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Reglamento Interno de Seguridad Y Salud en el Trabajo De Constructora Ayasca E.I.R.L. Rev. 0
Hoja de Motivo de Cambio Motivo de Cambio Elaboración del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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Fecha Enero 2014
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INDICE
I.
RESUMEN EJECUTIVO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA
II.
OBJETIVOS, ALCANCES Y GLOSARIO DE TÉRMINOS.
III.
LIDERAZGO, COMPROMISO Y LA POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD. A. Liderazgo y Compromiso B. Política de Seguridad y Salud en el Trabajo
IV.
ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES. A. Funciones y Responsabilidades B. Organización interna de seguridad y salud en el trabajo C. Implementación de registros y documentación del sistema de gestión D. Funciones y responsabilidades de los contratistas y proveedores
V.
ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES.
VI.
ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS.
VII.
PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIA.
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CAPITULO I RESUMEN EJECUTIVO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA Constructora Ayasca E.I.R.L es una empresa del rubro construcción; especialistas en la elaboración y ejecución de proyectos de edificación, pavimentos asfálticos, planos, diseños y otras actividades relacionadas a la construcción.
CAPITULO II OBJETIVOS, ALCANCES Y GLOSARIO DE TÉRMINOS Art. 1º OBJETIVO. El presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene los siguientes objetivos: a) Garantizar adecuadas condiciones de seguridad y salud a todos los trabajadores. b) La mejora continua de los procesos, la gestión del cambio, la preparación y respuestas a situaciones de emergencias. c) Crear mediante la aplicación de este reglamento una conciencia de seguridad de todo el personal que labora para Constructora Ayasca E.I.R.L; tanto administrativos, técnicos, obreros y otros cuando se encuentren dentro de nuestras operaciones. Art. 2º ALCANCE. El cumplimiento del presente Reglamento comprende a todos los trabajadores de Constructora Ayasca E.I.R.L. Art. 3º GLOSARIO DE TERMINOS. 3.1. Accidente de Trabajo (AT).- Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, y aun fuera del lugar y horas de trabajo. Según su gravedad, los accidentes de trabajo con lesiones personales pueden ser:
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3.1.1. Accidente leve: Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación médica, genera en el accidentado un descanso breve con retorno máximo al día siguiente a sus labores habituales (DS 005-2012-TR). 3.1.2. Accidente Incapacitante: suceso cuya lesión, resultado de la evaluación médica, da lugar a descanso, ausencia justificada al trabajo y tratamiento. Para fines estadísticos, no se tomará en cuenta el día de ocurrido el accidente. Según el grado de incapacidad los accidentes de trabajo pueden ser: (DS 005-2012-TR). Total Temporal: cuando la lesión genera en el accidentado la imposibilidad de utilizar su organismo; se otorgará tratamiento médico hasta su plena recuperación. Parcial Permanente: cuando la lesión genera la pérdida parcial de un miembro u órgano o de las funciones del mismo. Total Permanente: cuando la lesión genera la pérdida anatómica o funcional total de un miembro u órgano; o de las funciones del mismo. 3.1.3. Accidente Mortal: Suceso cuyas lesiones producen la muerte del trabajador. Para efectos estadísticos debe considerarse la fecha del deceso. 3.2. Administración de Control de Pérdidas.- Es la aplicación de los conocimientos y técnicas de administración profesional, a aquellos métodos y procedimientos que tienen por objetivo específico disminuir las pérdidas (daño físico a las personas y daño a la propiedad) relacionadas con los acontecimientos no deseados. 3.3. Arnés de seguridad.- Dispositivo que se usa alrededor de porciones del torso del cuerpo; como: hombros, caderas, cintura y piernas, que tiene una serie de tirantes, correas y conexiones que detendrá las caídas más severas. 3.4. Aspecto Ambiental.- Elemento de las actividades, productos o servicios de una organización que pueda interactuar con el medio ambiente. 3.5. Causas básicas: Referidas a factores personales y factores de trabajo (DS 0052012-TR): 3.5.1 Factores Personales.- Referidos a limitaciones en experiencias, fobias y tensiones presentes en el trabajador. (DS 005-2012-TR) 3.5.2 Factores del Trabajo.- Referidos al trabajo, las condiciones y medio ambiente de trabajo: organización, métodos, ritmos, turnos de trabajo, maquinaria, equipos, materiales, dispositivos de seguridad, sistemas de mantenimiento, ambiente, procedimientos, comunicación, entre otros. (DS 005-2012-TR)
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3.6. Causas Inmediatas: Son Aquellas debido a los actos y condiciones subestándares (DS-005-2012-TR): 3.6.1 Condiciones Subestándares: Es toda condición en el entorno del trabajo que puede causar un accidente. 3.6.2 Actos Subestándares: Es toda acción o práctica incorrecta ejecutada por el trabajador que puede causar un accidente. 3.7. Contaminantes.- Son materiales, sustancias o energía que al incorporarse y/o actuar en/o sobre el ambiente, degradan su calidad original a niveles no propios para la salud y el bienestar humano, poniendo en peligro los ecosistemas naturales. 3.8. Control de Pérdidas.- Herramienta de gestión para lograr reducir y/o controlar las pérdidas dentro de la empresa. El Control de Pérdidas y/o La Administración Moderna de la Seguridad, permiten analizar las fuentes de origen de las pérdidas y ser capaces de controlar sus efectos. 3.9. Consecuencia.- Se refiere al nivel que pueden tener las lesiones, daños o enfermedades que puede provocar la ocurrencia de un evento o exposición peligrosa. 3.10. Criticidad.- Es un concepto o juicio de valor que permite determinar el potencial de pérdida de una instalación, tarea, equipos, material, si este no es empleado u operado de acuerdo a estándares. 3.11. Cuasi-Accidente (Incidente).- Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo, en el que la persona afectada no sufre lesiones corporales, o en que estas solo requieren cuidados de Primeros Auxilios. Acontecimiento no deseado, que bajo circunstancias ligeramente diferentes, pudo haber resultado en lesiones a las personas, daño a la propiedad o pérdida en un proceso de producción. 3.12. Documentos de Seguridad: Son los documentos escritos utilizados en el procedimiento para trabajos en circuitos y/o equipos eléctricos, entre ellos: Pedido de maniobra, Solicitud de trabajo con red energizada, Boleta de liberación, Tarjeta de seguridad personal, carteles: tensión de retorno y hombres trabajando. (Vea su definición de acuerdo al orden alfabético, en la presente lista).
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3.13. Emergencia.- Evento o suceso grave que surge debido a factores naturales o como consecuencia de riesgos y procesos peligrosos en el trabajo, que no fueron considerados en la gestión de seguridad y salud en el trabajo (DS 005-2012-TR). 3.14. Enfermedad Ocupacional o Profesional.- Es una enfermedad contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo relacionada al trabajo. (DS 0052012-TR). 3.15. Entrenamiento en La Tarea.- Es un proceso planificado de preparación y adiestramiento del personal operativo para que realice de manera segura su tarea. 3.16. Equipos de Protección Personal (EPP).- Son dispositivos, materiales e indumentaria personal destinados a cada trabajador para protegerlo de uno o varios riesgos presentes en el trabajo y que puedan amenazar su seguridad y salud. Los EPP son una alternativa temporal y complementaria a las medidas preventivas de carácter colectivo. (DS 005-2012-TR). Por ejemplo: casco dieléctrico, guantes dieléctricos, zapatos con planta aislante, anteojos, protección facial, etc. 3.17. Ergonomía.- Llamada también ingeniería humana. Es la ciencia que busca optimizar la interacción entre el trabajador, máquina y ambiente de trabajo con el fin de adecuar los puestos, ambientes y la organización del trabajo a las capacidades y características de los trabajadores a fin de minimizar efectos negativos y mejorar el rendimiento y la seguridad del trabajador. (DS 005-2012-TR). 3.18. Estándares de Trabajo: Son los modelos, pautas y patrones establecidos por el empleador que contienen los parámetros y los requisitos mínimos aceptables de medida, cantidad, calidad, valor, peso y extensión establecidos por estudios experimentales, investigación, legislación vigente o resultado del avance tecnológico, con los cuales es posible comparar las actividades de trabajo, desempeño y comportamiento industrial. Es un parámetro que indica la forma correcta de hacer las cosas. El estándar satisface las siguientes preguntas: ¿Qué?, ¿Quién? y ¿Cuándo? (DS 005-2012-TR). 3.19. Evaluación de riesgos: Es el proceso posterior a la identificación de los peligros, que permite valorar el nivel, grado y gravedad de los mismos proporcionando la información necesaria para que el empleador se encuentre en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la oportunidad, prioridad y tipo de acciones preventivas que debe adoptar. (DS 005-2012-TR).
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3.20. Hojas de Seguridad de Material (MSDS por sus siglas en inglés de Material Safety Data Sheet).- La Hoja de Seguridad es un documento preparado por el fabricante de un material peligroso, contiene información detallada sobre la constitución química, las propiedades físicas, el uso, el almacenaje, el manejo, los equipos de protección que se deben usar, el tratamiento de primeros auxilios a suministrar en caso de emergencia y los efectos potenciales a la salud relacionados al material. 3.21. Identificación de Peligros.- Todo suceso potencialmente riesgoso que pudiera causar lesiones o enfermedades a las personas en su trabajo o a la población. (DS 005-2012-TR) 3.22. Implementos de Seguridad.- Son los implementos que el personal usa para prevenirse de los riesgos propios de cada trabajo; ejemplo: revelador de tensión, pértiga aislada, líneas portátiles de puesta a tierra, escaleras, elementos de señalización, linterna, palancas, equipo de comunicación, etc. 3.23. Impacto Ambiental.- Cualquier cambio en el medio ambiente, ya sea adverso o beneficioso, como resultado total o parcial de los aspectos ambientales de la empresa o de la organización (ISO 14001:2004). 3.24. Incidente.- Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo, en el que la persona afectada no sufre lesiones corporales, o en el que éstas sólo requieren cuidados de Primeros Auxilios (DS-005-2012-TR). 3.25. Incidente Peligroso.- Todo suceso potencialmente riesgoso que pudiera causar lesiones o enfermedades a las personas en su trabajo o a la población (DS-0052012-TR). 3.26. Inducción u Orientación: Capacitación inicial dirigida a otorgar conocimientos e instrucciones al trabajador para que ejecute su labor en forma segura, eficiente y correcta. Se divide normalmente en: 3.26.1. Inducción General: Capacitación al trabajador sobre temas generales como política, beneficios, servicios, facilidades, normas, prácticas, y el conocimiento del ambiente laboral del empleador, efectuada antes de asumir su puesto. (DS-005-2012-TR). 3.26.2. Inducción Específica: Capacitación que brinda al trabajador la información y el conocimiento necesario que lo prepara para su labor específica.
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3.27. Investigación de Accidentes e Incidentes: Proceso de identificación de los factores, elementos, circunstancias y puntos críticos que concurren para causar los accidentes e incidentes. La finalidad de la investigación es revelar la red de causalidad y de ese modo permite a la dirección del empleador tomar las acciones correctivas y prevenir la recurrencia de los mismos. (DS-005-2012-TR). 3.28. Inspección Planeada.- Actividad preventiva que se desarrolla en forma sistemática y programada para detectar, analizar y corregir deficiencias en equipos, materiales y en el ambiente, que pudiera ser causa de accidentes y pérdidas. 3.29. Investigación de Accidentes e Incidentes.- Proceso de identificación de los factores, elementos, circunstancias y puntos críticos que concurren para causar los accidentes e incidentes. La finalidad de la investigación es revelar la red de causalidad y de ese modo permite a la dirección del empleador tomar las acciones correctivas y prevenir la recurrencia de los mismos. (DS 005-2012-TR). 3.30. Lesión: Alteración física u orgánica que afecta a una persona como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional. (DS 0052012-TR). 3.31. Mapa de Riesgos: Puede ser: - En el empleador u organización: Es un plano de las condiciones de trabajo, que puede emplear diversas técnicas para identificar y localizar los problemas y las acciones de promoción y protección de la salud de los trabajadores en la organización del empleador y los servicios que presta. (DS 005-2012-TR). 3.32. Medidas de Prevención.- Las acciones que se adoptan con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo y que se encuentran dirigidas a proteger la salud de los trabajadores contra aquellas condiciones de trabajo que generan daños que sean consecuencia, guarden relación o sobrevengan durante el cumplimiento de sus labores. Además, son medidas cuya implementación constituye una obligación y deber de los empleadores. (DS 005-2012-TR). 3.33. Medio Ambiente.- Entorno en el cual una organización opera, incluyendo el aire, el agua, la tierra, los recursos naturales, la flora, la fauna, los seres humanos y sus interrelaciones. 3.34. Observación Planeada.- Actividad preventiva sistemática para verificar el desempeño de un trabajador, en relación al procedimiento establecido para la ejecución de una tarea.
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3.35. Peligro.- Situación o característica intrínseca de algo capaz de ocasionar daños a las personas, equipos, procesos y ambiente (DS 005-2012-TR). Es una fuente, situación o acto con el potencial de daños en término de lesiones o enfermedades, o la combinación de ellas. (OHSAS 18001:2007). 3.36. Peligro Inminente.- Fuente o una situación que implica un daño potencial en términos de lesión o daños a la salud, daño a la propiedad, daño al ambiente de trabajo, o una combinación de éstos. 3.37. Pérdida.- Es el daño que afecta a personas, instalaciones, equipos, herramientas, procesos, medio ambiente y otros. 3.38. Plan de Contingencias (Emergencias).- Aquel plan elaborado para responder a las emergencias tales como incendios, desastres naturales, entre otros. 3.39. Posturas Forzadas.- Se definen como aquellas posiciones de trabajo que supongan que una o varias regiones anatómicas dejan de estar en una posición natural de confort para pasar a una posición que genera hiperextensiones, hiperflexiones y/o hiperrotaciones osteoarticulares, con la consecuente producción de lesiones por sobrecarga. Durante más de 2 horas en total por día. (R.M. N° 375-2008-TR). 3.40. Prevención.- Medidas destinadas a evitar la ocurrencia de percances o afectaciones, con consecuencias adversas a la salud humana o en el entorno. 3.41.
Prevención de Accidentes.- Combinación de políticas, estándares, procedimientos, actividades y prácticas en el proceso y organización del trabajo, que establece una organización para prevenir y controlar los riesgos en el trabajo.
3.42. Primeros Auxilios.- Protocolos de atención de emergencia a una persona en el trabajo que ha sufrido un accidente o enfermedad ocupacional (DS 005-2012TR). Dicho tratamiento de una sola aplicación y visita de seguimiento con el propósito de observación es considerado como primeros auxilios a pesar de que haya sido suministrado por un médico o personal profesional registrado. 3.43. Probabilidad.- Posibilidad de ocurrencia de un evento o exposición peligrosa. 3.44. Procedimiento de Trabajo.- Método ordenado y sistemático que asegura que un conjunto de actividades se realice en forma segura para las personas, instalaciones, equipos, herramientas, procesos, medio ambiente, con un máximo de eficiencia.
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3.45. Programa de Gestión de SSTMA.- Actividades programadas orientadas a controlar o eliminar situaciones de peligro o aspectos ambientales significativos, utilizada para desarrollar e implementar su Política de SSMARS y gestionar sus riesgos, incluyendo el qué hacer para lograr los Objetivos definidos. Nota: Un sistema de gestión incluye la estructura de la organización, actividades de planificación (dentro de ellas la evaluación de riesgos y el establecimiento de objetivos), responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos. (OHSAS 18001:2007). 3.46. Riesgo.- Probabilidad de que un peligro se materialice en determinadas condiciones y sea generador de daños a las personas, equipos y al ambiente (DS 005-2012-TR). Combinación de la(s) probabilidades, la(s) exposiciones y la(s) consecuencia(s) de que ocurra un evento peligroso específico. 3.47. Salud.- Es un derecho fundamental que supone un estado de bienestar físico, mental y social, y no meramente la ausencia de enfermedad o de incapacidad. (DS-005-2012-TR). 3.48. Salud Ocupacional.- Rama de la Salud Pública que tiene como finalidad promover y mantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones; prevenir todo daño a la salud causado por las condiciones de trabajo y por los factores de riesgo; y adecuar el trabajo al trabajador, atendiendo a sus aptitudes y capacidades. (DS 005-2012-TR). 3.49. Seguridad.- Son todas aquellas acciones y actividades que permiten al trabajador laborar en condiciones de no agresión tanto ambientales como personales, para preservar su salud y conservar los recursos humanos y materiales (DS 005-2012-TR). 3.50. SSTMA.- Denominación que nombra a la Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente. 3.51. Tarea Crítica.- Es la tarea con un mayor potencial de producir perdidas, si no es desempeñada en forma correcta. 3.52. Trabajo Repetitivo.- Movimientos continuos mantenidos durante un trabajo que implica la acción conjunta de los músculos, los huesos, las articulaciones y los nervios de una parte del cuerpo, y que puede provocar en esta misma zona la fatiga muscular, la sobrecarga, el dolor y, por último, una lesión. Durante más de 2 horas por día. (R.M. N° 375-2008-TR).
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CAPITULO III. LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD
A. Liderazgo y Compromiso Art. 4° El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo es responsabilidad de la alta dirección de Constructora Ayasca E.I.R.L, quien asume el liderazgo y compromiso de estas actividades en la organización. Constructora Ayasca E.I.R.L delega las funciones y la autoridad necesaria al personal encargado del desarrollo, aplicación y resultados del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, quien rinde cuentas de sus acciones a la Alta Dirección; ello no lo exime de su deber de prevención y de ser el caso, de resarcimiento. La Gerencia General de Constructora Ayasca E.I.R.L se compromete: a) A liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la organización y para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud a fin de lograr su éxito en la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales. b) Asumir la responsabilidad de la prevención de accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, fomentando el compromiso de cada trabajador mediante el estricto cumplimiento de disposiciones que contiene el presente Reglamento. c) Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable. d) Establecer programas de seguridad y salud en el trabajo definidos y medir el desempeño en la seguridad y salud, llevando a cabo las mejoras que se justifiquen. e) Operar en concordancia con las leyes y reglamentos de seguridad y salud en el trabajo. f) Fomentar una cultura de prevención de los riesgos laborales para lo cual se inducirá, entrenará y formará a sus trabajadores en el desempeño seguro y productivo de sus trabajos.
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g) Mantener un alto nivel de adiestramiento para actuar en casos de emergencia, promoviendo su integración con el Sistema Nacional de Defensa Civil. B.
Política de Seguridad y Salud en el Trabajo Art. 5° Nuestra empresa tiene como política lo que a continuación se indica:
Constructora Ayasca EIRL, dedicada a realizar actividades tales como elaboración y ejecución de proyectos de edificación, pavimentos asfálticos, trabajos de pintura, electricidad, carpintería y diseños entre otras del rubro; es consciente de la necesidad de proteger a sus trabajadores; por tal motivo nos comprometemos a: Cumplir con la legislación nacional vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo; aplicable a todas nuestras actividades, identificando los peligros a los cuales están expuestos los trabajadores, evaluar el nivel de riesgos y aplicar medidas de control con el objetivo de minimizar la probabilidad de ocurrencia de accidentes laborales y enfermedades ocupacionales. Garantizar la protección, participación y consulta a los trabajadores y sus representantes, con respecto a los elementos del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo. Establecer y revisar periódicamente los Objetivos y Metas referentes a temas de Seguridad y Salud en el Trabajo para mejorar continuamente. El cumplimiento de la presente política, incrementara la satisfacción de nuestros clientes internos y externos, ya que nos presentaremos como una empresa comprometida en brindar un ambiente seguro y saludable a nuestros trabajadores; así mismo alcanzaremos la mejora continua de nuestro Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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CAPITULO IV. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES A. Funciones y Responsabilidades De la Empresa: Art. 6º La empresa asume su responsabilidad en la organización del sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo; y garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones en seguridad y salud en el trabajo, establecidos en el Reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo, para lo cual: a) La empresa será responsable de la prevención y conservación del local de trabajo asegurando de que esté construido, equipado y dirigido de manera que suministre una adecuada protección a los trabajadores, contra accidentes que afecten su vida, salud e integridad física. b) La empresa instruirá a sus trabajadores respecto a los riesgos a que se encuentren expuestos en las labores que realizan, adoptando las medidas necesarias para evitar accidentes o enfermedades ocupacionales. c) La empresa desarrolla acciones de sensibilización, capacitación y entrenamiento destinados a promover el cumplimiento por los trabajadores de la normas de seguridad y salud en el trabajo. d) La empresa proporcionara a sus trabajadores de los equipos de protección personal de acuerdo a la actividad que realicen necesarios para evitar accidentes. e) La empresa promoverá en todos los niveles una cultura de prevención de los riesgos en el trabajo. f)
Dar facilidades y estimular al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo para el cumplimiento de sus funciones.
g) Implementar las recomendaciones del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo. De los Trabajadores: Art. 7º Todos los trabajadores de la empresa cualquiera sea su relación laboral están obligados a cumplir las normas contenidas en este Reglamento y otras disposiciones complementarias. En ese sentido:
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a) Los trabajadores harán uso adecuado de todos los resguardos, dispositivos de seguridad y además medios suministrados de acuerdo con este Reglamento, para su protección o la de las personas y obedecerán todas las instrucciones de seguridad procedente o aprobada por la autoridad competente, relacionadas con el trabajo b) Deben informar a su jefe inmediato y estos a su vez a la Gerencia, de los accidentes e incidentes ocurridos por menores que éstos sean. c) Ningún trabajador intervendrá, cambiara, desplazará, dañará o destruirá los dispositivos de seguridad o aparatos destinados para su protección, o la de terceros, ni cambiará los métodos o procedimientos adoptados por la empresa. d) Mantener condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y actividades. e) Están prohibidas las bromas, juegos bruscos y bajo ninguna circunstancia trabajar bajo el efecto del alcohol o estupefacientes.
Contratistas y proveedores: Art. 8º Toda empresa especial de servicios, intermediación laboral, contratistas, terceros y proveedores deberá garantizar: a) La coordinación de la gestión en prevención de riesgos laborales. b) La seguridad y salud de los trabajadores. c) La verificación de la contratación de los seguros de acuerdo a la ley por cada empleador. d) El cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo. e) Reportar accidentes laborales a las instituciones según normatividad vigente
B. Organización interna de Seguridad y Salud en el Trabajo
Art. 9º Cuenta con un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo; el cual fue elegido por los trabajadores conforme lo indica el Artículo 39 del reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuenta también con un libro de actas (o hojas sueltas foliadas) donde se registran todos los acuerdos adoptados en cada sesión y el cumplimiento de los mismos en los plazos previstos.
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Son funciones del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo: a) Hacer cumplir el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y las normativas sectoriales. b) Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud. c) Vigilar el cumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa. d) Investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el centro de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de los mismos. e) Hacer visitas de inspección periódicas en las áreas administrativas, áreas operativas (de ser el caso), instalaciones, maquinaria y equipos en función de la Seguridad y Salud en el Trabajo. f) Hacer recomendaciones para el mejoramiento de las condiciones relacionadas con la Seguridad y Salud en el Trabajo y verificar que se lleven a efecto las medidas acordadas y evaluar su eficiencia g) Promover la participación de todos los trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros, etc. h) Estudiar las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en la empresa cuyo registro y evaluación deben ser constantemente actualizados por la unidad orgánica de seguridad y salud en el trabajo de la empresa. i) Asegurar que todos los trabajadores reciban una adecuada formación sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. j) Llevar el libro de actas el control del cumplimiento de los acuerdos y propuestas del comité. k) Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa anual y en forma extraordinaria para analizar los accidentes graves o cuando las circunstancias lo exijan. l) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud de la empresa. m) Reportar a la Gerencia de la empresa respectiva, la siguiente información: Reporte de cada accidente mortal dentro de las veinticuatro (24 horas de ocurrido) Investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas adoptadas dentro de los diez (10) días de ocurrido. Reportes trimestrales de estadísticas de accidentes.
PROGRAMA:
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Art. 10º El supervisor de seguridad y salud en el trabajo aprobara el Programa Anual de Seguridad y salud de la empresa. Este programa deberá ser elaborado por la entidad funcional a cargo de la seguridad y salud en el trabajo en la empresa. Este programa deberá estar en relación a los objetivos contenidos en el presente reglamento y a los otros elementos que garanticen un trabajo en forma preventiva y sistemática contra los riesgos existentes en el centro de trabajo. Luego de haber analizado y seleccionado los objetivos contenidos, acciones, recursos y otros elementos, el comité aprobara el cronograma del mismo, estableciendo los mecanismos de seguimiento para el cabal cumplimiento del mismo. La empresa prestara todo el apoyo para la ejecución del programa anual.
MAPA DE RIESGOS: Art. 11º
El mapa de riesgos consiste en una representación gráfica a través de símbolos de uso general o adoptados, indicando el nivel de exposición ya sea bajo, mediano o alto, de acuerdo a la información recopilada en archivos y los resultados de las mediciones de los factores de riesgos presentes, con el cual se facilita el control y seguimiento de los mismo, mediante la implantación de programas de prevención. La periodicidad de la formulación del mapa de riesgos está en función de los siguientes factores: tiempo estimado para el cumplimiento de las propuestas de mejoras, situaciones críticas, documentos insuficientes, modificaciones en los procesos, nuevas tecnologías, entre otros.
C. Implementación de registros y documentación del sistema de gestión Art. 12º Para la evaluación del sistema de gestión la empresa deberá tener los siguientes registros: El registro de accidentes de trabajo e incidentes en el que deberá constar la investigación y las medidas correctivas adoptadas. El registro de exámenes médicos ocupacionales. El registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos y factores de riesgos ergonómicos. El registro de inspecciones internas de seguridad y salud. Las estadísticas de seguridad y salud. El registro de equipos de seguridad o emergencia.
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El registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia. El registro de auditorías.
CAPITULO V ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN LAS OPERACIONES
Art. 13º ALMACENAMIENTO DE MATERIALES a) Los almacenes deberán estar constituidos de tal forma que se tenga vías de acceso libres que permita la circulación del montacargas. b) Para el almacenamiento de productos químicos se deberá seguir las indicaciones relacionadas a compatibilidad, y condiciones atmosféricas de almacenamiento descritas en las hojas de seguridad. c) Se dispondrá de estanterías u otras estructuras metálicas empotradas al piso, pared o techos, para el almacenamiento de materiales. d) Cuando las estanterías estén en mal estado deberán ser reemplazadas o reemplazadas según sea el caso. e) Los objetos depositados no deben sobrepasar los límites perimetrales, altura y peso máximo. En las estanterías para almacenaje de elementos paletizados se debe colocar un indicador de carga máxima admisible por nivel, situado en lugar visible de preferencia en la parte superior de las estanterías. Art. 14º SEGURIDAD EN LAS OFICINAS a) Los gabinetes de archivo se deben fijar al piso, a la pared, o unir unos con otros para evitar que se inclinen hacia adelante.
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b) Cerrar siempre los cajones del equipamiento de la oficina que pudieran haber quedado abiertos. c) Elementos tales, como ganchitos, clips, tijeras, etc. que se dejan sueltos en un cajón son un peligro. Coloque cada cosa en un lugar seguro y protegido. d) El uso de corta papeles, cuchillos, cuchillas, tijeras y elementos punzantes, pueden producir cortes serios o pinchaduras profundas. Nunca dejar un corta papeles o cutter abiertos. e) Practique la buena postura para sentarse, es beneficioso para la salud y además causa buena impresión. f) Mantener los cables de luz, teléfono, computadoras o radio alejados del piso, y fuera de pasillos. Mantener los cables dentro de canaletas adosadas a la pared. g) Aquel cableado, cuyos cables estén expuestos o gastados deberán ser cambiados o reparados. h) Las salidas eléctricas no deben estar sobrecargadas. Tener esto en cuenta, para el uso de hornos, computadoras, impresoras o calefactores. i) Establecer la disposición de los escritorios de tal forma que la entrada de luz natural sea de forma lateral y si es necesario instalar persianas o cortinas para modular la entrada de luz. De esta forma se evitara los reflejos en las pantallas de los ordenadores asociados a la presencia de luz directa. Art. 15º ERGONOMÍA PARA TRABAJOS EN OFICINAS a) Evitar largos períodos de tiempo de pie, alternando las tareas o procurando efectuar cortos descansos para evitar sobrecarga muscular y dolores de pierna y espalda. b) Mantener el plano de trabajo a una altura adecuada (aproximadamente a la altura de los codos o ligeramente superior) c) La distancia entre los elementos del puesto y accesos debe ser la suficiente para permitir los cambios de postura y movimientos necesarios sin recurrir a posturas forzadas o estiramientos. d) Utilización de sillas regulables y giratorias con apoyo lumbar para el área de oficinas.
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Art. 16º ORDEN Y LIMPIEZA EN ÁMBIENTES DE TRABAJO. a) Los pasadizos y ambientes de la empresa en general deben mantenerse limpios para minimizar los riesgos; por ejemplo las áreas deben estar libres de desperdicios tales como trapos contaminados, residuos de papel, herramientas, envases vacíos de productos químicos. b) Cuando se derrame tintas, aceites, grasas o productos similares deberá limpiarse de inmediato el área afectada para evitar caídas al mismo nivel por piso resbaladizo y eliminar el riesgo de incendio. c) Se habilitaran zonas para el almacenamiento en las áreas de producción. d) Se colocarán los desechos según se vayan generando en recipientes adecuados o de acuerdo a lo establecido en el plan de manejo de residuos sólidos. e) No se almacenará ni colocará elementos que impidan la correcta apertura de las puertas. f) Las vías, pasadizos y otras por donde circula el personal deben mantenerse despejados de obstrucciones y otros materiales que puedan causar accidentes. g) Se realizaran inspecciones para verificar el orden y la limpieza de los ambientes de trabajo. Art. 17º DISPOSICIONES DE MEDIDAS DE INSPECCIÓN DE SEGURIDAD. a) Inspecciones Planeadas (IP) Se realizarán de acuerdo a lo establecido en el programa anual de actividades y de acuerdo al procedimiento establecido para este fin. (REFERENCIA: PO01-IN-SGSST-CA PROCEDIMIENTO PARA INSPECCIONES). Serán realizadas por trabajadores capacitados en dicha técnica preventiva y su responsabilidad en el desarrollo de esta actividad finalizará cuando se adopten las medidas de control de los riesgos que fueron detectados en dicha actividad.
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Cada vez que se adquieran nuevas sustancias, equipos y herramientas que representen algún riesgo a la seguridad, salud y al medio ambiente o cada vez, que sea identificado un riesgo nuevo en el ambiente de trabajo, se realizará una Inspección fuera del programa (Inspección No Programada), asignándose un responsable de su ejecución. Las observaciones identificadas deben ser reportadas y gestionadas para su pronta corrección. Si el resultado de una inspección arroja una o más condiciones de riesgo con alto potencial de gravedad y alta probabilidad de ocurrencia de una pérdida se informará inmediatamente en forma verbal al supervisor o encargado de la tarea o área, quien deberá tomar las medidas correctivas necesarias inmediatas. Art. 18º AVISOS Y SEÑALES DE SEGURIDAD. a) En las diversas áreas de la empresa se deberán colocar avisos y señales de seguridad en lugares visibles y estratégicos, de acuerdo con lo establecido en la Norma Técnica Peruana NTP 399.010-1 “Señales de seguridad” para el control de: El ingreso y acceso de personas a las instalaciones y zonas reservadas y peligrosas La circulación peatonal dentro de las instalaciones y oficinas. El tránsito vehicular: velocidad máxima y sentido de circulación. Los equipos e instalaciones que se encuentren en mantenimiento o maniobra. Las zonas de emergencia, indicando las zonas y vías seguras para la evacuación y las instrucciones a seguir en situaciones de emergencia. b) Todos los carteles y señales de seguridad deberán estar en idioma castellano y de tamaño acorde al área de trabajo en la que se encuentra. Art. 19º ILUMINACIÓN a) Deberá contarse con iluminación de tipo natural, artificial o mixta adecuada a las exigencias visuales de la tarea. b) Cuando no sea suficiente la luz natural, se dispondrá de luminarias en los puestos de trabajo que así los requieran. La iluminación general en locales de
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trabajo será de 60-90 lux y para los trabajos de composición litográfica, retoque, impresión y grabados será de 90-200 lux. c) Se dispondrá de medios de iluminación de emergencia en las escaleras, salidas de urgencia y lugares de tránsito adecuados a la dimensión del local y número de trabajos. La iluminación de emergencia deberá ser capaz de mantenerse encendida al menos durante 1 hora y su fuente de energía será independiente del sistema normal de iluminación.
Art. 20º VENTILACIÓN a) El mantenimiento de los sistemas mecánicos de ventilación deberá ser regular y constante, existiendo un programa de mantenimiento de estas instalaciones. b) En los ambientes de trabajo se mantendrá por medios naturales o artificiales condiciones adecuadas de ventilación para evitar el insuficiente suministro de aire, aire detenido o viciado, calor o frío excesivo. c) El polvo y los vapores desprendidos en el área de rotativas y planas, deberán ser extraídas en su lugar de origen evitando que se difunda en la atmósfera del lugar de trabajo.
Art. 21º TEMPERATURA a) En todas las instalaciones de la empresa, se mantendrá durante las horas de trabajo, una temperatura que no sea perjudicial para la vida de los trabajadores, ya sea por medios naturales o artificiales. Art. 22º INSTALACIONES ELÉCTRICAS a) Toda celda eléctrica tendrá en la puerta un letrero de riesgo eléctrico y se establecerá una distancia de seguridad de 1 metro como mínimo que permita evitar el contacto fortuito con los trabajadores que transitan por la zona. b) Las instalaciones y equipos eléctricos estarán construidos y conservados de forma tal que prevenga el peligro de contacto de las personas con los elementos de tensión y riesgo de incendio.
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c) Está prohibido colocar material combustible o inflamable a menos de un metro de distancia de los tableros eléctricos. d) Cuando se realice trabajos de mantenimiento o reparación de equipos eléctricos, será obligatorio desconectarlos previamente. e) Está prohibido manipular las instalaciones eléctricas si no se está preparado o autorizado para ello. f) Los cables tendrán aislamiento adecuado en toda su longitud y en los empalmes. g) Está prohibido conectar un cable eléctrico directamente a un tomacorriente, siempre se hará con su enchufe respectivo. Nunca desconecte un cable tirando de el. h) No se podrá llevar objetos metálicos en los bolsillos como herramientas, relojes o alhajas cuando se va a trabajar con electricidad o en las cercanías de ellas.
Art. 23º ANÁLISIS SEGURO DE TRABAJOS (AST). Documento que detalla paso a paso, el desarrollo de un proceso o actividad, en el cual se toman en cuenta aspectos que permitirán un mejor control de los riesgos en seguridad, salud ocupacional y medio ambiente. Es responsabilidad de la línea de mando de cada cuenta, la creación de los formatos, la actualización, el cumplimiento, la difusión, la comprensión y la verificación de la correcta aplicación, por todo el personal propio o contratista que ejecuta y/o supervisa la tarea. Art. 24º TRABAJOS EN ALTURA. a) Es obligatorio el uso de arnés, para toda persona que trabaje en altura (1.8 metros de altura desde el nivel del pie), siendo responsabilidad del supervisor verificar el buen uso de este equipo por parte del personal previamente entrenado o adiestrado en su uso. b) Antes y después de realizar el trabajo de altura, el personal deberá verificar previamente el estado del arnés. Aquellos que presenten algún tipo de
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deterioro (tales como picaduras, desgaste, aquellos que han soportado alguna caída, presenten reparaciones, entre otros), serán retirados. c) Toda área o nivel inferior a trabajos en altura, deberá ser limitado por medio de señalizaciones que impidan el paso de personas por ella. Además de ser necesario instalarse letreros indicando “Zona de Trabajo”. (REFERENCIA: PO02-TA-SGSST-CA PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN ALTURA).
Art. 25º ESCALERAS PORTÁTILES Los trabajadores que empleen estos materiales deben tener en cuenta lo siguiente: No usar escaleras con rajaduras, agrietadas o rotas. Emplear un procedimiento correcto para la manipulación de escaleras. Asegurarla correctamente. Seleccionar adecuadamente la escalera para la tarea. No debe adoptar posturas peligrosas, que influyan en la desestabilización de ella. No llevar objetos en las manos cuando se asciende o desciende por la escalera. Su peso o dimensión; para el traslado correcto. Evitando así sobreesfuerzos en el trabajador. a) Tipos de escaleras portátiles Se emplearán escaleras construidas de material aislado fibra de vidrio o madera de los siguientes tipos: Escaleras simples o extensibles. Escaleras de tijera. Escaleras embonables o acoplables. b) Usos de escaleras portátiles A los trabajadores se les debe capacitar en la selección y uso la escalera correctamente. Toda escalera deberá ser inspeccionada cuidadosamente al ser recibida y antes de usarla. Probándose todos sus componentes para asegurarse que se encuentran firmes y en buen estado de conservación. Verificar y lubricar las partes móviles según se requieran. Inspeccionar las escaleras haciendo uso de registros de éstas, cada 6 meses, y colocar un sticker por cada escalera.
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De encontrar una escalera defectuosa el usuario deberá colocar una tarjeta prohibiendo su uso y no deberán ser usadas hasta haber sido reparadas por una persona competente. Las escaleras que no puedan ser reparadas deben ser destruidas. Al usar una escalera extensible o simple, debe asegurarse de que tienen la longitud correcta para que sobresalga de la altura deseada. No deben posicionarse sobre los últimos tres peldaños de una escalera simple. Debe colocarse la escalera en el ángulo correcto con respecto a la pared. La distancia de separación de la base debe ser la cuarta parte de la longitud de la escalera desde la superficie hasta el punto de apoyo. No deben colocarse escaleras sobre cajones u otras bases inestables, para lograr una altura adicional. Para subir y descender por una escalera, debe hacerse de frente a esta. Debe subirse o descender de un escalón a la vez. Al ascender o descender es necesario tomarse de los peldaños o largueros laterales (siempre tener tres puntos de apoyo). Llevar las herramientas pequeñas u otros materiales de trabajo en el cinturón porta herramientas. Mantener ambas manos libres para trepar por una escalera. No subir ni descender llevando objetos. No estirarse demasiado hacia un costado cuando esta sobre la escalera, deberá bajarse de ella y trasladar la escalera hacia dicha zona. Deben mantenerse los peldaños y los escalones libres de grasas, aceite, pintura, barro u otras sustancias resbaladizas. Cuando se usa una escalera de tijera, asegurarse de que se encuentra totalmente abierta y que los travesaños separadores se encuentren trabados, antes de ascender. Las escaleras deberán ser almacenadas y transportadas cuidadosamente para evitar que estas se golpeen o dañen. Art. 26º HERRAMIENTAS PORTÁTILES ELÉCTRICAS/NEUMÁTICAS a) Los enchufes y los cables eléctricos deben ser inspeccionados periódicamente. b) Se debe evitar poner las máquinas de funcionamiento eléctrico sobre lugares húmedos. c) Usar solo clavijas normalizadas para la toma de energía eléctrica, nunca debe efectuarlo directamente con los cables. d) En los trabajos con amoladoras, pulidoras, entre otros. El operario deberá mantenerse siempre fuera del plano de rotación del disco.
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e) Los cables eléctricos de las herramientas no se deben reparar con cinta aislante, lo correcto es reemplazarlos por otros cables en buen estado. f) Durante el uso de estas herramientas se debe usar el equipo de protección personal de acuerdo al riesgo a que se expone.
Art. 27º SEÑALIZACIÓN a) Señales de Seguridad Representan una información general de seguridad o salud, obtenido por medio de una combinación de formas geométricas y colores, que mediante la adición de un símbolo gráfico (pictograma) o texto expresa un mensaje de seguridad en particular. b) Tipos de Señales Señal de Prohibición.- Es la señal de seguridad que prohíbe un comportamiento susceptible de provocar un accidente y su mandato es total. Señal de Obligación.- Es la señal de seguridad que obliga al uso de equipos de protección personal. Señal de Advertencia o Precaución.- Es la señal de seguridad que advierte de un peligro o riesgo. Señal de Emergencia.- Es la señal de seguridad que indica la ubicación de materiales y equipos de emergencia. (REFERENCIA: PO04-SC-SGSST-CA CÓDIGO DE COLORES).
PROCEDIMIENTO
PARA
SEÑALIZACIÓN
Y
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c)
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Clasificación de los peligros según la NFPA (National Fire Protection Association) Es un tipo de señal que indica de manera práctica la situación peligrosa del producto o sustancia química tal como: Toxicidad Inflamabilidad Reactividad Radioactividad y otra propiedad especial.
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Peligros Para la Salud (Fondo Color Azul).-
Valor 4
3
2
1
0
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Consecuencia Materiales que con una exposición muy corta puede causar la muerte o lesiones residuales graves, aún cuando se aplique tratamiento médico inmediato, incluyendo aquellos que son tan peligrosos que no puede aproximarse uno sin equipo protector especializado. Materiales que con una corta exposición puede causar lesiones residuales o temporales serias, aún cuando se aplique tratamiento médico inmediato, incluyendo aquellos que requieren de protección de todo contacto corporal Materiales que con exposición intensa o continúa podrían causar incapacidad temporal o posibles lesiones residuales a menos que se aplique tratamiento médico inmediato, incluyendo aquellos que requieran el uso de equipo de protección respiratoria con suministro independiente de aire. Material que al quedar expuesto a los mismos causan irritación o sólo lesiones residuales leves, aunque no se aplique tratamiento médico, incluyendo aquellos que requieren del uso de una máscara para gases. Material que al quedar expuesto a los mismos bajo fuego no ofrecen más peligro que el propio del material combustible corriente.
Peligros de Inflamabilidad (Fondo Color Rojo).-
Valor 4
3
Consecuencia Material que a presión atmosférica y temperatura ambiente normal se vaporiza rápidamente o completamente o que enseguida se dispersa en el aire y que arden a gran velocidad. Líquidos y sólidos que pueden inflamarse bajo condiciones de temperatura casi ambiente. Los materiales de este grupo originan con el aire atmósferas peligrosas a casi cualquier temperatura ambiente o, si no les afecta la temperatura ambiente, se
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inflaman bajo casi cualquier condición. Materiales que para que puedan arder son necesarios ser calentados moderadamente o dejarlos en un ambiente de temperatura relativamente alta. Materiales que para que puedan arder es necesario calentarlos previamente.
2 1 0
Materiales que no arden. Esta clasificación incluye cualquier material que no arde en el aire, expuesto a temperatura de 815,6° C durante un período de cinco minutos.
Peligros de Reactividad (Fondo Color Amarillo).-
Valor 4 3
2 1
0
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Consecuencia Material que a temperatura y presiones normales son capaces de producir detonación, descomposición explosiva o reacción explosiva. Materiales capaces de producir detonación, descomposición explosiva o reacción explosiva, pero que necesitan de una fuente iniciadora potente o ser calentados en confinamiento antes del comienzo. Materiales normalmente inestables y que rápidamente sufren transformaciones químicas violentas, pero que no detonan. Materiales normalmente estables pero que a presiones y temperaturas elevadas pueden volverse inestables, o que pueden reaccionar con el agua con desprendimiento de energía, pero no violentamente. Materiales normalmente estables, aún expuestos al fuego, y que no reaccionan con el agua.
Propiedades Especiales (Fondo Color Blanco).Símbolo OXI ACID ALC CORR
Significado Oxidante Ácido Alcalino Corrosivo No usar agua Radiactivo
Art. 28º BLOQUEO Y SEÑALIZACIÓN DE EQUIPOS ELÉCTRICOS a)
Los trabajadores calificados evaluaran los riesgos existentes mediante el AST correspondiente. En este documento consignaran los puntos a ser bloqueados de acuerdo al inventario de energías y análisis de riesgo realizado.
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b)
El trabajador calificado, de acuerdo al AST y previa autorización de su supervisión coordina con el trabajador autorizado, informando sobre los equipos que necesitan ser bloqueados.
c)
El trabajador autorizado verifica que los puntos de bloqueo solicitados concuerden con el AST realizado y lo firmara, luego, bajo la verificación del auditor de bloqueo procede a cortar energía a los equipos solicitados de acuerdo a los 6 pasos de bloqueo. Para ello el trabajador autorizado podrá usar un candado de taller o un candado master.
d)
Una vez colocada la tarjeta del auditor conjuntamente con la del trabajador autorizado, todo el personal involucrado con el trabajo y consignado con el AST procederá a bloquear el equipo con su candado personal.
e)
Una vez que el trabajo haya culminado o cuando el personal cambie de turno, estos deberán retirar su candado del equipo bloqueado.
f)
Cuando existen varios grupos de trabajo rotativo y en caso de que el trabajo continué en varios turnos o con diferentes grupos de trabajo, el trabajador calificado responsable del trabajo en retiro hará el relevo con el trabajador calificado responsable de trabajo entrante o podrá dejar bloqueado el dispositivo de bloqueo con un candado de taller.
g)
Cuando la labor haya culminado, el trabajador calificado responsable del trabajo procederá al retiro de su candado indicando con esta acción equipo bloqueado puede ser energizado así mismo, coordinara con el trabajador autorizado para energizar los equipos respectivos. (REFERENCIA: PO08-LO-SGSST-CA SEÑALIZACIÓN).
PROCEDIMIENTO
PARA
BLOQUEO
Y
Art. 29º TRABAJOS EN CALIENTE a) Reglas Generales de Soldadura / Corte Soldaduras y cortes deben ser realizados sólo por trabajadores adecuadamente instruidos que usen el equipo de protección personal adecuado. Cuando trabaje con un soplete use siempre gafas con lentes filtrantes adecuados. Cuando suelde con arco, use una máscara o un casco protector con visores que tengan filtros adecuados, guantes y delantales de cuero.
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Cuando se suelde o corte en posiciones elevadas, se deberá tomar precauciones para evitar que chispas o metal caliente caigan sobre las personas o sobre material combustible que se encuentre debajo. En todos los lugares donde se usen equipos de soldadura o corte debe haber equipo de extinción de incendios apropiados y vigentes, inmediatamente disponibles. Los tanques, equipos o pozos que pudieran contener materiales inflamables o altamente combustibles se deben limpiar, descontaminar y probar con el equipo detector de gases/vapores la concentración de vapores inflamables, antes de la aplicación de calor. En espacios cerrados donde exista la posibilidad de vapores inflamables, no se debe usar equipo de soldadura o corte, hasta que el espacio sea probado y ventilado adecuadamente. En todo momento se debe mantener una ventilación adecuada de la zona de trabajo del operario, quien en todo momento debe usar su equipo de protección respiratoria para humos y/o gases de soldadura. Los equipos de soldadura autógena deben llevar válvulas antirretorno de llama en los 2 cilindros, tanto del oxígeno como del acetileno.
b) Seguridad para el Manejo de Equipo que Funciona con Oxi- Gas. Mantenga a los equipos de oxi-gas limpios, exentos de aceite y en buenas condiciones. Revisar estado de mangueras y conexiones. Los equipos deberán contar con válvulas contra el retorno de llamas. Evite pérdidas de oxígeno y gas combustible (acetileno, gas natural, propano, hidrógeno, entre otros). Abra lentamente las válvulas de oxígeno. Purgue las líneas de oxígeno y gas antes de encender, enciéndase el soplete con una chispa o una llama piloto. No use fósforos. Mantenga los combustibles alejados de toda fuente de calor, llamas y chispas, traslade los combustibles a una distancia de por lo menos, 9 a 12 m, del trabajo. Barra el piso antes de encender el soplete. Un observador equipado con un extintor debe ser necesario donde haya peligro de incendios. Vacíe el regulador de oxígeno antes de volver a compresionar el equipo con un tubo lleno. Cierre primero las válvulas de oxígeno y luego la del combustible, asegurándose de que se ha extinguido todo vestigio de llama en el pico y que la válvula de gas combustible del soplete ha quedado bien cerrada.
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c) Soldadura Eléctrica. Siga las normas e instrucciones del fabricante para operación adecuada del equipo. Un soldador debe usar protección aprobada para ojos y cara, guantes y ropa protectora adecuados, los ayudantes o asistentes deben usar la protección de ojos adecuada. Los otros empleados no deben observar las operaciones de soldadura eléctrica a menos que estén usando la protección visual aprobada. Las máscaras de soldadura deberán ser usadas por personas que puedan estar expuestas al arco de la operación de soldadura. Las conexiones a tierra de la máquina de soldar deben estar aisladas. El cable no debe presentar reparaciones ni empalmes dentro de los 3 metros desde el porta - electrodo o soldador. Los empalmes o conectores deberán tener una capacidad al menos equivalente a la del cable en uso. Si las conexiones se efectúan por medio de conectores, se les debe ajustar fuertemente para proporcionar un buen contacto eléctrico y las partes metálicas expuestas del conector se deben aislar completamente. No soldar en presencia de líquidos o vapores solventes. (REFERENCIA: PO05-TC-SGSST-CA PROCEDIMIENTO PARA TRABAJOS EN CALIENTE)
Art. 30º GASES COMPRIMIDOS a) Precauciones Mantenga los cilindros/botellas bien cerrados y asegurados. Almacene los cilindros en forma vertical, debidamente acondicionados y alejadas de las instalaciones principales. Si se sospecha de pérdidas de gases ventile inmediatamente el área. Lea cuidadosamente las fichas técnicas de las sustancias que almacena. b) Manipulación de Cilindros Use una carretilla especial o un vehículo de manos para trasladarlos, esto ayudará a prevenir las lesiones y evitará dañar el cilindro. Al trasladar los cilindros deberá efectuarlo en forma vertical, asegurado y con su respectiva tapa o cabezal (caperuza) que proteja la válvula. Asegure los cilindros en servicio o guárdelos para evitar que se caigan o tropiecen contra otros cilindros o superficies. Agrupe los cilindros de acuerdo a su clasificación de peligro por riesgo. Guarde los cilindros combustibles por lo menos a 6.10 metros de los oxidantes, en caso de no ser posible debe existir entre ellos una barrera física de separación.
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No almacene cilindros vacíos con cilindros llenos. Nunca deje los cilindros bajo la luz directa del sol o cercas de otras fuentes de calor. Nunca fuerce las conexiones de una válvula porque una válvula dañada puede ocasionar que un cilindro sea propulsado violentamente. Siempre abra la válvula lentamente apuntando lejos de usted y de otros. Proteja las válvulas de los materiales corrosivos. Si ocurre un escape siga los siguientes pasos para garantizar su seguridad y reducir el potencial de un accidente mayor: Identifique el producto que se está escapando, leyendo la etiqueta de advertencia, pero no arriesgue su propia seguridad acercándose demasiado. Es mejor evacuar el área que exponerse a los riesgos del escape de un producto no identificado.
c) Almacenamiento No obstruir el acceso a las tomas de agua, extintores, llaves contra incendio, interruptores, cajas de fusibles, válvulas, máquinas, entre otros. No bloquear los equipos de primeros auxilios, puertas o salidas de personal, pasillos, entre otros. No deberá dejar ocultos carteles informativos, señales de seguridad, indicaciones, entre otros. Al almacenar materiales pesados, se debe tener en cuenta que los pisos inferiores sean más resistentes. Almacenar correctamente para evitar los riesgos de accidentes debidos al paso de trabajadores y carretillas. Entre las pilas se deben dejar pasillos suficientemente anchos para dejar paso a personas y carretillas evitando los riesgos de accidentes debido al paso de trabajadores y carretillas. Art. 31º TRABAJOS CON PINTURA.
Lea las hojas de datos de seguridad de materiales (MSDS, por sus siglas en inglés) para informarse sobre las sustancias químicas contenidas en las pinturas y en los materiales que usted use para la preparación de la superficie. Aunque el material pueda ser a base de agua y rotulado como “natural”, aún puede contener ingredientes peligrosos. La buena ventilación le protege contra los gases de la pintura. Elija y use los equipos apropiados de protección personal. Gafas o anteojos de seguridad le protegen los ojos contra salpicaduras de pintura durante su mezclado y aplicación. Los guantes y overoles le protegen la piel contra la absorción de sustancias químicas. Use un equipo de
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respiración para protegerse contra polvos, partículas de pintura atomizada y los gases de solventes y pinturas. La preparación de las superficies con lija y su limpieza pueden exponerle a polvos. Capacítese sobre los peligros que presentan el asbesto, el moho y el plomo. Asegúrese de que trabajadores capacitados eliminen estos peligros antes de que usted vaya a tocarlos y diseminarlos por el aire. Practique la buena higiene lavándose antes y después de su trabajo. Mantenga su ropa y zapatos de trabajo separados de los de su familia para evitar la contaminación en su casa. Art. 32º ERGONOMIA a) Manipulación de Materiales La manipulación manual de cargas en un trabajador es hasta un máximo de 25 Kg., puede permitirse la manipulación manual de cargas hasta un máximo de 40 Kg. siempre y cuando sea un personal preparado y entrenado y se trate de situaciones aisladas. La manipulación manual de cargas en una trabajadora es hasta un máximo de 15 Kg. Toda persona que manipule cargas debe ser persona libre de enfermedad de la columna vertebral, llámese hernias del núcleo pulposo, escoliosis, aplastamiento de vértebras, entre otros). Solicite ayuda para transportar las cargas pesadas mayores a 40 Kg. Empuje las cargas en vez de jalarlas. Si las cargas sobrepasan los límites indicados, se recomienda que la manipulación sea utilizando ayudas mecánicas apropiadas. Levante una carga, donde el esfuerzo lo realicen las piernas y no la espalda. En la medida de lo posible, se deberá reducir las distancias de transporte con carga. Art. 33º EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Todos los equipos de protección personal, a continuación indicadas deberán ser normadas; se prohíbe el uso de Equipos de Protección hechizas. a)
Protección de la Cabeza Es obligatorio el uso de casco de seguridad, en los diferentes trabajos operativos donde esta proteja al trabajador de posibles caídas de materiales u objetos, así como del contacto accidental con partes con tensión eléctrica. En los trabajos de altura, se debe adicionar al casco un barbiquejo.
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Debe ajustar firmemente el arnés (suspensiones o la banda y las cintas del interior del casco) a su cabeza. Además el arnés debe mantener una distancia mínima de cuatro centímetros por encima de la cabeza. Solo se debe usar cascos normados. Para trabajos o actividades relacionadas con la electricidad, se deben emplear cascos de clase (E), estos están hechos de materiales aislantes para choques eléctricos con voltajes de hasta 20 000 voltios y resistentes de golpes por objetos que le puedan caer encima. b)
Protección Visual La protección visual aprobada, deberá ser usada por todos los trabajadores que trabajen en actividades de operación, inspecciones y supervisión, que podrían exponer la vista a lesiones por partículas impulsadas o desprendidas bruscamente, radiaciones UV, salpicadura de químicos, partículas en suspensión, entre otros.
Tipos de Protección Visual: Lentes de seguridad (anteojos).- Protegen al trabajador de los impactos frontales con partículas despedidas al aire y el polvo. Los lentes de seguridad con barreras de protección laterales son requeridos si existe el peligro de que algo golpee el ojo. Gafas de protección.- Se ajustan a su rostro y son muy efectivas para sellar toda el área alrededor de los ojos, protegiéndole de peligros tales como las salpicaduras, gases y vapores. Gafas de protección para trabajar con químicos.- Con sistemas de ventilación cubiertos o con ventilación indirecta protegen contra las salpicaduras químicas y partículas despedidas al aire. Para evitar el empañamiento, use gafas con lentes especiales y sistemas de ventilación. Careta facial.- Proveen protección adicional para trabajos extremadamente peligrosos. Sin embargo, estas no están diseñadas para ser usadas por sí solas cuando haya presencia de partículas en suspensión, en ese caso siempre deben ser acompañadas con protección a la vista “lentes de seguridad.” Protector facial para arco eléctrico.- Es un tipo especial de protección visual y facial, diseñada especialmente para electricistas que estén expuestos peligrosamente a efectos del arco eléctrico.
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Máscara para Soldar.- Este tipo de protección debe bloquear las chispas y filtrar la luz ultravioleta y otras. c)
Protección de los Pies Es obligatorio el uso de la protección de los pies cuando se expone a los siguientes riesgos tales como: por contacto accidental con electricidad, posible aplastamiento, sustancias químicas, pinchaduras con clavos u otros objetos filosos y superficies resbaladizas, entre otros. En todo trabajo relacionado a la actividad eléctrica (maniobras, supervisión, mantenimiento, etc.) se requiere el uso de calzado o botines con planta dieléctrica. En los trabajos de obras civiles se debe usar botines de seguridad con puntera reforzada, si esta implica riesgo eléctrico esta puntera deberá ser de material aislado.
d)
Protección de las Manos No debe usarse guantes cuando se utilizan máquinas rotativas en movimiento y asegurarse que estas contengan guardas o pantallas de seguridad. Para los trabajos que impliquen riesgos de corte y ampollas, generalmente son suficientes los guantes de tejido de algodón, de jersey con puntos PVC, de tela afelpada o de nylon reforzado. De acuerdo con la textura del material que se maneja, los guantes de cuero, brindarán protección contra los impactos. Para los trabajos que impliquen manejo de materiales livianos, también pueden ser útiles los mismos modelos que están dentro de la categoría de cortaduras. Además para montajes delicados, cirugía o trabajos de inspección, especialmente donde evitarse la contaminación de un producto o de una persona, se recomienda también guantes desechables de plástico. Para los trabajos que impliquen manejo de materiales pesados, lo mejor es emplear guantes de cuero. Para la protección contra ciertos álcalis, sales, ácidos, aceites, grasas, solventes, vapores, humedad y líquidos corrosivos, hay disponibles muchas clases de protectores impermeables. Entre los materiales protectores se incluye el caucho natural, el caucho sintético, la oleofina, el neopreno, el vinilo, el polipropileno, las películas de polietileno, las telas revestidas con estos materiales y muchas fibras sintéticas que recientemente se han desarrollado. El caucho natural no es apto para usarlo con aceites, grasas, muchos solventes, y sustancias químicas orgánicas.
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Para los trabajos eléctricos se requieren guantes de caucho u otro material aislado. Estos guantes se deben usar dentro de los guantes protectores de cuero. Es esencial efectuarles semestralmente pruebas dieléctricas e inspecciones frecuentes a los guantes aislados. Para evitar la molestia que ocasiona el sudor se usa primero el guante de hilo de algodón. Para las actividades que impliquen trabajos en caliente se hará uso de guantes de cuero caña larga. e)
Protección de los Oídos En zonas de trabajo donde los equipos generen ruidos por encima de 80 dB es obligatorio el uso de equipo de protección auditiva, el cual se empleará en todo el tiempo de exposición al ruido. Cuando la exposición sea continúa por ocho horas o más y el ruido excede los 60 dB, los trabajadores deberán usar protección auditiva. Los protectores recaen en dos grupos: - Los tapones; el tapón o dispositivo de inserción. - Las orejeras; cubren el oído externo para formar una barrera acústica.
f) Protección Respiratoria Debe seleccionar el equipo de protección respiratoria, de acuerdo al peligro expuesto (gases, vapores, polvo, humos, etc.). Todo trabajador que por la naturaleza de su actividad deba emplear protectores respiratorios, éste será evaluado previamente por personal especializado en exámenes espirométricos y de la selección adecuada de la talla del equipo de protección (prueba de ajuste). Colocarse el equipo, asegurándose de su correcto sellado al rostro para ello debe realizar las pruebas de presión positiva y negativa. No es recomendable el uso de protectores respiratorios en aquellos trabajadores que tengan barbas crecidas en el rostro, ya que evita un ajuste efectivo. Los equipos deberán ser guardados y almacenados en lugares ventilados y libres de cualquier otra contaminación que reste su capacidad de protección. Los tipos de protección respiratoria se encuentran comprendidos en cualquiera de estas dos clases: Purificadores de aire; extraen a los contaminantes de la atmósfera y sólo pueden ser usados en ambientes que contengan la cantidad suficiente de oxígeno que se requiere para la vida. Tipos básicos:
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- Los de libre mantenimiento, - Los recambiables, - Los potenciados o forzados - Suministro de aire u oxígeno; los que proporcionan aire u oxígeno a distancia a través de mangueras o de asistencia autocontenida.
Se considera un ambiente peligroso para la vida y la salud del trabajador, cuando se tienen concentraciones peligrosas de oxígeno mayores a 23% e inferiores a 19,5%. El personal que emplee dichos equipos requiere de una capacitación sobre el uso y manejo del respirador. Art. 34º EQUIPOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA a)
Arnés de Seguridad. Es obligatorio el uso de arnés en todo trabajo que se realice en altura mayor o igual a 1.8 m. (1.8 metros de altura desde el nivel del pie), este equipo tiene como finalidad el posesionar, sostener y frenar la caída del trabajador. Los anillos “D” de los cinturones y/o arnés deben ser de una sola pieza (no se aceptan soldaduras). Mantenimiento, Almacenamiento y Conservación: Los arneses deben someterse a revisiones periódicas con objeto de determinar el grado de desgaste, corrosión de las partes metálicas y otros posibles defectos. Las partes primordiales del mosquetón de doble seguro, tales como el muelle, rosca y pasador, deberán permanecer engrasados para evitar la aparición de óxidos y su consiguiente pérdida de resistencia. No usar estos equipos en caso estos estén agrietados, rotos y/o tengan costuras flojas.
b)
Ropa e Implementos de Cuero. Para las actividades donde se requiera realizar trabajos en caliente (soldadura, esmerilado, oxicorte, etc.); es obligatorio el uso de Chaqueta de cuero, pantalón de cuero y protector de zapatos; en caso no se cuente con esto; se protegerá al trabajador con mandil largo, escarpines y protector de zapatos, todos estos implementos serán de material de cuero.
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Art. 35º.- UNIFORME DE TRABAJO El supervisor o trabajador a cargo debe asegurarse que los trabajadores usen la ropa de trabajo proporcionada por la empresa y que cuenten con sus equipos de protección personal adecuados para cada tipo de tarea y en buen estado. Los trabajadores que están expuestos a recibir los efectos de un arco eléctrico no deben utilizar bajo la ropa de trabajo ninguna prenda con componentes sintéticos. Al manipular sustancias tóxicas, que podrían eventualmente entrar en contacto con la piel, vestimenta u ojos, se debe utilizar ropa y guantes de PVC y careta facial de policarbonato. Para manipular ácido de baterías se debe utilizar un delantal de goma, guantes de PVC y careta facial de policarbonato. Los trabajadores expuestos al tránsito vehicular nocturno usarán chalecos reflectivos
CAPITULO VI ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS Art. 36º FUMIGACIÓN Y DESINFECCIÓN DE RESERVORIOS La desinfección de los reservorios de agua de la empresa y fumigación de oficinas contra insectos transmisores de enfermedades se realizara en forma semestral. La fumigación de oficinas se hará en horarios en que los trabajadores no se encuentren laborando. Las sustancias químicas que se utilicen para las labores de fumigación y desinfección deberán contar con sus hojas de seguridad respectivas. Art. 37º SEGURIDAD CON LOS CONTRATISTAS Y PROVEEDORES a) El personal de empresas contratistas que realicen trabajos para Constructora Ayasca, deberá cumplir las disposiciones del presente reglamento interno de seguridad y normas de seguridad complementarias.
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b) Deberán cumplir y participar en toda acción preventiva emprendida por la empresa a fin de minimizar los accidentes y enfermedades ocupacionales. c) Deberán dar a conocer a su jefe inmediato cualquier riesgo, condición o acto inseguro observado en su área de trabajo.
CAPITULO IX PREPARACIÓN Y RESPUESTAS DE EMERGENCIAS Art. 39º PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS a) Los ambientes de trabajo se mantendrán limpios de residuos y otros materiales combustibles. b)
Esta prohibido fumar en todos los ambientes de trabajo donde se tenga material combustible e inflamable, disponiendo carteles de señalización de dicha prohibición.
c)
Se almacenara en forma separada los materiales inflamables de los materiales combustibles.
d) Los equipos de lucha contra incendios estarán situados en lugar visible, sin obstáculos que impidan su accesibilidad. e) La planta contará con una red de agua contra incendios y un número de extintores suficientes para combatir el fuego en corto tiempo antes de que se propague a otras áreas. f) Los trabajadores se familiarizaran con la ubicación de los equipos de lucha contra incendios en las instalaciones de la empresa y participaran de los cursos de capacitación y entrenamiento de lucha contra incendios programada por la empresa. g) No obstruir las puertas, vías de acceso o pasadizos con materiales u otros objetos extraños que puedan dificultar la libre circulación de las personas. h) En caso de incendio se dará la alarma del mismo y se procederá a combatirlo solo si se esta capacitado para realizarlo.
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i)
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El uso de un extintor debe ser comunicado al área correspondiente para la recarga del mismo y la investigación del incidente.
j) Se realizaran simulacros de incendios y adiestramiento durante el año.
Art. 40º RESPUESTAS FRENTE A DESASTRES NATURALES a) La empresa cuenta con un plan de emergencias cuyo alcance son todas aquellas emergencias que pueden presentarse en la empresa, el cual deberá ser de conocimiento de todos los trabajadores. b) Todas las instalaciones de la empresa están dotadas de suficientes vías de escape, que permita la evacuación rápida del personal en casos de emergencia. c) Dentro de la empresa se conformaran brigadas de emergencia integradas por personal que tenga capacidad física y psicológica para poner en marcha el plan establecido. d) Los miembros de las brigadas deberán recibir periódicamente cursos y entrenamiento en lucha contra incendios, primeros auxilios y rescate. e)
Durante una emergencia los trabajadores deben actuar según los procedimientos establecidos en el plan de emergencias.
f) Anualmente se desarrollara un simulacro de emergencias con la participación de todo el personal, a fin de verificar la funcionalidad del plan de emergencias.
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