Departamento de Prevención de Riesgos
PROCEDIMIENTO PARA TRABAJO EN ALTURA ÍNDICE 1. Objetivo 2. Alcance 3. Definiciones 4. Responsables 5. Elementos de Protección Personal 6. Exigencias Básicas 7. Registros 8. Referencia Legal 9. Anexos REGISTRO DE REVISIONES Revisión N°
Descripción:
Realizado por :
Revisado por:
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Fecha:
Aprobado por :
Manuel Meneses Zuleta
Alejandro Velásquez
Cristian Álvarez
Prevención de Riesgos
Jefe Producción
Sub Gerente
Cormetar S.A.
Cormetar S.A.
Cormetar S.A
PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO
ALTURA FISICA
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1.- OBJETIVO Evitar sucesos que dañen a las personas que deben efectuar trabajos en altura, en las diferentes dependencias de Cormetar S.A. por lo que se hace obligatorio el uso de arnés de seguridad tipo paracaidista para todos los trabajadores que efectúen este tipo de labor. 2.- ALCANCE Aplicable a todo el personal de Cormetar S.A., y a toda empresa contratista que realice trabajos en altura con riesgos de caída, en cualquier dependencia de la empresa. 3.- DEFINICIONES Altura física: Se considera toda actividad, labor o trabajo que se deba realizar a una altura física igual o superior a 1,80 metros medidos desde el piso. En la cual es obligatorio el uso de Arnés tipo paracaídas con dos colas de seguridad. Colas de Seguridad: Es un accesorio parte del arnés, que utiliza el trabajador en los trabajos de altura, para cambio de posición y de seguridad ante caídas. 4.- RESPONSABILIDADES 4.1 GERENCIA: Es responsable de entregar los recursos para permitir que este procedimiento cumpla con las normas establecidas. 4.2 SUPERVISOR: Deberá exigir y hacer cumplir cabalmente este procedimiento. 4.3 TRABAJADORES: Deben cumplir cabalmente esta disposición. 4.4 ASESOR EN PREVENCION DE RIESGOS: Revisar que el procedimiento de trabajo sea apto para la ejecución de su tarea en la identificación de los peligros a los cuales los trabajadores están expuestos. 5.- ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL 5.1 Casco de Seguridad. 5.2 Lentes de Seguridad. 5.3 Botines de Seguridad 5.4 Arnés de Seguridad tipo paracaidista.
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6.- EXIGENCIAS BÁSICAS: 6.1
Todo trabajador que deba realizar un trabajo en altura en forma esporádica deberá
usar arnés de seguridad, el cual lo solicitara a su supervisor. 6.2
El arnés de cuerpo completo, será de uso obligatorio para todo el personal que trabaje
en altura a 1,20 metros o más. Por ejemplo: a.-
En estructuras incompletas
b.-
En techos inclinados cualquiera sea el ángulo de inclinación.
c.-
Sobre superficie de trabajo provisorio
d.-
Mientras se efectúan trabajos en una plataforma de elevación con accionamiento eléctrico o mecánico. En bordes de un envigado de acero a más de 1,50 metros al piso o nivel de
e.-
trabajo. Cercano a una superficie de trabajo incompleta.
f.g.-
Al efectuar tareas sobre andamios. Durante todo el tiempo que la persona permanezca en el andamio deberá estar amarrado a una estructura resistente más cercana. U otros similares
h.-
6.3
La inspección del arnés de seguridad deberá ser en forma mensual por el supervisor y diariamente por el trabajador cuando lo utilice.
6.4
La Supervisión directa del trabajador deberá instruir a su personal sobre el trabajo que
se va 6.5
El arnés de seguridad deben ser certificados por un organismo competente nacional y
tener 6.6
a realizar en altura y como utilizar en forma correcta el arnés.
su sello de calidad.
Todo arnés de seguridad debe contar con dos colas de enganche, las dos
enganchadas en la argolla de la espalda. 6.7
Todos aquellos sistemas o equipos de protección personal contra riesgos de caídas en trabajos en altura que hayan sido sometidos a impactos accidentales debido a una
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libre deberán ser retirados y eliminados de servicio, ya que los accesorios
pueden haber 6.8
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quedado afectado por exceso de tensión y debilitado.
Los sistemas o equipos que presenten cualquier alteración, anomalía o condición subestandar deberán ser retirados y eliminados del servicio de inmediato.
6.9
No se debe amarrar la piola del arnés de seguridad a estructuras que no sean
resistente. 6.10 Se debe amarrar la piola de seguridad a una estructura sobre la cabeza. 6.11 Todo trabajador que realice trabajos de oxicorte y soldadura en altura física deberá contar
con dos piolas de 1,20mts., de largo, de acero revestidas.
6.12 ANÁLISIS DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS. CAUSAS
CONSECUENCIAS
MEDIDAS PREVENTIVAS
1.- No usar arnés ,no saber Caída distinto nivel
1.- Capacitación uso adecuado
utilizar el arnés
Lesiones óseas y/o
del arnés de seguridad
2.- Arnés dañado
musculares Contusión,
2.- El arnés de seguridad debe ser
3.- Arnés no certificado
hematomas
verificado por el trabajador antes de
4.- Piolas defectuosas
Traumatismo encéfalo
utilizarse. Comunicar al supervisor en
5.- Usar piolas inadecuadas
craneano
caso de duda o falla.
6.- Amarrarse a estructuras E incluso la muerte.
3.- Revisar sello de calidad.
no resistente.
4.- Revisar las piola de seguridad Antes de utilizar. 5.-Trabajos cerca de cables eléctricos utilizar piola de perlón. 5.1.- trabajos con llama abierta utilizar piola de acero. 6.- El trabajador deberá amarrarse a una estructura firme y sobre cabeza.
7. REGISTROS Este procedimiento no incluye registros.
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8.- REFERENCIA LEGAL Las instrucciones que se impartan deben ser indicadas de acuerdo a lo establecido en: Ley Nº 16.744, Sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Art. 68 Decreto Supremo Nº 132 modificado, Reglamento de Seguridad Minera, Art. 26,28, 32 y 50. Decreto Supremo Nº 594, Sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Art. 53 y 54 Decreto Supremo Nº 18, Certificación de calidad de elementos de protección personal contra riesgos ocupacionales, Ministerio de Salud Art. 1,2 y 4. Decreto Supremo Nº 40, Reglamento sobre prevención de riesgos profesionales Art. 21 Del derecho a saber de todo trabajador al riesgo al que esta expuesto. 9.- ANEXOS Este procedimiento no incluye anexos.