Angel Cenicero 16.1.07

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CONTABILIDAD FINANCIERA

PRINCIPIOS CONTABLES 1. La aplicación de los principios contables incluidos en los apartados siguientes deberá conducir a que las cuentas anuales, formuladas con claridad, expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. Cuando la aplicación de los principios contables establecidos en esta norma no sea suficiente para que las cuentas anuales expresen la imagen fiel mencionada, deberán suministrarse en la memoria las explicaciones necesarias sobre los principios contables aplicados. En aquellos casos excepcionales en los que la aplicación de un principio contable o de cualquier otra norma contable sea incompatible con la imagen fiel que deben mostrar las cuentas anuales, se considerará improcedente dicha aplicación. Todo lo cual se mencionará en la memoria, explicando su motivación e indicando su influencia sobre el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la empresa. 2

2. La contabilidad de la empresa se desarrollará aplicando obligatoriamente los principios contables que se indican a continuación: - Principio de prudencia. Únicamente se contabilizarán los beneficios realizados a la fecha de cierre del ejercicio. Por el contrario, los riesgos previsibles y las pérdidas eventuales con origen en el ejercicio o en otro anterior, deberán contabilizarse tan pronto sean conocidas; a estos efectos se distinguirán las reversibles o potenciales de las realizadas o irreversibles. En consecuencia, al realizar dicho cierre se tendrán presentes todos los riesgos y pérdidas previsibles, cualquiera que sea su origen. Cuando tales riesgos y pérdidas fuesen conocidos entre la fecha de cierre del ejercicio y aquella en que se establecen las cuentas anuales, sin perjuicio de su reflejo en el balance y cuenta de pérdidas y ganancias, deberá facilitarse cumplida información de todos ellos en la memoria. 3

Igualmente, se tendrán presentes toda clase de depreciaciones, tanto si el resultado del ejercicio fuese positivo como negativo. - Principio de empresa en funcionamiento. Se considerará que la gestión de la empresa tiene prácticamente una duración ilimitada. En consecuencia, la aplicación de los principios contables no irá encaminada a determinar el valor del patrimonio a efectos de su enajenación global o parcial ni el importe resultante en caso de liquidación. - Principio del registro. Los hechos económicos deben registrarse cuando nazcan los derechos u obligaciones que los mismos originen.

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- Principio del precio de adquisición. Como norma general, todos los bienes y derechos se contabilizarán por su precio de adquisición o coste de producción. El principio del precio de adquisición deberá respetarse siempre, salvo cuando se autoricen, por disposición legal, rectificaciones al mismo; en este caso, deberá facilitarse cumplida información en la memoria. - Principio del devengo. La imputación de ingresos y gastos deberá hacerse en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.

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- Principio de correlación de ingresos y gastos. El resultado del ejercicio estará constituido por los ingresos de dicho período menos los gastos del mismo realizados para la obtención de aquéllos, así como los beneficios y quebrantos no relacionados claramente con la actividad de la empresa. - Principio de no compensación. En ningún caso podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo del balance ni las de gastos e ingresos que integran la cuenta de pérdidas y ganancias, establecidos en los modelos de las cuentas anuales. Se valorarán separadamente los elementos integrantes de las distintas partidas del activo y del pasivo.

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- Principio de uniformidad. Adoptado un criterio en la aplicación de los principios contables dentro de las alternativas que, en su caso, éstos permitan, deberá mantenerse en el tiempo y aplicarse a todos los elementos patrimoniales que tengan las mismas características en tanto no se alteren los supuestos que motivaron la elección de dicho criterio. De alterarse estos supuestos podrá modificarse el criterio adoptado en su día; pero en tal caso, estas circunstancias se harán constar en la memoria, indicando la incidencia cuantitativa y cualitativa de la variación sobre las cuentas anuales. - Principio de importancia relativa. Podrá admitirse la no aplicación estricta de algunos de los principios contables siempre y cuando la importancia relativa en términos cuantitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere las cuentas anuales como expresión de la imagen fiel a la que se refiere el apartado 1. 7

3. En los casos de conflicto entre principios contables obligatorios deberá prevalecer el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. Sin perjuicio de lo indicado en el párrafo precedente, el principio de prudencia tendrá carácter preferencial sobre los demás principios.

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C) EL PATRIMONIO

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MASAS PATRIMONIALES Las cuentas anuales, integradas por el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria, son la base del análisis de estados financieros. No sólo son de interés las cuentas cerradas al final del ejercicio económico sino que también se suelen analizar las cuentas intermedias elaboradas al final de cada mes o de cada trimestre. El balance de situación es un estado contable que refleja la situación patrimonial de la empresa. Dicha situación se compone de los bienes, derechos, deudas y capital que tiene la empresa en un momento dado, tal y como hemos visto de forma introductoria en este curso. Desde otro punto de vista, el activo refleja las inversiones que ha efectuado la empresa; y el pasivo de dónde han salido los fondos que han financiado dichas inversiones. 10

ACTIVO ¿En qué ha invertido la empresa?

PASIVO ¿De dónde se ha obtenido la financiación?

Según el Plan General de Contabilidad, el balance de situación puede presentarse según el modelo normal, si se trata de grandes empresas, o el modelo abreviado, si se trata de pymes. No obstante, de cara al análisis es conveniente reagrupar las cuentas tal y como se expone a continuación.

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ACTIVO DE MENOR A MAYOR LIQUIDEZ

Fijo Circulante

PASIVO DE MENOR A MAYOR EXIGIBILIDAD

No exigible Exigible a largo plazo Exigible a corto plazo

Ya conocemos cual es la estructura básica de un Balance de Situación y los criterios que nos permitirán ordenar su activo y pasivo. Las Masas Patrimoniales son la agrupación de todos aquellos elementos patrimoniales que tienen características comunes. 12

Veamos un esquema de las principales Masas Patrimoniales que componen el Activo y el Pasivo: ACTIVO

PASIVO

ACTIVO FIJO

INMATERIAL MATERIAL FINANCIERO

PATRIMONIO NETO

PASIVO NO EXIGIBLE

ACTIVO CIRCULANTE

EXISTENCIAS REALIZABLE DISPONIBLE

EXIGIBLE (LP)

PASIVO EXIGIBLE

EXIGIBLE (CP)

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EL EQUILIBRIO PATRIMONIAL

Una situación de equilibrio patrimonial se identifica a partir de las siguientes exigencias genéricas: - Debe existir una adecuada relación entre las inversiones permanentes, necesarias para el desarrollo de la actividad, y las circulantes, vinculadas con la propia actividad. Por otra parte, también debe darse una adecuada relación dentro de la estructura financiera de la empresa entre financiación propia y ajena, tal que permita una perfecta funcionalidad financiera. Para ambas exigencias resulta difícil, a priori, establecer relaciones con carácter general para todo tipo de empresas, puesto que su nivel adecuado depende de múltiples factores relacionados con la actividad desarrollada.

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- Deben relacionarse aquellas masas patrimoniales de activo y pasivo que sean correlativas respecto al grado de conversión en disponible y en exigible, del mismo modo que, de manera más general, entre los componentes de activo y de pasivo de la estructura patrimonial circulante y los de la estructura patrimonial fija. Para proteger al accionariado y a terceras personas que confían en una cifra de capital escriturado como cifra de responsabilidad social ante las deudas contraídas, se han establecido medidas en el caso de que dicha cifra se vea seriamente disminuida como consecuencia de pérdidas acumuladas. En los casos de desequilibrio entre la cifra de capital social y el volumen del patrimonio neto, existen dos situaciones de cara a preservar la cifra del capital social escriturado:

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a) En primer lugar, la reducción de capital tiene carácter obligatorio para la sociedad cuando las pérdidas hayan disminuido su patrimonio por debajo de las dos terceras partes de la cifra del capital y hubiere transcurrido un ejercicio social sin haberse recuperado el patrimonio (LSA art. 163.1.2.). b) En segundo lugar, la obligación es de disolver la sociedad, cuando el desequilibrio del patrimonio neto descienda por debajo de una cantidad inferior a la mitad del Capital Social, a no ser que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente (LSA 260.1.4).

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VALORACIÓN PATRIMONIAL

NORMAS DE VALORACIÓN 1.ª Desarrollo de principios contables. 1. Las normas de valoración desarrollan los principios contables, establecidos en la primera parte de este texto, conteniendo los criterios y reglas de aplicación a operaciones o hechos económicos, así como a diversos elementos patrimoniales. 2. Las normas valorativas que se formulan seguidamente son de aplicación obligatoria.

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2.ª Inmovilizado material. 1. Valoración. Los bienes comprendidos en el inmovilizado material deben valorarse al precio de adquisición o al coste de producción. Cuando se trate de bienes adquiridos a título gratuito se considerará como precio de adquisición el valor venal de los mismos en el momento de la adquisición. Se incorporará al valor del inmovilizado correspondiente el importe de las inversiones adicionales o complementarias que se realicen, valorándose éstas de acuerdo con los criterios establecidos en el párrafo anterior. 2. Precio de adquisición. El precio de adquisición incluye, además del importe facturado por el vendedor, todos los gastos adicionales que se produzcan hasta su puesta en condiciones de funcionamiento: gastos de explanación y derribo, transporte, derechos arancelarios, seguros, instalación, montaje y otros similares. 18

Se permite la inclusión de los gastos financieros en el precio de adquisición, siempre que tales gastos se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento del activo, y hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, destinada a financiar la adquisición. En este caso, su inscripción en el activo deberá señalarse en la memoria. Los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material sólo se incluirán en el precio de adquisición cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública. 3. Coste de producción. El coste de producción de los bienes fabricados o construidos por la propia empresa se obtiene añadiendo al precio de adquisición de las materias primas y otras materias consumibles, los demás costes directamente imputables a dichos bienes. Deberá añadirse la parte que razonablemente corresponda de los costes indirectamente imputables a los bienes de que se trata, en la medida en que tales costes correspondan al período de fabricación o construcción. 19

Se permite la inclusión de los gastos financieros en el coste de producción, siempre que tales gastos se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento del activo, y hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, destinada a financiar la fabricación o construcción. En este caso, su inscripción en el activo deberá señalarse en la memoria. 4. Valor venal. El valor venal de un bien es el precio que se presume estaría dispuesto a pagar un adquirente eventual teniendo en cuenta el estado y el lugar en que se encuentren dicho bien. El valor venal se apreciará en función de la situación de la empresa y, generalmente, bajo la hipótesis de continuidad de la explotación del bien.

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5. Correcciones de valor de inmovilizado material. En todos los casos se deducirán las amortizaciones practicadas, las cuales habrán de establecerse sistemáticamente en función de la vida útil de los bienes, atendiendo a la depreciación que normalmente sufran por su funcionamiento, uso y disfrute, sin perjuicio de considerar también la obsolescencia que pudiera afectarlos. Deberán efectuarse las correcciones valorativas necesarias con el fin de atribuir a cada elemento de inmovilizado material el inferior valor de mercado que le corresponda al cierre de cada ejercicio, siempre que el valor contable del inmovilizado no sea recuperable por la generación de ingresos suficientes para cubrir todos los costes y gastos, incluida la amortización.

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Por la depreciación duradera que no se considere definitiva se deberá dotar una provisión; esta provisión se deducirá igualmente a efectos de establecer la valoración del bien de que se trate; es este caso no se mantendrá la valoración inferior si las causas que motivaron la corrección de valor hubiesen dejado de existir. Cuando la depreciación de los bienes sea irreversible y distinta de la amortización sistemática, se contabilizará directamente la pérdida y la disminución del valor del bien correspondiente.

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3.ª Normas particulares sobre inmovilizado material. En particular se aplicarán las normas que se expresan con respecto a los bienes que en cada caso se indican: a) Solares sin edificar.- Se incluirán en su precio de adquisición los gastos de acondicionamiento como cierres, movimiento de tierras, obras de saneamiento y drenaje, así como los de derribo de construcciones cuando sea necesario para poder efectuar obras de nueva planta; y también los gastos de inspección y levantamiento de planos cuando se efectúen con carácter previo a su adquisición. b) Construcciones.- Formarán parte de su precio de adquisición o coste de producción, además de todas aquellas instalaciones y elementos que tengan carácter de permanencia, las tasas inherentes a la construcción y los honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra. Deberá figurar por separado el valor del terreno y el de los edificios y otras construcciones. 23

c) Instalaciones técnicas, maquinaria y utillaje.- Su valoración comprenderá todos los gastos de adquisición, o de fabricación y construcción hasta su puesta en condiciones de funcionamiento. d) Los utensilios y herramientas incorporados a elementos mecánicos se someterán a las normas valorativas y de amortización aplicables a dichos elementos. Con carácter general, los utensilios y las herramientas que no formen parte de una máquina y cuyo período de utilización se estime no superior a un año, deben cargarse como gasto del ejercicio. Si el período de su utilización fuese superior a un año, se recomienda, por razones de facilidad operativa, el procedimiento de regularización anual, mediante su recuento físico; las adquisiciones se adeudarán a la cuenta del inmovilizado, regularizando al final del ejercicio, en función del inventario practicado, con baja razonable por demérito.

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Las plantillas y los moldes utilizados con carácter permanente en fabricaciones de serie deben formar parte del inmovilizado material, calculándose su depreciación según el período de vida útil que se estime. Los moldes utilizados para fabricaciones aisladas, por encargo, no deben considerarse como inventariables. e) Los gastos realizados durante el ejercicio con motivo de las obras y trabajos que la empresa lleva a cabo para sí misma se cargarán en las cuentas que correspondan del grupo 6. Las cuentas del subgrupo 22 y a fin de ejercicio las cuentas 230/237, se cargarán por el importe de dichos gastos, con abono a cuentas del subgrupo 73. f) Los costes de renovación, ampliación o mejora de los bienes de inmovilizado material serán incorporados al activo como mayor valor del bien en la medida que supongan un aumento de su capacidad, productividad o alargamiento de su vida útil y siempre que sea posible conocer o estimar razonablemente el valor neto contable de los elementos que, por haber sido sustituidos, deban ser dados de baja del inventario. 25

g) En casos excepcionales y para determinados sectores de actividad se podrán valorar ciertas inmovilizaciones materiales por una cantidad y valor fijos, cuando cumplan las siguientes condiciones: -

que su valor global y composición no varíen sensiblemente y

-

que dicho valor global, sea de importancia secundaria para la empresa.

La aplicación de este sistema se especificará en la memoria, fundamentando su aplicación y el importe que significa esa cantidad y valor fijos. 4.ª Inmovilizado inmaterial. Los diversos conceptos comprendidos en el inmovilizado inmaterial se valorarán por su precio de adquisición o su coste de producción; se aplicarán los criterios establecidos para el inmovilizado material tanto por lo que respecta a la dotación de amortizaciones como de provisiones, sin perjuicio de lo señalado en la norma 5.ª 26

5.ª Normas particulares sobre inmovilizado inmaterial. En particular se aplicarán las normas que se expresan con respecto a los bienes y derechos que en cada caso se indican: a) Gastos de investigación y desarrollo: serán gastos del ejercicio en que se realicen; no obstante, al cierre del ejercicio, podrán activarse como inmovilizado inmaterial cuando reúnan las siguientes condiciones: -

Estar específicamente individualizados por proyectos y su coste claramente establecido para que pueda ser distribuido en el tiempo.

-

Tener motivos fundados del éxito técnico y de la rentabilidad económicocomercial del proyecto o proyectos de que se trate.

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Los gastos de investigación y desarrollo que figuren en el activo deberán amortizarse a la mayor brevedad posible y siempre dentro del plazo de cinco años desde que se concluya el proyecto de investigación o desarrollo que haya sido capitalizado; en el caso en que existan dudas razonables sobre el éxito técnico o la rentabilidad económico-comercial del proyecto, los gastos capitalizados deberán llevarse directamente a pérdidas. b) Propiedad industrial: se contabilizarán en este concepto, los gastos de investigación y desarrollo capitalizados cuando se obtenga la correspondiente patente o similar, incluido el coste de registro y formalización de la propiedad industrial. c) Fondo de comercio: sólo podrán figurar en el activo, cuando su valor se ponga de manifiesto en virtud de una adquisición onerosa.

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El fondo de comercio deberá amortizarse de modo sistemático, no pudiendo exceder del período durante el cual dicho fondo contribuya a la obtención de ingresos, con el límite máximo de diez años. Cuando dicho período exceda de cinco años deberá justificarse en la memoria la ampliación del plazo, siempre con el límite máximo de los diez años. d) Derechos de traspaso: sólo podrán figurar en el activo, cuando su valor se ponga de manifiesto en virtud de una adquisición onerosa. Los derechos de traspaso deberán amortizarse de modos sistemático, no pudiendo exceder del período durante el cual dicho fondo contribuya a la obtención de ingresos. e) Se incluirán en el activo los programas de ordenador, tanto los adquiridos a terceros como los elaborados por la propia empresa, utilizando los medios propios de que disponga y únicamente en los casos en que esté prevista su utilización en varios ejercicios. 29

En ningún caso podrán figurar en el activo los gastos de mantenimiento de la aplicación informática. Se aplicarán los mismos criterios de capitalización y amortización que los establecidos para los gastos de investigación y desarrollo. f) Cuando por las condiciones económicas del arrendamiento financiero no existan dudas razonables de que se va a ejercitar la opción de compra, el arrendatario deberá registrar la operación en los términos establecidos en el párrafo siguiente. Los derechos derivados de los contratos de arrendamiento financiero a que se refiere el párrafo anterior se contabilizarán como activos inmateriales por el valor al contado del bien, debiéndose reflejar en el pasivo la deuda total por las cuotas más el importe de la opción de compra. La diferencia entre ambos importes, constituida por los gastos financieros de la operación, se contabilizará como gastos a distribuir en varios ejercicios. Los derechos registrados como activos inmateriales serán amortizados, en su caso, atendiendo a la vida útil del bien objeto del contrato. Cuando se ejercite la opción de compra, el valor de los derechos registrados y su correspondiente amortización acumulada se dará de baja en cuentas, pasando a formar parte del valor del bien adquirido. 30

Los gastos a distribuir en varios ejercicios se imputarán a resultados de acuerdo con un criterio financiero. g) Cuando por las condiciones económicas de una enajenación, conectada al posterior arrendamiento financiero de los bienes enajenados, se desprenda que se trata de un método de financiación, el arrendatario deberá registrar la operación en los términos establecidos en el párrafo siguiente. Se dará de baja el valor neto contable del bien objeto de la operación, reconociéndose simultáneamente y por el mismo importe el valor inmaterial. Al mismo tiempo deberá reconocerse en el pasivo la deuda total por las cuotas más el importe de la opción de compra; la diferencia entre la deuda y la financiación recibida en la operación se contabilizará como gastos a distribuir en varios ejercicios.

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6.ª Gastos de establecimiento. Los gastos de establecimiento se valorarán por el precio de adquisición o coste de producción de los bienes y servicios que los constituyan. En particular se aplicarán las siguientes normas: a) Tendrán la consideración de gastos de constitución y ampliación de capital los siguientes: honorarios de letrados, notarios y registradores; impresión de memorias, boletines y títulos; tributos; publicidad; comisiones y otros gastos de colocación de títulos, etc., ocasionados con motivo de la constitución o ampliación de capital. b) Tendrán la consideración de gastos de primer establecimiento los siguientes: honorarios, gastos de viaje y otros para estudios previos de naturaleza técnica y económica; publicidad de lanzamiento; captación, adiestramiento y distribución de personal; etc., ocasionados con motivo del establecimiento. Los gastos de establecimiento deberán amortizarse sistemáticamente en un plazo no superior a cinco años. 32

7.ª Gastos a distribuir en varios ejercicios. Se aplicarán las siguientes normas: 1. Gastos de formalización de deudas. Los gastos de formalización de deudas se valorarán por su precio de adquisición o su coste de producción. En principio estos gastos deberán afectarse al ejercicio a que correspondan, excepcionalmente, dichos gastos podrán distribuirse en varios ejercicios, en cuyo caso deberán imputarse a resultados durante el plazo de vencimiento de las correspondientes deudas y de acuerdo con un plan financiero; en todo caso deberán estar totalmente imputados cuando se amorticen las deudas a que correspondan.

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2. Gastos por intereses diferidos. Los gastos por intereses diferidos se valorarán por la diferencia entre el valor de reembolso y el valor de emisión de las deudas a que correspondan. Dichos gastos se imputarán a resultados durante el plazo de vencimiento de las correspondientes deudas y de acuerdo con un plan financiero. 8.ª Valores negociables. 1. Valoración. Los valores negociables comprendidos en los grupos 2 ó 5, sean de renta fija o variable, se valorarán en general por su precio de adquisición a la suscripción o compra. Este precio estará constituido por el importe total satisfecho o que deba satisfacerse por la adquisición, incluidos los gastos inherentes a la operación. A estos efectos, se deberán observar los criterios siguientes: 34

a) El importe de los derechos preferentes de suscripción se entenderá incluido en el precio de adquisición. b) El importe de los dividendos devengados o de los intereses, explícitos devengados y no vencidos en el momento de la compra, no formarán parte del precio de adquisición. Dichos dividendos o intereses se registrarán de forma independiente, atendiendo a su vencimiento. A estos efectos, se entenderá por "intereses explícitos" aquellos rendimientos que no formen parte del valor de reembolso. c) En el caso de venta de derechos preferentes de suscripción o segregación de los mismos para ejercitarlos, el importe del coste de los derechos disminuirá el precio de adquisición de los respectivos valores. Dicho coste se determinará aplicando alguna fórmula valorativa de general aceptación y en armonía con el principio de prudencia; al mismo tiempo, se reducirá proporcionalmente el importe de las correcciones valorativas contabilizadas. 35

En todo caso, deberá aplicarse el método del precio medio o coste medio ponderado por grupos homogéneos; entendiéndose por grupos homogéneos de valores los que tienen iguales derechos. 2. Correcciones valorativas. Los valores negociables admitidos a cotización en un mercado secundario organizado se contabilizarán, al menos al final del ejercicio, por el precio de adquisición o el de mercado si éste fuese inferior a aquél. En este último caso, deberán dotarse las provisiones necesarias para reflejar la depreciación experimentada. No obstante, cuando medien circunstancias de suficiente entidad y clara constancia que determinen un valor inferior al precio de mercado antes indicado, se realizará la corrección valorativa que sea pertinente para que prevalezca dicho valor inferior.

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El precio de mercado será el inferior de los dos siguientes: cotización media en un mercado secundario organizado correspondiente al último trimestre del ejercicio; cotización del día de cierre del balance o en su defecto la del inmediato anterior. No obstante lo anterior, cuando existan intereses, implícitos o explícitos, devengados y no vencidos al final del ejercicio, los cuales deberán estar contabilizados en el activo, la corrección valorativa se determinará comparando dicho precio de mercado con la suma del precio de adquisición de los valores y de los intereses devengados y no vencidos al cierre del ejercicio.

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Tratándose de valores negociables no admitidos a cotización en un mercado secundario organizado figurarán en el balance por su precio de adquisición. No obstante, cuando el precio de adquisición sea superior al importe que resulte de aplicar criterios valorativos racionales admitidos en la práctica, se dotará la correspondiente provisión por la diferencia existente. A estos efectos, cuando se trate de participaciones en capital, se tomará el valor teórico contable que corresponda a dichas participaciones, corregido en el importe de las plusvalías tácitas existentes en el momento de la adquisición y que subsistan en el de la valoración posterior. Este mismo criterio se aplicará a las participaciones en el capital de sociedades del grupo o asociadas, la dotación de provisiones se realizará atendiendo a la evolución de los fondos propios de la sociedad participada aunque se trate de valores negociables admitidos a cotización en un mercado secundario organizado.

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9.ª Créditos no comerciales. Se registrarán por el importe entregado. La diferencia entre dicho importe y el nominal de los créditos deberá computarse como ingreso por intereses en el ejercicio en que se devenguen, siguiendo un criterio financiero y reconociéndose el crédito por intereses en el activo del balance. Los créditos por venta de inmovilizado se valorarán por el precio de venta, excluidos en todo caso los intereses incorporados al nominal del crédito, los cuales serán imputados y registrados como se indica en el párrafo anterior. Los intereses devengados, vencidos o no, figurarán en cuentas de crédito del grupo 2 ó 5 en función de su vencimiento. Se registrarán en dichas partidas de crédito los intereses implícitos que se devenguen, con arreglo a un criterio financiero, con posterioridad a la fecha de adquisición del valor. 39

Deberán realizarse las correcciones valorativas que procedan, dotándose, en su caso, las correspondientes provisiones en función del riesgo que presenten las posibles insolvencias con respecto al cobro de los activos de que se trate. 10.ª Acciones y obligaciones propias. Las acciones propias se valorarán aplicando lo establecido en la norma 8.ª En la amortización y enajenación de acciones propias se aplicarán las siguientes reglas: a) La amortización de acciones propias dará lugar a la reducción del capital por el importe del nominal de dichas acciones. La diferencia, positiva o negativa, entre el precio de adquisición y el nominal de las acciones deberá cargarse o abonarse, respectivamente, a cuentas de reservas. 40

b) Los resultados obtenidos en la enajenación de acciones propias figurarán en la cuenta de pérdidas y ganancias en el epígrafe: "Pérdidas por operaciones con acciones y obligaciones propias” o "Beneficios por operaciones con acciones y obligaciones propias", según proceda. Cuando la empresa adquiera sus propias obligaciones o bonos para amortizarlos, las diferencias que pudieran producirse entre el coste de adquisición, excluidos los intereses devengados no vencidos, y los valores de reembolso, excluidas las primas no imputadas a resultados reconocidas como gastos a distribuir en varios ejercicios, se cargarán o se abonarán, según proceda, a la cuenta 674 ó 774. 11.ª Deudas no comerciales. Figurarán en el balance por su valor de reembolso. La diferencia entre dicho valor y la cantidad recibida figurará separadamente en el activo del balance; tal diferencia debe imputarse anualmente a resultados en las cantidades que corresponda de acuerdo con un criterio financiero. 41

Las deudas por compra de inmovilizado se valorarán por su nominal. Los intereses incorporados al nominal, excluidos los que se hayan integrado en el valor del inmovilizado, figurarán separadamente en el activo del balance, imputándose anualmente a resultados en las cantidades que corresponda de acuerdo con un criterio financiero. Las cuentas de crédito figurarán en el balance por el importe dispuesto, sin perjuicio de la información que deba suministrarse en la memoria en relación con el importe disponible. 12.ª Clientes, proveedores, deudores y acreedores de tráfico. Figurarán en el balance por su valor nominal. Los intereses incorporados al nominal de los créditos y débitos por operaciones de tráfico con vencimiento superior a un año, deberán registrarse en el balance como "Ingresos a distribuir en varios ejercicios" o "Gastos a distribuir en varios ejercicios", respectivamente, imputándose anualmente a resultados de acuerdo con un criterio financiero. 42

Deberán realizarse las correcciones valorativas que procedan, dotándose, en su caso, las correspondientes provisiones en función del riesgo que presenten las posibles insolvencias con respecto al cobro de los activos de que se trate. 13.ª Existencias. 1. Valoración. Los bienes comprendidos en las existencias deben valorarse al precio de adquisición o al coste de producción. 2. Precio de adquisición. El precio de adquisición comprenderá el consignado en factura más todos los gastos adicionales que se produzcan hasta que los bienes se hallen en almacén, tales como transportes, aduanas, seguros, etc. El importe de los impuestos indirectos que gravan la adquisición de las existencias sólo se incluirá en el precio de adquisición cuando dicho importe no sea recuperable directamente de la Hacienda Pública. 43

3. Coste de producción. El coste de producción se determinará añadiendo al precio de adquisición de las materias primas y otras materias consumibles, los costes directamente imputables al producto. También deberá añadirse la parte que razonable- mente corresponda de los costes indirectamente imputables a los productos de que se trate, en la medida en que tales costes correspondan al período de fabricación. 4. Correcciones de valor. Cuando el valor de mercado de un bien o cualquier otro valor que le corresponda sea inferior a su precio de adquisición o a su coste de producción, procederá efectuar correcciones valorativas, dotando a tal efecto la pertinente provisión, cuando la depreciación sea reversible. Si la depreciación fuera irreversible, se tendrá en cuenta tal circunstancia al valorar las existencias. A estos efectos se entenderá por valor de mercado: 44

a) Para las materias primas, su precio de reposición o el valor neto de realización si fuese mayor. b) Para mercaderías y los productos terminados, su valor de realización, deducidos los gastos de comercialización que correspondan. c) Para los productos en curso, el valor de realización de los productos terminados correspondientes, deducidos la totalidad de costes de fabricación pendientes de incurrir y los gastos de comercialización. No obstante, los bienes que hubieren sido objeto de un contrato de venta en firme cuyo cumplimiento deba tener lugar posteriormente no serán objeto de la corrección valorativa indicada en el párrafo precedente, a condición de que el precio de venta estipulado en dicho contrato cubra, como mínimo, el precio de adquisición o el coste de producción de tales bienes, más todos los costes pendientes de realizar que sean necesarios para la ejecución del contrato. 45

Cuando se trate de bienes cuyo precio de adquisición o coste de producción no sea identificable de modo individualizado, se adoptará con carácter general el método del precio medio o coste medio ponderado. Los métodos FIFO, LIFO u otro análogo son aceptables y pueden adoptarse, si la empresa los considera más convenientes para su gestión. En casos excepcionales y para determinados sectores de actividad se podrán valorar ciertas materias primas y consumibles por una cantidad y valor fijos, cuando cumplan las siguientes condiciones: a) que se renueven constantemente; b) que su valor global y composición no varíen sensiblemente y, c) que dicho valor global, sea de importancia secundaria para la empresa. La aplicación de este sistema se especificará en la memoria, fundamentando su aplicación y el importe que significa esa cantidad y valor fijos. 46

14.ª Diferencias de cambio en moneda extranjera. 1. Inmovilizado material e inmaterial. Como norma general su conversión en moneda nacional se hará aplicando al precio de adquisición o al coste de producción el tipo de cambio vigente en la fecha en que los bienes se hubieren incorporado al patrimonio. Las amortizaciones y las provisiones por depreciación deberán calcularse, como norma general, sobre el importe resultante de aplicar el párrafo anterior. 2. Existencias. Su conversión en moneda nacional se hará aplicando al precio de adquisición o al coste de producción el tipo de cambio vigente en la fecha en que se produce cada adquisición, y esta valoración será la que se utilice tanto si se aplica el método de identificación específica para la valoración de las existencias, como si se aplican los métodos de precio medio ponderado, FIFO, LIFO u otros análogos. 47

Se deberá dotar la provisión cuando la valoración así obtenida exceda del precio que las existencias tuvieren en el mercado en la fecha de cierre de cuentas. Si dicho precio de mercado está fijado en moneda extranjera se aplicará para su conversión en moneda nacional el tipo de cambio vigente en la referida fecha. 3. Valores de renta variable. Su conversión en moneda nacional se hará aplicando al precio de adquisición el tipo de cambio vigente en la fecha en que dichos valores se hubieren incorporado al patrimonio. La valoración así obtenida no podrá exceder de la que resulte de aplicar el tipo de cambio vigente en la fecha de cierre, al valor que tuvieren los valores en el mercado. 4. Tesorería. La conversión en moneda nacional de la moneda extranjera y otros medios líquidos en poder de la empresa se hará aplicando el tipo de cambio vigente en la fecha de incorporación al patrimonio. Al cierre del ejercicio figurarán en el balance de situación al tipo de cambio vigente en ese momento. 48

Si como consecuencia de esta valoración resultara una diferencia de cambio negativa o positiva, se cargará o abonará, respectivamente, al resultado del ejercicio. 5. Valores de renta fija, créditos y débitos. La conversión en moneda nacional de los valores de renta fija así como de los créditos y débitos en moneda extranjera se realizará aplicando el tipo de cambio vigente en la fecha de la operación. Al cierre del ejercicio se valorarán al tipo de cambio vigente en ese momento. En los casos de cobertura de cambio (seguro de cambio o cobertura similar), se considerará únicamente la parte del riesgo no cubierto. Las diferencias de cambio positivas o negativas de cada valor, débito o crédito se clasificarán en función del ejercicio de vencimiento y de la moneda. A estos efectos, se agruparán aquellas monedas que, aun siendo distintas, gocen de convertibilidad oficial en España. 49

a) Las diferencias positivas no realizadas que se produzcan en cada grupo, como norma general, no se integrarán en los resultados y se recogerán en el pasivo del balance como «Ingresos a distribuir en varios ejercicios» b) Por el contrario, las diferencias negativas que se produzcan en cada grupo, como norma general, se imputarán a resultados. No obstante, las diferencias positivas no realizadas podrán llevarse a resultados cuando para cada grupo homogéneo se hayan imputado a resultados en ejercicios anteriores o en el propio ejercicio diferencias negativas de cambio, y por el importe que resultaría de minorar dichas diferencias negativas por las diferencias positivas reconocidas en resultados de ejercicios anteriores. Las diferencias positivas diferidas en ejercicios anteriores se imputarán a resultados en el ejercicio que venzan o se cancelen anticipadamente los correspondientes valores de renta fija, créditos y débitos o en la medida en que se vayan reconociendo diferencias en cambio negativas por igual o superior importe en cada grupo homogéneo. 50

6. Normas especiales. Por aplicación del principio del precio de adquisición, las diferencias de cambio en moneda extranjera no deben considerarse como rectificaciones del precio de adquisición o del coste de producción del inmovilizado. No obstante, cuando las diferencias de cambio se produzcan en deudas en moneda extranjera a plazo superior a un año y destinados a la financiación específica del inmovilizado, podrá optarse por incorporar la pérdida o ganancia potencial como mayor o menor coste de los activos correspondientes, siempre que se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones: -

que la deuda generadora de las diferencias se haya utilizado inequívocamente para adquirir un activo inmovilizado concreto, perfectamente identificable;

-

que el período de instalación de dicho inmovilizado sea superior a doce meses; 51

-

que la variación en el tipo de cambio se produzca antes de que el inmovilizado se encuentre en condiciones de funcionamiento;

-

que el importe resultante de la incorporación al coste no supere en ningún caso el valor de mercado o de reposición del inmovilizado.

Los importes capitalizados de acuerdo con esta opción tendrán la consideración de un elemento más del coste del inmovilizado material y, por consiguiente, estarán sujetos a amortización y provisión, en su caso. Podrán existir también normas especiales aplicables a industrias o sectores específicos con grandes endeudamientos a largo plazo en moneda extranjera. Estas situaciones concretas serán analizadas en las correspondientes adaptaciones sectoriales o en otra normativa de aplicación específica a estas situaciones. 52

15.ª Impuesto sobre el Valor Añadido. El IVA soportado no deducible formará parte del precio de adquisición de los bienes de inversión o del circulante, así como de los servicios, que sean objeto de las operaciones gravadas por el impuesto. En el caso de autoconsumo interno (producción propia con destino al inmovilizado de la empresa) el IVA no deducible se adicionará al coste de los respectivos bienes de inversión. No alterarán las valoraciones iniciales los ajustes en el importe del IVA soportado no deducible consecuencia de la regularización derivada de la prorrata definitiva, incluida, la regularización por bienes de inversión. 16.ª Impuesto sobre Sociedades. Para la contabilización del impuesto sobre sociedades, se considerarán las diferencias que puedan existir entre el resultado contable y el resultado fiscal, entendido éste como la base imponible del impuesto, siempre que se deban a las siguientes causas: 53

- Diferencias en la definición de los gastos e ingresos entre el ámbito económico y el tributario. - Diferencias entre los criterios temporales de imputación de ingresos y gastos utilizados en los indicados ámbitos. - La admisión en el ámbito fiscal de la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores. A estos efectos, se pueden distinguir las siguientes diferencias: - "Diferencias permanentes": las producidas entre la base imponible y el resultado contable antes de impuestos del ejercicio que no revierten en períodos subsiguientes, excluidas las pérdidas compensadas. - "Diferencias temporales": las existentes entre la base imponible y el resultado contable antes de impuestos del ejercicio cuyo origen está en los diferentes criterios temporales de imputación empleados para determinar ambas magnitudes y que por lo tanto revierten en períodos subsiguientes. 54

Las "pérdidas compensadas", a efectos de la determinación de la base imponible. El gasto a registrar por el impuesto sobre sociedades se calculará sobre el resultado económico antes de impuestos, modificado por las "diferencias permanentes". Las "diferencias temporales" y las pérdidas compensadas no modificarán el resultado económico a efectos de calcular el importe del gasto por el impuesto sobre sociedades del ejercicio. La existencia de pérdidas compensables fiscalmente dará origen a un crédito impositivo que representa un menor impuesto a pagar en el futuro. Para la contabilización del impuesto sobre sociedades habrá que considerar además, que las bonificaciones y deducciones en la cuota del impuesto, excluidas las retenciones y pagos a cuenta, se considerarán como una minoración en el importe del impuesto sobre sociedades devengado.

55

De acuerdo con los criterios anteriores, el importe a contabilizar por el impuesto sobre sociedades devengado en el ejercicio se calculará realizando las siguientes operaciones: - Se obtendrá el "resultado contable ajustado", que es el resultado económico antes de impuestos del ejercicio más o menos las "diferencias permanentes" que correspondan al mismo. - Se calculará el importe del "impuesto bruto", aplicando el tipo impositivo correspondiente al ejercicio sobre el "resultado contable ajustado". - Finalmente, del importe del "impuesto bruto", según sea positivo o negativo, se restará o sumará, respectivamente, el de las bonificaciones y deducciones en la cuota, excluidas las retenciones y los pagos a cuenta, para obtener el impuesto sobre sociedades devengado. El crédito impositivo como consecuencia de la compensación fiscal de pérdidas se calculará aplicando el tipo impositivo del ejercicio a la base imponible negativa del mismo. 56

Las diferencias entre el impuesto sobre sociedades a pagar y el gasto por dicho impuesto, así como el crédito impositivo por la compensación fiscal de pérdidas, en la medida en que tengan un interés cierto con respecto a la carga fiscal futura, se registrarán en las cuentas 4740-Impuesto sobre beneficios anticipado, 4745 -Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio ... y 479-Impuesto sobre beneficios diferido. Cuando la modificación de la legislación tributaria o la evolución de la situación económica de la empresa den lugar a una variación en el importe de los impuestos anticipados, créditos impositivos e impuestos diferidos, se procederá a ajustar el saldo de las cuentas antes mencionadas, computándose en resultados el ingreso o gasto, según corresponda, que se derive de dicho ajuste. De acuerdo con el principio de prudencia, sólo se contabilizarán en las cuentas 4740 y 4745 los impuestos anticipados y créditos impositivos cuya realización futura esté razonablemente asegurada, y se darán de baja aquellos otros sobre los que surjan dudas lógicas acerca de su futura recuperación. 57

No obstante lo anterior, se podrá considerar como ingreso o gasto la parte de gravamen que corresponda a las diferencias permanentes; asimismo, se podrán considerar como ingresos las deducciones y bonificaciones en la cuota, excluidas las retenciones y los pagos a cuenta. Estos ingresos y gastos podrán ser objeto de periodificación con criterios razonables. En el caso de empresarios individuales no deberá lucir ningún importe en la rúbrica correspondiente al impuesto sobre beneficios. A estos efectos, a final de ejercicio las retenciones soportadas y los pagos fraccionados del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas se cargarán a la cuenta 550-Titular de la explotación. 17.ª Compras y otros gastos. En la contabilización de la compra de mercaderías y demás bienes para revenderlos se tendrán en cuenta las siguientes reglas: a) Los gastos de las compras, incluidos los transportes y los impuestos que recaigan sobre las adquisiciones, con exclusión del IVA soportado deducible, se cargarán en la respectiva cuenta del subgrupo 60. 58

b) Los descuentos y similares incluidos en factura que no obedezcan a pronto pago se considerarán como menor importe de la compra. c) Los descuentos y similares que le sean concedidos a la empresa por pronto pago, incluidos o no en factura, se considerarán ingresos financieros, contabilizándose en la cuenta 765. d) Los descuentos y similares que se basen en haber alcanzado un determinado volumen de pedidos se contabilizarán en la cuenta 609. e) Los descuentos y similares posteriores a la recepción de la factura originados por defectos de calidad, incumplimiento de los plazos de entrega u otras causas análogas se contabilizarán en la cuenta 608. f) La contabilización de los envases cargados en factura por los proveedores, con facultad de su devolución queda expuesta en la cuenta 406. 59

En la contabilización de gastos por servicios serán de aplicación las reglas a) a e). En la contabilización de las pérdidas por enajenación o baja en inventario del inmovilizado o de inversiones financieras temporales, se incluirán como mayor importe de las mismas los gastos inherentes a la operación. 18.ª Ventas y otros ingresos. En la contabilización de la venta de bienes se tendrán en cuenta las siguientes reglas: a) Las ventas se contabilizarán sin incluir los impuestos que gravan estas operaciones. Los gastos inherentes a las mismas, incluidos los transportes a cargo de la empresa, se contabilizarán en las cuentas correspondientes del grupo 6, sin perjuicio de lo establecido en las reglas d) y e) siguientes. b) Los descuentos y similares incluidos en factura que no obedezcan a pronto pago se considerarán como menor importe de la venta.

60

c) Los descuentos y similares que sean concedidos por la empresa por pronto pago, estén o no incluidos en factura, se considerarán gastos financieros, contabilizándose en la cuenta 665. d) Los descuentos y similares que se basen en haber alcanzado un determinado volumen de pedidos se contabilizarán en la cuenta 709. e) Los descuentos y similares posteriores a la emisión de la factura originados por defectos de calidad, incumplimiento de los plazos de entrega u otras causas análogas se contabilizarán en la cuenta 708. f) La contabilización de los envases cargados en factura a los clientes, con facultad de su recuperación, queda expuesta en la cuenta 436. En la contabilización de ingresos por servicios serán de aplicación las reglas a) a e). En la contabilización de los beneficios por enajenación del inmovilizado o de inversiones financieras temporales, se incluirán como menor importe de los mismos los gastos inherentes a la operación. 61

19.ª Dotaciones a la provisión para pensiones y obligaciones similares. En la contabilización de las dotaciones a la provisión para pensiones y obligaciones similares se incluirán los gastos devengados, por las estimaciones realizadas según cálculos actuariales, con el objeto de nutrir los fondos internos necesarios para cubrir las obligaciones legales o contractuales, sin perjuicio de la imputación a la provisión de los rendimientos financieros generados a su favor. 20.ª Subvenciones de capital. Las subvenciones de capital de cualquier clase se valorarán por el importe concedido cuando tengan carácter de no reintegrables. A estos efectos serán no reintegrables aquellas en las que ya se hayan cumplido las condiciones establecidas para su concesión o en su caso, no existan dudas razonables sobre su futuro cumplimiento. Las recibidas con carácter de no reintegrables se imputarán al resultado del ejercicio en proporción a la depreciación experimentada durante el período por los activos financiados con dichas subvenciones. 62

En el caso de activos no depreciables, la subvención se imputará al resultado del ejercicio en el que se produzca la enajenación o baja en inventario de los mismos. 21.ª Cambios en criterios contables y estimaciones. Por aplicación del principio de uniformidad no podrán modificarse los criterios de contabilización de un ejercicio a otro, salvo casos excepcionales que se indicarán y justificarán en la memoria y siempre dentro de los criterios autorizados por este texto. En estos supuestos, se considerará que el cambio se produce al inicio del ejercicio y se incluirá como resultados extraordinarios en la cuenta de pérdidas y ganancias el efecto acumulado de las variaciones de activos y pasivos, calculadas a esa fecha, que sean consecuencia del cambio de criterio. Los cambios en aquellas partidas que requieren para su valoración realizar estimaciones y que son consecuencia de la obtención de información adicional, de una mayor experiencia o del conocimiento de nuevos hechos, no deben considerarse a los efectos señalados en el párrafo anterior como cambios de criterio contable. 63

22.ª Principios y normas de contabilidad generalmente aceptados. Se considerarán principios y normas de contabilidad generalmente aceptados los establecidos en: a) El Código de Comercio y la restante legislación mercantil. b) El Plan General de Contabilidad y sus adaptaciones sectoriales. c) Las normas de desarrollo que, en materia contable, establezca en su caso el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, y d) la demás legislación que sea específicamente aplicable.

64

LA AMORTIZACIÓN ECONÓMICA El término amortización tiene un contenido amplio, por ello, cabe distinguir dos clases de amortización: - En términos financieros, cuando hablamos de amortización nos referimos a la devolución de un préstamo recibido. - En términos contables, que se lo que nos interesa, cuando hablamos de amortización hacemos referencia a la forma como compensaremos las futuras pérdidas de valor a que se verán sometidas parte de nuestros activos fijos como consecuencia de ser parte integrante de nuestra actividad económica. También cabe distinguir entre amortización y depreciación. Por amortización entendemos la expresión contable de la pérdida de valor que sufren ciertos activos, siendo regulado fiscalmente su cuantificación. Por depreciación entendemos la pérdida real sufrida por dichos activos, o su valor de mercado en un momento dado. 65

Supongamos que hoy adquirimos un ordenador que nos cuesta 2.000.000 de pts. En el activo fijo aparecerá una cuenta de equipos informáticos por el valor de dicha inversión. Ahora bien, al cabo de 10 años, por ejemplo, ¿cuál será el valor real de dicho ordenador? Imaginemos que su valor de mercado en ese momento fuera tan solo de 50.000 pts. ¿Estaríamos al cabo de 10 años reflejando el valor real de nuestro patrimonio? ¿Hemos reflejado durante estos años el resultado real de la actividad? Observemos que si nunca hiciéramos nada se estaría falseando el Balance de Situación y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. Es necesario que nuestros activos figuren en el Balance por sus valores reales y que la cuenta de Pérdidas y Ganancias refleje todas las pérdidas ocurridas durante el período.

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La Amortización consiste en ir cargando como gastos del ejercicio (Pérdidas y Ganancias) el desgaste o pérdida de valor que han sufrido los activos fijos durante dicho período y, por otro lado, consiste en reflejar dicha pérdida de valor en el Activo, para determinar el Valor Neto de los activos fijos, con el fin de: - Evitar que la empresa se descapitalice. - Mantener el mismo grado de eficacia del patrimonio. - Reflejar el resultado real de la empresa. Si en nuestro ejemplo, suponemos que el ordenador se deprecia anualmente en 200.000.-pts. diremos que a final de ejercicio hemos tenido un gasto de 200.000.-pts. que reflejaremos en la cuenta de Pérdidas y Ganancias, y que el Valor Neto, que se refleja en el Balance, ha pasado a ser de 1.800.000.-pts.

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1. Causas de la Amortización La depreciación o pérdida de valor puede tener su origen en las siguientes causas: a) Materiales o Técnicas - El uso o desgaste ordinario. - El agotamiento o disminución de cantidad (yacimientos mineros). - El paso del tiempo (su envejecimiento). - Su improductividad. b) Económicas - Obsolescencia o envejecimiento técnico. - Por cambios en la demanda de los productos fabricados. 68

2. Elementos Amortizables Serán amortizables todos aquellos elementos del activo fijo que sufran una depreciación efectiva o pérdida de valor, por cualquiera de las causas reseñadas en el punto anterior. De las masas patrimoniales que configuran el Activo Fijo sólo se deben amortizar el Inmovilizado Material e Inmaterial. Dentro de estas masas patrimoniales hay algunos conceptos que no deben amortizarse dado que no sufren depreciación alguna, por ejemplo: - Terrenos. - Inmovilizado en curso. Estas restricciones vienen impuestas por una normativa de carácter fiscal y en ningún momento contable. 69

3. Principios Generales de Amortización a) La amortización debe ser calculada y reflejada para cada elemento individualizado o de forma global para elementos de similares características. b) El proceso de amortización debe iniciarse: - Para el inmovilizado material: cuando dichos elementos entran en funcionamiento. - Para el inmovilizado inmaterial: desde el momento de su adquisición. c) La suma total de amortizaciones realizadas en los diferentes ejercicios correspondientes a un mismo elemento, no podrá ser superior al valor de adquisición de dicho elemento. d) La amortización debe realizarse, a efectos fiscales, dentro del período de vida útil asignado a cada elemento. 70

Se denomina vida útil, a efectos fiscales, al período de tiempo o número máximo de años en los que se debe amortizar cada elemento. Por lo tanto, la delimitación de la vida útil es básica a efectos de la amortización. e) Una vez elegido un método de amortización para un determinado elemento, no podrá ser sustituido por otro. f) Continuidad del criterio o sistema de amortización una vez elegido por la empresa para cada uno de sus elementos. Esto no quiere decir que dentro de cada sistema puede elegirse la Amortización Máxima o Mínima Autorizada. 4. Cálculo de la Tasa de Amortización Ya conocemos en qué consiste la amortización y cómo se refleja contablemente; pasemos, a continuación, a calcular la tasa de amortización, es decir, la cantidad que se amortizará mensual o anualmente de cada elemento. 71

a) Métodos Teóricos para el Cálculo de la Tasa de Amortización - Amortización Lineal Es el sistema más simple. En él se supone que el activo fijo se deprecia de forma constante cada año a lo largo de su vida útil. La cuota de amortización anual se calcula así: Valor adquisición inicial - Valor residual Cuota Anual

= Número de años de vida útil

- Valor residual (valor de mercado del activo al final de su vida útil o lo que nos darían en términos monetarios por su valor de chatarra). 72

Ejemplo: Calcular la cuota de amortización anual de una máquina cuyo valor de adquisición ha sido de 110.000.-pts. el valor residual tras 10 años de vida útil se estima en 10.000.-pts. 110.000 - 10.000 Cuota anual de amortización

=

=

10.000

10

73

- Amortización Técnica Funcional Las cuotas de amortización anuales se fijan en base a la producción anual. Es un método que se usa cuando los activos se hacen trabajar más unos años que otros. La cuota de amortización se calcula así: Número de horas trabajadas por la máquina en el año X Cuota anual de amorti- = zación del año X

(Valor adquisición x - Valor residual)

Número de horas de trabajo que puede hacer la máquina a lo largo de su vida útil

74

Ejemplo: Se adquirió una máquina por 500.000.-pts. que tiene un valor residual estimado de 50.000.-pts. Se cree que puede trabajar 10.000 horas a lo largo de su vida útil. El año anterior trabajó 1.560 horas. ¿Cuál sería la cuota de amortización de dicho año?. 1.560 (500.000 - 50.000) =

70.200.-pts.

10.000

75

- Amortización Variable Aplicable en aquellos casos en que el activo se deprecia más en unos años de su vida útil que en otros. Ejemplo Imaginemos un elemento del activo con una vida útil de 4 años que le asignamos las siguientes tasas anuales de amortización: AÑO

TASACIÓN DE AMORTIZACIÓN

1º 2º 3º 4º

40% 30% 20% 10% 100% 76

b) Métodos Fiscalmente Aceptados para el Cálculo de la Tasa de Amortización En cada caso tendremos que consultar la normativa vigente. Veamos, a continuación, los métodos cuya aplicación está fiscalmente aceptada. - Método de Amortización Lineal según Tablas de Coeficientes Si la empresa no optase expresamente por ningún método, la Administración entiende que la empresa aplica siempre este sistema. . Norma General: Dicho método es el ya visto en el apartado de Amortización Lineal anterior, pero en este caso, el período de vida útil no lo establece la empresa, sino el propio Ministerio de Hacienda por una OM aparecida en el BOE del 12/3/65 que publicó las tablas donde se indican los coeficientes máximos de amortización anual y el número de años (coeficiente mínimo) para amortizar cada tipo de inmovilizado según el sector en que se halle ubicada la empresa. 77

No obstante, se admite que se apliquen coeficientes superiores cuando la empresa justifique la efectividad de la depreciación de acuerdo al R.D./1979 de 29 del XII. - Método de Amortización por Turnos de Trabajo Cuando un elemento del inmovilizado material tenga una utilización diaria superior a las 8 horas, entendiendo que un turno normal de trabajo tiene 8 horas, se aplica el coeficiente resultante del siguiente cálculo. Incremento coeficiente mínimo

=

Nº horas (Coeficiente - Coeficiente x trabajadas diarias máximo mínimo) 8 horas

78

Los coeficientes máximos y mínimos se obtienen buscando en las tablas anteriormente citadas. En el caso que le interese a la empresa, también podríamos calcular a partir de la fórmula antes comentada, el nuevo incremento del coeficiente máximo, con lo cual tendríamos: Coeficiente máximo = Coeficiente mínimo + Incremento Coeficiente mínimo

- Métodos Degresivos La amortización degresiva (o decreciente) suele ser un sistema opcional para cualquier empresa, que le permite poder imputar unas cuotas de amortización más elevadas los primeros años que los últimos. Su aparición se debe al Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en el RD 2631/1982 de 15 de Octubre. 79

Para que se pueda aplicar un método degresivo a un elemento, se han de cumplir los siguientes requisitos sin exclusión de ninguno de ellos: - Su vida útil según tablas ha de ser igual o superior a los 3 años. - Ha de tratarse de activos de nueva adquisición. - Ha de tratarse de los siguientes inmovilizados materiales: .

Maquinaria e instalaciones industriales o agrícolas.

.

Elementos de transporte (excepto los de transporte de personal).

.

Equipos de informática.

.

Producciones cinematográficas o fonográficas.

.

Instalaciones hoteleras. 80

En ningún caso, dichos métodos serán aplicables a: - Activos del inmovilizado inmaterial. - Construcciones. - Instalaciones de tipo administrativo o comercial. - Mobiliario. - Material de oficina. Dentro del Método Degresivo distinguiremos 2 sistemas: - Sistema de Suma de Dígitos. - Sistema de Porcentajes Constantes.

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. Sistema de Suma de Dígitos: Veamos cómo se calcula la tasa anual de amortización: Se determina según tablas el período de vida útil del elemento. A continuación asignamos a cada año un dígito en orden inverso de correlación: VIDA ÚTIL

ASIGNACIÓN DE DÍGITOS

1º AÑO 2º AÑO 3º AÑO 4º AÑO 5º AÑO

5 4 3 2 1 TOTAL SUMA

= 15

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Calculamos la suma de dígitos En este caso se ha supuesto un elemento con 5 años de vida útil, la suma de dígitos es igual a 15. Dividamos el valor del elemento a amortizar por la suma de dígitos antes calculada. Valor Elemento Amortizar

1.500.000.-pts. =

Suma Dígitos

= 100.000 = X 15

Multiplicamos cada año la cantidad resultante (X = 100.000) por el dígito que se había asignado, resultando la cantidad anual a amortizar.

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CANTIDAD A AMORTIZAR ANUALMENTE 1º AÑO 2º AÑO 3º AÑO 4º AÑO 5º AÑO

5 x 100.000 = 4 x 100.000 = 3 x 100.000 = 2 x 100.000 = 1 x 100.000 =

500.000 pts. 400.000 pts. 300.000 pts. 200.000 pts. 100.000 pts. 1.500.000 pts.

. Sistema de Porcentajes Constantes: Consiste en aplicar un coeficiente (porcentaje) constante sobre el valor del elemento pendiente de amortizar, es decir, sobre su valor neto.

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Este coeficiente se determina según el mínimo fijado en las tablas, ponderándolo por: 1’5

en aquellos elementos con una vida útil igual o superior a los 3 años e inferior a 5 años.

2

en aquellos con vida útil igual o superior a los 5 años e inferior a 8.

2’5

si su vida útil es igual o superior a los 8 años.

Ejemplo: Supongamos un elemento del inmovilizado material que cumple los requisitos de aplicación del método degresivo y que tiene una vida útil de 5 años según tablas, con un valor de adquisición de 1.000.000.-pts.

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Veamos que al dividir el valor de adquisición por el nº de años (vida útil fijada en tablas) nos da indirectamente el coeficiente mínimo a aplicar por año. El coeficiente mínimo es de

1.000.000 5

= 200.000 = 20%

El coeficiente a aplicar es: 20% x 2 = 40%. AÑO

VALOR NETO

AMORTIZACIÓN ANUAL

1º 2º 3º 4º 5º

1.000.000 600.000 360.000 216.000 129.600

400.000 240.000 144.000 86.400 129.600

AMORTIZACIÓN ACUMULADA 400.000 640.000 784.000 870.400 1.000.000 86

Cuando el saldo pendiente de amortizar sea inferior a una cuota anual lineal, calculada sobre el coeficiente mínimo según tablas, podría ser amortizado en dicho ejercicio. En el ejemplo, 129.600.-pts. es inferior a 200.000.-pts. que es el 20% (coeficiente mínimo) de 1.000.000.-pts., por lo cual, en el 5º año amortizamos el total pendiente de 129.600.-pts.

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D) FUENTES DE FINANCIACIÓN

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DERECHOS DE COBRO

El hecho de tener un crédito a nuestro favor, con vencimiento a corto plazo, por una operación comercial, contra una empresa solvente, pone a nuestra disposición la facilidad de que una entidad financiera nos adelante el importe de ese crédito con la garantía directa o indirecta del mismo. En cada país, el sistema financiero pone a disposición de las empresas líneas de financiación de ese crédito, más o menos flexibles. En España, la línea de financiación del crédito comercial por excelencia es el descuento comercial, por que el banco anticipa a la empresa el importe de los efectos que le remesa, “ descontándole” por anticipado los intereses y comisiones de la operación.

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Después del descuento, las otras formas posibles de movilizar el crédito en euros son básicamente dos: - El crédito en póliza de uso variable, con garantía de efectos o facturas, o certificaciones oficiales, y - El fáctoring. 1. Tipos de Cobro según el Instrumento de Pago - Cheque - Metálico - Transferencia - Efecto o recibo - Tarjeta de crédito o débito - Pagaré - Recibo negociable 90

2. Tipos de cobro según el canal - Cobro “pasivo”, a la espera de la iniciativa del cliente (contado, reposición etc.) - Cobro mediante cobradores que visitan al cliente. - Cobro mediante entidades bancarias, que utilizan su red de sucursales y el sistema bancario para presentar al cobro o a la compensación la deuda del cliente con la empresa. - Cobro por venta del crédito a un tercero: una compañía de fáctoring. Desde luego, la forma de cobro teóricamente más barata es la primera, y de hecho se está extendiendo el cobro por reposición por cheque, al modo anglosajón. Pero el giro por banco, con iniciativa del vendedor, a vencimiento fijo, sigue siendo el modo de cobro predominante en España.

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Hay tres factores clave que aún lo justifican: - Una mayor seguridad de que los clientes pagarán al vencimiento; - El poder despreocuparse del seguimiento del cobro, quedando a la espera de los impagados; - La posibilidad de ceder los efectos al descuento, del que dependen aún muchas empresas españolas. Todo ello tiene un coste en forma de comisiones e impuestos indirectos (timbres). Toda empresa debe cuestionarse periódicamente de le compensa seguir girando o merece la pena pasar algún cliente de pago puntual a reposición.

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CONTROL DE DISPONIBILIDAD Dentro del concepto de control de disponibilidad (en adelante Cash Management) se encierran dos ideas: gestión (management), que implica análisis, mejora, eficiencia, búsqueda del beneficio; y liquidez (cash), que es un término por el cual se ensancha o se estrecha el concepto, mezclándolo con otros como los de “gestión de tesorería”, en un extremo, o “gestión del circulante”, en el otro, de los que nos gustaría distinguirlo. Pensamos que la gestión de la tesorería debe entenderse como la gestión de la liquidez inmediata, constatable en caja o en cuentas con entidades de depósito y financiación. Frente a ella, el cash management debe entenderse como un concepto más amplio, que abarca, y además incluye la vertiente financiera de la gestión de ventas y cobros de clientes, y de la gestión de compras y pagos a proveedores. En ese sentido, la gestión de la tesorería es algo más circunscrito al ámbito del departamento de tesorería, y si acaso a la dirección financiera y el cash management implica también a la dirección comercial, y a la dirección de compras. 93

En el cash management hay una filosofía, una cultura. En cuanto a la gestión del circulante, es un concepto que parte de una aproximación distinta a la idea de la empresa como flujo monetario. Se identifica más con la idea de niveles de stock y niveles de crédito. Aunque no incluye la gestión de stocks como parte del cash management, la gestión del circulante es desde luego un concepto convergente con el de cash management, y en cierto modo más amplio. El cash management es aquella parte de la ciencia de los negocios dedicada al aspecto “monetario” de los mismos. Se trata de observar todo negocio como flujo de dinero, con independencia del producto que fabrica o el servicio que ofrece.

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Vistos como flujos de dinero, los negocios son muy parecidos. A todos ellos se les pueden aplicar unos principios universales que contempla el cash management: 1. Hay que tratar de que los flujos de entrada de dinero, resultado de las ventas de la empresa, sean lo más rápidos y controlados posible. Si una empresa tarda 100 días en convertir en dinero los productos que salen del su almacén, y sus ventas anuales suponen 10.000 M. de pesetas, ello le significa una inversión de 10.000 x 100 365

= 2.739 M.

Además, puede ocurrir que los sistemas de cobro utilizados le conlleven unos costes financieros equivalentes al 1 % de las ventas, es decir 10.000 x 1 % = 100 M. 95

Si como consecuencia de una revisión de sus sistemas de venta, entrega y cobro, y sin variar las condiciones de crédito a sus cliente, acorta en 15 días el ciclo de cobro, y adopta sistemas de cobro cuyo coste sea del 0,75 %, obtendrá unos ahorros considerables en su cuenta de explotación, que repercutirán en los siguientes ejercicios: 10.000 x 15 365

= 410 M. liberados del capital de trabajo al 10 %

de coste alternativo de sus recursos... supone 410 x 10 % = 41 M. de ahorro de intereses y 10.000 x 0,25 % = 25 M. de ahorro de costes de cobro. En total: 66 M. de beneficios generados por la revisión de los flujos de entrada, lo que representa un 0,66 % de la cifra de ventas. 96

2. Hay que controlar los flujos de salida, de forma que no generen costes innecesarios, se adapten a los flujos de entrada, sean flexibles .. y los instrumentos de pago y las condiciones de pago adoptados sean congruentes con la política de compras y las posibilidades de crédito que ofrece el sector en que se está comprando.

97

EL BENEFICIO El funcionamiento de la empresa genera la percepción de unos ingresos y la realización de unos gastos de cuya diferencia surge el resultado del período: RESULTADO = INGRESOS - GASTOS El resultado de la gestión de la empresa es la consecuencia de dos tipos de actividades : - Las actividades ordinarias de la empresa, las que le son propias, que generan el resultado de explotación y el resultado financiero. - Las actividades extraordinarias de la empresa, es decir, las que sólo se realizan de forma ocasional, que generan el resultado extraordinario o atípico. 98

El beneficio por la venta de un terreno en una empresa que se dedica a la fabricación de muebles es un ejemplo de resultado extraordinario. De las distintas posibilidades ofrecidas por la IV Directiva de la Comunidad Europea, el PGC ha optado por la cuenta de pérdidas y ganancias en forma de cuenta y clasificando los gastos por naturaleza (modelos normal y abreviado) y, a nivel opcional, por la forma de lista y clasificando también los gastos por naturaleza (modelo analítico). Independientemente de estos formatos normal, abreviado y analítico*, para analizar la cuenta de pérdidas y ganancias es recomendable presentar todos sus gastos e ingresos en forma de lista y clasificando los gastos por función, tal y como sigue:

* Ver anexo 4

99

- Ventas netas: Incluyen los ingresos por la actividad propia de la explotación de la empresa de los que se deducen los descuentos y bonificaciones en factura y los impuestos sobre dichas ventas. - Gastos variables o proporcionales de fabricación: Son todos los gastos de fabricación directamente imputables a las ventas, o sea la materia prima, la mano de obra directa de fabrica y los gastos directos de fabricación. En este apartado, el consumo de materias primas u otras existencias se calcula a partir de las compras y de la variación de existencias. - Gastos variables o proporcionales de comercialización: Son todos los gastos de comercialización directamente imputables a las ventas, o sea los portes de venta, comisiones, etc. Al conjunto de gastos variables se le denomina a menudo coste de ventas o coste de los productos vendidos. - Amortizaciones: Son las del período en concepto de desgaste del inmovilizado material e inmaterial. 100

- Gastos de estructura: Son todos aquellos gastos provocados por la estructura de la empresa y no imputables a las ventas. A los gastos de estructura se les llama a menudo gastos fijos en contraposición a os gastos proporcionales que son variables en relación a las ventas. Los sueldos de los departamentos de contabilidad, personal y gerencia, son ejemplos de gastos de estructura. Estos gastos de estructura pueden desagregarse en las distintas funciones de la empresa (aprovisionamiento, fabricación, administración, comercialización, dirección, etc.) - Otros ingresos y gastos: Son todos los ingresos y gastos de explotación que no se pueden incluir en ninguno de los grupos que se están estudiando en este punto. Por ejemplo, subvenciones de explotación, ingresos del economato de la empresa, etc. - Gastos financieros: Este grupo incluye todos los gastos e ingresos financieros de la empresa. Así, no sólo se han de agrupar los gastos bancarios (intereses y comisiones) sino también los intereses financieros cobrados por la empresa, los descuentos por pronto pago a favor o en contra, el coste de los timbres de los efectos comerciales, etc. 101

- Impuesto de sociedades: Es el impuesto sobre el beneficio del período, que es distinto del resto de tributos (Impuesto de Actividades Económicas, por ejemplo) que paga la empresa y que suelen tener la consideración de gastos de estructura. El Impuesto sobre el Valor Añadido normalmente no tiene la consideración de gasto (el IVA soportado) ni de ingreso (el IVA repercutido). Las retenciones en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas están incluidas en los sueldos y salarios correspondientes. A partir de los grupos anteriores, la cuenta de pérdidas y ganancias se estructura como se muestra a continuación. Las diferencias existentes entre los diversos formatos de cuenta de pérdidas y ganancias afectan a la forma de clasificar los ingresos y gastos, pero el resultado final es el mismo en todas ellas.

102

Ventas netas - Gastos proporcionales de fabricación - Gastos proporcionales de comercialización = Margen Bruto - Amortizaciones - Gastos de estructura - Otros ingresos y gastos = Beneficio antes de impuestos e intereses - Gastos e ingresos financieros = Beneficio antes de impuestos - Impuesto de Sociedades = Beneficio Neto

103

FUENTES PROPIAS DE FINANCIACIÓN Los fondos propios (fuentes propias de financiación ) son los recursos destinados por la empresa a financiar, en su mayor parte, la estructura permanente o activo fijo. Cuantitativamente, los fondos propios son la diferencia entre el activo real de la empresa (fijo y circulante), y el pasivo exigible, tanto a corto como a largo plazo. A este importe se le denomina neto patrimonial. De forma esquemática, y teniendo en cuenta que el activo debe ser igual a la suma del pasivo exigible y no exigible, pueden representarse cada una de esas partidas, incluidos los fondos propios o neto patrimonial, de la forma siguiente:

ACTIVO REAL

NETO PATRIMONIAL PASIVO EXIGIBLE 104

Los fondos propios están formados esencialmente por las siguientes partidas: a) Las aportaciones directas realizadas por los propietarios de la empresa, tanto al inicio de la actividad como en momentos posteriores. b) Los beneficios obtenidos en el desarrollo de la actividad, que no han sido repartidos como retribución de las mencionadas aportaciones. c) Las revalorizaciones de activos, o plusvalías que se hayan podido efectuar en los activos de la entidad. d) Como componente negativo de los fondos propios, deben considerarse las pérdidas obtenidas en el ejercicio o en ejercicios anteriores, que no hayan sido saneadas con reducción del capital, por aportaciones de los socios para ese fin, o bien por la obtención de beneficios suficientes para compensarlas.

105

FUENTES DE FINANCIACIÓN EXTERNAS

La empresa, tanto para desarrollar su actividad como cuando la financiación aportada por los propietarios (financiación propia) o generada por ella misma (autofinanciación) no sea suficiente, ha de recurrir a la captación de fondos aportados por terceros (lo que denominamos financiación externa o ajena), que deberá devolver en el plazo y modo establecido previamente, y por los que, en determinados casos, habrá de soportar un coste financiero al pagar intereses. Cuando para hacer esta clasificación se acude a los criterios establecidos por el Plan General de Contabilidad, nos encontramos con que la división esencial se realiza atendiendo al momento del vencimiento, aunque sólo se distingue entre el corto plazo (hasta 12 meses) y largo plazo (más de 12 meses), contados en ambos casos a partir de la fecha de cierre del ejercicio económico.

106

Dentro del Cuadro de Cuentas del PGC, las cuentas representativas de la financiación a largo plazo forma parte del grupo 1 “ Financiación básica”; de la financiación a corto plazo, del grupo 5 “Cuentas Financieras”. La parte de las deudas a largo plazo que pase a tener vencimiento a corto plazo ha de figurar en el pasivo del balance en la agrupación “Acreedores a corto plazo”. Para ello se ha de traspasar el importe de las deudas a largo plazo, o la parte que proceda, reflejadas en cuentas del grupo 1, con vencimiento a corto a las cuentas pertinentes del grupo 5. En concreto, el PGC establece las siguientes correspondencias entre subgrupos de cuentas:

107

Financiación Ajena A largo plazo (subgrupos)

A corto plazo (subgrupos)

15

Empréstitos y otras emisiones análogas

50

Empréstitos y otras emisiones análogas

16

Deudas a LP con empresas del grupo y asociadas

51

Deudas a CP con empresas del del grupo y asociadas

17

Deudas a LP por préstamos recibidos y otros conceptos

52

Deudas a CP por préstamos recibidos y otros conceptos

18

Fianzas y depósitos recibidos a LP

56

Fianzas y depósitos recibidos y constituidos a CP

108

E) EL ALMACÉN

109

VALORACIÓN DE EXISTENCIAS Las existencias que hay en el almacén se la empresa se pueden dividir en varios grupos: a) Comerciales Son elementos que han sido adquiridos por la empresa y que se venderán sin someterlos a ninguna transformación. Las empresas de tipo comercial suelen tener este tipo de existencias. Por ejemplo, las conservas que ha comprado la tienda y piensa vender poco a poco. b) Productos terminados Son los productos fabricados por la propia empresa que, en el momento de hacer inventario, están dispuestos para ser vendidos a los clientes. Por ejemplo, en una empresa que fabrica televisores, serían estos televisores listos para ser utilizados. 110

c) Productos semiterminados Son elementos que han sufrido algún proceso de transformación en la empresa pero que aún no están terminados, Por ejemplo, en una fábrica de muebles, los muebles a medio hacer. d) Subproductos Son los productos generados al fabricar los productos principales pero que también pueden venderse para obtener ingresos adicionales. Por ejemplo en una fábrica de harina, el salvado (cáscara de trigo) que puede venderse para pienso del ganado. e) Residuos Son elementos residuales de los procesos de fabricación que tienen un valor para ser utilizados en fabricaciones posteriores o para su venta. Por ejemplo, el serrín en una fábrica de muebles. 111

f) Materias primas Elementos que han sido adquiridos para ser incorporados a la fabricación de una forma directa. Por ejemplo, madera para hacer muebles. g) Materias Auxiliares Son elementos que han sido adquiridos para ser incorporados a la fabricación de una forma indirecta. Por ejemplo, en un fábrica de muebles, el papel de lija. h) Elementos incorporables Elementos adquiridos a terceros para incorporarlos a la fabricación sin someterlos a transformación. Por ejemplo, los neumáticos en una fábrica de automóviles. i) Combustibles Adquiridos por la empresa para la obtención de energía mediante su combustión. Por ejemplo, gasolina, gasoil, carbones, etc. 112

j) Embalajes Son cubiertas o envolturas, muchas veces no recuperables, cuyo fin es proteger los productos para la manipulación y el transporte. Por ejemplo, las cajas en las que una editorial manda los libros a la librería. k) Envases Son recipientes y otros elementos, recuperables o no, destinados a contener o soportar los productos. Por ejemplo, el envase de vidrio o plástico en una botella de leche. 1. El Inventario de las existencias en almacén Para conocer la composición y el valor de las mercancías que hay en el almacén se hace el inventario del mismo. El Inventario del almacén es el recuento de todas las existencias que son propiedad de la empresa en un momento dado. De acuerdo con la legislación, el Inventario de las existencias se ha de hacer una vez al año, al menos. Las formas más comunes de hacer el Inventario son: 113

a) Inventario físico Es el recuento físico en un momento dado de todas las existencias de la empresa. Se hace una vez al año, como mínimo. Normalmente, cuando se hace el Inventario físico al final del ejercicio, se acostumbra a interrumpir todos los movimientos del almacén. De esta forma, se evitan los errores que se producirían si se efectuase el recuento con materiales entrando y saliendo del almacén, el Inventario físico tiene dos fases. En la primera se cuentan todas las existencias del almacén en unidades físicas. Cuando se acaba el recuento físico del almacén, empieza la segunda fase que consiste en la valoración de las mercancías en existencia. Para ello, se multiplica el coste unitario de cada mercancía por el número de unidades contadas. El Inventario físico tiene los inconvenientes de que exige tiempo y tener el almacén sin movimientos de entradas o salidas. Además, mientras no se vuelve a hacer un Inventario físico, no se puede conocer con exactitud lo que se tiene en el almacén. 114

b) Inventario permanente Consisten en anotar en las fichas de almacén, que se estudian al mes, todas las entradas o salidas de mercancía que se produzcan. Estas fichas, que se han de llevar al día, permiten conocer en todo momento lo que hay en el almacén. Este sistema presenta el inconveniente de que requiere bastante trabajo administrativo y de que debido a la facilidad con que se producen errores, hay diferencias entre lo que dicen las fichas y la realidad. La gran ventaja del Inventario permanente es que no hay que hacer un Inventario físico para conocer diariamente lo que hay en el almacén. El Inventario permanente se acostumbra a combinar con conteos periódicos que permiten ir corrigiendo los errores que se producen en las fichas y conocer así con exactitud las existencias que se tienen en cada momento. 115

Cuando se lleva el Inventario permanente, para conocer el valor de las existencias, lo único que hay que hacer es sumar los saldos de todas las fichas. El realizar los conteos periódicos se suele aplicar el sistema ABC que consiste en considerar que hay 3 tipos de artículos en el almacén: - Artículos A: son el 10 % del total de artículos que acostumbran a valer el 65 % del valor total del almacén. - Artículos B: representan el 25 % del total de artículos y el 25 % del valor total del almacén. - Artículos C: son el 65 % del total de artículos que representan el 10 % del valor total del almacén.

116

Aplicando el sistema ABC, contando los artículos A se controla el 65 % del valor total del almacén lo que supone el recuento de sólo el 10 % de los artículos. Si además se cuentan los artículos B se controla el 90 % del almacén a partir del recuento de sólo el 35 % de los artículos. Para conocer cuáles son los artículos A, B y C se hace lo siguiente : - Se relacionan primero los artículos existentes en el almacén en un momento dado. - La relación se hace empezando por los artículos que tienen un mayor coste total. - Al final de la relación se anotarán los artículos con menor coste total.

117

Ejemplo: Ficha de almacén Artículo

Unidades

Descripción

Valor

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20

1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

Tubos 3MA Tubos 3MB Planchas A Planchas B Planchas C Planchas D Planchas E Placas A Placas B Placas C Placas D Placas E Placas F Placas G Placas H Placas I Placas J Placas K Placas L Placas M

2.900.000 2.060.000 400.000 380.000 375.000 373.000 372.000 64.000 58.000 58.000 58.000 58.000 58.000 58.000 58.000 58.000 58.000 58.000 58.000 58.000

20

TOTAL

7.620.400

118

Ejemplo: En la ficha del almacén se anotan los artículos en almacén de una empresa que tiene un total de 20 artículos, que valen en conjunto 7.620.400. Evidentemente el problema se presenta no tanto en este caso, que se encuentra simplificado para hacer un análisis fácil, sino cuando los artículos son varios centenares, o incluso miles. Después se seleccionan los artículos A, B y C, suponiendo que: - Los artículos A son el 10 %, o sea los tubos 3MA y 3MB. El valor total de estos tubos es de 4.960.000, que representa aproximadamente el 65 % de 7.620.400. Tenga en cuenta que los artículos son 20 y, por tanto, el 10 % son 2 artículos.

119

- Los artículos B son el 25 %. En nuestro ejemplo, por tanto, 5 artículos, Es decir, del 3 al 7 inclusive, y concretamente las planchas. Los artículos B suman un valor de 1.900.400, que es aproximadamente el 25 % del valor total del almacén, El 25 % exactamente sería 1.905.100. - Los artículos C son los que van del número 8 la 20, o sea el 65 % del total de artículos, Estos 13 artículos que componen el grupo C tienen un valor aproximado del 10% del valor total del almacén. Concretamente en nuestro ejemplo suman un valor de 760.000, y están constituidos por las placas. 2. Métodos de valoración de las existencias Las existencias se han de valorar siempre al valor de coste. En caso de que el valor de mercado en el momento de valorar el Inventario sea inferior al valor de coste se utiliza el primer valor. 120

No obstante, a menudo se tienen en el almacén artículos que han entrado con diferentes precios de coste. En estos casos, las unidades que salen se pueden valorar según diferentes sistemas. A continuación, se estudian los principales métodos de valoración de las existencias: a) Método FIFO El método FIFO (del inglés FIRST IN FIRST OUT) asigna a la unidad que sale el valor de la primera que entré. También se le conoce con el nombre PEPS (primer entrado primer salido). Ej.: El día 5 de Enero entran en el almacén 10 unidades del producto JJC a un valor unitario de 20. El día 10 de Enero entran otras 10 unidades de dicho producto a un valor unitario de 24. El día 12 de Enero salen 5 unidades. 121

Si se aplica el método FIFO, estas 5 unidades que salen se valorarán a 20 que es el valor de las primeras que entraron, Una vez hayan salido las 10 primeras unidades, las siguientes que salgan se valorarán a 24, que es el valor de las segundas que entraron. b) Método LIFO El método LIFO (del inglés LAST IN, FIRST OUT) asigna a la unidad que sale el valor de la última que entró. Se le conoce también con el nombre de UEPS ( último entrado, primer salido). Ej.: En el ejemplo anterior, las 5 unidades salidas se valorarían a 24 que es el valor de la última entrada. Si en vez de haber salido 5 unidades hubieran salido 15, las 10 primeras se valorarían a 24 y las 5 restantes a 20. Por eso. una salida puede implicar el desglose de la misma cuando hay valoración distinta en las unidades que salen. 122

Nótese que el valor de las unidades que quedan en existencia es distinto según se aplique el LIFO o el FIFO. El método FIFO, al valorar la existencia final con el valor de las últimas que entran, registra un beneficio contable mayor. Esto ocurre porque al haber inflación los precios siempre suben y, por tanto, el valor de las últimas que entran es superior al de las primeras entradas. No obstante, el beneficio extra que aparece con el método FIFO es irreal ya que la contrapartida a una existencia final valorada a precio alto es que las unidades que salen se valoran a precio bajo. Para internar resolver este problema, algunas empresas utilizan el método del Promedio.

123

c) El método del Promedio El método del Promedio asigna un valor medio a las unidades que salen, Así, no se valoran según el valor de las primeras o últimas que entraron, En el ejemplo anterior, las unidades que salen no se valorarían ni a 20 ni a 24 sino a 22 que es la media entre ambos valores. Con este método se evitan los inconvenientes que supone el FIFO y el LIFO ya que se toma el valor medio de las unidades que han entrado. Este método tiene la desventaja de que siempre se ha de estar calculando el valor medio de cada tipo de artículo lo que puede representar un trabajo administrativo extra. El método del Promedio tiene varias variantes:

124

- Promedio simple El valor de las unidades que salen es la media de los precios de las unidades que han entrado. Por ejemplo, si de un artículo se han registrado entradas con 3 valores distintos ( 40, 44, 46) . Ej.: 40 + 44 + 46 = 43.3 3

125

- Promedio ponderado El Promedio ponderado tiene en cuenta los diferentes precios de las entradas y el número de unidades que han entrado cada vez. Por ejemplo, si han entrado 50 u. a 40 pts., 30 u. a 44 pts. y 100 u. a 46 pts. Ej.: 50 x 40 + 30 x 44 + 100 x 46 = 2.000 + 1.320 + 4.600 = 44 50 + 30 + 100

180

126

d) El método Standard El método Standard consiste en valorar las existencias a un precio preestablecido. De esta forma, se pueden controlar las diferencias entre los precios de compra previstos y los reales con lo cual se pueden tomar medidas correctivas. Las diferencias entre los precios de compra previstos y los reales se llevan a la cuenta de Explotación como beneficios o pérdidas. Con el sistema Standard las entradas y salidas de materiales se valoran al mismo precio para cada artículo. Este precio es el valor standard previsto al principio del ejercicio contable. En el ejemplo que venimos viendo, si hubiéramos establecido un precio standard de 21, las entradas y salidas se valorarían a este precio.

127

Comparación entre los cuatro métodos:

MÉTODO

VALOR DE EXISTENCIAS FINALES

COSTE DE LAS MERCANCÍAS VENDIDAS

FIFO LIFO PROMEDIO STANDARD

15.000 10.000 12.500 12.000

10.000 15.000 12.500 12.000

128

PERÍODO MEDIO DE MADURACIÓN El ciclo de maduración es el plazo, en días, que transcurre desde que se compra la materia prima hasta que se cobra del cliente, pasando por el proceso de producción, almacenamiento y venta. Cualquier empresa ha de estar interesada en que este plazo sea tan corto como sea posible para reducir sus necesidades de financiación. Gráficamente se podría expresar como se ilustra a continuación: CICLO DE PRODUCCIÓN STOCK DE MATERIAS PRIMAS

STOCK DE PRODUCTOS EN CURSO

STOCK DE PRODUCTOS ACABADOS

RECEPCIÓN DE MATERIALES

SE INICIA LA PRODUCCIÓN

FINALIZA LA PRODUCCIÓN

CLIENTES VENTA AL CLIENTE

COBRO DEL CLIENTE

CICLO DE MADURACIÓN 129

En un hospital, este ciclo se inicia cuando el paciente (usuario) entra en el centro de asistencia y finaliza cuando se cobra de la Seguridad Social, de la Mutua o del propio paciente, una vez dado de alta, o a medida que se va facturando si se trata de una estancia larga. La mala gestión del ciclo de maduración provoca importantes tensiones financieras a las empresas, por lo que es conveniente implementar todas las medidas oportunas para que este ciclo sea lo más corto posible. De hecho, una de las claves del milagro japonés está en las técnicas tales como el justo a tiempo (just in time) que permiten reducir los plazos de las existencias. Si se trata de una empresa comercial, al no existir producción el ciclo se inicia con el almacenamiento de productos acabados. En bastantes subsectores del sector servicios, al no tener stocks, no se suele utilizar este tipo de análisis.

130

F)

CLASIFICACIÓN DE LAS CUENTAS EN EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD

131

CLASIFICACIÓN DE LAS CUENTAS SEGÚN EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD RD 1643/1990 de 20 de Diciembre

GRUPO I FINANCIACIÓN BÁSICA 10. CAPITAL. 100. Capital social. 1000. 1001. 1002. 1003.

Capital ordinario. Capital privilegiado. Capital sin derecho a voto. Capital con derechos restringidos.

101. Fondo social. 102. Capital. 132

11. RESERVAS. 110. 111. 112. 113. 114. 115. 116. 117. 118.

Prima de emisión de acciones. Reservas de revalorización. Reserva legal. Reservas especiales. Reservas para acciones de la sociedad dominante. Reservas para acciones propias. Reservas estatutarias. Reservas voluntarias. Reserva por capital amortizado.

12. RESULTADOS PENDIENTES DE APLICACIÓN. 120. 121. 122. 129.

Remanente. Resultados negativos de ejercicios anteriores. Aportaciones de socios para compensación de pérdidas. Pérdidas y ganancias.

133

13. INGRESOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS. 130. Subvenciones oficiales de capital. 1300. Subvenciones del Estado. 1301. Subvenciones de otras Administraciones Públicas. 131. Subvenciones de capital. 135. Ingresos por intereses diferidos. 136. Diferencias positivas en moneda extranjera. 14. PROVISIONES PARA RIESGOS Y GASTOS. 140. 141. 142. 143. 144.

Provisión para pensiones y obligaciones similares. Provisión para impuestos. Provisión para responsabilidades. Provisión para grandes reparaciones. Fondo de reversión.

134

15. EMPRÉSTITOS Y OTRAS EMISIONES ANÁLOGAS. 150. Obligaciones y bonos. 1500. 1501. 1502. 1503. 1504. 1505.

Obligaciones y bonos simples. Obligaciones y bonos garantizados. Obligaciones y bonos subordinados. Obligaciones y bonos cupón cero. Obligaciones y bonos con opción de adquisición de acciones. Obligaciones y bonos con participación en beneficios.

151. Obligaciones y bonos convertibles. 155. Deudas representadas en otros valores negociables. 16. DEUDAS A LARGO PLAZO CON EMPRESAS DEL GRUPO Y ASOCIADAS. 160. Deudas a largo plazo con empresas del grupo. 1600. Préstamos a largo plazo de empresas del grupo. 1609. Otras deudas a largo plazo con empresas del grupo. 135

161. 162. 163. 164. 165.

Deudas a largo plazo con empresas asociadas. Deudas a largo plazo con entidades de crédito del grupo. Deudas a largo plazo con entidades de crédito asociadas. Proveedores de inmovilizado a largo plazo, empresas del grupo. Proveedores de inmovilizado a largo plazo, empresas asociadas.

17. DEUDAS A LARGO PLAZO POR PRESTAMOS RECIBIDOS Y OTROS CONCEPTOS. 170. Deudas a largo plazo con entidades de crédito. 1700. Préstamos a largo plazo de entidades de crédito. 1709. Otras deudas a largo plazo con entidades de crédito. 171. 172. 173. 174.

Deudas a largo plazo. Deudas a largo plazo transformables en subvenciones. Proveedores de inmovilizado a largo plazo. Efectos a pagar a largo plazo.

136

18. FIANZAS Y DEPÓSITOS RECIBIDOS A LARGO PLAZO. 180. Fianzas recibidas a largo plazo. 185. Depósitos recibidos a largo plazo. 19. SITUACIONES TRANSITORIAS DE FINANCIACIÓN. 190. 191. 192. 193. 194. 195. 196. 198. 199.

Accionistas por desembolsos no exigidos. Accionistas por desembolsos no exigidos, empresas del grupo. Accionistas por desembolsos no exigidos, empresas asociadas. Accionistas por aportaciones no dinerarias pendientes. Accionistas por aportaciones no dinerarias pendientes, empresas del grupo. Accionistas por aportaciones no dinerarias pendientes, empresas asociadas. Socios, parte no desembolsada. Acciones propias en situaciones especiales. Acciones propias para reducción de capital.

137

GRUPO 2 INMOVILIZADO

20. GASTOS DE ESTABLECIMIENTO. 200. Gastos de constitución. 201. Gastos de primer establecimiento. 202. Gastos de ampliación de capital. 21. INMOVILIZACIONES INMATERIALES. 210. Gastos de investigación y desarrollo. 2100. Gastos de investigación y desarrollo en proyectos no terminados. 2101. Gastos de investigación y desarrollo en proyectos terminados.

138

211. 212. 213. 214. 215. 217. 219.

Concesiones administrativas. Propiedad industrial. Fondo de comercio. Derechos de traspaso. Aplicaciones informáticas. Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero. Anticipos para inmovilizaciones inmateriales.

22. INMOVILIZACIONES MATERIALES. 220. 221. 222. 223. 224. 225. 226. 227. 228. 229.

Terrenos y bienes naturales. Construcciones. Instalaciones técnicas. Maquinaria. Utillaje. Otras instalaciones. Mobiliario. Equipos para procesos de información. Elementos de transporte. Otro inmovilizado material. 139

23. INMOVILIZACIONES MATERIALES EN CURSO. 230. 231. 232. 233. 237. 239.

Adaptación de terrenos y de bienes naturales. Construcciones en curso. Instalaciones técnicas en montaje. Maquinaria en montaje. Equipos para procesos de información en montaje. Anticipos para inmovilizaciones materiales.

24. INVERSIONES FINANCIERAS EN EMPRESAS DEL GRUPO Y ASOCIADAS. 240. 241. 242. 243. 244. 245. 246.

Participaciones en empresas del grupo. Participaciones en empresas asociadas. Valores de renta fija de empresas del grupo. Valores de renta fija de empresas asociadas. Créditos a largo plazo a empresas del grupo. Créditos a largo plazo a empresas asociadas. Intereses a largo plazo de inversiones financieras en empresas del grupo. 140

247. Intereses a largo plazo de inversiones financieras en empresas asociadas. 248. Desembolsos pendientes sobre acciones de empresas del grupo. 249. Desembolsos pendientes sobre acciones de empresas asociadas. 25. OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS PERMANENTES. 250. Inversiones financieras permanentes en capital. 2500. Inversiones financieras permanentes en acciones con cotización en un mercado secundario organizado. 2501. Inversiones financieras permanentes en acciones sin cotización en un mercado secundario organizado. 2502. Otras inversiones financieras en capital. 251. 252. 253. 254.

Valores de renta fija. Créditos a largo plazo. Créditos a largo plazo por enajenación de inmovilizado. Créditos a largo plazo al personal.

141

256. 257. 258. 259.

Intereses a largo plazo de valores de renta fija. Intereses a largo plazo de créditos. Imposiciones a largo plazo. Desembolsos pendientes sobre acciones.

26. FIANZAS Y DEPÓSITOS CONSTITUIDOS A LARGO PLAZO. 260. Fianzas constituidas a largo plazo. 265. Depósitos constituidos a largo plazo. 27. GASTOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS. 270. Gastos de formalización de deudas. 271. Gastos por intereses diferidos de valores negociables. 272. Gastos por intereses diferidos. 28. AMORTIZACIÓN ACUMULADA DEL INMOVILIZADO. 281. Amortización acumulada del inmovilizado inmaterial. 2810. Amortización acumulada de gastos de investigación y desarrollo. 142

2811. 2812. 2813. 2814. 2815. 2817.

Amortización acumulada de concesiones administrativas. Amortización acumulada de propiedad industrial. Amortización acumulada de fondo de comercio. Amortización acumulada de derechos de traspaso. Amortización acumulada de aplicaciones informáticas. Amortización acumulada de derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero.

282. Amortización acumulada del inmovilizado material. 2821. 2822. 2823. 2824. 2825. 2826. 2827.

Amortización acumulada de construcciones. Amortización acumulada de instalaciones técnicas. Amortización acumulada de maquinaria. Amortización acumulada de utillaje. Amortización acumulada de otras instalaciones. Amortización acumulada de mobiliario. Amortización acumulada de equipos para procesos de información. 2828. Amortización acumulada de elementos de transporte. 2829. Amortización acumulada de otro inmovilizado material.

143

29. PROVISIONES DE INMOVILIZADO. 291. Provisión por depreciación del inmovilizado inmaterial. 292. Provisión por depreciación del inmovilizado material. 293. Provisión por depreciación de valores negociables a largo plazo de empresas del grupo. 2930. Provisión por depreciación de participaciones en capital a largo plazo en empresas del grupo. 2935. Provisión por depreciación de valores de renta fija a largo plazo de empresas del grupo. 294. Provisión por depreciación de valores negociables a largo plazo de empresas asociadas. 2941. Provisión por depreciación de participaciones en capital a largo plazo en empresas asociadas. 2946. Provisión por depreciación de valores de renta fija a largo plazo de empresas asociadas.

144

295. Provisión para insolvencias de créditos a largo plazo a empresas del grupo. 296. Provisión para insolvencias de créditos a largo plazo a empresas asociadas. 297. Provisión por depreciación de valores negociables a largo plazo. 298. Provisión para insolvencias de créditos a largo plazo.

145

GRUPO 3 EXISTENCIAS

30. COMERCIALES. 300. Mercaderías A. 301. Mercaderías B. 31. MATERIAS PRIMAS. 310. Materias primas A. 311. Materias primas B. 32. OTROS APROVISIONAMIENTOS. 320. Elementos y conjuntos incorporables. 321. Combustibles. 146

322. 325. 326. 327. 328.

Repuestos. Materiales diversos. Embalajes. Envases. Material de oficina.

33. PRODUCTOS EN CURSO. 330. Productos en curso A. 331. Productos en curso B. 34. PRODUCTOS SEMITERMINADOS. 340. Productos semiterminados A. 341. Productos semiterminados B. 35. PRODUCTOS TERMINADOS. 350. Productos terminados A. 351. Productos terminados B. 147

36. SUBPRODUCTOS, RESIDUOS Y MATERIALES RECUPERADOS. 360. 361. 365. 366. 368. 369.

Subproductos A. Subproductos B. Residuos A. Residuos B. Materiales recuperados A. Materiales recuperados B.

39. PROVISIONES POR DEPRECIACION DE EXISTENCIAS. 390. 391. 392. 393. 394. 395. 396.

Provisión por depreciación de mercaderías. Provisión por depreciación de materias primas. Provisión por depreciación de otros aprovisionamientos. Provisión por depreciación de productos en curso. Provisión por depreciación de productos semiterminados. Provisión por depreciación de productos terminados. Provisión por depreciación de subproductos, residuos y materiales recuperados. 148

GRUPO 4 ACREEDORES Y DEUDORES POR OPERACIONES DE TRÁFICO

40. PROVEEDORES. 400. Proveedores. 4000. Proveedores (pesetas). 4004. Proveedores (moneda extranjera). 4009. Proveedores, facturas pendientes de recibir o de formalizar. 401. Proveedores, efectos comerciales a pagar. 402. Proveedores, empresas del grupo. 4020. Proveedores, empresas del grupo (pesetas). 4021. Efectos comerciales a pagar, empresas del grupo.

149

4024. Proveedores, empresas del grupo (moneda extranjera). 4026. Envases y embalajes a devolver a proveedores, empresas del grupo. 4029. Proveedores, empresas del grupo, facturas pendientes de recibir o de formalizar. 403. Proveedores, empresas asociadas. 406. Envases y embalajes a devolver a proveedores. 407. Anticipos a proveedores. 41. ACREEDORES VARIOS. 410. Acreedores por prestaciones de servicios. 4100. Acreedores por prestaciones de servicios (pesetas). 4104. Acreedores por prestaciones de servicios (moneda extranjera). 4109. Acreedores por prestaciones de servicios, facturas pendientes de recibir o de formalizar. 411. Acreedores, efectos comerciales a pagar. 419. Acreedores por operaciones en común. 150

43. CLIENTES. 430. Clientes. 4300. Clientes (pesetas). 4304. Clientes (moneda extranjera). 4309. Clientes, facturas pendientes de formalizar. 431. Clientes, efectos comerciales a cobrar. 4310. 4311. 4312. 4315.

Efectos comerciales en cartera. Efectos comerciales descontados. Efectos comerciales en gestión de cobro. Efectos comerciales impagados.

432. Clientes, empresas del grupo. 4320. Clientes, empresas del grupo (pesetas). 4321. Efectos comerciales a cobrar, empresas del grupo. 4324. Clientes, empresas del grupo (moneda extranjera). 4326. Envases y embalajes a devolver a clientes, empresas del grupo. 4329. Clientes, empresas del grupo, facturas pendientes de formalizar. 151

433. 435. 436. 437.

Clientes, empresas asociadas. Clientes de dudoso cobro. Envases y embalajes a devolver por clientes. Anticipos de clientes.

44. DEUDORES VARIOS. 440. Deudores. 4400. Deudores (pesetas). 4404. Deudores (moneda extranjera). 4409. Deudores, facturas pendientes de formalizar. 441. Deudores, efectos comerciales a cobrar. 4410. 4411. 4412. 4415.

Deudores, efectos comerciales en cartera. Deudores, efectos comerciales descontados. Deudores, efectos comerciales en gestión de cobro. Deudores, efectos comerciales impagados.

445. Deudores de dudoso cobro. 449. Deudores por operaciones en común. 152

46. PERSONAL. 460. Anticipos de remuneraciones. 465. Remuneraciones pendientes de pago. 47. ADMINISTRACIONES PUBLICAS. 470. Hacienda Pública, deudor por diversos conceptos. 4700. Hacienda Pública, deudor por IVA. 4708. Hacienda Pública, deudor por subvenciones concedidas. 4709. Hacienda Pública, deudor por devolución de impuestos. 471. 472. 473. 474.

Organismos de la Seguridad Social, deudores. Hacienda Pública, IVA soportado. Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta. Impuesto sobre beneficios anticipado y compensación de pérdidas. 4740. Impuesto sobre beneficios anticipado. 4745. Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio ...

153

475. Hacienda Pública, acreedor por conceptos fiscales. 4750. 4751. 4752. 4758.

Hacienda Pública, acreedor por IVA. Hacienda Pública, acreedor por retenciones practicadas. Hacienda Pública, acreedor por impuesto sobre sociedades. Hacienda Pública, acreedor por subvenciones a reintegrar.

476. Organismos de la Seguridad Social, acreedores. 477. Hacienda Pública, IVA repercutido. 479. Impuesto sobre beneficios diferido. 48. AJUSTES POR PERIODIFICACION. 480. Gastos anticipados. 485. Ingresos anticipados. 49. PROVISIONES POR OPERACIONES DE TRAFICO. 490. 493. 494. 499.

Provisión para insolvencias de tráfico. Provisión para insolvencias de tráfico de empresas del grupo. Provisión para insolvencias de tráfico de empresas asociadas. Provisión para otras operaciones de tráfico. 154

GRUPO 5 CUENTAS FINANCIERAS

50. EMPRÉSTITOS Y OTRAS EMISIONES ANÁLOGAS A CORTO PLAZO 500. 501. 505. 506. 509.

Obligaciones y bonos a corto plazo. Obligaciones y bonos convertibles a corto plazo. Deudas representadas en otros valores negociables a corto plazo. Intereses de empréstitos y otras emisiones análogas. Valores negociables amortizados. 5090. Obligaciones y bonos amortizados. 5091. Obligaciones y bonos convertibles amortizados. 5095. Otros valores negociables amortizados.

155

51. DEUDAS A CORTO PLAZO CON EMPRESAS DEL GRUPO Y ASOCIADAS. 510. Deudas a corto plazo con empresas del grupo. 5100. Préstamos a corto plazo de empresas del grupo. 5109. Otras deudas a corto plazo con empresas del grupo. 511. Deudas a corto plazo con empresas asociadas. 512. Deudas a corto plazo con entidades de crédito del grupo. 5120. Préstamos a corto plazo de entidades de crédito del grupo. 5128. Deudas por efectos descontados en entidades de crédito del grupo. 5129. Otras deudas a corto plazo con entidades de crédito del grupo. 513. 514. 515. 516. 517.

Deudas a corto plazo con entidades de crédito asociadas. Proveedores de inmovilizado a corto plazo, empresas del grupo. Proveedores de inmovilizado a corto plazo, empresas asociadas. Intereses a corto plazo de deudas con empresas del grupo. Intereses a corto plazo de deudas con empresas asociadas. 156

52. DEUDAS A CORTO PLAZO POR PRESTAMOS RECIBIDOS Y OTROS CONCEPTOS. 520. Deudas a corto plazo con entidades de crédito. 5200. Préstamos a corto plazo de entidades de crédito. 5201. Deudas a corto plazo por crédito dispuesto. 5208. Deudas por efectos descontados. 521. 523. 524. 525. 526. 527.

Deudas a corto plazo. Proveedores de inmovilizado a corto plazo. Efectos a pagar a corto plazo. Dividendo activo a pagar. Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito. Intereses a corto plazo de deudas.

53. INVERSIONES FINANCIERAS A CORTO PLAZO EN EMPRESAS DEL GRUPO Y ASOCIADAS. 530. Participaciones a corto plazo en empresas del grupo. 531. Participaciones a corto plazo en empresas asociadas. 157

532. 533. 534. 535. 536.

Valores de renta fija a corto plazo de empresas del grupo. Valores de renta fija a corto plazo de empresas asociadas. Créditos a corto plazo a empresas del grupo. Créditos a corto plazo a empresas asociadas. Intereses a corto plazo de inversiones financieras en empresas del grupo. 5360. Intereses a corto plazo de valores de renta fija de empresas del grupo. 5361. Intereses a corto plazo de créditos a empresas del grupo.

537. Intereses a corto plazo de inversiones financieras en empresas asociadas. 538. Desembolsos pendientes sobre acciones a corto plazo de empresas del grupo. 539. Desembolsos pendientes sobre acciones a corto plazo de empresas asociadas. 54. OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS TEMPORALES. 540. Inversiones financieras temporales en capital. 158

5400. Inversiones financieras temporales en acciones con cotización en un mercado secundario organizado. 5401. Inversiones financieras temporales en acciones sin cotización en un mercado secundario organizado. 5409. Otras inversiones financieras temporales en capital. 541. 542. 543. 544. 545. 546. 547. 548. 549.

Valores de renta fija a corto plazo. Créditos a corto plazo. Créditos a corto plazo por enajenación de inmovilizado. Créditos a corto plazo al personal. Dividendo a cobrar. Intereses a corto plazo de valores de renta fija. Intereses a corto plazo de créditos. Imposiciones a corto plazo. Desembolsos pendientes sobre acciones a corto plazo.

55. OTRAS CUENTAS NO BANCARIAS. 550. Titular de la explotación. 551. Cuenta corriente con empresas del grupo. 159

552. 553. 555. 556.

Cuenta corriente con empresas asociadas. Cuenta corriente con socios y administradores. Partidas pendientes de aplicación. Desembolsos exigidos sobre acciones. 5560. Desembolsos exigidos sobre acciones de empresas del grupo. 5561. Desembolsos exigidos sobre acciones de empresas asociadas. 5562. Desembolsos exigidos sobre acciones de otras empresas.

557. Dividendo activo a cuenta. 558. Accionistas por desembolsos exigidos. 56. FIANZAS Y DEPÓSITOS RECIBIDOS Y CONSTITUIDOS A CORTO PLAZO. 560. 561. 565. 566.

Fianzas recibidas a corto plazo. Depósitos recibidos a corto plazo. Fianzas constituidas a corto plazo. Depósitos constituidos a corto plazo.

160

57. TESORERÍA. 570. 571. 572. 573. 574. 575.

Caja, pesetas. Caja, moneda extranjera. Bancos e instituciones de crédito c/c vista, pesetas. Bancos e instituciones de crédito c/c vista, moneda extranjera. Bancos e instituciones de crédito, cuentas de ahorro, pesetas. Bancos e instituciones de crédito, cuentas de ahorro, moneda extranjera.

58. AJUSTES POR PERIODIFICACION. 580. Intereses pagados por anticipo. 585. Intereses cobrados por anticipado. 59. PROVISIONES FINANCIERAS. 593. Provisión por depreciación de valores negociables a corto plazo de empresas del grupo.

161

594. Provisión por depreciación de valores negociables a corto plazo de empresas asociadas. 595. Provisión para insolvencias de créditos a corto plazo a empresas del grupo. 596. Provisión para insolvencias de créditos a corto plazo a empresas asociadas. 597. Provisión por depreciación de valores negociables a corto plazo. 598. Provisión para insolvencias de créditos a corto plazo.

162

GRUPO 6 COMPRAS Y GASTOS 60. COMPRAS 600. 601. 602. 607. 608.

Compras de mercaderías. Compras de materias primas. Compras de otros aprovisionamientos. Trabajos realizados por otras empresas. Devoluciones de compras y operaciones similares. 6080. Devoluciones de compras de mercaderías. 6081. Devoluciones de compras de materias primas. 6082. Devoluciones de compras de otros aprovisionamientos.

609. «Rappels» por compras. 6090. «Rappels» por compras de mercaderías. 6091. «Rappels» por compras de materias primas. 6092. «Rappels» por compras de otros aprovisionamientos. 163

61. VARIACIÓN DE EXISTENCIAS. 610. Variación de existencias de mercaderías. 611. Variación de existencias de materias primas. 612. Variación de existencias de otros aprovisionamientos. 62. SERVICIOS EXTERIORES. 620. 621. 622. 623. 624. 625. 626. 627. 628. 629.

Gastos en investigación y desarrollo del ejercicio. Arrendamientos y cánones. Reparaciones y conservación. Servicios de profesionales independientes. Transportes. Primas de seguros. Servicios bancarios y similares. Publicidad, propaganda y relaciones públicas. Suministros. Otros servicios.

164

63. TRIBUTOS. 630. 631. 633. 634.

Impuesto sobre beneficios. Otros tributos. Ajustes negativos en la imposición sobre beneficios. Ajustes negativos en la imposición indirecta. 6341. Ajustes negativos en IVA de circulante. 6342. Ajustes negativos en IVA de inversiones.

636. Devolución de impuestos. 638. Ajustes positivos en la imposición sobre beneficios. 639. Ajustes positivos en la imposición indirecta. 6391. Ajustes positivos en IVA de circulante. 6392. Ajustes positivos en IVA de inversiones. 64. GASTOS DE PERSONAL. 640. Sueldos y salarios. 641. Indemnizaciones. 165

642. Seguridad Social a cargo de la empresa. 643. Aportaciones a sistemas complementarios de pensiones. 649. Otros gastos sociales. 65. OTROS GASTOS DE GESTIÓN. 650. Pérdidas de créditos comerciales incobrables. 651. Resultados de operaciones en común. 6510. Beneficio transferido (gestor). 6511. Pérdida soportada (partícipe o asociado no gestor). 659. Otras pérdidas en gestión corriente. 66. GASTOS FINANCIEROS. 661. Intereses de obligaciones y bonos. 6610. Intereses de obligaciones y bonos a largo plazo en empresas del grupo. 6611. Intereses de obligaciones y bonos a largo plazo en empresas asociadas. 166

6613. Intereses de obligaciones y bonos a largo plazo en otras empresas. 6615. Intereses de obligaciones y bonos a corto plazo en empresas del grupo. 6616. Intereses de obligaciones y bonos a corto plazo en empresas asociadas. 6618. Intereses de obligaciones y bonos a corto plazo en otras empresas. 662. Intereses de deudas a largo plazo. 6620. 6621. 6622. 6623.

Intereses de deudas a largo plazo con empresas del grupo. Intereses de deudas a largo plazo con empresas asociadas. Intereses de deudas a largo plazo con entidades de crédito. Intereses de deudas a largo plazo con otras empresas.

663. Intereses de deudas a corto plazo. 6630. 6631. 6632. 6633.

Intereses de deudas a corto plazo con empresas del grupo. Intereses de deudas a corto plazo con empresas asociadas. Intereses de deudas a corto plazo con entidades de crédito. Intereses de deudas a corto plazo con otras empresas.

167

664. Intereses por descuento de efectos. 6640. Intereses por descuento de efectos en entidades de crédito del grupo. 6641. Intereses por descuento de efectos en entidades de crédito asociadas. 6643. Intereses por descuento de efectos en otras entidades de crédito. 665. Descuento sobre ventas por pronto pago. 6650. Descuentos sobre ventas por pronto pago a empresas del grupo. 6651. Descuentos sobre ventas por pronto pago a empresas asociadas. 6653. Descuentos sobre ventas por pronto pago a otras empresas. 666. Pérdidas procedentes de valores negociables. 6660. Pérdidas en valores negociables a largo plazo de empresas del grupo. 6661. Pérdidas en valores negociables a largo plazo de empresas asociadas. 6663. Pérdidas en valores negociables a largo plazo de otras empresas. 168

6665. Pérdidas en valores negociables a corto plazo de empresas del grupo. 6666. Pérdidas en valores negociables a corto plazo de empresas asociadas. 6668. Pérdidas en valores negociables a corto plazo de otras empresas. 667. Pérdidas de créditos. 6670. 6671. 6673. 6675. 6676. 6678.

Pérdidas de créditos a largo plazo a empresas del grupo. Pérdidas de créditos a largo plazo a empresas asociadas. Pérdidas de créditos a largo plazo a otras empresas. Pérdidas de créditos a corto plazo a empresas del grupo. Pérdidas de créditos a corto plazo a empresas asociadas. Pérdidas de créditos a corto plazo a otras empresas.

668. Diferencias negativas de cambio. 669. Otros gastos financieros.

169

67. PERDIDAS PROCEDENTES DEL INMOVILIZADO Y GASTOS EXCEPCIONALES. 670. Pérdidas procedentes de inmovilizado inmaterial. 671. Pérdidas procedentes de inmovilizado material. 672. Pérdidas procedentes de participaciones en capital a largo plazo en empresas del grupo. 673. Pérdidas procedentes de participaciones en capital a largo plazo en empresas asociadas. 674. Pérdidas por operaciones con acciones y obligaciones propias. 678. Gastos extraordinarios. 679. Gastos y pérdidas de ejercicios anteriores. 68. DOTACIONES PARA AMORTIZACIONES. 680. Amortización de gastos de establecimiento. 681. Amortización del inmovilizado inmaterial. 682. Amortización del inmovilizado material.

170

69. DOTACIONES A LAS PROVISIONES. 690. 691. 692. 693. 694. 695. 696.

Dotación al fondo de reversión. Dotación a la provisión del inmovilizado inmaterial. Dotación a la provisión del inmovilizado material. Dotación a la provisión de existencias. Dotación a la provisión para insolvencias de tráfico. Dotación a la provisión para otras operaciones de tráfico. Dotación a la provisión para valores negociables a largo plazo. 6960. Dotación a la provisión para participaciones en capital a largo plazo en empresas del grupo. 6961. Dotación a la provisión para participaciones en capital a largo plazo en empresas asociadas. 6963. Dotación a la provisión para valores negociables a largo plazo en otras empresas. 6965. Dotación a la provisión para valores de renta fija a largo plazo de empresas del grupo. 6966. Dotación a la provisión para valores de renta fija a largo plazo de empresas asociadas. 171

697. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a largo plazo. 6970. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a largo plazo a empresas del grupo. 6971. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a largo plazo a empresas asociadas. 6973. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a largo plazo a otras empresas. 698. Dotación a la provisión para valores negociables a corto plazo. 6980. Dotación a la provisión para valores negociables a corto plazo de empresas del grupo. 6981. Dotación a la provisión para valores negociables a corto plazo de empresas asociadas. 6983. Dotación a la provisión para valores negociables a corto plazo de otras empresas.

172

699. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a corto plazo. 6990. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a corto plazo a empresas del grupo. 6991. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a corto plazo a empresas asociadas. 6993. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a corto plazo a otras empresas.

173

GRUPO 7 VENTAS E INGRESOS 70. VENTAS DE MERCADERÍAS, DE PRODUCCIÓN PROPIA, DE SERVICIOS, ETCÉTERA. 700. 701. 702. 703. 704. 705. 708.

Ventas de mercaderías. Ventas de productos terminados. Ventas de productos semiterminados. Ventas de subproductos y residuos. Ventas de envases y embalajes. Prestaciones de servicios. Devoluciones de ventas y operaciones similares. 7080. 7081. 7082. 7083. 7084.

Devoluciones de ventas de mercaderías. Devoluciones de ventas de productos terminados. Devoluciones de ventas de productos semiterminados. Devoluciones de ventas de subproductos y residuos. Devoluciones de ventas de envases y embalajes. 174

709. «Rappels» sobre ventas. 7090. 7091. 7092. 7093. 7094.

«Rappels» sobre ventas de mercaderías. «Rappels» sobre ventas de productos terminados. «Rappels» sobre ventas de productos semiterminados. «Rappels» sobre ventas de subproductos y residuos. «Rappels» sobre ventas de envases y embalajes.

71. VARIACIÓN DE EXISTENCIAS. 710. 711. 712. 713.

Variación de existencias de productos en curso. Variación de existencias de productos semiterminados. Variación de existencias de productos terminados. Variación de existencias de subproductos, residuos y materiales recuperados.

73. TRABAJOS REALIZADOS PARA LA EMPRESA. 730. Incorporación al activo de gastos de establecimiento. 731. Trabajos realizados para el inmovilizado inmaterial. 175

732. Trabajos realizados para el inmovilizado material. 733. Trabajos realizados para el inmovilizado material en curso. 737. Incorporación al activo de gastos de formalización de deudas. 74. SUBVENCIONES A LA EXPLOTACIÓN. 740. Subvenciones oficiales a la explotación. 741. Otras subvenciones a la explotación. 75. OTROS INGRESOS DE GESTIÓN. 751. Resultados de operaciones en común. 7510. Pérdida transferida (gestor). 7511. Beneficio atribuido (partícipe o asociado no gestor). 752. 753. 754. 755. 759.

Ingresos por arrendamientos. Ingresos de propiedad industrial cedida en explotación. Ingresos por comisiones. Ingresos por servicios al personal. Ingresos por servicios diversos. 176

76. INGRESOS FINANCIEROS. 760. Ingresos de participaciones en capital. 7600. Ingresos de participaciones en capital de empresas del grupo. 7601. Ingresos de participaciones en capital de empresas asociadas. 7603. Ingresos de participaciones en capital de otras empresas. 761. Ingresos de valores de renta fija. 7610. Ingresos de valores de renta fija de empresas del grupo. 7611. Ingresos de valores de renta fija de empresas asociadas. 7613. Ingresos de valores de renta fija de otras empresas. 762. Ingresos de créditos a largo plazo. 7620. Ingresos de créditos a largo plazo a empresas del grupo. 7621. Ingresos de créditos a largo plazo a empresas asociadas. 7623. Ingresos de créditos a largo plazo a otras empresas.

177

763. Ingresos de créditos a corto plazo. 7630. Ingresos de créditos a corto plazo a empresas del grupo. 7631. Ingresos de créditos a corto plazo a empresas asociadas. 7633. Ingresos de créditos a corto plazo a otras empresas. 765. Descuentos sobre compras por pronto pago. 7650. Descuentos sobre compras por pronto pago de empresas del grupo. 7651. Descuentos sobre compras por pronto pago de empresas asociadas. 7653. Descuentos sobre compras por pronto pago de otras empresas. 766. Beneficios en valores negociables. 7660. Beneficios en valores negociables a largo plazo de empresas del grupo. 7661. Beneficios en valores negociables a largo plazo de empresas asociadas. 7663. Beneficios en valores negociables a largo plazo de otras empresas. 7665. Beneficios en valores negociables a corto plazo de empresas del grupo. 178

7666. Beneficios en valores negociables a corto plazo de empresas asociadas. 7668. Beneficios en valores negociables a corto plazo de otras empresas. 768. Diferencias positivas de cambio. 769. Otros ingresos financieros. 77. BENEFICIOS PROCEDENTES DEL INMOVILIZADO E INGRESOS EXCEPCIONALES. 770. Beneficios procedentes de inmovilizado inmaterial. 771. Beneficios procedentes de inmovilizado material. 772. Beneficios procedentes de participaciones en capital a largo plazo en empresas del grupo. 773. Beneficios procedentes de participaciones en capital a largo plazo en empresas asociadas. 774. Beneficios por operaciones con acciones y obligaciones propias. 775. Subvenciones de capital traspasadas al resultado del ejercicio. 778. Ingresos extraordinarios. 779. Ingresos y beneficios de ejercicios anteriores. 179

79. EXCESOS Y APLICACIONES DE PROVISIONES. 790. 791. 792. 793. 794. 795. 796.

Exceso de provisión para riesgos y gastos. Exceso de provisión del inmovilizado inmaterial. Exceso de provisión del inmovilizado material. Provisión de existencias aplicada. Provisión para insolvencias de tráfico aplicada. Provisión para otras operaciones de tráfico aplicada. Exceso de provisión para valores negociables a largo plazo. 7960. Exceso de provisión para participaciones en capital a largo plazo en empresas del grupo. 7961. Exceso de provisión para participaciones en capital a largo plazo en empresas asociadas. 7963. Exceso de provisión para valores negociables a largo plazo en otras empresas. 7965. Exceso de provisión para valores de renta fija a largo plazo de empresas del grupo. 7966. Exceso de provisión para valores de renta fija a largo plazo de empresas asociadas. 180

797. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a largo plazo. 7970. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a largo plazo de empresas del grupo. 7971. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a largo plazo de empresas asociadas. 7973. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a largo plazo de otras empresas. 798. Exceso de provisión para valores negociables a corto plazo. 7980. Exceso de provisión para valores negociables a corto plazo de empresas del grupo. 7981. Exceso de provisión para valores negociables a corto plazo de empresas asociadas. 7983. Exceso de provisión para valores negociables a corto plazo de otras empresas.

181

799. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a corto plazo. 7990. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a corto plazo de empresas del grupo. 7991. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a corto plazo de empresas asociadas. 7993. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a corto plazo de otras empresas.

182

ANEXOS

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