DERECHO AGRARIO NEOLIBERALISMO- TIERRA Y TERRITORIO DERECHO- 5TO SEMESTRE
EL NEOLIBERALISMO TIERRA Y TERRITORIO
1.- INTRODUCCIÓN.
El pueblo Boliviano, de composición plural, desde la profundidad de la historia, inspirado en las luchas del pasado, en la sublevación indígena anticolonial, en la independencia, en las luchas populares de liberación, en las marchas indígenas, sociales y sindicales, en las guerras del agua y de octubre, en las luchas por la tierra y territorio, y con la memoria de nuestros mártires construiremos un nuevos Estado. 2.- ANTECEDENTES Podemos decir que el Neoliberalismo nace después de la Segunda Guerra Mundial, específicamente en Europa Occidental donde la economía estaba muy desarrollada y no así en América, pues los grandes inversionistas y las grandes empresas son las principales impulsoras de esta ideología. También esta ideología es una política reaccionaria en contra del modelo del intervencionismo estatal o del estado de bienestar, pues al ser una política liberal donde tiene sus raíces, ésta es una nueva política donde no acepta intromisiones por parte del Estado, mostrando así una figura de independencia y libertad, sobre todo en el campo económico.
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2.1 Organización del Territorio Antes de la Llegada de los Españoles.La región andina algunos años antes de la invasión colonial, estaba organizada en: tawantinsuyo, chinchasuyo y kuntisuyo. Dentro del tawantinsuyo había un doble flujo de ordenamiento territorial. Uno, de raíces muy antiguas, subía desde abajo hacia arriba, para asegurar su acceso a diversos pisos ecológicos. Otro, descendía de arriba hacia abajo a partir de los espacios de los incas, sobre las mismas lógicas territoriales locales, que fue ganando hegemonía en toda la región mediante conquistas militares, hasta formar el tawantinsuyo. Esta organización se extendía hasta el Cuzco. En el encuentro entre ambos flujos, los dos ordenamientos sociales y territoriales, tendían no a destruirse mutuamente, sino a articularse mediante alianzas. 2.2 Los Pueblos Indígenas en la Colonia.2.2.1 Las Encomiendas.Los españoles a su llegada organizaron las encomiendas. Consistía en que el Rey de España le entregaba a cada español una extensión de tierra y asignaba una determinada cantidad de indios, quienes le debían entregar un tributo o impuesto, ya sea en productos o en moneda. Pero además, debían trabajar gratis en las tierras del español, construir viviendas, así como realizar el servicio doméstico.
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2.2.2 Las reducciones.A partir del 1560, se aplicó la política de reducción de los pueblos indígenas, que consistía en agrupar los caseríos para un mejor control del cumplimiento de los tributos y la obligación por parte de los indios. Se los llamo indios por las obligaciones que debían a sus encomenderos y a la corona: el tributo y los servicios personales. Los caciques no eran considerados como tales: los indios, reconocidos como súbditos libres del rey, y por lo tanto diferenciados de los negros esclavos, tenían obligaciones pero también derechos que les otorgaban las leyes indias, y eran considerados como menores de edad. En un principio la organización territorial y social de los nativos no fue totalmente destruida, los indígenas todavía conservaban en buena parte sus tierras en las cuales podían cultivar, cosechar, realizar actividades artesanales, pero además, de entregar el tributo a su cacique, ahora debían entregar otro tributo al español a cambio de que estos respeten en cierta forma su sistema de organización socio-territorial. A esto se le llamó el “pacto de reciprocidad.” 2.2.3 El Ordenamiento Territorial Republicano Tiene dos importantes antecedentes.A) La reforma de fines del siglo XVI, además de los pueblos reducidos, a nivel intermedio incluía grandes provincias, relacionadas o no con instancias pre coloniales, cada una con sus corregidos, y las audiencias, entre ellas la de Charcas, base territorial de la futura Bolivia. (Reforma tolediana- por el Virrey Toledo)
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B) La reforma barbónica de mediados y fines del siglo XVIII, enfatizó el nivel intendencias comparables a las anteriores provincias pero con un mayor énfasis en el control desde el Estado a favor de su interés colonial: recolección de tributos y la sustitución de autoridades indígenas por otras de origen criollo. Percibido esto por las comunidades y sus autoridades, dio lugar al rompimiento del pacto colonial de reciprocidad. El levantamiento indígena de 1780- 1784 con los virreyes, Amaru y Katari, fue una reacción a esa tendencia y su derrota consolidó ese debilitamiento. Julián Apaza, hijo de Nicolás Apaza y Marcelina Sisa, era natural del Ayllu de Sullcavi, partido de Sicasica, jurisdicción del pueblo de AyoAyo, liderizó las luchas en coordinación con los levantamientos indígenas peruanos encabezados por Tupac Amaru, quien hizo el primer cerco a la ciudad de La Paz, iniciado el 13 de marzo de 1781, esto duró 109 días. Durante este cerco los habitantes de la ciudad sufrieron la carencia de víveres y muchos se alimentaron de sus propios muertos que cayeron por el hambre y las enfermedades. Finalmente, este cerco fue suspendido el día 30 de junio de 1781, con la llegada de refuerzo militar desde la Audiencia del virreinato del Río de la Plata y de la Real Audiencia de Charcas. El segundo cerco de la ciudad de La Paz se reinició el 17 de agosto durando 64 días. Con la ayuda de Andrés Tupac Amaru hijo y sucesor de José Gabriel Condorcanqui, luego de tomar el pueblo de Sorata se encaminó para reforzar el sitio a la ciudad de La Paz, a la cual llegó el 16 de agosto junto a su ejército.
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En el primer cerco no hubo tanta violencia como ahora, por el apoyo que recibió Tupac Amaru desde el Perú, fue el 17 de octubre de 1781 con la llegada del Regimiento español, que logró poner fin a los indígenas sublevados. Definitivamente derrotado, el ejército de Tupac Katari, este fue tomado prisionero y condenado al suplicio de decapitación y descuartizamiento, el 10 de noviembre del 1781, siguiendo la misma y dolorosa suerte de los caudillos cuzqueños, Tupac Amaru y su familia fueron cruelmente descuartizados en la plaza mayor del Cuzco.
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3.- OBJETIVOS 3.1 GENERAL Lograr captar el interés de los alumnos, en el ámbito de la lucha indígena en defensa de su territorio, que se ha suscitado a través de los tiempos y siglos, en los cuales siempre han defendido sus tierras con las precarias armas que contaban en ese entonces y ahora, de quienes se las arrebataban inescrupulosamente. 3.2 ESPECÍFICOS Explicar paso a paso, la historia y evolución de la lucha indígena por su territorio ante las colonias españolas, en las épocas antiguas, el capitalismo y grupos de poder, en la actualidad, que se apropian de éstas sin ningún fundamento, dejando al indio y al campesino desprotegido y sin su fuerza de trabajo y sostén para su familia, sin justificación alguna. 4.- MARCO TEÓRICO El Neoliberalismo es una doctrina político económica así como también es ideología que surge en la década de los 89 a partir del populismo nacional del socialismo, a nivel nacional. Es una corriente política económica que propugna la reducción de la intervención del Estado al mínimo. Hace referencia a la política económica con énfasis tecnocrático y macro económico, pretendiendo reducir al mínimo la intervención estatal tanto en materia económica como social, defendiendo el libre mercado capitalista como mejor garante del equilibrio institucional y el crecimiento económico de un país ante la presencia de los denominados fallos del mercado.
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El término se usa con el fin de agrupar un conjunto de ideologías y teorías económicas que promueven el fortalecimiento de la economía nacional y entrada en el proceso globalizador, a través de incentivos empresariales que, según sus criterios , es susceptible de conducirse en beneficio de intereses políticos y financieros más que a la economía de mercado propiamente dicha.
5.- METODOLOGÍA El presente trabajo fue estructurado con material recopilado de diferentes doctrinas y criterios, tanto en libros como en enlaces de internet, el cual explicaremos cronológicamente mediante narraciones breves.
6.- DESARROLLO DEL TEMA 6.1 Lucha por el Territorio a la Guerra de la Independencia En esta lucha participaron criollos y mestizos en función a los avances revolucionarios de Europa. Participaron rebeldes hacendados, guerrilleros de la independencia e indígenas. La primera Constitución Política del Estado fue escrita por Simón Bolívar sin conocer el país y fue aceptada con poco debate en la cual solo estaban plasmados la división de poderes, derechos y deberes básicos. El nuevo Estado sólo podía sobrevivir con los tributos indígenas, rebautizados como contribución territorial.
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6.2 Decretos Agrarios de Bolívar. En Cuzco el 4 de julio de 1825. Dictó tres decretos agrarios: 1.- El título y la autoridad de los caciques quedan extinguidos. El trasfondo de este decreto era, que al anular la autoridad de los indígenas, estaba sometiendo a los indígenas a la única autoridad que en adelante sería la autoridad del flamante Estado naciente, desconociendo que los pueblos indígenas tenían sus propias autoridades, lo cual ahora no se hace esto, se respetan las autoridades de los pueblos indígenas originarios campesinos1 . 2.- Bolívar ordena el pago asalariado a los indígenas, esto se orientaba a transformar las estructuras feudales basadas en la explotación gratuita y el pago en especie. El objetivo era otorgar libertad económica e igualdad jurídica a los indígenas, pero esto también ponía en riesgo los sistemas de reciprocidad y solidaridad de los indígenas. 3.- Declara a los indígenas propietarios de sus tierras y ordena un repartimiento de ellas, significaba destruir la propiedad comunitaria de la tierra para adoptar el modelo liberal de la propiedad privada y la libertad del individuo de disponer libremente de ella. 6.3 Leyes Anti- indígenas de Melgarejo. Melgarejo emitió un decreto el 20 de marzo de 1866, el cual establecía que el indígena que dentro del término de 60 días, contando desde la notificación, no recabara su título de propiedad pagando la suma de 25 a
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Artículo 26, inciso II, 4, de la CPEPB
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100 pesos, sería privado de su beneficio y su terreno se subastará de manera pública. Pasados dos años de su promulgación el 28 de septiembre del 1868 la misma ley en su artículo 1ero decía: “las tierras poseídas por la raza indígena y conocidas con el nombre de comunidades se declaran propiedad del Estado”. El claro objetivo era arrebatar a los indígenas sus tierras comunitarias, e imponer por la fuerza el régimen agrario feudal. La reacción indígena fue respondida con mucha crueldad, en zonas rurales como Taraco, murieron 400 indígenas que simplemente armados con palos y hondas defendían sus tierras. En Tiquina el 28 de junio de 1869, a la cabeza de un cuerpo de rifleros se había asesinado a sangre fría a más de 600 indios, donde los indígenas habían impedido la venta de sus tierras, que fue la causa de esta feroz matanza. Con los mismos objetivos, el gobierno de Tomás Frías, promulgó la famosa ley de ex – vinculación de tierras de 5 de octubre de 1874, donde decía que la tierra de los indígenas eran declaradas sobrantes y de propiedad del Estado. Se intentó destruir la estructura territorial y social de las ex comunidades, con lo que el número y superficie de las haciendas neo feudales prácticamente se duplicó.
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6.4 Movimiento Campesino y la Sindicalización 1935-1952 Nace la burguesía y con ella el proletariado minero, ésta burguesía intenta modernizar el país: traen la primera locomotora, traen la energía eléctrica, implementan las elecciones y los partidos políticos, ambos quieren destruir el sistema comunitario. En la Guerra del Chaco (1932-1935) los principales combatientes fueron los proletariados y la mayoría indígenas tanto de tierras bajas como de tierras altas. Habían sido obligados a defender una patria que no conocían y que los excluía. A su retorno, se encontraron de nuevo con el maltrato y comenzaron a exigir el derecho a organizarse, lo cual lo hacían de manera oculta para no ser descubiertos por los patrones. El 3 de abril de 1936, en la comunidad de Ana Rancho en Huasacalle, Provincia de Cliza, del valle alto, se funda el primer sindicato campesino. Solicitan la administración directa de la hacienda y se organiza la 1era cooperativa agraria campesina. El mismo año en el ámbito obrero en un Congreso Nacional se plantean puntos como: Sindicalización obligatoria, nacionalización de minas y el petróleo, reforma agraria y educación gratuita para todos. 6.5 Levantamiento Popular de 1952 En las elecciones de 1951, se presentaron tres candidaturas, Víctor Paz Estenssoro, Hernán Siles Suazo, candidatos del MNR, con el apoyo del movimiento obrero ganan las elecciones de manera sorpresiva. Éstos no aceptan el resultado, y deciden entregar el poder a una junta militar bajo el mando del Gral. Hugo Ballivian. Este golpe es transformado por los
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mineros en una insurrección popular el 9 de abril de 1952, esta lucha duró tres días. Con la confrontación de las milicias armadas de obreros y campesinos, nace la COB, como un verdadero “órgano de poder” de los trabajadores, el 1ero de mayo de 1952, y que plantea en su manifiesto lo siguiente: -
La nacionalización de las minas
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Revolución Agraria
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Voto universal, ampliando la ciudadanía a mayores de 21 años
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Sustituir al ejército por milicias armadas de obreros y campesinos.
Para impedir la expansión del alzamiento indígena que toma por asalto los latifundios, el gobierno firma en Ucureña el decreto de Reforma Agraria el 2 de agosto de 1953: -
Supresión al sistema de explotación feudal y servidumbre a la que habían sido reducidos los indígenas en las haciendas.
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Acceso a las tierras por parte de los campesinos como propiedad individual, lográndose el objetivo de destruir la propiedad comunitaria.
-
Se cambia la identidad de los indígenas a campesinos, en función a la búsqueda de la mano de obra asalariada.
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Escuela obligatoria en el área rural para eliminar la cultura indígena y asimilarlos al moderno estado liberal.
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Los sindicatos son reconocidos ante la ley y forman una nueva clase social
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6.6 El tema Agrario después del 1952. Según el INRA2 la titulación de tierras, entre 1953 y 1993, alcanzó a más de 650.000 beneficiarios, con una superficie de 44 millones de hectáreas. La entrega de tierras altas fue en propiedad individual, bajo la consigna de la “Tierra es de quien la trabaja”3. Este proceso afectó a varias haciendas en el altiplano, no así en haciendas bajas donde solo se liberó la mano de obra , es decir, a los indígenas de estas regiones se les dio la posibilidad de instalarse en otras tierras, por la abundancia de éstas. Los pueblos indígenas de tierras bajas fueron marginados del derecho a la propiedad de la tierra, sólo se liberó la mano de obra explotada por las haciendas y consideró baldíos los territorios de los indígenas, porque se dio en propiedad a los empresarios. La distribución de tierras, en el marco de la Reforma Agraria, formaba parte de una propuesta mucho más amplia que consistía en: -
Permitir el acceso de los campesinos a la tierra para motivar la producción de alimentos tradicionales a bajos precios.
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Promover la individualización de la tierra, por tanto el mercado de tierras, y la mano de obra barata.
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Influir en la vinculación de los campesinos a los mercados.
-
Promover en la región del oriente la industrialización de la agricultura.
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Instituto Nacional de Reforma Agrario Artículo 397 de la CPEPB
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6.7 La
Nueva Oligarquía y los 20 años de Neoliberalismo (1985-2003)
6.7.1 El Regalo de la Tierra y los Nuevos Latifundistas.Las bases de la nueva oligarquía: Entre los años 1953
y 1931, cuatro
gobiernos entre constitucionales y de facto, regalaron 27 millones de hectáreas de tierras agrícolas a parientes y amigos. El ex presidente Hernán Siles Suazo, durante su gobierno, emitió dos Decretos anulando la propiedad de las tierras regaladas por los cuatro gobiernos en 28 años. Gonzalo Sánchez de Lozada, en su primer gobierno, derogó dichos decretos, consolidando de esta manera esas tierras regaladas en manos de parientes y amigos. Veamos quienes fueron esos gobiernos y cuanto de tierras regalaron.1953-1964 Víctor Paz Estenssoro, 6 millones de hectáreas, regaló a miembros de su partido MNR, amigos y parientes. 1964-1969 René Barrientos Ortuño, 4 millones de hectáreas, regaló a parientes, amigos, correligionarios y militares. 1971-1978 Hugo Banzer Suárez, 17 millones de hectáreas, con mayor cantidad en Santa Cruz y Beni, regaló a militares ligados al MNR que colaboraron con el golpe y con el gobierno. 1980-1981 Luís García Mesa, 10 millones de hectáreas, regaló a parientes, amigos, militares y correligionarios.
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6.8 De la Lucha por la Tierra a la Lucha por el Territorio.6.8.1 En lo Político.Los indígenas originarios se organizaban como CLASE CAMPESINA, lo que es promovido desde el Estado. El Estado garantiza las tierras para los campesinos y estos apoyan al gobierno, respaldándolo en su campaña anticomunista. El MNR y los gobiernos militares terminan apoyándose en la clase campesina mediante el PACTO MILITAR CAMPESINO. 6.8.2 En lo Territorial.Sucede otra cosa por las comunidades, la autoridad del hacendado el año 53, es reemplazada por la autoridad de la comunidad, a través de la asamblea comunal, el dirigente sindical. En 1979 se da ruptura definitiva del Pacto Militar Campesino y el Estado pierde el control político de la comunidad campesina. Los campesinos comienzan a identificarse como “Nación Originaria, Pueblo Indígena”. Comienza la recuperación de la identidad étnica disuelta en 1953. Reaparece la frontera étnica, comienza la rearticulación de los territorios indígenas, originarios y campesinos.
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6.9 Conflictos de Tierra y Territorio.La comprendida Revolución Agraria, ofrecida al país por el gobierno del MÁS es un simple conjunto de siete decretos que actualizan el neoliberalismo impuesto por los anteriores gobiernos, a costa de las reivindicaciones
comunales
de
indígenas
y
campesinos
y
la
reestructuración de los sistemas agrarios. Los decretos supremos de la reforma neoliberal de Evo son: El D.S. 28732, abroga el D.S. 28140 del gobierno de Mesa, concedido por la presión de la oligarquía cruceña y su autonomía, para contrarrestar los avances de los movimientos sociales tras la estrepitosa caída del régimen del MNR y Sánchez de Lozada, que otorgaba derechos definitivos a las concesiones forestales, es decir, pretendía titular forestales que se encuentran bajo el régimen de concesión4. El D.S. 28733, que determina la distribución de Tierras Fiscales, exclusivamente destinas a favor de comunidades indígenas y campesinas, concentrando las instancias técnicas, jurídicas y administrativas del INRA, pro ser un problema de dimensiones nacionales y no sólo departamentales y regionales como pretendían el gobierno de Mesa y las oligarquías de la media luna. El D.S. 28734, introduce modificaciones al D.S. 28160 sobre la política de acceso a la tierra, desarrollo productivo y Banco de Tierras aprobado por Carlos Mesa, sigue vigente en su objetivo principal y está orientado a impulsar una política neoliberal de acceso a la tierra para los campesinos e indígenas y acabar con toda forma de resistencia comunal, a través de créditos para la compra de tierras, con la condición de demostrar la
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viabilidad de proyectos productivos articulados a las cadenas de agro exportación; pero su intención de fondo es imposibilitar y obstruir toda idea de autogestión indígena y campesina, y la redistribución comunal de la tierra, partiendo de la expropiación de toda forma de latifundio, expresamente prohibida por la Constitución Política del Estado. El
D.S.
28735,
otorga
valor
concesional
de
adjudicación
para
colonizadores de la sub zona Santa Cruz. El D.S. 28736, que declara emergencia nacional a la conclusión del proceso de saneamiento de las propiedades agrarias. El D.S. 28737, que pretende la regulación de los procesos de selección y contratación de personal del INRA, significa la institucionalización del INRA. El D.S, 28738, que deroga el 28148, para que anualmente, no se les expropien tierras por atentar contra los bosques y biodiversidad. Estos decretos modifican aspectos puntuales de la ley INRA, únicamente conjeturan la solución de la gran problemática de la exclusión y pobreza de indígenas y campesinos y la estructuración de los sistemas agrarios , a una simple redistribución , en última instancia neoliberal , en la tendencia de la tierra. La gran publicidad realizada alrededor de tal propuesta, sobre la redistribución de las tierras, como fuesen medios de una verdadera Revolución Agraria, del gobierno de Evo Morales, sólo apuntó a capturar una amplia votación indígena y campesina en la elección de candidatos para la Asamblea Constituyente.
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La llamada Revolución Agraria de Evo Morales se estructura bajo cinco puntos: 1. Distribución de tierras fiscales que se pudieran comprobar que existen a través del proceso de saneamiento y que se estima son mayoritariamente para uso forestal5. 2. Reversión de tierras que no cumplan la función económica y social y su distribución a campesinos6 3. Funcionamiento de programas y proyectos para la promoción del mercado de tierras (compra-venta de tierras). 4. Reversión de tierras de emigrantes de origen rural que residen en las ciudades y que tienen todavía propiedad de sus pequeñas parcelas y su distribución entre los comunarios que aun practican la agricultura. 5. Respeto al latifundio productivo, cualquiera sea su extensión. Las comunidades de indígenas y campesinos deben tomar posesión de toda tierra que no esté directamente cultivada por sus actuales propietarios, ésta es la condición sin la cual no puede haber ninguna revolución agraria. Las comunidades de indígenas y campesinos deben constituirse en asociaciones y organizar automáticamente la producción, utilizando para ello todas las aptitudes, todas las capacidades técnicas necesarias y suficientes para vivir del propio trabajo. El comunalismo indígena y campesino aparece entonces como la única solución posible para la gran problemática de la tierra en Bolivia. El colectivismo comunal es el único sistema que, fundado en la cooperación y solidaridad como bases de las interacciones, puede conciliar 5 6
Artículo 94 de la ley 1715 Artículos 166-178 de la Ley 1715
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los intereses de todos y constituirse en los cimientos de una sociedad democrática en la cual se garantice a todos sus miembros el máximo bienestar y la máxima libertad posible. La obtención de la propiedad de tierras a través de la Reforma Agraria y Colonización podía efectuarse de varias maneras: 1. Dotación.- Quiere decir, solicitar la tierra para trabajarla, esta posibilidad estaba al alcance de todos los bolivianos mayores de edad e incluso de extranjeros, si se querían dedicar a actividades agrícolas7. 2. Intervención.- Los campesinos podían obtener posesión de tierras abandonadas, que no se trabajaban en su totalidad, ocupándolas y trabajándolas, la justificación era que estas tierras no cumplían una función social. 3. Afectación.- Esta forma de obtención de tierras se aplicaba a trabajadores agrícolas que habían trabajado bajo el antiguo sistema de patronaje y que después
de la Reforma Agria, exigían al
terrateniente una parcela para su subsistencia. 4. Adjudicación.- Esta clase de emisión de tierras se realizaba a bajos precios en zonas de colonización8. Existen otras dos categorías que eran relevantes al comienzo de la Reforma Agraria: 1. Consolidación.- Quiere decir la consolidación de sus propiedades por parte de los dueños cuyos títulos databan de antes de 1953. 2. Restitución.- Es devolver tierras que pertenecían a comunidades que habían sido despojadas de las mismas9. 7 8
Ley 1715, artículo 363-369 y del 99-108 Artículo 147-154 -317de la Ley 1715.
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En cuanto a las conceptualizaciones de Pueblos Indígenas no existe una definición generalmente aceptada del término indígena, tampoco existe del concepto Pueblos Indígenas. Existe una distinción que hace el Convenio de la OIT # 169, respecto a las siguientes definiciones: “Son comunidades , pueblos y naciones indígenas los que, teniendo una continuidad histórica con las sociedades anteriores a la invasión y pre coloniales que se desarrollan en sus territorios, se consideran distintos de otros sectores de las sociedades que ahora prevalecen en esos territorios o en parte de ellos. Constituyen ahora sectores no dominantes de la sociedad y tienen la terminación de preservar, desarrollar y trasmitir a futuras generaciones sus territorios ancestrales y su identidad étnica como base de su existencia continuada como pueblos, de acuerdo con sus propios patrones culturales, sus instituciones sociales y sus sistemas legales”. Según la Comisión consultiva sobre Derechos Humanos, se trata no tanto de una definición clara, como de una tipificación en base a criterios subjetivos (auto-identificación) y objetivos (como la continuidad histórica). El no hacer una diferenciación en la definición entre pueblos indígenas y tribales, se estima efectivo, ya que de esa manera se pone el énfasis en la problemática universal de todos estos pueblos.
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El único caso en Santa Cruz, es el de la comunidad Ayorea, fundada en el año 1987, en la Provincia Chiquitos de Santa Cruz, que ha iniciado el trámite legal de 25.000 ha.
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Territorio indígena; “Espacio en el cual nosotros vivimos y estamos en interrelación con la naturaleza, incluyendo todo a través de los cuales hacemos posible nuestra existencia como pueblos” José Uruñavi, dirigente de la CIDOB10
La CIDOB es la máxima instancia organizativa de los pueblos indígenas de Tierras Bajas del país. Fundada en 1982, aglutina en su seno a 34 pueblos indígenas del Oriente, El Chaco y la Amazonia: ayoreo, araona, canichana, cayubaba, cavineño, chacobo, chiquitano, esse ejja guaraní, guarayo, guarasuwe, itonama, joaquiniano, lecos, machineri, mojeñojaveriano, mojeño-trinitario, mojeño-ignaciano, maropa, moseten, movima, more,
pacahuara,
sirionó,
takana,
tsimane,
tapiete,
toromonas,
weehnayek, yuracaré, yaminahua y yuki.
La Misión de la CIDOB es “Defender los derechos de los pueblos indígenas del Oriente, El Chaco y la Amazonia a través de la representación ante instancias públicas y/o privadas y el fortalecimiento de sus organizaciones representativas,
en
la
búsqueda
de
su
efectiva
incorporación
y
participación en decisiones políticas, sociales, económicas y culturales del país,
en
los
ámbitos
del
desarrollo
internacional”.
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Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia
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local,
regional,
nacional
e
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7.- CONCLUSIÓN GRUPAL En la anterior Constitución Política del Estado, no se reconocían en la división territorial constitucional los pueblos y naciones indígenas. En la actual CPEPB11 reconoce en su artículo 269, inciso I, y sus derechos estipulados en el artículo 30,31 y 32 de la misma norma madre. Se hace imprescindible fortalecer política y jurídicamente la tendencia a la regulación especial para los pueblos indígenas y los pequeños propietarios campesinos; ello supondrá la elaboración de nuevas normas legales a incluir en la futura Ley de Tierras. Vemos en la actualidad que se ha volcado la moneda, ahora son los campesinos que adquieren tierras de ex latifundistas de manera arbitraria y desmedida, sin que se haga un control al respecto y tierras altamente productivas y que si cumplen una función social, quizás guiados por el rencor y los recuerdos de haber sido atropellados toda una historia a lo largo de sus vidas.
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Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, promulgada el 7 de febrero del 2009.
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8.- BIBLIOGRAFÍA 8.1 Normativa Vigente.- Constitución Política del Estado, promulgada el 7 de febrero del 2009. - Decretos Supremos: 28732, 28733, 28734, 28735, 28736, 28737, 28738 - Ley 1715, Ley INRA 8.3 Ayuda Doctrinal.- Marinissen, Judith. LEGISLACIÓN BOLIVIANA Y PUEBLOS INDÍGENAS. Editorial el País, Santa Cruz Bolivia, 1995. 8.3 Enlaces de red.www.gramscimania.info.ve/.../de-como-se-instauro-el-neoliberalismo..... http://bolivia.infoleyes.com/shownorm.php?id-468 http://www.ibisur.org/index.php?option=com_content&view=article&id=5 5:cidob-confederacion-de-pueblos-indigenas-de-bolivia&catid=15
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