EL DELITO DE La Trata de Personas en el Perú
Modalidades de la trata de personas en el Perú Explotación laboral Minería, fábricas, trabajo doméstico, tala de madera y agricultura.
Explotación sexual Prostitución, pornografía y turismo sexual.
Otras formas
Compra y venta de menores de edad Matrimonio servil Mendicidad Tráfico de órganos Reclutamiento forzoso
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Factores de riesgo de la Trata de Personas Tráfico ilícito de migrantes: mafias organizadas captan a potenciales
víctimas de trata, quienes contraen deudas por su alimentación y documentos, que luego son aprovechadas para explotarlos.
Desconocimiento del delito: muchas personas no saben qué es la trata, cómo está definida en la ley, cómo se sanciona y cómo denunciarla.
Patrones culturales: algunas costumbres se realizan ejerciendo la trata de personas, pero no es sentido así por las víctimas al ser actividades percibidas como normales. Los tratantes aprovechan estas situaciónes, como sucede bajo la figura del padrinazgo por ejemplo.
La demanda: existe un mercado en el que se comercia con personas ya sea como mano de obra barata, ofreciendo servicios sexuales o como parejas en matrimonios serviles.
Discriminación de género: cada vez más mujeres jóvenes se
encuentra ejerciendo el rol de cabezas de familia. Ello sumado a la falta de educación y a la desigualdad de oportunidades entre géneros, la hacen más vulnerable a este delito.
Corrupción: funcionarios corruptos facilitan el accionar de redes de
tratantes. La fragilidad del Poder Judicial aumenta el riesgo de que ello ocurra.
Factores de riesgo de la Trata de Personas Existencia del tráfico
ilícito de migrantes. Desconocimiento del marco legal contra la trata de personas.
Desconocimiento del delito. Patrones culturales. La demanda. La discriminación de género. La violencia familiar. La corrupcción. Existencia de redes de tratantes.
TRATA DE PERSONAS
Marco Normativo Internacional 1. 2.
3.
4.
Convención de las Naciones Unidad contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidad contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Protocolo facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Convención Americana sobre Derechos Humanos Art. 6. 5
Marco Normativo Nacional: trata de personas Artículo 153°.- Trata de personas El promueve, favorece, financia o facilita la captación, transporte, traslado, acogida, recepción, o retención de otro, en el territorio de la República o para su salida o entrada del país, recurriendo a: la violencia, la amenaza, u otras formas de coacción, la privación de libertad, el fraude, el engaño, el abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, o la concesión o recepción de pagos o beneficios, con FINES de explotación, venta de niños, para que ejerza la prostitución, someterlo a esclavitud sexual u otras formas de explotación sexual, obligarlo a mendigar, a realizar trabajos o servicios forzados, a la servidumbre, a la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud u otras formas de explotación laboral, o extracción o tráfico de órganos o tejidos humanos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años. La captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de niño, niña, o adolescente con fines de explotación se considerará trata de personas incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios señalados en el párrafo anterior. 6
Elementos de la trata de personas
ACTIVIDAD captación/traslado/ acogida/recepción
FINES
EXPLOTACIÓN
expl. prostitución ajena/expl. sexual/ trabajos-servicios forzados/ esclavitud/servidumbre/ extracción de órganos
MEDIOS
amenaza/fuerza/fraude coacción/engaño/abuso
En el caso de niñas y niños se considerará trata incluso cuando no se utilicen los medio
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Fenomenología del Circuito de la Trata de personas
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Delitos relacionados con el delito de trata de personas
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DIFERENCIAS
TRÁFICO ilícito de migrantes
Negocio lucrativo
• Paso fronterizo regular, ilícito/trata interna
comercio con seres humanos
• Documentos legales o ilegales + retención de documentos
• Paso fronterizo ilícito • Documentos ilegales • Acto voluntario
TRATA de personas
• Producto: un servicio (entrada irregular en otro Estado)
Redes criminales
• Coacción y Explotación repetida + movimiento restringido y controlado • Producto: una persona
DELITO CONTRA EL ESTADO
DELITO CONTRA LOS DD.HH 10
Marco Normativo Peruano: modalidades agravadas de la trata de personas Artículo 153°-A.- Formas agravadas de la Trata de Personas La pena será no menor de doce ni mayor de veinte años de pena privativa de libertad e inhabilitación conforme al artículo 36° incisos 1, 2, 3, 4, y 5 del Código Penal, cuando: 1. El agente comete el hecho abusando del ejercicio de la función pública; 2. El agente es promotor, integrante o representante de una organización social, tutelar o empresarial, que aprovecha de esta condición y actividades para perpetrar este delito. 3. Exista pluralidad de víctimas; 4. La víctima tiene entre catorce y menos de dieciocho años de edad o es incapaz; 5. El agente es cónyuge, conviviente, adoptante, tutor, curador, pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o tiene a la víctima a su cuidado por cualquier motivo o habitan en el mismo hogar. 6. El hecho es cometido por dos o más personas La pena será privativa de libertad no menor de 25 años, cuando: 1. Se produzca la muerte, lesión grave o se ponga en inminente peligro la vida y la seguridad de la víctima. 2. La víctima es menor de catorce años de edad o padece, temporal o permanentemente, de alguna discapacidad física o mental. 3. El agente es parte de una organización criminal. 11
Leyes que penalizan trata de personas en países de América Latina Argentina
Belice
Bolivia
Brasil
Canadá
Chile
Ley 2003
Ley 3325/2006
Decreto 6347/2008
Ley de Inmigración y Protección para los Refugiados, junio 2002
Art. 367 Código Penal
Ley 26364/2008 Prevención y Sanción Trata de Personas y Asistencia a víctimas
Trata de Personas
Trata y Tráfico de Personas Ley del 18 de enero 2006 y Trata y Tráfico de Personas y otros delitos relacionados
Plan Nacional de la Trata de Personas Ley 1106/2005 Código Penal
El Salvador
Colombia
Costa Rica
Ecuador
Ley 985/2005
Art. 172 Código Penal Decreto 32824
Decreto 1823/2006
Medidas contra la Trata de Personas y normas para la atención y protección de las víctimas Decreto 4319/2006 Cuenta especial
Coalición Nacional contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas
Combate al tráfico ilegal de migrantes, explotación sexual laboral; y, otros modos de explotación y prostitución de mujeres, niños/as y adolescentes, pornografía infantil y corrupción de menores Decreto 1981/2004 Ley 15/16/2005
Art. 367-B Código Penal
Honduras
México
Nicaragua
Panamá
Art. 149 Código Penal
Ley 27/11/2007 Trata de Personas
Art. 40 Título IV Constitución
Decreto Ejecutivo 97/2004
República Dominicana
Ley 137-03/2003 Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas
Uruguay
Venezuela
Ley 18250/2008
Art. 54 Constitución
Tráfico y Trata de Personas
Comisión Intersectorial de Alto Nivel
Ley-49, Para enmendar el Código Penal
Estados Unidos
Guatemala
Ley de reautorización Protección a Víctimas de Trata, 2008 Ley de Protección a Víctimas de trata y Violencia 2000
Ley contra la Violencia Sexual , explotación y Trata de personas Art. 194 Código Penal
Paraguay
Perú
Decreto 5093/2005
Ley 28950/2007
Prevención y combate a la Trata de Personas Ley No 137/2003 Tráfico Ilícito Migrantes y Trata Personas
Decreto 9-2009
Decreto Supremo No2/2004 Crea grupo Trabajo Permanente Trata Personas
12 Fuente: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)
En el Perú…
Resolución Legislativa Nº 27527, del Congreso de la República, 4 de octubre 2001, Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia organizada transnacional y sus dos protocolos adicionales: “protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños / Ratificada por Decreto Supremo 088-2001-RE, de 19 noviembre 2001 (Diario El Peruano 20 noviembre de 2001).
Decreto Supremo Nº 002-2004- IN que constituye el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas (Diario El Peruano 20 de febrero de 2004)
Ley Nº 28251 que modifica e incorpora artículos IX, X y XI del Título IV, del Libro Segundo del Código Penal, de 7 de junio de 2004 (Diario El Peruano …..)
Resolución Ministerial Nº2570-2006-IN/0105 por el que se institucionaliza el “Sistema de Registro y Estadísticas del delito de trata de personas y afines (RETA)”, (29 de diciembre de 2006)
Ley Nº 28950 contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, 12 de enero de 2007 (Diario El Peruano 16 enero 2007)
Resolución Ministerial Nª 129-2007-IN/0105, por el que aprueban directiva “Procedimientos para el ingreso, registro y consulta y reporte de datos del sistema de registro y estadística del delito de trata de personas y afines (RETA)”, de 23 febrero 2007
Plan Nacional de Acción contra la trata de personas en el Perú 2007-2013. Validado por el Grupo Multisectorial el 3 de julio de 2007. (Pendiente de aprobación y publicación por parte del Estado peruano)
Reglamento de la Ley Nº 28950 – Ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-IN (Diario El Peruano de 30 noviembre de 2008)
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