2 2 .prevención
de riesgos laborales
Riesgos en el manejo de los residuos Ignacio R. García Gómez Veterinario. Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales
Reglamentos La legislación medioambiental aplicable a cualquier actividad y/o
Directivas
Unión Europea
empresa española resulta compleja dado que puede ser emitida por las autoridades europeas, las estatales, las autonómicas y, finalmente, por las entidades locales. A esto hay que añadir la existencia de Tratados o Convenios Internacionales que también pueden tener
Estado
Comunidades Autónomas
Leyes, R.D., OM, etc.
Leyes, Decretos, etc.
incidencia sobre la actividad empresarial, si bien estos deberán estar ratificados por el Estado Español para que se consideren válidos en el territorio nacional. El cómo va a incidir la legislación medioambiental sobre la actividad asistencial veterinaria puede sintetizarse en el esquema que aquí reproducimos. Ayuntamiento El veterinario para poder realizar su labor correctamente debe aprender a utilizar la legislación como una herramienta más de su trabajo,
Clínica
Ordenanzas Municipales
ya que la práctica asistencial conlleva más responsabilidades que las derivadas de la deontología veterinaria. Saber dónde buscar la legis-
AV4 (48).indd 22
7/11/06 17:38:35
23 lación que se aplica, estar al corriente de los
no tengan calificación de peligrosos y
cambios que en ella se producen, seleccio-
que por su naturaleza o composición
nar las partes que le interesan y comprender
puedan asimilarse a los producidos en
cómo éstas inciden en su actividad profesio-
los anteriores lugares o actividades.
nal (ya sea empresario o autónomo).
También da la Ley la consideración de residuos urbanos o municipales a los
En el caso de la actividad asistencial fuera
animales domésticos muertos.
de una instalación fija tipo clínica u hospital veterinario, el aspecto ambiental del que
• Residuos Peligrosos, aquellos resi-
debe conocerse la normativa aplicable es la
duos, así como los recipientes que los
gestión de los residuos. La legislación es-
abarca desde el momento en que este se
hayan contenido, que han sido lista-
pañola, Ley 10 /1998 de Residuos, define
genera hasta el momento en que se entrega
dos como tales en la normativa espa-
los residuos como cualquier sustancia u
a un gestor autorizado, momento en el que
ñola o que aparecen en el Código Eu-
objeto del cual su poseedor se desprenda
transfiere la titularidad del residuo, o se elimi-
ropeo de Residuos (CER) catalogados
o del que tenga intención u obligación de
na adecuadamente.
como tales. Dentro de estos residuos
desprenderse. El residuo que se produce en
peligrosos figuran también determi-
la actividad veterinaria viene marcado tanto
Los residuos deben ser eliminados en un
nados tipos de residuos sanitarios,
por las actuaciones propias, como por las
plazo de tiempo concreto y no se pueden al-
biosanitarios u hospitalarios.
prácticas de mercado (formas de presenta-
macenar residuos por un tiempo superior a 2
ción de productos, en numerosas ocasiones
años, o superior a 6 meses cuando se trata
presentaciones monodosis o materiales de
de residuos peligrosos, según establece la
En el caso de los residuos generados en las
un solo uso).
actual normativa, salvo que se tenga auto-
clínicas y hospitales veterinarios, centros sa-
rización para ello. Cuestión diferente es que
nitarios, se genera confusión ya que la gran
Por Ley, el productor de residuos es respon-
por motivos de higiene, o de espacio, estos
mayoría de las Comunidades Autónomas (in-
sable de ellos desde el momento mismo en
sean eliminados habitualmente en plazos muy
cluida la Comunidad de Madrid) han legislado
que los genera hasta el momento que trans-
inferiores.
sobre ellos, sin que exista una norma nacional
fiere su titularidad. El veterinario (dueño de
que sirva de marco referencial. La compleji-
un centro o autónomo) es responsable de su
La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos
dad radica en que algunos de los residuos
gestión, entendiendo que el término gestión,
comienza definiendo y clasificando los resi-
biosanitarios son peligrosos, en tanto que en
conforme a lo dispuesto en la legislación es-
duos en dos grandes bloques:
los centros sanitarios también pueden gene-
pañola, comprende la “recogida, el almace-
rarse residuos peligrosos que no están cata-
namiento, el transporte, la valorización y la
• Residuos Urbanos o Municipales,
logados por la normativa como biosanitarios
eliminación”, e incluye también las activida-
aquellos generados en los domicilios
(principalmente en grandes clínicas y hospita-
des de “vigilancia de los lugares de depósito
particulares, comercios, oficinas y ser-
les veterinarios donde se realizan análisis en
o vertido”. Así pues, la gestión de un residuo
vicios, así como todos aquellos que
laboratorios propios, o investigación).
AV4 (48).indd 23
7/11/06 17:38:38
2
La Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero , por la que se publican las
Hemos considerado oportuno hacer referencia explícita a los residuos
operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea
biosanitarios ya que en algunas Comunidades Autónomas, caso de la
de residuos, identifica explícitamente los residuos de servicios veterina-
Comunidad de Madrid, existe legislación específica sobre ellos. Estos
rios (punto 18), catalogándose algunos de ellos como peligrosos (es el
son los residuos específicos de la actividad sanitaria propiamente di-
caso de residuos infecciosos y de medicamentos citotóxicos y citostá-
cha, potencialmente contaminados con substancias biológicas al haber
ticos).
estado en contacto con pacientes o líquidos biológicos, incluidos los envases y residuos de envases, que los contengan o los hayan con-
Caracterización
Elección de gestión
¿El residuo es
¿Podemos reciclar o
peligroso según la
reutilizar el residuo?
legislación? ¿Lo quiero/puedo ¿Es un residuo biosanitario? ¿En qué lista se encuentra? ¿Por qué es peligroso o qué categoría de biosanitario tiene?
¬
gestionar en mi clínica? ¿Lo debo entregar a un gestor autorizado? ¿Se puede vender como subproducto?
¿Hay que aplicarle código de identifica-
tenido. Dentro de este tipo de residuos, merecen especial atención los llamados residuos citotóxicos, compuestos por restos de medicamentos citotóxicos y todo material que haya estado en contacto con ellos, que representan riesgos carcinogénicos, mutagénicos o teratogénicos. Este tipo de residuos constituye un problema de seguridad e higiene en el trabajo, especialmente en el interior de los centros sanitarios, distinto al riesgo asociado a la actividad sanitaria (riesgo del cirujano al intervenir, del analista al manejar muestras en el laboratorio, etc.). Se entiende por residuos sanitarios o biosanitarios, los generados en centros asistenciales veterinarios según lo dispuesto, por ejemplo en el Decreto 83/1999, de 3 de junio, por el que se regulan las actividades de producción y de gestión de los residuos biosanitarios y citotóxicos en la Comunidad de Madrid. En otras Comunidades Autónomas la le-
ción?
Partiendo de la base de que toda generalización conlleva implícita un error, la realidad es que la principal motivación de los empresarios (veterinarios o no) para gestionar adecuadamente sus residuos es la presión normativa. Según el tipo de residuo, las multas en caso por infracción muy grave podrían llegar a ascender a más 1 millón de euros (1.202.024 €, o 200 millones de pesetas), estando las infracciones leves castigadas con sumas entre los 600 y los 6.000 €, además de poder ser objeto de un cierre cautelar de la clínica.
AV4 (48).indd 24
según el tipo de residuo, las multas en caso por infracción muy grave podrían llegar a ascender a más 1 millón de euros, las leves entre 600 y 6.000 euros, además de poder ser objeto de un cierre cautelar de la clínica
7/11/06 17:38:39
prevención de riesgos laborales.25 gislación es similar aunque conviene que cada
Clases de residuos biosanitarios (Decreto 83/99, de 3 de Junio)
profesional revise la legislación que le corres-
Residuos generales: sin ningún tipo de contaminación específica, caso de papel, cartón, comida, vidrio, mobiliario, restos de jardinería.
ponde.
I.
En una clínica u hospital veterinario se produ-
II.
Residuos biosanitarios asimilables a urbanos: residuos biosanitarios que no estén incluidos en cualquiera de los 9 grupos que constituyen la clase III de Residuos Biosanitarios Especiales.
III.
Residuos Biosanitarios Especiales: aquellos que se recogen explícitamente en el anexo de la norma.
cen principalmente los siguientes residuos biosanitarios: • Elementos cortantes o punzantes:
Grupo 1
Residuos de pacientes con infecciones altamente virulentas, erradicadas, importadas o de muy baja incidencia en España (Fiebres víricas, herpes, rabia, carbunco, etc.).
Grupo 2
Residuos contaminados con heces de pacientes afectados de cólera o disentería amebiana.
Grupo 3
Residuos contaminados con secreciones respiratorias de pacientes con tuberculosis o fiebre Q.
Grupo 4
Filtros de diálisis de pacientes portadores de Hepatitis B, Hepatitis C o Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH).
Grupo 5
Residuos punzantes o cortantes.
Grupo 6
Cultivos y reservas de agentes infecciosos (Placas de Petri, hemocultivos, extractos líquidos...).
Grupo 7
Residuos de animales infecciosos.
Grupo 8
Recipientes que contengan más de 100 ml de muestras de sangre o productos derivados en cantidades superiores a 100 ml.
Grupo 9
Cualquier resto anatómico humano reconocible como tal.
agujas de inyección, de sutura, hojas de bisturí. • Medios de cultivo y reservas de agentes infecciosos (cultivos de agentes infecciosos, placas de Petri, hemocultivos, instrumental contaminado, etc.). • Restos animales (cadáveres, residuos anatómicos, deyecciones y orines procedentes de la hospitalización, etc.), exudados, material extraído en limpiezas de oídos, en peluquería, etc.). • Sobrante de muestras de sangre analizada. Esta norma, clasifica los residuos generados en los centros sanitarios en siete clases:
IV.
Cadáveres y restos humanos de entidad suficiente.
V.
Residuos químicos: residuos caracterizados como peligrosos según la legislación vigente sobre RP, según su contaminación química.
Clase I o Residuos Generales, residuos sin ningún tipo de contaminación específica, que
VI.
Residuos citotóxicos: residuos de restos de medicamentos citotóxicos y todo el material que haya estado en contacto con ellos (citostáticos y otros con riesgo para el manipulador).
VII.
Residuos radiactivos.
no presentan riesgos de infección ni en el interior ni en el exterior del centro sanitario. Este es el caso de papel, cartón, metales, vidrio, restos de comida, así como otro tipo de residuos que
Tabla 1 . Clasificación de residuos biosanitarios del Decreto 83/99.
AV4 (48).indd 25
7/11/06 17:38:40
26
cuando de forma accidental o deliberada, se produzca una mezcla de residuos, en el caso de mezclarse residuos peligrosos con otro tipo, pasarán a clasificarse todos como residuos peligrosos
•
Grupo 5: Residuos punzantes o cortantes. Incluye cualquier objeto o instrumento utilizado en la actividad sanitaria, con independencia de su origen, que tenga esquinas, bordes o salientes capaces de cortar o pinchar, incluyendo: agujas hipodérmicas, hojas de bisturí, lancetas, portaobjetos, cubreobjetos, artículos de cristal que han estado en contacto con productos biológicos, etc.
•
Grupo 6: Cultivos y reservas de agentes infecciosos. Incluyendo residuos de actividades de análisis microbiológicos o conta-
normalmente se generan en estancias o áreas de la clínica u hospital
minados con agentes infecciosos, como es el caso de: placas
donde no se realizan actividades propiamente sanitarias, tales como
de Petri, hemocultivos, caldos, instrumental contaminado, etc.
oficinas, salas de espera, almacén, etc. •
Grupo 7: Residuos de animales infecciosos. Incluyendo tanto
Clase II o Residuos Biosanitarios Asimilables a Urbanos, todos los
los cadáveres, como partes del cuerpo o restos anatómicos
residuos que no pertenecen a la categoría de Residuos Biosanitarios
de animales de experimentación que han sido inoculados con
Especiales. Es el caso de sondas, vendajes, gasas, guantes y otros
agentes de los comprendidos en los grupos 1,2,3 y 4, así como
desechables quirúrgicos y, en general, todo material que NO haya es-
los residuos procedentes de sus lechos de estabulación.
tado en contacto con líquidos biológicos o en contacto con pacientes con enfermedades infecciosas como: rabia, tuberculosis, muermo, car-
•
bunco, disentería amebiana. Clase III o Residuos Biosanitarios Especiales, todos los residuos que pertenecen a alguno de los siguientes grupos:
Grupo 8: Cantidades importantes de líquidos corporales, caso de recipientes que contengan más de 100 ml de líquidos corporales.
*
Los grupos 4 y 9 se han eliminado ya que hacen referencia a residuos generados en asistencia estrictamente humana: filtros de diálisis y restos humanos, respectivamente.
•
Grupo 1: Residuos de pacientes con infecciones altamente virulentas, erradicadas, importadas o de muy baja incidencia en
Clase V o Residuos Químicos, todos los residuos caracterizados
España: fiebres hemorrágicas, rabia, carbunco, muermo,
como peligrosos por su contaminación química, de acuerdo con el Real
herpes virus simiae.
Decreto 833/1988 y el Real Decreto 952/1997 que desarrolla y modifica, respectivamente, la Ley sobre Residuos Tóxicos y Peligrosos. En-
•
•
Grupo 2: Residuos de pacientes con infecciones de transmisión
tre ellos se incluyen: restos de formaldehído, compuestos de revelado,
oral-fecal. Incluye cualquier residuo contaminado con heces de
disolventes (cloruro de metileno, cloroformo, xileno, etc.), reactivos de
pacientes afectados por cólera y disentería amebiana.
laboratorio, etc.
Grupo 3: Residuos de pacientes con secreciones respiratorias
Clase VI o Residuos Citotóxicos, todos los residuos compuestos por
con infecciones por tuberculosis y fiebre Q.
restos de medicamentos citotóxicos y material que haya estado en con-
AV4 (48).indd 26
7/11/06 17:38:40
prevención de riesgos laborales.27 tacto con ellos, que presentan riesgos carci-
En el caso de residuos punzantes o cor-
en el manejo de este tipo de residuos debe
nogénicos, mutagénicos y teratogénicos. Son
tantes, su acumulación debe hacerse de
prestarse especial atención a las precaucio-
medicamentos citotóxicos los medicamentos
forma inmediata para evitar accidentes,
nes de seguridad e higiene mencionada en el
citostáticos y aquellos cuyo manejo inadecua-
en el correspondiente envase rígido. Estos
apartado 2.2. del capitulo III que hace referen-
do implique riesgo para la salud del personal
residuos, después de cada uso se han de
cia a los riesgos producidos por el material
manipulador (Orden de la Consejería de Salud
introducir sin ninguna manipulación en reci-
veterinario.
de la CAM, de 22 de abril de 1992).
pientes de estructura rígida específicamente diseñados para ello (no volver a encapuchar
• Nunca llenar los envases totalmente,
Clase VII o Residuos Radiactivos, residuos
las agujas). Está prohibido utilizar recipien-
puesto que las agujas que sobresalen
contaminados por sustancias radioactivas
tes no diseñados para este tipo de residuos,
del contenedor constituyen un riesgo
cuya eliminación es competencia exclusiva de
como pueden ser botes, botellas, latas o
importante.
la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos
similares.
S.A. (ENRESA).
• Una vez utilizadas, no reencapuchar Aunque los hay de distintas capacidades, los
las agujas ni someterlas a ninguna
Cuando de forma accidental o deliberada, se
más utilizados son los de 2 litros. Una vez que
manipulación.
produzca una mezcla de residuos, en el caso
se encuentran llenos en 2/3 de su capaci-
de mezclarse residuos peligrosos con otro
dad, debe procederse a su cierre hermético
• Siempre que sea posible, aquellos que
tipo de residuos (a excepción de radiactivos),
y colocación en contenedores para residuos
utilicen instrumentos cortantes o pun-
pasarán a clasificarse todos los residuos mez-
biosanitarios especiales de mayor capacidad,
zantes se desharán personalmente de
clados como residuos peligrosos. Por ejem-
o dejarlos en depósito intermedio para su re-
los mismos.
plo, residuos asimilados a urbanos que por
cogida por el gestor.
accidente se hayan mezclado con biosanita-
• Nunca dejar abandonados objetos
rios especiales deben ser gestionados todos
Tanto por cuestiones ambientales como, so-
cortantes o punzantes sobre una su-
como biosanitarios especiales.
bre todo, por motivos de prevenir accidentes,
perficie, para evitar riesgos de accidentes a terceros. • Tener especial cuidado en que no haya objetos cortantes en la ropa que vaya a lavandería. • Nunca depositar objetos cortantes o punzantes en bolsas de plástico para residuos generales o asimilados a urbanos.
AV4 (48).indd 27
7/11/06 17:38:41