Derecho Mercantil.docx

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  • Words: 2,670
  • Pages: 16
2019 Derecho Mercantil

ESCUELA NACIONAL DE CIENCIAS COMERCIALES AMATITLÁN (ENCCA)

Integrantes:

Clave:

Marelin Andrea Guzmán Barrientos

20

Erika Vanesa Juárez Hernández

26

Fernanda Edith López Álvarez

29

Yesica Yanira López Álvarez

30

Ángel Eduardo López Hernández

33

Emely Elizabeth Monzón Hernández

38

Karen Yesmin Pérez Benito

43

Henry Josías Pérez Vásquez

45

Melany Eunice Solís Estrada

59

Cátedra: Seminario Catedrática: Maynor Lemus Grado: Sexto Perito Contador Sección: “C” Amatitlán, Guatemala 27/03/2019 Página 2

Índice

Introducción ............................................................................................................ 4 Obligaciones Mercantiles de los Comerciantes .......................................... 5 Sociedades Mercantiles....................................................................................... 6 Registro de Personas Mercantiles ...................................................................... 7 Contrato.................................................................................................................... 8 Clasificación de contratos .................................................................................. 9 Contrato de arrendamiento ......................................................................... 13 Contrato de arrendamiento financiero o leasing. ................................. 13 Contrato de franquicia. .................................................................................. 13 Contrato de seguro.......................................................................................... 13 Contrato de prestación de servicios .......................................................... 14 Conclusiones ......................................................................................................... 15 Fuentes de Trabajo .............................................................................................. 16

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Introducción

El trabajo que se les presentará a continuación, es de gran importancia ya que es poca la importancia que le damos a estos temas. Cómo podemos ver las Obligaciones de los Comerciantes: Según la ley, comerciante es la persona que de manera constante se dedica a realizar actividades propias del comercio, por su parte el código de comercio define como comerciante a las personas que de manera profesional se dedican a ejecutar actividades que la ley comercial cataloga como comerciales. Sociedades Mercantiles: es una sociedad comercial (o sociedad mercantil) es una persona moral que tiene por objeto la realización de actos de comercio o la realización de una actividad sujeta al Derecho comercial. Contratos: En cada país, o en cada estado, puede existir un sistema de requisitos contractuales diferente en lo superficial, pero el concepto y requisitos básicos del contrato son, en esencia, iguales.

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Obligaciones Mercantiles de los Comerciantes Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles. La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona. Según la ley, comerciante es la persona que de manera constante se dedica a realizar actividades propias del comercio, por su parte el código de comercio define como comerciante a las personas que de manera profesional se dedican a ejecutar actividades que la ley comercial cataloga como comerciales. Misma calidad tendrá aquella persona que se dedica a ello pero no la ejerce por sí mismo, es decir, que aunque sea por intermedio de apoderado o tercera persona se adquiere dicha calidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del código de comercio, el cual establece lo siguiente: “Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles. La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona” La actividad comercial permanente, pues la ejecución de manera ocasional no da el estatus de comerciante; sin embargo, quien realice de manera ocasional el comercio estará sujeto a las reglas establecidas en el código de comercio.

debe

ejecutarse

de

manera

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Solo pueden ejercer el comercio las personas con capacidad para contratar y obligarse, los incapaces para la ley por ende son inhábiles para ejercer el comercio. Entonces para poder ejercer actividad mercantil es necesario que se goce de capacidad legal. El código de comercio impone unas obligaciones comerciante; son obligaciones del comerciante:

al

 Realizar la correspondiente inscripción de su actividad en el registro mercantil que llevan las cámaras de comercio.  Realizar la inscripción de todos los actos que la ley comercial exija su inscripción, tales como libros y documentos.  Llevar la contabilidad de los negocios que realiza.  Conservar los documentos relacionados con su actividad, como por ejemplo facturas.  No actuar con competencia desleal.

Sociedades Mercantiles Es una sociedad que tiene como objetivo la realización de actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil y se diferencia de una sociedad civil en el hecho de que esta última no contempla en su objeto social actos mercantiles. Por esto, como toda sociedad, son entidades a los que la ley reconoce personalidad jurídica propia y distinta de sus miembros, y que, contando también con patrimonio propio, canalizan sus esfuerzos a la realización de una finalidad lucrativa que es común. El código civil la define como “un contrato en que dos o más personas estipulan poner algo en común con la mira de repartir entre sí los beneficios que de ello provengan “o también que "Es la unión de dos o más personas (físicas o morales) de acuerdo a la ley, que aportan algo en común para un fin determinado, obligándose mutuamente a rendirse cuentas". Página 6

Por su parte, el Código de Comercio, señala en su artículo 116 al referirse al contrato de compañía: “En el contrato de compañía, por el cual dos o más personas se comprometen a poner en fondo común bienes, industria o alguna de estas dos cosas, para obtener lucro, será mercantil, cualquiera que sea su clase, siempre que se haya constituido con arreglo a las disposiciones de este Código.” Una sociedad comercial (o sociedad mercantil) es una persona moral que tiene por objeto la realización de actos de comercio o la realización de una actividad sujeta al Derecho comercial. Una sociedad comercial surge cuando una o más personas (físicas o jurídicas) mediante un contrato se obligan a realizar aportes para constituir el capital social, que luego serán los bienes con los que se realizará la actividad comercial organizada, en la que sus socios aceptan participar tanto en las ganancias, como en las pérdidas que derivan de dicha actividad. Como corolario de la personalidad jurídica de la sociedad comercial, surge un nuevo sujeto de derecho, que actúa por cuenta propia y que poseerá un nombre (o denominación) que la distingue de otras sociedades, además de un domicilio, una capacidad y un patrimonio propio.

Registro de Personas Mercantiles El Registro de personas Mercantil General de Guatemala es la entidad estatal encargada de llevar a cabo el registro, certificación, brindar seguridad jurídica a todos los actos mercantiles que realicen las personas individuales o jurídicas dentro del país. Está adscrito al Ministerio de Economía. Su principal función es la inscripción de todas las sociedades nacionales y extranjeras, los respectivos representantes legales, Página 7

las empresas mercantiles, los comerciantes individuales y todas las modificaciones que de estas entidades se quieran inscribir. Está entidad pública esta normado por el Código de Comercio de Guatemala, creándose y funcionado a partir de 1971, cuando entra en vigor dicho código. Esta institución de carácter administrativo permite divulgar el estado jurídico de los comerciantes registrados. Lo habitual es que quienes se dedican al comercio deban informar con obligatoriedad ciertos datos y que el registro mercantil difunda la información para contribuir a la seguridad jurídica general.

Contrato Un contrato es un acuerdo legal, oral o escrito, manifestado en común entre dos o más personas con capacidad jurídica (partes del contrato), que se obligan en virtud del mismo, regulando sus relaciones a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral. Es el contrato, en suma, un acuerdo de voluntades que genera «derechos y obligaciones relativos», es decir, sólo para las partes contratantes y sus causahabientes. Pero, además del acuerdo de voluntades, algunos contratos exigen, para su perfección, otros hechos o actos de alcance jurídico, tales como efectuar una determinada entrega (contratos reales), o exigen ser formalizados en documento especial (contratos formales), de modo que, en esos casos especiales, no basta con la sola voluntad. De todos modos, el contrato, en general, tiene una connotación patrimonial, incluso parcialmente en aquellos celebrados en el marco del derecho de familia, y es parte de la categoría más amplia de Página 8

los negocios jurídicos. Es función elemental del contrato originar efectos jurídicos (es decir, obligaciones exigibles), de modo que a aquella relación de sujetos que no derive en efectos jurídicos no se le puede atribuir cualidad contractual. En cada país, o en cada estado, puede existir un sistema de requisitos contractuales diferente en lo superficial, pero el concepto y requisitos básicos del contrato son, en esencia, iguales. La divergencia de requisitos tiene que ver con la variedad de realidades socio-culturales y jurídicas de cada uno de los países (así, por ejemplo, existen ordenamientos en que el contrato no se limita al campo de los derechos patrimoniales, únicamente, sino que abarca también derechos personales y de familia como, por ejemplo, los países en los que el matrimonio es considerado un contrato).

Clasificación de contratos Por su forma de ejecución:  Contrato de comercio electrónico directo: aquel que permita la entrega virtual de bienes inmateriales o la prestación de servicios que no precisen de presencia física de su prestador. Esta entrega o prestación puede ser, a su vez, inmediata o diferida. Ejemplos: adquisición de licencias de uso de programas informáticos o derechos sobre canciones y vídeos o la contratación de servicios de hosting, gestión de pagos, y servicios virtuales.

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 Contrato de comercio electrónico indirecto: aquel que requiere la entrega física de bienes materiales o la prestación presencial. Su ejecución es necesariamente diferida. Ejemplos: compra de cartuchos de tinta, contratación de pintor de casas, contratación de servicios jurídicos. Por la emisión de las declaraciones:  Contrato electrónico puro: las declaraciones de voluntad se manifiestan íntegramente a través de medios electrónicos tales como el correo electrónico las páginas interactivas.  Contratos Reactivos: Exigen de las partes el uso de herramientas adicionales de comunicación para poder llevar a cabo la contratación. Son los más comunes en sistemas de micro pagos, contratación de servicios personalizados y venta por catálogo. Ejemplos: Contratación a través de e-mail, Suscripción a servicios por medio del envío de SMS.  Contratos Interactivos: El lugar en que se encuentra la oferta permite por sí mismo efectuar la contratación.  Contratos “click“: La formalización del contrato exige del aceptante una manifestación expresa de voluntad, que otorga pulsando el botón que se indica a tal efecto y que habitualmente contiene la palabra “Acepto”. Ejemplo: Aceptación por medio click de las condiciones de uso de una red social online.  Contratos “browser“: El contrato se formaliza con el mero acceso a la página web o sitio, sin necesidad de aceptación expresa. Ejemplos: Aceptación tácita de las condiciones de uso de una página web o de su aviso legal. Página 10

 Contrato electrónico mixto. La contratación combina sistemas electrónicos de manifestación de voluntad con otros tradicionales. Ejemplo: Descarga de formulario de solicitud de pedido para su envío por fax o correo postal. Por los sujetos que son parte del contrato electrónico:  Contrato electrónico de consumo: el contrato será de consumo cuando en él participe al menos un consumidor o usuario. Ejemplo: compra de billetes de vuelo a través de una página web.  Contrato electrónico mercantil: el contrato será mercantil cuando todas las partes contratantes sean empresarios o profesionales. Ejemplo: Compra-venta de madera para la fabricación de sillas. Por la forma de pago (sólo aplicable a contratos onerosos):  Contrato con pago electrónico: El medio de pago elegido por las partes es el dinero electrónico. Los ejemplos más comunes son los siguientes: pago con tarjeta de crédito, transferencia bancaria  Contrato con pago tradicional: El medio de pago escogido es el dinero en efectivo o cheque, pudiéndose entregarse mediante su envío postal o contrarrembolso. Por el objeto del contrato: Esta clasificación está íntimamente unida a la indicada por forma de ejecución.  Contratos de entrega.  Contratos de entrega material.  Contratos de entrega inmaterial  Contratos de prestación:  Contratos de prestación instantánea  Contratos de prestación diferida.

Principales Contratos Mercantiles Página 11

Existen muy diversos tipos de contratos. Aquí te presentamos algunos de ellos: Contrato de compraventa Se caracteriza porque uno de los contratantes, el vendedor, está obligado a entregar una “cosa”, un objeto, bien o derecho determinado, y el otro, el comprador, está obligado a pagar, en dinero o signo que lo represente, el precio acordado. Para que la compraventa sea mercantil, debe cumplir dos requisitos:

Naturaleza mueble de la cosa comprada. La cosa debe ser un bien mueble, es decir, objetos que se puedan transportar (muebles, objetos de decoración, ropa, etc.). 

Reventa y ánimo de lucro. Es decir, al adquirir el producto, se debe tener el propósito de venderlo y ganar dinero con la reventa.

Dentro de esta definición están excluidos ciertos casos, como las compras realizadas para el consumo del comprador; la reventa realizada por no comerciantes de los productos adquiridos para consumo propio; la venta realizada por los artesanos de los productos que han elaborado o las que realicen los agricultores y ganaderos de sus cosechas o ganados. Este tipo de contratos te pueden interesar si tu negocio se dedica a la compra venta de productos o si deseas realizar la compra o venta de algún negocio.

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Contrato de arrendamiento Los contratos de arrendamiento se caracterizan por la cesión temporal de un bien u objeto, es decir, el alquiler de algo. Existen diferentes tipos de contratos de arrendamiento, como el arrendamiento de una empresa, de un local o de herramientas o materiales. Algunos de los contratos de arrendamiento más importantes son: Contrato de arrendamiento financiero o leasing. El contrato de leasing es un contrato de alquiler con derecho a compra. Permite hacer uso de herramientas o bienes, cedidos por la empresa arrendadora, durante el tiempo pactado, a cambio de una retribución. Finalizado el plazo de tiempo, el arrendatario puede elegir entre finalizar el contrato, prorrogarlo, si la otra parte está de acuerdo, o adquirir el bien o herramienta a un precio “residual”, esto es, el precio original menos el dinero de las cuotas abonadas. Si estás comenzando y no quieres invertir mucho dinero en tu negocio, puedes beneficiarte de este tipo de acuerdos. Contrato de franquicia. Donde la empresa franquiciadora le confiere al franquiciado el derecho a explotar su marca, sus productos o servicios a cambio de una prestación económica. En este tipo de contratos, la empresa franquiciado se compromete a ceder el uso de su marca, transmitir sus conocimientos sobre el negocio al franquiciado y prestarle el apoyo comercial y técnico que necesite. Contrato de seguro

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En éstos se pacta un acuerdo en el que la entidad aseguradora está obligada a indemnizar a la empresa asegurada cuando se produzcan ciertas circunstancias o riesgos concretos, acordados previamente, a cambio de cobrar una prima. Existen diferentes tipos de seguros, los más comunes son el seguro de responsabilidad civil, contra daños, robo, incendio o de transporte. Este tipo de contratos te interesa especialmente si dispones de un local y herramientas o mercancías de valor que necesites proteger. Contrato de prestación de servicios En los contratos de prestación de servicios se contrata los servicios profesionales de otra empresa, con el fin de mejorar algún aspecto de la tuya, a cambio de una retribución económica. Este tipo de contratos es frecuente para la realización de obras. Existen otros muchos tipos de contratos como los de transporte, que te pueden interesar para trasladar tu mercancía; agencia, si necesitas disponer de comerciales que vendan tus productos; contratos de gestión de pagos y cobros, como son el de contratos de permuta, de crédito, préstamo, prenda, fianza

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Conclusiones

 Lo que he concluido de estos temas es que nos basamos en las leyes importantes para poder registrarnos como comerciantes y sobre todo poder cumplir con lo que nos indica.  Para poder ser personas comerciantes debemos cumplir y regirnos a cada mandato que encontramos en el código de comercio y hacer los procedimientos necesarios que nos piden. 

Los contratos son de mucha importancia porque los necesitamos como personas comerciantes que seremos, como podemos ver hay diferentes tipos de contaros debemos buscar cual es el que más nos beneficia.

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Fuentes de Trabajo

http://leyaldia.com/noticia/1334 (Obligaciones mercantiles de los comerciantes) https://es.wikipedia.org/wiki/Sociedad_mercantil (Sociedades mercantiles) https://es.wikipedia.org/wiki/Contrato (Contrato) https://www.eaeprogramas.es/empresa-familiar/tipos-decontratos-mercantiles(Principales contratos)

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