Derecho financiero y su relación con otras ciencias; Derecho administrativo, derecho penal, derecho constitucional, derecho internacional
1. Derecho financiero y su relación con el derecho administrativo: el sujeto activo en ambas ramas del derecho es la administración pública, el derecho administrativo surge después del derecho financiero y no al revés como se cree erróneamente. 2. Derecho financiero y su relación con el derecho constitucional: tiene relación por el control de todas las leyes, entre ellas la tributarias, son principios generales del derecho financiero diversas normas constitucionales que regulan la actividad financiera dentro de estas se encuentra el: presupuesto, la tributación y el control de gastos. 3. Derecho financiero y su relación con el derecho internacional: se relaciona por la internalización de las finanzas públicas y privadas, lo que las hace extraterritoriales, debido al control de cambios, que han dado origen a estos estudios 4. Derecho financiero y su relación con el derecho penal: se relaciona por la penalización de las infracciones tributarias, lo que ha dado nacimiento a la idea de un derecho penal fiscal, o un derecho penal tributario, pata que no se juzguen los delitos tributarios por el derecho penal ordinario, dando como resultado la tipificación del delito de defraudación tributaria u otros más que corresponden al campo tributario
5. Derecho penal y su relación con el derecho privado: en lo que respecta al derecho privado y financiero se relacionan con el derecho civil y el derecho comercial, llamado en Guatemala derecho mercantil por los diferentes actos civiles y mercantiles que se encuentran granados en el derecho tributario, el derecho procesal civil es supletorio del derecho procesal tributario, que es parte del derecho financiero, como se puede interpretar al estudiar el artículo 183 del código tributario. División del derecho financiero: Se divide en derecho presupuestario, derecho patrimonial del estado, derecho tributario, derecho monetario. El derecho presupuestario : su principio constitucional se encuentra regulado en la constitución política de la república de Guatemala , en los últimos años a adquirido un desarrollo significativo por la relevancia que el presupuesto ha adquirido al ser utilizado como un medio político de presión de algunas instituciones del estado a otras, o como un castigo a actitudes políticas de los funcionario públicos que participan en el gobierno, dentro de los principales estudios de esta
rama se encuentra Fernando Sainz de Bujanda ; quien afirma que es la rama del derecho financiera integrada por el conjunto de normas y principios que determinan el régimen jurídico temporal de gestión , empleo y contabilidad de los caudales que derivados de la aplicación de recursos alimentan al tesoro público. Comprende: 1. 2. 3. 4.
La gestión, empleo y contabilidad de los ingresos públicos El régimen jurídico de los gastos públicos El régimen jurídico del tesoro publico La conformación de la institución presupuestaria
El derecho presupuestario, tiene por objeto normar lo relativo al presupuesto en todos sus elementos ya se trate de ingresos como de egresos del estado, la deuda pública , la contabilidad del estado y la gestión de los mismos. Contenido del derecho presupuestario: La ley del presupuesto diciplina el acto administrativo como lo es la ejecución de gastos del estado , constituyendo desde el momento en que se encuentra incluida en la ley ordinaria una regla de derecho, el presupuesto es un acto que regula la vida económica y social del país con significación jurídica, de carácter unitario , fuentes del derecho y obligaciones para modificar el derecho objetivo y subjetivos de terceros , es parte de la legislación por se exteriorización de un poder cuya llibre voluntad no puede estar restringida por actos preexistentes a el . Ámbito de los presupuestos: De todas las administraciones publicas territoriales, la principal obviamente es el estado, con competencia en todo el territorio nacional, los demás entes territoriales autónomos respecto al estado naturalmente tienen también sus presupuestos. Principios presupuestarios; Se suelen denominar así las reglas o criterios básicos formulados desde un punto de vista económico, jurídico o contable para una correcta disciplina de las instituciones presupuestarias, encontrándose estos principios generalmente plasmados en leyes, incluso a nivel constitucional. Clasificación de los principios ´presupuestaria según su naturaleza:
Desde un punto de vista político: el principio fundamental es el de competencia, relativo a la distribución de competencias entre los distintos órganos del estado a efectos de las diversas fases del ciclo presupuestario (elaboración , aprobación, ejecución y control presupuestario)
Como principio económico: referentes a las relaciones de la actividad financiera con la actividad económica general , cabe citar los de nivelación entre gastos e ingresos “equilibrio presupuestario”, gestión mínima y neutralidad , todos ellos imbuidos en la concepción de que el mejor impuesto es el que no existe, procurando siempre la marcha de la economía . Como principios jurídicos: destacan los de unidad, universalidad, especialidad y temporalidad, precisando todos ellos los efectos de la ley presupuestaria, regulando su contenido fundamental y su ámbito temporal. Como principios contables: se enuncian los de unidad de caja, presupuesto bruto, no afectación de ingresos a gastos y ejercicio cerrado, que no son sino la traducción en reglas contables de principios jurídicos.
Principio de competencia: Disputa sobre el presupuesto que, en términos jurídicos, se resuelve con el compromiso de los poderes intervinientes en su formación y aprobación. El establecimiento de la reserva de competencia gubernamental para iniciar el procedimiento presupuestario. Pero la constitución consagra también una reserva de competencia parlamentaria para la aprobación del presupuesto , corrobora que el presupuesto general de ingresos y egresos del estado es fruto del procedimiento legislativo , que en cuando el congreso examina , enmienda y aprueba la ley que contienen el presupuesto general de ingresos del estado ejerciendo su potestad legislativa. Principio de unidad: Consiste en la agrupación o reunión de todos los gastos y recursos del estado en un documento único, este principio es de creación doctrinaria, pues no resulta de la constitución. Es asi como Stourm al hablar de presupuesto general expresa que deberá ser el presupuesto único, para diferenciarlo del presupuesto extraordinario. Modernamente este principio fue incorporado a algunas constituciones y leyes presupuestarias. En tal, sentido la constitución de Guatemala dispone que el presupuesto general de ingresos y egresos del estado incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector publico estatal. Expresa la necesidad de que exista un único documento presupuestario, para poder conocer con claridad y rapidez la totalidad de la actividad financiera y valor globalmente la situación, facilitando así su control presupuestario. Este principio está íntimamente relacionado con el de universalidad. Principio de universalidad:
no puede haber compensación entre gastos y recursos, es decir que tanto unos como otros deben figurar consignados por su importe bruto, sin extraer saldos netos. Este principio indica que debe incluirse el monto total percibidos por los impuestos y gastos. Tal es la orientación de nuestro régimen presupuestario nacional. En principio adopta el principio de universalidad, al establecer que, los recursos y las erogaciones figuran separadamente y por su importe íntegro, no debiendo en caso alguno compensarse entre sí. Este principio de universalidad, también conocido como del producto bruto, exige que no hay compensación o confusión entres fastos y recursos; que tanto unos como otros sean consignados en el presupuesto por su importe bruto sin extraer saldos netos. Principio de afectación: Tiene por objeto que determinados recursos no se utilicen para la atención de gastos determinados, esto es, que no tengan una afectación especial, sino que ingresen en rentas generales, de modo tal que todos los ingresos entren en un fondo común y sirvan para financiar todas las erogaciones Principio de especialidad: Esta regla también llamada de la especificación de gastos, significa: que la autorización parlamentaria de los gastos no se da en forma global, sino que se concede en forma detallada para cada crédito. No obstante esta razones, las modernas doctrinas en materia, sostiene que debe llimitarse este principio, atento a que el presupuesto no puede cumplir esta función orientada en la economía en función de un plan o un programa de acción Principio de anualidad: A partir del siglo XVII y por influencias de las practicas británicas, el carácter anual del presupuesto llego a constituir un principio indiscutido de las finanzas clásicas. Contribuyeron a su afianzamiento de argumentos de orden político ya que el sistema robustecía la facultad parlamentaria de controlar al ejecutivo, de modo tal que la práctica iniciaba bajo forma de voto anual y limitar la acción general del gobierno en la democracia clásica. La influencia ejercida por los principios liberales de la revolución francesa y la disfunción de las instituciones políticas inglesas, resultaron factores predominantes en la generalización de la anualidad presupuestaria. Ley monetaria decreto número 17-2002 el congreso de la republica Art.1 unidad monetaria: la unidad monetaria de Guatemala se denomina quetzal, se representa por una Q, se divide en cien partes iguales denominadas centavos.
Art.2 potestad de emisión: únicamente el banco de Guatemala puede emitir billetes y monedas dentro del territorio de la república, de conformidad con la presente ley y con la ley organica del banco de Guatemala, la emisión está constituida por los billetes y monedas nacionales que no estén den poder del banco de Guatemala . Art.4 aprobación de impresión y acuñado: la impresión de billetes y la acuñación de monedas metálicas de la unidad monetaria, se hará exclusivamente en las cantidades y condiciones aprobadas por la junta monetaria.
Derecho Tributario o Derecho Fiscal Según la moderna doctrina alemana, es parte del Derecho financiero a la par del Derecho Presupuestario y el Derecho Patrimonial Público, COMO ACTIVIDAD ES LA RAMA DEL DERECHO FINANCIERO QUE ESTUDIA LA TRIBUTACION, del estado y en las relaciones de éste con los particulares y las situaciones de estas relaciones se originan Derecho Patrimonial Esta integrado por un conjunto de relaciones de contenido económico que tanto puede ser de naturaleza jurídico real como de naturaleza obligacional. Derecho del Estado y de los restantes entre públicos, que contiene los elementos: a) LA PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA (Estado u otro ente público), de determinados bienes económicos (explica la propiedad pública y de los Derechos reales públicos). b) EL TRAFICO O INTERCAMBIO DE DICHOS BIENES que puede producirse entre ente públicos o entres públicos y particulares c) LA PRESTACION DE SERVICIOS que unas personas pueden realizar a favor de otras como la existencia de CONTRATOS PUBLICOS, llamados comúnmente ADMINISTRATIVOS. d) ACTIVIDADES EMPRESARIALES DESARROLLADAS POR LOS ENTES PÚBLICOS, ya sea valiéndose de sus propios órganos o creando entidades dotadas de personalidad EVASION Y ELUSION TRIBUTARIA
LA EVASION TRIBUTARIA consiste en el no pago al Estado de los tributos, que repercute en las finanzas del mismo, alterando todas las finalidades que en impuesto haya perseguido. Evasión ilícita, o evasión propiamente dicha Es la que se realiza violando las leyes tributarias, estando el sujeto pasivo de la relación jurídica tributaria obligada al pago de los impuestos por haberse cumplido los requisitos prevenientes establecidos en la ley, NO CUMPLE EL PAGO. LA EVACION ILICITA CONSTITUE DELITO DE FRAUDE FISCAL O CONTRABANDO. Elementos genéricos de los delitos Tributarios. - Existencia de un hecho punible - Intención fraudulenta - Perjuicio del interés fiscal Articulo 1. De la defraudación aduanera Toda acción u omisión por medio de la cual se evade dolosamente, en forma total o parcial. El pago de los tributos aplicable al régimen aduanero, también es defraudación la violación de las normas y aplicación indebida de las prohibiciones o restricciones previstas en la legislación aduanera. Artículo 3. Del contrabando aduanero Constituye contrabando en el ramo aduanero, la introducción o extracción clandestina a y del país de mercancías de cualquier clase, origen o procedencia, evadiendo la intervención de las autoridades aduaneras aunque ello no cause perjuicio fiscal, también es contrabando la introducción o extracción de mercancías cuya importación o exportación sean prohibidas o limitadas.
Importancia e impacto de la evasión en el Estado - ALERTA LA FINALIDAD TRIBUTARIA O FISCAL que persigue el Estado que se traduce a ingresos públicos - MODIFICA LA INCIDENCIA DE LOS IMPUESTOS, puesto que esta no se cumplirá y recaerá por tanto la carga tributaria en los contribuyentes que si pagan los impuestos
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OBLIGA AL ESTADO A LUCHAR CONTRA ELLA O A DECRETAR NUEVOS TRIBUTOS, o aumentar el porcentaje existentes, constituyendo una carga más para la población Elusión o evasión lícita Es el hecho de sustraerse el pago de los impuestos no realizando las actividades gravadas concretamente en la ley, o no ejecutando o simulando la ejecución de un hecho no descrito en la ley como generador. Se llama evasión licita porque en el actuar del sujeto pasivo NO VIOLA NINGUN PRECEPTO LEGAL. ELUSIÓN FISCAL es no pagar impuestos aprovechando agujeros y lagunas de leyes fiscales, también lo es aprovecharse de la falta de coordinación de los ministerios de hacienda LA ELUSION FISCAL SIGNIFICA UN GRAVISIMO perjuicio para las arcas públicas, para la ciudadanía, cuyos derechos y servicios básicos ha de garantizar el Estado, Perjudicar a la gente, vulnerar sus derechos, es lesionar un bien jurídico y lesionar un bien jurídico debe ser considerado delito Google, Amazon, Microsoft, McDonald’s, Apple o corporaciones mineras eluden impuestos a lo grande. - Google monto una sociedad pantalla en las Bermudas, transfirió desde USA a una empresa ficticia beneficios de 10 mil millones de dólares y eludió pagar 2 mil millones de dólares de impuestos Deuda Pública La deuda publica esta representada por todos los compromisos monetarios externos e internos, directos e indirectos del estado que se han originado en el uso de su crédito publico - Definición Según Manuel Matus Benavente: representación de todos los compromisos monetarios externos e internos, directos o indirectos del Estado, que han originado para el uso del Crédito Público. - Definición según Gladys Elizabeth Monterrosa Velásquez de Morales: es el resultado de la utilización del crédito público, comprende una carga para la población que se exterioriza por medio del Presupuesto General de una Nación. Clasificacion de la Deuda Publica Para su estudio la deuda pública se clasifica en: - Deuda Pública Interna: es aquella que corresponde al crédito publico externo del estado y se caracteriza porque EL ACREEDOR DE ESTA DEUDA ES UN ESTADO, O
UNA ENTIDAD U ORGANIZMO EXTRANJERO, la cantidad total de la deuda y sus intereses son representados en la moneda del país acreedor - Deuda Pública Externa: Es la que se origina por el uso de Crédito Público Interno, significa que por lo tanto QUE LOS ACREEDORES SON PARTE DE LA POBLACION, que los mismos ciudadanos intervienen en la economía nacional. Deuda Pública Consolidada Es un tipo de deuda a largo plazo y proporciona al Estado deudor un periodo ma o menos largo de años para cancelarla efectiva. - La deuda consolidada se divide en a) Reembolsable b) Perpetua Deuda Pública Consolidada reembolsable: Llamada también REDIMIBLE Es la deuda consolidada a largo plazo y se concreta cuando el Estado deudor concreta el compromiso de devolver por parcialidades o en un periodo determinado el capital que recibió prestado y los intereses del mismo Deuda Pública Consolidada Perpetua Llamada también IRREDIMIBLE Es la deuda pública en la que cada Estado deudor no se obliga a devolver el capital, sino que únicamente a cancelar los intereses, toma sobre sí únicamente el peso que habrá de significarle el pago de los intereses de esta deuda, y por su parte los inversionistas reciben los títulos representativos de la parte de la deuda que han adquirido. EL ESTADO A SU VEZ, PUEDE IR CANCELANDO ESTA DEUDA SI ADQUIERE LOS TITULOS DE SU DEUDA PERPETUA.