Enfermería Derecho en Salud
CASO CLÍNICO
Tabla de contenido 1
Introducción .................................................................................................................. 3
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Caso clínico ................................................................................................................... 4
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Identificación del problema ......................................................................................... 5
4 Argumente porque es un problema lo detectado en su trabajo. Asocie su problema de salud a Leyes vistas en clases. .................................................................. 5 5 Existen protocolos de seguridad para prevenir este tipo de accidente o medidas de prevención. ..................................................................................................... 6 6 Asociar problema de salud con leyes existentes protocolos de seguridad para prevenir estos accidentes .................................................................................................. 6 7 ¿Cómo puede prevenir Usted como Futuro profesional de Enfermería este tipo de Problemas? ..................................................................................................................... 7 8
Conclusión ..................................................................................................................... 8
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Conclusiones................................................................................................................. 9
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Trabajos citados ...................................................................................................... 13
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Introducción
Nosotros como futuros profesionales del área de la Salud debemos cumplir ciertas Normativas y Leyes que nos rigen como profesión de Enfermería. En este informe se abordarán la Ley Nº 20.584. Esta Ley señala, que todos los pacientes tanto del sistema público como privado tiene derechos y deberes de acuerdo con las acciones vinculadas a su atención de salud, establecido en el Título II de la Ley de los Derechos y Deberes de los pacientes, además de las obligaciones y deberes del profesional de enfermería que emanan de su rol. Todos los pacientes que acudan a un centro de salud, ya se público o privado deben tener información oportuna y comprensible de su estado de salud. En este informe se expondrá un caso clínico en el cual llega un paciente al servicio de urgencias, con un diagnostico de accidente cerebrovascular (ACV), se puede apreciar que se vulnera por completo esta Ley, ya antes mencionada, al no infórmale y explicarle al usuario sobre su estado de salud. Unos de los derechos que se menciona en esta Ley es el derecho a tener información oportuna y comprensible de su estado de salud, es obligación del profesional que esta a cargo, infórmale por completo su estado de salud actual y todos los procedimientos que se harán con el fin de que el paciente este al tanto de las acciones que se realizarán. Además de educar en el procedimiento a realizar, explicar sobre sus riesgos, las ventajas, desventajas de cada intervención, otras alternativas y los efectos de no tratar la patología actual a tiempo. La información que se entrega debe ser clara y que el usuario entienda lo que se le explica, se debe usar un lenguaje comprensible y contestar todas las preguntas que tenga sobre lo que sucede. Esto debe ser antes de entregarle el consentimiento informado. Es por ello que cualquier profesional de área de la salud tiene el deber y la obligación de informarle al paciente su estado de salud. También el usuario esta en todo su derecho de aceptar o rechazar un tratamiento, todo esto a través del consentimiento informado que el médico le paso antes de informar sobre su estado de salud, limitando al paciente de decidir respecto de su propia salud vulnerando el derecho a tener información oportuna y comprensible de su estado de salud.
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Caso clínico
Caso Nº10 Ingresa al servicio de urgencias paciente Masculino de 55 años, orientado en tiempo y espacio, con pérdida de fuerza en la extremidad superior derecha, con dificultad para comunicarse debido a que presenta ``caída de comisura labial derecha´´ Al examen físico revela: Estado general regular, con cefalea, vómito y disminución de la agudeza visual. Hidratación buena, afebril, pulso 50 lpm presión arterial de 220/140 mm Hg. Piel normal, llene capilar normal, conjuntivas rosadas. Tórax N.E, corazón, N.E. pulmón N.E. abdomen blando depresible e indoloro. Se le realizan diversos estudios los cuales indican presencia de ACV Isquémico por lo que se decide realizar tratamiento trombolitica. El médico le entrega información a la familia, pero no al paciente, a quien solo le entrega consentimiento informado para firmar sin explicar en qué consistía el tratamiento.
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Identificación del problema
Se vulnera por completo la ley de Derecho y Deberes N°20.584 la cual estipula. “Artículo 1º. Esta Ley tiene por objeto regular los derechos y deberes que las personas tienen en relación con acciones vinculadas a su atención de salud. Sus disposiciones se aplicarán a cualquier tipo de prestador de acciones de salud, sea público o privado. Asimismo, y en lo que corresponda, se aplicarán a los demás profesionales y trabajadores que, por cualquier causa, deban atender público o se vinculen con el otorgamiento de las atenciones de salud.” (MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA, 2012) 4
Argumente porque es un problema lo detectado en su trabajo. Asocie su problema de salud a Leyes vistas en clases.
En cuanto al no explicarle al usuario sobre lo que le estaba sucediendo, es decir, el ACV. Vulnera por completo el derecho a la información sobre la patología. El derecho que paso a llevar fue el tener información oportuna y comprensible de su estado de salud, antes de entregarle el consentimiento informado. El profesional tiene la obligación y el deber además de educar en el procedimiento a realizar, explicar sobre sus riesgos, las ventajas de cada intervención, otras alternativas y los efectos de no tratar la patología actual. La información que se entrega debe ser clara y que el usuario entienda lo que se le explica, es por eso por lo que se debe usar un lenguaje comprensible y contestar todas las preguntas que tenga sobre lo que sucede. También el usuario esta en todo su derecho de aceptar o no aceptar un tratamiento, todo esto a través del consentimiento informado que el médico le paso antes de informar sobre su estado de salud. El paciente tiene el derecho solo aceptar, rehusar o detener un tratamiento en casos particulares como:
Haber sido informado sobre las consecuencias de no querer el tratamiento. Tener la capacidad de entender las consecuencias. Que se acorde a la decisión, es decir, consecuente con los deseos del usuario. Que la decisión sea tomada sin presión externa. En aquellos casos que el paciente no este en condiciones de tomar la decisión, si existen voluntades anticipadas, estas deben ser respetadas. De no ser así, es el representante (familiar) quien tomara la opción sobre el futuro de la salud. En todos los casos anteriores que no se cumplan estas condiciones, se velara siempre en beneficio del paciente.
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Existen protocolos de seguridad para prevenir este tipo de accidente o medidas de prevención.
Según lo establecido en el Título II de Derechos de las personas en su atención de salud parrafo 1º De la seguridad en la atención de salud, de la Ley Nº 20.584 de los Derechos y deberes de los pacientes, los protocolos aplicables al caso se puede considerar que fue pasado a llevar el protocolo para la aplicación correcta del consentimiento informado juntos a todas sus normalidades, ya que al existir un protocolo para estas situaciones es pertinente que el médico considere entregar toda la información de manera correcta y oportuna, así el paciente aclara sus dudas y mediante el razonamiento podrá aceptar y rechazar el procedimiento al cual será sometido. (MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA, 2012)
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Asociar problema de salud con leyes existentes protocolos de seguridad para prevenir estos accidentes
Dentro del conjunto de normas que hemos estudiado a lo largo de la cátedra de salud y derecho, se ha enfatizado de sobremanera en el conjunto o cuerpo normativo que da sustento a la reforma de salud, para dar a entender que es de vital importancia ser claro en los diagnósticos médicos. todo esto en razón de que cada persona es responsable de su propia salud y por consiguiente para hacer valer esa responsabilidad manifestada por la autonomía de la voluntad, se debe entregar esa información solo al destinatario o dueño de ese diagnostico, siempre y cuando su capacidad cognitiva o volitiva no se vea afectada por causas endógenas o exógenas. Todo esto está consagrado en la mismísima constitución política de la república de chile y en sus diversos corpus leges, decretos u ordenanzas que tengan capacidad vinculativa. En base a lo anteriormente señalado se puede desprender del caso que el médico está coartando la posibilidad del paciente de decidir respecto de su salud, siendo que no está privado de razón y su autonomía no se ve deteriorada por alguna causa externa o interna. Es por tal circunstancia que lo que debiese ocurrir es que el consentimiento informado debe ser explicado y entregado al paciente que padece de la patología y se encuentre ubicado en forma temporoespacial y no de la forma que se expresa el texto, solo a la familia, pasando por encima del paciente que es el fin último, el objeto de toda cuestión relacionada con su propia salud. Lo que se desprende del caso en concreto es el desprecio absoluto del artículo primero del reglamento del consentimiento informado el cual señala en forma expresa, que este debe ser proporcionado por el médico tratante, en forma oportuna y con toda la información que sea necesaria para que el paciente conozca de todos aquellos posibles riesgos, tratamientos y alternativas que podrían servir para ayudar a que el cliente logre recuperar o restablecer su salud. O en el caso que este quiera, no generar la instancia de un tratamiento especifico.
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¿Cómo puede prevenir Usted como Futuro profesional de Enfermería este tipo de Problemas?
A lo largo de nuestra formación profesional de enfermeros se nos a recalcado en reiteradas ocasiones que la atención de los pacientes debe ser integral y no solo enfocada en la patología, ya que existen otras necesidades ocultas que se pueden indagar mediante la observación y la comunicación verbal, teniendo en cuenta esto es necesario llevar a la practica dichas enseñanzas a la hora de pertenecer a un equipo multidisciplinario de atención. Nuestras intervenciones están ligadas directamente con el paciente, teniendo un contacto directo con ellos, al realizar diversos procedimientos, educaciones, entrevistas, etc. Por lo que es necesario considerar una especial atención al momento en el que el paciente necesita de nuestra ayuda para el motivo que se estime conveniente. Según el caso que se nos fue asignado se ven vulnerados los derechos del paciente, ya que según relata el caso el médico al momento de esclarecer la patología que tenia el paciente debe informar de manera clara y oportuna al usuario, pero este no es el caso, porque resalta que el médico solo entrega el consentimiento informado para ser firmado y así tener un respaldo para el medico de que supuestamente el paciente entiendo cual es su tratamiento y los pasos a seguir al momento de pasar la atención de salud. El médico debe prestar una atención integral así demostrar empatía y calidad al momento de atender un paciente, en el caso de que esto no se cumpla debe aparecer el rol de enfermería para aclarar las dudas que puede dejar el lenguaje técnico con el que explican la información médica, ya que como mencionaba anteriormente el enfermero es el profesional que se mantiene mas involucrado con los pacientes, siendo con quien logran tener mas confianza y generar un lazo al momento de realizar las atenciones. Generalmente como enfermeros nos mantenemos pendiente en el momento que el médico entrega algún tipo de información para el paciente o familia, así aclarar cualquier duda que pueda surgir de esa información, en el caso entregado el médico comete la infracción de no informar al paciente sobre su patología y el tratamiento que debe seguir, sabiendo que el paciente es la persona directa que debe recibir la información siempre y cuando se encuentre en condiciones de poder recibir la información, en un estado consciente y orientado. La solución como enfermeros puede ser el acompañamiento al medico en el momento que valla a realizar alguna entrega de información importante para el paciente, así se llega a olvidar de algún punto se le puede hacer acordar o también resolver algún tipo de duda que surja.
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Conclusión
Es de vital importancia cumplir con las normativas que nos rigen como profesión, la Ley Nº 20.584 sobre los Derechos y Deberes de los pacientes garantiza que todos los usuarios que acudan a un centro de salud, ya se público o privado deben tener información oportuna y comprensible de su estado de salud. Es obligación del profesional que esta a cargo, informar por completo su estado de salud actual y todos los procedimiento que se realizarán con el fin que el paciente este al tanto de las acciones que se llevarán acabo, no vulnerando ninguno de los derechos y deberes de los paciente. Todo paciente tiene el derecho a tener información oportuna de su estado de salud, información sobre el procedimiento que se realizará, sobre los riegos, las ventajas y desventajas de cada intervención y los efectos de no tratar la patología actual, como las posibles consecuencias en contra de la salud y secuelas funcionales graves. La información que se entrega debe ser clara y que el usuario entienda lo que se le explica, se debe usar un lenguaje comprensible y contestar todas las preguntas que tenga sobre lo que sucede. Esto debe ser antes de entregarle el consentimiento informado. Es por ello que cualquier profesional de área de la salud tiene el deber y la obligación de informarle al paciente su estado de salud. También el usuario esta en todo su derecho de aceptar o rechazar un tratamiento. todo esto a través del consentimiento informado que en el caso anteriormente expuesto fue vulnerado. Como se a mencionado, los profesionales del área de la salud, en especial el profesional de enfermería deben seguir ciertas normativas a fin de cumplir con su rol profesional y en el quehacer de enfermería, teniendo en cuenta que nuestra profesión esta ligada a un marco legal y jurídico con el fin de garantizar nuestro que hacer profesional otorgando el cuidado de la salud en todo el ciclo vital de las personas, familias, comunidad y su entorno, en las funciones de promoción, prevención y rehabilitación, generando seguridad y calidad en la atención de los usuarios.
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Conclusiones
Harold Garay La ley de deberes y derecho es el pilar fundamental de la atención de salud por parte de cada uno de los actores, es decir, tanto pacientes como profesionales. Debemos respetar la decisión y ante todo dar siempre la información certera y entendible al paciente antes de realizar cualquier procedimiento, como se señala en uno de los derechos. Pero también pacientes y profesionales están en la obligación de cumplir sus deberes. A cada usuario de la red, se le tiene que entregar ante toda técnica el consentimiento informado que respalda toda decisión sobre la propia salud del paciente ya sea en su beneficio o no. El profesional esta a cargo de entregar la información completa, sin emitir juicio. En el caso que no se pueda tomar la decisión el usuario será traspasado a un familiar directo, donde debe recibir la misma información con la misma veracidad, explicando los pros y los contras de aceptar o no el tratamiento. Todo esto siempre será velando por el mejor beneficio para el paciente.
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Rodrigo Paz El cumplimiento de todas las leyes, decretos y protocolos deben ser acatados por todos los profesionales de salud que desempeñen sus labores en la red asistencial pública y privada, ya que en ambos casos deben acatarlas. En el caso designado se pasa a llevar la Ley sobre “Derechos y Deberes” la cual esta diseñada para los profesionales y usuarios de la salud, según la problemática del caso el médico paso a llevar el derecho del paciente a recibir la información de su patología de manera clara y oportuna, el cual solo se enfoco en que firmaran el consentimiento informado para respaldar el procedimiento que se realizaría. Según detalla el caso el paciente estaba capacitado para recibir la información por lo que era pertinente que tuviera esa información, si por motivos de tiempo u alguna urgencia el médico debe retirarse y no alcanza a dar la información es justo que nosotros como enfermeros podamos entregar dicha información y así no dejar con un vacío al paciente, en el caso que el paciente este inhabilitado de poder comprender la información o firmar algún documento, se debe recurrir a la familia mas cercana para que se mantengan al tanto del estado de salud que mantiene el paciente y sobre todo cual es el conducto regular para los posibles procedimientos o derivaciones que tendrá el paciente.
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Jorge Adones Llevar a cabo el cumplimiento de las normas establecidas reflejadas en decretos y protocolos es esencial para poder cumplir con los dictámenes fijados por la ley, en consecuencia el destinatario de tal cumplimiento no es mas que el usuario que acude a los servicios sanitarios para ser atendido, debido a esto se puede desprender lo importante que es que el usuario conozca a cabalidad su condición de salud, a través de un diagnostico claro y completo respecto de la patología que lo aqueja y su consecuente tratamiento, entregando a la autonomía de la voluntad el papel que le es debido, en el caso en especifico no se vio reflejada esa obligación por parte del medico tratante, ni menos el derecho del paciente a ser informada en forma adecuada sobre su enfermedad. Todo esto no lleva a la conclusión de la importancia del interés general de las normas sanitarias respecto de los derechos y deberes de los pacientes, además de la vinculación propia médico-paciente.
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Francisco Herrera Cumplir con los reglamentos y estamentos es una obligación de cualquier profesional del área de la salud, cuyo fin es brindar una atención adecuada a cada usuario que asiste a un centro asistencial, otorgando la mayor claridad sobre su estado de salud. Como se menciono en este caso, el paciente fue vulnerado completamente, no siendo informado sobre su estado de salud, además solo se le entrega el consentimiento informado, para firmar sin explicar en qué consiste su tratamiento, lo cual no cumple con lo expuesto en Ley Nº 20.584 que alude a los Derechos y Deberes de los pacientes. Todo paciente tiene derecho a tener información oportuna de su estado de salud, con un lenguaje que el paciente entienda, a ser explicado todos los procedimientos que se realizarán, informar sobre su tratamiento ventajas, desventajas y las posibles consecuencias que tiene si no se le realiza a tiempo. Como se menciona en el caso clínico el paciente tenia todas las facultades de poder decidir sobre su salud, porque estaba ``orientado en tiempo y espacio´´, por lo cual se pasa a llevar la decisión del paciente. Es de suma importancia que tanto profesionales como usuarios cumplan sus derechos y deberes, con el único fin de brindar una atención de calidad al paciente, mejorando su estado de salud sin omitir información ni hacer juicios de valor.
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10 Trabajos citados SALUD, R. L. (2012). MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA. Obtenido de BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL DE CHILE/ BCN: http://bcn.cl/1uw7l
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