Corte Inter American A De Derechos Humanos

  • Uploaded by: renierd11298
  • 0
  • 0
  • November 2019
  • PDF

This document was uploaded by user and they confirmed that they have the permission to share it. If you are author or own the copyright of this book, please report to us by using this DMCA report form. Report DMCA


Overview

Download & View Corte Inter American A De Derechos Humanos as PDF for free.

More details

  • Words: 705
  • Pages: 12
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO: “BARRIOS ALTOS” Chumbipuma Aguirre y otros vs.

RENIERD RIOS GOMEZ(*)Este trabajo, se elaboró como parte del curso de Der

HECHOS • La noche del 3 de noviembre de 1991 en medio de una pollada en el inmueble ubicado en el Jirón Huanta Nº 840. Aproximadamente a las 23:30, 6 individuos armados y encapuchados entraron a dicho inmueble. • Los atacantes ordenaron a los asistentes de la reunión a tenderse en el piso, donde les dispararon indiscriminadamente matando a 15 de ellos

• Producto de la investigación policial y periodística se identificó como responsables a agentes de inteligencia (grupo “Colina”) • Bajo estas circunstancias el Congreso del Perú dictó la Ley de Amnistía 26479, para militares dentro del periodo de 1985-1995. • La Jueza del caso, se negó a aplicar dicha Ley, por contravenir Tratados de Derecho Humanos. • El Congreso dicta una segunda Ley de Amnistía (26492), dirigida a interferir -directamentecon las

PROCEDIMIENTO ANTE LA COMISIÓN Coordinadora Nacional de DDHH 30/JUN/95

21/JUN/96

Audiencia (I)4/MAR/97 Audiencia (ii) 9/OCT/97

ESTADO PERUANO

COMISIÓN Inicia procedimiento 28/AGO/95

7 /MAR/2000 Se aprueba el Informe Nº 28/00 Que determinaba al Estado Peruano a dejar sin efecto la Leyes de Amnistía

29/MAY/1996

7 /MAR/2000

ESTADO PERUAN O

9/MAY/ 2000 ¡JUSTIFICA LAS LEYES POR SER EXCEPCIONALES!

10 /MAY/2000

CIDH

PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE 28/AGO/95 Inicia procedimiento

COMISIÓN

CIDH Toma conocimiento el 8 /JUN/2000

14/AGO/2000 se notifica

ESTADO PERUANO 24 /AGO/2000 Devuelve.

El 12 /NOV/2000 NOTA DE LA PRESIDENCIA: Señalando que: “ La

decisión es inadmisible ”

Secretario General de la OEA

En razón, a que el 8/JUL/1999 El Congreso del Perú aprobó el retiro de la Competencia Contenciosa de la Corte

PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE

CIDH

23/ENE/2001 restablece para el Estado peruano la Competencia Contenciosa de la CIDH El 19/FEB/ 2001 reconoce su responsabilidad internacional en el caso

ESTADO PERUAN O

14/MAR/2001 Audiencia Pública : el Estado peruano se ALLANA(*)

(*) Este allanamiento ocurrió bajo la fórmula de reconocimiento de la respons

TEMAS DE FONDO: (i) INCOMPATIBILIDAD DE LEYES DE

• Las leyes(*) de autoamnistía carecen de efectos jurídicos y no pueden representar un obstáculo para la investigación de los hechos ni para la identificación y el castigo de los responsables. Antônio A. Cançado Trindade en su voto concurrente dice: “[L]as leyes de autoamnistía, [en cuanto] su legalidad en el plano del derecho interno, al conllevar a la impunidad y la injusticia, [se encuentra] en flagrante incompatibilidad con la normativa de protección del Derecho Internacional de los

    (*) Véase la OPINIÓN CONSULTIVA OC-6/86 DEL 9 DE MAYO DE 1986. LA EX

TEMAS DE FONDO: (i) INCOMPATIBILIDAD DE LEYES DE • La jurisprudencia de la Corte señala respecto de las Leyes de autoamnistia: “[L]as mencionadas leyes carecen de efectos jurídicos y no pueden seguir representando un obstáculo para la investigación de los hechos que constituyen este caso ni para la identificación y el castigo de los responsables, ni puedan tener igual o similar impacto respecto de otros casos de violación de los derechos consagrados en

TEMAS DE FONDO: (ii) EL ALLANAMIENTO Y LA COMPETENCIA DE LA CORTE

• El Estado peruano al recuperar el Estado de Derecho, se allanó, sin embargo, la Corte no dejó de pronunciarse sobre el fondo. • En este sentido Antônio A. Cançado Trindade en su voto concurrente refiere: “La Corte, en cualesquiera circunstancias, e inclusive en casos de allanamiento, tiene plena facultad para determinar de motu proprio las consecuencias jurídicas de dichos hechos lesivos, sin que dicha determinación esté condicionada por los términos del

CONCLUSIONES • La Sentencia de la Corte marca un importante precedente internacional de inadmisibilidad de leyes de amnistía, frente a violaciones graves de derechos humanos(*). • Asimismo, Las leyes de autoanmistia constituyen un obstáculo al derecho a la verdad.

(*) En efecto, esta Sentencia ha servido como precedente importante para la

CONCLUSIONES • Las Leyes de autoaministia adoptadas por el Perú, vulneraban los artículos 8.1 (Derecho a ser oído) y 25 (Garantías judiciales) de la Convención. • De otro lado, producto de la relevancia del caso, la Corte puede pronunciarse sobre el fondo a pesar de existir allanamiento, como en el presente caso.

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO: “BARRIOS ALTOS” Chumbipuma Aguirre y otros vs.

RENIERD RIOS GOMEZ28/11/2008

Related Documents


More Documents from "ADRIANA GONI GODOY"