Colombia, Medicina Legal - Homicidios2002

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Mujer y fantasma cruzando un río de sangre. Óleo / madera, 1999.

LESIONES INTENCIONALES

Autorretrato dibujando un asesino. Óleo / tela. 1.50 x 1.50 mt., 2000.

CARACTERIZACIÓN DEL HOMICIDIO EN COLOMBIA Homicides Luz Janeth Forero M. Epidemiologist Forensic Doctor Chief National Reference Centre of Violence During 2002, the Colombian system of Forensic Medicine, registered 28.534 homicides which are 71% of the violent deaths. The death rate by this way was 65 homicides for every 100.000 inhabitants. This index has shown an important decrease since the 90s when it was higher than 85 homicides for every 100.000 Men preferable are involved in most of cases of violence, except for sexual attacks and familiar violence, where exists a balance among men, children and women. Last year 92% of the homicides were committed against men, especially those between 18 and 44 years, population which has affecting and economic link so their families are violence victims as well. Homicides made last year more than a million of years potentially lost (AVVP from the Spanish, working years in English). Most homicides were committed in public places ( streets, bares, nightclubs and abandoned backyards) reaching about 73%, as well as this 46% of the cases there was no information about the criminals and 42% it was an unknown their causes were not known either in more than 50%, revenge was 15.7%, robbery 4.6%. Public force and armed conflict was 7.1% which meant an increase of 5.2% related to the year before. En el commitment of any kind of violent act, is usually found a device which makes easier the surrender of the victims, for homicides there is a relationship between device lethality and the quantity of acts committed with it, so guns were used in the 86% of the cases, followed by sharp arms (knives) with 8.6%. As we see homicides in Colombia happen in several contexts, from death in a family as a result of familiar violence to deaths of either civil or soldiers related to the security problem which the country faces currently, as well as this the terrorism with its implications such as lack of security in public places where the people are supposed to feel safe.

Introducción

El homicidio se presenta en la vida del hombre como consecuencia extrema de los problemas de seguridad y convivencia mal resueltos, fenómeno al que no escapa la realidad interna colombiana, generando por su carácter irreversible erosión en la riqueza humana de la nación y deterioro de la percepción objetiva y subjetiva en materia de seguridad.

Planteado de esta manera, más como problema social que como delito, es innegable la relación que guarda el homicidio con las dinámicas de interrelación de los seres humanos en su colectividad, con el ejercicio de la pluralidad, el reconocimiento de la diversidad y el derecho de los otros. El homicidio, como expresión extrema de la violación del derecho a la vida, encuentra sus motivaciones o factores desencadenantes en la pugna diaria de emociones e intereses y la clave de su protección puede estar en la educación y en velar por el resarcimiento o restauración oportuna de otros derechos que han sido vulnerados. Las anteriores consideraciones hacen que el desarrollo de este capítulo se hilvane desde la fecundidad de producción normativa tutelar de derechos, pasando por la inoperancia de la misma, hasta esbozar a manera de conclusión, adherida al carácter primario del derecho que se trata, la necesidad de acudir a la educación proyectada a la autorregulación para controlar un fenómeno frente al que parece haber llegado el estancamiento de los resultados esperados para las medidas de control.

LUZ JANETH FORERO M. Médica Epidemióloga Jefe CRNV

Marco conceptual

En la actualidad, día a día se tutelan nuevos intereses. Por esta razón,

se acude a la costumbre como fuente natural del Derecho. Así como la costumbre está sujeta a variar en el tiempo, de la misma manera, los comportamientos que en relación con ella hoy se toman como punibles, en el futuro pueden ser asumidos como normales y estar alejados de la tipificación penal. A partir de la conjugación del visto bueno de la sociedad en abstracto con el del sujeto pasivo en concreto (titular del bien jurídicamente tutelado), se lleva a cabo el ejercicio de sopesar los derechos o intereses que entran en pugna, y se decide favorecer aquel que en ese momento tiene una mayor importancia, lo que hoy día, se lleva a cabo a la luz de los preceptos constitucionales, puesto que se supone que no debe existir delito o contravención alguna, que vulnere un derecho contemplado en la constitución o en la norma, pero aún existen ciertas conductas que son rechazaEn otras palabras, lo bueno das, a pesar de no generar conmoción social o de que o lo malo, lo grave o lo leve, a la luz del derecho penal no se percibe el daño inmediato que estas generan.

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son relativos; de allí que se deba trascender el Derecho y emplear otro referente, la ética fundada en las virtudes, el respeto a lo humano y llegar al entendimiento de que en esta órbita no existen conductas que se puedan interpretar a tono con la conveniencia particular.

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El Derecho aparece entonces como un invento humano en el seno del Estado, justificado por la necesidad de establecer reglas para la convivencia social, ámbito en el cual las creaciones humanas son presentadas para obtener el propio reconocimiento. Por eso es posible describir comportamientos humanos como nuevas conductas punibles o excluirlos de esta categoría.

Retomando la utilidad de las normas como reguladoras de los comportamientos sociales, en escala descendente se ubicarían los delitos, seguidos de las contravenciones y finalmente las conductas no penadas, irrespetuosas de los derechos ajenos, desde las cuales con facilidad se puede escalar, de manera inversa, hasta la conducta punible. Por esta razón, actuar pensando en la forma como se afecta a los demás, bien puede considerarse como un fundamento de la convivencia pacífica; la valoración previa que se haga sobre la moralidad del comportamiento, debe condicionarlo. Son múltiples las prácticas que a diario se ejecutan a pesar de que algo interiormente parece indicar al autor que son indebidas y no en pocas ocasiones ni siquiera hará presencia tal advertencia moral, porque la persona se ha desarrollado en un ambiente en el cual jamás le inculcaron que estaba mal o precisamente esto era lo cotidiano y su costumbre lo hace ver como correcto o aceptable. En esta instancia se hace necesario anotar que las prácticas socialmente deseables deben ser

Del homicidio como crimen

transmitidas y hacer parte de la educación. A manera de ejemplo, si el individuo carece de toda posesión le es mucho más difícil reconocer y respetar el derecho a la propiedad de otros individuos, pero incluso algo común a todos, como la vida, puede llegar a desdibujar su real valor y carácter en un ambiente que privilegie al más fuerte y haga dudar del derecho que se tiene a vivir, llegando incluso a asumir una actitud de librar al azar la propia existencia, renunciando a la esperanza de un futuro. Las instituciones de educación, especialmente las de preescolar, básica y secundaria, más allá del desarrollo de aptitudes, habilidades y destrezas en los educandos y de impartirles conocimientos del saber humano, cumplen con otra tarea que puede resultar aún más importante y es la transmisión de los valores de la cultura a la que se pertenece, a través de la formación cívica, en especial ahora cuando la familia tiende a adoptar una forma en la que cada uno de sus componentes es más independiente, con un menor grado de interrelación. La formación cívica se debe traducir en civilidad, es decir, el comportamiento propio de una sociedad democrática, la cual ha sufrido transformaciones a partir de la figura republicana de un Estado de Derecho a la de Estado Social de Derecho, con cambios intrínsecos importantes, implicando que los valores que en el primer modelo se privilegiaban como cívicos y necesarios para el mantenimiento del Estado, se sumen a otros propios del mundo contemporáneo en el segundo, haciéndose más universal, trascendiendo fronteras y considerando globalmente el género humano. De tal manera que no basta con los valores propios de la cultura a la cual se pertenece ni con salvaguardar las instituciones estatales, se trata ahora de comprender la complejidad de lo humano. De hecho, el país se desenvuelve entre una tradición política propia, marcada por matices culturales y signada por la violencia y una apertura al mundo imparable, que privilegia el individualismo instrumental. Si fuera posible quedarse solo con el primero de estos elementos, la formación cívica contaría con la opción de dictar postulados de comportamiento deducidos de la propia realidad y pretender que el acatamiento de los mismos fuera lo necesario para garantizar una mejor convivencia futura del país, dejando de sancionar conductas que al ser ejecutadas parecen que no reportan algún beneficio inmediato. Sin embargo, no es posible dar la espalda a las demás naciones que comparten y componen el planeta, las cuales, como en la unidad más pequeña de la sociedad, reclaman derechos, defienden posiciones o las imponen si su poder así se los permite. Al mundo, gracias a los avances tecnológicos, se accede de múltiples maneras y en forma casi ilimitada, exponiendo a los individuos a formas de organización política y cultural diversas, que no siempre guardan relación con las que se viven en el país, generando en ellos una visión mucho más amplia, que no en pocas oportunidades los hará dudar de sus convicciones o los enfrentará a parámetros culturales que chocan con los habituales de su entorno.

Juan Ignacio Cardona Giraldo Filósofo C RNV

La acción de matar puede entenderse desde múltiples contextos, y según los mismos puede pensarse igualmente en múltiples implicaciones de diferente índole. De aquí que, cuando se refiere este acto con el término homicidio, necesariamente se está comprendiendo esta última acción en la dinámica del crimen y el castigo. Por otra parte, autores como Malinowski desde la etnografía, Eric Weil desde la filosofía política y el mismo Ten desde la ética aplicada, coinciden en afirmar que la palabra crimen no tiene un significado unívoco; y que de hecho, para podernos realizar una representación de la misma, es decir, para poder hacernos a una definición del crimen, necesariamente necesitamos tener como referente un acto concreto, figurarnos un hecho en particular para así, posteriormente, observar las reacciones que suscita dicha representación en la comunidad interpelada, o como diría Eric Weil: “no hay moralidad concreta fuera de una situación 1 concreta” .

MUJER EN

PEDAZOS Y FANTASMA DE GUERRA.

ÓLEO /

MADERA,

1999.

La Constitución Política Nacional y el Código Penal, entre otras posibles disposiciones jurídicas para citar, han acatado tendencias mundiales, reconociendo la dignidad humana como fundamento de las instituciones y parámetro que guía su interpretación, incluyendo en su contenido comportamientos que aún parecen ajenos y un tanto intrascendentes frente a la problemática de violencia que vive el país. De esta manera se establecen delitos como la manipulación genética, fecundación y tráfico de embriones humanos, tráfico de personas, acceso abusivo a un sistema informático, turismo sexual, entre otros. No basta, en este orden de ideas, con pretender que todos los derechos se encuentran contemplados en las disposiciones propias del Estado o en la organización que un pueblo ha querido darse a través de su Constitución y que en virtud del principio de necesidad de la sanción penal, esos derechos humanos que se encuentran en la Carta Política y que representan bienes jurídicos, se hallen tutelados a través de disposiciones del derecho penal sustantivo. Así, frente a conductas punibles que respaldan, mediante la amenaza de sanción o la imposición de la misma, derechos con rango constitucional, hay una doble dificultad. Por un lado, educar para entender el por qué de la prohibición de tales comportamientos y, por otro, hacerlo para eventualDe esto la Constitución hace un reconocimiento expreso, mente comprender otros, que aunque no tipificados cuando en el artículo 94 como conductas punibles, tienden al reconocimiento afirma: “la enunciación de los y respeto de la persona humana, llegando a la derechos y garantías contenidos en la Constitución autorregulación basada en la razón y no como resy en los convenios puesta a la coerción. internacionales vigentes, no

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debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona humana, no figuren expresamente en ellos”.

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Es claro que en medio de la globalización, los ciudadanos se pueden ver avocados a reconocer como válidas conductas que no comprenden o comparten. Existe entonces la posibilidad de generar certeza entre los ciudadanos acerca de las prácticas que evidentemente son lesivas a los derechos, como matar, “con respecto” a la vida, y dejar así de lado conductas que no representan tan claramente el daño que causan porque no afectan intereses inmediatos, tangibles o particulares. Sin embargo, esta opción supone negar la vida como fuente y receptora de los demás derechos, aislarse culturalmente, proteger de forma exclusiva los intereses nacionales dando la espalda a los mundiales, actitud más que inconveniente para cualquier país del mundo y realmente nociva para la existencia humana. La práctica educativa para la civilidad deberá entonces erigirse en dos pilares: uno, el aprendizaje de aquellos comportamientos que normativamente están limitados, es decir, el respeto a la ley, y el otro, el desarrollo de la capacidad reflexiva, para poder enfrentarse a

diferentes formas de apreciar la vida, a los múltiples intereses de tipo particular y, entre ellos, privilegiar los que resulten de utilidad para la vida en comunidad, ámbito en el que se respetan los derechos ajenos y se limita la conducta propia con el fin de no afectarlos de manera voluntaria, a pesar de no estar tutelados coercitivamente. No obstante lo anterior, conductas humanas a las que se les ha decidido asignar una sanción penal a través de su tipificación, seguramente no siempre fueron calificadas como malas y en principio se debió agotar la vía de la prevención. Establecer una multitud de ellas como delitos, de hecho está creando conductas punibles que no existían y restringe en mayor grado la libertad de las personas, de allí que resulte imposible e inoperante pretender regular normativamente todos los espacios de convivencia. La prevención se convierte, pues, en la conjugación de una serie de medidas que, interactuando, deberían disminuir los atentados contra los derechos, estas son: •

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Expedir disposiciones jurídicas que se encarguen de punir los comportamientos que el consenso social (a partir de deducciones de la razón) determina como nocivos, y más allá, buscan alcanzar patrones de conducta que mejorarían las condiciones de vida. Contar con pocas disposiciones penales, pero de estricto cumplimiento. La persecución de los delitos y su sanción sería impostergable, con un bajo índice de impunidad y corrupción administrativa, debería existir una verdadera conciencia para no violar la ley y no muchas disposiciones que no se conocen o que el Estado está en incapacidad de controlar efectivamente Reconocer y recompensar las prácticas que se traducen en hacer el bien, independientemente de las disposiciones legales, por la convicción que da la razón y el carácter. Incluso se puede permitir premiar las actuaciones morales, entendidas como aquellas que son buenas o convenientes, pero que se hallan movidas por un estímulo previamente establecido. Fortalecer la educación para la convivencia. Cuanto mayor sea el discernimiento basado en el conocimiento de la ley e ideales buscados por la sociedad, se espera un mayor grado de felicidad en la ciudadanía. Esos ideales en principio están contenidos en la Constitución Política y a partir de ella debe tener desarrollo la educación cívica.

Contemplar tantos tipos penales sobrecarga y dificulta el cumplimiento de las labores de toda la infraestructura estatal encargada de la prevención y control, toda vez que la autorregulación y medidas preventivas que son responsabilidad de cada ciudadano, se ven trasladadas al Estado. Actualmente se encuentran disposiciones como el Código Nacional de Transito Terrestre y el Código de Policía de Bogotá, en las cuales se

Ahora bien, cuando se figura el caso concreto, lo que se puede ver es un sinnúmero de polarizaciones entre los miembros de la comuni2 dad aludida , generalmente en torno a las magnitudes del castigo, que inmediatamente acompaña toda representación del crimen y que por otra parte, da a entender algunas de las relaciones jerárquicas y las convenciones sociales que configuran la idiosincrasia y 3 folklore o imagen de un pueblo . De aquí que un estudio del crimen en tanto castigo, necesariamente será un estudio de las dinámicas y funciones que operan en torno al mismo. Para Ten, el castigo se justifica de dos o tres formas distintas, pero, en términos generales, pretende despojar al criminal de aquello que transgredió; en principio este es un despojo de la libertad o del dinero del criminal, y este se tasará según sea el atentado contra la 4 moralidad . Pero, ¿cómo se han establecido esas tipificaciones, es decir, en virtud de cuáles criterios se diferencia entre la magnitud del castigo que amerita un pequeño robo y la de un asesinato a sangre fría? Esta pregunta llevará a Ten a proponer una posible genealogía de las categorización del delito en las diversas teorías del castigo, las cuales, antes de considerar las determinaciones y diferenciaciones al interior de cada estereotipo y entre los mismos, pretende normativizar el castigo no sólo al categorizarlo o tipificarlo, sino al determinar las bases para valorarlo. Sin embargo, antes de pasar a la exposición de la crítica de Ten, debemos tener presente que cuando se habla de moralidad, se alude a la racionalidad que presumimos precede el hecho de adecuar una acción a la máxima universal, en este caso, del respeto a los derechos denominados básicos (como el de la vida). Canon de

En Colombia bastante se ha criticado la profusa fecundidad normativa, hasta el punto de enfrentar al ciudadano común a un desconocimiento respecto de qué disposiciones jurídicas debe adecuar su comportamiento.

comienza a abrir paso la posibilidad de adecuar el comportamiento ciudadano a través de mecanismos alternos a la coerción. Este último está lleno de conceptos que favorecen la autorregulación, conceptos que se aprecian desde su misma denominación, ya que además de ser llamado Código de Policía, se denomina reglas de convivencia, resultando interesante destacar a continuación los aspectos y apartes que contribuyen de forma directa a esta finalidad, así:

• En el preámbulo se indica el destino de la ciudad como responsabilidad de los habitantes de Bogotá y son señalados como elementos para el logro del bienestar: la solidaridad, el respeto y el ejemplo. La solidaridad se define, por su parte, como el compromiso de las personas de prestarse apoyo unas a otras, especialmente ayudando a las que se encuentran en situaciones de debilidad, de la misma manera como quisiéramos ser ayudados en iguales o parecidas circunstancias. Con esto se invita a realizar el ejercicio de colocarse en los zapatos del otro y considerar que potencialmente se puede llegar a ser objeto de situaciones desafortunadas. •

Dentro de los principios de convivencia ciudadana se destacan: La libertad y la autorregulación, traducidas en el hecho de no contemplarse como medida correctiva la privación de la libertad individual en ningún caso y colocando en juego estos dos aspectos que resultan, a la postre, ser dependientes el uno del otro. II. El respeto mutuo por la diferencia y la diversidad, como una forma de hacer ver que no se pueden satisfacer todas las expectativas particulares y que la convivencia se debe dar en medio de posiciones que, aunque divergentes, permiten la tolerancia. III. La solución de los conflictos mediante el diálogo y la conciliación, constituyéndose en una fórmula privilegiada en el contexto de esta disposición legal.

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Como objeto y finalidad del Código se estableció impulsar el desarrollo de la cultura ciudadana, para que pueda conciliarse con las reglas de convivencia y la moral, y se traduzca en la capacidad para celebrar acuerdos, reconocerlos y cumplirlos. Se acude así de manera directa a la educación integradora de la cultura ciudadana, y a una fuente supralegal de comportamiento, como es la moral, que señala lo que está bien o está mal con independencia de lo establecido en las disposiciones jurídicas. Se determinan los comportamientos favorables a la convivencia que conducen a la autorregulación. El cumplimiento de los parámetros

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de comportamiento que entrega el Código debería llevar a sus destinatarios al convencimiento, sin pensar siquiera en que existen consecuencias punitivas. Tanto los deberes como los comportamientos que favorecen la convivencia ciudadana y que están determinados en el Código, tienen una finalidad pedagógica, lo que recalca el propósito de prescindir de las sanciones. Como deber para garantizar la seguridad, se encuentra construir acuerdos amigables y conciliar cualquier conflicto de convivencia, sin utilizar armas ni agresión física o verbal. Con esto se propende por la seguridad de quienes hacen parte del conflicto y se reconoce cómo buena parte de los lesionados y muertos tienen su origen en controversias en las que sus protagonistas no supieron hallar otro camino para la solución, exponiendo injustificadamente el bien más preciado con el que cuentan, su vida e integridad personal. Dentro del título relativo a la protección de las poblaciones vulnerables se incluye un artículo en el cual se recalca el respeto por las diferencias, colocando como único límite para las mismas, el acatamiento de las reglas de convivencia distritales. Una de las finalidades de las medidas correctivas que se determina es la de educar a los infractores sobre el conocimiento de las reglas de convivencia ciudadana y de los efectos negativos de su violación, lo cual se entiende al conocer algunas de las medidas previstas, tales como: la amonestación en privado, amonestación en público, expulsión de sitio público o abierto al público, asistencia a programas pedagógicos de convivencia y trabajo en obras de interés público, de carácter ecológico, de pedagogía ciudadana o de asistencia humanitaria, todas ellas acompañadas del compromiso de cumplir las reglas de convivencia ciudadana.

Aun cuando se admite la posibilidad de encontrar escenarios en los cuales la vida no cobra el valor que debería, tornándose más incierta de lo que ya es, decididamente hay que aseverar que en la íntima conciencia de cada persona y como parte del comportamiento instintivo de todo ser vivo, continúa teniendo una magnifica importancia. Es un bien común a todos, que da sentido a los demás componentes de la existencia humana y, sin embargo, se pone en juego cuando se trata de salvaguardar intereses menos relevantes. Podría incluso afirmarse que buena parte de los homicidios responden a comportamientos irreflexivos, alejados de todo sentimiento de solidaridad y al que tanto agresor como víctima podrían escapar de haber contado con mejores herramientas para el manejo de sus emociones. Si los esfuerzos y acciones del Estado, y de la comunidad en general, se redireccionan a rescatar los principios básicos para la vida en sociedad, si las prácticas sociales se orientan al respeto y aceptación de los derechos de los otros, si se privilegian los recursos para educación y

racionalidad a partir del cual, en la mayoría de las sociedades occidentales, se ha elaborado un paradigma transcultural de humanidad o naturaleza humana, configurado por ciertos tipos de prácticas, respecto de las cuales incluimos o excluimos a una persona o a una comunidad, en o de la imagen de un nosotros. En virtud de este referente, nos diferenciamos de un ellos, es decir, en relación con aquello que nosotros no haríamos (moralidad). Sin embargo, así como descartamos a aquel cuyas prácticas sociales son ajenas a las nuestras de ese paradigma de naturaleza humana, igualmente debemos reconocer que de pronto aquella persona ni siquiera esté interesada en formar parte de este tipo de 5 comunidad , o de hecho, como lo 6 dice Rorty , posiblemente el acto de vulnerar a una persona parecida a mí pero que en modo alguno está incluida en mi representación de la naturaleza humana, en mi “nosotros”, es decir, el hecho de lastimar a un pseudohumano, puede representar la afirmación del orgullo de ser aquello que no se es, o sea, de su diferencia; y precisamente el acto de vulnerar aquello que se presume lo iguala a su mismidad, representa un mayor placer para aquel que está ejecutando o administrando dicha 7 práctica . Y es precisamente a propósito de este referente moral, desde donde damos nombre a las prácticas que nos son fronterizas y nombramos a quienes la practican irracionales o criminales. Por ello, se desconoce que tales parámetros que caracterizamos como racionales más bien (como igualmente lo afirma Rorty), priman no por su carácter de obligatoriedad, sino por los sentimientos que suscitan. De aquí que, como lo dice Ten, sea ampliamente aceptada una pena como la muerte, para alguien que asesinó a otra persona (y aún más

formación de personas con amplio sentido de lo público, por encima de la inversión con fines panópticos, es posible asistir a una verdadera y permanente disminución en los indicadores de violencia en general y del homicidio en particular.

Análisis de resultados

Continuando con el propósito trazado en esta parte, el análisis de las

cifras debe servir para refrendar las ideas y las posiciones expuestas y apoyar el diseño de estrategias de intervención específicamente dirigidas, según lo dictamine el comportamiento general del homicidio, y luego, su relación particular con algunos factores como la edad, el sexo, el tipo de agresor, el mecanismo causal, el móvil y la presentación espacio temporal y asocio de sustancias.

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Durante el año 2002, el Sistema Médico Forense Colombiano1 registró 28.534 homicidios. Es decir, en ese año fueron asesinadas 78 personas cada día y 3 cada hora, lo que implica 849 casos más que en el año anterior, para un aumento del 3%. El homicidio corresponde al 71% de todas las muertes violentas registradas. Hay una manera de muerte violenta que se denomina indeterminada, la cual en el último año ascendió a 513 casos y que connota un hecho grave, en la medida en que no se reconoce ninguna aproximación a las circunstancias que la rodearon. Por tanto muchas de ellas pueden tratarse de homicidios enmascarados. En los reportes de la Policía Nacional se contabilizaron 28.8172 homicidios, una diferencia de 283 hechos, que se explica por varios factores, tales como la metodología para la recolección de los datos, cobertura de cada institución, fuentes consultadas y especialmente en que el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses cuenta con la posibilidad de establecer científicamente la manera de la muerte, descartando aquellas no imputables a otra persona. Estos homicidios ocurrieron en múltiples contextos, desde la muerte al interior de la familia, en escenario privado como consecuencia de la violencia intrafamiliar, hasta la pérdida de vidas civiles o no, derivada de la degradación extrema del conflicto político militar, con manifestaciones como el terrorismo, donde las medidas de autocuidado y protección son desbordadas, vulnerando a los individuos en espacios en los que deberían sentirse seguros. 1

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Constituido por Medicina Legal y los médicos oficiales que prestan servicios en esta materia, donde la institución no tiene presencia directa. Según el CIC de la Policía Nacional.

El indicador más empleado para medir los niveles de violencia humana está dado por la tasa de homicidios por cada 100.000 habitantes, que señala, según datos del Banco Interamericano de Desarrollo –BID, cómo en América Latina y el Caribe en los años 90 la tasa era de 23, índice que duplica la cifra promedio mundial de 11; otros países están por debajo como Ecuador, 153, Estados Unidos, 7, y Japón 0,64. Para el año 2000 se calculó que ocurrieron en el mundo cerca de 520.000 homicidios, para una tasa estandarizada por edad de 8,8 homicidios por 100.000 habitantes. Este registro excluye las 14.000 víctimas de intervenciones legales 14.000. El 91,1% de estos casos ocurre en países de ingresos medios o bajos5. Figura 1. Tasa de homicidio. Colombia, 1991-2002

HOMBRE

Y MUJER CONTEMPLANDO UN ECLIPSE.

ÓLEO /

TELA,

1999.

cuando esta es una mujer, un anciano o un niño), precisamente porque para nuestro nosotros, dichas personas se encuentran en unas condiciones distintas, casi inferiores a las nuestras.

El comportamiento estático que presenta la tasa en los tres últimos años fundamenta cuestionamientos dirigidos a conocer lo que está sucediendo con la política pública de intervención en el homicidio, que poco o nada logra impactarlo. Es posible que se esté ante un gran desconocimiento de la verdadera dinámica del problema en cuanto a su origen en organizaciones delictivas, en contraposición con las de producción por manifestaciones impulsivas. Por otro lado, quizá se requiera un control más drástico por parte de las autoridades públicas, y una mejor dotación de herramientas para que éstas se adelanten a los delincuentes o, finalmente, que su intervención se encuentre frente a un límite que solo puede ser rebasado por una modificación en los patrones de comportamiento y decisión de cada persona.

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http://www.iadb.org/exr/doc98/pro/pec0199.pdf http://www.who.int/inf-pr-2001/en/note2001-WHA6.html OPS Resumen informe mundial sobre la violencia y la salud. P8.

Como se decía anteriormente, existen tres posturas distintas en las teorías del castigo. La utilitarista, que justifica la utilidad del mismo en virtud del beneficio de sus consecuencias; esta representación lleva al utilitarista a enfrentarse con una paradoja: ya que es inherente al castigo una forma de sufrimiento, y teniendo presente que el utilitarista supone que el sufrimiento es algo que se debe evitar, entonces se pregunta Ten, ¿cómo justificar el uso del mismo? La estrategia del utilitarista utilizada a este respecto consiste en valorar el castigo según sus consecuencias, examinando si el uso de éste procurará un beneficio mayor al sufrimiento causado o si representa un bien mayor que cubrirá el costo del sufrimiento suministrado. Para el utilitarista, el castigo cumple una función específica: reducir los delitos ya sea al pretender evitar la reincidencia en el mismo o al tratar de disuadir a los delincuentes en potencia; siendo estas últimas esas consecuencias deseables que primarán sobre el dolor

Colombia presenta un nivel que no admite comparación dada su magnitud: 65 homicidios por 100.000 habitantes para el año 2002. Indicador que ha registrado un descenso significativo a partir del existente a comienzos de los años 90, cuando llega a estar por encima de los 85 homicidios por 100.000 habitantes.

Las actuales condiciones políticas del país, marcan notables diferencias en la presentación de los homicidios. Es así como el departamento de Casanare presentó una tasa que triplica la nacional con 181 homicidios por 100.000 habitantes. Arauca con 167, Antioquia y Putumayo con 126 cada una, el Meta con 121, Valle con 111 y Norte de Santander con 106, son los departamentos con la tasa de homicidio más alta. Boyacá, Córdoba, Vaupés y San Andrés con este indicador ubicado entre 21 y 6 homicidios por 100.000 habitantes, son los departamentos que registran las tasas más bajas del país. El análisis de las tasas por ciudad muestra como Tame, Mocoa, Vistahermosa entre otras superan los 200 homicidios por 100.000 habitantes.

Distribución según sexo

La violencia homicida puede resultar selectiva, y el sexo determinan-

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te a la hora de victimizar. La diferenciación entre el carácter impulsivo o instrumental de los hechos, los imaginarios existentes con respecto a la condición de hombre o mujer o el comportamiento actual de la confrontación armada que no hace discriminación alguna, no permiten certificar este factor como motivación de especial relevancia.

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Los hombres son comprometidos con preferencia en la mayoría de formas violentas, con excepción de la sexual y aquella que se da en el seno de la familia, donde la balanza se equilibra en relación con los menores y las mujeres, sin que llegue a ser inferior. Es posible que el carácter propio del sexo masculino o un tradicional y mal entendido criterio para manejar la hombría, lleve a que éste se crea en la obligación de hacer frente con más regularidad a situaciones riesgosas. Además, culturalmente les resulta impuesto el rol como protectores de su familia y sociedad. Así es como se presentan criterios de sexo para seleccionar a quienes desempeñarán ciertos trabajos o roles sociales, garantizando a las mujeres una menor exposición al peligro, con lo cual no se niega la exposición voluntaria desligada del deber, es decir, cuando se enfrenta un peligro que podía haberse evitado. En el último año el 92% de los homicidios fue perpetrado contra personas de sexo masculino, lo que equivale a decir que por cada mujer que muere de esta manera, lo hacen también 12 hombres, comportamiento que se muestra consistente para los últimos años, pero que difiere ampliamente de la presentación mundial, en la cual tres de cada

cuatro víctimas de homicidio son hombres6. La tasa específica de homicidios de hombres se ubicó en 119, es decir, supera más de 13 veces a la femenina. Los departamentos que registran una mayor proporción de víctimas masculinas en relación con las femeninas son: Guajira 25 y Putumayo 25 a una, Sucre 22 a una, Caldas 20 a una y Cesar 19 a una. Por otro lado, aquellos en los cuales el comportamiento tiende a reducir la brecha marcada por el sexo de las víctimas son: San Andrés 1 a una, habiéndose registrado solo 4 hechos, Chocó 4 a una, Amazonas 6 a una, Casanare y Huila 7 a una y Vichada 8 a una.

Distribución según edad

El rango de mayor número de víctimas identificadas de acuerdo con la

edad se encuentra entre los 18 y 44 años, población de la cual dependen afectiva y económicamente familias que resultan ser también víctimas de la violencia, sumándose a esto el retraso consecuente en el progreso y desarrollo del país por la disminución del capital humano y productivo. Es así como el homicidio produjo en el último año más de un millón de años de vida potencialmente perdidos (AVPP). En San Andrés y Amazonas, por su parte, cerca del 100% de las víctimas pertenecía a este grupo etáreo. Los demás departamentos tienen similar concentración a la nacional en los homicidios de personas entre 18 y 44 años, llamando la atención particularmente que en Cundinamarca y Atlántico se presentaron 14 homicidios de menores de un año de edad. Acerca de las razones que se pueden esgrimir para entender por qué la población joven resulta ser la más vulnerada, se halla relación con el papel preponderante que juega en múltiples espacios públicos de socialización, predisposición a asumir prácticas sociales riesgosas basada en la percepción de contar con toda la reserva fisiológica y mínimas posibilidades de ser lesionados, poca experiencia en los mecanismos que aseguren su propio cuidado y control y el hecho de haberse constituido en materia prima por excelencia para engrosar las filas de los grupos armados ilegales, al igual que de otras organizaciones delictivas. Otro grupo especialmente sensible está constituido por los niños, quienes resultan muertos no solo como consecuencia del maltrato infantil, sino también por diferentes eventos, bien sean accidentes de tránsito o acciones intencionales de agentes externos, dejando de lado los casos de suicidio que lastimosamente ya los afectan, pero que no constituyen un hecho punible. El homicidio sobre niños en el último año 6

Op.cit 4.

suministrado al culpable. La segunda postura es denominada por Ten retributiva. Esta teoría justifica el castigo según sea la voluntad que primó en la acción penalizada y presume que el malhechor merece sufrir más allá de las utilidades de dicho sufrimiento. ¿Cuáles son las dificultades que deben afrontar ambas teorías? Para el utilitarista, el problema surge al tratar de explicar por qué debe limitarse el castigo al culpable y no al inocente en las circunstancias adecuadas –aseveración que permite su misma hipótesis–; y para el retribucionista, al dar razón de porqué se debe castigar al culpable, aun si esta práctica no produce consecuencias deseables. Para la teoría utilitarista, se supone, existen ciertas circunstancias que se presumen eximen a una persona del castigo (como la no-premeditación del acto), a la vez que establece ciertas limitaciones a la práctica de castigar, de aquí –afirma Ten–, que no se castigue a las familias de los criminales aunque esto se pueda traducir en una alternativa eficaz para reducir los índices de delitos graves. En últimas, la paradoja del utilitarista se asocia con la instrumentalización del castigo (disuasión o temor al mismo), que se supone tiene la finalidad de restringir la voluntad de infringir la ley; restricción que no garantiza en modo alguno que ésta sea infringida involuntariamente, o la posibilidad de fingir la involuntariedad de un acto. Entonces, la paradoja radica (como ya se había dicho), en la desproporción de la cuantificación del castigo. Porque, aun aceptando que el castigo no debe agravar las consecuencias nocivas del crimen, arguye Ten, empero esto último no impide suponer que la idea de un castigo ejemplar, se presente como un medio eficaz para disuadir a una comunidad.

representó el 8% del total, encontrando que en Antioquia, Boyacá y Chocó la participación porcentual superó este registro nacional, de tal manera que en los primeros se ubicó alrededor del 10% y en el último alcanzó un 27%, con amplia incidencia de la masacre de Bojayá, lo cual actúa como alerta sobre las graves consecuencias que el conflicto interno deja a este sector de la población, no solo como víctimas pasivas sino también como actores involucrados de manera forzosa. Por otro lado, la participación de los adultos mayores de 60 años alcanzó el 3%, distanciándose de este promedio los departamentos de Cesar con 5% y Sucre 6%. En relación con estas personas, así como respecto de los menores impúberes, se espera una participación baja, respondiendo al hecho de estar alejadas de los principales factores que interactúan en el homicidio, como: adopción de un mayor número de riesgos, asistencia a sitios públicos o de diversión nocturna, participación directa en el conflicto interno y hasta el simple hecho de mayor interacción social. La tasa de homicidios por edad y sexo, no muestra diferencias sustanciales en los menores de edad. La brecha entre ellas es significativa a partir de los 15 años; Es así como en los hombres entre 18 y 24 años se presenta el mayor riesgo con una tasa de 261 homicidios por 100.000 habitantes. El mayor riesgo para mujeres está entre los 15 y 17 años con 18 homicidios por 100.000 habitantes.

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Figura 2. Tasa de homicidio según edad y sexo. Colombia, 2002

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Distribución según mes Figura 3. Homicidios según mes del hecho. Colombia, 2002

Los homicidios en Colombia no muestran una distribución que señale algún mes del año en particular como aquel en que se cometa un número muy superior de hechos.

Una comparación entre los homicidios registrados en Colombia en el período agosto-diciembre de 2001 y el mismo período de 2002, muestra globalmente una disminución significativa del 3% (0R 1.09, IC 1.061.13, chi 31 y p<0000), especialmente acentuada en diciembre de 2002, cuando el decremento fue del 15% en relación con el mismo mes de 2001. Durante este período, con el advenimiento del nuevo gobierno, se incrementaron en el país los esfuerzos estatales en materia de seguridad, con múltiples medidas entre las que se cuentan las zonas de rehabilitación.

El análisis global evidencia una distribución que oscila entre el 9% y 8% de los homicidios cada mes. Para el último año, diciembre se escapa de esa tendencia con el 7%, descenso que no es significativo si se compara con los registros del año anterior.

De la teoría retribucionista, se afirma que limita el castigo a los crímenes voluntarios, y si se determina esta última mediación en el mismo (la de la voluntad), se predica culpabilidad respecto del crimen. Pero de la misma manera, en esta teoría aparece una figura igualmente problemática a la de la ejemplaridad del castigo en la teoría utilitarista, la de la eximente relevante, que posibilita excusar legalmente un crimen, según un hecho o circunstancia extraordinaria, suponiendo que los costos del mismo recaen sobre la responsabilidad moral de la persona que lo ha cometido. Siguiendo a Ten, decíamos anteriormente que el problema de la teoría retribucionista se encuentra en el hecho de no poder dar razón de la finalidad de la práctica de castigar, de no asociar esto último (como sí lo hace la teoría utilitarista), por ejemplo, con la intención de reducir la criminalidad. Esta perspectiva no da cuenta del interés del Estado en el mismo, de la intención que justifica la inversión en términos de dolor por parte del criminal y los efectos en términos de disuasión de la práctica aludida. Entonces, para los retribucionistas el castigo, más allá de pretender proteger a los ciudadanos y de disuadir al criminal, representa una vía eficaz para equilibrar la ventaja de la cual hizo uso el criminal para pasar por encima de los ciudadanos que no ven el crimen como una opción. El castigo en este último sentido, restablecerá el equilibrio justo de los beneficios y cargas de la vida social y a su vez, da por supuesto que todos los miembros de esa comunidad se encuentran en las mismas condiciones; es decir, cuentan con los mismos medios y se identifican con un mismo fin último, persiguen lo mismo... llámese felicidad, seguridad, libertad, ley y demás términos

Distribución según escenario

La dinámica del homicidio está íntimamente relacionada con el esce-

nario en que tiene lugar. Las características y motivaciones que se encontrarán en un hecho cumplido en el ámbito privado, como la residencia de la víctima, serán diferentes respecto de un hecho acontecido en escenario rural, público o en las calles de una gran urbe. En Colombia los homicidios ocurren con mayor frecuencia en el espacio público (vía pública, taberna, otros sitios de diversión y terrenos baldíos), alcanzando cerca del 73%. Paradójicamente, en los lugares comunes para los habitantes, la impunidad se ve facilitada y alimentada por el desconocimiento y anonimato de los victimarios, quienes se fortalecen en la carencia de mecanismos adecuados de protección de testigos, la devaluación de la prueba que estos aportan o simplemente en la actitud apática de la mayoría para tomar parte en una investigación que creen no tendrá un resultado positivo, fracaso que a la postre garantizan.

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El 59% de los homicidios se da en la vía pública, seguido por los terrenos baldíos rurales o no, con un 12%, y en tercera instancia, se ubica la residencia con el 9% de la distribución. En cuanto a la relación de los actores y móviles con el lugar en que ocurre el hecho, se debe considerar no solo la violencia callejera con escaso grado de planeación, sino también aquella derivada de la urbanización del conflicto armado, razón por la cual las estrategias encaminadas a la resolución pacífica de conflictos a través de la implementación de mecanismos alternos a los tribunales no tienen un impacto mayor. Así mismo, la necesidad de apoyar una mayor intervención en un espacio tradicionalmente considerado como vetado para las autoridades públicas, como es la familia en su casa, debe acrecentarse en aras de lograr la tutela de bienes jurídicos que interesan a toda la organización social.

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Figura 4. Homicidio según sitio del hecho. Colombia, 2002

El departamento con mayor porcentaje de homicidios en la vía pública fue Norte de Santander, con el 78%. Quindío presentó la mayor concentración de homicidios en el hogar, mientras que Bolívar mostró la mayoría de asesinatos en sitios de diversión. Meta con 41% y Cesar con 35% registran el mayor porcentaje de casos en zonas baldías. En sólo tres departamentos del territorio nacional se concentró el 53% del total de homicidios: Antioquia con el 25%, Valle con el 17% y Cundinamarca, incluyendo el área metropolitana de Bogotá, con el 11%. En este comportamiento incide la inclusión de las tres más grandes ciudades del país, focos por excelencia de convivencia y escenarios para el desarrollo de la civilidad; de igual forma se constituye en indicador de como el grueso de los homicidios no se registra en aquellas regiones en las que tiene lugar la confrontación armada abiertamente manifiesta, sino en aquellos escenarios de cotidianeidad y convivencia. Sin embargo, esta suposición debe ser vista con precaución, dado que el conflicto armado permea de diferentes maneras las comunidades, no sólo con los combates directos. Por otra parte en las grandes ciudades se facilita el ejercicio organizado de la criminalidad, que seguramente es responsable de una gran proporción de los homicidios de dichos sitios.

Distribución según presunto agresor

Contar con información acerca de los agresores permite establecer características de las dinámicas propias de este hecho. Y es que por cada homicidio ocurrido en Colombia no necesariamente existe un agresor diferente. Por el contrario, es posible que con un adecuado sistema investigativo se llegue a vincular como presunto responsable de varios hechos a un solo individuo o grupo delincuencial, identificando patrones en casos conexos. De los homicidios ocurridos en el último año, el 46% no contaba con ningún indicio o información respecto de los agresores en la primera fase de inspección de la escena del delito, y en el 42% el agresor era un desconocido. Este comportamiento no ha variado en los últimos años, en los cuales el porcentaje relativo al desconocimiento de la identidad de los victimarios ha sido igualmente alto. Al sumar el total del porcentaje de agresores que no eran conocidos por la víctima, con aquellos de los que no se tiene información, se alcanza el 88%. De este alto índice se pueden hacer varias lecturas. Se puede interpretar como efecto del grado de organización que han logrado algunos delincuentes para la comisión de los homicidios en el país, tomando todas las precauciones para no ser sorprendidos en aras de

genéricos (es decir que no se agotan en una única representación) que vengan al caso. Esta perspectiva tiene serias 8 implicaciones de carácter ético , en particular el supuesto de que todos los ciudadanos se encuentran en las mismas condiciones que las del ciudadano cumplidor de la ley, y que ambos pagan el mismo precio por cumplir la ley. Desde este paradigma, el criminal sería aquel que sólo acepta los beneficios y no paga los costos que implica cumplir la ley. Y el castigo, antes de ambicionar restituir el daño causado a la víctima, pretende equiparar el daño de ésta al de la sociedad. Por otro lado, el supuesto de que todos los ciudadanos se encuentran en igualdad de condiciones, no permite apreciar las determinantes económicas y culturales, que en últimas determinan el precio que paga una persona en particular al autodeterminarse para no transgredir la ley. Este supuesto también presume en la totalidad de los mismos ciudadanos, la intención de transgredirla, a la vez que permite que se castigue a los delincuentes sin tener presente como uno de sus parámetros las consecuencias sociales del mismo castigo.

PAREJA

CONTEMPLANDO UNA MAÑANA PERFECTA.

ÓLEO /

MADERA,

1999.

acceder a la impunidad o considerar que el dato está viciado por circunstancias atribuibles al contexto social, en el cual se cree no tener el suficiente respaldo y garantías de protección para contribuir a través de la denuncia o la prueba testimonial a la identificación de los autores de este delito, recurriendo entonces a la práctica de la justicia por propia mano o a la resignación y olvido, con un notable descrédito para las instituciones encargadas de administrar justicia. Figura 5. Homicidio según posible agresor. Colombia 2002

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Dentro de los homicidas identificados, se encuentran familiares con 1% de los casos y conocidos de la víctima 6%.

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San Andrés y Providencia es el departamento en donde los familiares cobraron el mayor índice nacional como victimarios, con un 25%, comportamiento previsible dadas las condiciones geográficas y de población propias de esa comunidad, que han provocado cierto grado de emparentamiento, al menos en lo En los departamentos de relativo a los raizales. Le siguen Vichada y Boyacá Putumayo, Quindío, con un 7% de familiares como autores del homiciVichada, Risaralda, Arauca, dio. En Amazonas, los victimarios conocidos alcanAntioquia y el área metropolitana de Bogotá, la zan un 43% y aquellos atacantes definidos como desinformación con desconocidos fueron predominantes en ciertos derespecto al agresor supera partamentos del litoral atlántico, tales como Magdael 65%, participación que lena, Atlántico, Córdoba y Bolívar, donde el rango obliga a reflexionar acerca de la acción de grupos para esta variable va desde 80% a 65%.

delincuenciales conformados por gente originaria de zonas del país diferentes a aquellas en donde actúan, e incluso, en la protección que brinda el anonimato de una gran ciudad.

La participación de miembros de la Fuerza Pública como causantes de homicidios, es especialmente representativa en regiones en las cuales el conflicto armado es intenso, como Guaviare 39% y Caquetá 25%, o en aquellas con un bajo índice de homicidios,

en las cuales uno o dos casos en frecuencia son altamente representativos porcentualmente, estas son: Amazonas con 29% y San Andrés 25%. Es pertinente advertir que no existen datos que permitan distinguir entre estos homicidios, cuántos se produjeron en enfrentamiento armado con subversión, autodefensas, delincuencia común u organizada, situaciones en las que seguramente se pueda predicar la legítima defensa.

Distribución según presunto móvil

Uno de los aspectos más interesantes de abordar en el estudio de este

delito, es el móvil o presunta motivación que lleva a una persona a quitarle la vida a otra. Tradicionalmente se habla del económico, político o social, dependiendo del fin último que se persigue con la comisión del acto, lo cual hace que se encuentre conexión con otros hechos punibles. En algunos casos, esos móviles se hacen concurrentes, aumentando la complejidad y dificultad para el entendimiento. Lo correcto es que la calificación de la motivación que conduce al homicidio se dé como resultado de la investigación judicial, una vez que se ha registrado el aporte de todas las partes procesales. Sin embargo, los registros estadísticos que aquí se presentan parten de una calificación primaria con base en algunas circunstancias asociadas presentes en el momento de los hechos, enmarcadas en una dinámica particular de ocurrencia, lo cual explica la existencia de considerables vacíos, llegando el grado de desinformación al 55%.

Por otra parte, el atraco, como una manifestación de los móviles económicos, está mejor determinado y asciende a 4,6%, contribuyendo a la hipótesis que señala la existencia de una inadecuada escala de

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Figura 6. Homicidio según posibles motivaciones. Colombia 2002 Centro de Referencia Nacional sobre Violencia - INML

Atendiendo a las anteriores consideraciones, se encuentra el ajuste de cuentas como motivación predominante en la comisión del homicidio, con una participación de 15,7%, incluyendo no solo actos violentos desarrollados por actores organizados para saldar el incumplimiento de un pacto, sino también peleas vecinales, desavenencias amorosas y venganzas, entre otras posibilidades que señalan la relevancia del comportamiento impulsivo en la comisión de la conducta objeto de estudio.

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valores como referente para el comportamiento social, según la cual el derecho a la vida tiende a ceder espacio a otros de carácter material. La intervención legal y el enfrentamiento armado como ejercicio de los grupos que apoyan al Estado para su control legítimo de la fuerza, se ubicó con el 7,1%, con un aumento poco significativo con respecto al 5,2% registrado en el año anterior.

Distribución según mecanismo causal

En la comisión de cualquier clase de conducta violenta, resulta recurrente el empleo de algún mecanismo que facilite el sometimiento de la víctima y permita hacer frente a quienes se opongan a los propósitos criminales del actor. Para el caso del homicidio se encuentra una estrecha relación entre la letalidad del mecanismo y la cantidad de hechos perpetrados con el mismo. De esta manera, las armas de fuego han sido empleadas en el 86% de los casos, seguidas por las corto punzantes con el 7%.

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Las armas de fuego por su parte, facilitan la comisión de cualquier acción delincuencial, toda vez que disminuyen la posibilidad de llegar a una confrontación cuerpo a cuerpo y permiten el control de un mayor número de personas. Considerando que la posesión de un mecanismo de esta naturaleza implica mayores costos, sería de esperarse que su tenencia sólo estuviera en manos de actores organizados. Entre tanto en el último año se vendieron de manera lícita 11.422 armas de fuego7, el 53% Sin embargo, la frecuencia de la utilización de armas de fuego de estas fueron revólveres y 33% pistolas. Los sipara la comisión del homicidio, tios de mayor venta fueron Bogotá 46%, Cartagena, su empleo en diferentes Cali y Barranquilla 4% cada una, y Medellín 3%. El contextos y el hecho de victimizar a un grupo tan mercado legal e ilegal facilita la alta circulación de esheterogéneo de personas, tos mecanismos de los cuales no se frena su proplantea serias dudas sobre esta ducción, tienen una vida útil larga e indeterminada hipótesis. A esto se suma el comportamiento del tráfico de y son apreciados como elementos que dan a su tearmas, posiblemente uno de los nedor una falsa seguridad. negocios ilícitos más lucrativos en la actualidad, y del cual se desconoce su dimensión.

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Reporte de la Industria Militar, realizado al C RNV el 12 de marzo de 2003.

La utilización de armas de fuego, por su naturaleza, aumenta la posibilidad de producir lesiones letales. De ahí la insistencia en su control con el fin de reducir el índice de homicidios por esta causa. Manejar un arma debe implicar condiciones físicas y mentales, y si bien es motivo de controversia el uso por particulares como medio de protección de su vida, integridad personal y propiedades, para lo cual el Decreto 2535 de 1993 reglamenta su legal tenencia y porte, no se puede desconocer que el hecho de tenerlas permite que, así sea como consecuencia de una reacción en procura de protegerse, resulten afectadas otras personas de forma grave.

La posesión de este tipo de elementos tiene consecuencias de orden psicológico que difieren entre quien las emplea y aquellos hacia quienes se dirige tal acción. En los primeros se genera una falsa seguridad que provoca mayor atrevimiento y en los segundos impotencia, ligada ésta a sensación de acorralamiento lo cual, combinado, puede llevar a una confrontación con resultados letales. Esto conduce a que la intervención en la resolución de conflictos mediante la concertación y la prevención de situaciones en las cuales la dimensión de los acontecimientos se pierde o distorsiona (embriaguez, multitudes eufóricas, influjo de drogas estupefacientes, altercados entre vecinos, etc.) resulte trascendental en aras de evitar el empleo de estas armas, evitando consecuencias fatales. De ahí se derivan recomendaciones prácticas tales como: controles más estrictos al porte de armas en establecimientos nocturnos con expendio de licor, en donde se congregan multitudes. Para el último año, se registró en el país un 86% de homicidios producido con este mecanismos causal, seguido muy de lejos por el uso de arma cortopunzante, la cual alcanzó 8,6%. No hay cambios estadísticamente significativos en la utilización de estos elementos en los últimos años. Si bien existen otras armas involucradas en la comisión de este delito, es importante resaltar que se trata simplemente de un medio que facilita y aumenta la gravedad de un acto violento. De hecho hay muchos mecanismos que no fueron creados con esta finalidad y sin embargo se utilizan para causar lesión. Figura 7. Homicidio según mecanismo causal. Colombia, 2002

En los departamentos de Norte de Santander, con el 95% y Guajira con 94%, se registran los índices más altos de homicidios cometidos con el empleo de arma de fuego. En el primer caso, guardando relación con la agudización de los conflictos sociopolíticos en los últimos años y, en el segundo, con el bagaje cultural que hace persistente el empleo en el ajuste de cuentas entre sus habitantes. En Quindío es donde se presentó la menor participación de homicidios con arma de fuego 75%, siendo relevante el empleo del arma corto punzante 20%.

Para Ten, la alternativa utilitarista ofrece una opción que el enfoque retribucionista no brinda: la posibilidad de transformar la práctica del castigo, la posibilidad de plantearse la pregunta por la calidad del castigo. Esta pregunta de tipo ético, se formula teniendo presente la relación entre la dimensión institucional del castigo y los índices de delincuencia y reincidencia del criminal. Este tipo de pregunta, se presenta como crítica de la concepción retribucionista del castigo, puesto que hace manifiesto que el castigo retributivo permite el aumento del riesgo en las víctimas inocentes al incrementar el desasosiego y la amargura del criminal, su deseo de vengarse de una persona en 9 especial: el ciudadano modelo . En este momento de la polémica, se ha propuesto que una teoría mixta del castigo está exenta de caer en los problemas que se han venido cuestionando a las anteriores. Una teoría mixta, que asuma como objeto del castigo la finalidad utilitarista de evitar o reducir la frecuencia del delito, pero que insiste en que debe limitarse la búsqueda de esa meta con la exigencia de que sólo puede castigarse a los que han infringido la ley, y que la medida del castigo debe ser proporcional al delito cometido. Medida que se establece por las exigencias de equidad, es decir, por las exigencias de no hacer uso de ventajas como el homicidio, a menos que ésta se utilice en bene10 ficio de la comunidad . Esta medida del daño causado por el delincuente no tiene presente su estado mental, e igualmente no permite diferenciar que –como dice Ten–, puede matarse a una persona intencionalmente o de manera accidental, en beneficio propio o para liberarla de alguna enfermedad terminal. Además, aún reduciendo el campo de acción de esta visión a la intencionalidad del hecho, esto último daría a pensar,

Los hombres presentan mayor riesgo o probabilidad de ser lesionados con arma de fuego (OR 1,93 IC 1,73-2.16 Chi 141 p>0000). Por otro lado, mientras el 76% del sexo femenino fue asesinado con este mecanismo, en el caso del sexo masculino, la cifra alcanzó el 86% Figura 8. Homicidios según sexo y mecanismo causal. Colombia, 2002

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Cuadro 1. Homicidios según departamento. Colombia, 2002

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Figura 9. Rango de tasa de homicidio. Colombia, 2002

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Cuadro 2. Tasa de homicidios. Colombia, 2002

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Cuadro 2. Tasa de homicidios. Colombia, 2002

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Cuadro 2. Tasa de homicidios. Colombia, 2002

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Conclusiones Asistimos de manera pasiva a una creciente presentación de muertes indeterminadas, las cuales probablemente son el producto de la falencia investigativa, por un lado, y la sofisticación y adelanto de los delincuentes y de sus modalidades delictivas por el otro. El análisis del homicidio ha profundizado en las características sociodemográficas de las víctimas en cuanto los hombres H como principales víctimas, concentración en los grupos de edad de 18 a 24 años, mayor número de casos que ocurren en los grandes centros urbanos, pero con tasas extremadamente altas en pequeñas ciudades y poblados. Sin embargo, poco se ha ahondado en sus perfiles, en su disposición a ser una víctima participante, en sus mecanismos de movilidad e interacción con la ciudad e inclusive en su posibilidad de relación dialéctica entre la situación de víctima o victimario.

OMBRE NAVEGANDO EN UN RÍO DOBLE.

Si bien, como se enunció antes, los hombres son el centro de los actuares violentos, ¿esto se deriva de su persistente posición dentro del engranaje social? O, ¿acaso es el resultado de los patrones culturales transmitidos ancestralmente en cuanto a la reproducción de conductas violentas, respuestas agresivas, posiciones de dominio, etc? Este sexo es persistentemente víctima y victimario de las manifestaciones violentas más extremas. Están claramente identificados los escenarios geográficos que concentran el homicidio, al igual que su presentación en términos temporales. Hay elementos transversales a este análisis, su relación con las épocas en que se supone prima la desocupación o asunción por los ciudadanos de actividades extralaborales o de ocio. Su relación con el consumo de sustancias y las formas de violencia impulsiva. Desafortunado el grado de desconocimiento de los agresores y el móvil, lo que limita el entendimiento de la dinámica real de la violencia homicida en Colombia, más si lo cruzamos con el hecho de su registro mayoritario en la vía pública, escenario en el cual no debería existir el anonimato, donde se supone puede facilitarse la investigación, la prueba testimonial, el reconocimiento de los agresores. Ahora bien, ¿cuántos agresores hay y cuántos agredidos? ¿Se trata de una relación uno a uno? La experiencia de otros contextos dice que no. Seremos la excepción o la descoordinación de los equipos investigativos no permite detectar patrones, modus operandi, casos relacionados. Actualmente sólo vemos eventos que tienen alguna coincidencia espacio-temporal, lo cual se traduce en muchos homicidios por intolerancia social que pasan desapercibidos. El seguimiento del hecho violento y sus características permite perfilar el agresor, lo cual exige

como ya se decía con anterioridad, que se debe matar al asesino de la misma manera en que éste mató a su víctima. Así, se equipara la teoría en cuestión del castigo con la lex talionis, ya que para ella el castigo debe ser proporcional a la gravedad moral del acto. Aquí se determina un posible argumento que da alguna cuenta acerca de porqué en nuestras sociedades, se acepta ampliamente que el homicida deba ser castigado más severa11 mente que el ladrón . Retomando lo anterior. Para el enfoque retribucionista, el daño causado por el criminal a la víctima es análogo al daño que el crimen representa para la comunidad. Esta actitud implica un doble desplazamiento. Por una parte, desconoce la autonomía y el espacio de la víctima y por la otra, hace de esta última blanco de nuevos ataques, puesto que en la decisión de castigar al criminal, prima la vida de la víctima sobre la del agresor. Lo que conlleva a la configuración de un deseo de venganza en el criminal, que se objetiva en la imagen del ciudadano modelo. Así mismo, se hizo manifiesto cómo están en juego en estas teorías dos percepciones del castigo: ya sea en tanto persecución del culpable o como práctica de rehabilitación. Esta última acepción tiene un punto a su favor, a saber, el hecho de reconocer la deficiencia en los métodos, criterios e instituciones encargadas

mejorar la investigación, la intensificación del trabajo en escena, al barrido de vecindario y otras técnicas que han asegurado el éxito de la investigación en otros países ¿Cuántos homicidios se cometen con la misma arma? Es una pregunta que actualmente no tiene respuesta, no sólo por la ilegalidad del comercio de estos mecanismos en el país, sino por los problemas para el seguimiento e integración de las lesiones producidas con ellas. Así mismo, no hemos profundizado en lo que dice, con respecto a la criminalidad, el área corporal lesionada, el número de impactos o lesiones perpeAsí mismo, la desinformación tradas, la naturaleza de las mismas, su relación con respecto a las variables con la planeación y la violencia instrumental y fundamentales puede sugerir el uso de estrategias de otros imaginarios.

planeación y sofisticación empleada en el homicidio, donde grupos organizados serían los responsables, sin embargo, esto sólo puede tener peso en ciertos contextos particulares, donde, además, se puede evidenciar seguimiento o amenazas sistemáticas a las víctimas, empleo de armas sofisticadas, rapto por varios actores y demás características que si hablan de patrones organizados.

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Si bien hay investigaciones que desvirtúan la relación del alcohol con los hechos violentos, el seguimiento en Bogotá muestra que cerca de la mitad de las víctimas de homicidio se encuentran bajo la influencia de este u otra sustancia para el momento de su victimización. Este hallazgo es un indicador indirecto de la adicción a sustancias en la comunidad, de tal manera que permite suponer que los agresores también pueden encontrarse bajo el efecto de las mismas sustancias. Los efectos de las SPA* en el organismo son ampliamente conocidos y no sólo facilitan las conductas reactivas, agresivas o violentas, sino también disminuyen la capacidad de defensa, reacción o huida. En esta medida, y aunque no esté muy documentado la asociación entre alcohol y violencia, se justifica cualquier intervención dirigida a disminuir su consumo en la comunidad.

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Sustancia psico-activa.

Recomendaciones •

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Se debe dar énfasis al aspecto educativo tendiente a preservar la vida de las personas y ante esta necesidad el cuestionamiento: ¿Qué se debe implementar para propender por el desarrollo de los principios éticos en las personas en una época y en un Estado que protege la libertad en todas las acepciones conocidas? ¿Cómo evitar que sólo se cuente con un referente moral cargado de intereses propios de una época y un entorno determinado? Se propone la práctica de ejercicios en los diferentes ámbitos educativos, que permitan la generación de emociones relevantes para la convivencia, orientando, una vez aparezcan, una mejor forma de manejarlas. Entre ellas se cuentan la compasión, frustración, aflicción, deseo o tendencia de adoptar la vía más sencilla. En términos culturales, privilegiar y exaltar valores diversos a los materiales permitiría que las personas, no estuvieran dispuestas a exponer su integridad por cosas vanas con tanta frecuencia, es cuestión de hacer una nueva escala de lo que es o no relevante. Fortalecer igualmente la cultura del autocuidado y el fomento de prácticas sociales saludables y desestimular posturas que puedan entrañar algún tipo de riesgo. Esto focalizado a los niños en los cuales el aprendizaje ofrece mayor dividendo. Se deben diseñar programas dirigidos a las víctimas de la violencia, en cualesquiera de sus manifestaciones, en los cuales encuentren soporte para manejar la duda, el temor, la incredibilidad y el duelo. El homicidio, por la envergadura del bien jurídico que niega y destruye más que por su carácter de conducta punible investigable de oficio, debe tener como principal doliente al Estado a través de sus autoridades, dejando en claro que lo que no se realice para preservar la vida de las personas que han depositado en él su confianza, se constituye en una responsabilidad por omisión que debe ser facturada. Sin embargo, los servidores públicos no pueden estar solos y deben ser dotados de algunas herramientas, se sugiere: I. El establecimiento de un sistema que permita la recolección de una mayor cantidad de información relativa al agresor, que incluya características físicas, vínculos con bandas delincuenciales, modo de operar, espacio en el que actuó, tipo de arma empleada, características generales de las heridas inflingidas, conexión con otros hechos punibles, lugar de la geografía nacional en el que se registra el hecho, características de la víctima, entre otros aspectos. Todo esto con la posibilidad de interrelacionar las variables, establecer coincidencias y develar patrones que contribuyan a determinar vínculos entre lo que aparentemente era inconexo, como aporte a la investigación. II. En manos de la comunidad se encuentra la información necesaria para resolver diversos hechos y lo más importante: para

de la función de suministrarlo. Deficiencia que hace evidente la necesidad de redescribir esa práctica y las instituciones que la personifican. Por otro lado, esa misma sospecha deja entrever una intención clara de secularizar esa carga de sentido moral que convencionalmente se asocia con la práctica del homicidio; y centra su reflexión en la indagación de otros aspectos del mismo, que no necesariamente están asociados con el tipo de intencionalidad que se sobrentiende en la primera forma delictiva. De esta manera, dicha reflexión no indagará por los niveles de culpabilidad, sino que le apuesta al intento de rehabilitar al criminal. Escudándose en este último pretexto, surge una alternativa que podría denominarse política de higiene social. En esta política se puede apreciar una acción de vigilancia e intervención del Estado, en asuntos que convencionalmente se han asociado con la autonomía del ciudadano (como, por ejemplo, el consumo de alcohol). De esto último, se critica esa noción de la ejemplaridad del castigo, la que, asociada con el retribucionismo, limitará la autonomía que toda persona tiene para tomar decisiones, al predeterminar o moldear los cánones según los cuales una persona elige, en virtud del miedo o la incertidumbre que representa la posibilidad del castigo. El homicidio en tanto crimen, necesariamente tiene una implicación jurídica. Las formas jurídicas, en términos del Hegel de Eric Weil, representan el contrato entre voluntades que se saben y reconocen como libres e iguales en la medida en que son libres, en la medida en que se saben a sí mismos como personas y que no reconocen otro modo de seguir realizando su libertad distinto del derecho.

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prevenirlos. El número de autoridades que trabajan con ella es alto, pero parece estar roto el vínculo que debe existir con el aparato de justicia, el cual se puede recomponer a través de un trabajo estrecho con los organismos que cumplen funciones permanentes de policía judicial, en los que se debería crear una sección dedicada a buscar y canalizar la información que las personas han entregado espontáneamente a otras autoridades. Cambiar la actual concepción relativa al homicidio ocurrido en accidente de transito que tiende a presumir que en todas las ocasiones se ha tratado de un hecho culposo, dando cabida a un tratamiento benévolo por parte de la ley, facultando al autor para acceder a la indemnización integral que extingue la acción penal, lo cual, en el sentir de la familia, puede interpretarse como impunidad y para el común de las personas implica una seria desprotección frente al tráfico vehicular, con una consecuente y tácita autorización para un actuar más descuidado. La propuesta no va orientada a dar un tratamiento diametralmente diverso a los hechos en accidente de tránsito, pero sí se considera apropiado evitar que aquellas personas que cometan una conducta de este tipo bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas, o que abandonen la escena del delito, vuelvan a tener bajo su control un vehículo automotor, para lo cual la licencia le debería ser retirada de por vida. Estimular iniciativas y programas de prevención de la violencia de base comunitaria, en la cual se trasciende la autoprotección para pensar en el cuidado del otro, donde se estimule la conscientización así como el debate y participación pública en torno a los problemas puntuales que puedan constituirse en amenaza para la convivencia pacífica y la seguridad ciudadana. Estructurar iniciativas de afrontamiento a las causas sociales o materiales de la violencia en los contextos locales, entre las que se cuentan modificaciones ambientales, ejercicios lúdicos en los escenarios públicos y sistemas de seguimiento a las acciones específicas del Estado, dentro de un esquema de corresponsabilidad social y formación de una ética de lo público. En Colombia, de acuerdo con el artículo 223 de la Constitución Política Nacional, el monopolio de armas es del Estado, lo que implica: “…que no existe la posibilidad de que haya propiedad o posesión privadas sobre ningún tipo de armas. Hay entonces una reserva estatal de principio sobre su propiedad y posesión, de suerte que los derechos de los particulares sobre las armas son precarios, pues, provienen únicamente de los permisos estatales, los cuales son por esencia revocables”8. En este orden de ideas, se propone retirar de manos de los particulares la posesión de las armas de fuego, mediante la revocatoria de los permisos de porte vigentes. Se obligaría a los particulares a adelantar los trámites para cambiarlos por los de tenencia o a la devolución de las armas al

Estado, a cambio de una compensación económica. A partir de entonces, las armas estarían en manos de los representantes del Estado facultados para ello y de los servicios de vigilancia y seguridad privada legalmente autorizados para actuar con tenencia de las mismas. Los controles hacia el porte no tendrían excepción alguna y se deberían hacer más estrictos los dirigidos a las armas blancas, por cuanto sustraer de las manos de las personas un objeto letal, tiende a ser reemplazado por el siguiente más efectivo a este propósito que se pueda hallar.

En esta lógica, el criminal es tal sólo en tanto que su acción transgrede y, en este sentido, des12 conoce la personalidad del otro . Sin embargo, como lo afirma el mismo Weil, ese piso antropológico que necesariamente presupone la explicación hegeliana de la acción libre no indica, pero tampoco exige que todo individuo llegue a 13 esta comprensión (la del hombre que se determina a sí mismo en un sistema de derecho, movido por su propia voluntad de ser libre). De hecho, algunas páginas atrás, este mismo autor nos dice, palabras más o menos, que la libertad no se realiza de manera completa, y que de hecho esto es aquello que no permite delimitar un fin último de la historia, porque, de ser así, no se podría dar cuenta de las transformaciones en la misma, transformaciones o nuevo paso que, en palabras de Weil, “no será dado por aquellos que detentan el pensamiento (entiéndase tradición) de la época considerada, sino por el elemento insatisfecho, es decir, el 14 que actúa por pasión” . Por ello, como decíamos al inicio de este escrito, la práctica homicida no puede atraparse en una representación unidimensional, ni se valora según un mismo esquema axiológico. Esto último, como diría Malinowski, no excluye la posibilidad de que en tales comunidades opere un propio código totémico, es decir, que se maneje una propia moralidad y eticidad que aunque ellos no entiendan de este modo, y aunque sea ajena a nuestras representaciones de las mismas, no obstante configuran una tradi15 ción, hacen una comunidad . La referencia a Malinowski, Ten y Eric Weil, primero legitima el tema a tratar, a saber, el acto de matar. Esta acción se puede entender en su referente más inmediato a modo de crimen y, esto último, antes de dejarnos en un punto muerto, nos remite a pensar el

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