República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Ciencia y Tecnología. Universidad Nacional Experimental de la Gran Caracas. T.S.U. Trabajo Social. 6to Semestre. Deontología
DEONTOLOGÍA PROFESIONAL.
Profesor: Hernán Salazar
Estudiante: Arianna La Rosa C.I. 26.089.398 Caracas, diciembre de 2018.
Contenido Introducción ............................................................................................................. 3 Deontología profesional .......................................................................................... 4 Evolución Histórica .................................................................................................. 5 Código deontológico ................................................................................................ 6 Las profesiones ....................................................................................................... 7 Relevancia de la deontología en trabajo social .................................................... 7 Código deontológico en trabajo social .............................................................. 8 Relevancia de la ética en el periodismo ............................................................. 10 Conclusión............................................................................................................. 13
Introducción La deontología es una disciplina subsidiaria de la ética que se enfoca en las obligaciones morales que las personas tienen considerando como patrón de evaluación a la utilidad de las mismas. Así, desde esta perspectiva, aquello que es correcto y debe ser llevado a la práctica coincide con aquello que beneficie al mayor número de personas. La importancia de este enfoque en lo que respecta a la moral es su asociación con distintas actividades profesionales, significando con esto que es muy común apelar a estos principios para el desarrollo de una ética en lo que respecta a distintos desempeños laborales. Como es sabido, la ética es una orientación de la filosofía que tiene una larga trayectoria, remontándose a tiempos remotos. En efecto, ya los antiguos griegos han realizado famosos tratados que todavía tienen mucho que enseñarnos. Por ejemplo, podemos referir a la “Ética a Nicómaco”, obra de Aristóteles de gran trascendencia cuya influencia llegó a la Edad Media y de ésta a nosotros. Ahora, bien, estos trabajos que se enfocan en el hombre desde una perspectiva moral tienden a dejar de lado al contexto en muchas ocasiones. En este sentido, la deontología puede entenderse como un tratamiento de los mismos temas específicamente orientado a circunstancias más concretas, en particular, aquellas que guardan relación con el mundo profesional. A pesar de que la ética siempre ha sido un aspecto a considerar por el hombre, es también cierto que siempre ha sido un escenario controvertido y de debate. En efecto, el hombre desea ante todo hacer aquello que implica el bien, aquello que beneficia a sí mismo y a terceros, pero en ocasiones esta cuestión puede ser difícil de desarrollar. La deontología busca en este sentido brindar una perspectiva que se funde en el carácter de utilidad, perspectiva que en cada campo de la actividad humana deberá ser apropiadamente desarrollada. La deontología ha significado un campo de desarrollo de diversos protocolos de actuación en lo que respecta a actividades profesionales que tienen problemáticas que implican una evaluación ética que debe ser sucinta a un contexto particular. Así es como se van desarrollando formas de proceder que parten de un análisis de la utilidad máxima que se puede obtener con un determinado procedimiento. Es así como vemos que este campo teórico se ha afianzado en tratar de abordar problemas concretos a partir de concepciones filosóficas que los trascienden, concepciones que en algunos casos tienen una enorme cantidad de años.
Deontología profesional La deontología profesional es el conjunto de principios y normas éticas de comportamiento que regulan y guían una actividad profesional. Es una rama de la ética cuyo propósito es establecer los deberes y obligaciones morales y éticas que tienen que asumir quienes ejercen una determinada profesión. Se explicita en los llamados códigos deontológicos, habituales en ramas como la medicina o el periodismo, pero se extienden a cualquier otra disciplina en que se trate organizaciones humanas. Un profesional no sólo se mide por sus conocimientos, sino también por su conciencia y conducta. Con base en ello la deontología profesional ofrece unas normas de actuación caracterizadas por la responsabilidad de sus actuaciones. Éstas son muy útiles para el mundo profesional, sobre todo para profesiones con una elevada responsabilidad social, como los abogados, docentes, psicólogos, médicos; porque persigue un equilibrio entre la moral y la profesionalidad técnicocientífica. Las normas deontológicas, para que sean comprensibles, deben referirse a un grupo social y estar insertas en un contexto determinado en el que además es donde son obligatorias. La deontología, se encuentra a medio camino entre el Derecho y la moral. Las tres constituyen el orden normativo que regula el ejercicio de las profesiones. Se diferencia del Derecho en que el origen de la deontología profesional no es estatal, sino que emana del propio colectivo profesional, y desde una labor de autorregulación. Y de la moral en que la deontología tiene un carácter colectivo, no se basa en los principios individuales. De igual manera es importante destacar que no es lo mismo deontología que ética. La primera adopta una función de modelo de actuación en el área de una colectividad y la segunda hace referencia a la conciencia personal. La deontología son unos mínimos aprobados por los profesionales de un determinado colectivo profesional que, como ya hemos visto, quedan recogidos en unos códigos. En cambio, la ética, al no estar orientada al deber sino al bien, no puede ser exigible para un colectivo ni está recogida en ningún documento. La ética se centra en determinar y perfilar el bien de una determinada profesión y la deontología en definir cuáles son las obligaciones concretas de cada actividad. Son los colectivos profesionales los que se suelen encargar de redactar sus normas éticas y plasmarlas en un código deontológico para establecer los deberes mínimamente exigibles, con carácter vinculante entre sus miembros, en el desempeño de una actividad. Los códigos deontológicos cumplen tres funciones:
1. Establecer unos criterios científico-funcionales para el desarrollo de una profesión intentando potenciar la operatividad y eficacia. Función que han asumido actualmente otro tipo de instituciones. 2. Explicitar la dimensión estrictamente moral de una profesión, aquellos comportamientos exigibles a unos profesionales, aunque no estén delimitados jurídicamente, y recogerlos en códigos de deontología profesional. 3. Imponer sanciones disciplinarias a los colegiados que incumplan los deberes y obligaciones de los códigos deontológicos, siendo siempre menos graves que las relacionadas con el Derecho. En los casos de las profesiones que no requieren colegiación profesional, el incumplimiento de las normas deontológicas lleva aparejada una sanción similar a la que concierne a la vulneración de las normas morales como mala imagen pública, reproche, expulsión del grupo. En toda profesión deben existir unos controles sociales más o menos rigurosos que permitan exigir responsabilidades en relación con los actos. En el sector empresarial los valores éticos y las prácticas de transparencia contribuyen a mejorar la competitividad económica y a lograr un sostenimiento del entorno socioeconómico. Al igual que en otros ámbitos, en éste la deontología fija las reglas que hay que respetar en los procedimientos y en los comportamientos profesionales en relación con los clientes y con los socios. La deontología profesional suele estudiar normas con un fuerte arraigo en el pasado, pero no hay que olvidarse de la necesidad de seguir adaptándose a la sociedad actual. Ante situaciones nuevas que puedan surgir en la actividad profesional hay que crear o transformar nuevos deberes y obligaciones para regular lo que para ese caso concreto se venía aplicando.
Evolución Histórica El término deontología procede del griego: to deon (lo conveniente, lo debido) y logía (conocimiento, estudio…); lo que significa, en términos generales, el estudio o la ciencia de lo debido. El objeto de estudio de la Deontología son los fundamentos del deber y las normas morales. El concepto de deontología fue acuñado por Jeremías Bentham en su obra Deontología o ciencia de la moral, donde ofrece una visión novedosa de esta disciplina. Para Bentham, la deontología se aplica fundamentalmente al ámbito de la moral; es decir, a aquellas conductas del hombre que no forman parte de las hipótesis normativas del derecho vigente, aquellas acciones que no están sometidas al control de la legislación pública. Esto sugiere una de las intenciones de la redacción de los códigos deontológicos: explicitar la dimensión estrictamente moral de una profesión, aquellos comportamientos
exigibles a unos profesionales, aunque no estén delimitados jurídicamente, o quizá, por ello mismo. La primera alusión al término deontología la hizo Bentham en su obra Science de la Morale (París, 1832). Con ella quería dotar de un enfoque algo más liberal al concepto ética y convertir en un concepto laico el término, hasta entonces religioso, moral. En otras palabras, pretendía lograr la fórmula kantiana, esquivando la carga de subjetividad de la moral y la ética. En "Deontología o ciencia de la moral" busca el racionalismo, con un mecanicismo casi matemático con el que valorar los comportamientos por su utilidad. Sin embargo, el intento de Bentham por cambiar el contenido de la moralidad por un concepto más “aséptico” y menos valorativo, no logró esa transformación por el mero hecho de acuñar un nuevo término. Es decir, aun hoy, cuando nos referimos al término deontología, seguimos relacionando está con la ética y/o la moral. Bentham considera que la base de la deontología es el utilitarismo, lo que significa que los actos de las personas se consideran buenos o malos en función de la felicidad global que puedan generar. Según este marco teórico, el fin de una acción debe ser conseguir la máxima felicidad para el mayor número de personas. De este modo, toda acción que conduzca a ese fin, será aceptada como moralmente correcta.
Código deontológico El código deontológico es un documento que recoge un conjunto más o menos amplio de criterios, normas y valores que formulan y asumen quienes llevan a cabo una actividad profesional. Los códigos deontológicos se ocupan de los aspectos más sustanciales y fundamentales del ejercicio de la profesión que regulan. La profesión, asimismo, es una actividad ocupacional de un grupo de personas, organizado de forma estable, que reclama la exclusividad de competencia (con base en un proceso de capacitación teórico-práctica). Se caracteriza por compartir un conjunto de conocimientos especializados que interesan a la sociedad y que ponen al servicio de ésta, obteniendo así su modo de vida. Las normas dictadas en el código deontológico son previamente pactadas y aprobadas de manera común y unánime por todos los miembros de la profesión para las que se elaboran. Son, por tanto, pautas de conducta a seguir que tienen como objetivo cumplir con un adecuado trabajo y ayudar a que el conjunto de la sociedad que solicita los servicios de la profesión obtenga plena satisfacción ante la buena ejecución de la labor. Para velar por el adecuado cumplimiento del código deontológico de las distintas profesiones existe el Colegio Profesional, corporación de derecho público que
custodia el respeto a las normas comúnmente aceptadas por el conjunto de personas que conforman cada sector.
Las profesiones Relevancia de la deontología en trabajo social Cualquier intervención profesional, independientemente de la disciplina que sea, requiere acciones y actuaciones éticas. El Trabajo Social, el cual busca la mejora en la calidad y bienestar de las personas, no puede dejar al margen la ética. Los principios éticos han sido tratados desde los inicios del Trabajo Social por sus precursores, quienes hablaban de la asepsia y neutralidad de las intervenciones profesionales, de la autodeterminación de los usuarios/as del respeto a su intimidad, de la confidencialidad y el secreto profesional, de lo objetivo y subjetivo, de lo universal y particular, de lo operativo e inoperante, es decir, de la ayuda eficaz y efectiva (García, 2007). En la actualidad, la acción ética, desde la visión de la intervención profesional como desde el análisis de las normas y principios éticos de las instituciones públicas o privadas dónde cada vez más, los trabajadores sociales desarrollan su profesión, es objeto de reflexión y debate (García, 2007). Dada la importancia de la ética en Trabajo Social, así como en las demás disciplinas, se ve necesaria la regulación de la misma. Por ello, la deontología, la cual fundamenta la existencia de las organizaciones profesionales, sirve de guía para procurar la excelencia profesional y evitar la mala praxis (Consejo General del Trabajo Social, 2012). “En España, el primer código de ética publicado es el elaborado en 1989 por el Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Cataluña. En 1999, la asamblea general de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales aprobó el Código Deontológico de la Profesión de Diplomados en Trabajo Social” (Gómez, 2011, p.42). Como menciona García (2012), el código deontológico sirve de ayuda a los profesionales del Trabajo Social para tomar la mejor y más adecuada decisión ante una situación dada, de acuerdo con los valores socialmente aceptados. Sin embargo, en la práctica deontológica profesional no sólo es necesario tener dichos valores sino también las normas sociales que regulan las relaciones humanas en el contexto donde se actúa. En la práctica profesional, es necesario tener en cuenta los valores indivisibles y universales de dignidad humana, libertad e igualdad en los que está fundado el Trabajo Social, ya que en ellos se basa la misma, a través de los siguientes
principios recogidos en el Código Deontológico de Trabajo Social, elaborado por el Consejo General del Trabajo Social (2012) : Respeto activo, Aceptación de la persona, Superación de categorizaciones, Ausencia de juicios de valor, Individualización, Personalización, Promoción integral de la persona, Igualdad de oportunidades, de derechos, de equidad y de participación, Solidaridad, Justicia social, Reconocimiento de derechos humanos y sociales, Autonomía, Autodeterminación, Responsabilidad y corresponsabilidad, Coherencia profesional, Colaboración profesional e Integridad.
Código deontológico en trabajo social El Código Deontológico de Trabajo Social es una guía para los profesionales que sirve para resolver los conflictos éticos que puedan surgir a lo largo de la profesión y asegurar el buen ejercicio de ésta. Sus objetivos, entre otros, son:
Delimitar responsabilidades profesionales. Promover el incremento de los conocimientos científicos y técnicos. Definir el correcto comportamiento profesional. Evitar la competencia desleal. Mantener el prestigio de la profesión Perseguir el constante perfeccionamiento de las tareas profesionales. Atender al servicio a la ciudadanía y a las instituciones Valorar la confianza como factor importante y decisivo en las relaciones públicas. Servir de base para las relaciones disciplinarias.
Entre las funciones del trabajador y la trabajadora social se encuentran:
Información. Investigación. Prevención. Asistencia. Atención directa. Promoción e inserción social. Mediación. Planificación. Gerencia y dirección. Evaluación. Supervisión. Docencia.
Coordinación
Dentro del Código Deontológico hay cuatro capítulos, con un total de 59 artículos, en los que se recogen los derechos y deberes de todos los trabajadores y trabajadoras sociales en el ejercicio de su actividad profesional. En esta entrada se habla de los principios generales de la profesión que corresponde al Capítulo II del Código. El Artículo 7 establece que “el Trabajo Social está fundado sobre los valores indivisibles y universales de la dignidad humana, la libertad y la igualdad tal y como se contemplan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las instituciones democráticas y el Estado de Derecho. En ellos se basa la actuación profesional, por medio de la aceptación de los siguientes principios”. Principios básicos:
Dignidad: la persona tiene valor en sí misma. Libertad: la persona realiza todos los actos sin coacción ni impedimentos. Igualdad: todos tenemos los mismos derechos y deberes compatibles.
Principios generales:
Respeto activo a la persona, al grupo, o a la comunidad como centro de toda intervención profesional. Aceptación de la persona en cuanto tal con sus singularidades y diferencias. Superación de categorizaciones derivadas de esquemas prefijados. Ausencia de juicios de valor sobre la persona, así como sobre sus recursos, motivaciones y necesidades. Individualización expresada en la necesidad de adecuar la intervención profesional a las particularidades específicas de cada persona, grupo o comunidad. Personalización exige reconocer el valor del destinatario no como objeto sino como sujeto activo en el proceso de intervención con la intencionalidad de derechos y deberes. Promoción integral de la persona, considerada como un todo, desde sus capacidades potenciales y los múltiples factores internos y externos circunstanciales. Supone superar visiones parciales, unilaterales, así como integrar la intervención a través de la inter profesionalidad. Igualdad de oportunidades, de derechos, de equidad y de participación. Solidaridad, implicarse en el logro de una sociedad inclusiva, y la obligación de oponerse a las situaciones sociales que contribuyen a la exclusión, estigmatización o subyugación social. Justicia social con la sociedad en general y con las personas con las que se trabaja, dedicando su ejercicio profesional a ayudar a los individuos, grupos
y comunidades en su desarrollo y a facilitar la resolución de conflictos personales y/o sociales y sus consecuencias. Reconocimiento de derechos humanos y sociales y su concreción en el ejercicio real de los mismos. Autonomía ejercida desde la confianza en las capacidades propias de los profesionales, sin coacciones externas. Autodeterminación como expresión de la libertad de la persona y por lo tanto de la responsabilidad de sus acciones y decisiones. Responsabilidad y corresponsabilidad con la persona usuaria, con todos los sujetos que participan en la intervención profesional y con las instituciones. Coherencia profesional conociendo y respetando el proyecto y la normativa de la institución donde trabaja. Colaboración profesional de manera activa, constructiva y solidaria en relación con los/las otros/as profesionales que participan en la intervención profesional con la persona usuaria. Del mismo modo en lo referente a la autoorganización de los/as profesionales del trabajo social en sus estructuras organizativas colegiales. Integridad exige del profesional no abusar de la relación de confianza con la persona usuaria, reconocer los límites entre la vida personal y profesional, y no aprovecharse de su posición para obtener beneficios o ganancias personales.
Se exponen estos artículos ya que se considera que en muchos de ellos los trabajadores sociales pueden llegar a experimentar conflicto y que no es tan fácil como parece, por ello es importante conocerlos y saber cuáles son nuestras limitaciones para que nuestra práctica profesional sea lo más eficaz posible.
Relevancia de la ética en el periodismo La espina dorsal de la que subyacen todas las críticas del periodismo es que este ha dejado de cumplir con su función principal y propia, es decir, acercar a los ciudadanos la información necesaria para que puedan tomar mejores decisiones, orientarse en la vida pública, conocer aquello que no pueden vivir de forma directa y controlar a quienes ejercen el poder. A lo que hay que sumar, que lejos de garantizar la salud del sistema democrático, la práctica periodística estaría incluso poniéndolo en la cuerda floja. No es de extrañar, por tanto, que denunciar la crisis del periodismo, e incluso, pronosticar su desaparición como lo conocemos, sea algo habitual. Se llega afirmar que la profesión periodística se transformaría en una rama del espectáculo y hasta su disolución en los beneficios de una tecnología que permitiría la "autoinformación".
El periodismo presenta hoy en día una apariencia irreconocible, se ha convertido en una actividad "ensanchada", que abarca con su nombre a varias funciones vinculadas con la información, pero que suponen perfiles y productos periodísticos muy diferentes (entretenimiento, política). Por este motivo, las formas de relatar los acontecimientos y el lenguaje periodístico resultan insuficientes, o peor aún, esconden o distorsiona la realidad. El catedrático de Periodismo de la Universidad de Valencia Gómez Mompart asegura que “las maneras que hasta ahora habían servido a los periodistas más competentes y a los medios de información más serios para explicar el mundo están parcialmente oxidadas”. En este contexto Gómez Mompart asegura que "precisamos un periodismo que se ponga al día, un periodismo capaz de explicar un mundo más complejo, una realidad menos aparente, unos problemas complicados pero resolubles, unas aspiraciones sociales legítimas e inexcusables. Y todo eso no puede hacerse con una enseñanza periodística envejecida, con unos géneros y formatos anquilosados, con un léxico y un lenguaje tópicos, con unos mimetismos rancios ni tampoco con un inmovilismo empresarial y profesional". La materia prima del periodismo es, altamente sensible y frágil, y motivo de disputa de los poderes públicos, se trata pues de una mercancía valiosa. Es, principalmente, un bien público, es decir, aquel que corresponde a todos los ciudadanos por el solo hecho de serlo, por lo que se encuentra al mismo nivel que la educación, la salud o la justicia. Pero esto es así, según Bettetini y Fumagalli, siempre y cuando la información sea "verdadera y en algún modo esencial, mientras que toque temas relevantes, aquellos sobre los cuales es necesario decidir, tomar partido, tanto en el ámbito público como en el privado". La ética Está de este modo vinculada a la práctica del periodismo ya que como se ha dicho antes, si se concibe a la información como un bien público, cuya circulación libre y contenido veraz e independiente garantizan la vida democrática de una comunidad, el manejo responsable de esta sensible materia prima es condición de la actividad periodística. Los ciudadanos son los encargados de juzgar tanto a periodistas como a medios, ya que ante ellos deben dar cuenta de la responsabilidad que contrajeron con la sociedad al hacerse cargo de la tarea de buscar y difundir información. Se trata de un deber constitucional. Sin embargo, los principales dilemas éticos de los periodistas no están ya en los valores que se enumeran en los códigos deontológicos. Por ejemplo, la libertad de expresión puede considerarse un valor reconocido, al menos legislativamente, en la mayoría de los países democráticos del continente. Por el contrario, los problemas éticos fundamentales son de origen interno y derivan de la inédita crisis de identidad que atraviesa la profesión. Tantos condicionantes, favorecen que los periodistas eviten la reflexión, y se limiten a cumplir la tarea con el único fin de retener el puesto de trabajo; en consecuencia,
renunciar a su responsabilidad social y seguir erosionando el único capital capaz de protegernos en épocas turbulentas: la credibilidad de los ciudadanos. Más que un código deontológico del periodista general, más que una declaración de principios, los periodistas necesitan en la actualidad incorporar una conciencia ética y un convencimiento sobre las implicancias que tiene la tarea de informar, que oriente el trabajo cotidiano y hacer frente a las presiones a las que la profesión está sometida. Este sentido ético para la práctica cotidiana solo sería posible si se desarrolla y se comparte y discute con los colegas. Intercambiar experiencias y debatir los dilemas éticos sería poner en marcha una práctica saludable, que los periodistas suelen dejar de lado, como reflexionar sobre la profesión. La ética debería ser considerada el valor inamovible en un tiempo de inestabilidades que parecen haberse vuelto la regla, pues no hay que olvidar, que por definición, la ética profesional está constituida por el conjunto orgánico de derechos y obligaciones morales, deriva sus finalidades y normas específicas, de la condición básica de persona en armonía con los anexos que implican exigencias del bien común. El objetivo de la ética en el terreno de la práctica profesional, es principalmente, la aplicación de las normas morales, fundadas en la honradez, la cortesía y el honor. La Ética tiene entre otros objetos, contribuir al fortalecimiento de las estructuras de la conducta moral del individuo.
Conclusión Al hablar de la ética profesional se busca que la labor de un profesional esté ligado a ayudar a la comunidad y al progreso su país, mediante la aplicación de todos los valores y virtudes posibles que hagan de un profesional competente, que al fin y al cabo eso importa, cuando uno pasa tantos años en centros educativos de formación superior estudiando materias relacionadas a su profesión, no es consiente que en el campo laboral la ética profesional hará la diferencia de la basta competencia que actualmente existen hay muchos caminos por los cuales andar, pero es solo la decisión de uno y la responsabilidad de uno mismo el cómo actuar en el futuro, teniendo en cuanta que todo tiene una consecuencia$ La ética en los futuros profesionales debe consistir en desarrollar el conocimiento, la habilidad, la sensibilidad y la voluntad, la formación ética de un profesional no se basa en que este estudie ética, si no que se haga ético en su compromiso social. Los profesionales deben tener sus valores éticos intactos en cualquier lugar y momento.
Bibliografía Consejo General del Trabajo Social (2012). Código Deontológico de Trabajo Social. Recuperado de: http://www.comtrabajosocial.com/paginas/codigo-dentontologico/ García, B. (2007). Los profesionales del Trabajo Social y la ética profesional ante los nuevos retos y necesidades sociales. Humanismo y Trabajo Social, 6, 173-188. Gómez, R. (2011). Códigos deontológicos e ideología en trabajo social. ZERBITZUAN, 50, 41-46. Guillermo Gonález (2014) Deontología del Profesional - Ética profesional. Disponible en: http://www.deontologia.org/deontologia-del-profesiona.html Irene Fernández; Fernando Sánchez (s.f.) Deontología Profesional. Disponible en: http://diccionarioempresarial.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params= H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAASNjQ0tjtbLUouLM_DxbIwMDS0NDA1OQQGZa pUt-ckhlQaptWmJOcSoAmUuXDzUAAAA=WKE Patricia Gómez (2015) Código Deontológico. Disponible http://eticats2015.blogspot.com/2015/05/codigo-deontologico.html
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