ARTICULO 12. DERECHOS 1. Conocer en forma oportuna y permanente el resultado de las evaluaciones, así como analizar los resultados con sus docentes; pedir revisión de evaluaciones o un segundo calificador por intermedio de la comisión de evaluación y promoción 2. Disfrutar del periodo de descanso, recreo o sano esparcimiento. 3. A participar e ingresar a clase, actos culturales y/o deportivos, programados por la institución. 4. A recibir estímulos, reconocimientos y consideraciones especiales, por su participación en actos académicos, culturales, deportivas y/o sociales, donde su presencia resalte el buen nombre de la institución. 5. Resolver con oportunidad y justicia los conflictos, individuales y colectivos que presentan miembros de la comunidad, mediante el dialogo y la conciliación. 6. A formar parte de los comités existentes en la institución. 7. A recibir puntualmente las clases y los actos programados. 8. A que se cumplan y respeten sus garantías y derechos constitucionales, legales, reglamentarios y del Manual de Convivencia. 9. A ser tratado con un lenguaje preciso, cortes, libre de expresiones bruscas o vulgares. 10. A un ambiente de armonía, solidaridad, colaboración, acogida, sinceridad, lealtad y respeto entre docentes, estudiantes y padres de familia. 11. A que se respeten las pertenencias. 12. A conocer, reflexiones y participar en la elaboración de la propuesta educativa. 13. Amar y disfrutar de la naturaleza. 14. Conocer la realidad económica, política y social del país.
15. A una identidad institucional, que identifique, de otros centros educativos con un uniforme, conociendo los parámetros de porte, uso y finalidad formativa de él. 16. De uso, goce y disfrute de los muebles, materiales, institucionales y otros bienes y dependencias institucionales. 17. De recibir clases.
ARTÍCULO 13. DEBERES 1.1. RELATIVOS A LA CONDUCTA: 1.1.1. Cumplir la Constitución Política de Colombia, las leyes y reglamentos. 1.1.2. Respetar los valores patrios, sus símbolos y las autoridades democráticamente constituidas. 1.1.3. Dar buen uso y procurar el mejor aprovechamiento de los recursos ofrecidos por la institución y la familia. 1.1.4. Cuidar y conservar los muebles y enseres, mantener limpias las paredes, pupitres, tableros, unidades sanitarias, velar por la decoración y participar en el aseo, presentación y organización de todas las dependencias. 1.1.5. Respetar a los integrantes de la comunidad educativa y personal de apoyo tanto en palabra como en gestos, acciones y en sus opiniones dentro y fuera de la institución. Preferir la conciliación de toda contradicción o conflicto entre los miembros de la comunidad educativa. 1.1.6. Respetar lo ajeno. Devolver lo prestado y pagar las deudas con traídas con cualquier miembro de la comunidad educativa. 1.1.7. Avisar oportunamente a la instancia que corresponda sobre situaciones de peligro, daño, hurto y actos inmorales o de mal comportamiento por parte de compañeros, personal de la institución o personal ajeno a ésta. 1.1.8. Tener un comportamiento moral y social en la institución y fuera de ella expresado en el respeto a la dignidad humana y a la vida. La comunidad educativa no admite conductas de Prostitución, alicoramiento, drogadicción (se prohíbe el porte, consumo y expendio de sustancias psicoactivas), satanismo, prácticas espiritistas o supersticiosas, participación en pandillas o grupos al margen de la ley o cualquier otro comportamiento que atente contra la integridad física, las buenas costumbres y la moral de la persona. 1.1.9. Informar oportunamente a sus padres o representante de las citaciones, informes o comunicaciones escritas y/o verbales enviadas por cualquier estamento de la Institución Educativa Técnica “Joaquín París”.
1.1.10 Colaborar con las actividades que en la institución se presente para el mejoramiento físico de la misma.