Derechos Y Deberes Esenciales Del

  • April 2020
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Integrantes: Vanessa Gomez Deossa Juan Felipe Olarte Herman Serna

Actividad #2

DERECHOS Y DEBERES ESENCIALES DEL CIUDADANO "los derechos humanos" son reivindicaciones de unos bienes primarios considerados de vital importancia para todo ser humano, que concretan en cada época histórica las demandas de libertad y de dignidad. Estas reivindicaciones van dirigidas en primera instancia al Estado, y están legitimadas por un sistema normativo o simplemente por el reconocimiento de la comunidad internacional

El origen más cercano del concepto "derechos humanos" se encuentra en la "Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano" de la Revolución Francesa, y en las condiciones sociales y económicas que la acompañaron. El desarrollo económico y político de los siglos XV y XVI requería de un soporte filosófico fundado en las ideas de libre propiedad y libertad de empresa, por una parte, y de igualdad ante la ley, libertad e igualdad políticas por otra. En este orden de ideas, los derechos individuales representan el punto de partida de los derechos del hombre. Los derechos individuales son 3: Económica: Se propugna por el libre mercado, es decir por la no intervención del Estado en el juego de las fuerzas económicas. Si pensamos en los derechos, ello se traduce en libertad de propiedad, libertad para contratar, libertad económica, en síntesis libertad económica. Moral: Su base es interpretar al ser humano como un sujeto autónomo, opera en función de ello la diferenciación entre diversos campos de la vida social: la política aparece claramente diferenciada de la moral; la moral de la religión; la política de la religión. Se considera que el obrar humano se desenvuelve en dos esferas: la pública y la privada, dentro de la esfera privada se encuentran la religión y la moral, mundos que se vuelven vedados para el poder político. Es por eso que los derechos que desarrollan este núcleo o dimensión moral del liberalismo son por ejemplo la libertad religiosa, la libertad de cultos, la libertad de conciencia y hoy, entre nosotros es clara muestra de dicha dimensión moral del liberalismo el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Política: se expresa en derechos de participación política, básicamente se trata de la libertad de elegir y ser elegido. Esta dimensión política del liberalismo se identifica con la concepción democrática del poder político, en otras palabras con la soberanía del pueblo.

Entre los derechos económicos, sociales y culturales se cuentan el derecho al trabajo, incluido el derecho a unas condiciones de trabajo justas y favorables; los derechos sindicales, el derecho a una alimentación, vestuario y albergue adecuados; el derecho a un nivel de vida adecuado, el derecho a la salud, el derecho a la educación y los derechos relativos a la cultura y a la ciencia. Como dijimos anteriormente, usualmente se les ha denominado como "derechos de la segunda generación". Se caracterizan porque "confieren al hombre no ya el poder de elegir sino ya el poder de exigir..."1 Con el fin de complementar la Declaración de Derechos Humanos hacia 1966 se crearon dos convenios: uno sobre derechos sociales, económicos y culturales, y el otro sobre derechos civiles y políticos. La Asamblea General de las Naciones Unidas ha recalcado la interdependencia de ambos convenios: "El disfrute de las libertades civiles y políticas y de los derechos económicos, sociales y culturales están interrelacionados y son interdependientes". "Cuando se priva al hombre de sus derechos económicos, sociales y culturales, este no representa a la persona humana considerada por la Declaración Universal como el ideal del Hombre Libre".

Los derechos colectivos o difusos El crecimiento de los derechos humanos no ha cesado todavía, simultáneamente su contenido es cada vez de mayor amplitud, recientemente se gesta una nueva categoría de derechos no siempre fáciles de diferenciar de los derechos sociales, económicos y culturales, se trata de los derechos de la "tercera generación" o "derechos de solidaridad". Tienen este calificativo porque para su realización se requiere de la acción solidaria o concertada de todos los estamentos sociales, esto es, de los individuos, los grupos y el Estado. Y porque implican al mismo tiempo que un derecho, una obligación. Desde la perspectiva económica y política, el aparecimiento de los derechos de la tercera generación coincide o tiene sus fundamentos en la crisis del Estado social de derecho, la cual se traduce en la incapacidad del Estado para cumplir con sus cometidos teóricos, que no son otra cosa que hacer realidad los derechos de la segunda generación. Además los derechos de la tercera generación, tienen apoyo en nuevos valores y expectativas relacionados con la urgente búsqueda de soluciones o respuestas a necesidades resultantes de la civilización. Además de denominarse "derechos colectivos", usualmente se ha utilizado también el término de "difusos" para referirse a ellos, pues se predican de una colectividad difícil de determinar, como nación, pueblo, sociedad, comunidad internacional, etc. "Persiguen garantías para la humanidad considerada globalmente. No se trata en ellos del individuos como tal y en cuanto ser social, sino de la promoción de la dignidad de la especie humana en su conjunto..."1 Pueden enumerarse dentro de esta clase de derechos, el derecho al desarrollo, el derecho a la paz, el derecho al medio ambiente sano, el derecho de propiedad sobre el patrimonio común de la humanidad, el derecho al espacio público, el derecho a la moralidad administrativa, etc.

Los Derechos fundamentales El concepto de derecho fundamental, es quizá el más importante de las Constituciones contemporáneas. Colombia acogió esta figura en la Constitución de 1991. Una definición sintética de estos derechos es la siguiente: son los derechos inherentes a la persona humana. Usualmente se les ha identificado con los derechos individuales, sin embargo en Colombia han sido reconocidos por la Corte Constitucional algunos derechos pertenecientes a la llamada segunda generación, es decir, ha reconocido como derechos fundamentales ciertos derechos sociales que son necesarios para que la persona humana cuente con una vida digna.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES los cambios tecnológicos, la economía de mercado y la democratización, proporcionarían los elementos esenciales para el crecimiento, el empleo y el bienestar. No fue el caso en todas partes. En 1960, el PIB per cápita de los 20 países más ricos era 18 veces más alto que el PIB de los 20 países más pobres. En 1995, era 37 veces más alto. Si bien aumentaban las exportaciones de los países en desarrollo, con respecto al total de las exportaciones mundiales, ese aumento se limitaba a un pequeño número de dichos países. En el mundo entero, el número de personas que viven con menos de un dólar por día prácticamente no varió en el decenio de 1990. La preocupación creciente que originó esta situación dio lugar a un enérgico debate sobre el comercio y las normas laborales (con frecuencia denominado "debate sobre la cláusula social") cuando se creó la Organización Mundial del Comercio en 1994. En la misma época, la Conferencia Internacional del Trabajo comenzó un extenso examen de las cuestiones relacionadas con las normas. En 1995, la Cumbre Mundial de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Social, celebrada en Copenhague, acordó una serie de compromisos que definieron un nuevo campo de acción. Cabe señalar que el Representante Especial del Secretario General para la Cumbre, Sr. Juan Somavia, se convertiría posteriormente en Director General de la OIT. Ante los delegados reunidos en la Cumbre - entre ellos, cerca de 153 jefes de Estado y de gobierno - el Sr. Juan Somavia declaró que la Cumbre ofrecía la oportunidad de desarrollar el consenso social que da sustentabilidad al consenso político y económico e introduce la fraternidad y la solidaridad como un componente esencial de las relaciones humanas. El tercer compromiso de la Cumbre afirma que el pleno empleo es una prioridad básica de las políticas económicas y sociales. Además, los delegados acordaron proteger los derechos básicos de los trabajadores y, con ese fin,

promover "la observancia de los convenios pertinentes de la Organización Internacional del Trabajo, incluidos los que tratan de la prohibición del trabajo forzoso y el trabajo infantil, la libertad de asociación, el derecho de sindicación y de negociación colectiva y el principio de la no discriminación" Estas afirmaciones prepararon el terreno para la elaboración de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Este proceso fue respaldado por la Conferencia Ministerial de la recientemente creada Organización Mundial del Comercio (OMC), celebrada en 1996 en Singapur. Además de afirmar su respeto por las normas fundamentales del trabajo los Ministros de Comercio señalaron que éstas eran de la competencia de la OIT. El mismo año, un importante estudio de la OCDE sobre normas laborales constituyó una aportación más en ese sentido. El Director General de la época, Sr. Michel Hansenne, declaró lo siguiente: "la OIT asume las tareas que le ha encomendado la comunidad internacional, adoptando a tal efecto, habida cuenta de las realidades de la mundialización de la economía, una verdadera plataforma social mínima de ámbito mundial. La Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo tiene por objeto lograr que el progreso social vaya a la par con el progreso económico y el desarrollo.

Es un instrumento promocional mediante el cual los mandantes de la OIT gobiernos, empleadores y trabajadores - reafirman los principios fundamentales consagrados en la Constitución de la Organización. Adoptada en 1998, la Declaración compromete a los Estados Miembros a respetar y promover los principios y derechos comprendidos en cuatro categorías, hayan o no ratificado los convenios pertinentes. Estas categorías son: la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzoso u obligatorio, la abolición del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

ESTADO COLOMBIANO CARACTERÍSTICAS, ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA

Art. 1º Constitución Política de Colombia “es un Estado social de derecho organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”

Ministerio del Interior y de Justicia Formula políticas, planes, proyectos, relacionados con la administración y la justicia. Asuntos políticos, convivencia ciudadana. Ministerio de Relaciones Exteriores Propone, orienta, coordina y ejecuta la políticas internacionales y diplomáticas a través de las embajadas y los consulados Ministerio De Hacienda y Crédito Público Formula y desarrolla a nombre del gobierno nacional las políticas del estado en materia fiscal, tributaria, aduanera, de crédito público, presupuestal, de ingresos y gastos, de tesorería, cambiaria, monetaria y crediticia. Ministerio de Defensa Nacional Encargado de definir, desarrollar y ejecutar las políticas de defensa y seguridad nacional. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Encargado de formular políticas, planes, programas del sector agropecuario, forestal y pesquero. Ministerio de la Protección Social al cual está adscrito el SENA Formulación, adopción, dirección, coordinación, ejecución, control y seguimiento del Sistema de la Protección Social Ministerio de Minas y Energía Emitir políticas desarrollar planes y programas relacionados con el sector. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Generación de políticas y normas para el desarrollo económico y social del país Ministerio de Educación Nacional Formulación de la política Nacional de Educación Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Formulación de políticas relacionadas con la regulación de:

1.

Conservación y restauración de ecosistemas para su uso y protección.

2.

Promover el desarrollo sostenible

3. Planificación del ordenamiento y la gestión territorial, disminuyendo el déficit habitacional del país. Juan Francisco Lozano Ramírez Ministerio de Comunicaciones Planeación, regulación y control de los servicios del sector de las telecomunicaciones, servicios informáticos y de telemática, servicios especializados de telecomunicaciones o servicios de valor agregado y los servicios postales Ministerio De Transporte Encargado de definir, formular, orientar, vigilar y regular las políticas, planes de transporte y de tránsito de pasajeros y de carga y su infraestructura. Ministerio de Cultura Coordina la acción del estado para la formación y difusión de las expresiones culturales y artísticas

El orden anterior es establecido por tres razones:  Protocolaria: En ese orden hablarán en los actos públicos.  Formal: En ese orden serán firmados sus decretos por el Presidente. 

Delegación: En ese orden se define quién reemplaza al Presidente de la República en sus viajes al extranjero, con la salvedad de que el Ministro Delegatario debe pertenecer al mismo partido político que el Presidente según el artículo 196 de la Constitución Nacional.

Sistema educativo colombiano. Los principios fundamentales del sistema educativo colombiano están recogidos en la Constitución política de Colombia y en la Ley General de Educación de 1994. Esta ley señala las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación y se fundamenta en los principios de la Constitución política sobre el derecho que tiene toda persona a recibir educación. La Constitución, en su artículo 67, dice: “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social... Formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá, como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica mínima. La educación será gratuita en las instituciones del Estado. La nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración

de los servicios educativos estatales en los términos que señalen la Constitución y la Ley”. El artículo 68 refiere las condiciones para la creación y gestión de los establecimientos educativos: “La comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación... La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica. Los padres de familia tendrán derecho a escoger el tipo de educación para sus hijos menores. En los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa”. La Constitución establece también que el Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. Colombia ha realizado grandes esfuerzos para superar los escollos en los distintos niveles educativos, y actualmente existen planes sectoriales específicamente destinados a mejorar la cobertura, calidad y eficiencia de la formación. Niveles del sistema educativo El Sistema Educativo comprende la educación formal, que se imparte dentro de periodos lectivos y conduce a la obtención de titulaciones académicas, y la educación no formal, que se imparte sin sujeción a periodos de secuencia regulada y no conduce a grados ni a títulos. La educación formal comprende los siguientes niveles progresivos: * - Educación preescolar * - Educación básica (primaria y secundaria) * - Educación media * - Educación superior La educación preescolar se refiere a niños menores de 6 años de edad y será obligatoria, mínimo en un año lectivo (edad de 5 años). La educación básica comprende un ciclo de educación “básica primaria“ que se extiende del grado 1 al 5, a niños cuyas edades oscilan entre los 6 y los 10 años, y el ciclo de educación “básica secundaria“ que se imparte del grado 6 al 9, entre las edades de 11 a 14 años, en instituciones privadas u oficiales. Tanto en este caso como en la educación primaria, el plan de estudios está organizado por áreas de conocimiento. La educación media vocacional (véase Enseñanza media superior) comprende los grados 10 y 11 para los alumnos cuyas edades oscilen entre los 15 y 16 años. Culmina con la expedición del título de bachiller, en el que se especifica la modalidad y especialidad.

La educación superior continúa la formación integral del hombre como persona culta y útil a la sociedad y conduce a la obtención de títulos o a la acumulación de derechos académicos en las modalidades educativas de formación intermedia profesional, formación tecnológica, formación universitaria y formación avanzada o de posgrado. En la actualidad la educación básica primaria se ofrece de manera totalmente gratuita en las escuelas oficiales. En la secundaria, en la media y universitaria oficiales se pagan algunos derechos mínimos de acuerdo con los ingresos de los padres de familia. Otros tipos y modalidades de educación Educación especial La educación especial se refiere a aquellos estudiantes sobresalientes o a aquellos que presenten deficiencias físicas, mentales, emocionales, sociales, o tengan dificultades especiales en el aprendizaje. El gobierno establecerá programas, estimulará la iniciativa privada y promoverá la formación de personal docente y la investigación. Diversas instituciones se han especializado en los siguientes tipos de limitación: * - Retardo mental. * - Limitación auditiva. * - Limitación visual. * - Limitación física. * - Dificultades en el aprendizaje. * - Problemas de conducta o de personalidad. * - Facultades sobresalientes. * - Casos crónicos de salud.

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