Ensayo Final. Políticas Educativas..docx

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UNIVERSIDAD DEL VALLE. INSTITUTO DE EDUCACIÓN Y PEDAGOGÍA. ÁREA DE EDUCACIÓN, DESARROLLO Y COMUNIDAD. GRUPO DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA EDUCACIÓN

CURSO: POLÍTICA EDUCATIVA Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN. PROGRAMA LICENCIATURA EN EDUCACIÓN POPULAR.

PROFESORA: MARIA STELLA VALENCIA.

ESTUDIANTES: DIANA ISABEL VALENCIA CUERO. CÓD. 201643582. MIGUEL ANGEL VALENCIA VIVAS CÓD. 201143575. MARIA ISABEL ALFONSO CÓD. 201643685.

TRABAJO: ENSAYO SOBRE LA POLÍTICA PÚBLICA EDUCATIVA DE LA DISCAPACIDAD E INCLUSIÓN.

SANTIAGO DE CALI, DICIEMBRE 2017. ENSAYO SOBRE POLÍTICA PÚBLICA EDUCATIVA DE LA DISCAPACIDAD E INCLUSIÓN.

Introducción. En el presente trabajo se quiere mostrar un panorama sobre la política pública educativa de la discapacidad e inclusión correspondiente al espacio nacional, departamental-municipal e institucional en educación superior. Este trabajo de investigación, toma como referencia histórica a las personas con discapacidad en Colombia y la manera como se ha venido trabajando en programas de inclusión; y más que eso cómo se ha venido desarrollando programas de atención y prevención en los gobiernos para una mejor participación activa de estas personas, las cuales el desarrollo los deja por fuera de toda posibilidad, cabe recalcar que esta población de personas a nivel del desarrollo nacional han sido víctimas de la falta de integración social por parte de los gobiernos, pues según en los periodos históricos en la sociedad se han considerado una carga o más aún un gasto público no contribuyente, es entonces que las personas con diferencias suelen ser estigmatizadas por su condición física o sus maneras de hacer. Una política pública es aquella que comprende varios objetivos colectivos que son necesarios para orientar procesos y acciones de los actores individuales y colectivos y está relacionado con la identificación de una problemática. Así, la política pública tiene un orden gubernamental y organizacional donde se establecen lineamientos para el beneficio de los actores individuales y colectivos. Para lo cual expondremos tres puntos fundamentales: ● Política pública de Educación Nacional de discapacidad e inclusión. ● Política pública sectorial de Educación de discapacidad e inclusión. ● Política institucional de discapacidad e inclusión de la Universidad del Valle 1. Política pública de Educación Nacional de discapacidad e inclusión: En Colombia fue a partir de la constitución política de 1991 donde se estructuran los lineamientos para hacer efectivo el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, pero en este caso nos referiremos al derecho a la educación el cual reposa en la ley, se reconoce que la educación es un derecho básico, es el soporte que tiene la sociedad para consolidar el sistema político-democrático, y ofrecer garantías a todos. El derecho de la persona con discapacidad a la educación, no sólo se plasma en la Constitución Política de Colombia de 1991, en la Ley 30 de Educación Superior de 1990 y en la Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación), sino en otros marcos legales. Tal es el caso, de las leyes 361 de 1997 que establece mecanismos de

inclusión para la persona con discapacidad en todos los ámbitos humanos y la 324 de 1996, por la cual se crean normas a favor de la población sorda. El decreto 2082 de 1996 reglamenta también, la atención educativa a personas con discapacidad y un sinnúmero más de disposiciones normativas y legales amparan el derecho a la educación de las personas con discapacidad.

2. Política pública sectorial de Educación de discapacidad e inclusión: Durante el desarrollo de las políticas públicas nacionales en el ámbito educativo para personas con discapacidad, se tomó como estrategia trabajar a nivel sectorial el tema de la discapacidad, ahí se trabajó entonces con los hallazgo a nivel departamental y municipal y estas a su vez también tuvieron la responsabilidad de crear estrategias para la inclusión de las personas con discapacidad en todos los ámbitos sociales, culturales y económicos. Todas las personas con discapacidad tienen derecho a tener un nivel educativo básico, secundario y superior de calidad. Sin embargo, hay un gran déficit en la implementación de la Ley 715 del 2001 donde se especifica los lineamientos y normativas que las instituciones educativas deben seguir para que toda la población tenga acceso a las mismas, esta Ley toma en cuenta la infraestructura y las bases en el marco teórico y metodológico, que también deben tener espacios y orientación para la inclusión con personas en situación de discapacidad. A nivel departamental se están llevando a cabo procesos en conjunto con la Fundación Universidad del valle para la gestión de programas que les permitan a las personas en condición de discapacidad recibir una educación especial y equitativa que les permita ingresar a la competencia del mercado, y desarrollar sus habilidades y talentos según sus condiciones. Estos procesos están dentro de la normativa departamental que se rigen por la Ley 715 de 2001 donde se les ordena a las instituciones de educación tener una infraestructura adecuada y uno lineamientos curriculares que les permita a todos los estudiantes y docentes formar parte de los procesos formativos para las personas con cualquier tipo de discapacidad. Durante el desarrollo del plan decenal de educación del Valle del Cauca se conformaron varias mesas de diálogos donde se estudiaron los procesos y las debilidades que encontraba la educación. Se idearon nuevas estrategias y metas para garantizar una educación de calidad. Finalmente, de la construcción de la política pública departamental de educación para la discapacidad e inclusión surgió el siguiente documento: ORDENANZA No. 296 DE 2009 “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA POLÍTICA PÚBLICA DE LAS PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL

CAUCA” 1 LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA, en uso de sus atribuciones legales y con fundamento en la Constitución Política, Art. 300, 13,47, 54,y 68 , de la Ley 361 de 1997 Art. 1, 4, 15 y 41, Art. 18 de la Ley 397 de 1997 y el Art. 18 de la Ley 1145 de 2007 y demás normas concordantes: ORDENA: ARTÍCULO PRIMERO: Establézcase los Lineamientos para la Política Pública de las Personas en condición de Discapacidad en el Departamento del Valle del Cauca. ARTÍCULO SEGUNDO: Los componentes de la Política Pública en materia de Discapacidad en el Departamento del Valle serán los siguientes: 1. PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN: El estado, la sociedad civil y las familias en el Valle del Cauca procurarán, (en el entendido que procurar es hacer diligencias o esfuerzos para alcanzar un objetivo) la construcción de una cultura basada en el reconocimiento recíproco, el respeto por el otro y la solidaridad social orientada al control de factores de riesgo y la detección temprana de las condiciones de discapacidad. 2. HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN: El Gobierno Departamental, a través de sus Secretarías implementará las estrategias necesarias que permitan mejorar la calidad y oportunidad de acceso de las personas con discapacidad y sus familias a servicios de habilitación y rehabilitación, articulados de tal manera, que garanticen alcanzar destacados niveles de autonomía en las actividades que son cotidianas a estas personas, de acuerdo con sus características personales y las de su entorno familiar y social. 3. INTEGRACIÓN EDUCATIVA: Las Instituciones Educativas del Valle del Cauca, contarán con la infraestructura y la logística humana, profesional y en materia de ayudas didácticas y educativas que permitan el acceso a las personas en condición de discapacidad, garantizando no solo su integración con los educandos regulares, también procesos de formación académica, pedagógica, así como de superación de la discapacidad, en etapas de atención exclusiva. Ello significa recuperar las aulas escolares especiales y la aplicación del Decreto 366 de febrero 9 de 2009 que trata acerca de la organización del servicio de apoyo pedagógico. Por otra parte, en el acuerdo Nº 0382 de la política pública y el plan indicativo de atención a la discapacidad en el municipio de Santiago de Cali y se deroga en acuerdo 0197 de 2006. Se establece que es necesario incluir a la secretaria de Educación Municipal para la formulación de currículos que estén relacionados con la formación para las personas con discapacidad. Los docentes deben tener una capacitación para el trabajo oportuno que ayude a potenciar las capacidades y destrezas que les permitan a las personas discapacitadas desarrollar su autonomía. También se debe trabajar en conjunto con instituciones de educación técnica,

tecnóloga y de educación superior que deben involucrar en sus programas de formación a las personas en situación de discapacidad. Las instituciones educativas deben transforma su forma de trabajo para facilitar el acceso y la permanencia de las personas que cuenten con una discapacidad; deben tener una educación especial que les permita al mismo tiempo una buena relación con las demás personas que se encuentran a su alrededor.

3. Política institucional de discapacidad e inclusión de la Universidad del Valle: La universidad del valle mediante el acuerdo N° 004 del 12 de julio de 2013, establece la “Política institucional de discapacidad e inclusión de la Universidad”, como resultado de los esfuerzos para atender la poblacion en situacion de discapacidad y equiparar sus oportunidades respecto a los demás dentro del espacio educativo, para lo cual se llevaron acciones concretas como: -

Condicionar el campus universitario para hacerlo más accesible. Excepciones en la matricula financiera para los estudiantes con discapacidad. Dotación de tecnología para personas en condición de discapacidad visual en la biblioteca. Creacion de comite de atencion a la discapacidad (Rectoria).

La creacion y ejecucion de esta política, requirió de unas consideraciones integrales que ayudaron a su formulación, algunas de ellas son: ● En Colombia, el Departamento Nacional de Estadísticas “DANE” reporta en el Censo de 2005 que más del 6% de las personas en el país tiene alguna discapacidad permanente y tan solo el 1 % cursa un posgrado. ● En consecuencia de relegar o ignorar educativamente la poblacion en condicion de discapacidad, contribuye a que esta se constituya en una comunidad en riesgo social. pues es exponer a la exclusión a estas personas en los diversos ámbitos de la vida ciudadana. ● La Ley 115 de 1994, la Ley 762 de 2002, la Ley 361 de 1997, la Ley 324 de 2007, la Ley 982 de 2005, la Ley 1145 de 2007 , aprueban la “Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad”, al reconocer el derecho a la educación en todos los niveles del sistema educativo y el derecho a trabajar en equidad, asegurando la inclusión en diversos espacios de la vida ciudadana. ● La Universidad del Valle en el Acuerdo No.001 de Enero 29 de 2002 del Consejo Superior formuló en su proyecto educativo institucional, como uno de sus propósitos,“trabajar porque los grupos en situación de inequidad social puedan acceder a la educación superior en condiciones de igualdad de oportunidades y sobre la base de los méritos propios y del trabajo personal”.

Pensando la política Institucional de discapacidad e inclusión en la Universidad del valle, como una estrategia de participación conjunta por parte de toda la ciudad universitaria, se acogen 15 principios que orientan la construccion y ejecucion de planes estratégicos en el tema de discapacidad: 1. Enfoque de derechos, 2 Reconocimiento de diversidad, funcional, 3. inclusion, 4. Acciones afirmativas, 5. Accesibilidad, 6. Equidad, 7. Solidaridad, 8. Coordinacion, 9. Integralidad, 10. Corresponsabilidad Social, 11. Sostenibilidad. 12. Transversalidad, 13. Concertacion, 14. Enfoque diferencial, 15. Diseño Universal. En los artículos 5 y 7, de la “política institucional de discapacidad e inclusión de la Universidad del Valle”, se presenta la conformacion del comite institucional de discapacidad: “ARTÍCULO 5°. El Comité Institucional de Discapacidad de la Universidad del Valle estará conformado por: a) El Vicerrector de Bienestar Universitario quien lo presidirá. b) El Vicerrector Académico. c) El Director de la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional. d) El Director de la Escuela de Rehabilitación Humana de la Facultad de Salud o su representante. e) Dos (2) representantes de las personas con discapacidad vinculadas a la Universidad del Valle, siendo estos un estudiante y un empleado de la Universidad del Valle elegidos de acuerdo con el censo poblacional para un periodo de dos (2) años. Estos podrán ser nuevamente elegidos una sola vez. f) Un egresado con discapacidad de la Universidad del Valle, elegido de acuerdo con el censo poblacional de egresados, para un periodo de dos (2) años. Este podrá ser nuevamente elegido una sola vez.

ARTÍCULO 7°.: Son funciones del Comité Institucional de Discapacidad de la Universidad del Valle: a) Asesorar a la Dirección Universitaria en el proceso de formulación, ejecución y evaluación de la política institucional de inclusión de personas con discapacidad a la Universidad del Valle. b) Diseñar el plan estratégico de desarrollo de la presente Política Institucional en el marco del Plan Estratégico de Desarrollo de la Universidad, así como sus planes de acción. c) Verificar el cumplimiento y hacer seguimiento de la puesta en marcha de la política institucional de discapacidad. d) Ejercer veeduría y control sobre el desarrollo de los programas, planes y proyectos de la Universidad dirigidos hacia la comunidad universitaria con discapacidad, de acuerdo con los lineamientos de la presente política, del plan de desarrollo institucional y de las directrices de orden nacional e internacional en materia de discapacidad e inclusión.

e) Velar por que la Institución garantice que la información sobre los planes, programas, proyectos y mecanismos de participación relacionados con la población con discapacidad, se divulguen y difundan en formatos accesibles y de forma continua. f) Velar por la apropiación y asignación de los recursos necesarios, con el fin de garantizar la formulación, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos dirigidos a la población con discapacidad de la Universidad del Valle. g) Promover alianzas estratégicas entre la Universidad, el sector privado, ONGs y organismos internacionales para el mejoramiento de los planes, programas y proyectos que la institución ofrece a las personas con discapacidad. h) Convocar a la comunidad universitaria, priorizando la participación de las personas con discapacidad, para la evaluación y ajuste de la política Institucional de Discapacidad de la Universidad del Valle. Esto deberá hacerse un año antes de finalizar el periodo de rectoría.”

Conclusión y reflexiones. Las políticas públicas educativas de la discapacidad e inclusión comprenden todos los derechos y lineamientos que las personas con discapacidad y las entidades de servicio deben seguir para reconocer e incluir a estas personas dentro de las actividades y las dinámicas públicas educativas. Es importante el conocimiento y la promulgación de estás políticas a nivel institucional, municipal y departamental ya que en el proceso de construcción de este ensayo se evidenció un gran desconocimiento acerca de estas leyes. También durante el desarrollo del trabajo, encontramos que entre la constitución política de 1991 y las políticas públicas de educación para la discapacidad e inclusión municipal e institucional las políticas públicas educativas a nivel departamental existe un déficit de organización y planeación de estás políticas debido a los cambios de administración departamental y a la poca información que se tiene sobre la política pública educativa para la discapacidad e inclusión en los espacios de educación superior. También surgió un debate sobre la condición de discapacidad y cómo se define la misma, por lo que, por ejemplo, asumimos la discapacidad como una condición físico motora o mental que es un impedimento para el desarrollo de ciertas actividades. Haciendo el análisis sobre esta defición, pensamos entonces en qué tan inclusiva es la universidad respecto a la formación con personas en situación de discapacidad, ya que la mayoría de personas discapacitadas de Univalle tiene una condición fisico motora o en caso de tener una condición mental no es de caracter especial.

Es ahí donde también nos parece muy importante pensarnos la universidad mucho mas inclusiva, que cuente con procesos de formación para personas con discapacidad mental como autistas, personas con síndrome de Down o con esquizofrenia. Consideramos que debería replantearse entonces la educación superior inclusiva. Es importante que el proceso de la discapacidad tenga una centralización, como un filtro en donde los procesos interdisciplinares tengan unos lineamientos coherentes con la política de discapacidad para Resignificar la discapacidad. Y que se piensa por discapacidad para la comunidad universitaria para así retroalimentar una cultura multidimensional sobre el tema de discapacidad.

BIBLIOGRAFÍA Y BIBLIOGRAFÍA DE REFERENCIA. PolíticaPolítica pública municipal sobre la discapacidad en Santiago de Cali file:///C:/Users/Master/Desktop/Downloads/politica_publica_mpal_Cali%20(1).p df Consejo de Santiago de Cali, Acuerdo Nº 0382 de 2014 de la política pública y el plan indicativo de atención a la discapacidad en el municipio de Santiago de Cali y se deroga en acuerdo 0197 de 2006 file:///C:/Users/Master/Desktop/Downloads/ACUERDO%20NO.%20382%20DE%2 02014%20PDF1.PDF ORDENANZA No. 296 DE 2009 “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA POLÍTICA PÚBLICA DE LAS PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA” 1 LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA http://www.guillerminabravo.com/descargas/Ord._296__Politicas_para_Discap acitados.pdf Marco legal de la discapacidad ( Recopilación efectuada por la viceprecidencia de la Republica de Colombia) https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/discapacidad/marco_legal.pdf

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