25 de febrero CONTEXTO DE DESCUBIRMIENTO Y JUSTIFICACION DESDE LAS CONCEPCIONES DE LA ARUMENTACION JURIDICA
Este es un conocimiento piramidal es decir todo sirve para el semestre. CONCEPTO : Son las propiedades. Arte de una pregunta que es el problema La argumenacion jurídica como actividad responde a razones a favor o en contra de algo para asi crear una premisa o para justificar una premisa. Estas son dos codas totalmente disitintas. Una es tópica y consiste solo en la creación y refiere al contexto de descubrimiento en cambio cuando esta ya esta creada es decir ya esta producida las razones que se dan a favor o en contra hacen parte del contexto de justificación. No eslo mismo crear que justificar . Crear implica producior algo de la nada o con iunos materiales. Uno no crea premisas de la nada o sin ninguna motivación . La motivación para crear una premisa es querer dar la solución al problema. En el caso de la justificación si el producto ya esta creado y simplemtne las razones buscan reforzar o atacar lo que ya esta creado. ROBER ALEXI, Sus teorías son muy básicas ya que el no entidnio muy bien la distinción entre el descubrimiento y justificación. En el circulo d bienda,todo esto toma fuerza y Rudelph Carmp y Karl Popper ,ellos desetiman todo lo referente al descubibirmiento pues afirman que este e sun ejercicio inductivo en el que se tiene una idea alegre que llega de distintas formas que solucionan los problemas,obviamente ese¡o deesetima todo lo referente al descubirmiento como forma de la solución de un problema. Ellos al ser parte del circulo hacían un ejercicio depurativo del lenguaje cinetifico Ellos ignoran el contexto de descubirmiento y se concentran en el justificación pues según ellos esa es la manera en que se logra interpretar el lenguaje cientitifico. Ppper lo hace por medio de la falsacion y Carmp por medio de la verficiacion empírica. Ojo Kelsen también hacia parte del circulo y lo haciapor medio de los enunciados del derecho d eforma verificativa. EJ: LOS METALES SE DILATAN CON EL CALOR. Si quiero contradecirlo entonces… debo poner un metal y voy a suministrarle energía para que tenga calor. Y ahí veo si se expande o no. Al verificarlo entonces corroboro dicha hipótesis y dire que es verdadera. Y dicha preposición pasa a ser parte d emi lenguaje científico y las que no pasen ese filtro no serán consideradas como ciencia. Eso es problemativo porque en ese circulo trataban de eliminar toda la meta física del lenguaje y si no pasaba el filtro de la experimenatcion entonces era metafísica. Y e¡si es metaafisica entonces es científico.
La matemática es una herramienta para generar ciencia. Eso en la antiguedasd Los m¡numeros son astracciones no sensuales. Se representan atraves de una formalidad. Popper uno no puede verificar ……………. Al no tener en cuenta la estructa
Hcaer el exprimiento total es imposible Ej de todo el metal del universo. Si un solo elemento no se adecuda al contenido de la preposición pues la preposición se vuelve falsa por necesidad. TODOS LOS CUERVOS SON NEGROS Y SI APARECE UNO BLANCO ENTONCESSE VUELVE FALSA LA PREPOSICION. Kepler es un astrónomo que logra ddescubirir la orbita de marte y como opera,reaalizoun preceso de ensayo y error. Siempre se descacho por 8 minutos y tratando de ajustarlodescubirio que no es circular sino obalda. Cuando hablamos de contexto de justificación si se orgsniza el conocimiento atraves de unos pasos para la organización del conocimiento pero no existen tales pasos paragenerar una idea brillante. Pero podemos hacer unas cacrtaeristicas necesarias para crear una idea 1.
Tener mucho conocimiento sobre el tema donde se prudce el pronlema
2.
Paciencia
COMO SE DIFERENCIA UN CONTEXTO DE JUSTIFICACION Y DE DESCRUBIRIMIENTO EN EL DERECHO Alexis dice que esto se ve en la labor judicial. Como sabes mucho de un tema vas a crear unapremisa. Uniendo todo el conocmiento que tienes haces una hipótesis que te va a solucionar el problema. El probelam jurudico es lo que se busca solucionar por medio de la sentencia. El ejecicio creativo del juez es cuando el juez debe construir esa premisa que será considerada el resuelve. Se confunde en derecho,…………. Hay que mirar la racio decidenti hay que verla en conjunto con el resuelve. Debemos crear criterios para poder diferenciarlos. Entonces acudimis a las concepciones de la argumentación jurídica. 1. FORMAL, Sobre la posibilida de evaluar atraes de los razonamientos. Gracias a esta podemos afirmar que determinar la validez del razonamiento en la sentencia es un ejercicio propio de un contexto de justificación mas de de descubirlo 2.
MATERIAL,
3.
PRAGMATICA
En el tema material y pragmático no s epuede distinguir jutificacion de descurbimiento solo se puede hacer desde un aspecto FORMA. Podemos valorar los argumentos dezsde las concepciones. VAALORACIONES FORMALES : Valido o Invalido VALORACIONES MATERIALES: Verdadero o falso,si esta bien o no costruido+ VALORACIONES EN EL PRGAMATIVO : Se concentra en que tan persuasido es o no.
Las falacias son engaños sofisticados porque aparentemente consif¡guran correctamente un contexto de descrubirimiento y justificación. Las falacias van a tener u división dependiendo de la intensión del sujeto. Si el sujeto tiene la intensión de engañar a la otra persona la falacia se llama SOFISTA. Si la persona por ignorancia termina engalando a la otra persona eso se llama PARALOGISMO. El cataogo de falasias es abrumador ¡,hay muchísimas,las falasias se organizan por la concepciones de la argumentación jurídica,eso lo dijo ….. Las falacias formales,son las que atacan la validez de los razonamientos ya sean a nivel deductivo o inductivo. Son muy fáciles de identificar., Ej : deductivas :
Las falacias materiales pueden ser falacias de ambigüedad y falacias de falsa analogía. Las de ambigüedad se dividen en la anfibología y la equivoco. El equivoco es cuando se usa un termino con diversas designaciones en un mismo contexto de manera distinta. Ej : Banco / Banco en el mismo contexto ahí hay un equivoco. Pico/pico Pico: Todas la aves tienen pico. Todos los picos son herramientas, conclusión todas las aves son herramientas y ahí es donde se presenta la falacia del equivoco. No nhay errores en el razonamiento el problema esta en los términos. La anfibología,es cuando el termino o la preposición padece de vaguedad semántica y se desconoce su contexto. Ej _ Las preposicones ( Al ,ante – por si solas no significan anda ) otros son los términos de enlace ( Si-y qjue por si solas no significan anda ) por ende toca articularlas en una oración y ahí se convierten en algo sin embargo cuando se convirten en unidad de sifnificacion entonces aparece la vaguedad es decir dice tanto que no dice nada. Ej : Voy para alla se da la oración pero no se soporta con un cotexto es decir es impresisa. Por ende las informaciones deben ser dotadas de3 contexto.ç La falacia dela falsa analogía consiste en concluir que los parecidos entre dos elementos que son parecidos son significativos para un proceso. Se vuelve falacia cuando se evidencia que las difrerencias son mas importantes que los mismos parecidos. Ej : Los hombres que son mujeriegosson como una llave maestra que puede abrir cualquier puerta. Las falacias Pragmaticas : Las falacias pragmáticas se miden desde el nivel de la moralidad ej : Pueden ser morales o inmorales todo depende los mecanismos de presuacion que usen.
05 de febrero Es importante para la constitucionalidad del derecho la argumentación jurídica. CONSTITUCIONALIZACIÓN : Como un fenomeno. Busca el criterio. Inicialmente se creía que la norma era válida si se relacionaba con la biblia,lugo se decía que era cuando el poder era único,pero realmente es solo cuando no choca con las constitución y debe seguir procedimientos.
PRETENSIÓN DE MODALIDAD : Ahora el fundamento real de la norma es la constitucionalidad. Se examina la norma en la corte constitucional y se disuelve si esta mal o no. Se le da potestad al ciudadano a demandar en el momento en que considere que una norma es incorrecta.
SUBSUNCIÓN LÓGICA : Induccion,en derecho no se aceptan. Es tecnica cuando es construida por el juez. Todas las consecuencias son distintas.
(I) NI
(l) Nl
(2) Al
(2) A2
(3) C2
(3) C3
Se debe argumentar el porqué de estas consecuencias. La vaguedad del lenguaje es muy vago por ende es por esto que se dan estas variedades. AMBIGÜEDAD : Un signo o una oración tiene muchas preposiciones. EJ : -------VAGEDAD: Es un problema de impresicion;”Decir tanto que no dice nada” Ej : Voy para alla
PRINCIPIO CONTEXTO ¿Cómo se ejerce la libertad? No se puede determinar. Es imposible. ¿Por qué? Porque el principio es de sintaxis vago. Al ser el principio de sintaxis vaga hay que argumentar el porque eso configura una transacción. Las limitaciones argumentativas las determina el lenguaje. 12 de Febrero ANGLOSAJONA : Como fuente tiene la costumbre y la jurisprudencia. Siempre ha habido argumentación jurídica. EUROPEA : Basa toto bajo el principio de legalidad (No puede ser juzgado sino por delitos preexistentes) Los actos van a ser objetivamente válidos en la medida en que estén contenidos en la norma. PROBLEMA DE ATRIBUCIÓN DEL DERECHO : El individuo cree que está actuando conforme al contenido de la ley. EJ:.................. Lo que falla es la interpretación sistemática. No se puede aislar los hechos deben analizarse como un todo. EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD PASA A UN SEGUNDO PLANO en los juicios de……… Ej : Grupo Nazi,se movían bajo una orden. Pretensión de modalidad que debe sustentar el principio jurídico. AXIOMATIZACIÓN DE INTERESES COLECTIVOS SOCIALES : Inicia con la creación de un catálogo de derechos humanos. or ende nadie puede estar exento a respetar los derechos humanos.
Ojo,una cosa es un derecho humano y otra cosa es un derecho fundamental. El derecho humano básicamente es la categorización y el derecho fundamental es cuando este entra en vigencia. ACCIOMENTIZACION (INTERNO ) : Se pasa de la legalidad a la constitucionalización. Se representan los modelos de estado. Gracias a esto. Y se transforma a un modelo de Estado Social de derecho,donde todo juez. Es juez constitucional en este modelo,sin importar si era municipal o no. Los modelos Europeos deben establecer en la labor judicial la forma en la que van a resolver algunos conflictos. Existe una sintacela vaga,el juez debe dar razones a favor o en contra sobre la interpretación de una norma y ahí es donde se da loa argumentación jurídica. Existen muchas concepciones CONCEPTO : Relación semántica ( Propiedad y término) CONCEPCIÓN : Relación pragmática ( Diversas interpretaciones - Intérprete y signo) Se diferencian a nivel semiótico PROPIEDADES DEL CONCEPTO DE ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Parte de un pensamiento problemático,es decir,es la pregunta problema. No podemos hablar de argumentación jurídica sin haber una pregunta. La argumentación jurídica puede ser vista como un proceso y como un fin. Proceso desde la formulación de la pregunta hasta su solución. Final,la argumentación jurídica es vista como el paso lógico entre las premisas a la conclusión. La argumentación jurídica es vista como una actividad de lenguaje con el propósito de dar razones a favor o en contra de alguna tesis. La argumentación jurídica es valorativa,es decir a través de la misma se puede calificar algo de bueno o malo. Argumentos bien soportados ( Forma,sustancia,sintética,pragmática y semántica) Y DESDE SU PERCEPCIÓN INTERPRETACIONES DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
CONCEPCIONES DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA FORMAL : Relación sintáctica,es decir relación entre signos. Aluden a las relaciones que se hacen dentro de las premisas. No se analiza el origen de la premisa sino las relaciones que hay dentro de la premisa. von Wright y bulggn, discuten en si los argumentos están debidamente por deducción. MATERIAL: (Semántico),No importa si los razonamientos están bien hechos. Lo que le importa es la sustancia,es decir,si es verdad lo que se dice. El lenguaje es lo único que se puede verificar como falso o verdadero. No solo se analiza el origen sino también las justificaciones de lo que ya existe. PRAGMÁTICA: La pragmática no revisa la lógica de los argumentos,ni el origen,ni la justificación de los argumentos,sino se concentra en el poder de…… persuasión.
Se concentra en la relación comunicativa entre los sujetos como intérpretes. Van a haber dos concepciones dentro de la pragmática: 1. RETÓRICA : Tiene elementos,habla de un locutor,auditorio,mensaje,y persuasión. Solo hay una dirección de comunicación,es decir no hay un mensaje retorno. Ejemplo: Sujeto hablando en un auditorio.Existe un ejercicio de LOCUCIÓN. Pérez,el representante de la retórica. 2. CONCEPCIÓN DIALÉCTICA: Sólo hay tres elementos: Proponente,oponente y el mensaje. Se da un ejercicio de INTERLOCUCIÓN. Un debate bilateral. El proponente es el que inicia. Touilmi,es el máximo representante de la dialéctica. La argumentación que haya debe partir de la pretensión,como en las demandas. Los hechos justifican las pretensiones,en parte. El hecho necesita de otra parte para terminar de justificar y esta es la garantía……... Hechos y garantías : Premisas Las garantías hay que respaldarlas. RESPALDA: Por medio de jurisprudencia,doctrina y ley ( Fundamento de derecho) CONSTRUCCIÓN DE LA TEORÍA DEL CASO : Probabilidad de que exista un problema. Preveer las posibles refutaciones.