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Actos administrativos: 1. De carácter general: Los actos administrativos de carácter general son extinguen crean o modifican derechos u obligaciones se refieren a un numero de personas indeterminadas. A todo el conglomerado de personas o a un grupo social. 

EJEMPLOS: - Los decretos reglamentarios, - Las ordenanzas, - Los acuerdos, - Los actos de gobernadores y alcaldes.

2. De carácter particular: Son los que van dirigidos o se refieren a personas determinadas individualmente: 

EJEMPLOS: El acto por el cual se destituye a un funcionario El acto por el cual se poseciona a un funcionario en un cargo publico

3. De autorización: Son actos o licencias que la autoridad confiere a los administrados para que realicen una actividad o hecho en especifico 

EJEMPLOS: autorización para construir autorización para constituir personas jurídicas

4. De concesión: Es un acto constitutivo, por el cual la administración otorga a una persona un derecho o un poder que antes no poseía. 

EJEMPLOS: Otorgamiento de nacionalidades Concesiones de servicios públicos Concesiones de obras publicas

5. De permiso: acto por el cual se autoriza a una persona el ejercicio de un derecho precario (en principio prohibido por el orden jurídico) Con el permiso se tolera. Por ser precario puede ser revocado en cualquier momento 

EJEMPLOS: Permiso de estacionamiento Permiso de portación de armas

6. De admisión: acto que previa verificación de cumplimiento de requisitos, valora a una persona en determinada situación jurídica general establecida. 

EJEMPLOS: Concursos docentes Concurso de meritos para ingresar a una entidad

7. Que ordenan o prohíben: Se trata de actos que señalan, de manera general o particular, determinados comportamientos. Los primeros imponen a los administrados o funcionarios la obligación de hacer algo en concreto. Los segundos, por el contrario, les ordenan abstenerse de hacerlo. 

EJEMPLOS: Acto por el cual se ordena a los funcionarios asistir obligatoriamente a una ceremonia Acto por el cual se prohíbe realizar una manifestación en vía pública.

8. De registro: acto por medio del cual se anota en forma determinada, determinados actos u hechos de cuya realización quiere dejar constancia. 

EJEMPLOS: Nacimientos Inscripción de contratos.

9. Declarativos y constitutivos: Los actos constitutivos son los que innovan las resoluciones jurídicas de los destinatarios, los que crean una nueva situación jurídica en la esfera del particular. Los actos declarativos son los que se limitan a certificar, acreditar, o inscribir en Registros Administrativos hechos o situaciones, sin alterar las relaciones jurídicas a las que se refieren 





EJEMPLOS: De declarativo: el caso del acto administrativo que reconoce un derecho prestacional o laboral a una persona (Jubilacion= De constitutivo: En el caso de actos particulares podrían ser el nombramiento, la autorización para el desarrollo de una determinada actividad.

10. Actos administrativos mixtos: actos administrativos que contienen simultáneamente decisiones con efectos generales y con efectos particulares o concretos. EJEMPLOS: Supresión de cargos en entidades públicas, cuando implican retiro inmediato del servicio de quienes se encuentren ocupando los cargos suprimidos.

11. Actos administrativos de aprobación: Son aquellos mediante los cuales una autoridad le da el visto bueno a un acto jurídico de una persona particular, para hacer posible su apli cación o cumplimiento. EJEMPLOS: En el caso de los reglamentos de trabajo que deben adoptar los patronos, y que de acuerdo con el artículo 116 del C. S. de T. deben ser aprobados por el Ministerio del Trabajo.

12. Actos administrativos nacionales: Estos actos administrativos se distinguen por el factor territorial y son actos administrativos que vienen desde la cabeza del ejecutivo el gobierno central y todos sus organismos administrativos, tienen alcance general dentro de todo el territorio nacional.







EJEMPLOS: Decreto por el cual se emite el toque de queda a nivel nacional. Acto por el cual se da una concesión para pavimentar las principales carreteras del país. Acto por el cual se crean corporaciones autónomas regionales

13. Actos administrativos departamentales: Estos actos son emitidos por las autoridades administrativas a cabeza de una región o departamento determinado como los gobernadores y su gabinete, por competencias y jurisdicción. EJEMPLOS: Una ordenanza Un acto por el cual el gobernador delega crea una entidad dedicada a la recolección de basuras en la región.

14. Actos administrativos municipales: Por su factor territorial y de competencia tienen prevalencia dentro del municipio únicamente y son emitidos por quien esta a la cabeza del municipio y sus organismos administrativos. EJEMPLOS: Los acuerdos municipales Un acto por el cual se instaura el pico y placa para automotores dentro del municipio.

15. Actos administrativos contractuales: Como su nombre lo indica, son aquellos que se profieren dentro de la vigencia del contrato y con ocasión de la ejecución del mismo. Se producen así dentro de la llamada etapa contractual. Por lo tanto, su existencia está determinada por la existencia del contrato, dependen directamente de éste.



EJEMPLOS: Los actos mediante los cuales la entidad contratante impone una multa al contratista. Acto por el cual se declara la caducidad del contrato.







16. Actos administrativos postcontractuales: Consisten en los actos administrativos relativos a u n c o n t r a t o p e r o q u e s e profieren después de la vigencia del mismo, de su ejecución y liquidación. EJEMPLOS: Una acción de nulidad y restablecimiento del derecho.

17. Actos administrativos delegados: Vienen a ser todos los actos administrativos que expida un funcionario delegatario en ejercicio de la competencia que le ha sido delegada, o sea, los que profiera en uso de su condición de delegatario de otra autoridad administrativa. EJEMPLOS: Acto administrativo por el cual un delegado ordena el pago de prestaciones en mora a los docentes. Acto administrativo en el cual el alcalde delegado abre convocatorias para concurso de meritos a la carrera administrativa.

18. Actos desconcentrados: Se trata de la tipificación que se hace del acto administrativo según el papel que cumple dentro del procedimiento administrativo, la cual ha dado lugar a las categorías denominadas actos preparatorios, definitivos, de tramite EJEMPLOS: La aceptación de una renuncia El nombramiento en un cargo de libre nombramiento y remoción

Según el número de órganos que intervienen se dividen en actos:

Simples: Los actos simples son los actos ordinarios, en los que un solo órgano tiene atribuida la competencia para decidir.

Ejemplo, órdenes de un Alcalde de cerrar un establecimiento Ejemplo, un decreto emitido por el presidente para declarar un día cívico.

Complejos: En los actos complejos, la competencia resolutoria es mixta, siendo compartida por dos o más órganos.

Un ejemplo sería la resolución de un Rector de una Universidad y del Insalud por el que se nombra a un concursante catedrático de Universidad con plaza vinculada como médico de un hospital de dicha institución.

Otro ejemplo seria, órdenes ministeriales conjuntas aprobadas por varios Ministerios

Actos complejos propios: Es el que se forma por la fusión de las declaraciones que, de manera separada y sucesiva, profieren dos o más órganos sobre un mismo asunto y con el mismo fin.

Ejemplos Actos de las entidades descentralizadas que requieren aprobación del Gobierno, según el orden territorial a que correspondan. Actos de gerentes de entidades descentralizadas que requieren aprobación de la respectiva junta directiva.

Complejos per se impropios: Son aquellos que necesariamente deben perfeccionarse con varios pronunciamientos de la autoridad que expide el acto, por lo t a n t o s e d a n l a s demás características de los actos complejos propios,

distintos de la pluralidad de órganos. La única diferencia con éstos, entonces, es que la formación del acto está a cargo de un solo órgano.

Ejemplo La elección de los miembros del consejo de estado o de la corte suprema de justicia, la cual, una vez producida, debe ser confirmada posteriormente por la misma corporación, previa acreditación de los requisitos y condiciones para desempeñar el cargo.

Complejos impropios: Es el que está constituido por varios pronunciamientos, dados en momentos distintos y consecutivos, pero emanados de un mismo órgano. Se puede decir que la complejidad es interna en tanto la pluralidad de actos se da en el seno de un s o l o ó r g a n o .

Complejo impropio circunstancial Son los que habiendo nacido como actos simples, devienen en actos complejos por la ocurrencia de pronunciamientos posteriores sobre el mismo por el órgano que lo profiere, lo cual se da usualmente en virtud del uso de los recursos de la vía gubernativa, cuando se trata de actos que ponen fin a u n a a c t u a c i ó n administrativa, y en virtud del carácter unitario que el artículo 138 del C.C.A. le da a la serie de pronunciamientos que se produzcan, incluyendo el del acto inicial o principal, por virtud de los recursos que contra éste proceda, al estipular que :

“Si el acto definitivo fue objeto de recursos en la vía gubernativa, también deberán demandarse las decisiones que lo modifiquen o confirmen "

Ejemplo El titular del derecho de recurrir, bien puede hacer uso o no de los recursos que se prevean, de modo que en este c a s o , p a r a q u e e l a c t o n a z c a a l a v i d a j u r í d i c a n o n e c e s i t a d e l o s a c t o s q u e deciden los recursos.

Según el grado de libertad en la decisión

Actos discrecionales Son los que resultan de atribuciones en cuyo ejercicio su titular es libre de escoger la oportunidad para su expedición, y/o determinar el contenido o sentido de la decisión, o valorar la conveniencia o el mérito para el mismo efecto, así, como el destinatario del acto

Ejemplo

El Alcalde que quiere convocar al Concejo a sesiones extraordinarias tiene libertad para determinar la oportunidad la conveniencia y los asuntos que han de señalarse en dicho decreto como temas a decidir en tales sesiones

Actos reglados Son aquellos en cuya expedición el funcionario se encuentra limitado en todos los aspectos, de modo que se deben producir en las circunstancias de hecho, tiempo, modo y demás que señala la ley o el reglamento. Por tanto, quien los expide tiene señalada la oportunidad, el mérito, la conveniencia y la consecuencia respectiva, es decir, el sentido o contenido del acto.

El ejemplo típico de esta clase de actos son los sancionatorios, en ejercicio del poder policivo, o en virtud de la potestad disciplinaria.

Según su exteriorización

Actos expresos Es el que se hace manifiesto, perceptible y conocible por los sentidos. Es el que se da en la forma natural, en tanto es producto de la actividad o de la acción delas autoridades estatales, y encierra propiamente una declaración d e éstas. Tiene por ello no sólo existencia formal, sino también en el mundo real, fáctico, por lo tanto está instrumentalizado, tiene contenido y continente en sentido material.

Actos verbales Son los que se exteriorizan o se plasman a través de la voz y sólo a través de ella. Se da normalmente en las actuaciones iniciadas por peticiones orales de los particulares, y cuando las circunstancias: Exigen una ejecución inmediata, incontinente, de la decisión, la cual usualmente consiste en una orden de inmediato cumplimiento

Ejemplo Artículo 1°, inciso tercero del C.C.A. y el 11 del C.N. de P.). En estos casos el acto administrativo tiende a confundirse con su ejecución material, y da lugar a lo que en nuestra doctrina se denomina operación administrativa.

Actos escritos Son los que se manifiestan o plasman en documentos escritos, es decir, en instrumentos propiamente dichos en: Sentido jurídico, y que como tales adquieren el carácter de i n s t r u m e n t o s públicos, los cuales vienen a ser una subespecie del documento público. Es la forma más usual y segura de manifestación de los actos administrativos, debido a la fuerza y eficacia probatoria que tiene.

Tácitos presuntos Es una ficción creada por la ley, consistente en que al cabo de cierto tiempo se presume que hubo decisión sobre un determinado asunto planteado por parte interesada, en virtud del silencio que durante ese tiempo y respecto de dicho asunto mantuvo la administración o el funcionario encargado de resolverlo.

Ejemplos

1) El deber de un funcionario de resolver, a instancia de parte interesada, determinado asunto mediante un acto administrativo;

2) El transcurso o vencimiento de un plazo o término señalado en la ley o en el reglamento y a esto se le denomina silencio administrativo

Acto tácito negativo Cuando se presume que el asunto (petición o recurso) fue resuelto negativamente. Se conoce también como silencio administrativo negativo. Esta es la regla general.

Acto tácito positivo Cuando la ley dispone que el asunto se tenga como resuelto de manera favorable al interesado, esto es, que se entiende concedido lo pedido o que se accedió al recurso. Corresponde al silencio administrativo positivo.

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