios de evaluación, estudiantes, los mecanismos selectivos de acceso, las infraestructuras de las redes, los derechos autorales, los costos de las matrículas, la necesidad de un examen estatal de culminación. (Reyes Monjaras & Lagarda Contreras) Por lo que revisar dicho contexto en administración y planificación educativa es fundamental, ya que las personas que ejercen funciones de dirección en las Instituciones de Educación Superior, deben conocer de manera adecuada el sistema educativo de su respectivo país en su estructura y sus normas fundamentales, para poder desarrollar su actividad de manera responsable. (UMECIT) En lo que se refiere al marco legal educativo panameño, como en todos los países se fundamenta en su constitución política, en la cual se estable la educación como un

derecho

fundamental

y

la

libertad

de

enseñanza

como

principios

fundamentales, asi como determina la libertad de crear centros particulares con sujeción a la Ley. y se apoya en la Ley 47 de 24 de septiembre de 1946, modificada por la Ley 34 de 6 de julio de 1995, Orgánica de Educación, que contiene 295 artículos que contemplan en su titulo III que este sistema reconoce 5 etapas: 

Preescolar



Primaria



Pre-Media o Secundaria



Media o Bachillerato



Terciaria o Universidad

Esta misma identifica que la educación superior está integrada por instituciones clasificadas como oficiales (públicas) y particulares (privadas). Señala esta Ley (Artículo 14), que el nivel superior, la educación universitaria, se regirá por leyes especiales y, como parte del sistema educativo, coordinará estrechamente con el Ministerio de Educación.

Dentro del marco normativo también se puede mencionar el Decreto Ley 16 de 11 de junio de 1963 que reglamenta el establecimiento y funcionamiento de universidades privadas en la República de Panamá. Ley 30 del 20 de julio de 2006 Crea y regula el sistema nacional de evaluación y acreditación para el mejoramiento de la calidad de la Educación Superior Universitaria. Esta Ley fue derogada por la Ley 52 del 26 de junio de 2015.

De manera general se puede mencionar que el sistema de educación panameño ha presentado fluctuaciones en su matrícula dentro de los años 2010-2014 y que en este mismo periodo esa matricula esta mayormente captada por instituciones Universitarias frente a un menor número de instituciones no universitarias que

para este periodo han ido disminuyendo. El nivel de licenciatura, en todos los años del quinquenio llega a cubrir aproximadamente el 85% de la matrícula total.

En temas de educación Colombia se ha trazado metas educativas y ha creados varios programas en el ese afán de cumplirlas, una de esas metas fue que para el 2018 la totalidad de departamentos del país lograran, como mínimo, tasas de cobertura en educación mayores al 20%, la cual según fuentes del ministerios de educación nacional colombiano fue alcanzada, ampliando su cobertura y creando estrategias que permitieran que más ciudadanos tuvieran acceso a la educación. La realidad colombiana es que en materia de cobertura se ha avanzado pero en materia de calidad e inclusión falta mucho camino, Según el Informe PISA 2015, los colombianos ocuparon el puesto 55 en lectura, el puesto 60 en ciencias y el puesto 63 en matemáticas entre 72 países. Mientras que la media de los países de la OCDE fue de 493 en lectura y ciencias y de 490 en matemáticas, las de Colombia fueron 425, 416 y 390 respectivamente.

Otra de las metas que se planteó Colombia en términos educativos fue para el 2025 Colombia se convertiría en la mejor educada de América Latina, para lo cual el gobierno creo programas de acompañamiento como PTA y se trazó líneas estratégicas como Excelencia Docente, Jornada Única, Colombia Bilingüe, Colombia Libre de Analfabetismo y Más Acceso a la Educación Superior de Calidad; de todo lo mencionado anteriormente cabe resaltar que el país ha reforzado esfuerzos en el fortalecimiento de la educación pre-Escolar, primaria, bachillerato y media, pero lo cierto es que de una u otra manera se ha descuidado la educación superior en el sentido que ha fortalecido la formación para el trabajo a través del SENA y la aprobación de centros de enseñanza técnica pero como tal las universidades no es mucha la ampliación de cobertura que han logrado, mas por que la idea central del gobierno en curso Duque es mantener el programa Ser Pilo Paga (Estudiante E) y la financiación vía crédito ICETEX y bancos, pero no se compromete a ampliar la cobertura, y mucho menos a la asignación de recursos adicionales.

Para abordar la normativa en Colombia en temas educativos debe como en el caso panameño citarse su constitución Política de 1991, la cual establece que la educación es un derecho y un servicio público, por lo que es una obligación del estado y que este debe regularla, a través de la inspección y vigilancia, también menciona en el artículo 69 la Autonomía Universitaria, reconociendo que las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, tema ambiguo en el sentido que da libertad para el funcionamiento, pero no que puede quedar sin vigilancia.

Complementaria a la constitución política, encontramos la ley 115 de 1994, que define objetando que la educación en Colombia es un proceso de formación constante, de carácter personal, cultura y social que establece las bases para una integridad de la persona difundiendo sus derechos, su dignidad y difundiendo sus deberes. Define los niveles de la educación formal, entendida esta como la que conduce a grados y títulos: Niveles: - Educación preescolar. (Mínimo un grado obligatorio). - Educación básica: Primaria (cinco grados), secundaria (cuatro grados). - Educación media: dos grados: título de bachiller. - Educación superior. La ley 115 de 1994 establece que las Instituciones Educativas deben contar con una organización bien estructurada para que la prestación del servicio pueda ser aprobada, organización que se inicia con la construcción del Proyecto Educativo Institucional el cual debe definir todas y cada una de las gestiones que se realizan en el plantel tales como la administrativa, la académica, comunitaria y financiera. De igual manera establece que es responsabilidad del estado, la sociedad y la familia velar por la Calidad de la Educación, recayendo mas esta responsabilidad sobre el estado quien debe crear permanentemente estrategias de seguimiento y mejoramiento continuo y que este debe proporcionar los recursos e innovar, para

lo que las instituciones realizan su PMI que son el resultado de una evaluación constante que permite hacer un diagnóstico y trazar su ruta de trabajo hacia la Excelencia. Esta misma ley establece la Finalidad de la Educación en Colombia teniendo en cuenta el pleno desarrollo de la personalidad, la promoción de los valores y principios de cada individuo para la vida. Así mismo trata temas de inclusión para que se garantice el acceso de todos sus ciudadanos a la educación. De una forma más particular la educación superior, es reglamentada por la Ley 30 de 1992 que define el carácter y autonomía de las Instituciones de Educación Superior -IES-, el objeto de los programas académicos y los procedimientos de fomento, inspección y vigilancia de la enseñanza. Esta ley expresa normas por medio de las cuales se reglamenta la organización del servicio público de la Educación Superior. La ley 30 establece los niveles de Formación de pregrado. - Formación técnica profesional. - Formación tecnológica. - Formación profesional universitaria. (Incluye títulos de licenciado en -educacióny maestro en artes-) Formación de posgrado. - Especialización. - Maestría. - Doctorado. - Postdoctorado. Uno de los temas más debatidos sobre la Ley 30 de 1992 desde su misma promulgación, es la tipología de instituciones de educación superior que se sintetiza así: a) Instituciones Técnicas Profesionales: aquellas facultadas legalmente para ofrecer programas de formación en ocupaciones de carácter operativo e instrumental y de especialización en su respectivo campo de acción

b) Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas: aquellas facultadas para adelantar programas de formación en ocupaciones, programas de formación académica en profesiones o disciplinas y programas de especialización. c) Universidades: las reconocidas actualmente como tales y las instituciones que acrediten su desempeño con criterio de universalidad Se crea un nuevo mecanismo de “registro calificado” para que las universidades se mantengan en esta categoría, con mayores exigencias, esta ley abre la posibilidad para que los institutos y centros dedicados exclusiva o primordialmente a la investigación, puedan ofrecer, previo convenio con Instituciones de Educación Superior y conjuntamente con éstas, programas de posgrado.

Esta reforma permite la financiación de las IES con dineros privados e inversionistas extranjeros, además argumenta que el Gobierno Nacional y las entidades territoriales podrán realizar aportes adicionales a las Instituciones de Educación Superior públicas destinados a financiar proyectos de inversión que estén dirigidos al mejoramiento de la calidad de la prestación del servicio. En la ley 30 se dedica todo un capítulo a la Inspección y Vigilancia, además del articulado que trata de las instancias y controles que deben darse para la operación de entidades con ánimo de lucro, y otro capítulo dedicado a lo que se ha llamado buen gobierno, como una manera de obtener instrumentos jurídicos para la rendición de cuentas y control de los consejos directivos o superiores.

Conclusiones El contexto legal en educación, juega un papel fundamental dado que reglamenta y direcciona la educación, son ese conglomerado de leyes lo que establecen la forma como se organiza la educación, se puede concluir que el contexto normativo en términos educativos de un país, básicamente tiene su base en la Constitución política y que es complementado por otras leyes que van desglosando cada punto de la educación, jugando un papel más activo en la administración y ejecución de los servicios educativos. Todo país debe contar con una política de largo plazo que defina el norte y a partir de él, los instrumentos normativos, de acción y de medición, para alcanzar la calidad y cobertura educativa.

El resumen y análisis que se realiza sobre el marco normativo de la educación superior Colombiana, nos deja ver que la Ley 115 General de Educación regula la prestación de los servicios educativos de acuerdo con los principios de la Constitución Política y que en conjunto con la ley 30 indica los principios constitucionales sobre el derecho a la educación que tiene toda persona y las condiciones de calidad que debe tener. La reforma de la ley 30 de educación superior buscaba aumentar la cobertura educativa, en la medida en que agrando el espectro de instituciones de educación superior, lo cual no ofrece el acceso del todo a la educación y que no es una solución real ni representa el cumplimiento total de la responsabilidad del estado sobre el derecho de la educación, ya que esta reforma permite que muchos estudiantes puedan acceder a corporaciones y universidades a través de créditos, lo que los obliga a endeudarse para lograr formarse profesionalmente.

Es importante que se amplié la cobertura de las Universidades, que no está sincronizada con el número de estudiantes bachilleres que egresan del sistema educativo, entonces es frecuente encontrar que en la gran mayoría de los casos estos estudiantes son acaparados por los otros niveles de educación superior como técnicos y tecnólogos, es de resaltar que pese a los relativos avances en

materia de cobertura, sigue siendo una oportunidad a la que muy pocos tienen acceso. El contexto legal debe garantizar la ampliación de la cobertura sin ir en contravía de la calidad y algo realmente cierto es que cuando un país pretender cerrar la brecha social debe garantizar que sus ciudadanos podrán alcanzar un nivel de pregrado y postgrado, más allá de simplemente brindarles créditos o tasa diferenciales para capacitarse en la ejecución de un trabajo técnico.

Por otro lado es de resaltar que el gran número de IES, creadas bajo la ley 30 hacen que sea más difícil para el gobierno vigilarlas a todas y deja en visto la falta de mecanismos de medición y control de la calidad.

Es necesario que en términos educativos los gobiernos reflexiones acerca del marco legal y que pueda llenar los vacíos que dejan las normas en espacios con expertos que permitan construir un marco legal acorde a las necesidades y evolución de la educación superior, en donde se busque una armonía entre calidad, cobertura e inclusión.

Bibliografía

Educación superior, reflexiones para un desafío Palabras del Ministro de Educación, Francisco José Lloreda Mera Congreso "Educación Superior: Desafío Global y Respuesta Nacional" Universidad de los Andes, Bogotá, Junio 22 de 2001

Reyes-Monjaras, M. E. y Lagarda-Contreras, B. A. 2010. Importancia de una normatividad en la educación a distancia de la Universidad Autónoma Del Carmen. U. Tecnociencia 4 (2) 1 - 18.

Norma jurídica. (2019, 17 de febrero). Wikipedia, La enciclopedia libre. Fecha de consulta: 21:16, marzo 13, 2019 desde https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Norma_jur%C3%ADdica&oldid=1140078 64.

Forrero Arcila, Edgar. Análisis de la reforma a la ley 30 de educación superior de 1992, desde el desarrollo humano, integral y sustentable (dhis), como factor de transformación social. Universidad de la salle. Bogotá 2014

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