Aspectos Legales De Los Blogs

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Asuntos legales de los blogs jurídicos: derechos de autor, propiedad intelectual y derecho penal ¿Cómo ser un buen ciudadano digital?

ASPECTOS LEGALES A TENER EN CUENTA EN SU BLOG • Derechos de autor. •La propiedad industrial. •La responsabilidad de los blogeros por los contenidos que plasman terceros en comentarios. •“Buenos usos” de las herramientas del marketing online como Google AdSense entre otros. •Los avisos legales. •Los Blogs Empresariales.

Propiedad Intelectual • Derechos de autor: ¿Licencias Creative Commons? •Respete los contenidos de terceros y proteja los propios. •Respete las marcas de terceros

Responsabilidad por contenidos ¿De qué derechos hablamos? •Libertad de opinión •Libertad de expresión VS •Derecho al honor •Derecho al buen nombre •Derecho a la imagen

DIFAMACIÓN INJURIA CALUMNIA

Responsabilidad por contenidos DIFERENTES TENDENCIAS….. •Europa: directiva 2000/31/CE (aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior) •España: Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) VS Ley de Prensa •Italia: Proyecto de Ley del gobierno italiano para controlar la red italiana de blogueros: “Decreto Alfano”. •Estados Unidos: Digital Millennium Copyright Act (DMCA) + Communications Decency Act (CDA) + “Strategic Lawsuit Against Public Participation ("SLAPP) VS ANTISLAPP

Responsabilidad por contenidos Y COLOMBIA????

•No hay ley de sociedad de la información pero: • Decisión Andina 486 (marcas) • Decisión Andina 351 y ley 23 de 1982 (derautor) • Código penal: • Injurias y calumnias • Delitos informáticos (ley 1273 de 2009) • Protección de datos: Ley 1266 de 2008 • TLC’S????? USA, EUROPA???????

Responsabilidad por contenidos Europa: la Directiva • Obliga a los estados miembros a establecer en sus respectivas legislaciones la prohibición de la restricción la libertad de prestación de servicios de la sociedad de la información (artículo 3) •Los proveedores de infraestructura o de acceso no podrán ser considerados responsables de la información transmitida, siempre que no sean ellos los originarios de la misma y no seleccionen el destinatario de la transmisión o de la información considerada. •Sin embargo, la directiva precisa que los Estados miembros podrán imponer a los operadores de sitios web la obligación de informar lo antes posible a las autoridades públicas competentes de las supuestas actividades ilícitas que pudieran llevar a cabo los internautas.

Responsabilidad por contenidos Europa: la Directiva • El Artículo 14 de la Directiva establece que el prestador de servicios no puede ser considerado responsable de los datos almacenados a petición del destinatarios, a condición de que no tenga “conocimiento efectivo” de que la actividad o la información almacenada es ilícita o sí lo tiene, actúan con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos.

Responsabilidad por contenidos España: la LSSI vs la Ley de Prensa • Soy responsable: ley de Prensa: facultades de

control y supervisión (caso Alasbarricadas.org y muchos mas) •No soy responsable: LSSI (caso Foro Mindoniense.com), a menos que:

Responsabilidad por contenidos España: la LSSI vs la Ley de Prensa • Cuándo hay responsabilidad bajo la LSSI? • Si se considera un Prestador de Servicios de la Sociedad de la información: PUNTO CLAVE ejercer una actividad económica (Google Adsense por ejemplo) • Que hubiera tenido “conocimiento efectivo”. •Es decir, que pasa si tengo un blog en España hoy? Soy responsable dependiendo de si soy un blog con “actividad económica o no: DISCRIMINACIÓN!!!!!!!!

Responsabilidad por contenidos Estados Unidos: los puertos seguros y la Sección 230 • Dos legislaciones a tener en cuenta: • La Digital Millennium Copyright Act (DMCA para el caso de infracciones de derechos de autor: los llamados “safe harbor”. • La Sección 230 del Communications Decency Act (la CDA) para el caso de los contenidos (promulgada en 1996).

Responsabilidad por contenidos Estados Unidos: la Sección 230 de la CDA • "Ningún proveedor o usuario de un servicio informático interactivo será tratado como editor o locutor de ninguna información proporcionada por otro proveedor de contenidos de información” •Distingue entre “publishing material” (siendo propietario del contenido, así no lo haya escrito) y “distributing material” (vender o hacer disponible el material). Dicha distinción es importante en tanto que usualmente los publishers son responsables del contenido de terceros, en tanto que los distribuidores no lo son al menos hasta que no sean ellos mismos publishers o tengan conocimiento del contenido que publican.

Responsabilidad por contenidos Estados Unidos: la Sección 230 de la CDA • Bajo la Sección 230 un “servicio informático interactivo “ (como un Blog) no debe ser tratado como un Publisher y por tanto no es responsable por los contenidos injuriosos de terceros. •Un paso más allá: el caso de 1997 Zeran v. AOL: un “servicio informático interactivo “ no es responsable por contenidos difamatorios de terceros aún cuando éste tenga conocimiento del hecho y no elimina el contenido. •El caso Yahoo Vs Barnes: “la Sección 230(c)(1)crea una regla base: no existe responsabilidad por publicar o difundir el contenido de otros proveedores de servicio de información”. Sin embargo, en el caso en concreto lo que el juez determinó fue al prometer Yahoo a Barnes la eliminación del contenido, dicha regla básica se rompe, generando un incumplimiento contractual al no haber eliminado el contenido.

Responsabilidad por contenidos Estados Unidos: la Sección 230 de la CDA • Qué pasa si soy un bloger en USA en un caso de contenido difamatorio? Dos opciones: • (i) negarse a eliminar el contenido bajo la regla básica de la Sección 230, o • (ii) decirle a tercero que procederá a eliminarlo, caso en el cual deberá cumplir con su promesa so pena de responsabilidad contractual.

Responsabilidad por contenidos Estados Unidos: SLAP vs ANTISLAP • Strategic Lawsuit Against Public Participation ("SLAPP"), demanda civil donde el demandante es una empresa cuyo fin es lograr que el demandado (puede ser una persona natural o una empresa) abandone la critica u oposición en un tema de interés público. El demandante no busca ganar el SLAPP, sino hacer que el demandado deje de realizar la crítica. •A raíz de ello, varios Estados (como California) tienen legislaciones de demandas “anti-SLAPP" para proteger el derecho a la libre expresión. •En el ámbito de los blogs, incluso ha habido casos de anti-SLAPP a favor de dueños de blogs, evitando así demandas por difamación

Responsabilidad por contenidos Estados Unidos: un “seguro blogero” A raíz de la cantidad de demandas por responsabilidad del bloger por diversos motivos, entre los que se encuentran difamación, privacidad o derechos de autor, en Estados Unidos ya existe un seguro ofrecido por AXIS Insurance llamado BlogInsure, que cubre los costos e indemnizaciones por este tipo de demandas.

Avisos legales •¿Para qué sirven? • Mayor seguridad jurídica al blog. • No siempre es obligatorio tener un aviso legal.

Avisos legales •En España, únicamente deben tenerlo estos tipos de webs y blogs: • Páginas web de empresa y blogs corporativos. • Web de comercio electrónico; en las que se ofrezcan productos o servicios profesionales; o en las que se informe sobre productos o servicios profesionales propios. • BLOGS y webs personales que muestran publicidad o enlaces/imágenes/banners patrocinados.

Avisos legales • En España, el aviso legal debe incluir: -Los datos de registro de la empresa, o los datos de contacto profesional si eres persona física. -Política de Privacidad: informar de que se están recabando datos personales de los usuarios (al menos, siempre se recaba la IP) y la finalidad para la que serán tratados. También debe informar al usuario de sus derechos. - Otros apartados: aunque no obligatorias, se pueden incluir cláusulas de propiedad intelectual, propiedad industrial, responsabilidad, condiciones de uso de la web entre otros.

Avisos legales • Algunos ejemplos de cláusulas: • De “no garantía de la información”: “la información de este blog puede cambiar sin previo aviso y no garantizamos que ésta sea completa, correcta o actualizada” • De “diferenciación con la oficina”: “los anuncios en este sitio son de mi autoría y no necesariamente representan las posiciones, estrategias u opiniones de [empresa donde se trabaja]”

Avisos legales • Algunos ejemplos de cláusulas • Para blawgs: “este blog es únicamente para propósitos informativos. No creamos una relación del abogadocliente con usted cuando usted utiliza el blog. Usando el blog, usted acuerda que la información recopilada y publicada en este blog no constituye un consejo legal u profesional, y no se crea ninguna relación abogado-cliente, ni ninguna otra relación de tal modo entre usted y nosotros. Este blog no sustituye un asesoramiento jurídico de un abogado calificado autorizado en su país”.

Avisos legales • Algunos ejemplos de cláusulas • Sobre links: “este blog no asume ninguna responsabilidad por los sitios a cuales esta vinculado. En particular, no asume ninguna responsabilidad por cualquier información o contenido de esos sitios (incluyendo pero no limitado a las opiniones, consejos, opiniones, recomendaciones o publicidad). Este blog tampoco asume ninguna responsabilidad en relación con cualquier producto o servicio, que tales sitios pueden ofrecer”.

Avisos legales •Es importante a su vez tener presente cláusulas de exoneración en cuanto a la reserve de cambiar los términos y condiciones de la página, o el prohibir a los usuarios del blog algunas actividades específicas.

Avisos legales • Google Analytics (Pablo Burgueño): “Google Analytics, un servicio analítico de web prestado por Google, Inc., una compañía de Delaware cuya oficina principal está en 1600 Amphitheatre Parkway, Mountain View (California), CA 94043, Estados Unidos (“Google”). Google Analytics utiliza “cookies”, que son archivos de texto ubicados en su ordenador, para ayudar al website a analizar el uso que hacen los usuarios del sitio web. La información que genera la cookie acerca de su uso del website (incluyendo su dirección IP) será directamente transmitida y archivada por Google en los servidores de Estados Unidos. Google usará esta información por cuenta nuestra con el propósito de seguir la pista de su uso del website, recopilando informes de la actividad del website y prestando otros servicios relacionados con la actividad del website y el uso de Internet. Google podrá transmitir dicha información a terceros cuando así se lo requiera la legislación, o cuando dichos terceros procesen la información por cuenta de Google. Google no asociará su dirección IP con ningún otro dato del que disponga Google. Puede Usted rechazar el tratamiento de los datos o la información rechazando el uso de cookies mediante la selección de la configuración apropiada de su navegador, sin embargo, debe Usted saber que si lo hace puede ser que no pueda usar la plena funcionabilidad de este website. Al utilizar este website Usted consiente el tratamiento de información acerca de Usted por Google en la forma y para los fines arriba indicados”.

Avisos legales • Google Adsense (Pablo Burgueño): “Google, como proveedor asociado, utiliza cookies para publicar anuncios en este sitio web. Los usuarios pueden inhabilitar el uso de la cookie de DART a través del anuncio de Google y accediendo a la política de privacidad de la red de contenido. Google utiliza empresas publicitarias asociadas para publicar anuncios cuando visita nuestro sitio web. Es posible que estas empresas usen la información que obtienen de sus visitas a este y otros sitios web (sin incluir su nombre, dirección, dirección de correo electrónico o número de teléfono) para ofrecerle anuncios sobre productos y servicios que le resulten de interés. Si desea obtener más información sobre esta práctica y conocer sus opciones para impedir que estas empresas usen esta información, haga clic aquí ”.

Los Blogs empresariales • Algunos beneficios: • Parte integral de la comunicación externa de la empresa • Ayuda a promover la empresa • Posible aumento de ganancias (reputación, $$$, etc) •A tener en cuenta: • Política de uso del computador de la empresa acorde con su utilización. • Política de blog corporativo que defina los alcances de la utilización de dicha herramienta.

Los Blogs empresariales • Algunos riesgos (fotos inapropiadas o críticas abiertas a la empresa donde se trabaja): • Delta airlines • Google • Microsoft • Muchos más…

Entonces… ¿cómo ser un buen ciudadano digital?

- Tenga en cuenta que existen riesgos legales: conózcalos e interiorícelos. - Modere los comentarios cuando resulten ofensivos, insultantes, o fuera de lugar. - Las quejas sobre un servicio técnico, un producto o servicio son admitidas siempre que los hechos sean veraces. - No escriba contenidos difamatorios. - No divulgue información confidencial ni secretos empresariales en su blog.

Entonces… ¿cómo ser un buen ciudadano digital? - Hay que recordar que los personajes públicos, y en concreto los políticos, tienen un mayor margen de crítica en su labor que las personas que no tienen esa condición y cuya imagen y buena reputación se encuentra más protegida. - Utilice avisos legales apropiados para su blog. - Si escribe contenidos negativos contra personas o empresas, asegúrese de publicar información cierta. - Tenga en cuenta la propiedad intelectual (marcas, derechos de autor).

Entonces… ¿cómo ser un buen ciudadano digital? - No divulgue información confidencial ni secretos empresariales en su blog. - Tenga cuidado con lo que dice, puede implicar a su empresa (asi no sea un blog corporativo), afectando la reputación de su empleador. - Los insultos, imputaciones de delitos que no podamos demostrar, y opiniones que no podamos fundamentar en hechos y cuya finalidad sea meramente desacreditar a un tercero deben ser tenidas en cuenta como fuentes de riesgo.

GRACIAS!!! alejandrodelgadomoreno.com

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